Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Tiempo de respuesta por Recambio de equipos”.
De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio " Tiempo de respuesta del Servicio Técnico”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Garantía”.
Y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Comportamiento contractual anterior”.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Durante la vigencia del contrato suscrito, el Hospital podrá solicitar al contratista, en cualquier momento, la presentación del “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, Formulario F30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Durante la vigencia del contrato, el Hospital se reserva el derecho a exigir al contratista, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con este Hospital.
Si por cualquier causa el Hospital dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.
En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El Contratista y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones del Hospital.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Instancias de preguntas y respuestas |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse únicamente a través del sistema de información.
El Hospital pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, dentro del plazo señalado en la referida cláusula.
No se responderán consultas en forma telefónica, ni por correo electrónico. Todas las consultas con respecto a la licitación deben realizarse a través del foro de la licitación, por lo que el oferente debe poner atención a los plazos indicados para ello.
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Modificación de las bases |
El Hospital, podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones, si las hubiere, serán informadas a través del sistema de información y formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de las bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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Plazo para la adjudicación de la oferta |
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las bases, el Hospital deberá informar las razones que justifican este incumplimiento, por medio de acto administrativo.
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Declaración de deserción |
El Hospital podrá declarar desierto el proceso licitatorio si las ofertas recibidas no satisfacen las exigencias solicitadas.
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Sobre el comité evaluador |
La evaluación de las ofertas será realizada por un comité designado, que estará compuesta por tres funcionarios del Hospital.
Estos deberán realizar un análisis económico y técnico de los beneficios y los costos presentes y futuros del servicio ofrecido en cada una de las ofertas recepcionadas a través del sistema de información.
Los miembros del Comité no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N°19.886. Igualmente, los integrantes del comité evaluador no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Este Comité emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.
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Procedimiento de evaluación |
El Comité evaluador deberá:
1. Levantar acta de constitución.
2. Individualizar ofertas recibidas.
3. Declarar y resolver salvedades asociadas a conflicto de intereses de los participantes.
4. Revisar que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases y que estas cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.
Las ofertas deben cumplir con los requerimientos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos y, además, deben contener todos los anexos requeridos para evaluar. En caso de no acompañarse los anexos correspondientes, de no presentar la garantía por seriedad de la oferta, la propuesta será desestimada.
Para estos efectos, el comité evaluador que haya sido nombrada deberá redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta, según formulario.
Durante el proceso de evaluación el comité podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas, las que se realizarán por el sistema de información, y no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las bases.
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Efectos derivados del incumplimiento del contratista |
Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas se clasificaran en las formas y condiciones:
N°
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Causal
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Categoría
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Multa Aplicable.
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1
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Demora en el plazo de implementación del servicio, indicado por proveedor en su oferta.
Referente a demoras asociadas a: la entrega de los equipos, a la capacitación de los funcionarios y al inicio del servicio de arriendo propiamente tal.
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Falta Grave
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5 UF por cada día corrido de atraso. Tope de multa 50 UF.
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2
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Incumplimiento en los tiempos de respuesta frente al llamado ante posibles fallas del equipo.
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Falta Grave
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3 UF por cada periodo de 12 horas corridas de atraso.
Máximo 20 periodos.
Tope de multa 60 UF.
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3
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Incumplimiento en los tiempos de respuesta frente a recambio de equipos por fallas técnicas.
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Falta Grave
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3 UF por cada día corrido de atraso.
Máximo 20 días.
Tope de multa 60 UF.
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4
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Incumplimiento en los tiempos de garantía de los equipos arrendados.
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Falta Menos Grave
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3 UF por cada evento de garantía no cumplido.
Máximo 20 eventos.
Tope de multa 60 UF.
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La unidad de fomento (UF) aplicable será la correspondiente al día en que se dicte el acto administrativo que aplique los efectos derivados del incumplimiento del proveedor.
En caso de alcanzar el tope establecido para cada multa, se terminará el contrato y se cobrará la boleta de garantía por fiel cumplimiento de este.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, el administrador del contrato notificará inmediatamente de ello al contratista, al correo electrónico informado por este en el formulario N°1 de su oferta en la licitación, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la motivan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado, sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada por el Hospital
Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Hospital, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado a través del sistema de información.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 2 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Ahora bien, en el efecto que la sanción sea finalmente cursada, sea total, o parcialmente, esta se hará efectiva mediante descuentos en los próximos pagos que el Hospital deba realizar al contratista.
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Causales de modificaciones o término anticipado |
El Hospital está facultado para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Si se disuelve o absorbe la empresa adjudicada. En esta última, por modificaciones estatutarias donde se modifique el Rol Único Tributario.
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratista de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Hospital perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
6) Si el contratista, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo contratista yel Hospital.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del Hospital
5) En caso de que el atraso en la implementación del servicio de arriendo contraído supere los 10 días corridos.
6) En caso que las multas cursadas sobrepasen el umbral establecido.
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
9) Cesión del contrato a un tercero.
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Estándares de probidad |
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Firma del contrato |
El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días corridos para firmar el contrato desde la notificación de la adjudicación. En caso de no cumplir con esta cláusula, el Hospital se encuentra facultado de dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo con los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Instrucciones de facturación |
El contratista deberá cumplir con las instrucciones de facturación determinadas en las presentes bases, de acuerdo con el archivo adjunto denominado “Instrucciones de facturación”, tomando en resumen todas aquellas acciones necesarias para que:
1. Todos los documentos tributarios electrónicos (DTE´s), sean debidamente validados por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
2. La facturación por parte del contratista procederá una vez que se registre debidamente la recepción conforme de los servicios contratados en el sistema de información, de acuerdo a los hitos definidos en la gestión del contrato.
3. Las condiciones de emisión para el DTE Factura deberán contener las disposiciones:
a) Siempre la OC de referencia debe encontrarse en el sistema de información en estado “Aceptada” o “Recepción Conforme”; en caso de ser entregas por hitos.
b) En el campo 801 de referencia, se debe seleccionar “Orden de Compra”.
c) Debe indicarse en el campo de documento de referencia el número de ID de la orden de compra. En formato, tamaño, signos; tal como aparece en dicho documento.
d) La fecha de la orden de compra debe corresponder a la fecha de emisión de esta.
e) Debe indicarse la forma de pago “crédito”.
f) Una vez generado el DTE Factura, se deberá enviar el archivo *.xml generado del DTE Factura al correo electrónico: dipresrecepcion@custodium.com, en un plazo no superior a 72 horas.
En caso de no cumplir con estas instrucciones, el Hospital rechazará el DTE y el proveedor deberá anularlo por medio de otro DTE y deberá volver a facturar cumpliendo con las instrucciones.
Estas medidas son exigidas por la implementación del pago centralizado a través de la plataforma ACEPTA por la Tesorería General de la República, que ha sido implementada para dar cumplimiento a la ley N°21.131 que establece pago a treinta días.
Adicionalmente, el contratista deberá indicar en la descripción del producto facturado, el periodo que hace relación al cobro y el número de cuotas restantes.
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Definiciones |
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en las presentes bases, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:
-Ley de Compras: la ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación
de Servicios.
-Reglamento de Compras: el reglamento de la Ley de Compras, contenido en el decreto supremo Nº250,
de 2004, del Ministerio de Hacienda.
-Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
-Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
-Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir.
-Hospital: Hospital Familiar Comunitario de Nacimiento.
-Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar al Hospital los servicios que se requieren en esta licitación.
-Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
-Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del contrato definitivo.
-Contratista: Adjudicatario el cual ha firmado el contrato respectivo.
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Sobre las desestimaciones |
Las desestimaciones de las ofertas serán determinadas por el comité evaluador y corresponderán a todas aquellas características que, en consideración a los criterios de evaluación, escapan de la conveniencia determinada para el funcionamiento del servicio.
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Sobre las inadmisibilidades |
Las inadmisibilidades de las ofertas serán determinadas por el comité evaluador y corresponderán a todas aquellas falencias asociadas por incumplimiento en el contenido de la oferta.
También, podrá declararse inadmisible las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación, indicado en el Punto N°7 de las presentes bases, como también la omisión de presentar el instrumento de garantía por seriedad de la oferta
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Sobre la adjudicación |
Se adjudicará la oferta del proveedor que cumpla con los requisitos de acreditación financiera y técnica establecidos en el punto 5° de las presentes bases y que no posean las inhabilidades e incompatibilidades indicadas en el Art. 92° del Reglamento de Compras.
La adjudicación se formalizará con la información del acto administrativo que concluye el proceso licitatorio, de acuerdo con el formulario establecido para ello y con el envío de la respectiva orden de compra por el monto total del contrato.
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Obligaciones del contratista |
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
c) Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias laborales, de salud, de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del Hospital, que le sean imputables por acción u omisión.
f) De igual modo, el contratista será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, etc.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de propiedad del Hospital.
h) Dar cumplimiento a las instrucciones de la autoridad sanitaria que resulten aplicables respecto al manejo del COVID-19.
i) Las demás que le encomienden las presentes bases.
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Contenido de la oferta |
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, dentro del plazo de recepción definido, cumpliendo paralelamente con el envío del instrumento de garantía por seriedad de la oferta. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones, tomando en consideración que se debe ofertar por la totalidad de los equipos individualizados en el pliego de condiciones establecidos en las presentes bases.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos establecidos en el formulario de ingreso de la oferta del Portal y de los anexos solicitados en las Bases de licitación.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados anteriormente será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones formales.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato editable en el sistema de información.
En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Asimismo, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a su disposición, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información.
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Operación del servicio |
El servicio contratado deberá siempre tener como principios la disponibilidad y la continuidad durante la vigencia del contrato Se requiere un nivel de operatividad en los 7 días a la semana, las 24 horas del día.
El contratista deberá implementar la instalación de los equipos en las unidades clínicas demandantes en las fechas juradas en su oferta, sin retrasos, ni contratiempos.
Deberá realizar capacitación al personal de estas unidades en la etapa de implementación, con el fin de obtener el máximo potencial de los equipos y evitar inconvenientes asociados a manipulaciones fuera de norma. No siendo necesariamente, la única instancia de capacitación solicitada.
El contratista deberá disponer de información de contacto para solicitar asesoría técnica en cada equipo, a modo de que los reportes sean efectuados expeditamente.
Esta información deberá indicarse a la vista, por medio de logotipos u otro sistema afín, adheridos a partes que no comprometan el funcionamiento de los equipos.
Durante la vigencia del contrato y transcurrido el mes vencido de haber realizado la prestación del servicio, en los primeros 5 días hábiles posteriores, el proveedor deberá solicitar la recepción conforme del periodo aludido al administrador del contrato y deberá realizar la facturación correspondiente, cumpliendo con las instrucciones de facturación.
En caso de que el inicio de los servicios no sea concretado el primer día del mes, el contratista deberá facturar en consideración a la proporcionalidad aludida de los servicios en base a que la duración de un mes que se compone de 30 días.
Adicionalmente, deberá coordinar con la contraparte técnica del Hospital las mantenciones anuales mientras el contrato se encuentre vigente.
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Capacitaciones para el personal |
El contratista deberá realizar una capacitación global al personal que sea usuaria de los equipos, en la etapa de implementación. Esta capacitación deberá ser certificada indicando para cada usuario: nombre completo, fecha de realización, horas de formación y materia de la capacitación.
En caso de ser necesario, el Hospital solicitará un máximo de 3 capacitaciones globales durante la vigencia del contrato.
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Contraparte técnica del Hospital |
Para fines asociados al monitoreo sobre el cumplimiento del contrato, en materias técnicas, aplicación de medidas derivadas por incumplimiento y validación de recepciones conforme, será función de la Jefatura de Servicios Generales velar por ello, o en su defecto quién la subrogue o realice sus funciones en ausencia.
Figura que será investida con la administración del contrato para fines de coordinación con el contratista.
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Cesión del contrato |
El adjudicatario y contratista no podrán bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en esta prestación de servicios y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión o traspaso de las obligaciones o derechos que se entiendan generados producto del proceso licitatorio.
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Documentos integrantes |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes,
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados.
Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Aumento o disminución del contrato |
Las partes podrán modificar el valor del contrato suscrito durante la vigencia de este, hasta por un 30% del monto original, sin alterar su naturaleza.
No se podrán agregar partidas no licitadas de equipos, no se podrá modificar el plazo del contrato, ni tampoco podrán agregarse cláusulas no contempladas en las bases.
Solamente se podrá aumentar o disminuir las cantidades de los equipos requeridos.
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Obligación de otorgar mandato o constituir una sociedad |
El Hospital podrá solicitar al adjudicatario, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato.
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Reajuste del contrato |
El contrato se podrá reajustar ordinariamente en dos oportunidades a petición del contratista, utilizando como factor de reajuste la variación del IPC acumulado de los últimos 12 meses, considerando hasta los dos primeros decimales del factor indicado.
Estos reajustes podrán solicitarse en el 13° y 25° mes de vigencia del contrato y serán válidos desde la oportunidad en que se requieran por parte del contratista y se realice el respectivo acto administrativo aprobándolos. En ningún caso corresponderá cancelar montos retroactivos producto de atrasos por parte del contratista en solicitar el reajuste.
Para efectos del cálculo, se deberá utilizar la herramienta “Calculadora IPC”, del Instituto Nacional de Estadísticas, que al momento de la confección de bases se encuentra ubicada en https://calculadoraipc.ine.cl/
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Vigencia de las ofertas |
Las ofertas ingresadas en el sistema de información deberán tener a lo menos una vigencia de 60 días.
Los oferentes postulantes deberán indicar el plazo de validez, en caso de no ser así, se entenderá por el solo hecho de participar que la vigencia es de 60 días de acuerdo con lo indicado en el Art. 63 del Reglamento de Compras.
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Aceptación de la orden de compra |
El adjudicatario tendrá un plazo de 24 horas corridas para aceptar la orden de compra generada del proceso licitatorio, desde su envío por el sistema de información. En caso de no acontecer dicha situación, el Hospital solicitará rechazar dicho documento, entendiéndose definitivamente rechazada transcurridas 24 horas de realizada esta solicitud.
Correspondiendo entonces, acogerse a la cláusula de readjudicación.
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Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento según corresponda, el Hospital podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Fuerza mayor |
No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de Trabajo o de otra causal de fuerza mayor.
Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
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Obligaciones del Hospital |
Serán obligaciones del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, entre otras las siguientes:
a. Determinar las condiciones de uso de los servicios requeridos.
b. Fiscalizar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista, en virtud de la presente licitación.
c. Realizar el pago oportuno de las respectivas facturas o boletas, por los servicios prestados
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Domicilio y jurisdicción |
Domicilio: Avda. Julio Hemmelmann # 711. Nacimiento
Las partes fijan su jurisdicción en la Comuna de Nacimiento, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia o del Tribunal de Contrataciones Públicas, según corresponda.
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Derechos e impuestos |
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de los contratos, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el adjudicatario, serán de cargo exclusivo de éste.
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Coordinador del contrato por parte del proveedor |
El contratista deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Hospital, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
i. Informar oportunamente al Hospital de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
ii. Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
iii. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el contratista al responsable de administrar de contrato por parte del mandante, a más tardar dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, al correo electrónico
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