Resolución de Empates |
En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la
siguiente escala de prevalencia:
En primer lugar, se adjudicará al a. proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el
Criterio Oferta económica, y si se mantiene la igualdad.
b. Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Plazo de entrega, y
si se mantiene la igualdad,
c. Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el criterio
procedencia del producto, y si se mantiene la igualdad
d. Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio de inclusión, y si se mantiene la
igualdad,
e. Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de personas
discapacitadas, y si se mantiene la igualdad,
f. Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de pueblos
originarios
g. Por último, si persistiera la igual se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su
oferta, de acuerdo a comprobante de oferta emitido por el portal mercado público.
En caso de que la igualdad se mantenga, el Servicio de Salud Biobío procederá a Revocar el
proceso debido a que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El Servicio de Salud Biobío, podrá además permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes de carácter administrativo que los oferentes hayan omitido presentar al momento
de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación. En estos casos, el Servicio de Salud Biobío realizará una aclaración de ofertas a
través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl, solicitando los
antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48hrs., después de publicada la
aclaración, para que suba los antecedentes. Si al concluir ese plazo el oferente no ha entregado
los antecedentes solicitados, la oferta presentada será evaluada con el menor puntaje en el
“Criterio Cumplimiento de Requisitos formales de la Oferta”, los que serán exigidos una vez
adjudicado, para la firma del contrato respectivo
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
El oferente 1. se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código
del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo
que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos
humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando
se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas
de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni
con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos
que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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