VISTOS:
La ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; el decreto supremo N°250/2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N°19.886; la ley N°21.516, de presupuestos del sector público para el año 2023; la ley N°19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado; el DFL N°1/19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado; la resolución N°7/2019 y la resolución N°14/2023, que fija normas y montos sobre exención del trámite de toma de razón; lo dispuesto en el DFL N°1/2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N°2.763/1979, del Ministerio del Interior, y de las leyes N°18.933/1990 y N°18.469; el decreto N°140/2004, del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento orgánico de los Servicios de Salud; el decreto N°7/2021, del Ministerio de Salud, que designa al director del Servicio de Salud Biobío; el decreto N°62/2021, del Ministerio de Salud, que determina orden de subrogancia en el cargo de Director del Servicio de Salud Biobío; resolución exenta N°6019/2018 que delega facultades a los directores de los Hospitales de la Familia y Comunidad de la provincia del Biobío, la resolución exenta 932/2020 que complementa resolución exenta N°6019/2018 y resolución exenta 503/2023, del Servicio de Salud Biobío que me designa como director.
CONSIDERANDO:
1. Que, según Solicitud de Adquisición HFCN-23472-23473 emitida por JEFE SERVICIO DENTAL , , quien(es) solicita(n) la compra que se indica, para Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.
2. Qué, al no existir en Catálogo Electrónico Chile compra Express, convenio marco los productos indicados y considerando lo anterior, se ha solicitado autorización para publicar a través del sitio www.mercadopublico.cl.
3. Qué, para tales efectos es necesario aprobar las bases de licitación, para realizar adquisición a través del portal www.mercadopublico.cl.
4. Que, considerando el presupuesto estimado para esta licitación, corresponderá ingresarla al portal electrónico www.mercadopublico.cl, enmarcándola como Licitación Pública de 100 a 1000 UTM.
5. Que por tratarse de una contratación de bienes de simple y objetiva especificación se rebajará el Plazos entre llamado y recepción de ofertas a 7 días corridos como autoriza el decreto 250 de la ley de Compras públicas en el artículo 25 que dice: “Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información de la Dirección con una antelación de a lo menos 10 días corridos anteriores a la fecha de recepción de las ofertas. No obstante, el plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta 5 días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas; motivo por el cual.
RESUELVO:
1. APRUÉBASE las Bases y demás antecedentes de la Propuesta Pública denominada “Solicitud de Insumos para la atención de pacientes de especialidad endodoncia y ortodoncia junio 2023”. Quedando las Bases Administrativas - Técnicas y demás antecedentes en el siguiente tenor:
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA
“Solicitud de Insumos para la atención de pacientes de especialidad endodoncia y ortodoncia junio 2023”.
A) GENERALIDADES
- DESCRIPCIÓN:
Las presentes Bases Administrativas tienen por objeto establecer las normas y procedimientos que regirán dicha Adquisición para Hospital F.C. Nacimiento, solicitado por JEFE SERVICIO DENTAL , , quien(es) solicita(n) la compra que se indica, mediante solicitud de adquisición Número HFCN 23472-23473-
- REQUISITOS PARA OFERTAR:
2.1. Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y jurídicas (sociedades) que estén inscritos y habilitados en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, Chile compra, de reconocido, acreditado prestigio y permanencia en el mercado, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
2.2. Los Proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl para acreditar que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886) deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada simple por:
- No poseer vínculos de parentesco con funcionarios Directivos del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento ni con personas unidas a ellas.
- No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
- No poseer condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años
- DOCUMENTOS SOLICITADOS
Todo oferente debe adjuntar a su cotización los siguientes documentos:
En Anexos Administrativos:
- Formulario Nº 1: Identificación del Oferente.
En Anexos Técnicos:
- Formulario Nº 2: Ficha Técnica del Producto.
En Anexos Económicos:
- Formulario Nº 3: Oferta económica (Neto)
La NO presentación de los anexos Técnico y Económico, se considerará como una oferta fuera de bases, quedando descartada del proceso de evaluación.
Se pide completar la información solicitada en los anexos y subirlos todos en un solo PDF. Idealmente en los anexos administrativos.
3.1. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS.
Los Medios para acreditar a los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA, la cual deberá adjuntar a la oferta realizada a través del Portal.
Pero si esta acreditación se encuentra en el portal www.chileproveedores.cl no será exigible.
3.2 DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
Según lo señala la Modificación al Art. 4 de la Ley 20285 Compras Públicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años.
Los procedimientos a seguir son los siguientes:
- Para este caso la empresa deberá destinar los primeros pagos de su prestación de Servicios a regularizar dichas Obligaciones (Saldos Insolutos).
- Las Empresas deberán acreditar que no tienen obligaciones Laborales y previsionales pendientes a la mitad de la duración del contrato, mediante la presentación de los certificados o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, y, en su caso, con los dependientes de su subcontratista, si es que se permite la subcontratación, quedando facultado, en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados.
- El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento exigirá que la empresa proceda a los pagos y le presente comprobantes y planillas, cada vez que se proceda al pago, como señala en la cláusula Anterior.
4. FINANCIAMIENTO.
Esta licitación será financiada con los fondos del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, con un presupuesto estimado de $ 20.000.000 IVA Incluido, Según solicitud de medicamentos, insumos dentales o insumos clínicos, según corresponda, no despachados por CENABAST.
5 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
5.1. OFERTA ECONOMICA
De acuerdo a la cantidad ingresada en el portal, el proveedor debe ingresar en su cotización el monto unitario neto, considerando en él todo lo solicitado en las presentes bases. El monto total de la oferta será el valor neto unitario ingresado por el proveedor multiplicado por la cantidad ingresada en el portal (esta operación la realiza automáticamente el sistema).
N
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CANTIDAD
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UNIDAD DE MEDIDA
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DETALLE PRODUCTO SOLICITADO
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEBE INDICAR VENCIMIENTO: SUPERIOR A 12 MESES DESDE LA ENTREGA Y ADJUNTAR EL REGISTRO SANITARIO DEL PRODUCTO (AMBOS SI APLICA), MAS OTRAS ESPECIFICACIONES COMO: UNIDADES POR ENVASE, TIPO DE ENVASE, TAMAÑO DEL PRODUCTO EN GRMS O ML, SI CUENTA CON POLITICA DE CANJE, PAIS DE FABRICACION, FORMA DE CONSERVACION, Y OTROS RELEVANTES. -
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1
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8
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modulos
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Bolsa Ligadura elásticas colores surtidos en modulos
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2
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5
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CAJAS
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ARCOS DE nitinol 3 M 016 0RTHOFORM III SUPERIOR CAJAS DE 10 UNIDADES
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3
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5
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CAJAS
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ARCOS DE ACERO 3 M 016 0RTHOFORM III INFERIOR CAJAS DE 10 UNIDADES
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4
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7
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BOLSAS
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Bolsa Alginato para impresión odontologica
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5
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50
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UNI
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Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar superior derecho
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6
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50
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UNI
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Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar superior IZQUIERDO
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7
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50
|
UNI
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Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar INFERIOR derecho
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8
|
50
|
UNI
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Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar INFERIOR IZQUIERDO
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9
|
60
|
CAJAS
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JUEGO DE BRACKETS metálicos
AUTOLIGADO PRESCRIPICION
MBT o Roth
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10
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10
|
SET
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LIMAS K FLEXOFILE 15-40 25MM MAILLEFER ESTERILES BLISTER 6 UNIDADES
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11
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE 45-80 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
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12
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20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 06 31MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
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13
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10
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SET
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LIMAS K FLEXOFILE Nº 06 21MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
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14
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20
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SET
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LIMAS K FLEXOFILE Nº 06 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
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|
15
|
20
|
SET
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LIMAS K FLEXOFILE Nº 08 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
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16
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20
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SET
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LIMAS K FLEXOFILE Nº 08 31MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
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17
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10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 08 21MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
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18
|
20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 10 31MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
19
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10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 10 21MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
20
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 10 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
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21
|
15
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 21MM SX-F3
|
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22
|
15
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 25MM SX-F3
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21
|
15
|
SET
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PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 31MM SX-F3
|
|
22
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 21MM F4
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23
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 25MM F4
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24
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 31MM F4
|
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25
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 21MM F5
|
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26
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 25MM F5
|
|
27
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 31MM F5
|
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28
|
10
|
SET
|
SET FRESAS GATES GLIDDEN Nº 2
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29
|
10
|
SET
|
SET FRESAS GATES GLIDDEN Nº 3
|
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30
|
5
|
SET
|
SET FRESAS GATES GLIDDEN Nº 4
|
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31
|
10
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CAJAS
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GOMA PARA DIQUE 5X5 CM
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32
|
5
|
CAJAS
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GOMA PARA DIQUE TAMAÑO GRANDE 6X6
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33
|
5
|
CAJAS
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Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F2
|
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34
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10
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F3
|
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35
|
5
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F4
|
|
36
|
5
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F5
|
|
37
|
2
|
CAJAS
|
CONO GUTAPERCHA 15-40
|
|
38
|
1
|
CAJA
|
ACONDICIONADOR CONDUCTO GLYDENSTPLY
|
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39
|
5
|
UNI
|
FRESA ENDO ACCESS BURS A/V
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40
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 14
|
|
41
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 12
|
|
42
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 07
|
|
43
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 10
|
|
44
|
10
|
UNI
|
FRESA ENDO Z A/V TALLO LARGO
|
|
45
|
3
|
FRASCOS
|
FRESA REDONDA DIAMANTE ALTA VELOCIDAD Nº 12
|
|
46
|
10
|
UNI
|
Arco Young doblable para aislamiento autoclavable, Indusbello
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47
|
10
|
CAJAS
|
CONOS DE PAPEL ABSORVENTE #15-40
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48
|
1
|
CAJA
|
CONOS DE PAPEL ABSORVENTE #20
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49
|
5
|
CAJAS
|
ULTRACAL XS PASTA HIDROXIDO DE CALCIO 4 JERINGAS 1,2 ML ULTRADENT
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50
|
5
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UNI
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Tubli-seal cemento endo 20 grs., Kerr
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51
|
4
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CAJAS
|
AGUJA DESECHABLES 0.50X15 ML (25G X 5/8) CAJA POR 100 UNIDADES
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52
|
5
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UNI
|
ESPACIADOR MANUAL #30
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Se solicita a los oferentes ingresar el valor total neto del producto requerido y expresarlo en pesos chileno en ficha digital del portal www.mercadopublico.cl, la oferta ingresada por el proveedor deberá permanecer fijo y permanente. El sistema posteriormente agregará en la Orden de Compra respectiva, los impuestos correspondientes.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación de las condiciones sin ningún tipo de reservas ni condicionantes a toda la documentación referida y a los montos solicitados. El oferente postulante y el proveedor adjudicado deberán contar con el stock disponible y reservado para cumplir con la entrega de los productos ofrecidos en los plazos pactados.
5.2. OFERTA TECNICA
El Proveedor deberá ingresar una ficha técnica con el detalle del producto requerido, indicando claramente el plazo de entrega del producto ofertado, puesto en piso hospital. Ambos aspectos serán sometidos a evaluación por lo que resulta indispensable su información.
En caso de que se omita este documento, sobre la propuesta técnica del proveedor, la oferta será descartada del proceso de evaluación y no podrá ser adjudicada.
6. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante todo el proceso de licitación, incluso, en el acto mediante el cual éste se decide.
Se considerarán siempre inadmisibles:
- Las ofertas extemporáneas, presentadas fuera de plazo.
- Las ofertas que no hubieren dado cumplimiento a las exigencias que establecen las bases. (requisitos administrativos y técnicos)
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra
7. DE LA EVALUACION DE LA PROPUESTA
La evaluación de las ofertas recibidas entre el período estipulado para ello en las bases de licitación se realizará en virtud de los criterios descritos en el punto 7.2 y por una comisión cuyos integrantes se identifican a continuación:
7.1 COMITÉ EVALUADOR
Las ofertas validadas administrativamente serán sometidas a un proceso de análisis comparativo a cargo de una comisión técnica evaluadora integrada al menos por:
- JEFE SERVICIO DENTAL o quien subroga
- Funcionario Unidad Abastecimiento Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.
Entendiendo la necesidad y urgencia de los productos solicitados en esta licitación y para evitar rechazos de las órdenes de compra enviadas a proveedor; en el caso de que un proveedor indique un monto mínimo de despacho en su oferta y dicha cantidad no hubiere sido alcanzada por la línea o la sumatoria de las líneas propuestas para adjudicar por el mismo, se procederá a seleccionar a la siguiente mejor oferta en la línea evaluada y así sucesivamente hasta lograr cumplir con los requisitos en esta materia, esto toda vez que existan más líneas para el mismo proveedor.
7.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los siguientes serán los criterios que se evaluarán en las ofertas que se presenten en la licitación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
PONDERACIÓN
|
Oferta Económica
|
40%
|
Tiempos de Entrega
|
10%
|
Calidad Técnica
|
45%
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
5%
|
PUNTAJE FINAL
|
100%
|
7.2.1. Oferta Económica (40%)
Fundamento (RAZÓN MATEMÁTICA)
|
Puntaje
|
Oferta mínima (que cumpla requisitos)
|
100%
|
Las otras ofertas se trabajan bajo la siguiente razón matemática.
|
Oferta mínima x 100
Oferta evaluada
|
Observación: Se utilizará la fórmula matemática, la cual comparará las ofertas recibidas y asignará un puntaje entre 0 y 100 puntos.
7.2.2. Tiempos de Entrega del Producto (10%)
Fundamento
|
Puntaje
|
Menor o igual a 3 días hábiles
|
100%
|
Mayor a 3 días hábiles y menor igual a 6 días hábiles
|
50%
|
Mayor a 7 días, no informa o no cumple con formalidad de información sobre el Tiempo de Entrega del Producto.
|
0%
|
Observación: Solamente obtendrán puntuación para este criterio, las ofertas que indiquen plazo de entrega; no plazo de despacho, plazo de salida de bodega u otro similar. Este plazo deberá ser indicado en días hábiles, no en horas.
7.2.3. Calidad Técnica (45%)
Fundamento
|
Puntaje
|
Propuesta Técnica “Cumple con todos los requisitos solicitados en formulario N° 2”.
|
100%
|
Propuesta Técnica “Cumple con los requisitos obligatorios solicitados en las bases”.
|
50%
|
Propuesta técnica No Cumple con los requisitos obligatorios solicitados.
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DESCARTADO (Proceso Licitatorio)
|
Observación: Para evaluación de este criterio se considerará lo especificado por oferente en formulario Nº 2: Ficha Técnica del Producto, lo cual será analizado principalmente por Referente Técnico del Proceso, teniendo en consideración al evaluar todos los Insumos, lo siguiente:
- Especificaciones técnicas (ficha técnica del proveedor)
- Registro ISP
- Bioequivalencia
- Forma Farmacéutica solicitada
- Políticas de canje
- Durabilidad en el tiempo (vencimiento no menor a 1 año).
7.2.4 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA (5%)
Fundamento (RAZÓN MATEMÁTICA)
|
Puntaje
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SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS PRESENTES BASES. - Para la evaluación de este criterio se considerará adjuntar completados y firmados todos los formularios adjuntos. -
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100 %
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8 RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de que se iguale en el puntaje final, se procederá de la siguiente manera o fases, según siguiente escala de prevalencia:
a) el proveedor con la mejor oferta TECNICA.
b) el proveedor con la mejor ECONOMICA.
c) el proveedor con los mejores tiempos de entrega.
d) El Proveedor que primero suba su oferta en el portal
8.1 ACLARACIONES A LAS OFERTAS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 24 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso ya que estas preguntas y respuestas realizadas forman parte integra de las bases administrativas.
9 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES:
De ser necesario, se aceptarán documentos o antecedentes no esenciales, de carácter administrativo, que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de ingresar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl
La forma para presentar documentos será a través de la aclaración de ofertas durante el proceso de evaluación, dicha elevación de documento no podrá pasar o exceder de 24 hrs. después de solicitada la aclaración.
Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor sufrirá un descuento de 05 pts. Sobre el puntaje total ponderado, siendo el resultante de este descuento el puntaje total obtenido por el proveedor para esta licitación.
Si los documentos solicitados no llegan en el plazo señalado, a favor al cumplimiento de los plazos de la licitación se dejarán fuera del proceso.
10 MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá modificar las bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, y formarán parte integral de las bases.
11 DE LA ADJUDICACIÓN
Este Hospital se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, declararla desierta, adjudicar solo algún ítem o aceptar cualquiera de ellas si lo estima conveniente, con expresión de causa y sin que los proponentes pueden pretender indemnización alguna por este hecho o de adjudicar la Propuesta que mejor convenga a nuestros intereses, aunque esta no sea la de menor valor.
Para la adjudicación, se analizarán los antecedentes técnicos y económicos entregados por las empresas que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.
En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de orden de compra.
NOTA: De acuerdo al reglamento de compras públicas decreto N° 250, dejase establecido que no se suscribirá contrato si no que se formalizara mediante emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor.
11.1. MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de un eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
- No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
- Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del director y sus Subrogarte.
- Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
- Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
- Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
11.2. DE LA CANTIDAD ADJUDICADA
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se reserva el derecho de modificar la cantidad adjudicada, ya sea, antes de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl o posterior a ella.
En caso de que la adjudicación sea por una cantidad inferior a la solicitada, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento al momento de adjudicar, modificará el ítem en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que la Orden de Compra se generará por un monto total inferior a lo ofertado, estas modificaciones de cantidades serán por iniciativa propia, siempre cumpliendo con el monto mínimo de despacho y la adecuación a los formatos de envasado de los proveedores. El Hospital podrá aumentar las cantidades por el simple hecho de que internamente se levante un nuevo requerimiento de iguales características. Este aumento no podrá ser superior al 30% del monto total adjudicado. -
Si la cantidad de productos debe aumentar según lo indicado en las presentes bases, al momento de adjudicar en el portal www.mercadopublico.cl, se ingresará la nueva cantidad, respetando el monto unitario ofertado por el proveedor adjudicado.
12. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
El mecanismo a utilizar en caso de que se manifiesten dudas o consultas de cualquier proveedor, una vez adjudicada la licitación, será el correo electrónico yeny.urra@ssbiobio.cl un plazo máximo de 48 horas una vez realizada la adjudicación.
13. PAGO Y FACTURACIÓN
El pago convenido será realizado por el Tesorería General de la República, sin embargo su documentación y validación será gestionado por el Hospital familiar y Comunitario Nacimiento. Para ello el oferente deberá cumplir con las instrucciones de facturación adjuntadas al proceso licitatorio. No será posible efectuar pago alguno si el oferente no cumple al menos con las siguientes:
El contratista deberá cumplir con las instrucciones de facturación determinadas en las presentes bases, de acuerdo con el archivo adjunto denominado “Instrucciones de facturación”, tomando en resumen todas aquellas acciones necesarias para que:
1. Todos los documentos tributarios electrónicos (DTE´s), sean debidamente validados por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
2. La facturación por parte del contratista procederá una vez que se registre debidamente la recepción conforme de los servicios contratados en el sistema de información, de acuerdo a los hitos definidos en la gestión del contrato.
3. Las condiciones de emisión para el DTE Factura deberán contener las disposiciones:
a) Siempre la OC de referencia debe encontrarse en el sistema de información en estado “Aceptada” o “Recepción Conforme”; en caso de ser entregas por hitos.
b) En el campo 801 de referencia, se debe seleccionar “Orden de Compra”.
c) Debe indicarse en el campo de documento de referencia el número de ID de la orden de compra. En formato, tamaño, signos; tal como aparece en dicho documento.
d) La fecha de la orden de compra debe corresponder a la fecha de emisión de esta.
e) Debe indicarse la forma de pago “crédito”.
f) Una vez generado el DTE Factura, se deberá enviar el archivo *.xml generado del DTE Factura al correo electrónico: dipresrecepcion@custodium.com, en un plazo no superior a 72 horas.
En caso de no cumplir con estas instrucciones, la plataforma acepta rechazará el DTE automáticamente y el proveedor deberá anularlo por medio de otro DTE y deberá volver a facturar cumpliendo con las instrucciones.
Estas medidas son exigidas por la implementación del pago centralizado a través de la plataforma ACEPTA por la Tesorería General de la República, que ha sido implementada para dar cumplimiento a la ley N°21.131 que establece pago a treinta días.
14 DE LAS MULTAS
Se aplicara una multa, respecto al valor total de la orden de compra, por atraso en la entrega de los productos de acuerdo a la siguiente escala:
DIA ATRASO
(Hábil)
|
%DIARIO
|
%ACUMULADO MULTA
|
1
|
2%
|
2%
|
2
|
2%
|
4%
|
3
|
2%
|
6%
|
4
|
2%
|
8%
|
5
|
2%
|
10%
|
CONSIDERACIONES COBRO DE MULTA
- Los días de atraso comenzaran a aplicarse al día hábil siguiente, del incumplimiento del plazo de entrega comprometido por el proveedor.
- Se descontará del monto total de la o las, facturas entregadas, posterior al plazo comprometido por el proveedor.
15 DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N.º 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el Administrador del contrato.
Se entiende como incumplimiento grave el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según lo estipulado en las bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
- Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante carta certificada enviada al domicilio de la otra parte con una anticipación mínima de 60 días a la fecha de término deseada.
En el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho a aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b) de la ley 19.886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del Reglamento de la citada ley, o llamar a una nueva licitación pública para proveer el servicio.
16 RESERVA DE LA INSTITUCIÓN
- Quedar liberado de toda responsabilidad por daños a terceros que se produjesen con motivo del cumplimiento de la oferta, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del oferente.
- Poder rechazar todas las ofertas o aceptar aquella que más convenga a los intereses de la Institución, aunque esta no fuere la de menor valor.
- Anular la respectiva Orden de Compra emitida por el incumplimiento injustificado en los plazos de realización, por desistimiento del proveedor o por otros motivos que se deberán fundamentar en su oportunidad.
- Aumentar o disminuir la cantidad de servicios solicitada hasta en un 30% del monto estimado para la licitación.
- Declarar inadmisible las ofertas, en caso de que ninguna de las alternativas ofertadas cumpla con los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia o las bases de licitación según corresponda y declarar desierta la Licitación Simplificada cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
- Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las bases se consideran condiciones mínimas, no obstante lo cual, será materia de la Oferta, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en la Propuesta, al igual que otras modalidades tales como descuentos, precios convenientes y ofertas especiales respecto de los ítems ofertados por los Proponentes, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
- El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de admitir aquellas Ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los Oferentes en la correcta evaluación de la Propuesta.
- Las presentes condiciones comerciales, prevalecerán sobre cualquier discrepancia y otra información.
17 NORMATIVA LEGAL. PRINCIPIO DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA
LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS
- Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
- Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
- Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para terceros.
- Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
- Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
- Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga.
- Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto innecesario a la institución.
18 NORMATIVA LEGAL. INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
|
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)
|
|
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
|
|
El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)
|
|
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
|
|
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
|
|
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
|
|
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, d.o 05.01.2006)
|
|
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
|
|
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
|
|
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.
|
|
NOTA: El artículo 2º Transitorio de la LEY 20088, publicada el 05.01.2006, modificatoria de la presente norma, dispone que las modificaciones que introduce a ésta, entrarán en vigencia noventa días después de la publicación del Reglamento que establecerá los requisitos de las declaraciones de patrimonio, según lo dispone el artículo 1º Transitorio de la citada Ley. Dicho reglamento se encuentra contenido en el DTO 45, Secretaría General de la Presidencia, publicado el 22.03.2006.”.
|
|
|
Formularios adjuntos
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
FORMULARIO N°1
ANEXO ADMINISTRATIVO
DATOS DE LA EMPRESA
RAZON SOCIAL
|
|
NOMBRE DE FANTASIA
|
|
RUT
|
|
GIRO
|
|
DIRECCION
|
|
CIUDAD
|
|
REPRESENTANTE LEGAL
|
|
TELEFONO
|
|
CORREO ELECTRONICO
|
|
DATOS DE CONTACTO PARA ESTA LICITACION
NOMBRE
|
|
TELEFONO FIJO
|
|
TELEFONO CELULAR
|
|
CORREO ELECTRONICO
|
|
DATOS BANCARIOS
NUMERO DE CUENTA
|
|
TIPO DE CUENTA
|
|
BANCO
|
|
SUCURSAL DE PAGO
|
|
Nombre y firma del representante legal
[CIUDAD], fecha.
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
FORMULARIO N°2
ANEXO TECNICO
N
|
CANTIDAD
|
UNIDAD DE MEDIDA
|
DETALLE PRODUCTO SOLICITADO
|
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEBE INDICAR VENCIMIENTO: SUPERIOR A 12 MESES DESDE LA ENTREGA Y ADJUNTAR EL REGISTRO SANITARIO DEL PRODUCTO (AMBOS SI APLICA), MAS OTRAS ESPECIFICACIONES COMO: UNIDADES POR ENVASE, TIPO DE ENVASE, TAMAÑO DEL PRODUCTO EN GRMS O ML, SI CUENTA CON POLITICA DE CANJE, PAIS DE FABRICACION, FORMA DE CONSERVACION, Y OTROS RELEVANTES. -
|
1
|
8
|
modulos
|
Bolsa Ligadura elásticas colores surtidos en modulos
|
|
2
|
5
|
CAJAS
|
ARCOS DE nitinol 3 M 016 0RTHOFORM III SUPERIOR CAJAS DE 10 UNIDADES
|
|
3
|
5
|
CAJAS
|
ARCOS DE ACERO 3 M 016 0RTHOFORM III INFERIOR CAJAS DE 10 UNIDADES
|
|
4
|
7
|
BOLSAS
|
Bolsa Alginato para impresión odontologica
|
|
5
|
50
|
UNI
|
Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar superior derecho
|
|
6
|
50
|
UNI
|
Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar superior IZQUIERDO
|
|
7
|
50
|
UNI
|
Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar INFERIOR derecho
|
|
8
|
50
|
UNI
|
Tubos de cementado directo 022” mbt 1 molar INFERIOR IZQUIERDO
|
|
9
|
60
|
CAJAS
|
JUEGO DE BRACKETS metálicos
AUTOLIGADO PRESCRIPICION
MBT o Roth
|
|
10
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE 15-40 25MM MAILLEFER ESTERILES BLISTER 6 UNIDADES
|
|
11
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE 45-80 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
12
|
20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 06 31MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
13
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 06 21MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
14
|
20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 06 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
15
|
20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 08 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
16
|
20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 08 31MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
17
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 08 21MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
18
|
20
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 10 31 MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
19
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 10 21MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
20
|
10
|
SET
|
LIMAS K FLEXOFILE Nº 10 25MM MAILLEFER BLISTER 6 UNIDADES SURTIDAS
|
|
21
|
15
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 21MM SX-F3
|
|
22
|
15
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 25MM SX-F3
|
|
21
|
15
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 31MM SX-F3
|
|
22
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 21MM F4
|
|
23
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 25MM F4
|
|
24
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 31MM F4
|
|
25
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 21MM F5
|
|
26
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 25MM F5
|
|
27
|
10
|
SET
|
PROTAPER GOLD LIMAS MECANIZADAS DENTSPLY MAILLEFER 31MM F5
|
|
28
|
10
|
SET
|
SET FRESAS GATES GLIDDEN Nº 2
|
|
29
|
10
|
SET
|
SET FRESAS GATES GLIDDEN Nº 3
|
|
30
|
5
|
SET
|
SET FRESAS GATES GLIDDEN Nº 4
|
|
31
|
10
|
CAJAS
|
GOMA PARA DIQUE 5X5 CM
|
|
32
|
5
|
CAJAS
|
GOMA PARA DIQUE TAMAÑO GRANDE 6X6
|
|
33
|
5
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F2
|
|
34
|
10
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F3
|
|
35
|
5
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F4
|
|
36
|
5
|
CAJAS
|
Conos de Gutapercha Protaper Universal/ GOLD Dentsply Maillefer F5
|
|
37
|
2
|
CAJAS
|
CONO GUTAPERCHA 15-40
|
|
38
|
1
|
CAJA
|
ACONDICIONADOR CONDUCTO GLYDENSTPLY
|
|
39
|
5
|
UNI
|
FRESA ENDO ACCESS BURS A/V
|
|
40
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 14
|
|
41
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 12
|
|
42
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 07
|
|
43
|
5
|
UNI
|
FRESA REDONDA EXTRA LARGA DE CARBIDE A/V Nº 10
|
|
44
|
10
|
UNI
|
FRESA ENDO Z A/V TALLO LARGO
|
|
45
|
3
|
FRASCOS
|
FRESA REDONDA DIAMANTE ALTA VELOCIDAD Nº 12
|
|
46
|
10
|
UNI
|
Arco Young doblable para aislamiento autoclavable, Indusbello
|
|
47
|
10
|
CAJAS
|
CONOS DE PAPEL ABSORVENTE #15-40
|
|
48
|
1
|
CAJA
|
CONOS DE PAPEL ABSORVENTE #20
|
|
49
|
5
|
CAJAS
|
ULTRACAL XS PASTA HIDROXIDO DE CALCIO 4 JERINGAS 1,2 ML ULTRADENT
|
|
50
|
5
|
UNI
|
Tubli-seal cemento endo 20 grs., Kerr
|
|
51
|
4
|
CAJAS
|
AGUJA DESECHABLES 0.50X15 ML (25G X 5/8) CAJA POR 100 UNIDADES
|
|
52
|
5
|
UNI
|
ESPACIADOR MANUAL #30
|
|
|
|
|
|
|
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación de las condiciones sin ningún tipo de reservas ni condicionantes a toda la documentación referida y a los montos solicitados. El oferente postulante y el proveedor adjudicado deberán contar con el stock disponible y reservado para cumplir con la entrega de los productos ofrecidos en los plazos pactados. - (5.1 Bases de Licitación)
PLAZO DE ENTREGA (En días hábiles) :
GARANTIA DEL PRODUCTO :
NOMBRE DE LA EMPRESA :
R.U.T. :
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL :
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL :
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
FORMULARIO N°3
ANEXO ECONOMICO
DATOS DE LA EMPRESA
DETALLE DE PRESTACIONES
CANT
|
UND
|
PRODUCTO
|
PRECIO NETO UNITARIO
|
PRECIO NETRO TOTAL
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
SUBTOTAL
|
|
|
|
|
IVA
|
|
|
|
|
TOTAL
|
|
OTROS DETALLES
PLAZO DE ENTREGA (DÍAS CORRIDOS)
|
|
MONTO MÍNIMO DE DESPACHO/FACTURACIÓN
|
|
Nombre y firma del representante legal
[CIUDAD], fecha
- NÓMBRASE Comité de Evaluación y Adjudicación a los siguientes profesionales:
JEFE SERVICIO DENTAL o quien subroga
Funcionario, Unidad de abastecimiento.
- LLÁMESE a Propuesta Pública a través de la Publicación en el portal electrónico www.mercadopublico.cl
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE