Licitación ID: 1057390-3-LQ20
CONVENIO MANTECIÓN DE VEHÍCULO PARA EL SSAN
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 21
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de cambio de fluidos de aceite o de la transmisión 1 Unidad
Cod: 78180103
CONVENIO DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULO PARA EL SSAN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANTECIÓN DE VEHÍCULO PARA EL SSAN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación tiene como objetivo la adquisición del servicio de mantención preventiva y/o correctiva, de los vehículos del Servicio de Salud Araucanía Norte en la comuna capital provincial de Malleco (comuna de Angol), según las especificaciones técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.955.100-1
Dirección:
Pedro de Oña 076
Comuna:
Angol
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2020 11:00:00
Fecha de Publicación: 27-01-2020 12:18:18
Fecha inicio de preguntas: 27-01-2020 13:01:00
Fecha final de preguntas: 03-02-2020 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-02-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2020 11:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2020 11:01:00
Fecha de Adjudicación: 23-04-2020 15:32:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- • Formulario “Identificación del proveedor”, Anexo 1. • Formulario “Declaración Inhabilidad”, Anexo 2. Nota: Nota: ingresar vía portal Mercado Público.
Documentos Técnicos
1.- • Anexo 3: Oferta técnica • Contratos de trabajo mecánicos • Título de mecánicos. Nota: debe ser ingresado vía portal Mercado Público.
 
Documentos Económicos
1.- • Anexo 4: Oferta económica mantención • Anexo 5: Oferta económica neumáticos Nota: Nota: ingresar vía portal Mercado Público.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 C. Número de mecánicos (20%) El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 20%, comprenderá un único factor: “cantidad de mecánicos que tiene la empresa”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una distribución lineal representada en la siguiente fórmula. Para esta evaluación se considerará lo informado en el Anexo Nº 3 “Oferta técnica”. Es necesario que el oferente ingrese contrato de trabajo y título mecánico correspondiente. Fórmula Simbología Descripción M=M1*35%/M2 M Puntaje de la Oferta al número de mecánicos 20% Porcentaje asignado M1 Número de mecánicos ofertado M2 Mayor número de mecánicos Nota: Especificaciones técnicas solicita mínimo 3 mecánicos, de lo contrario ofertan no se evaluará. 20%
2 D. Tiempo de Respuesta de Asistencia en Ruta (15%) D. Tiempo de Respuesta de Asistencia en Ruta (15%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 15%, comprenderá un único factor: “tiempo de respuesta mínimo ofertado”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una distribución lineal representada en la siguiente fórmula. Para esta evaluación se considerará el tiempo en minutos informado en el Anexo Nº 3 “Oferta técnica”. Fórmula Simbología Descripción T=T1*15%/T2 T Puntaje de la Oferta 15% Porcentaje asignado T1 Menor tiempo de las Ofertas recibida T2 Tiempo de respuesta de la Oferta Nota: El oferente deberá contar con un medio de remolque de vehículos, requisito excluyente. 15%
3 Equipamiento taller 20% Equipamiento a disposición para la entrega del servicio de mantención de preventiva, correctiva y serviteca: El puntaje del equipamiento de taller donde se realizarán las prestaciones será de acuerdo a la siguiente tabla de evaluación, y deberá ser completada en Anexo Nº 3 oferta técnica Equipamiento taller Puntaje Sí No 1 Línea de prueba manejada por software especializado 5 Ptos. 0 Ptos. 2 Kit de alineación 5 Ptos. 0 Ptos. 3 Kit de limpieza de inyectores convencional 5 Ptos. 0 Ptos. 4 Kit de limpieza de inyectores ultrasonido 5 Ptos. 0 Ptos. 5 Kit de análisis de gases controlado por sistema computacional 5 Ptos. 0 Ptos. 6 Kit de carga y limpieza de circuito de aire acondicionado 5 Ptos. 0 Ptos. 7 Kit de rectificado discos de frenos 5 Ptos. 0 Ptos. 8 Equipo para cambio de líquido de frenos 5 Ptos. 0 Ptos. 9 Equipamiento y compresor para lavado de vehículos 5 Ptos. 0 Ptos. 10 Máquinas balanceadoras 5 Ptos. 0 Ptos. 11 Elevadores 10 Ptos. 0 Ptos. 12 Rampa para montaje de 20%
4 B. Capacidad de aparcamiento (sin atención) (20%) El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 20%, comprenderá la capacidad de aparcamiento de vehículos (clínicas móviles, ambulancias, vehículos especiales entre otros), en el taller en donde se realizarán las prestaciones, como capacidad adicional a lo exigido en especificaciones técnicas (capacidad de atención simultanea), la que será evaluada de acuerdo al siguiente cuadro, a partir de lo informado por el oferente a través de su oferta en el Anexo Nº 3: Oferta técnica. Descripción Calificación Más de 3 cupos de aparcamiento 100 puntos De 2 a 3 cupos de aparcamiento 50 puntos. 1 cupo o no ofrece. No cumple, inadmisible. 20%
5 E. Oferta Económica mantención (25%) E. Oferta Económica mantención (25%) El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 25%, comprenderá un único factor: “precio mínimo ofertado”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una distribución lineal representada en la siguiente fórmula. Para esta evaluación se considerará el precio total (impuesto incluido si corresponde) ofertado en el Anexo Nº 4 “Oferta económica mantención”. (Este valor debe ser informado en neto). (En el portal el proveedor deberá indicar en su oferta $1). Fórmula Simbología Descripción P=P1*25%/P2 P Puntaje de la Oferta 25% Porcentaje asignado P1 Menor Oferta recibida P2 Precio de la Oferta 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: manteniente de vehículos
Monto Total Estimado: 120000000
Justificación del monto estimado 120.000.000.- Presupuesto referencial con renovación. 60.000.000 para el periodo del contrato 24 meses. 30.000.000 Anualmente 12 meses. impuestos incluidos
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Renovable por 12 meses.
Observaciones Presupuesto Iva Incluido
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días 45 días corridos desde la recepción de factura. Giro salud
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Paula Quijada Fuentes
e-mail de responsable de pago: paula.quijada@araucanianorte.cl
Nombre de responsable de contrato: claudia andrea aguilera rivas
e-mail de responsable de contrato: claudiaandrea.aguilera@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2551361-1358
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte.
Fecha de vencimiento: 30-04-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte de la Dirección del SSAN, ubicada en calle Pedro de Oña Nº 387, Angol, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a jueves desde las 8:30 a las 17:30 y viernes desde las 8:30 a las 16:30 hrs. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) Que el proponente se desista de su oferta; ii) Que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “hábil”; iii) si no hace entrega del contrato y de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; iv) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores. V) Si la Unión temporal no entrega el documento que la constituye en conformidad al artículo 67 bis, del reglamento de compras públicas.
Glosa: De garantía por seriedad de la oferta, tomada por la empresa que presenta la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Angol. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “Seriedad de la Oferta Licitación “CONVENIO MANTECIÓN DE VEHÍCULO PARA EL SSAN”. Nota: en caso de entregarse un documento de garantía que no permita consignar la glosa, ésta deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Dado que las presentes bases contemplan la posibilidad de readjudicación, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta una vez se haya efectuado la respectiva contratación. Lo anterior aplica respecto del oferente adjudicatario y de los oferentes declarados admisibles no adjudicatarios. Respecto de los oferentes declarados inadmisibles, se devolverá dentro del plazo de 10 días contados desde la resolución de adjudicación. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte.
Fecha de vencimiento: 30-04-2022
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Dicha garantía deberá tener una vigencia igual o superior a 90 días corridos a la fecha de término del convenio, en el caso de existir renovación del convenio, la garantía correspondiente se deberá extender en igual periodo. En caso de modificaciones de contrato o aumentos de plazo o renovaciones que alteren la fecha hasta la cual debe estar vigente esta garantía, o el monto del contrato a cautelar, la empresa tendrá que realizar el cambio por una garantía que abarque el período no cubierto y/o el mayor valor del contrato no cubierto en la proporción previamente señalada, con una anticipación superior a 45 días al vencimiento de la garantía ya entregada, bajo apercibimiento de hacerse efectiva, en caso de incumplimiento. Lo mismo se aplicará en caso que haya que volver a prorrogar la segunda garantía y así sucesivamente. Nota: la fecha de vencimiento señalada en la línea de “fecha de vencimiento”, es sólo estimativa.
Glosa: La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá ser tomada personalmente por el contratista, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia por alguna institución con sucursal en la ciudad de Angol. Ésta deberá ser entregada junto al contrato. Glosa: Correcta ejecución de los trabajos Realizados Licitación “CONVENIO MANTECIÓN DE VEHÍCULO PARA EL SSAN”. Nota: en caso de entregarse un documento de garantía que no permita consignar la glosa, ésta deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado a la dirección consignada en el Anexo Nº 1, una vez finalizado el plazo del contrato, mediante resolución exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte, en la medida que no existan multas ni obligaciones laborales pendientes. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre la presente garantía, el contratante deberá reponer dicha garantía manteniendo siempre su monto y vigencia original. En caso contrario, se podrá dar término anticipado al contrato por falta de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán comenzando número de mecánicos, precio, equipamiento de taller, tiempo respuesta de asistencia y capacidad de aparcamiento de vehículos adicionales.  En el caso de persistir la condición de empate, se declarará desierta la licitación en cuestión, por no ser determinable la oferta adjudicataria, sin trasgredir el principio de estricta sujeción a las bases de licitación y el principio de igualdad entre los oferentes


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso de existir dudas después de la adjudicación, se deberán comunicar con Adela Morales Drouillas, profesional  de Abastecimiento al fono 45-2551360 o al e-mail adela.morales @araucanianorte.cl, de lunes a viernes en horario de oficina, en el plazo de 5 días, contados desde la adjudicación en el Portal Mercado Público.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “Factor Excluyente” en las presentes bases no será evaluado.


Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


otras clausulas

OTRAS CLÁUSULAS;

REGULACIÓN DE LA PRESENTE PROPUESTA

Se regirá por:

- Las presentes bases administrativas.

- Las Especificaciones Técnicas.

- Las respuestas a las consultas formuladas.

- Las aclaraciones efectuadas a las ofertas

- Las resoluciones u órdenes de compra emitidas.

- El contrato que se suscriba con el adjudicatario.

- Ley 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento.

En todo caso, el oferente deberá cumplir con todas las Normas Técnicas y Legales.

El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas y anexos de la misma, así como las aclaraciones y respuestas efectuadas a las consultas de la licitación, las que ha tenido en consideración al momento de presentar su oferta a través del portal Mercado Público. A mayor abundamiento, el adjudicatario deberá considerara en su oferta todos los materiales, mano de obra, etc., necesarios para la correcta ejecución del servicio requerido, aun cuando no este indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por concepto de la buena fe y la buena práctica, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.

MODIFICACIÓN DE BASES

Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

REQUERIMIENTOS

La presente licitación tiene como objetivo disponer de un convenio de mantenimiento preventivo, serviteca y correctivo de vehículo en la comuna de Angol (capital provincial de Malleco). Las exigencias se encuentran individualizadas en las Especificaciones Técnicas y demás anexos de la presente licitación pública, las que se entienden formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales.

Las Especificaciones Técnicas constituyen los requerimientos objeto de la presente licitación.

Es obligatorio completar los anexos respectivos (anexo Nº 1, 2, 3, 4 y 5) por cada oferta, en caso que el oferente presente más de una oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos.

Se podrán presentar máximo 2 ofertas por empresa por cada línea de licitación.

REQUISITO GENERAL

Podrán participar en la presente licitación, toda persona jurídica, natural o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas que garanticen el Servicio señalado en las Especificaciones Técnicas, que forman parte integrante de estas Bases.

Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores, deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionistas (10% o más del capital) de las sociedades o empresa prestadoras, en su caso.

Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta el documento que dé cuenta del acuerdo, en el que deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes por las obligaciones que se generen en relación a la presente licitación, además de nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Dicho acuerdo para efectos de la postulación a la presente propuesta pública deberá constar en un documento público o privado. Además, la unión temporal de proveedores deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de las ofertas en el portal Mercado Público.

FINANCIAMIENTO

La adquisición de las prestaciones mencionadas será financiada con fondos provenientes del ítem presupuestario 22.06.001 Mantención de Vehículos

PRECIOS

El valor de la oferta(s) presentada(s) vía portal Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos y deberá ser $1.

El precio ofertado en Anexo Nº 4 “Oferta económica mantención”, deben expresarse en valor neto. El valor neto (total Neto)  informado en dicho anexo será el utilizado para la evaluación económica.

Los valores consignados en el anexo N°4 y N°5 deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el oferente ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.  

Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de las ofertas en el portal Mercado Público.

La oferta debe ser presentada en idioma español.

ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS

Garantía de seriedad de la oferta.

Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento.

En caso de entregarse físicamente, esta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al Jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes de la Dirección de Servicio de Salud Araucanía Norte, ubicada en calle Pedro de Oña 387 en la ciudad de Angol, horario de lunes a jueves desde las 8:30 a las 17:30 y viernes desde las 8:30 a las 16:30 hrs., hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público.

La Institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas.

Identificación del Sobre:

  • Razón Social del Arrendador, Institución o Sociedad.
  • R.U.T.
  • Identificación de la Licitación, es decir, LICITACIÓN: “CONVENIO MANTECIÓN DE VEHÍCULO PARA EL SSAN”, ID 1057390-3-LQ20.

En caso de entregarse la garantía de seriedad de la oferta de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar junto a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público.

En su defecto, podrá presentarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 62º del D.S. 250 / 2004 del Ministerio de Hacienda que fijó el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.

APERTURA DE LA LICITACIÓN

En esta instancia se verificará que se haya ENTREGADO LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA y presentado todos los anexos obligatorios de la presente licitación, siendo estos: Anexo Nº1 Identificación del Proveedor, Anexo Nº2 Declaración Jurada Simple, Anexo Nº3 Oferta técnica, Anexo Nº4 Oferta económica mantención, Anexo Nº5 oferta económica neumáticos. Dicha verificación será efectuada por el Sub-Departamento de Adquisiciones del Servicio de Salud Araucanía Norte, y en consecuencia se aceptarán o se rechazarán las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un “Acta de Apertura Electrónica”. Esta verificación no constituirá evaluación del contenido de fondo de la oferta.

La no entrega de algún documento establecido precedentemente, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta rechazada), no pasando dichas ofertas a la etapa de evaluación. Las ofertas que se declaren “Aceptadas” pasarán a la etapa de evaluación, en la cual se evaluarán los contenidos de fondo de las ofertas presentadas. Dicha situación se reflejará a su vez en el correspondiente Informe de Evaluación que deba levantar la comisión homónima.

INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta inadmisible), de lo cual se dejará constancia en el Informe de Evaluación, la que será confeccionada por la respectiva Comisión de Evaluación. 

Las ofertas declaradas como “rechazadas” en el Acta de Apertura Electrónica a su vez deberán ser declaradas como “ofertas inadmisibles”. Sin embargo, lo reflejado en el Acta de Apertura Electrónica en caso alguno obsta a que la Comisión de Evaluación, con ocasión de la emisión del correspondiente acta o Informe de Evaluación fundado, pueda declarar alguna otra oferta en carácter de “inadmisible”, o inclusive de establecer la admisibilidad respecto de alguna oferta que inicialmente fuese declarada como “rechazada” en la referida Acta de Apertura Electrónica, debido a un error u otra situación no tenida en vista al declarar como “aceptadas” o “rechazadas” las ofertas, estableciéndose pormenorizadamente los fundamentos de ello en uno u otro caso.

EVALUACIÓN

La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante Resolución Exenta del Director del Servicio de Salud Araucanía Norte. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación, así como los criterios de evaluación considerados en la misma.

La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos. 

La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información adicional, incluyendo documentos que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”,

La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases consecutivas:

  1. Fase I: Se verificará la integralidad del contenido de fondo de los documentos adjuntos a cada oferta, realizando un análisis excautivo de cada uno de ellos. Solo las ofertas que cumplan con las exigencias solicitadas en el acápite “Factores Excluyentes” pasarán a la siguiente fase de evaluación. La oferta será declarada “inadmisible” si no cumple con lo establecido precedentemente,
  2. Fase II: Se realizará la evaluación cuantitativa de las ofertas aplicando los CRITERIOS DE EVALUACION.

La Comisión de Evaluación informará al Sr. director del Servicio de Salud Araucanía Norte el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente.

FACTORES EXCLUYENTES

Los factores de evaluación de carácter excluyente donde el no cumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados dejara fuera de concurso a dicha oferta son:

  • La no entrega de los anexos 1, 2,3, 4 y 5, debidamente completados.
  • No  contar con un medio de remolque de vehículos.
  • No cumplir con cualquiera de las especificaciones técnicas señaladas en el anexo 6.
  • No presentar garantía de seriedad de la oferta.
  • No cumplir o vulnerar algún precepto de las bases administrativas o anexos.
  • Tener menor a 2 aparcamientos de vehículos adicionales.
  • Tener menor a 3 pozos de atención en taller ofertado
  • Tener menor a 3 mecánicos contratados.
  • No completar debidamente el anexo 5: Oferta económica de neumático.
  • Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, o en caso de entregarse éste, por no establecerse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de las ofertas en el portal Mercado Publico, y en caso de resultar adjudicado, la unión temporal de proveedores deberá constituirse mediante escritura pública (Contrato mayor a las 1.000 UTM) y  no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple al contrato.

Las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos como “Factor Excluyente”, se declaran inadmisibles, declaración que se efectuará mediante resolución fundada, en conformidad al artículo 9 de la ley 19.886 de Compras Públicas.

ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS

El Servicio de Salud Araucanía Norte, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta (no solicita documentos), siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni el monto de la oferta, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas mediante su publicación en el foro inverso (artículo 40 inciso primero reglamento ley N° 19.886).

ADJUDICACIÓN

El Director del Servicio adjudicará la propuesta a el oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen, y cuya(s) oferta(s) haya(n) sido evaluada(s) como la(s) más conveniente(s) para el Servicio, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta (total o parcialmente) la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta.

Al ser un convenio de mantenimiento, el monto total a adjudicar será el presupuesto referencial anual por las presentes bases administrativas.

El Director del Servicio se reserva el derecho de adjudicar la propuesta que estime pertinente de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes.

Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta al Servicio mientras ésta se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases.

En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Servicio de Salud Araucanía Norte, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES

En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez transcurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario, quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Servicio de Salud Araucanía Norte para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.

En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal ChileProveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del reglamento de la ley Nº 19.886.

ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO

a)    Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “Garantía fiel cumplimiento de contrato”.

b)    Tratándose de Uniones temporales de proveedores, en caso que al momento de la oferta dicha unión se otorgó solo con el objeto de postular al proceso de licitación, se deberá entregar el documento que formaliza la unión, estableciendo la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, debiendo tener dicha unión una vigencia igual o superior a la del contrato. La constitución de la Unión temporal debe ser mediante escritura pública (Contratación mayor a las 1.000.)

c)    Formulario F-30 del adjudicatario, (Certificado de obligaciones laborales y previsionales)

En caso de no entregarse los antecedentes señalados, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la licitación.

FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO

La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, cuya firma de su (s) representante (s) deberán autorizarse ante Notario Público y devolver el contrato firmado dentro de los siete días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo. El contrato deberá entregarse por el Servicio, dentro de los 7 días corridos siguientes, desde la publicación en el portal de la resolución de adjudicación. Se entenderá entregado el contrato por parte del Servicio al proveedor trascurridas 24 horas desde su envió al e-mail señalado por éste en Anexo 1.

El contrato deberá aprobarse mediante Resolución Exenta.

Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo del proveedor que en cada caso se adjudique la propuesta.

El contrato entrará en vigencia una vez publicado en el portal mercado público la  resolución exenta que lo aprueba.

READJUDICACIÓN

Se procederá a readjudicar la licitación en comento, en los siguientes casos:

a)    Que el proponente se desista de su oferta;

b)    No regularice su situación en el portal Chileproveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado);

c)    No suscriba o entregue dentro de plazo el contrato respectivo firmado por su (s) representante(s) legal (es) ante notario público.

d)    No entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en bases;

e)    No entregue Formulario F-30 del adjudicatario, (Certificado de obligaciones laborales y previsionales)

f)      Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores.

g)    Si la Unión Temporal de proveedores no entregue el documento que formaliza la unión, en conformidad a lo establecido en artículo 67 bis, del reglamento de Compras Públicas, el cual no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado.

En caso de configurarse alguna de las situaciones antes descritas, el Servicio de Salud Araucanía Norte podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar y así sucesivamente.

La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90  días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público y siempre que los oferentes cumplan con los requerimientos establecidos en las presentes bases y sus anexos, de no ser así el proceso quedará desierto. 

ORDEN DE COMPRA

Una vez publicada la resolución exenta que apruebe el contrato en el portal mercado publico el Servicio de Salud Araucanía Norte generará la (s) orden (es) de compra, según las solicitud del responsable del contrato y disponibilidad presupuestaria.-

La (s) orden (es) de compra emitida a través del portal Mercado Público se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl, (debiendo ser aceptada por el proveedor dentro del plazo de 5 día hábil se considerarán días hábiles lunes a viernes, excepto festivos) desde su notificación. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del reglamento de la ley de compras públicas).

CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio o Municipio,  para poner término anticipado al contrato. Sin embargo, dicha situación no se entenderá configurada en caso de que la empresa contratista sea adquirida como universalidad jurídica (fusión por creación o fusión por incorporación) por una tercera empresa que figure en sus estatutos sociales como continuadora legal de los derechos y obligaciones de la contratista, en los términos señalados en los dictámenes N° 47087/2008 y N° 16156/2016 de Contraloría General de la República.

A su vez, lo anterior es sin perjuicio de la cesión o transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato (cesiones de las acreencias contenidas en facturas o factoring: revisar acápite “PAGO”).

Se permite la subcontratación, en cuyo caso se deberá respetar toda la normativa establecidas en las presentes bases administrativas, anexos y los términos de la oferta del proveedor adjudicado. Para ello, será necesario contar con la previa autorización por escrito del responsable del contrato, y el proveedor sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por el responsable del contrato. Además, el subcontratista deberá respetar toda la normativa establecidas en las presentes bases administrativas, anexos y los términos de la oferta del proveedor adjudicado. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Servicio.

El personal que contrate el adjudicatario, con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la Unidad Ejecutora o con el Servicio y/o Municipio, sino que exclusivamente con el proveedor. Lo mismo se aplicará respecto del personal que contrate el eventual subcontratista. Lo anterior, dado que la contratación de servicios del presente contrato no califica en la categoría de “servicios habituales”.

PLAZO DE ENTREGA, AUMENTO DE PLAZO Y MULTA

Plazo de entrega de los trabajos:

Los plazos de entrega de los trabajos de mantención preventiva de los vehículos de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte serán contados en días corridos, y corresponderán al plazo señalado en la respectiva orden de trabajo, firmada por el taller y por el Conductor del vehículo para cada evento.

AUMENTO DE PLAZO.

Sólo en casos debidamente calificados y aprobados por resolución exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte, podrá concederse un aumento de plazo para la asistencia a ejecutar el servicio. Dicho aumento deberá ser solicitado al Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, con a lo menos 5 días corridos de anticipación a la fecha programada para la mantención programada, la cual debe ser también, de días corridos.

Dicha comunicación deberá establecer la cantidad de días corridos de aumento de plazo solicitado, además de los motivos que avalarían dicha solicitud.

Para evaluar la solicitud efectuada, el responsable del contrato deberá emitir un informe, en donde se pronuncie sobre la pertinencia del aumento de plazo, cuyo argumento justificante deberá necesariamente corresponder a una situación calificada como caso fortuito o fuerza mayor.

Con dicha información, se autorizará o se rechazará el aumento de plazo solicitado.

En caso de rechazarse la solicitud, se comunicará ella por el responsable del contrato al proveedor mediante el correo electrónico indicado en el Anexo Nª 1.

En caso de aprobarse la solicitud de aumento de plazo, ella se efectuará mediante resolución exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte.

MULTA.

El incumplimiento en la fecha de entrega de los servicios, en los términos señalados, será sancionado con una multa:

Retraso en días

Monto

1 a 10 días

$27.000

11 a 20 días

$40.500

21 a 30

$54.000

La multa tendrá como tope los 30 días de atraso, al exceder este plazo se considerara un incumplimiento al contrato.

El incumplimiento de la asistencia en ruta  en los términos señalados por el proveedor en su Oferta técnica (Anexo 3), será sancionado con una multa equivalente tendrá una multa de $108.000-

El incumplimiento al tiempo de respuesta a la asistencia en ruta en los términos señalados por el proveedor en su Oferta técnica(Anexo 3), será sancionado con una multa equivalente será:

Retraso en días

Monto

1 a  2 horas

$13.000.-

2 a 4 horas

$27.000-

Más de 4 horas

$54.000

Cuando se generen 3 incumplimientos  tanto a la  asistencia en ruta o incumplimiento al tiempo de respuesta o retraso en la entrega de los trabajos, se podrá dar por entendido y estos se hayan hecho efectivo según lo dispone el procedimiento de aplicación de multas, se reconocerá como  “incumplimiento al contrato”, lo que podrá ser una causal para dar término anticipado al contrato.

El Servicio de Salud Araucanía Norte podrá hacer efectiva la multa descontándola del pago que proceda hacer a la empresa, o haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o en la forma que determine el Servicio, a su elección. Sin perjuicio de lo anterior, el monto de la multa podrá ser pagado por el adjudicatario mediante depósito bancario en una cuenta corriente del Servicio. Esta última alternativa podrá hacerse efectiva mientras el servicio no haya utilizado alguna de las otras formas de hacer efectivo el cobro de la multa.

En caso de daños ocasionados con motivo u ocasión de la manipulación de los equipos por parte de la empresa adjudicada, deberá reponer a su costa las piezas y/o equipos respectivos, pudiendo incluso el Servicio de Salud Araucanía Norte adquirir y disponer la reposición de las piezas con cargo a la empresa.

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.

Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas,  lo cual deberá establecer y acreditar el responsable del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado de la Dirección del Servicio, en el cual se establecerán los motivos fundantes que dan pie a la Administración para la aplicación de multas. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante carta certificada y correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N° 1. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días corridos desde la fecha de emisión del correo certificado. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 5 días corridos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Servicio resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado.

Igual procedimiento se observará tratándose del término anticipado al contrato.

COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN

La coordinación y todos los aspectos técnicos y administrativos del contrato  estarán a cargo del responsable del contrato.

Será el responsable de contrato la solicitud a la unidad de abastecimiento la emisión de la OC respectiva de los servicios a contratar vía este convenio.

La recepción conforme de dichos servicios prestados se realizará  contra Acta de Recepción Conforme, la cual deberá ser emitida y firmada por el responsable del contrato, constatando la conformidad de los productos y/o servicios adquiridos, para la respectiva facturación,  e informará si existiesen multas respecto al servicio entregado.

PAGO Y FACTURACIÓN

DE LA FACTURACIÓN:

Una vez emitida la recepción conforme de la OC respectiva vía portal mercado público, el proveedor deberá emitir la factura correspondiente.

La factura deberá venir a nombre del Servicio de Salud Araucanía Norte.

R.U.T.: 61.955.100-1.

DOMICILIO: calle Pedro de Oña Nº 387 Angol.

GIRO: Salud.

DEL PLAZO:

El Servicio de Salud Araucanía Norte, procederá al pago dentro de los 45 días siguientes de la recepción conforme de la factura, la cual deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes del Servicio, ubicada en calle Pedro de Oña N° 387, comuna de Angol, y en caso de ser electrónica la factura, ésta deberá enviarse al correo electrónico  oficinapartes.ssan@araucanianorte.cl  con copia al responsable de contrato claudiaandrea.aguilera@araucanianorte.cl

DEL PAGO.

Se cancelará solamente el servicio en la medida que cuente con la correspondiente recepción conforme. Será el responsable del contrato quién deberá gestionar el referido pago a través del sistema informático de facturas del Servicio (E-SISSAN) y velar por que estén subidos al sistema los antecedentes correspondientes para su registro, revisión y control.

Para efectos de proceder al pago, se deberán acompañar como mínimo los siguientes documentos:

a)           Orden de Compra con recepción conforme vía portal.

b)           Factura visada por el responsable del contrato.

c)           Recepción conforme.

De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº 19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro del plazo de 8 días corridos siguientes a su recepción, lo que deberá ser puesto en conocimiento de su emisor por carta certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura o guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito, entendiéndose que el reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.

Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Servicio de Salud Araucanía Norte dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, personalmente o por carta certificada, por cuenta del cesionario de la factura, adjuntando para ello las copias de este, certificadas por el correspondiente ministro de fe (notario público).

Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Servicio de Salud Araucanía  Norte mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Servicio de Salud Araucanía  Norte  el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. Dado lo anterior, en relación a la cesión de crédito que conste en una factura electrónica, esta deberá ser notificada al Servicio de Salud Araucanía Norte, vía correo electrónico dirigido al responsable del contrato, dentro de las 48 horas aludidas anteriormente. 

En ambos casos, esto es, tratándose de cesiones de crédito de una factura tradicional o de una factura electrónica, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito por el contratista, cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

DE LA CONFIDENCIALIDAD

Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al proveedor para el desarrollo y ejecución del servicio son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica, que no sea el Servicio de Salud Araucanía Norte. El adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente incluso luego del término del contrato.

RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR

El adjudicatario será el único responsable de la prestación de los servicios, quien deberá sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por el Servicio. El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de la entrega del servicio de mantenimiento, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado el Servicio o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.

VIGENCIA DEL CONTRATO

Por razones de buena administración, los servicios a los que se refiere el presente acto administrativo, se comenzarán a prestar luego de las 24 horas trascurridas desde que el Servicio de Salud Araucanía Norte publique en el Sistema de Información la resolución exenta de adjudicación. Sin perjuicio que los pagos se efectuarán una vez tramitada la resolución que apruebe el contrato, remitida la orden de compra el proveedor y cumpliendo los demás requisitos que habiliten su procedencia. Lo anterior en virtud de lo normado en el artículo 52º de la ley 19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la administración del Estado, y de la jurisprudencia administrativa contemplada en los Dictámenes Nº 11.189 y 14.362, ambos del año 2008, emitidos por la Contraloría general de la República.

El contrato concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2021.

Dicho contrato podrá ser renovado mediante resolución exenta, por un mismo periodo más, hasta el 31 de diciembre de 2023, si el proveedor resulta bien evaluado y se cuenta con la disponibilidad presupuestaria, en la medida que ninguna de las partes se oponga de forma escrita y con una anticipación de 10 días hábiles, al término de la vigencia del mismo. En caso de renovarse el contrato, se deberá renovar la respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato y  se deberá reajustar por el índice de precios al consumidor de los últimos 12 meses anteriores al inicio del contrato prorrogado y se deberá presentar un certificado de antecedentes laborales y previsionales, en el cual no conste deudas laborales ni previsionales.

No obstante, si el proceso de formulación de nuevas bases para el periodo correspondiente al año 2021 (sin renovación de contrato) o 2022 (con renovación de contrato) se extendiese más allá de los tiempos previstos, que pudiese interrumpir el servicio de mantención, se podrá prorrogar este convenio de suministro, de acuerdo a los requerimientos estimados, hasta la suscripción del contrato derivado de un nuevo proceso de licitación pública. Lo anterior, siempre que el monto estimado del convenio a prorrogar no supere las 1.000 UTM, de acuerdo a los establecido en el artículo 10 Nª 7 letra a) del reglamento de la ley Nº 19.886.

  LIQUIDACIÓN FINAL DE CONTRATO

La liquidación final del contrato, es la forma normal de término de contrato, que procede por el término total y satisfactorio de los servicios contratados, una vez efectuada la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El Servicio de Salud Araucanía Norte podrá  declarar, administrativamente, el término del contrato en forma anticipada, sea en todo o en parte, por algunas de las siguientes causales:

  • Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento al efecto.
  • Unilateralmente por el Servicio de Salud Araucanía Norte: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo (en caso de haberse entregado) hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes:
  1. Que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los servicios.
  2. Que habiéndose notificado la orden de compra, ésta no haya sido aceptada o hubiese sido rechazada por el proveedor a quien iba dirigida.
  3. Si el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en las bases administrativas y especificaciones técnicas, especialmente en relación con la calidad, cantidad o características ofrecidas.
  4. Que el proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, salvo que mejore sus garantías.
  5. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
  6. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal.
  7. Por situación sobreviviente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Servicio dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización.
  8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  9. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito por el Servicio de Salud Araucanía Norte.
  10. Si el proveedor no se encuentra en calidad de “hábil” y no subsana dicha situación en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito por el Servicio de Salud Araucanía Norte.
  11. Otras causales de término de contrato establecidas en el artículo 13º de la ley Nº 19.886 de Compras y Contratación Pública, y en su Reglamento, artículo 77º.
  12. Caso fortuito o fuerza mayor.
  13. Incumplimiento de contrato de lo menos 3 multas cobradas.
  14. Otras razones de índole legal o jurídica debidamente calificadas.

Será facultad privativa del Servicio, en los casos anteriores, decidir el término anticipado del contrato, y podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la que empleará en cubrir el mayor costo de las reparaciones correctivas que se encuentren pendientes, y/o a cubrir multas en que haya incurrido el contratista, y/o para que éste asuma los perjuicios que se relacionen directamente con el termino anticipado del contrato y que ha debido sufragar el Servicio.

En caso de configurarse alguna de estas causales que habiliten a poner término anticipado al contrato, se deberá seguir con el procedimiento establecido en el acápite “DEL PLAZO DE ENTREGA Y MULTA”, Subacápite “DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS”.

El Servicio de Salud Araucanía Norte se reserva el derecho de iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago por parte del Proveedor, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.

LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Araucanía Norte no tendrá  ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el prestador contrate o destine para el otorgamiento de los servicios materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo.

En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el acápite “TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO”, en virtud de lo preceptuado en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas.

Asimismo, y en directa aplicación del artículo 77º Nº 6 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el contrato será modificado a consecuencia de variaciones en la cantidad de prestaciones, vale decir, por el ingreso de nuevos vehículos al convenio o por la salida de vehículos del mismo (vehículos dado de baja).

Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N° 1 (resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N° 6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886).

DOMICILIO

Para todos los efectos de la presente licitación y del contrato definitivo, las partes fijan y constituyen su domicilio en la ciudad de Angol, sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.

INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Servicio de Salud Araucanía Norte a través de su Depto. de Asesoría Jurídica, quedando a salvo las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la Republica.

NOTA FINAL

Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886, de Compras y Contratación Pública y su Reglamento.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.