Licitación ID: 1057415-25-LE20
CONV.SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y ORTESIS H.NACTO
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Sillas de ruedas 57 Unidad
Cod: 42192210
SILLA DE RUEDAS ESTANDAR  

2
Sillas de ruedas 2 Unidad
Cod: 42192210
SILLA DE RUEDAS BARIATRICA  

3
Sillas de ruedas 2 Unidad
Cod: 42192210
SILLA DE RUEDAS AMPUTADOS  

4
Colchones o accesorios de cuidado del paciente 50 Unidad
Cod: 42191810
COLCHONES ANTIESCARAS  

5
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 60 Unidad
Cod: 42211803
BASTON CODERA FIJA, DOBLE REGULACION  

6
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 60 Unidad
Cod: 42211803
BASTON CODERA MÓVIL, DOBLE REGULACIÓN  

7
Soportes para caminar 33 Unidad
Cod: 42241707
ANDADOR PEGABLE SIN RUEDAS  

8
Soportes para caminar 22 Unidad
Cod: 42241707
ANDADOR DE PASEO  

9
Cojines de asiento terapéuticos o accesorios 13 Unidad
Cod: 42251617
COJIN ANTIESCARAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV.SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y ORTESIS H.NACTO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El proceso de licitación está orientado a la compra de ayudas técnicas yo ortesis para dar cumplimiento a garantía GES, pacientes Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, En términos técnicos, se evaluará la idoneidad y calidad técnica de las personas o empresas, de manera de asegurar que los proveedores que se adjudiquen, se ajusten a los requisitos que se han especificado para el desarrollo de los respectivos productos yo artículos que requiera el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. En términos económicos, se espera recibir ofertas ventajosas dentro de los precios de mercado, conforme se desprenda de la evaluación de las ofertas económicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.220-2
Dirección:
Av. Julio Hemmelmann 711
Comuna:
Nacimiento
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-11-2020 20:00:00
Fecha de Publicación: 23-10-2020 10:03:00
Fecha inicio de preguntas: 23-10-2020 10:46:00
Fecha final de preguntas: 26-10-2020 18:45:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2020 18:45:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-11-2020 20:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-11-2020 20:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-11-2020 18:46:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- • Formulario Nº 1: Identificación del Oferente
2.- • Formulario Nº 2: Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar
3.- • Formulario Nº 3: Declaración Jurada simple de aceptación de condiciones.  En caso de pertenecer a una sociedad copia Legalizada de la escritura de Constitución de la sociedad y sus eventuales modificaciones.  Certificado de vigencia de la misma por el registro de comercio respectivo, con una anterioridad no superior a 60 días de la fecha de cierre de recepción de ofertas.  Documento que acredite Inicio de Actividades, con un rubro y/o giro de producción acorde a la naturaleza de este llamado.  Declaración jurada notarial del representante legal en caso de ser persona natural. En caso que el Proponente u Oferente tenga ingresados en el portal www.chileproveedores.cl alguno de los antecedentes antes señalados, deberá indicarlo sin necesidad de acompañarlo nuevamente al momento de ingresar su oferta.
Documentos Técnicos
1.- • Formulario Nº 4 : Ficha técnica productos solicitados (se debe incluir imágenes de producto indicado, plazo de entrega, garantía, servicio post venta, etc.)
 
2.- • Formulario N° 5 : Prestaciones Realizadas por el Oferente en el Rubro. • Certificado conformidad servicios prestados de similares características.
 
Documentos Económicos
1.- • Formulario Nº 6: Oferta económica (Neto). - La NO presentación de alguno de estos requisitos, se considerará como una oferta fuera de bases, quedando descartada del proceso de evaluación. - No se aceptaran formatos propios.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior Fundamento (Escala de Evaluación) Puntaje El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de más de 15 servicios prestados señalados en el Formulario N° 5 (según corresponda), a través de Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 100 El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 10 y 14 servicios prestados señalados en el Formulario N° 5 (según corresponda), a través de un Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 80 El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 5 a 9 servicios prestados señalados en el Formulario N° 5 (según corresponda), a través de un Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 60 El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 1 a 4 servicios prestados señalados en el Formulario N° 5 (según corresponda), a través de un Certificado de Conformidad de Servicio Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 45 El Oferente no Adjunta ningún Certificado de conformidad de los Servicios Prestados. 0 10%
2 INCLUSIÓN Personas con Discapacidad Física, sensorial, (Visión y Audición), o mental (Intelectual o Psíquica) (60%) Fundamento Puntaje Acredita contratado al menos un trabajador con Capacidades Diferentes (siendo dueño o trabajador) 100 pts. No Acredita 0 pts. B Pueblos Originarios (Minorías Étnicas) (40%) Fundamento Puntaje Acredita a lo menos una persona con Nacionalidad Chilena y pertenece a Culturas Indígenas reconocidas por la Ley, (Siendo Dueño o Trabajador) 100 pts. No Acredita 0 pts. 5%
3 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de los Requisitos formales de la oferta Puntajes Cumple con todos los requisitos solicitados en antecedentes anexos administrativos. 100 Proveedor cumple con parte de los requisitos solicitados en antecedentes anexos administrativos. 50 Proveedor no cumple con los requisitos solicitados en antecedentes anexos administrativos. 0 5%
4 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 35%
5 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Escala De Evaluación Puntaje Propuesta Técnica “Cumple” con el 100% de lo solicitado en las bases, específicamente en las características exigidas en el Formulario N°4, presenta un tiempo de reposición de los productos menor a 5 días hábiles es caso de falla y garantiza los productos por un periodo mayor a 12 meses. 100 Propuesta Técnica “Cumple” con el 100% de lo solicitado en las bases, específicamente en las características exigidas en el Formulario N°4, presenta un tiempo de reposición de los productos mayor o igual a 5 días y menor a 10 días hábiles es caso de falla y garantiza los productos por un periodo mayor o igual a 6 meses y menor o igual a 12. 70 Propuesta Técnica “No Cumple” con el 100% de lo solicitado en las bases, específicamente en las características exigidas en el Formulario N°4 y presenta un tiempo de reposición de los productos mayor o igual a 10 días hábiles es caso de falla y garantiza los productos por un periodo menor a 6 meses. 40 No Informa 0 25%
6 Plazo de Entrega Fundamento Puntaje Menor o igual a 5 Días Corridos 100 Entre 06 y 10 Días Corridos 50 Más de 10 días Corridos 10 No informa/No indica claramente 0 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PPTO. HOSP.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO ALBIAL GONZALEZ
e-mail de responsable de pago: pedro.albial@ssbiobio.cl
Nombre de responsable de contrato: MAURO MUÑOZ PINTO
e-mail de responsable de contrato: mauro.munoz@ssbiobio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2332976-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, Rut. 61.602.220-2
Fecha de vencimiento: 31-12-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento en un sobre cerrado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente Hasta el día del cierre de la licitación Pública. En horario de oficina. (Lunes a Jueves hasta las 17:00 hrs. y viernes hasta las 16:00 hrs.)
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación Pública “CONVENIO DE SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y/O ORTESIS PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO”. ID N 1057415-25-LE20
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de los oferentes no adjudicados, les será devuelta a contar del día subsiguiente a la fecha de total tramitación de la resolución que aprueba el contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la boleta de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, Rut. 61.602.220-2
Fecha de vencimiento: 31-05-2024
Monto: 5 %
Descripción: 5 % del valor total adjudicado, calculado por el precio de ítem adjudicado y la cantidad estimada de ese ítem, para la totalidad del convenio. En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento. en un sobre cerrado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente Hasta el quinto día, después de haber sido adjudicado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de ejecución de la obra CONVENIO DE SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y/O ORTESIS PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO”. ID N° 1057415-25-LE20
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de la devolución, será realizada por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento con posterioridad al término normal del contrato “sin observaciones”. Se procederá a devolver la Boleta Bancaria de Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, una vez concluida la vigencia de documento, solicitada a requerimiento escrito del Proveedor Adjudicado a Jefe de Unidad de Abastecimiento del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.

En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de prevalencia:

a)   En primer lugar, se adjudicará al proveedor con la mejor oferta económica y si se mantiene la igualdad,

b)    Se adjudicara al proveedor mejor evaluado en el criterio calidad técnica del producto  y si se mantiene la igualdad,

c)    Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio  plazo de entrega y si se mantiene la igualdad,

d)    Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio comportamiento contractual anterior  y si se mantiene la igualdad,

e)    Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio inclusión y si se mantiene la igualdad,

f)     Se adjudica al proveedor con mejor criterio de cumplimiento formal de oferta.

 En caso de que la igualdad se mantenga, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento procederá a adjudicar al proveedor que haya ingresado primero su oferta al sistema de información Mercado Publico.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

El mecanismo será el siguiente:

El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo no superior a 48 horas, posterior a  fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico; mauro.muñoz@ssbiobio.cll, después de esta fecha  el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
  1. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS

Los Medios para acreditar a los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA, a través del Formulario Nº 2 “Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar”, siempre y cuando dicha información no se encuentre subida en el registro oficial de proveedores del estado www.chileproveedores”.

16.1      DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES

Según lo señala la Modificación al Art. 4 de la Ley 20285 Compras Publicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años.

Los procedimientos a seguir son los siguientes:

  • Para este caso la empresa deberá destinar los primeros pagos de sus prestaciones de Servicios a regularizar dichas Obligaciones (Saldos Insolutos).

  • Las Empresas deberán acreditar que no tienen obligaciones Laborales y previsionales pendientes a la mitad de la duración del contrato, mediante la presentación de los certificados o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, y, en su caso, con los dependientes de su subcontratista, si es que se permite la subcontratación, quedando facultado, en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados.

  • El Hospital Familiar y Comunitario exigirá que empresa proceda a los pagos y le presente comprobantes y planillas. , cada vez que se proceda al pago, como señala en la cláusula Anterior.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se aceptarán documentos o antecedentes no esenciales, de carácter administrativo, que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de ingresar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl

La forma para presentar documentos será a través de la aclaración de ofertas durante el proceso de evaluación, dicha elevación de documento no podrá pasar o exceder de 24 hrs. después de solicitada la aclaración.

Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor obtendrá un puntaje cero en el criterio “cumplimiento de los requisitos de las ofertas”.

Si los documentos solicitados no llegan en el plazo señalado, a favor del cumplimiento de los plazos de la licitación se dejarán fuera del proceso.

La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del “Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos” según corresponda, al resto de los oferentes.

Dichos antecedentes deberán ser enviados a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de los 5 días corridos siguientes a la notificación de la solicitud. Si el oferente no entrega los antecedentes solicitados en el plazo señalado, se entenderá que ha desistido de su oferta y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva su garantía de seriedad de la misma.

De esta solicitud se comunicará a los demás oferentes en el sitio correspondiente.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA


“CONVENIO DE SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y/O ORTESIS PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO”.


A) BASES ADMINISTRATIVAS


1. DESCRIPCIÓN:


Las presentes bases regulan los aspectos administrativos, económicos y legales involucrados en la licitación pública para la contratación del CONVENIO DE SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y/O ORTESIS PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO dependiente del Servicio Salud Bio Bio bajo la modalidad de Contrato de Suministro, por un periodo de 36 meses. Se requiere que dichos artículos sean puestos en piso hospital.
2. OBJETIVOS. 
El proceso de licitación está orientado a la compra de ayudas técnicas y/o ortesis para dar cumplimiento a garantía GES, pacientes Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, 
En términos técnicos, se evaluará la idoneidad y calidad técnica de las personas o empresas, de manera de asegurar que los proveedores que se adjudiquen, se ajusten a los requisitos que se han especificado para el desarrollo de los respectivos productos y/o artículos que requiera el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
En términos económicos, se espera recibir ofertas ventajosas dentro de los precios de mercado, conforme se desprenda de la evaluación de las ofertas económicas.


3. PARTICIPANTES


Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y jurídicas (sociedades) que estén inscritos y habilitados para efectuar ofertas a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, Chilecompra, de reconocido, acreditado prestigio y permanencia en el mercado, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento y de acuerdo con los requerimientos establecidos en las presentes bases


Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir los requerimientos mínimos obligatorios especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos, no serán evaluados y por tanto, quedarán marginados de la licitación. 
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá solicitar a los oferentes documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos. 
Quedarán excluidos aquellos oferentes que, al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o al momento de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores dentro de los dos años anteriores


4. DEFINICIONES.
 Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
 Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y Circulares emitidos por la autoridad pública.
Fuerza mayor o Caso fortuito: de acuerdo con lo dispuesto en el Art 45 del código Civil.
Oferente o Proponente: Persona Natural o Jurídica, Chilena o Extranjera, Unión temporal de Proveedores, que puedan proporcionar los bienes indicados en esta licitación.
Oferente: Persona Natural o Jurídica y unión temporal de Proveedores que oferten en una licitación a través del portal www.mercadopublico.cl. 
Proveedor: Aquel cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato.
Bases: Bases Administrativas, técnicas y Anexos.
Contrato: contrato suministro entre el proveedor adjudicado y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
Orden Compra: Orden de Ejecución de los Servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopublico.cl 
Unión Temporal de Proveedores: Según lo señala el artículo 67 bis del reglamento de la ley 19886, define lo siguiente; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por  escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
 5.          GASTOS
 Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.
 6.          DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN:
Esta Licitación Pública se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886 Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, la Ley Orgánica Constitucional de Bases General de Administración del Estado y otras inherentes a la legislación actual, en lo que sea pertinente, las presentes bases y condiciones contractuales. Asimismo, formarán parte de las mismas, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, sea que ellas hayan sido requeridas por los participantes o bien impartidas por el Hospital de oficio y/o en el Foro de la Licitación, del sitio www.mercadopublico.cl, durante el proceso de licitación. 
La presente licitación se ceñirá a la normativa señalada precedentemente y a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala a continuación: 
1 Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases Administrativas y Técnicas. 
2 Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Contractuales y sus Anexos. 
3 Oferta de él adjudicatario. 
4 Resolución de Adjudicación. 
5 Informe de Evaluación de las ofertas
6 Orden de Compra. 


 7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
 Publicación de Requerimiento y recepción de ofertas a través de Licitación   Pública en el portal www.mercadopublico.cl, 
 Periodo de recepción de consultas: Estas se efectuarán en las fechas indicadas en el portal, mediante el foro www.mercadopublico.cl, a través del foro inverso La serie de preguntas y respuestas prevalecerán por sobre los presentes antecedentes de licitación, y las aclaraciones prevalecerán a su vez por dicha serie., formaran parte integra del Contrato Suscrito.
 Análisis de Ofertas: Las ofertas serán analizadas y evaluadas de acuerdo a los criterios de evaluación expuestos en la Licitación.
 Para ratificar la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl, el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento (Dirección), dictará una resolución, y esta será remitida al oferente adjudicado a través del mismo medio.
8.         REQUISITOS PARA OFERTAR


Los Proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl para acreditar que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886) deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada simple por: 


No poseer vínculos de parentesco con funcionarios Directivos del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento ni con personas unidas a ellas.
No registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
No poseer condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.


Proveedor no Inscrito en chile proveedores, tendrá 15 días para regularizar su situación si resulta adjudicado en este proceso, período que no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado. Ante esto, se retendrá la factura y no se cursara el pago.


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento exige que los adjudicatarios tengan la experiencia, idoneidad, infraestructura y capacidad técnica para gestionar y desarrollar, durante la vigencia del contrato, los servicios que se requieran. 
En los Anexos de las presentes Bases Administrativas se detallan antecedentes para dimensionar el servicio objeto de esta licitación, de manera que los proponentes puedan definir su mejor oferta y los esfuerzos que deberán contemplar en la prestación de los servicios en caso de ser adjudicados. 


9. VIGENCIA DE LAS OFERTAS


Las ofertas tendrán vigencia mínima de 60 días a partir de la fecha de la apertura de la propuesta en el Portal Mercado Público.


10.      ESTUDIO DE LOS ANTECEDENTES


El interesado en formular una oferta, deberá efectuar el estudio completo de los antecedentes, para confeccionar la propuesta y oferta.


11. DOCUMENTOS SOLICITADOS


Todo oferente debe adjuntar a su cotización los siguientes documentos:


En Anexos Administrativos:


Formulario Nº 1: Identificación del Oferente. 
Formulario Nº 2: Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar.
Formulario Nº 3: Declaración Jurada simple de aceptación de condiciones.
En caso de pertenecer a una sociedad copia Legalizada de la escritura de Constitución de la sociedad y sus eventuales modificaciones.
Certificado de vigencia de la misma por el registro de comercio respectivo, con una anterioridad no superior a 60 días de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Documento que acredite Inicio de Actividades, con un rubro y/o giro de producción acorde a la naturaleza de este llamado.
Declaración jurada notarial del representante legal en caso de ser persona natural.


En caso que el Proponente u Oferente tenga ingresados en el portal www.chileproveedores.cl alguno de los antecedentes antes señalados, deberá indicarlo sin necesidad de acompañarlo nuevamente al momento de ingresar su oferta.


En Anexos Técnicos:


Formulario Nº 4 : Ficha técnica productos solicitados (se debe incluir imágenes de producto indicado, plazo de entrega, garantía, servicio post venta, etc.)
Formulario N° 5 : Prestaciones Realizadas por el Oferente en el Rubro.
Certificado conformidad servicios prestados de similares características.


En Anexos Económicos:


Formulario Nº 6: Oferta económica (Neto). 


- La NO presentación de alguno de estos requisitos, se considerará como una oferta fuera de bases, quedando descartada del proceso de evaluación.


- No se aceptaran formatos propios.




12. PRESENTACION DE LA OFERTA
Los precios deberán cotizarse en moneda nacional ($ chileno), valores netos (Sin Impuesto). Considerándose todo lo necesario para dar íntegro y oportuno cumplimiento a las obligaciones que se adquieran.


 12.1      Oferta Administrativa.
 El Proveedor debe completar y adjuntar los Formularios Nº 1, que corresponden a identificación del proveedor y del contacto coordinador de la Adquisición por parte del proveedor, Formulario Nº 2 Declaración jurada simple  referida a que el proveedor no se encuentra afecto a inhabilidades y que no ha sido condenado por prácticas antisindicales, y el Formulario Nº 3,  Declaración Jurada Simple, por aceptación de la condiciones establecidas en las Bases de esta Licitación Pública.


 12.2      Oferta Técnica:
Se deberá anexar de forma Obligatoria a la oferta presentada, todo lo requerido formulario N° 4 ficha técnica del producto, con la salvedad que el Formulario N° 5, los proveedores deben adjuntar  “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados” donde se deben señalar la cantidad de servicios prestados realizados desde el 01 de enero del 2015 a la fecha de cierre de la presente Licitación, el cual se utilizará para acreditar el “comportamiento Contractual anterior”, de los servicios prestados señalados en formularios N° 5, dados por las empresas contratantes, según corresponda.


Nota: El No adjuntar alguno de los formularios señalados en el párrafo anterior a su oferta publicada en el portal www.mercdaopublico.cl, su oferta será rechazada en la apertura electrónica. 




  12.3 Oferta Económica:
El Proponente u Oferente deberá ingresar el valor unitario NETO por prestaciones solicitadas, dicho valor permanecerá fijo y permanente durante el periodo de duración del Contrato de Suministro establecido en estas bases.
A su vez deberá llenar el Formulario Nº 6, “Oferta Económica, donde se detalla el  precio de las prestaciones a realizar 
 El No adjuntar a su oferta este Formulario es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de esta licitación.
 Téngase presente al postular, que para el presupuesto de esta licitación se estima una proyección aproximada de acuerdo a lo descrito en punto n° 13 de las presentes bases de licitación


13. FINANCIAMIENTO
El convenio será financiado con los fondos del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, con un presupuesto total disponible de $60.000.000.- IVA Incluido por un periodo de 36 meses. Donde se debe incluir todos los gastos que involucre cumplir con la ejecución total del presente convenio, tanto como los costos directos e indirectos de la ejecución del contrato.


14. PRESENTACION DE LA OFERTA


14.1 OFERTA ECONOMICA
La cantidad ingresada en el portal por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento será 1, ya el valor a evaluar será lo informado en el Formulario Oferta Económico.
PRODUCTOS EN CONVENIO:


DESCRIPCION DEL ARTICULO Precio Unitario
BASTON : 
CODERA FIJA, DOBLE REGULACION. (Estructura de aluminio de alta resistencia, anodinado, regatón de goma dura antideslizante, codera y mangos fijos de alta resistencia, altura regulable entre 75 y 110 centímetros). 
CODERA MOVIL, DOBLE REGULACION. (Estructura de aluminio de alta resistencia, anodinado, regatón de goma dura antideslizante, codera y mangos fijos de alta resistencia, altura regulable entre 75 y 110 centímetros). 


 
SILLA DE RUEDAS:
 ESTANDAR  (Silla de ruedas estándar de alta resistencia, con apoya brazos desmontable y apoyapiés, marco de TUBO LIVIANO. Plegable. Freno en ambas ruedas. Tapiz lona lavable. Doble cruceta. Con neumáticos macizos. Diámetro rueda trasera 24”, diámetro rueda delantera 8”. Capacidad de carga 120kg.) .
BARIATRICA: ESTRUCTURA DE ALUMINIO, CHASIS PLEGABLE CON DOBLE CRUCETA, CON MODULOS ATORNILLADOS, ANCHO DE ASIENTO 58 CM, CON APOYA BRAZOS Y PIERNAS DESMONTABLES, FRENOS BILATERAL, SOPORTE DE PESO 160KGS.
AMPUTADOS:MISMA ESTRUCTURA CON DOBLE POSICION DE RUEDA PARA MEJORAR DISTRIBUCION DE PESO, CON RUEDA DE GOMA SOLIDA
 
COLCHON ANTIESCARAS INFLABLES CON BOMBIN, QUE  INCLUYA BOMBIN (Colchón de 3 paneles independientes unidos mediante broches. Inflado manual. Incluya funda impermeable, bombín y Kit de reparación. Soporte peso máximo 150kg)  
ANDADOR PLEGABLE SIN RUEDAS  (Marco de aluminio alta resistencia. Pernos de cerradura de resorte para ajuste de altura en cada pata. Plegable. Manillares con espumas suaves para un agarre cómodo y seguro. La altura regulable entre 77 y 93 cm (8 niveles). Dimensiones: Ancho 57 cm, profundidad 47 cm, altura entre 78 y 92. Peso: 2,5 kg.)
ANDADOR DE PASEO (4 RUEDAS Y CANASTA) : ESTRUCTURA TUBULAR EN ALUMINIO O ACERO RECUBIERTO, CON SISTEMA REGULABLE DE ALTURA, CON MEDIO DE FIJACION SEGURA , MANIPULABLE SIN HERRAMIENTAS CON 4 RUEDAS , ASIENTO ACOLCHADO LAVABLE, BAUL DESMONATABLE, DE ALTURA ENTE 78 CMS Y 93 CM.  
COJINES ANTIESCARAS de celdas de aire de 46 cm x 50 cm, que incluya bombín manual  y funda impermeable.)  




Se deben ingresar el detalle de los artículos solicitados, en montos netos y brutos, específicamente en formulario Nº 6 “Oferta Económica”.


No es necesario postular a todos los productos, ya que cada producto, se adjudicará de manera independiente, siendo una línea independiente. 


14.2 OFERTA TECNICA


Toda la “Propuesta Técnica”, debe ceñirse a las especificaciones requeridas. 


La demanda estimada anual por producto indicado será la siguiente.


Ortesis Cantidad Estimada Anual
Bastones CODERA FIJA
BASTONES CODERA MOVIL        60
60
ANDADORES FIJOS
ANDADORES DE PASEO 33
22
Sillas RUEDAS STANDARD
SILLA BARIATRICA
SILLA AMPUTADOS 57
2
2
Colchones ANTIESCARAS 50
Cojines ANTIESCARAS 13


NOTA: Cabe señalar que la totalidad de productos que se solicitarán por el presente convenio deben ser entregados en dependencias del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento específicamente en las bodegas destinadas para el resguardo de ello.
15. GARANTIAS 


15.1 GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA.


La garantía de seriedad de oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y el contenido de las ofertas de los procesos de compras, como así mismo el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente su condición de tal.
Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo oferente en un banco comercial, con las siguientes características:
Tipo Documento Cualquier instrumento bancario que cuente con las características de irrevocable y pagadero a la vista.
Beneficiario Hospital Familiar y Comunitario de  Nacimiento, Rut. 61.602.220-2
Pagadera A la vista. 
Carácter Irrevocable.
Cobro A primer requerimiento.
Vigencia 60 días  contados de la fecha de cierre de la licitación.
Expresado en Pesos Chilenos.
Monto $500.000.- (Quinientos mil pesos chilenos)
Lugar de entrega En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento en un sobre cerrado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente
Fecha de Entrega Hasta el día del cierre de la licitación Pública. En horario de oficina. (Lunes a Jueves hasta las 17:00 hrs. y viernes hasta las 16:00 hrs.)
Glosa “Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación Pública “CONVENIO DE SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y/O ORTESIS PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO”. ID N 1057415-25-LE20
Forma y oportunidad de su restitución. Respecto de los oferentes no adjudicados, les será devuelta a contar del día subsiguiente a la fecha de total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la boleta de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.


15.2 GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO


El oferente adjudicado deberá presentar, una boleta de Garantía para garantizar el fiel cumplimiento de Ejecución del contrato y el pago de cualquier obligación derivada del mismo, así como el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, mediante una garantía. 


Tipo Documento Boleta Bancaria de Garantía, vale vista, certificado de fianza, etc. (Cualquiera que sea pagadera a la vista e irrevocable) 
Beneficiario Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, Rut. 61.602.220-2
Pagadera A la vista
Carácter Irrevocable
Cobro A primer requerimiento
Vigencia 42 Meses días corridos contados de la fecha de emisión de resolución de adjudicación
Expresado en Pesos Chilenos
Monto 5 % del valor total adjudicado, calculado por el precio de ítem adjudicado y la cantidad estimada de ese ítem, para la totalidad del convenio. 
Lugar de entrega En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento. en un sobre cerrado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente
Fecha de Entrega Hasta el quinto día, después de haber sido adjudicado.
Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de ejecución de la obra  CONVENIO DE SUMINISTRO AYUDAS TECNICAS Y/O ORTESIS PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO”. ID N° 1057415-25-LE20
Forma y oportunidad de su restitución. Respecto de la devolución, será realizada por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento con posterioridad al término normal del contrato “sin observaciones”. Se procederá a devolver la Boleta Bancaria de Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, una vez concluida la vigencia de documento, solicitada a requerimiento escrito del Proveedor Adjudicado a Jefe de Unidad de Abastecimiento del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.


Entiéndase el concepto a la vista, significa que es reclamable en cualquier momento sin necesidad de preaviso, con su sola presentación, sin cuestionamientos. Es un documento sin vencimiento específico que el librado debe pagar cuando se le presente (es decir, inmediatamente). Se debe Pagar con la sola presentación del Documento, sin que se notifique al Proveedor o aseguradora o pase por un proceso de validación o liquidación.
Entiéndase el concepto de Irrevocable,  significa que no se puede revocar, que es inapelable. Por lo que el documento no puede ser dejado sin efecto o anularse.
En caso de aumento del plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía o cambiarla por otra con mayor vencimiento con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva esta garantía en caso de Incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. 


Esta garantía no podrá hacerse extensiva a otro contrato ni la de otro contrato extensivo a éste. No se aceptarán garantías tomadas por un tercero. 
Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por la vía administrativa por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
Sí el (los) adjudicatario(s) no cumplen con la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en el plazo indicado, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá poner término anticipado al contrato y adjudicar la licitación a otro de los oferentes o llamar a una nueva licitación. En los casos anteriores, el Hospital hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta o la Garantía de Fiel Cumplimiento, según corresponda, quedando este valor a beneficio de la Institución Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. 
Lo anterior sin perjuicio alguno de las acciones que el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.


En caso de cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá reponer la Garantía de Fiel Cumplimiento por igual monto y por el plazo que reste a la vigencia de la garantía hecha efectiva, dentro de los 5 días corridos siguientes contados desde su cobro, se pondrá término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.


             15.3 CASOS EN QUE SE PUEDE HACER EFECTIVA LA GARANTIA. 
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento en los siguientes casos: 
Si el (los) adjudicatario(s) se desiste de su oferta. En este caso se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta o de Fiel Cumplimiento de Contrato según corresponda. 
  El cambio de las condiciones materia de la oferta, durante la vigencia del Contrato, sin la aceptación previa por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
  Sí la vigencia de la garantía estuviera a menos de 15 días corridos de su vencimiento, para evitar su caducidad 
  La quiebra o el estado de notoria insolvencia de él (los) adjudicatario(s) a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
  Si los representantes o el personal de los adjudicatarios no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión.
  En caso de incumplimiento de la obligación señalada en el inciso final del numeral relativo a la garantía de responsabilidad civil por daños a terceros.
  En caso de incurrir el adjudicatario en cualquier infracción al objeto del contrato, a los deberes y obligaciones derivados de este.


           15.4   ERRORES EN DOCUMENTO DE GARANTIA


Si los documentos de garantía presentasen errores en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el oferente podrá presentar en un plazo no superior a 48 horas de haber sido notificado, un nuevo documento correctamente emitido, si no se hiciese este canje la oferta quedará fuera de bases. Sobre otro tipo de errores o incumplimiento del plazo, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se reserva el derecho de rechazar o no la oferta.












16. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS


Los Medios para acreditar a los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA, a través del Formulario Nº 2 “Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar”, siempre y cuando dicha información no se encuentre subida en el registro oficial de proveedores del estado www.chileproveedores”.


16.1      DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES


Según lo señala la Modificación al Art. 4 de la Ley 20285 Compras Publicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años.


Los procedimientos a seguir son los siguientes:


Para este caso la empresa deberá destinar los primeros pagos de sus prestaciones de Servicios a regularizar dichas Obligaciones (Saldos Insolutos).


Las Empresas deberán acreditar que no tienen obligaciones Laborales y previsionales pendientes a la mitad de la duración del contrato, mediante la presentación de los certificados o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, y, en su caso, con los dependientes de su subcontratista, si es que se permite la subcontratación, quedando facultado, en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados.


El Hospital Familiar y Comunitario exigirá que empresa proceda a los pagos y le presente comprobantes y planillas. , cada vez que se proceda al pago, como señala en la cláusula Anterior.


17. ACLARACIONES Y CONSULTAS A LAS BASES 


Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación, ingresándolas en el Foro de la Licitación, del sitio www.mercadopublico.cl, dentro del período fijado a la presente licitación y que se encuentra publicado en el portal. 
El Hospital Familiar Comunitario de Nacimiento, por su propia iniciativa o en respuesta a una consulta o solicitud de aclaración planteada por algún oferente, podrá modificar, rectificar o adicionar de oficio las Bases de Licitación y sus documentos complementarios, mediante Aclaraciones. 
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento responderá las consultas y hará las aclaraciones a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del período fijado, conforme se señala en el portal. Dichas respuestas y aclaraciones.
No obstante, dependiendo del número de preguntas, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá mediante Resolución, modificar el plazo, en cuyo caso se extenderá en igual número de días, la fecha de cierre de ofertas


Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, se estima que los antecedentes presentados por alguno de los oferentes debe ser aclarado o complementado siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso, ya que estas preguntas y respuestas realizadas forman parte integra de las bases administrativas.




18. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS


La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante todo el proceso de licitación, incluso, en el acto mediante el cual este se decide. No obstante el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se reserva el derecho de adjudicar o declarar inadmisible total o parcialmente, cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las bases.


En ningún caso el oferente tendrá derecho a indemnización alguna. 


Se deciden inadmisibles:


Las ofertas extemporáneas, presentadas fuera de plazo.
Las ofertas que no hubieran dado cumplimiento a las exigencias que establecen las bases (requisitos administrativos y técnicos).


La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.
Dichas declaraciones deberán efectuarse por Resolución Exenta que así lo disponga.
18.1 OTRAS CAUSALES DE INADMISIBILIDAD


Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:
a) Que un proveedor haga ofrecimientos adicionales a los requeridos en este proceso de compra pública;
b) Cuando el proveedor por cualquier medio de a conocer al Hospital su oferta económica antes de la apertura de las ofertas.
c) Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso de adquisición de un contrato; y por práctica fraudulenta, la tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo prácticas colusorias entre oferentes a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos y privando al Hospital de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos.
Cuando la información que entregue el oferente no conste en los documentos y/o campos dispuestos para tales efectos, producto de lo cual le sea imposible al Hospital conocerlos


19. MODIFICACIÓN A LAS BASES


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá modificar los documentos de la Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de Preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas. 


Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a través de otro documento denominado “Modificación o Aclaración a las bases”. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.


19.1.  PROHIBICIÓN DEL OFERENTE DE MODIFICAR LAS BASES


El Hospital no admitirá modificaciones a los documentos y/o formularios, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio.
20. COMISIÓN EVALUADORA


Las ofertas validadas administrativa y técnicamente, serán sometidas a un proceso de análisis comparativo, a cargo de una Comisión Evaluadora, integrada por:


Encargado sala de kinesiología, o quién Subrogue.
Jefe de laboratorio, o quién Subrogue.
Representante unidad de Abastecimiento del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento o quien la subrogue


El acto de apertura estará circunscrito sólo a la recepción y verificación de la existencia de los antecedentes exigidos de acuerdo a las formalidades y contenidos establecidas en las bases de la licitación. De esta forma corresponderá a la comisión el análisis y la evaluación de los antecedentes recibidos en un proceso posterior al acto de apertura. 
La referida comisión estudiará y evaluará los antecedentes de las ofertas y elaborará un informe comparativo y evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.


La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de proponer el rechazo de algunas o todas las ofertas, sólo cuando técnicamente se demuestre su inconveniencia. 
Si producto de la verificación, en el transcurso de la apertura, surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, la comisión tendrá la facultad para establecer y aplicar en el proceso de Apertura, los criterios que permitan dirimir dicha controversia. 
El Acta de Apertura deberá contener todos los datos necesarios para individualizar a los oferentes, las ofertas, plazos, etc., dejando constancia de las observaciones o reclamos de los interesados, firmada por los integrantes de la comisión.


21. CRITERIOS DE EVALUACION
El detalle de las variables a evaluar y su respectiva ponderación, se muestra a continuación: 
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
OFERTA ECONOMICA 35
CALIDAD TÉCNICA DEL PRODUCTO 25
PLAZO  DE ENTREGA 20
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 10
INCLUSION 5
CUMPLIMIENTO FORMAL OFERTA 5
PUNTAJE FINAL 100%
22.1 OFERTA ECONÓMICA (35%)
Fundamento (RAZÓN MATEMÁTICA) Puntaje
Oferta mínima (que cumpla requisitos) 100
Las otras ofertas se trabajan bajo la siguiente razón matemática. Oferta mínima x 100
Oferta evaluada
Observación: Se utilizará la fórmula matemática, la cual comparará las ofertas recibidas y asignará un puntaje entre 0 y 100 puntos (100 pts. la menor oferta que se enmarque dentro del presupuesto referencial).
 22.2 CALIDAD TÉCNICA DEL PRODUCTO (25%)
 
Escala De Evaluación Puntaje
Propuesta Técnica “Cumple” con el 100% de lo solicitado en las bases, específicamente en las características exigidas en el Formulario N°4, presenta un tiempo de reposición de los productos menor a 5 días hábiles es caso de falla y garantiza los productos por un periodo mayor a 12 meses. 100
Propuesta Técnica “Cumple” con el 100% de lo solicitado en las bases, específicamente en las características exigidas en el Formulario N°4,  presenta un tiempo de reposición de los productos mayor o igual a 5 días y menor a 10 días hábiles es caso de falla  y garantiza los productos por un periodo mayor o igual a 6   meses y menor o igual a 12. 70
Propuesta Técnica “No Cumple”  con el 100% de lo solicitado en las bases, específicamente en las características exigidas en el Formulario N°4  y presenta un tiempo de reposición de los productos mayor o igual a 10 días hábiles es caso de falla  y garantiza los productos por un periodo menor a 6   meses. 40
No Informa 0
Observación: Se considerará todo lo ingresado en Formulario N°4: Ficha Técnica del producto además de informar en el mismo el tiempo de Servicio Post Venta, que será el tiempo que tendrá el proveedor en caso de requerirse cambiar algún producto, ya sea por falla o por que no cumple con las características comprometidas. 
22.3 TIEMPOS DE ENTREGA (20%)
Fundamento Puntaje
Menor o igual a 5 Días Corridos 100
Entre 06 y 10 Días Corridos 50
Más de 10 días Corridos 10
No informa/No indica claramente 0
Observación: Se considerará todo lo ingresado en Formulario N°4: Ficha Técnica del producto
22.4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (10%)


Fundamento (Escala de Evaluación) Puntaje
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de más de 15 servicios prestados señalados en el Formulario N° 5  (según corresponda), a través de Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 100
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 10 y 14  servicios prestados señalados en el Formulario N° 5 (según corresponda), a través de un Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 80
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 5 a 9 servicios prestados señalados en el  Formulario N° 5 (según corresponda), a través de un Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 60
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 1 a 4 servicios prestados señalados en el Formulario N° 5 (según corresponda), a través de un Certificado de Conformidad de Servicio Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 45
El Oferente no Adjunta ningún Certificado de conformidad de los Servicios Prestados. 0


Para que los certificados sean considerados y contabilizados, como criterio de evaluación se deberá utilizar el formato “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados “elaborado por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, el cual se encuentra adjunto a esta licitación, por lo tanto, el oferente deberá adjuntarlo timbrado o firmado por el encargado del contrato o representante legal de Institución o Empresa donde presto o presta los Servicios, por cada uno de los servicios  señalados en formulario N° 4 (según corresponda), desde el año 2015 a la fecha.


Cualquier falsedad de la información entregada, que se compruebe durante el periodo de evaluación de ofertas o bien después de su adjudicación, será causa de término anticipado del contrato y cobro de las garantías si existiesen.


22.5 INCLUSIÓN (5%)
Criterios de Evaluación inclusivos, relativos a Personas con capacidades diferentes, mental, sensorial o física, o bien Calidad Indígena (Minorías Étnicas)


A Personas con Discapacidad Física, sensorial, (Visión y Audición), o mental (Intelectual o Psíquica) (60%)


Fundamento Puntaje
Acredita contratado al menos un trabajador con Capacidades Diferentes (siendo dueño o trabajador) 100 pts.
No Acredita 0 pts.


Si es el Trabajador el cual cuenta con discapacidad Deberá ser acreditado con alguno de   los siguientes Documentos: Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por el COMPIN y además deberá adjuntar el respectivo Contrato de trabajo que lo vincula con la empresa.


Para el caso que el Discapacitado es el Oferente y/o el Dueño de la empresa, solo Deberá ser acreditado con un Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Servicio de Registro Civil e Identificación o Certificado emitido por el COMPIN. 


Todo  lo mencionado en los párrafos anteriores se deberá anexarlos a su oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl 
Estas Condiciones deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución del contrato de adquisición. 
El Hospital de Nacimiento podrá solicitar en cualquier momento  la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado. 
Al puntaje obtenido, se le aplicará una ponderación del 60%, lo cual arrojará el puntaje final obtenido para este Subcriterio. 


B Pueblos Originarios (Minorías Étnicas) (40%)
Fundamento Puntaje
Acredita a lo menos una persona con Nacionalidad Chilena y pertenece a Culturas Indígenas reconocidas por la Ley, (Siendo Dueño o Trabajador) 100 pts.
No Acredita 0 pts.


Si es el Trabajador su origen étnico de Culturas Indígenas reconocidas por Ley, deberá ser acreditado con un Certificado de calidad indígena emitido por CONADI y además deberá adjuntar el respectivo Contrato de trabajo que lo vincula con la empresa. 
Para el caso que el Oferente y/o el Dueño de la empresa, su origen étnico de Culturas indígenas reconocidas por ley, solo deberá ser acreditado con un Certificado de Calidad indígena emitido por CONADI.


Todo lo mencionado en los párrafos anteriores se deberá anexarlos a su oferta generada a través del portal www.mercadopublico.l 


Estas condiciones deberán perdurar todo el tiempo de la ejecución del contrato de  adquisición.
El Hospital de Nacimiento podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.
Al puntaje obtenido, se le aplicará una ponderación del 40% lo cual arrojara el puntaje final obtenido para este subcriterio.
Al puntaje obtenido, se le aplicará una ponderación del 5%, lo cual arrojará el puntaje final obtenido para este criterio. 


22.5 CUMPLIMIENTO REQUISITOS DE OFERTA (5%)
Cumplimiento de los Requisitos formales de la oferta Puntajes
Cumple con todos los requisitos solicitados en antecedentes anexos administrativos. 100
Proveedor cumple con parte de los requisitos solicitados en antecedentes anexos administrativos.          50
Proveedor no cumple con los requisitos solicitados en antecedentes anexos administrativos. 0
23.        RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de prevalencia:
a)   En primer lugar, se adjudicará al proveedor con la mejor oferta económica y si se mantiene la igualdad,
b)    Se adjudicara al proveedor mejor evaluado en el criterio calidad técnica del producto  y si se mantiene la igualdad,
c)    Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio  plazo de entrega y si se mantiene la igualdad,
d)    Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio comportamiento contractual anterior  y si se mantiene la igualdad,
e)    Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio inclusión y si se mantiene la igualdad,


f) Se adjudica al proveedor con mejor criterio de cumplimiento formal de oferta. 


 En caso de que la igualdad se mantenga, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento procederá a adjudicar al proveedor que haya ingresado primero su oferta al sistema de información Mercado Publico.


24.   PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES


Se aceptarán documentos o antecedentes no esenciales, de carácter administrativo, que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de ingresar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl


La forma para presentar documentos será a través de la aclaración de ofertas durante el proceso de evaluación, dicha elevación de documento no podrá pasar o exceder de 24 hrs. después de solicitada la aclaración.


Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor obtendrá un puntaje cero en el criterio “cumplimiento de los requisitos de las ofertas”.


Si los documentos solicitados no llegan en el plazo señalado, a favor del cumplimiento de los plazos de la licitación se dejarán fuera del proceso.


La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del “Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos” según corresponda, al resto de los oferentes. 
Dichos antecedentes deberán ser enviados a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de los 5 días corridos siguientes a la notificación de la solicitud. Si el oferente no entrega los antecedentes solicitados en el plazo señalado, se entenderá que ha desistido de su oferta y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva su garantía de seriedad de la misma. 
De esta solicitud se comunicará a los demás oferentes en el sitio correspondiente.
25.    DE LA ADJUDICACIÓN


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, declararla desierta, revocar o adjudicar solo algún ítem o aceptar cualquiera de ellas si lo estima conveniente, sin o con  expresión de causa y sin que los proponentes pueden pretender indemnización alguna por este hecho, o de adjudicar la Propuesta que mejor convenga a nuestros intereses, aunque esta no sea la de menor valor., pero que haya obtenido el mejor puntaje en la presente licitación pública de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.


Para la adjudicación, se analizarán los antecedentes técnicos y económicos entregados por las empresas que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.  


En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de orden de compra.


La Comisión que evaluará las Propuestas, será la Comisión de Apertura y Adjudicación de la Propuesta.


Una vez firmada la Resolución de Adjudicación por parte del Director del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se procederá a subir los antecedentes al portal electrónico www.mercadopublico.cl.


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, declarará "Licitación Revocada" en casos muy especiales (vicios o defectos de las propuestas, propuestas fuera de términos de referencia, fuera de presupuesto, negación a la firma de contrato por oferente adjudicado u otras razones que estime el Mandante), el Mandante podrá desestimar todas las propuestas presentadas y proceder a anular la licitación, ésta decisión será con el debido fundamento técnico. Posteriormente, tal decisión será comunicada a los oferentes. Se declarará "Licitación Desierta", en el caso que no se hayan presentado ofertas. En esta situación el Mandante procederá a efectuar una nueva licitación. 






25.1 MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN


La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes:


No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.


En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.


25.2    MODIFICACION DE LA CANTIDAD ADJUDICADA.
 El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá aumentar o disminuir la cantidad adjudicada hasta en un 30%, por lo cual el proveedor deberá respetar la oferta económica adjudicada.


26 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN


El mecanismo será el siguiente:
El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo no superior a 48 horas, posterior a  fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico; mauro.muñoz@ssbiobio.cll, después de esta fecha  el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas
27 READJUDICACIÓN


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de readjudicar la Licitación Pública cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado antes del inicio de las actividades o durante el transcurso del contrato y si el proveedor desiste por motivos de fuerza mayor de su oferta. Además si existe un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas el cual sea conocido antes de la entrega del producto o servicio, también se aplicará esta cláusula.


En caso de que la Orden de Compra ya hubiese sido aceptada por el proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl, éste deberá cancelar la Orden de Compra atendiendo a la declaración jurada simple de aceptación de condiciones (formulario Nº 3), previa notificación por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. 


En caso que el adjudicado en primer lugar no cumpla con plazo de entrega, exista problema de cubrir con servicio solicitado o no acepte la orden de compra dentro de las 24 horas siguientes a la adjudicación se podrá readjudicar o contratar al siguiente proveedor mejor calificado.


La declaración de re adjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación. 


28 RESERVA DE LA INSTITUCION
 El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta según el artículo 9 de la Ley 19.886, podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, en todos los casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal mercadopublico.cl.


28.1.   DESERCIÓN
 El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de éste Servicio. 
En el evento de rechazarse todas las propuestas se procederá a declarar desierto o nulo el proceso según proceda, notificando de ello a los participantes mediante publicación efectuada en el sitio http://www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los participantes de licitación.


28.2.   REVOCACIÓN
 Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “Desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. 
  28.3.   SUSPENSIÓN
 Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Publica u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación.
    28.4   FUERZA MAYOR


No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de Trabajo o de otra causal de fuerza mayor.


Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.


Si una u otra Parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra Parte por escrito, en un plazo no superior a diez (10) días desde iniciada la causa de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el Contrato u Orden de Compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la otra Parte, dentro del plazo de cinco (S) días desde que haya sido notificada.


29. DEL CONTRATO


Se generara Contrato el que se firmara por ambas partes, posterior a la adjudicación de la respectiva licitación y una vez recibida la correspondiente boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El Oferente deberá ceñirse estrictamente a las Especificaciones Técnicas entregadas. El Oferente debe cumplir la totalidad de lo Contratado, sin derecho a indemnización de ningún tipo por imprevistos que surjan en cualquier etapa del trabajo.
El Oferente asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, dentro de lo establecido en los antecedentes entregados por el Mandante, como también los daños y perjuicios a terceros.
 Serán de cuenta del Oferente:
a)            Los gastos que demande la obtención de garantías estipuladas en estas Bases.
b)            El cumplimiento de las Leyes Sociales, accidentes de trabajo, etc.
c)            Los gastos notariales por concepto de firma de contrato, notarialmente.
En el evento que el Contrato no se firme en el plazo de 30 días corridos desde la notificación de la Adjudicación, que es el plazo para que se firme contrato, por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, podrá readjudicar la licitación al Oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o declarar desierta la licitación.


29.1    INICIO DEL  CONTRATO 


Será a partir de la fecha de adjudicación de la Licitación, generándose las órdenes de compras correspondientes, pero con la salvedad que el pago de estos servicios deberá realizarse posterior a la firma y Publicación de la Resolución Exenta que aprueba el Contrato en el portal www.mercadopublico.cl.-
29.2 CUMPLIMIENTO DE LEYES, DECRETOS Y REGLAMENTOS 
Para todos los efectos legales, el contrato se considerará celebrado en la comuna de Nacimiento, y se regirá en todos sus aspectos por las presentes bases y por la legislación chilena vigente al momento de su celebración. 
El adjudicatario deberá cumplir con todas las Leyes, Decretos y reglamentos vigentes a la fecha de celebración del contrato y con todos aquellos que se dicten durante su vigencia, cuando corresponda. De igual manera, deberá pagar todos los derechos, tributos, impuestos, tasas y otros gravámenes que dichas leyes, decretos o reglamentos establezcan.
 29.3 PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO 
El presente  Contrato  tendrá una duración de 36 meses y entrara en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo adjudica,  a contar de esta fecha  y se extenderá o prorrogará por un máximo de 6 meses por eventuales atrasos  en el llamado o publicación de una nueva licitación. Generándose las respectivas órdenes de compra correspondiente, pero con la salvedad que el pago de estas,  deberá realizarse posterior a la firma y publicación de la Resolución Exenta que aprueba el contrato de suministro en el portal www.mercadopublico.cl 
Se podrá poner terminó al contrato bajo la manifestación de uno de los contratantes, comunicando esta decisión mediante carta certificada enviada a lo menos con  60 días de anticipación  a la fecha de expiración del periodo.
29.4       VIGENCIA DE LOS PRECIOS 
Los precios ofertados por el proveedor adjudicado tendrán una vigencia de 12 meses desde el inicio del convenio de suministro, contado éste desde la firma de la Resolución de Adjudicación.
Se deja establecido que los precios de este convenio podrán ser reajustados al término del primer periodo de vigencia (12 meses), siempre y cuando la empresa lo haya solicitado a través de documento o carta con un mes de anticipación.   Valores que serán revisados por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, si se aprueba el reajuste de precio, se dictara documento formal (Resolución Exenta) el cual se adjuntara a la licitación pública realizada a través del portal www.mercadopublico.cl, si se rechaza reajuste de precio, el proveedor deberá presentar otra propuesta de reajuste o bien evaluar el término del contrato.
Si no se presenta la carta de solicitud de reajuste de precio por lo menos con un mes de anticipación, se considerara que los precios permanecerán inmóviles por un nuevo periodo de 12 meses
29.5      INCORPORACION DE ARTICULOS AL CONTRATO
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de incorporar nuevos artículos, productos y/o servicios asociados al rubro del proveedor, que no hayan sido considerados al momento de subir la propuesta al portal Chile Compra, para lo cual antes de la emisión de la orden de compra se solicitara a proveedor adjudicado una cotización, debiendo mantener el precio del producto mientras dure el presente convenio.
           29.6     MODIFICACIÓN DEL CONTRATO


Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas, dichas modificaciones corresponderán al aumento o disminución de cantidades o bien a la incorporación de bienes o servicios asociados o de similares características. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste, esta modificación se formalizará  mediante resolución fundada, dentro de las 24 hrs siguientes a su dictación.


          29.7     ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
 El Administrador de este contrato será el encargado sala de kinesiología, quien se comunicara con el proveedor adjudicado, para solicitar la Información necesaria que respalde los servicios prestados y velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuar como interlocutor entre las partes, siendo sus funciones y responsabilidades las siguientes:


1. Supervisar, Coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del convenio y de todos los aspectos considerados en estas bases.


2. Fiscalizar que la ejecución del convenio se ciña estrictamente a lo indicado en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación


3. Velar por el correcto desarrollo del convenio, informando mediante oficio a la Unidad de abastecimiento del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento en caso de que deban aplicarse multas.


4. Dar visto bueno y generar Acta de Recepción Conforme de los Servicios Prestados.


5. Las demás que le encomiende las presentes Bases.


6. Mantener un permanente control sobre la ejecución del convenio, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.


30. AMONESTACION: 


Los proveedores serán sancionados con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos: 


Cuando por desistimiento de ofertas u adjudicación y no existen garantías en el respectivo proceso. 
Dicha amonestación será notificada al proveedor a través de ordinario emitido por el Director del establecimiento, donde señala el incumplimiento y a su vez dicho ordinario será subido a la ficha de www.chileproveedores.cl.


31. MULTAS 


Cada vez que el proveedor incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá aplicar administrativamente cobrar multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el proveedor en forma escrita,  ante el Administrador del Contrato o Contraparte Técnica del Hospital


Causal Multa
Día de atraso en la llegada de los productos, con respecto al plazo adjudicado por el proveedor, comprometido en el Formulario N° 4. Dicho plazo contará desde la emisión de la orden de compra. Se cobrará 3% del total del valor de los productos faltantes, por cada día de atraso, según tiempo adjudicado por el proveedor. 
En caso de detectarse fallas en los productos, el proveedor tendrá la obligación de cumplir con la reposición en el tiempo comprometido en el Formulario N°4 para reponer dichos productos servicio post venta. Se cobrará 3% del total del valor de los productos con fallas, por cada día de atraso, luego de los días comprometidos en el formulario N°4 de las presentes Bases de licitación, estipulados como plazo máximo para que el proveedor reponga dichos productos. 


El proveedor cambia tipo o calidad de los productos adjudicados de manera unilateral sin previo aviso, ni coordinación con la institución.
Se cobrará 5% del total del valor de los productos que no corresponden, por cada partida de productos. Dicha falta será causal de revisión del convenio por parte de referente técnico, pudiendo incluso llevar a determinar el término anticipado del convenio. 
El proveedor no cumple con las cantidades solicitadas y plazos comprometidos en la oferta por el proveedor. Se cobrará 5% por día de atraso, del total del valor de los productos que no se recepcionaron en las fechas estipuladas, de acuerdo a lo adjudicado en el convenio. 




31.1.   PROCEDIMIENTO DE INCUMPLIMIENTO Y  APLICACIÓN DE LA MULTA


Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación  de multas, por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se procederá a informar por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos,  el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento,  dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al proveedor adjudicado y Sí dicha resolución determina la aplicación de multa dicha resolución deberá ser subida a la ficha de www.chileproveedores.cl.


La base numérica para calcular los días de atraso en la entrega de productos por parte del proveedor serán, la fecha de entrega comprometida y la fecha del registro de la oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.


Cobro de la multa: Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital deba efectuar al proveedor adjudicado en la factura única correspondiente a la orden de compra y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se les cobrara directamente. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta al Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, para hacer efectivo el cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento, los montos serán ingresados al presupuestó de dicho establecimiento hospitalario.


El cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento se Notificará al proveedor a través de Resolución Exenta por carta certificada y a su vez deberá ser subida a la ficha del portal www.chileproveedores.cl. Además se deberá informar mediante Oficio (Ordinario) a la Dirección de Compras Públicas el incumplimiento, bajo el concepción de Reclamo, y por último se procederá a dar  termino al contrato cuando la cantidad de multas cobradas tenga el carácter de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante señaladas en la causal prevista en el literal b) del punto 35 de las bases, pudiendo cancelar la Compra, y/o re adjudicar al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o desertar la línea o líneas adjudicadas en su caso.  


Será Obligación del proveedor Adjudicado, renovar la Boleta que Garantiza el fiel y oportuno cumplimentó del  contrato, por el monto y vigencia originalmente establecido en las respectivas bases, toda vez que se incumpla cualquiera obligación del contrato, especialmente aquellas en que se apliquen multas por atraso en la entrega de los servicios.


Recursos: En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el o los Incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de la garantía de fiel cumplimiento, término anticipado del contrato o la adopción de otras medidas; procederán los recursos dispuestos en la Ley N 19.880, sobre Procedimientos Administrativos.


Procedimiento de Reposición: el adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificada la resolución que le impone la multa para responder fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. El jefe superior del SS.BB. o quien lo subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición y será notificado al proveedor a través de carta certificada.
   
32.   ENCARGADO Y REFERENTE TECNICO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO.
Encargado sala de kinesiología Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento o quien subrogue 
33.     FACTURACION, RECEPCION Y PAGO.
El precio convenido será pagado por el Tesorería General de la Republica, sin embargo su documentación y validación será gestionado por el Hospital familiar y Comunitario Nacimiento de la forma siguiente: previa emisión de solicitud de adquisición a través del panel de documentos por  referente técnico o requiriente y autorizada por la Dirección  del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, para luego proceder a generar  la respectiva orden de compra, al precio adjudicado.


Una vez generada la Orden de Compra en el sistema, el proveedor adjudicado deberá aceptarla o rechazarla dentro de un plazo de 24 horas. Además deberá llevar acabo el despacho de los productos mediante documento tributario electrónico “Guía de Despacho”. Posterior a la recepción de los productos y/o ejecución de los Servicios en el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, el proveedor podrá emitir su factura, nunca antes de la emisión de la Orden de Compra, la cual será aceptada o rechazada según corresponda dentro de las 192 horas desde su publicación en sistema de información de facturación.


Dicha factura deberá ser emitida bajo las condiciones, de ser  creada en formato XML e indicar la Orden de Compra en el campo 801,     seleccionando la forma de pago a “crédito” y enviar el archivo  a la casilla de intercambio:  dipresrecepcion@custodium.com. De NO cumplir con lo recién expuesto, dicha factura será rechazada automáticamente, por el Sistema de Información del Hospital.


La factura será cancelada dentro de los 30 días siguientes a la correcta publicación de dicho documento tributario electrónico y el pago se ejecutará por la Tesorería General de la Republica. 


34. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO
Serán obligaciones del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, entre otras las siguientes: 
  a. Determinar las condiciones de uso de los servicios requeridos. 
  b. Fiscalizar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista, en virtud de la presente licitación. 
  c. Realizar el pago oportuno de las respectivas facturas o boletas, por los servicios prestados. 




35. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:


Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. (Se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes el contrato, fijándose en dicho acuerdo las condiciones del término del mismo. Si hubiera acreedores prendarios del contrato, se requerirá el consentimiento expreso de todos ellos manifestado por escritura pública.)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el Administrador del contrato.


Se entiende como incumplimiento grave el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según lo estipulado en las bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.


Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.


Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.


Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional


Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante carta certificada enviada al domicilio de la otra parte con una anticipación mínima de 60 días a la fecha de término deseada.


La no entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las presentes bases.
Si los representantes o el personal de los proveedores adjudicados no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión.




En el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.


En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho a aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b) de la ley 19.886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del Reglamento de la citada ley, o llamar a una nueva licitación pública para proveer el servicio.


El término anticipado del contrato no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento para readjudicar al segundo Proveedor o Postulante mejor evaluado.


36. DOMICILIO DE LAS PARTES 
Las partes fijan su domicilio en la Comuna de Nacimiento, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia o del Tribunal de Contrataciones Públicas, según corresponda


37.       RESERVA DE LA INSTITUCION


Quedar liberado de toda responsabilidad por daños a terceros que se produjesen con motivo del cumplimiento de la oferta, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del oferente.
Poder rechazar todas las ofertas o aceptar aquella que mas convenga a los intereses de la institución aunque no fuere la de menor valor.
Anular la respectiva orden de compra emitida por el incumplimiento injustificado en los plazos de realización, por desistir el proveedor o por otros motivos que se deberán fundamentar en su oportunidad.
Aumentar o disminuir la cantidad de servicios solicitados.
Declarar inadmisible las ofertas, en caso de que ninguna de las alternativas ofertadas cumplan con los requerimientos establecidos en los términos de referencia y declarar desierta la licitación simplificada cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las bases se consideran condiciones mínimas, no obstante lo cual, será materia de la Oferta, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en la Propuesta, al igual que otras modalidades tales como descuentos, precios convenientes y ofertas especiales respecto de los ítems ofertados por los Proponentes, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para el Hospital  Familiar y Comunitario de Nacimiento.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de admitir aquellas Ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los Oferentes en la correcta evaluación de la Propuesta.
Las presentes condiciones, prevalecerán sobre cualquier discrepancia y otra información.


38.    NORMATIVA LEGAL PRINCIPIO DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA
LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS
1. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
3. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para terceros  
4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
6. Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga.
7. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto innecesario a la institución.


39.    NORMATIVA LEGAL. INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.


“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)


En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos  de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.


El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)


Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.


Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.


El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.






Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos  administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, d.o 05.01.2006)


Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.


Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda. 


Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder
Judicial, a su Comisión de Ética. 


NOTA: El artículo 2º Transitorio de la LEY 20088, publicada el 05.01.2006, modificatoria de la presente norma, dispone que las modificaciones que introduce a ésta, entrarán en vigencia noventa días después de la publicación del Reglamento que establecerá los requisitos de las declaraciones de patrimonio, según lo dispone el artículo 1º Transitorio de la citada Ley. Dicho reglamento se encuentra contenido en el DTO 45, Secretaría General de la Presidencia, publicado el 22.03.2006.”.