Licitación ID: 1057390-14-LP21
CONVENIO MANTENCION Y REP.GRUPOS ELECTRÓGENOS SSAN
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 40
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
MANTENCIÓN GRUPO ELECTRÓGENO DIRECCION SSAN EUROGEN B. S. EB 10000 ST 10 2009 / VIELCO KIPOR KDE 12 STA 3 10 2005 / VIELCO KIPOR GMP 30 CS 30 2017 / CATERPILLAR C-18 550 2007  

2
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
MANTENCIÓN GRUPO ELECTRÓGENO HOSPITAL TRAIGUÉN Caterpillar 3208 150 1994-2019 / Bauker GG6300E 6 2017 /Bauker GG6300E 6 2017 /Bauker GG6300E 6 2017 / Bauker GG6300E 6 2017  

3
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
MANTENCIÓN GRUPO ELECTRÓGENO HOSPITAL COLLIPULLI Doosan D116 200 2009  

4
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
MANTENCIÓN GRUPO ELECTRÓGENO HOSPITAL CURACAUTÍN CATERPILLAR GEP50-7 166 2014 /CATERPILLAR 97A03320 S 50 1997 /KIPOR KDE38S3 30 2017  

5
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
MANTENCIÓN GRUPO ELECTRÓGENO HOSPITAL VICTORIA Lureye CG500 500 2005/ Lureye CG500 500 2005/ Lureye V550K 500 2005  

6
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
MONITOREO REMOTO DROGUERÍA SEGÚN EETT.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANTENCION Y REP.GRUPOS ELECTRÓGENOS SSAN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación tiene como objetivo, suscribir un Convenio de Mantención Preventiva y/o Correctiva para los Grupos Electrógenos, existentes en la Red del Servicio Salud Araucanía Norte, necesarios para dar respaldo a la alimentación eléctrica que se requiere para el funcionamiento de la Dirección del Servicio de Salud y de sus establecimientos hospitalarios de Victoria, Collipulli, Traiguén y Curacautín, según Especificaciones Técnicas Anexo 4. Se agrega a lo anterior la implementación de un sistema de monitoreo remoto para el Grupo Electrógeno de la Droguería, el cual tiene por objeto transmitir alertas ante un corte del suministro de energía en este recinto, situación que se considera crítica.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.955.100-1
Dirección:
Pedro de Oña 076
Comuna:
Angol
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 01-04-2021 10:27:00
Fecha inicio de preguntas: 01-04-2021 11:00:00
Fecha final de preguntas: 10-04-2021 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-04-2021 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-05-2021 16:38:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Entrada principal del Servicio de Salud Araucana Norte, ubicado en calle Ilabaca N° 752, Angol 05-04-2021 9:00:00
Entrada principal de Droguería, ubicado en calle Ilabaca 684, Angol 05-04-2021 11:00:00
Entrada principal de la Base SAMU Angol, ubicada en calle Manuel Jarpa S/N esquina Cautín, Angol 05-04-2021 12:00:00
Entrada principal del Hospital de Collipulli, ubicado en calle Bulnes N° 50, Collipulli. 05-04-2021 15:00:00
Entrada principal del Hospital de Traiguén, ubicado en calle 21 de Mayo N° 751, Traiguén. 06-04-2021 11:00:00
Entrada principal del Hospital de Curacautín, ubicado en calle Serrano S/N, Curacautín, para llegar a la dirección final de Patricio Chavez N°105. Fono Enrique Pereira 949540062 coordinación 07-04-2021 11:00:00
Entrada principal del Hospital de Victoria, ubicado en calle Av. Dartnell S/N, Victoria. 07-04-2021 14:00:00
Entrada principal de la Base SAMU Victoria, ubicada en calle Gorostiaga 425, Victoria. 07-04-2021 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº3 IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR
2.- ANEXO Nº2 DECLARACION JURADA SIMPLE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO Nº5 NÓMINA TRABAJOS REALIZADOS
 
2.- ANEXO Nº6 PROTOCOLO DE MANTENCIÓN
 
3.- ANEXO Nº4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº1 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de Respuesta en Terreno El presente criterio, cuya ponderación es de un 15%, comprende un único factor: “Menor Tiempo de Respuesta ante un Llamado a Terreno”. Para ello se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una Fórmula de Cálculo. Para esta evaluación se considerará el tiempo de respuesta en terreno ofertado en el Anexo 1, Oferta Económica. Fórmula Simbología Descripción PT=T1*15%/T2 PT Puntaje de la Oferta 15% Porcentaje asignado T1 Menor Tiempo de Respuesta Ofertado T2 Tiempo Respuesta Ofertado 15%
2 Precio visitas No Programadas El presente criterio, cuya ponderación es de 15% comprenderá un único factor: “Precio mínimo ofertado”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una Fórmula de Cálculo. Para esta evaluación se considerará el valor total a pagar por visitas No programadas, según las ofertas presentadas por cada oferente en el Anexo 1, Oferta Económica. Fórmula Simbología Descripción PV=V1*15%/V2 PV Puntaje de la Oferta 15% Porcentaje asignado V1 Menor Oferta recibida por visita No programada V2 Precio de la Oferta por visita No programada 15%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios El presente criterio, cuya ponderación es de un 20% comprenderá de 4 factores, detallados en el cuadro señalado a continuación. Para obtener el puntaje respecto de cada factor de evaluación, se considerará la información consignada por el oferente en el Anexo 1 Oferta Económica, siendo la sumatoria de cada uno de dichos sub-puntajes y la multiplicación del ponderador (20%), el resultado final de la evaluación. Descripción factor de evaluación SI cumple NO cumple / no informa Proveedor tiene taller propio (servicio técnico) 60 1 Proveedor tiene servicio técnico en las provincias de Malleco o Bio Bio 20 1 Proveedor entrega respuesta en terreno dentro de las 12 horas de llamado 20 1 Total 100 1 20%
4 Experiencia de los Oferentes El presente criterio, cuya ponderación es de un 15%, comprende un único factor: “Experiencia del Oferente en la Prestación del Servicio en Instituciones Públicas y/o Privadas”, detallados en el cuadro señalado a continuación. Para ello se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a la información aportada por el oferente a través del Anexo 5 Nómina de Trabajos realizados, parte A, cuya evaluación se llevará a cabo de acuerdo al siguiente rango. Descripción Calificación Mayor a 15 Instituciones Públicas y/o Privadas 100 puntos Entre 9 y 15 Instituciones Públicas y/o Privadas 50 puntos Menor a 9 Instituciones Públicas y/o Privadas 30 puntos No informa o no acredita 1 puntos Nota: Para esta evaluación, los oferentes deberán presentar mediante el Anexo N° 5, una nómina de trabajos realizados desde el año 2015 a la fecha, referidos a los equipos contemplados para su mantención en la presente licitación. 15%
5 Precio A. Evaluación Económica (35%) El presente criterio, cuya ponderación es de 35% comprenderá un único factor: “Precio mínimo ofertado”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una Fórmula de Cálculo. Para esta evaluación se considerará el valor total a pagar según las ofertas presentadas por cada oferente en el Anexo 1, Oferta Económica, “Precio neto mantención por 2 años por línea”. Fórmula Simbología Descripción P=P1*35%/P2 P Puntaje de la Oferta 35% Porcentaje asignado P1 Menor Oferta recibida P2 Precio de la Oferta 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2206005
Monto Total Estimado: 100700000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: El contrato tendrá una vigencia de 24 meses desde la resolución exenta que apruebe el contrato, el cual podrá ser renovado por el mismo periodo adicional de 24 meses, si el proveedor resulta bien evaluado y se cuenta con la disponibilidad presupuestaria,
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Paula Quijada
e-mail de responsable de pago: paula.quijada@araucanianorte.cl
Nombre de responsable de contrato: Enrique Pereira Riffo
e-mail de responsable de contrato: enrique.pereira@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2551350-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte
Fecha de vencimiento: 26-06-2021
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte de la Dirección del SSAN, ubicada en calle Ilabaca Nº752, Angol, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a jueves desde las 8:30 a las 17:00 y viernes desde las 8:30 a las 16:00 hrs. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. En caso de entregarse un documento electrónico, éste deberá ser adjuntado a su oferta entregada vía portal Mercado Público, debiendo cumplirse con las menciones señaladas en el sub-acápite “ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS”. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) Que el proponente se desista de su oferta; ii) Que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “hábil”; iii) si no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; iv) la no entrega del contrato; vi) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores vi)Si la Unión Temporal de proveedores no entregue el documento que formaliza la unión, en conformidad a lo establecido en artículo 67 bis, del reglamento de Compras Públicas, el cual no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado. Nota: la fecha de vencimiento señalada en el cuadro segundo es sólo estimativa.
Glosa: De garantía por seriedad de la oferta, tomada de manera irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Angol. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “SERIEDAD DE LA OFERTA Licitación “CONVENIO MANTENCION Y REPARACION GRUPOS ELECTRÓGENOS RED SSAN 2021”. Nota: en caso de entregarse un documento de garantía que no permita consignar la glosa, ésta deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Dado que las presentes bases contemplan la posibilidad de readjudicación, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta una vez se haya efectuado la respectiva contratación. Lo anterior aplica respecto del oferente adjudicatario y de los oferentes declarados admisibles no adjudicatarios. Respecto de los oferentes declarados inadmisibles, se devolverá dentro del plazo de 10 días contados desde la resolución de adjudicación. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte
Fecha de vencimiento: 26-06-2023
Monto: 3000000 Peso Chileno
Descripción: Debiendo ser entregada al Servicio de Salud Araucanía Norte al momento de entregar el contrato, en la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, ubicada en calle Ilabaca Nº752, Angol, en horario de lunes a viernes desde las 8:30 a las 16:00. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. Dicha garantía deberá tener una vigencia igual o superior a 90 días corridos adicionales a la fecha de término del contrato. En todo caso el responsable del contrato deberá velar porque la garantía mantenga su vigencia, de modo tal que, con 45 días anteriores al vencimiento de la caución, deberá requerir al proveedor el cambio o renovación de la misma, otorgándole un plazo que no exceda de 30 días anteriores al vencimiento, bajo apercibimiento de proceder a su cobro. En dicho evento, los fondos de la garantía cobrada se custodiarán a fin de servir para el mismo fin a que estaba destinada la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso de renovación del contrato, el proveedor adjudicado deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento del contrato por dos años calendario más, dentro de los 15 días con anticipación a su renovación so pena de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Nota: la fecha de vencimiento señalada en el cuadro segundo es sólo estimativa.
Glosa: De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en un banco con sucursal en la ciudad de Angol. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá ser entregada junto con el contrato. Glosa: “FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Licitación “CONVENIO MANTENCION Y REPARACION GRUPOS ELECTRÓGENOS RED SSAN 2021”. Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta al prestador adjudicado, a la dirección consignada en el Anexo 3, 90 días después de finalizado el periodo de duración del convenio, mediante resolución exenta, en la medida que no existan multas. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre la presente garantía, según lo establecido en otros apartados de las presentes bases administrativas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. En caso contrario, se podrá dar término anticipado al contrato por falta de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate se establecen como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán comenzando por: Evaluación Económica, Calidad Técnica, Tiempo de Respuesta en Terreno, Experiencia del Oferente y Precio atenciones no programadas

En el caso de persistir la condición de empate, se declarará desierta la licitación en cuestión, por no ser determinable la oferta adjudicataria, sin trasgredir el principio de estricta sujeción a las bases de licitación y el principio de igualdad entre los oferentes.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso de existir dudas después de la adjudicación, se deberán comunicar con Adela Morales Drouillas, profesional del Depto. de Adquisiciones al fono 45-2551361 o al e-mail adela.morales@araucanianorte.cl, de lunes a viernes en horario de oficina, en el plazo de 5 días, contados desde la adjudicación en el portal Mercado Público.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “Factor Excluyente” en las presentes bases no será evaluado.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

OTRAS CLÁUSULAS

OTRAS CLÁUSULAS REGULACIÓN DE LA PRESENTE PROPUESTA

Se regirá por:

-Las presentes bases administrativas.

-Las Especificaciones Técnicas.

-Las respuestas a las consultas formuladas.

-Las aclaraciones efectuadas a las ofertas

-Las resoluciones u órdenes de compra emitidas.

-El contrato que se suscriba con el adjudicatario.

- Ley 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento.

-Leyes referentes a la materia objeto de la presente licitación.

En todo caso, el oferente deberá cumplir con todas las Normas Técnicas y Legales.

El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las aclaraciones y respuestas efectuadas a las consultas de la licitación, las que ha tenido en consideración al momento de presentar su oferta a través del portal Mercado Público. A mayor abundamiento, el adjudicatario deberá considerar en su oferta todos los materiales, mano de obra, ejecución procesos administrativos, etc. necesarios para la correcta ejecución del servicio requerido, aun cuando no este indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe y de las buenas prácticas, por lo que no se aceptarán cobros extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.

MODIFICACIÓN DE BASES

Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por lo tanto dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

REQUERIMIENTOS

La presente licitación pública tiene como objetivo disponer de un Convenio de Mantención Preventiva y/o Correctiva para los Grupos Electrógenos existentes en la Red del Servicio Salud Araucanía Norte, necesarios para dar respaldo a la alimentación eléctrica que se requiere para el funcionamiento de la Dirección del Servicio de Salud y de sus establecimientos hospitalarios de Victoria, Collipulli, Traiguén y Curacautín, en las cantidades referenciales estimadas. Las exigencias se encuentran individualizadas en las Especificaciones Técnicas y demás anexos de la presente licitación pública, las que se entienden formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales. Se agrega a lo anterior la implementación de un sistema de monitoreo remoto para el Grupo Electrógeno de la Droguería, el cual  tiene por objeto transmitir alertas ante un corte del suministro de energía en este recinto, situación que se considera crítica.

Las Especificaciones Técnicas constituyen los requerimientos objeto de la presente licitación.

Es obligatorio completar los anexos respectivos (Anexos 1, 2, 3) por cada oferta, en caso que el oferente presente más de una oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos.

Se podrán presentar un máximo de 2 ofertas por empresa.

REQUISITO GENERAL

Podrán participar en la presente licitación, toda persona natural, jurídica o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y Especificaciones técnicas.

Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionistas (10% o más del capital) de las sociedades o proveedores prestadores, en sus casos.

Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta, cuando se trate de adquisiciones inferiores a las 1.000 UTM, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de dicha forma. Para contrataciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar. En ambos casos, en el documento en que formaliza la unión deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la institución, y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de establecer que la vigencia de dicha unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato, en caso de resultar ser la UTP adjudicataria.Aplica artículo 67 bis del reglamento de compras públicas.

FINANCIAMIENTO

La contratación de los servicios requeridos se financiará con presupuesto de cada uno de los establecimientos identificados, estos son Dirección del Servicio de Salud y sus hospitalarios de Victoria, Collipulli, Traiguén y Curacautín; respectivamente, al ítem presupuestario 22.06.005 Mantenimiento y Reparación de Máquinas y Equipos de Producción.

PRECIOS

El precio de la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos.

Las ofertas presentadas vía Oferta Económica Anexo 1, deben expresarse en valores netos e informar si se encuentra afecta a IVA.

Valores deben coincidir con los informados en su oferta a través del portal Mercado Público, el “valor total neto mantención por 2 años por línea”.

Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el proveedor. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y respuestas, dentro del cual el proveedor ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas. 

Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 90 días corridos desde la Adjudicación de las presentes bases en el portal Mercado Público.

Las ofertas deben ser presentadas en español.

 

ASISTIR A REUNIONES Y/O VISITAS A TERRENO

Se realizarán visitas a terreno obligatorias entre el cuarto (4°) y sexto (6°) día corrido contado desde la publicación de las presentes bases de licitación a través del portal Mercado Público, en cada visita se contemplará un margen de tolerancia de tiempo de espera máximo 10 minutos, por lo que quién se presente fuera de este margen no podrá proceder a firmar la respectiva acta de visita a terreno.

Dado que la presente licitación pública consta de 5 líneas de licitación, el oferente deberá asistir a la (s) visita (s) a terreno en las que presente su oferta. De lo contrario, la oferta que no cumpla con dicho requisito será declarada inadmisible.

Los lugares y horarios de las visitas a terreno serán las que se indican a continuación:

  • Al 4° día, a las 09:00 horas, en la entrada principal del Servicio de Salud Araucana Norte, ubicado en calle Ilabaca N° 752, Angol.
  • Al 4º día, a las 11:00 horas en la entrada principal de Droguería, ubicado en calle Ilabaca 684, Angol
  • Al 4° día, a las 12:00 horas, en la entrada principal de la Base SAMU Angol, ubicada en calle Manuel Jarpa S/N esquina Cautín, Angol.
  • Al 4° día, a las 15:00 horas, en la entrada principal del Hospital de Collipulli, ubicado en calle Bulnes N° 50, Collipulli.
  • Al 5° día, a las 11:00 horas, en la entrada principal del Hospital de Traiguén, ubicado en calle 21 de Mayo N° 751, Traiguén.
  • Al 6° día, a las 11:00 horas, en la entrada principal del Hospital de Curacautín, ubicado en calle Serrano S/N, Curacautín.
  • Al 6° día, a las 14:00 horas, en la entrada principal del Hospital de Victoria, ubicado en calle Av. Dartnell S/N, Victoria.
  • Al 6º día, a las 15:30 horas en la entrada principal de la Base SAMU Victoria, ubicada en calle Gorostiaga 425, Victoria.

Cualquier duda contactarse con el funcionario del Servicio de Salud Araucanía Norte, Don E. Enrique Pereira Riffo, al teléfono 45-2551357, correo electrónico enrique.pereira@araucanianorte.cl

ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS

Garantía de seriedad de la oferta.

Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento.

En caso de entregarse físicamente, esta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al Jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes de la Dirección de Servicio de Salud Araucanía Norte, ubicada en calle Ilabaca 752 en la ciudad de Angol, horario de lunes a jueves desde las 8:30 a las 17:00 y viernes desde las 8:30 a las 16:00 hrs., hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público.

La Institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas.

Identificación del Sobre:

  • Razón Social del oferente.
  • R.U.T.
  • Identificación de la licitación, es decir LICITACIÓN: “CONVENIO MANTENCION Y REPARACION GRUPOS ELECTRÓGENOS RED SSAN 2021” ID Nº 1057390-14-LP21

En caso de entregarse la garantía de seriedad de la oferta de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar junto a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público.

APERTURA DE LA LICITACIÓN

En esta instancia se verificará que se haya entregado La Garantía de Seriedad de la Oferta,  Oferta Económica Anexo 1, Declaración Jurada Simple Anexo 2, Identificador del Proveedor Anexo 3 y Anexo 4. Dicha verificación será efectuada por el Sub-Departamento de Adquisiciones del Servicio de Salud Araucanía Norte, y en consecuencia se aceptarán o se rechazarán las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un “Acta de Apertura Electrónica”. Esta verificación no constituirá evaluación del contenido de fondo de la oferta.

La no entrega de algún documento establecido precedentemente, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta rechazada), no pasando dichas ofertas a la etapa de evaluación. Las ofertas que se declaren “Aceptadas” pasarán a la etapa de evaluación, en la cual se evaluarán los contenidos de fondo de las ofertas presentadas. Dicha situación se reflejará a su vez en el correspondiente Informe de Evaluación que deba levantar la comisión homónima.

INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta inadmisible), de lo cual se dejará constancia en el Informe de Evaluación, la que será confeccionada por la respectiva Comisión de Evaluación.

Las ofertas declaradas como “rechazadas” en el Acta de Apertura Electrónica a su vez deberán ser declaradas como “ofertas inadmisibles”. Sin embargo, lo reflejado en el Acta de Apertura Electrónica en caso alguno obsta a que la Comisión de Evaluación, con ocasión de la emisión del correspondiente acta o Informe de Evaluación fundado, pueda declarar alguna otra oferta en carácter de “inadmisible”, o inclusive de establecer la admisibilidad respecto de alguna oferta que inicialmente fuese declarada como “rechazada” en la referida Acta de Apertura Electrónica, debido a un error u otra situación no tenida en vista al declarar como “aceptadas” o “rechazadas” las ofertas, estableciéndose pormenorizadamente los fundamentos de ello en uno u otro caso.

EVALUACIÓN

La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta del Director del Servicio de Salud Araucanía Norte. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación, así como los criterios de evaluación considerados en la misma.

La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos.

La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información adicional, incluyendo documentos, que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”.

La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases consecutivas:

1.     Fase I: Se verificará la integralidad del contenido de fondo de los documentos adjuntos a cada oferta declarada como “aceptada” a través del Acta de Apertura Electrónica, realizando un análisis exhaustivo de cada uno de ellos. Solo las ofertas que cumplan con las exigencias solicitadas en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES” pasarán a la siguiente fase II de evaluación. La oferta será declarada “inadmisible” si no cumple con lo establecido precedentemente.

2.  Fase II: Se realizará la evaluación cuantitativa de las ofertas aplicando los CRITERIOS DE EVALUACION.

La Comisión de Evaluación informará al Sr. Director del Servicio de Salud Araucanía Norte el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente.

FACTORES EXCLUYENTES

Los factores de evaluación de carácter excluyente donde el no cumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados dejara fuera de concurso a dicha oferta son:

  • No presentar los Anexos 1, 2, 3 debidamente completados y firmados.
  • No presentar las Especificaciones Técnicas, Anexo 4, en señal de aceptación.
  • Mínimo 3 años de experiencia del profesional y/o técnico a cargo del personal que ejecuta el servicio, según especificaciones técnicas (ingresar currículum vitae), según parte B, Formulario Nº5.
  • No asistir a la visita obligatoria a terreno para la línea en que se presenta oferta.
  • No cumplir o vulnerar algún precepto de las bases administrativas o anexos.
  • Exceder el presupuesto disponible informado, (en columna Monto Disponible IVA incluido 2 años), por línea en Anexo Nº1, Oferta Económica.
  • Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, en conformidad al artículo 67 bis del reglamento de compras públicas. (Ver acápite requisito general).

Las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos como “Factor Excluyente”, se declaran inadmisibles, declaración que se efectuará mediante resolución fundada, en conformidad al artículo 9 de la ley 19.886 de Compras Públicas.

ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS

El Servicio de Salud Araucanía Norte, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta (no solicita documentos), siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni el monto de la oferta, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas mediante su publicación en el foro inverso (artículo 40 inciso primero reglamento ley N° 19.886).

ADJUDICACIÓN

El Director de Servicio, adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Servicio, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta.

Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes.

Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta al Servicio mientras éste se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases.

En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Servicio de Salud Araucanía Norte, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

EN CHILEPROVEEDORES

En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez transcurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario, quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Servicio de Salud Araucanía Norte para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere.

En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal ChileProveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del reglamento de la ley Nº 19.886.

FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO

La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los siete días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse al Servicio, dentro de los 7 días corridos siguientes, desde la publicación en el portal Mercado Público de la resolución exenta de adjudicación. Se entenderá entregado el contrato por parte del Servicio al proveedor trascurridas 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en Anexo 3.

El contrato deberá aprobarse mediante Resolución Exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte.

El contrato entrará en vigencia una vez publicado en el Portal Mercado Público, la resolución exenta que lo aprueba.

ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO

  • Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “Garantía fiel cumplimiento de contrato”.

READJUDICACIÓN

Se procederá a readjudicar la licitación en comento, en los siguientes casos:

a)   Que el proponente se desista de su oferta.

b)  Que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, lo anterior, facultará al Servicio para desistirse de contratar con dicho oferente y readjudicar al segundo oferente mejor evaluado.

c)   No regularice su situación en el portal ChileProveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado).

d)  No entregue dentro de plazo, el contrato y la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

e)  Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en ChileProveedores.

f)    Si la Unión Temporal de proveedores, no entregue el documento que formaliza la unión, en conformidad a lo establecido en artículo 67 bis, del reglamento de Compras Públicas, el cual no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado;

En los casos anteriores, el Servicio de Salud Araucanía Norte podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar y así sucesivamente.

La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos desde la Adjudicación de las presentes bases en el portal Mercado Público.

 

ORDEN DE COMPRA

Cada establecimiento hospitalario y la Dirección de Servicio, generarán la(s) orden(es) de compra(s) de este Convenio de Mantenimiento, una vez publicada la resolución exenta que apruebe el contrato de la presente licitación en el portal Mercado Público.

La orden de compra emitida a través del portal Mercado Público se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada por el proveedor, el Servicio podrá solicitar su rechazo formal, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del reglamento de la ley de compras públicas).

CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato. Sin embargo, dicha situación no se entenderá configurada en caso de que la empresa contratista sea adquirida como universalidad jurídica (fusión por creación o fusión por incorporación) por una tercera empresa que figure en sus estatutos sociales como continuadora legal de los derechos y obligaciones de la contratista, en los términos señalados en los dictámenes N°47.087/2008 y N°16.156/2016 de Contraloría General de la República.  Lo anterior en la medida que se mantenga el mismo staff o equipo contratado, dada la naturaleza de las prestaciones.

A su vez, lo anterior es sin perjuicio de la cesión o transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato (cesiones de las acreencias contenidas en facturas o factoring: revisar acápite “PAGO”).

En el caso de subcontratación se deberá respetar toda la normativa establecidas en las presentes bases administrativas, anexos y los términos de la oferta del proveedor adjudicado. Para ello, será necesario contar con la previa autorización por escrito del responsable del contrato, y el proveedor sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por el responsable del contrato. Además, el subcontratista deberá respetar toda la normativa establecidas en las presentes bases administrativas, anexos y los términos de la oferta del proveedor adjudicado. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Servicio.

El personal que contrate el adjudicatario, con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la Unidad Ejecutora o con el Servicio de Salud Araucanía Norte, sino que exclusivamente con el proveedor. Lo mismo se aplicará respecto del personal que contrate el eventual subcontratista.

COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN

La coordinación y todos los aspectos técnicos y administrativos del contrato estarán a cargo del Responsable del Contrato, el funcionario Don E. Enrique Pereira Riffo, enrique.pereira@araucanianorte.cl, profesional del Dpto. de Servicios Generales, del Servicio de Salud Araucanía Norte.

La coordinación y todos los aspectos técnicos del contrato para los establecimientos hospitalarios estarán a cargo del Jefe de Mantenimiento de cada recinto.

Los funcionarios son:

  • H. Traiguén, Don César Fuentes Barriga, correo de contacto (cesar.fuentes@araucanianorte.cl.
  • H.Curacautín, Don Rodrigo Fuentealba Chihuaicura, correo de contacto rodrigo.fuentealba@araucanianorte.cl
  • H. Collipulli, Don Alfonzo Lezana Montes, correo de contacto alfonzo.lezana@araucanianorte.cl
  • H. Victoria, Don Gerardo Méndez P., correo de contacto gerardo.mendez@araucanianorte.cl
  • Dirección y SAMU, E. Enrique Pereira Riffo, correo de contacto enrique.pereira@araucanianorte.cl

Dicho cometido comprenderá, entre otras, las siguientes funciones:

ü  Solicitud de  orden de compra.

ü  Dar recepción  Conforme a los trabajos de mantención, señalando si existen o no  observaciones.

El adjudicatario nombrará un coordinador del convenio, el cual deberá ser informado a través del Formulario Anexo Nº 3 “Identificación del proveedor”. En el desempeño de su cometido deberá:

  1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.
  2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.
  3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.
  4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de este convenio con el Servicio de Salud Araucanía Norte.

Dicha designación no obsta a que el contratista pueda cambiar el coordinador del convenio. Para ello, se deberá informar al responsable del contrato del Servicio de Salud Araucanía Norte por el representante legal del adjudicatario mediante correo electrónico, no siendo por ello necesaria modificación contractual alguna.

La recepción conforme de dichos servicios prestados se realizará contra la extensión de un Acta de Recepción Conforme, la cual deberá ser emitida y firmada por cada Jefe de Mantenimiento de cada recinto, e informará si existiesen multas respecto al servicio entregado, debiendo entregar dichos antecedentes a la unidad de adquisiciones con el fin de dar recepción conforme a OC correspondiente en el portal mercado público.

PLAZO DE ENTREGA, AUMENTO DE PLAZO, MULTA Y SANCIONES

PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS:

El Proveedor adjudicado, con el visto bueno del responsable del Contrato, confeccionará una Carta Gantt, en la cual se programe los trabajos a efectuar en cada una de las dependencias establecidas en el Anexo Nº 4. De dicha coordinación se dejará constancia en un acta firmada por el Proveedor Adjudicado y el responsable del Contrato.

La elaboración de la Carta Gantt, de deberá realizar dentro de 25 días corridos, contados desde la resolución exenta, que apruebe el contrato que se celebrará al efecto.

AUMENTO DE PLAZO.

Sólo en casos debidamente calificados y aprobados por resolución exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte, podrá concederse un aumento de plazo para la asistencia a ejecutar el servicio. Dicho aumento deberá ser solicitado al Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, y para conocimiento al responsable del contrato, Don E. Enrique Pereira Riffo, enrique.pereira@araucanianorte.cl, esta solicitud debe realizarse hasta 2 días antes de la programación de la entrega según el plazo requerido en carta Gantt y/o en el Anexo 1, o del plazo prorrogado que estuviere corriendo en su caso.

Dicha comunicación deberá establecer la cantidad de días corridos de aumento de plazo solicitado, además de los motivos que avalarían dicha solicitud.

Para evaluar la solicitud efectuada, el responsable del contrato deberá emitir un informe, en donde se pronuncie sobre la pertinencia del aumento de plazo, cuyo argumento justificante deberá necesariamente corresponder a una situación calificada como caso fortuito o fuerza mayor.

Con dicha información, se autorizará o se rechazará el aumento de plazo solicitado.

En caso de rechazarse la solicitud, se comunicará ella por el responsable del contrato al proveedor mediante el correo electrónico indicado en el Anexo 3.

En caso de aprobarse la solicitud de aumento de plazo, ella se efectuará mediante resolución exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte.

MULTA:

El incumplimiento en los servicios de mantenimiento programado, según los términos señalados, será sancionado con una multa:

Retraso

Monto

servicios de mantenimiento programado por cada día de retraso

1% del monto neto de la mantención

La multa tendrá como tope hasta 10 días de atraso; al exceder este plazo se considerará un incumplimiento grave al contrato.

Cuando se generen 3 incumplimientos al tiempo de respuesta o retraso en la entrega de los trabajos, se considerará ello como un “incumplimiento grave al contrato”, lo que será una causal para poner término anticipado al contrato.

En caso de incumplimiento tardío de la obligación de otorgar asistencia en terreno dentro del plazo de horas ofertado, según los términos señalados, será sancionado con una multa:

Retraso

Monto

Por llamado

$100.000.-

Cuando se generen 3 incumplimientos al tiempo de respuesta o retraso en la entrega de los trabajos, se considerará ello como un “incumplimiento grave al contrato”, lo que será una causal para poner término anticipado al contrato.

El Servicio de Salud Araucanía Norte podrá hacer efectiva la multa descontándola del pago que proceda hacer a la empresa, o haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o en la forma que determine el Servicio, a su elección. Sin perjuicio de lo anterior, el monto de la multa podrá ser pagado por el proveedor mediante depósito bancario en una cuenta corriente del Servicio. Esta última alternativa podrá hacerse efectiva mientras el servicio no haya utilizado alguna de las otras formas de hacer efectivo el cobro de la multa.

En caso de daños ocasionados con motivo u ocasión de la manipulación de los equipos por parte de la empresa adjudicada, ésta deberá reponer a su costa las piezas y/o equipos respectivos, pudiendo incluso el Servicio de Salud Araucanía Norte adquirir y disponer la reposición de las piezas con cargo a la empresa.

 

DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.

Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas, lo cual efectuará el Responsable del Contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado de la Dirección del Servicio, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para la Administración para la aplicación de multas.

Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante carta certificada y correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo 3. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días corridos desde la fecha de emisión del correo certificado. En caso de verificarse por parte de la Oficina de Correos que el proveedor no ha sido ubicado en la dirección consignada en el referido Anexo 3, sea por el motivo que sea, el referido oficio se entenderá como entregado y notificado transcurridas 24 horas desde su inclusión en el sistema de información de compras públicas, en virtud de lo establecido en los artículos 6 y 79 ter del reglamento de la ley N° 19.886. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días corridos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Servicio resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras

Públicas, procediendo ha dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N°19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado.

Igual procedimiento se observará tratándose del término anticipado parcial o total al contrato.

En todo caso, e independiente del tipo de sanción a aplicar por el Servicio, si a través del cobro de la multa no se hubiere obtenido el pago íntegro de la multa aplicada, el Servicio podrá iniciar las acciones legales a fin de ver satisfecho el íntegro pago de ellas.

PAGO Y FACTURACIÓN

DE LA FACTURACION

Una vez emitida la recepción conforme de la OC respectiva vía portal mercado público, el proveedor deberá emitir la factura correspondiente, a cada establecimiento.

La factura deberá venir a nombre, si corresponde:

Servicio de Salud Araucanía Norte

R.U.T.: 61.955.100-1.

DOMICILIO: Ilabaca Nº752, Angol

GIRO: Salud

Hospital Dr. Dino Stagno de Traiguén.

R.U.T.:  61.602.226-1

DOMICILIO: 21 de Mayo 751, Traiguén.

GIRO: Salud.

Hospital Dr. Oscar Hernández Escobar de Curacautín.

R.U.T.:  61.602.241-5

DOMICILIO: Serrano S/N, Curacautín.

GIRO: Salud.

Hospital San Agustín de Collipulli.

R.U.T.:  61.602.223-7

DOMICILIO: Bulnes N°50, Collipulli.

GIRO: Salud.

Hospital San Jose de Victoria.

R.U.T.:  61.602.229-6

DOMICILIO: Darmell s/n, Victoria.

GIRO: Salud.

DEL PLAZO

Los establecimientos hospitalarios del Servicio de Salud Araucanía Norte, procederán al pago dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de la factura, la cual deberá ser descargada por los hospitales desde Acepta, sistema directamente relacionado con el SII, que cuenta la cartera de Salud, la que podrá ser enviada con copia a cada Jefe de Mantenimiento de cada recinto.

DEL PAGO

Se cancelará solamente el servicio en la medida que cuente con la correspondiente recepción conforme. Será el Jefe de Mantenimiento de cada recinto, quién deberá gestionar el referido pago a través del sistema informático de facturas (E-SISSAN) y velar por que estén subidos al sistema los antecedentes correspondientes para su registro, revisión y control.

 

Para efectos de proceder al pago, se deberán acompañar como mínimo los siguientes documentos:

a)   Orden de Compra con recepción conforme vía portal.

b)   Factura visada por el responsable del contrato.

c)    Recepción conforme.

De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº 19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro del plazo de 8 días corridos siguientes a su recepción. Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al establecimiento respectivo dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, personalmente o por carta certificada, por cuenta del cesionario de la factura, adjuntando para ello las copias de este, certificadas por el correspondiente ministro de fe (notario público).

Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del establecimiento respectivo, mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del establecimiento respectivo  el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. Dado lo anterior, en relación a la cesión de crédito que conste en una factura electrónica, esta deberá ser notificada al Servicio de Salud Araucanía Norte, vía correo electrónico dirigido al responsable del contrato, dentro de las 48 horas aludidas anteriormente. 

En ambos casos, esto es, tratándose de cesiones de crédito de una factura tradicional o de una factura electrónica, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito por el contratista, cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

DE LA CONFIDENCIALIDAD

Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al proveedor para el desarrollo y ejecución del servicio son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica, que no sea el Servicio de Salud Araucanía Norte. El adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente incluso luego del término del contrato.

RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEEDOR

El adjudicatario será el único responsable de la prestación de los servicios, quien deberá sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por el Servicio. El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de la entrega de los servicios, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado el Servicio o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.

VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato tendrá una vigencia de 24 meses desde la resolución exenta que apruebe el contrato, el cual podrá ser renovado por el mismo periodo adicional de 24 meses, si el proveedor resulta bien evaluado y se cuenta con la disponibilidad presupuestaria, y ninguna de las partes se haya opuesto a consentir en ello. Dicha facultad podrá efectuarse con una anticipación de hasta 10 días hábiles al término de la vigencia del respectivo período, y en caso contrario se entenderá que las partes han consentido en no perseverar en el referido contrato. En caso de renovarse el contrato, se deberán reajustar los valores originariamente ofertados por la variación que haya experimentado el índice de precios al consumidor (IPC) en el período de vigencia del contrato.

Efectuada la renovación del contrato por resolución exenta, el contratista deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, el cual deberá tener una vigencia de a lo menos 90 días corridos adicionales al término del periodo renovado. Para ello, tendrá un plazo de hasta 15 días a la fecha del vencimiento del documento de garantía originario (por caducar), para la entrega del nuevo documento de garantía, bajo sanción de procederse al cobro de la aludida garantía y a disponer el término anticipado del contrato por la no entrega de un nuevo documento de garantía.

 

LIQUIDACIÓN FINAL DE CONTRATO

La liquidación final del contrato, es la forma normal de término de contrato, que procede por el término total y satisfactorio del convenio con la liberación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El contrato celebrado entre las partes, podrá terminarse anticipadamente por alguna de las siguientes causas:

  • Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento al efecto. En este caso no se cobrará y se hará devolución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Caso Fortuito o Fuerza mayor. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Por situación sobreviviente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Servicio dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • Unilateralmente por el Servicio de Salud Araucanía Norte: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes:
  1. Que el proveedor se atrase en más de 10 días con los plazos fijados para la entrega de los servicios.
  2. Que al proveedor le fuesen aplicadas al menos 3 multas.
  3. Que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los servicios.
  4. Que habiéndose notificado la orden de compra, ésta no haya sido aceptada o hubiese sido rechazada por el proveedor a quien iba dirigida.
  5. Si el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en las bases administrativas y especificaciones técnicas, especialmente en relación con la calidad, cantidad o características ofrecidas.
  6. Incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato al proveedor, especialmente en relación al incumplimiento de las especificaciones técnicas, calidad, garantía técnica, servicio técnico, cantidad o características ofrecidas, o la falta de seguridad de los servicios entregados al Servicio.
  7. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
  8. Que el proveedor fuere declarado en quiebra o se encuentre en un estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  9. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal.

10.  Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o sub-concesiones.

11.  Cuando las bases administrativas así lo ordenen, según los casos.

12.  Por la no entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de hacerse efectiva la misma por algún incumplimiento.

13.  Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito.

14.  Si el proveedor no figura en calidad de “hábil” en Chileproveedores y no subsana dicha situación en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito por el Servicio de Salud Araucanía Norte.

15.  Otras razones de índole legal o jurídica debidamente calificadas.

16.  Otras causales de término de contrato establecidas en el artículo 13º de la ley Nº19.886 de Compras y Contratación Pública, y en su Reglamento, artículo 77º.

Será facultad privativa del Servicio, en los casos anteriores, decidir el término anticipado del contrato, y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la que empleará en cubrir las eventuales multas por atraso y el mayor costo que demanden las eventuales prestaciones no efectuadas.

En caso de configurarse alguna de estas causales que habiliten a poner término anticipado al contrato, se deberá seguir con el procedimiento establecido en el acápite “MULTA”, sub-acápite “DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS”.

El Servicio de Salud Araucanía Norte se reserva el derecho de iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago por parte del Contratista, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el acápite “TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO”, en virtud de lo preceptuado en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº19.886, y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas.

Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N°1 (resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N°6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N°19.886).

LIQUIDACIÓN FINAL DE CONTRATO

La liquidación final del contrato, es la forma normal de término de contrato, que procede por el término total y satisfactorio de los servicios contratados, una vez efectuada la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Araucanía Norte no tendrá  ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el prestador contrate o destine para el otorgamiento de los servicios materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo.

En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante.

Se liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Araucanía Norte en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales.

DOMICILIO DE LAS PARTES

Para todos los efectos de la presente licitación y del contrato definitivo, las partes fijan y constituyen su domicilio en la ciudad de Angol, sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.

INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Servicio de Salud Araucanía Norte a través de su Dpto. de Asesoría Jurídica, quedando a salvo las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República.

NOTA FINAL

Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886, de Compras y Contratación Pública y su Reglamento.