Licitación ID: 1057390-57-LR23
“RETIRO TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS”
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 39
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Productos o servicios
1
Eliminación de residuos médicos 1 Unidad
Cod: 76121901
Servicio retiro, transporte y disposición final de residuos especiales  

2
Eliminación de residuos médicos 1 Unidad
Cod: 76121901
Servicio retiro, transporte y disposición final de residuos peligrosos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“RETIRO TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de retiro, transporte y disposición final de residuos (REAS) para los hospitales Curacautín, Purén, Collipulli, Lonquimay, Traiguén Droguería y SAMU dependiente del Servicio de Salud Araucania Norte, por un periodo de 24 meses, renovable por 24 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA NORTE
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.955.100-1
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-07-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 22-06-2023 16:57:48
Fecha inicio de preguntas: 22-06-2023 17:31:00
Fecha final de preguntas: 06-07-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-07-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-07-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-07-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 11-08-2023 16:07:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos. • Formulario Declaración Jurada Simple, Anexo 2. • Formulario Antecedentes Generales y Administrativos de la Empresa, Anexo 3.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos • Anexo 4 mejores condiciones laborales • Anexo 5 Experiencia del prestador • Anexo 6 Especificaciones técnicas. • Resolución Sanitaria de la planta de Almacenamiento para Residuos • Resolución sanitaria de autorización de flota vehicular • Certificación de las capacitaciones que ha recibido el personal relativo a la materia de la presente licitación • Manual de trabajo seguro para el manejo de residuos hospitalarios. • Protocolo de recepción, lavado y desinfección de los contenedores de corto-punzante reutilizables y carros de almacenamiento. • Identificación de trasporte: según EETT. • Plan de emergencias y contingencias de acuerdo a lo establecido por la reglamentación vigente • Registro y cadena de custodia de los residuos empleado • Certificado de entrega de elementos de protección personal, registro de entrega de reglamento interno de la empresa a sus trabajadores. Identificando de elementos de protección personal: deber indicar los elementos EPP utilizados por los operarios para la prestación del servicio, según el artículo N°44 D.S. N°6 • Nómina del personal que ejecutará los servicios de manipulación y transporte de Residuos Especiales y Peligrosos Administrador de contrato /Choferes /Operadores • Acreditación /certificado emitido por institución externa la administración por las 3 dosis de vacunas de Hepatitis B). • Protocolo de recepción, lavado y desinfección de los contenedores de corto-punzante reutilizables y carros de almacenamiento. • Identificación de Herramientas y maquinarias a emplear:
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Económicos • Formulario Oferta Económica, Anexo 1.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Mejores condiciones laborales a los trabajadores El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de un 25%, comprenderá un único factor: “Mejores condiciones laborales a los trabajadores”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una distribución lineal representada en la siguiente fórmula. I. Políticas de reajustabilidad de las remuneraciones. II. Políticas de capacitación laboral. III. Contratación de personas discapacitadas (en funciones administrativas de la empresa). IV. Beneficios para protección de la maternidad. V. Flexibilidad horaria. VI. Mejoramiento de ambientes de trabajo. VII. Paga remuneración por sobre el salario mínimo. La evaluación de este criterio se realizará a partir de la información entregada por el proponente conforme a lo señalado en Anexo Nº 4 “Mejores Condiciones de Empleo y/o Remuneración”, y de acuerdo a la siguiente tabla: Mejores Condiciones de Empleo o Remuneración Puntaje Cinco o más 100 Cuatro 80 Tres 70 Dos 60 Una 50 No mejora las condiciones de empleo o remuneraciones o no entrega antecedentes fundantes, o no entrega anexo 01 Nota: A fin de corroborar lo sostenido, el oferente deberá acompañar (requisito para el puntaje) un certificado extendido por su contador o persona a cargo de recursos humanos o remuneraciones según sea el caso, que indique “explícitamente” en qué consisten las mejores condiciones de empleo o remuneraciones presentadas (ejemplo % de política de reajuste, monto, salario bruto a los trabajadores, señalar cual es el beneficio para la protección de maternidad fuera de lo mínimo establecido por ley, de lo contrario no se considera mejor condición. Este Servicio se reserva el derecho de corroborar los antecedentes ofrecidos por el proponente, mediante los sistemas disponibles para tales efectos, de lo contrario se considera como “no entregado” o “no mejorado” las condiciones y por ende no contabiliza la condición para la evaluación. 25%
2 Experiencia del oferente El presente criterio de evaluación de acuerdo a la cantidad de instituciones a la que el oferente presta los servicios de la misma naturaleza (contratos vigentes en instituciones de salud privadas y/o públicas), Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una escala que varía de 1 a 100 puntos, según el siguiente rango. Para esta evaluación se considerará lo informado por el oferente a través del Anexo 5 “Experiencia del Prestador”: midiéndose según los siguientes rangos: • Demuestra experiencia con más de 30 instituciones de salud privada y/o pública (100 ptos.) • Demuestra experiencia entre 21 y 30 instituciones de salud privada y/o públicas (80 ptos.) • Demuestra experiencia entre 11 y 20 instituciones de salud privada y/o pública (60 ptos.) • Demuestra experiencia con menos de 11 instituciones de salud privada y/o pública (20 ptos.) • No presenta experiencia en el rubro (1 punto) Nota: Para acreditar experiencia debe completar Anexo N° 5 y además adjuntar factura u orden de compra aceptada. 30%
3 Precio El presente criterio, cuya ponderación es del 45%, comprende un único factor: Total “precio mínimo ofertado”. Para ello, se asignará a cada oferta un puntaje, de acuerdo a una distribución lineal representada en la siguiente fórmula. Para esta evaluación se considerará el precio informado en el Anexo N° 1 “Oferta Económica” según la siguiente ponderación: ITEM DETALLE Valor neto por Kg. Ponderación 1 Residuos Especiales $ x KG (Indicar valor neto) 66% 2 Residuos Peligrosos $ x KG (Indicar valor neto) 34% Precio total a evaluar. 100% Aplicación de puntaje final. Fórmula Simbología Descripción P=P1*45%/P2 P Puntaje de la Oferta 45% Porcentaje asignado P1 Menor Oferta recibida P2 Precio de la Oferta 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 22.08.001
Monto Total Estimado: 376583091
Justificación del monto estimado 376.583.091.- IVA incluido, presupuesto referencial para 24 meses.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Duración del contrato 24 meses con posibilidad de renovación.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jaime Jiménez Ortiz
e-mail de responsable de pago: jjimenezortiz@araucanianorte.cl
Nombre de responsable de contrato: Carlos Torres
e-mail de responsable de contrato: carlos.torres@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2552905-2905
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte
Fecha de vencimiento: 20-10-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Dicha garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, ubicada en calle Ilabaca 752, Angol, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a jueves desde las 8:00 a las 17:00 y viernes desde las 8:00 a las 16:00 hrs. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. En caso de entregarse un documento electrónico, este deberá ser adjuntado en su oferta entregada vía portal Mercado Público, debiendo cumplirse con las menciones señaladas en el acápite “ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS”. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) que el proponente se desista de su oferta; ii) que no suscriba el contrato que se le adjudicó iii) que el proveedor no regularice su situación en ChileProveedores como proveedor “hábil”; iv) si no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; v) si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en ChileProveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar.
Glosa: De garantía por seriedad de la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Angol. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN RETIRO, TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Dado que las presentes bases contemplan la posibilidad de readjudicar los servicios, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta una vez se hayan efectuado las respectivas contrataciones de servicios. Lo anterior aplica respecto del oferente adjudicatario y de los oferentes declarados admisibles no adjudicatarios. Respecto de los oferentes declarados inadmisibles, se devolverá dentro del plazo de 10 días contados desde la resolución de adjudicación. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Araucanía Norte
Fecha de vencimiento: 30-11-2023
Monto: 5 %
Descripción: Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, ubicada en calle Ilabaca 752, Angol, en horario de lunes a viernes desde las 8:30 a las 16:00. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. Dicha garantía deberá tener una vigencia igual o superior a 90 días corridos a la fecha de término del convenio, en el caso de existir renovación del convenio, la garantía correspondiente se deberá extender en igual periodo. En caso de modificaciones de contrato, aumentos de plazo o eventual prorroga y/o renovación de contrato que alteren la fecha hasta la cual debe estar vigente esta garantía, o el monto del contrato a cautelar, la empresa tendrá que realizar el cambio por una garantía que abarque el período no cubierto y/o el mayor valor del contrato no cubierto en la proporción previamente señalada, con una anticipación superior a 45 días al vencimiento de la garantía ya entregada, bajo apercibimiento de hacerse efectiva, en caso de incumplimiento. Lo mismo se aplicará en caso que haya que volver a prorrogar la segunda garantía y así sucesivamente. Nota: la fecha de vencimiento señalada en la línea de “fecha de vencimiento”, es sólo estimativa.
Glosa: La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá ser tomada de manera irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia por alguna institución con sucursal en la ciudad de Angol. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Ésta deberá ser entregada junto al contrato. Glosa: “FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO RETIRO, TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS”. Nota: en caso de entregarse un documento de garantía que no permita consignar la glosa, ésta deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado a la dirección consignada en el Anexo Nº 3, una vez finalizado el contrato, en la medida que no existan multas pendientes. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre la presente garantía, el contratante deberá reponer dicha garantía manteniendo siempre su monto y vigencia original. En caso contrario, se podrá dar término anticipado al contrato por falta de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el orden mejores condiciones laborales, precio y experiencia. En caso de subsistir el empate, se declarará desierta la licitación por no ser determinable la oferta adjudicataria sin transgredir el principio de estricta sujeción a las bases de licitación y el principio de igualdad entre los oferentes.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso de existir dudas después de la adjudicación, se deberán comunicar con doña Adela Morales Drouillas, profesional del Sub-Depto. de Abastecimiento al fono 45-2551357 o al e-mail adela.morales@araucanianorte.cl, de lunes a viernes en horario de oficina, en el plazo de 5 días, contados desde la adjudicación en el portal Mercado Público.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
En caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “Factor Excluyente” en las presentes bases no será evaluado.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Otras cláusulas

REGULACIÓN DE LA PRESENTE PROPUESTA

Se regirá por:

-Las presentes bases administrativas.

-Las Especificaciones Técnicas.

-Las respuestas a las consultas formuladas.

-Las aclaraciones efectuadas a las ofertas

-Las resoluciones u órdenes de compra emitidas.

-El contrato que se suscriba con el adjudicatario.

- Ley 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento.

En todo caso, el oferente deberá cumplir con todas las Normas Técnicas y Legales.

El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las aclaraciones y respuestas efectuadas a las consultas de la licitación, las que ha tenido en consideración al momento de presentar su oferta a través del portal Mercado Público. A mayor abundamiento, el adjudicatario deberá considerar en su oferta todos los materiales, mano de obra, ejecución procesos administrativos, etc. necesarios para la correcta ejecución del servicio requerido, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe y de las buenas prácticas, por lo que no se aceptarán cobros extraordinarios por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.

REQUERIMIENTO

La presente licitación tiene como objetivo el realizar la contratación del servicio de retiro, transporte y disposición final de residuos (REAS) para los hospitales Curacautín, Purén, Collipulli, Lonquimay, Traiguén, Droguería SSAN y SAMU dependiente del Servicio de Salud Araucania Norte. La configuración, requisitos a cumplir y demás condiciones de equipamiento se detallan en las Especificaciones Técnicas y demás anexos de la presente licitación pública, las que se entienden formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales.

Es obligatorio completar los anexos respectivos por cada oferta (anexos Nº 1, N° 2 y N° 3,  y N°6), en caso que el oferente presente más de una oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos.

MODIFICACIÓN DE BASES

Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

REQUISITO GENERAL

Podrán participar en la presente licitación, toda persona jurídica, natural o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas que garanticen el Servicio señalado en las Especificaciones Técnicas, que forman parte integrante de estas Bases.

Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores, deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionistas (10% o más del capital) de las sociedades o empresa prestadoras, en su caso.

Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta, cuando se trate de adquisiciones inferiores a las 1.000 UTM, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de dicha forma. Para contrataciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar. En ambos casos, en el documento en que formaliza la unión deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la institución, y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de establecer que la vigencia de dicha unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato, en caso de resultar ser la UTP adjudicataria. Aplica artículo 67 bis del reglamento de compras públicas.

FINANCIAMIENTO

La contratación será financiada con fondos del ítem 22, de cada establecimiento hospitalario y del Servicio de Salud Araucanía Norte para el SAMU.

PRECIO

El precio de la oferta económica presentada en el Anexo Nº 1 “Oferta Económica”, deben expresarse en pesos chilenos, valor neto.

El precio de la oferta presentada vía portal Mercado Público, debe corresponder al precio consignado en el Anexo N° 1 “Oferta Económica”.

Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye todos los costos asociados (traslado ida y vuelta, preparación de terreno, montaje e instalación y cualesquier otro necesario para la prestación del servicio que se está contratando), aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el arrendador. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.  

Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de ellas en el portal Mercado Público.

La oferta debe ser presentada en español.

ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS

Garantía de seriedad de la oferta.

Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento.

En caso de entregarse físicamente, esta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al Jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes de la Dirección de Servicio de Salud Araucanía Norte, ubicada en calle Ilabaca N°752, en la ciudad de Angol, hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público.

La   Institución   no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas.

Identificación del sobre:

  • Individualización del oferente.
  • R.U.T.

Identificación de la licitación, es decir, LICITACIÓN: RETIRO, TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS”.

En caso de entregarse la garantía de seriedad de la oferta de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar junto a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público.

Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 62 del D.S. N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Compras Públicas.

APERTURA DE LA LICITACIÓN

En esta instancia se verificará que se haya presentado todos los anexos obligatorios de la presente licitación, siendo estos: Anexo 1 Oferta económica, Anexo 2 Declaración Jurada Simple, Anexo 3 Identificación proveedor y Anexo 6, especificaciones técnicas (firmadas y completadas), además de garantía de seriedad. Dicha verificación será efectuada por el Sub-Departamento de Adquisiciones del Servicio de Salud Araucanía Norte, y en consecuencia se aceptarán o se rechazarán las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un “Acta de Apertura Electrónica”. Esta verificación no constituirá evaluación del contenido de fondo de la oferta.

La no entrega de algún documento establecido precedentemente, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta rechazada), no pasando dichas ofertas a la etapa de evaluación. Las ofertas que se declaren “Aceptadas” pasarán a la etapa de evaluación, en la cual se evaluarán los contenidos de fondo de las ofertas presentadas. Dicha situación se reflejará a su vez en el correspondiente Informe de Evaluación que deba levantar la comisión homónima.

INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta inadmisible), de lo cual se dejará constancia en el Informe de Evaluación, la que será confeccionada por la respectiva Comisión de Evaluación.

Las ofertas declaradas como “rechazadas” en el Acta de Apertura Electrónica a su vez deberán ser declaradas como “ofertas inadmisibles”. Sin embargo, lo reflejado en el Acta de Apertura Electrónica en caso alguno obsta a que la Comisión de Evaluación, con ocasión de la emisión del correspondiente acta o Informe de Evaluación fundado, pueda declarar alguna otra oferta en carácter de “inadmisible”, o inclusive de establecer la admisibilidad respecto de alguna oferta que inicialmente fuese declarada como “rechazada” en la referida Acta de Apertura Electrónica, debido a un error u otra situación no tenida en vista al declarar como “aceptadas” o “rechazadas” las ofertas, estableciéndose pormenorizadamente los fundamentos de ello en uno u otro caso.

EVALUACIÓN

La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante Resolución Exenta del Director del Servicio de Salud Araucanía Norte. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación, así como los criterios de evaluación considerados en la misma.

La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos. 

La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información adicional (no documentos), que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”,

La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases consecutivas:

  1. Fase I: Se verificará la integralidad del contenido de fondo de los documentos adjuntos a cada oferta, realizando un análisis excautivo de cada uno de ellos. Solo las ofertas que cumplan con las exigencias solicitadas en el acápite “Factores Excluyentes” pasarán a la siguiente fase de evaluación. La oferta será declarada “inadmisible” si no cumple con lo establecido precedentemente,
  2. Fase II: Se realizará la evaluación cuantitativa de las ofertas aplicando los CRITERIOS DE EVALUACION.

La Comisión de Evaluación informará al Sr. Director del Servicio de Salud Araucanía Norte el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente.

FACTORES EXCLUYENTES

Los factores de evaluación, exigencias o características de carácter excluyente, donde el no cumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados dejará fuera de concurso a dicha oferta son:

  • No presentar los Anexos Nº 1, Nº 2, Nº 3 y N°6 debidamente completados.
  • No cumplir con especificaciones técnicas (términos de referencia), o vulnerar algún precepto de las bases administrativas.
  • No superar el presupuesto disponible ($2.973 x kg.  impuestos incluidos).
  • No presentar copia de las autorizaciones sanitarias de los medios de transporte de residuos peligrosos y hospitalarios y de eliminación de estos.
  • No acreditar con certificado emitido por institución externa la administración por las 3 dosis de vacunas de Hepatitis B a sus trabajadores.
  • No presentar resolución Sanitaria de la planta de Almacenamiento para Residuos Peligrosos
  • No cumplir o vulnerar algún precepto de las bases administrativas o anexos.
  • Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, en conformidad al artículo 67 bis del reglamento de compras públicas. (Ver acápite requisito general)

Las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos como “Factor Excluyente”, se declaran inadmisibles, declaración que se efectuará mediante resolución fundada, en conformidad al artículo 9 de la ley 19.886 de Compras Públicas.

ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS

El Servicio de Salud Araucanía Norte, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta (no solicita documentos), siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni el monto de la oferta, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas mediante su publicación en el foro inverso (artículo 40 inciso primero reglamento ley N° 19.886).

ADJUDICACIÓN

El Director del Servicio adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen, y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Servicio, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta

El presupuesto ha  adjudicar será el presupuesto referencial anual de las presentes bases administrativas.

Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes.

Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta al Servicio mientras ésta se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases.

En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Servicio de Salud Araucanía Norte, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES

En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez transcurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario, quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Servicio de Salud Araucanía Norte para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere, además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.

En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal Chileproveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del reglamento de la ley Nª 19.886.

FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO

La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, firmado por su(s) representante(s) legal(es) y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse por el Servicio dentro de los 10 días corridos siguientes, desde la publicación en el portal Mercado Público de la resolución exenta de adjudicación. Se entenderá entregado el contrato por parte del Servicio al proveedor transcurridas 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en el Anexo Nº 3.

En caso que el proveedor desee firmar el contrato ante notario, todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo del proveedor que en cada caso se adjudique la propuesta.

El contrato deberá aprobarse mediante Resolución Exenta del Servicio de salud Araucanía Norte.

El contrato entrará en vigencia de 24 meses a partir de la fecha de la emisión de  la resolución exenta que lo aprueba.

ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO

  • Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “Garantía fiel cumplimiento de contrato”.

En caso de no entregarse la garantía señalada, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación.

READJUDICACIÓN

Se procederá a readjudicar la licitación en comento, en los siguientes casos:

a)  Que el proponente se desista de su oferta.

b)  No regularice su situación en el portal ChileProveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado).

c)   No entregue dentro de plazo el contrato y la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

d)  Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en ChileProveedores.

e)   Si la Unión Temporal de proveedores no entregue el documento que formaliza la unión, en conformidad a lo establecido en artículo 67 bis, del reglamento de Compras Públicas, el cual no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado;

En los casos anteriores, el Servicio de Salud Araucanía Norte podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar y así sucesivamente.

La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público.

ORDEN DE COMPRA

La orden de compra será emitida por cada establecimiento hospitalario según requerimiento y programación, por cuanto el servicio SAMU y Droguería, será el Servicio de Salud Araucanía Norte generará una orden de compra según requerimiento del responsable del contrato, una vez aprobado mediante resolución fundada el respectivo contrato.

La orden de compra emitida a través del portal Mercado Público se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del reglamento de la ley de compras públicas).

CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio, para poner término anticipado al contrato. Sin embargo, dicha situación no se entenderá configurada en caso de que la empresa contratista sea adquirida como universalidad jurídica (fusión por creación o fusión por incorporación) por una tercera empresa que figure en sus estatutos sociales como continuadora legal de los derechos y obligaciones de la contratista, en los términos señalados en los dictámenes N° 47087/2008 y N° 16156/2016 de Contraloría General de la República.

A su vez, lo anterior es sin perjuicio de la cesión o transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato (cesiones de las acreencias contenidas en facturas o factoring: revisar acápite “PAGO”).

Se permite la subcontratación, en cuyo caso se deberá respetar toda la normativa establecida en las presentes bases administrativas, anexos y los términos de la oferta del proveedor adjudicado. Para ello, será necesario contar con la previa autorización por escrito del responsable del contrato, y el proveedor sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por el responsable del contrato, no se requerirá autorización señalada precedentemente, en caso que se encuentre establecida dicha facultad en las presentes bases de licitación o sus anexos. Además, el subcontratista deberá respetar toda la normativa establecidas en las presentes bases administrativas, anexos y los términos de la oferta del proveedor adjudicado. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Servicio.

El personal que contrate el adjudicatario, con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la Unidad Ejecutora o con el Servicio, sino que exclusivamente con el proveedor. Lo mismo se aplicará respecto del personal que contrate el eventual subcontratista

COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN CONFORME

La coordinación y todos los aspectos técnicos y administrativos del contrato estarán a cargo del Responsable del Contrato, Carlos Torres Sepulveda funcionario Encargado Unidad Salud Ocupacional del Servicio de Salud Araucanía Norte.

Con respecto a la recepción conforme de los servicios prestados, será cada establecimiento a través de  su prevencioncita de riegos validarán la recepción de los servicios prestados,  en cuanto al servicio SAMU, droguería y Box Dental,  será  el responsable don Carlos Mauricio Torres Sepulveda.

REFERENTES

Establecimiento

Cargo

Fono

Correo electrónico

Hospital Purén

Prevención de Riesgos

+56982586576

scarleth.fuentes@araucanianorte.cl

Hospital Traiguén

Prevención de Riesgos

+56961409171

marcelo.gutierrez@araucanianorte.cl

Hospital Collipulli

Prevención de Riesgos

+56991425816

marcelo.cid@araucanianorte.cl

Hospital Lonquimay

Prevención de Riesgos

+56962894044

diego.bustos@araucanianorte.cl

Hospital Curacautín

Prevención de Riesgos

+56998656604

claudio.gonzalezroa@araucanianorte.cl

SAMU- Box Dental – DROGUERIA

Referente SSAN Prevención de Riesgos

+56998851487

carlos.torres@araucanianorte.cl

DEL PLAZO DE ENTREGA Y MULTA

Una vez emitida la resolución que apruebe el contrato, el adjudicatario deberá en un plazo de 5 días corridos disponer de los insumos, accesorios y/o equipamientos establecidos en las especificaciones técnicas en cada establecimiento según programación.

Sólo en casos debidamente calificados y aprobados por el Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, podrá concederse un aumento de plazo para la entrega de insumos, equipamiento y otros según EETT. Dicho aumento deberá ser solicitado por la empresa por medio escrito, ingresada vía Oficina de Partes del Servicio, ubicada en calle Ilabaca 752, Angol, dirigida al Director del Servicio, a lo menos, con 4 días corridos de anticipación a la fecha del vencimiento del plazo de entrega según aprobación del contrato, o a la fecha de vencimiento del plazo prorrogado que estuviere corriendo en su caso, el cual debe ser, también, de días corridos.

La solicitud deberá ser fundada y solo podrá tener su origen en situaciones calificada de caso fortuito o fuerza mayor, según lo preceptuado en el artículo 45 del Código Civil.

Dicha comunicación deberá establecer la cantidad de días corridos de aumento de plazo solicitado, además de los motivos que avalarían dicha solicitud.

Para evaluar la solicitud efectuada, el responsable del contrato deberá considerar la opinión del referente técnico del respectivo Hospital, emitiendo un informe, en donde se pronuncie sobre la pertinencia del aumento de plazo.

Con dicha información, se autorizará o se rechazará el aumento de plazo solicitado.

En caso de Aprobarse o rechazarse la solicitud de aumento de plazo, ella se efectuará mediante resolución exenta del Servicio de Salud Araucanía Norte.

Multa por incumplimiento de entrega de insumos, equipamiento u/otro según bases.

Si la entrega se realiza con posterioridad al plazo establecido, se aplicará a la empresa una multa de por cada día de atraso de $20.000, con un tope de 5 días corridos, por establecimiento.

El incumplimiento de retiro según programación establecida y/o acordada.

Si la no cumple con programación de retiro según lo establecido en las especificaciones técnicas, se aplicará a la empresa una multa por cada día de atraso de $20.000, con un tope de 5 días corridos, por establecimiento.

El Servicio de Salud Araucanía Norte podrá hacer efectiva la multa descontándola del primer pago por concepto de servicio prestado que proceda hacer a la empresa, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato haciendo devolución de la diferencia, o también podrá ser pagada por el adjudicatario mediante depósito bancario en una cuenta corriente del Servicio, o en la forma que determine el Servicio, a su elección. Sin perjuicio de lo anterior en la resolución que ordena proceder al cobro de la multa, podrá especificarse alguna otra modalidad de pago de ésta.

DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.

Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas e imposición de sanciones, lo cual deberá establecer y acreditar el responsable del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado de la Dirección del Servicio, en el cual se establecerán los motivos fundantes que dan pie a la Administración para la aplicación de multas. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante carta certificada y correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N° 3. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días corridos desde la fecha de emisión del correo certificado. En caso de verificarse por parte de la Oficina de Correos que el proveedor no ha sido ubicado en la dirección consignada en el referido Anexo N° 3, sea por el motivo que sea, el referido oficio se entenderá como entregado y notificado transcurridas 24 horas desde su inclusión en el sistema de información de compras públicas, en virtud de lo establecido en los artículo 6 y 79 ter del reglamento de la ley N° 19.886. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 5 días corridos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Servicio resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado.

Igual procedimiento se observará tratándose del término anticipado parcial o total al contrato.

PAGO FACTURACIÓN Y MODALIDAD DE PAGO

DE LA FACTURACIÓN:

Una vez recepcionado(s) conforme(s) y sin observaciones el servicio de cada hospital o dependencias del SSAN (SAMU, Droguería y Box Dental) según Corresponda,  y emitida la recepción conforme de la OC respectiva vía portal mercado público el proveedor deberá presentar la respectiva factura, a nombre del establecimiento hospitalario que corresponda,  o Servicio de Salud Araucania Norte para el caso de las bases SAMU y Droguería y Box Dental)

INST.

R.U.T.

DIRECCIÓN

RESPONSABLE

Correo electrónico del referente.

H. Traiguén

61.602.226-1

21 de mayo N°751, Traiguén

Henry Varela

henry.varela@araucanianorte.cl

H. Purén

61.602224-5

Imperial N°1562, Purén

Norma Espinoza

norma.espinoza@araucanianorte.cl

H. Collipulli

61.602.223-7

Manuel Rodríguez N°1671

Mercedes Cofré

Mercedes.cofre@araucanianorte.cl

H. Curacautín

61.602.-241-5

Patricio Chávez N°105

María Jesús Gutiérrez

mariajesus.gutierrez@araucanianorte.cl

H. Lonquimay

61.607.402-4

O’Higgins N°1060

Luis Franco Aravena

luis.franco@araucanianorte.cl

DSSAN

61.955.100-1

Ilabaca N°752

Jaime Jimenez

Jjimenez.ortiz@araucanianorte.cl

Además, se deberá enviar copia al referente técnico de cada establecimiento , según el siguiente cuadro:

Establecimiento

Cargo

Fono

Correo electrónico

Hospital Purén

Prevención de Riesgos

+56982586576

scarleth.fuentes@araucanianorte.cl

Hospital Traiguén

Prevención de Riesgos

+56961409171

marcelo.gutierrez@araucanianorte.cl

Hospital Collipulli

Prevención de Riesgos

+56991425816

marcelo.cid@araucanianorte.cl

Hospital Lonquimay

Prevención de Riesgos

+56962894044

diego.bustos@araucanianorte.cl

Hospital Curacautín

Prevención de Riesgos

+56998656604

claudio.gonzalezroa@araucanianorte.cl

SAMU- Box Dental – DROGUERIA

Referente SSAN Prevención de Riesgos

+56998851487

carlos.torres@araucanianorte.cl

Se deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra.

Será el referente técnico de cada hospital o bases SAMU/box dental y droguería (Carlos Torres. ) Quien deberá reunir los antecedentes para gestionar el pago.

Tener en cuenta al momento de la facturación.

1. Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras : 1057390-xx-xx23

2. Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com

Sin embargo, no se procederá a dicho pago en caso de presentarse alguna de las siguientes situaciones:

  • Facturas mal extendidas o que no incorporen los antecedentes propios de los servicios, por tanto el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.

De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº 19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro del plazo de 8 días corridos siguientes a su recepción, lo que deberá ser puesto en conocimiento de su emisor por carta certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura o guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito, entendiéndose que el reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.

DEL PLAZO

Los establecimientos hospitalarios del Servicio de Salud Araucanía Norte, procederán al pago dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de la factura, la cual deberá ser descargada por los hospitales desde Acepta, sistema directamente relacionado con el SII, que cuenta la cartera de Salud, la que podrá ser enviada con copia a cada referente.

Para las facturas correspondientes a los establecimientos hospitalarios esta deberá ser ingresada a través de oficina de dirección de cada establecimiento y se deberá enviar copia al referente técnico de cada establecimiento.

DEL PAGO.

Se cancelará solamente el servicio en la medida que cuente con la correspondiente recepción conforme. Será el referente de cada establecimiento el encargado de dar Recepción Conforme, quién deberá gestionar el referido pago, en el caso del SSAN a través del sistema informático de facturas (E-SISSAN).

Para el pago del servicio a las Bases SAMU, Droguería y Box Dental, será realizadas por el   el Servicio de Salud Araucanía Norte y será  el referente don carlos Torres  carlos.torres@araucanianorte.cl  quien  quién deberá reunir los antecedentes para efectuar el pago, debiendo enviarlos al Departamento de Recursos Físicos para su registro, revisión y control, con su respectiva orden de compra.

Para efectos de proceder al pago por parte del Servicio de Salud Araucania Norte y establecimientos hospitalarios, se deberán acompañar los siguientes documentos:

a)    Orden de Compra a pagar.

b)    Factura ingresada

c)    Acta de recepción conforme emitida por sistema E-SISSAN.

La no presentación de cualquiera de los documentos señalados anteriormente, autoriza al Servicio para retener del pago las cantidades adeudadas o el valor que estime necesario para cubrir las sumas adeudadas y efectuar directamente los pagos referidos.

Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Servicio de Salud Araucanía Norte o establecimiento hospitalario correspondiente dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, personalmente o por carta certificada, por cuenta del cesionario de la factura, adjuntando para ello las copias de este, certificadas por el correspondiente ministro de fe (notario público). Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Servicio de Salud Araucanía  Norte mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Servicio de Salud Araucanía  Norte  el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. Dado lo anterior, en relación a la cesión de crédito que conste en una factura electrónica, esta deberá ser notificada al Servicio de Salud Araucanía Norte, vía correo electrónico dirigido a la encargad de contrato, dentro de las 48 horas aludidas anteriormente. 

En ambos casos, esto es, tratándose de cesiones de crédito de una factura tradicional o de una factura electrónica, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito por proveedor, cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

DE LA CONFIDENCIALIDAD

Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al proveedor para el desarrollo y ejecución del servicio son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica, que no sea el Servicio de Salud Araucanía Norte. El adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente incluso luego del término del contrato.

RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR

El adjudicatario será el único responsable de la prestación de los servicios, quien deberá sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por el Servicio. El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de la entrega del servicio de mantenimiento, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado el Servicio o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.

VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato tendrá una vigencia de 24 meses contado desde la resolución exenta que apruebe el contrato, el cual podrá ser renovado por un periodo de igual característica, si el proveedor resulta bien evaluado, se cuente con disponibilidad presupuestaria, y en la medida que ninguna de las partes se oponga de forma escrita y con una anticipación de 10 días hábiles al término de la vigencia del mismo. En caso de renovarse el contrato, se deberá a su vez renovar la respectiva garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se deberá reajustar por el índice de precios al consumidor de los últimos 12 meses anteriores al inicio del contrato prorrogado.

LIQUIDACIÓN FINAL DE CONTRATO

La liquidación final del contrato, es la forma normal de término de contrato, que procede por el término total y satisfactorio de los servicios contratados, una vez efectuada la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El contrato celebrado entre las partes, podrá terminarse anticipadamente por alguna de las siguientes causas:

a)   Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento al efecto. En este caso no se cobrará y se hará devolución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

b)   Caso Fortuito o Fuerza mayor. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c)   Por situación sobreviviente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Servicio dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

d)   Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. En dicho caso no se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

e)   Unilateralmente por el Servicio de Salud Araucanía Norte: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes:

  1. Que al proveedor le fuesen aplicadas más de 3 multas ordenadas en bases, de cualquier índole.
  2. Si el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en las bases administrativas y especificaciones técnicas, especialmente en relación con la calidad, cantidad o características ofrecidas, o por incurrirse en un incumplimiento grave al contrato, según lo establecido en las bases administrativas.
  3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  4. Que el proveedor fuera declarado en quiebra, esto es, se le iniciase un procedimiento concursal que busque su liquidación.
  5. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal en los términos del acápite “CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN”. 
  6. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
  7. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones a la mitad de vigencia del contrato, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito.
  8. Registrar a la mitad del contrato saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 30 días desde que es requerido por escrito.
  9. Otras razones de índole legal o jurídica debidamente calificadas.

10. Otras causales de término anticipado de contrato que las bases administrativas ordenen, según los casos.

11. Otras causales de término de contrato establecidas en el artículo 13º de la ley Nº 19.886 de Compras y Contratación Pública, y en su Reglamento, artículo 77º.

Será facultad privativa del Servicio, en los casos anteriores, decidir el término anticipado del contrato, y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, previo informe fundado del responsable del contrato, la que empleará en cubrir el mayor costo de los servicios que se encuentren pendientes, y/o para cubrir las multas en que haya incurrido el contratista, y/o para que éste asuma los perjuicios que se relacionen directamente con el término anticipado del contrato y que ha debido sufragar el Servicio.

En caso de configurarse alguna de estas causales que habiliten a poner término anticipado al contrato, se deberá seguir con el procedimiento establecido en el acápite “AUMENTO DE PLAZO Y MULTAS”, sub-acápite “PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS”. A su vez, se dejarán sin efecto las órdenes de compras emitidas y no ejecutadas.

El Servicio de Salud Araucanía Norte se reserva el derecho de iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago por parte del Contratista, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados y no reembolsados.

LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Araucanía Norte no tendrá  ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el prestador contrate o destine para el otorgamiento de los servicios materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo.

En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante.

Se liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Araucanía Norte en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas.

Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N° 1 (resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N° 6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886).

Las modificaciones podrán efectuarse con el fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

En caso de aumento del plazo de vigencia del contrato y/o de aumento del monto total del mismo, la empresa deberá, o extender la vigencia del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, o entregar uno nuevo en reemplazo del documento originalmente extendido, de iguales características a las señaladas en el acápite “Naturaleza y monto de las garantías – Garantía de fiel cumplimiento del contrato”, por todo el nuevo plazo de vigencia del contrato más 90 días corridos, como requisito para efectuar la aprobación del aludido modificatorio de contrato.

DOMICILIO DE LAS PARTES

Para todos los efectos de este contrato las partes fijan y constituyen su domicilio en la ciudad de Angol, sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.

INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Servicio de Salud Araucanía Norte a través de su Depto. de Asesoría Jurídica, quedando a salvo las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República.

NOTA FINAL

Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886, de Compras y Contratación Pública y su Reglamento.