Licitación ID: 1057389-46-LQ24
SERVICIO SUMINISTRO Y ADAPTACION DE AUDIFONOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL VICTORIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 42
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Audífonos para personas con discapacidad física 1 Unidad
Cod: 42211705
AUDIFONOS SOLICITADOS EN LINEA 1.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO SUMINISTRO Y ADAPTACION DE AUDIFONOS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación tiene como objeto la contratación de un servicio de suministro, adaptación y controles posteriores de audífonos para pacientes GES y no GES para suplir las necesidades asistenciales del Hospital San José de Victoria
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.229-6
Dirección:
Avda Dartnell N°1100
Comuna:
Victoria
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-07-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-06-2024 12:54:00
Fecha inicio de preguntas: 11-06-2024 13:01:00
Fecha final de preguntas: 18-06-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-06-2024 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-07-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-07-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-07-2024 10:02:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1. ANTECEDENTES GENERALES DE LA EMPRESA
2.- BASES ADMINISTRATIVAS AUDIFONOS 1057389-46-LQ24
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 ESPECIFICACIONES TECNICAS CORREGIDAS
 
2.- ANEXO N°4 CARACTERISTICAS AUDIFONOS, ACCESORIOS Y OTROS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N.2 CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Especificaciones técnicas 7.2 Especificaciones técnicas (60%) El puntaje del presente criterio de evaluación, se asignará de acuerdo a las características indicadas como “deseables” en Anexo N°4 y la cantidad que cumpla el proveedor. Se subdivide el criterio en “audífonos” y “Accesorios y otros” teniendo una ponderación de 40% y 20% respectivamente. El puntaje se asignará de acuerdo a las siguientes tablas: 7.2.1 Características audífonos (40%) CANTIDAD DE DESEABLES CUMPLIDAS PUNTAJE 25 a 27 cumplidas 100 Pts 19 a 24 cumplidas 80 Ptos 13 a 18 cumplidas 60 Ptos 8 a 12 cumplidas 40 Ptos 3 a 7 cumplidas 20 Ptos 2 o menos cumplidas 1 Pto 7.2.2 Características accesorios y otros (20%) CANTIDAD DE DESEABLES CUMPLIDAS PUNTAJE 23 a 25 cumplidas 100 Pts 19 a 22 cumplidas 80 Ptos 13 a 18 cumplidas 60 Ptos 8 a 12 cumplidas 40 Ptos 3 a 7 cumplidas 20 Ptos 2 o menos cumplidas 1 Pto 60%
2 Precio Precio (35%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 35%, comprenderá como factor el “Valor Neto Total de la Línea”. Este valor corresponderá a la sumatoria de los audífonos contenidos en la respectiva línea, debiendo el proveedor ofertar por la totalidad de los audífonos que allí se contienen, ya que, en caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. Estos valores deben ser ingresados en ANEXO N°2 CARTA OFERTA y debe coincidir con el valor ingresado en mercadopublico.cl, en caso de discrepancia, se considerará el ingresado en el respectivo anexo. Se asignará a cada oferta un puntaje, que será el resultado obtenido aplicando la siguiente fórmula “Precio mínimo ofertado”: Corresponde al valor neto de la línea más bajo ofertado que se reciba por cada línea en este proceso de licitación. “Precio Oferta”: Corresponde al Valor Neto Total de la línea ofertado de la Línea evaluada. Fórmula X= Precio mínimo ofertado * 100/precio oferta X 35%
3 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)El presente criterio, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios siendo facultativo para el Hospital San José de Victoria el posibilitar a un oferente presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido acompañar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior, solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Para tales efectos, se le otorgará al proveedor un plazo de 2 días hábiles a fin de que entregue, vía portal web, las certificaciones o los antecedentes requeridos por la Comisión de Evaluación, término que comenzará a correr desde que se realice el requerimiento respectivo a través del mismo portal. En virtud de lo anterior, dependiendo de la situación en que se encuentre cada oferente, se asignará a cada oferta por línea de licitación un puntaje, de acuerdo al rango contenido en la siguiente tabla: Descripción Puntos. Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo. 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.04.004.004
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Damaniel Cid Inzunza
e-mail de responsable de pago: damaniel.cid@araucanianorte.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Sanchez Iturra
e-mail de responsable de contrato: carmen.sanchez@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2555995-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
POR LA NATURALEZA DE LA CONTRATACION
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 01-11-2024
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte del Hospital San José de Victoria, ubicado en Avda. Dartnell Nº 1100, Victoria, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. En el caso de que la garantía sea electrónica, esta debe ser adjuntada por el proveedor a su oferta. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) que el proponente se desista de su oferta; ii) que no suscriba el contrato que se le adjudicó; iii) que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “inhábil”; iv) si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar.
Glosa: De garantía por seriedad de la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en un banco con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “Seriedad de la Oferta Licitación ID N° 1057389-46-LQ24 “SERVICIO SUMINISTRO Y ADAPTACION DE AUDIFONOS” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta se hará en el plazo de 30 días hábiles para los proveedores no adjudicados, luego de publicados los resultados. En el caso del proveedor que resulte adjudicado se restituirá contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 01-11-2026
Monto: 5 %
Descripción: Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público. Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días corridos superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. Nota: la fecha de vencimiento señalada es sólo estimativa.
Glosa: De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato y Pago de Multas ID N° 1057389-46-LQ24 SERVICIO SUMINISTRO Y ADAPTACION DE AUDIFONOS Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el siguiente orden decreciente: Evaluación Técnica, Precio y Cumplimiento requisitos formales. Si aún con lo anterior no pudiese dirimirse el empate, se considerará la primera oferta realizada en el portal www.mercadopublico.cl, según fecha y hora indicada en el acta de comprobante de ingreso de oferta.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Michelle Schevach Vilche, profesional de apoyo de Abastecimiento al fono 45-2555995 o al e-mail Michelle.schevach@araucanianorte.cl.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Al momento de la apertura de ofertas se revisarán la documentación presentada por los oferentes y en caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “FACTORES EXCLUYENTES” en las presentes bases, su oferta será declarada inadmisible por lo que no será evaluada.  
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a abstenerse de recibir donativos mientras integren la comisión.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.   

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.- El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las respuestas o aclaraciones efectuadas a las consultas de la licitación, las que se entiende formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases administrativas
15. REQUERIMIENTOS Para efectos de evaluación, el proveedor debe enviar 1 audífono de cada tipo ofertado más el software como muestras antes del cierre de recepción de ofertas (Requisito excluyente). Además, se solicita puedan completar el Anexo N°5 con los datos del envío de dichas muestras. El posterior retiro de estas muestras, serán responsabilidad del proveedor. Se requiere la contratación de un servicio de suministro, entrega y adaptación de audífonos para pacientes GES y no GES del Hospital San José de Victoria. Este servicio contempla desde el retiro de los moldes, entrega de los audífonos por parte de la empresa a los pacientes (en dependencias del Hospital) hasta los controles posteriores de acuerdo a especificaciones técnicas, así como la entrega de materiales y accesorios conforme a lo indicado en anexo n°3. Se tiene como estimación un total de 700 audífonos anuales, esta cifra es un aproximado ya que se solicitarán los audífonos de acuerdo a las necesidades asistenciales del Hospital. La toma de moldes será realizada por el Hospital pero con insumos entregados por la empresa, siendo responsabilidad de la empresa mantener siempre un stock disponible del material necesario para este efecto. El retiro de los moldes debe ser realizado por personal de la empresa. Posterior al retiro de los moldes, la empresa debe coordinar la entrega de los audífonos, la que debe ser realizada por personal de la empresa en dependencias del Hospital previa coordinación con la Unidad de Otorrinolaringología o GES del Hospital San José de Victoria. El plazo de entrega máximo posterior al retiro de moldes del establecimiento del Hospital es de 10 días hábiles. Al momento de la entrega del audífono el paciente debe firmar la garantía en al menos cuatro copias, las que quedarán en poder del paciente, Unidad de GES, ORL y Empresa. En caso de que sea el paciente que no se presente a la entrega de audífonos, se podrán agendar hasta 3 intentos en la entrega del mismo, coordinado con la unidad de Otorrinolaringología o GES. El proveedor que resulte adjudicado debe emitir un reporte mensual con los audífonos efectivamente entregados, con toda la información para cotejar y corroborar la entrega, el que deberá ser enviado a referentes técnicos de licitación T.M ORL Rodolfo Garnica F. a Rodolfo.garnica@araucanianorte.cl y Encargado GES Stefano Cavalieri S. a stefano.cavalieri@araucanianorte.cl con copia a la encargada de compras srta Claudia Calderón S. a Claudia.calderon@araucanianorte.cl. Posterior a emitido y corroborado dicho informe se emitirá la Orden de Compra. Una vez emitida la Orden de Compra, el proveedor debe realizar la facturación correspondiente. La recepción conforme será realizada por el encargado de GES o quien le subrogue. El proveedor debe enviar al hospital un (1) audífono de cada tipo y el software ANTES del cierre de proceso de evaluación los que serán devueltos posteriormente, en caso contrario, la oferta será declarada inamisible. Será responsabilidad del proveedor el posterior retiro de las muestras de las dependencias del Hospital San José de Victoria. Los audífonos, accesorios y otros se encuentran individualizados en la carta oferta, especificaciones técnicas y demás anexos, que se entienden forman parte integrante de estas bases para todos los efectos legales y se compraran según requerimiento o necesidad del Hospital de Victoria. Estas especificaciones constituyen los requerimientos de los productos. Sin perjuicio de lo anterior, las Empresas podrán presentar ofertas alternativas, para ello, cuando un proveedor proponga una o más ofertas alternativas de un mismo producto, deberá presentar separadamente una oferta (utilizando el mismo formulario), indicando expresamente que se trata de "OFERTA ALTERNATIVA". Es obligatorio completar los Anexos respectivos a la oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados Anexos. 16. MODIFICACIÓN DE BASES Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Reglamento de la Ley 19.886. 17. REQUISITO GENERAL Podrán participar personas jurídicas, naturales o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores, deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionista (10% o más del capital) de las sociedades o empresa prestadoras, en su caso. Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, en el que deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes por las obligaciones que se generen en relación a la presente licitación, además de nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato, incluyendo la renovación que se contemple. Sin embargo, y dado que la presente adquisición será superior a la 1.000 UTM, la unión temporal de proveedores deberá conformarse mediante escritura pública, documento que deberá acompañarse en la respectiva oferta como requisito previo, a fin de suscribir el correspondiente contrato. 18. PRECIOS El precio de los productos en la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos Unitarios. Los valores deben coincidir con los ingresados en el portal mercadopublico.cl, en caso de discrepancia se considerará el ingresado en El Anexo N°2 Carta Oferta. Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas. Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 120 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de ellas en el portal Mercado Público. La oferta debe ser presentada en español. 19. FINANCIAMIENTO Los fondos destinados al financiamiento de estos productos se pagarán con cargo a fondos del Hospital San José de Victoria Ítem “22.04.004.004” Prótesis. 20. ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS Garantía de seriedad de la oferta. Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento. En caso de entregarse físicamente, esta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes del Hospital San José de Victoria, ubicada en Avda. Dartnell N° 1100 en la ciudad de Victoria, horario de lunes a jueves desde las 8:00 a las 16:45 horas y viernes hasta las 15:45, hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público. La institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas. Identificación del sobre:  Individualización del oferente.  R.U.T. (no exigible tratándose de uniones temporales de proveedores). Identificación de la licitación, es decir, Garantía de seriedad de la oferta “ID N°1057389-46-LQ24 SERVICIO SUMINISTRO Y ADAPTACION DE AUDIFONOS” En caso de entregarse la garantía de seriedad de la oferta de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público. 21. VISITAS A TERRENO  No Solicita. 22. APERTURA DE LA LICITACIÓN En esta etapa se revisará la entrega del cumplimiento de los factores excluyentes solicitados según lo indicado en las bases de la presente licitación, y en consecuencia se aceptarán o se rechazarán las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un Acta de Apertura, según lo señalado en el acápite “INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.” 23. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta inadmisible), de lo cual se dejará constancia en el Informe de Evaluación, que será confeccionado por la Comisión de Evaluación. 24. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS El Hospital San José de Victoria, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. (Artículo 40 inciso primero del Reglamento de la Ley Nº 19.886). Tampoco se aceptarán aclaraciones respecto al monto de la oferta. 25. EVALUACIÓN La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta del director del Hospital San José de Victoria. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación, así como los criterios de evaluación considerados en la misma. La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, declarándola inadmisible, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos. La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”. La comisión de Evaluación podrá solicitar muestras en los casos que considere necesario o que los productos no hayan sido probados anteriormente en el Hospital. La Comisión de Evaluación informará al Sr. director del Hospital de Victoria el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s). 26. ADJUDICACIÓN El director del Hospital adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen, y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Hospital, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta. Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes. Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta de los productos mientras éste se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases. En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Hospital San José de Victoria, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 27. INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en el portal ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez trascurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Hospital San José de Victoria para no suscribir el contrato, si éste procediere, y adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere, además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal Chileproveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma, o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 28. ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO A) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “garantía fiel cumplimiento de contrato”. B) En caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, se deberá entregar el documento o acuerdo que formaliza la unión mediante escritura pública (como documento para contratar en adjudicaciones sobre las 1.000 UTM). En caso de no entregarse los antecedentes señalados, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación. Si el oferente es persona natural, deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad por ambos lados. Si el oferente no es persona natural, deberá acompañar: 1. Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencias indicados. 2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no mayor a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada. 29. FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, cuya(s) firma(s) de su(s) representante(s) legal(es) deberá(n) autorizarse ante Notario Público o mediante firma electrónica avanzada y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse por el Hospital dentro de los 20 días corridos siguientes, desde la Recepción de la Garantía de Fiel cumplimiento. Se entenderá entregado el contrato por parte del Hospital al proveedor transcurrido 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en Anexo Nº 1. El Hospital San José de Victoria dictará la correspondiente resolución exenta aprobatoria del contrato en cuestión. Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa. 30. READJUDICACIÓN En caso que el adjudicatario: i) No regularice su situación en el portal Chileproveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado); ii) O No suscribir o entregar el contrato respectivo dentro del plazo señalado en el numeral 29; iii) No hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en bases; iv) Que el proponente se desista de su oferta; v) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar; el Hospital San José de Victoria podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente. La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público. 31. DE LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. NO APLICA. 32. RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR El proveedor o adjudicatario será el único responsable y deberá de sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por “El Hospital”. “El adjudicatario” será responsable de los daños y perjuicios que cause “al Hospital” o a terceras personas, con motivo de la ejecución del suministro por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Hospital” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. 33. DE LA CONFIDENCIALIDAD Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes a que accede el proveedor para el desarrollo y ejecución del suministro son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información a que se acceda a toda persona, natural o jurídico, que no sea el Hospital San José de Victoria. El Adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente luego del término del contrato. 34. EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA El Hospital San José de Victoria generará durante el periodo contratado las órdenes de compra respectivas, las que se emitirán una vez firmada resolución que apruebe contrato. Se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl. El proveedor adjudicatario deberá ACEPTAR la orden de compra emitida a su favor. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del Reglamento de la Ley Nº 19.886. En caso de esta orden de compra no ser aceptada por proveedor, el Hospital no puede generar recepción conforme en plataforma ACEPTA, lo que provoca el rechazo automático de las facturas asociadas. 35. COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN La entrega de los audífonos será efectuada previa coordinación con referentes técnicos de esta licitación, en un plazo no superior a 10 días hábiles conforme a lo indicado. Estos deben ser entregados directamente a los pacientes por parte del proveedor en dependencias del Hospital, en lugar a convenir. Posterior a esto, el proveedor debe realizar un reporte mensual con la cantidad de audífonos efectivamente entregados y enviarlos a T.M. ORL Rodolfo Garnica F. a Rodolfo.garnica@araucanianorte.cl y Encargado GES d. Stefano Cavalieri S. a Stefano.cavalieri@araucanianorte.cl con copia a Encargada de Compras d. Claudia Calderón Jara a Claudia.calderon@araucanianorte.cl. Una vez confirmada a la información se procederá a emitir la Orden de Compra. El Hospital de Victoria puede convenir con el proveedor adelantos o postergaciones en las entregas o bien podrá modificarlas, dividiéndolas o prorrogándolas, de acuerdo a sus necesidades este mutuo acuerdo se realizará a través de correo electrónico entre el responsable del contrato y el coordinador por parte de la empresa. Cuando el proveedor requiera prorroga en la entrega de uno o más productos por causa justificada, deberá efectuarse vía correo electrónico al responsable del contrato dentro de los dos días anteriores al vencimiento de la entrega original, acompañando todos los fundamentos que la justifiquen. Tal solicitud será calificada y resuelta por el Referente Técnico del contrato. Toda solicitud que se presente fuera del plazo no será válida y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega de los productos o en la reposición de ellos, el Hospital de Victoria resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. El adjudicatario deberá entregar los productos en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenido, los que se indicarán en las correspondientes Órdenes de Compra o en los Anexos de Distribución, si procediere. El proveedor deberá emitir, por cada entrega una Guía de Despacho/Factura a nombre del establecimiento y en ella, éste dejará constancia de la recepción material de los productos y de las respectivas observaciones. El reporte mensual entregado por la empresa debe contener e individualizar el nombre del paciente, fecha de entrega, el código y número asignado de audífono, N° de serie o lote y vida útil del audífono. Todo esto ára realizar seguimiento y al ser Dispositivo Médico cumplir con los datos de trazabilidad establecidos en la norma 226 Decreto exento N°63 de 06.09.2022. El Hospital de Victoria podrá reclamar en contra del contenido de la Factura o Guía de Despacho dentro del plazo de ocho (8) días corridos desde la fecha de su recepción. 36. SANCIONES Y MULTAS El plazo de inicio de la presente licitación comenzará con la notificación de la resolución que aprueba el contrato en portal mercado público. Para la entrega de los audífonos a los pacientes el proveedor posee un plazo de 10 días hábiles posterior al retiro de los moldes. En caso que el contratante no suministre los insumos u otros incumplimientos según lo dispuesto en las bases administrativas, anexos y detalles entregados en su oferta, el mandante cobrará una multa o sanción por incumplimiento, la cual se podrá aplicar en los siguientes casos. • Multa por atraso en la entrega de audífonos por causa del proveedor. Se sancionará con una multa de 1 UTM por cada día hábil administrativo de atraso en la entrega de cada audífono de acuerdo a propuesta, con un tope al día 8. Transcurrido este plazo se configura un incumplimiento grave, facultando al Hospital realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y evaluar dar término anticipado del contrato. • Sanción por no entrega: Una vez transcurrido el plazo indicado anteriormente, desde noveno día se considerará un plazo de tolerancia de 5 días hábiles adicionales, donde se sancionará con 1,5 UTM por día hábil, para que el proveedor se comunique a través de correo electrónico con el encargado de logística o encargado del contrato de la respectiva licitación, manifestando su intención de hacer llegar los audífonos faltantes, en caso contrario, se facultará al hospital para realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento y evaluar dar término anticipado del contrato. • Multa por mala calidad: Será considerada una falta grave en cuanto a calidad cuando el proveedor sume a lo menos 3 notificaciones de problemas con los audífonos que no respondan al mal uso del paciente. Por esta causal se cobrará una multa de 5 UTM y en caso de ser una situación reiterativa, el Hospital podrá evaluar dar término anticipado de contrato y cobrar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. • Multa atraso en los controles a los pacientes posteriores a la entrega: Conforme se indica en bases de licitación y anexos, posterior a la entrega del audífono la empresa debe coordinar a lo menos 3 controles en dependencias del Hospital en los días 30, 90, 180. Si la empresa se atrasase sin motivo justificado por más de 10 días hábiles en llevar a cabo los controles, se cobrará una multa de 3 UTM. Si la situación persistiese o la empresa no refiere voluntad de realizar dichos controles, se facultará al hospital a realizar el cobrar la garantía de fiel cumplimiento y evaluar dar término anticipado del contrato. • Multa por atraso en la entrega de insumos para la toma de moldes: El proveedor que resulte adjudicado posee un plazo de 3 días hábiles posterior a la res. Que aprueba el contrato para la entrega de estos insumos al Hospital y posterior a esto, un plazo de 3 días hábiles posteriores a la notificación por parte del T.M. de otorrinolaringología de reposición de stock. Se multará con 0,7 UTM por cada día hábil de atraso, hasta un tope del día 10. Posterior a esto, si el proveedor continuase con el atraso o no manifestase su voluntad de entregar dichos insumos, se faculta al Hospital a evaluar dar término anticipado de la licitación y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. • Retraso en el servicio técnico del audífono: El proveedor debe contar con servicio técnico para los audífonos que presenten inconvenientes. En caso de no presentar una respuesta en los plazos que indique la garantía, se cobrará una multa de 1 UTM por cada día de atraso con un tope al día 10, posterior a esto, se configura un incumplimiento grave, facultando al Hospital a evaluar dar término anticipado del contrato y cobrar la garantía de fiel cumplimiento. En el caso de que por alguna situación mencionada anteriormente tuviese que hacerse el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, será responsabilidad del proveedor reponer la misma, en las mismas condiciones, monto y fecha que la anterior. El proveedor deberá pagar la multa respectiva mediante deposito o transferencia bancaria a la cuenta corriente del Hospital San José de Victoria, si ello no ocurre dentro de los 5 días hábiles administrativos desde la resolución que impone la multa, el Hospital podrá hacer efectivo el pago de la multa descontándola del próximo pago que proceda hacer a la empresa, o a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato si procediere. Sin perjuicio de lo anterior en la resolución que ordena proceder al cobro de la multa, podrá especificarse alguna otra modalidad de pago de ésta. DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS. Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas, lo cual informará alguno de los responsables de la respectiva licitación por escrito al responsable administrativo del contrato, quien a su vez informará al Jefe de Abastecimiento del Hospital el cual procederá a notificar de ello al proveedor mediante oficio remitido al correo electrónico señalado por éste en su oferta (Anexo N° 1), en el cual se establecerán los motivos que inician el proceso de aplicación de multas. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 24 horas desde la fecha de envió del correo electrónico. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá la aplicación o no de la(s) multa(s), de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, notificándose al proveedor respectivo mediante correo electrónico indicado por el mismo en Anexo N°1 con la misma fecha, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 37. PAGO Y FACTURACIÓN El Hospital San José de Victoria procederá al pago mensual, dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de las facturas. Se pagarán solamente aquellos insumos que se encuentren debidamente acreditados y recibidos conforme. El proveedor debe emitir la factura al momento de la emisión de la Orden de Compra respectiva, esta debe contener los siguientes datos: Nombre: Hospital victoria. RUT: 61.602.229-6 Domicilio: Avda. Dartnell Nº 1100 Giro: Salud. Al emitir la factura, el proveedor deberá indicar en el campo correspondiente (801) y de forma correcta la orden de compra asociada, de lo contrario esta factura será observada por plataforma ACEPTA. - Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras: 1057389-xx-SE24. - Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com De conformidad al artículo N° 8 de la Ley de Presupuesto 2024 que dice que: “Todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, durante el año 2024, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos”, el proveedor deberá indicar en el Anexo N° 1 los antecedentes necesarios para dar cumplimiento lo dispuesto en la legislación vigente. De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura dentro del plazo de ocho (8) días corridos, contados desde su recepción por parte del Hospital. Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Hospital Victoria dentro de las 48 horas siguientes a la de su celebración. Además, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito efectuado por el contratista cuando no existan obligaciones o multas pendientes. Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Hospital Victoria mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Hospital Victoria el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. En el caso de generarse montos pagados en exceso, el Hospital de Victoria a través de la Unidad de Contabilidad procederá a notificar al/los adjudicatarios/s mediante correo electrónico, requerimiento de devolución de fondos indicando el detalle del Documento Tributario Electrónico involucrado, la cuenta corriente correspondiente, y que el monto debe ser devuelto en un plazo de 5 días hábiles. En el caso de no proceder a la devolución en un plazo de 5 días hábiles, se notificará mediante carta certificada ampliando el plazo de devolución en 3 días hábiles. Si finalmente el monto no es reintegrado se iniciará el proceso de cobranza extrajudicial o judicial si corresponde”. 38. VIGENCIA DEL CONTRATO El Contrato comenzará una vez publicada resolución aprueba contrato en Portal Mercado Publico y tendrá una vigencia de 24 meses o hasta el término del presupuesto disponible, lo que ocurra primero. El contrato podrá ser aprobado mediante resolución exenta con una fecha posterior al inicio de vigencia de las prestaciones, en la medida que se haya emitido la resolución exenta de adjudicación, en razón de necesidades del Hospital San José de Victoria. Lo anterior, en virtud de lo normado en el artículo 52º de la Ley Nº 19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado, el cual señala que “Los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.” 39. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato que se celebre podrá ser terminado por algunas de las causales de artículo 13 de la ley 19.886, y el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.884, aprobado por el Decreto N° 250 del año 2004, además de las siguientes: • Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que acredite dicho término. • Unilateralmente por el Hospital San José de Victoria: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes: a. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. b. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal. d. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones. e. La aplicación de tres o más multas y en caso de más de una notificación de evento o mala calidad de los productos, según el cuadro “Aumento de Plazo y Multa” f. Cuando el proveedor no hiciese pago de la(s) multas aplicadas dentro del plazo establecido en la resolución que aplique la multa. g. Por situación sobreviniente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Suministro dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. h. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente. i. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito. j. Cuando las bases administrativas así lo ordenen, según los casos. k. Incumplimiento grave de obligaciones, tales como, deficiente calidad en los productos, fallas en la provisión de insumos o exceso de tiempo de respuesta una vez generada la solicitud. Todo lo mencionado anteriormente, debe quedar expresado por el referente técnico de la presente licitación en un documento que dé cuenta de dichas situaciones. Además, por algunas de las causales establecidas en el artículo 13° de la ley N° 19.886, y en su reglamento, artículo 77° o no contar con la autorización mediante resolución de ISP si correspondiese. l. También se podrá poner término anticipado al contrato cuando se agote el presupuesto asignado para la presente licitación. Será facultad privativa del Hospital, en los casos anteriores y demás contemplados en la ley, decidir el término anticipado del contrato, y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al término anticipado del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado del director del Hospital, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para término anticipado del contrato. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N°1. Se entenderá notificado el proveedor al día hábil siguiente del envío del correo electrónico, si este plazo ocurriese en un día inhábil se prorrogará hasta el día siguiente hábil. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, notificándose también al proveedor mediante correo electrónico proporcionado por e mismo en el anexo N°1, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 40. MODIFICACIÓN DE CONTRATO El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas. Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N°1 (Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N°6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886). 41. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Se deja expresamente establecido que el Hospital San José de Victoria no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de los suministro materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. 42. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Hospital San José de Victoria a través de su Jefe de Abastecimiento, o quien lo subrogue, en colaboración con el Asesor Jurídico, sin perjuicio de las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República. 43. DOMICILIO DEL PROPONENTE U OFERENTE. Para todos los efectos legales de esta licitación, los oferentes fijan su domicilio en la ciudad de Victoria, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia. 44. PROBIDAD Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834, 19.653 y 21.634 capítulo VII, además de la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Hospital, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886 y su Reglamento. 45. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS REQUERIDOS 1. Servicio de entrega y adaptación de audífonos Hospital Victoria. LÍNEA ITEM AUDIFONOS REQUERIDOS 1 1 AUDIFONOS PARA HIPOACUSIAS MODERADAS 2 AUDIFONOS PARA HIPOACUSIAS SEVERAS 3 AUDIFONOS PARA HIPOACUSAS PROFUNDAS 46. ANEXOS Archivo Descripción ANEXO 1 ANTECEDENTES DEL OFERENTE .DOC IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR ANEXO 2 CARTA OFERTA OFERTA ECONOMICA ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS BASES TECNICAS ANEXO 4 CARACTERISTICAS ESPECIFICACIONES TECNICAS ANEXO 5 CERTIFICADO ENVIO DE MUESTRAS ANEXO ADMINISTRATIVO 47. La publicación de las bases administrativas en el portal www.mercadopublico.cl, se efectuará una vez aprobadas por resolución exenta. Las preguntas, respuestas y aclaraciones de la presente licitación se realizarán de acuerdo al calendario publicado a través del foro inverso disponible en la plataforma electrónica del portal Mercado Público. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay duda referente al contenido de los antecedentes del proyecto y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos por parte de los oferentes y del que resulte ser contratista. La fecha de cierre de recepción de ofertas se realizará en la fecha y hora consignadas en el cronograma de licitación. II. DESÍGNASE como RESPONSABLE TÉCNICO DEL CONTRATO, a D. Rodolfo Garnica Fernández, T.M. ORL, dra Romina Ovalle Alcaíno, Médico ORL y D, Stefano Cavalieri, Encargado GES Hospital San José de Victoria o quien les subrogue. III. DESÍGNASE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, A D. Carmen Sánchez Iturra, funcionario encargado de contratos del Hospital San José de Victoria o quien lo subrogue. IV. DESIGNASE ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO, A d. Michelle Schevach Vilche, Profesional de Apoyo Abastecimiento, Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. V. DESIGNASE ENCARGADO DE LA GESTION OPERATIVA DEL CONTRATO a d. Carlos Medrano Sepúlveda, Ejecutivo de compras, Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. VI. IMPÚTASE el gasto que irrogue la presente licitación con cargo al Ítem 22.04.004.004 “Prótesis” VII. PUBLÍQUESE el llamado a propuesta pública en el sistema de información de compras públicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.