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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA
“CONVENIO DE DESRATIZACION, DESINSECTACION Y DESINFECCION PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN”
BASES ADMINISTRATIVAS
1. DESCRIPCIÓN
Las presentes Bases, establecen las disposiciones que regirán la Propuesta Publica, para la realización de CONVENIO DE DESRATIZACION, DESINSECTACION Y DESINFECCION PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN.
2. OBJETIVOS:
Contar con un convenio Servicio de Desratización, Desinsectación y Desinfección para dependencias del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, Cecosf Lautaro y Cecosf Julio Hemmelmann
3. REQUISITOS PARA OFERTAR
3.1 Los Proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl para acreditar que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886) deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada simple por:
• No poseer vínculos de parentesco con funcionarios Directivos del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, ni con personas unidas a ellas.
• No registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, respaldado con Certificado emitido por la Dirección del Trabajo con una antigüedad no superior a 30 días contados desde la publicación de la presente licitación, que señale que no existen saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años.
• No poseer condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.
3.2 Proveedor no Inscrito en chile proveedores, tendrá 15 días para regularizar su situación si resulta adjudicado en este proceso, período que no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado. Ante esto, se retendrá la factura y no se cursara el pago.
4. ESTUDIO DE LOS ANTECEDENTES
El interesado en formular una oferta, deberá efectuar el estudio completo de los antecedentes, para confeccionar la propuesta y oferta.
5. DATOS BASICOS DE LA LICITACION
Etapas: Una (Apertura de Oferta Técnica y Económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
Participantes: Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas y Uniones temporales de proveedores que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1 ° y 6° del artículo 4° de la ley de compras 19886.
Inhabilidades Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas que cuenten con la capacidad profesional y técnica necesaria para la prestación del servicio que se licita o que comercialicen el producto con las características técnicas de lo solicitado, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la ley Nº18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S.250/04).
De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos” del establecimiento, sus sociedades ni con sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la ley 18.575, salvo que circunstancias excepcionales lo hagan necesario. La limitación alcanzará también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de estas sociedades.
Para estos efectos se entenderá como funcionario directivo aquel que cumple una función directiva y/o de jefatura, sea titular o encomendada, incluidos los Jefes de Servicios Clínicos, de Unidades de Apoyo, Jefes de Secciones, etc.
Se hace presente que los funcionarios del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente del artículo 64 de la ley 18.575, en caso de contratar como personas naturales por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento que, además, sean socios de cualquier clase de sociedad que contrate por montos iguales o superiores a las 200 UTM, siendo aquellos directores, administradores, representantes o socios titulares del 10% ó más de los derechos en esa sociedad (art. 54 letra a) inciso 3º de la Ley Nº 18.575.
Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada de que no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente (Formulario Nº 2).
Computo de los Plazos para proceso Licitatorio Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivo se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente:
Idioma: Español
moneda Pesos Chilenos
Comunicación con el HFC Nacimiento Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Soporte de Documentos: Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la ley de compras y su reglamento.
Visibilidad de las Ofertas Técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada.
6. GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.
7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
Publicación de Requerimiento y recepción de ofertas a través de Licitación Pública en el portal www.mercadopublico.cl,
Periodo de recepción de consultas: Estas se efectuarán en las fechas indicadas en el portal, mediante el foro www.mercadopublico.cl, a través del foro inverso la serie de preguntas y respuestas prevalecerán por sobre los presentes antecedentes de licitación, y las aclaraciones prevalecerán a su vez por dicha serie., formaran parte integra del Contrato Suscrito.
Análisis de Ofertas: Las ofertas serán analizadas y evaluadas de acuerdo a los criterios de evaluación expuestos en la Licitación.
Para ratificar la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl, el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento (Dirección), dictará una resolución, y esta será remitida al oferente adjudicado a través del mismo medio.
8. DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN:
Esta Licitación Pública se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886 Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, la Ley Orgánica Constitucional de Bases General de Administración del Estado y otras inherentes a la legislación actual, en lo que sea pertinente, las presentes bases y condiciones contractuales. Asimismo, formarán parte de las mismas, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, sea que ellas hayan sido requeridas por los participantes o bien impartidas por el Hospital de oficio y/o en el Foro de la Licitación, del sitio www.mercadopublico.cl, durante el proceso de licitación.
La presente licitación se ceñirá a la normativa señalada precedentemente y a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala a continuación:
1 Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases Administrativas y Técnicas.
2 Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Contractuales y sus Anexos.
3 Oferta de él adjudicatario.
4 Resolución de Adjudicación.
5 Informe de Evaluación de las ofertas
6 Orden de Compra.
9. DOCUMENTOS SOLICITADOS
Todo oferente debe adjuntar a su cotización los siguientes documentos:
En Anexos Administrativos:
Formulario Nº 1: Identificación del Oferente.-
Formulario Nº 2: Declaración Jurada simple de aceptación de condiciones.-
• En caso de ser persona Jurídica, copia Legalizada de la escritura de Constitución de la sociedad y sus eventuales modificaciones.
• Certificado de vigencia de la misma por el registro de comercio respectivo, con una anterioridad no superior a 60 días de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
• En caso de ser persona natural, presentar Declaración Jurada Simple Notario, que certifique tal condición.
• Cronograma de la prestación a realizar proyectada.
• Certificado inicio de actividades que tengan relación con el rubro requerido..
En Anexos Técnicos:
• Formulario N° 3: Especificaciones Técnicas Servicio Solicitado (garantía, plazo de ejecucion, etc.)
• Formulario Nº 4: Experiencia del oferente en prestación de servicios de similares características y Certificado comportamiento contractual anterior.
• Certificado visita a terreno.(entregado por encargado de servicios generales o quien subrogue)
Anexos Económicos:
Formulario Nº 5 “Oferta Económica”
10. FINANCIAMIENTO.
Para el convenio de Servicio de DESRATIZACION, DESINSECTACION Y DESINFECCION se cuenta con un Monto referencial $11.500.000.-IVA Incluido., con cargo al Subtitulo 22 Ítem “22.04.006 Fertilizantes, insecticidas, fungicidas y otros” por el periodo de 36 meses (3 años), será una vez realizado correctamente el proceso de adjudicación de la presente licitación.
11. PRESENTACION DE LA OFERTA
Los Oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, en formato electrónico o digital, Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases, al ofertar el o los precios deberán cotizarse en moneda nacional ($ chileno), valores netos (Sin Impuesto). Considerándose todo lo necesario para dar íntegro y oportuno cumplimiento a las obligaciones que se adquieran.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
11.1 REQUERIMIENTOS SERVICIO DE DESRATIZACION, DESINSECTACION Y DESINFECCION
• Se requiere la utilización de productos que no tengan impacto en el medio ambiente para la prestación del servicio requerido.
• Realización del servicio 3 veces al año, durante los meses de Enero, Mayo, Septiembre.
NOTA: No obstante, el administrador del contrato podrá disponer de otra planificación de ejecución de tareas, previa coordinación con la empresa adjudicada..
• Convenio por un periodo de 36 meses (3 años)
Lugar de realización servicio:
• Dependencias Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento. Ubicado en Avda. Julio Hemmelmann #711, Nacimiento.
• Dependencias Cecosf Julio Hemmelmann #711, ubicado en Calle Los Cipreces #209 Población El Pinar, Nacimiento.
• Dependencias Cecosf Lautaro, ubicado en Calle Octavio Jara Wolf S/N, Población Lautaro, Nacimiento
11.2 Oferta Administrativa.
Se deberá anexar a la oferta presentada, Formulario Nª 1 que Identifica al Proveedor, Formulario Nº2 la declaración jurada simple de aceptación de condiciones establecidas en las bases, Certificado de Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales entregado por la Dirección del trabajo”. Según sea el caso.
11.3 Oferta Técnica:
Se deberá anexar de forma Obligatoria a la oferta presentada,
• Formulario N° 3: Especificaciones técnicas de trabajos a realizar (garantía, servicios post venta, plazo de ejecucion, etc.)
El Formulario N°4 Prestaciones realizadas por el oferente en el rubro. debiendo adjuntar “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados” donde se deben señalar la cantidad de servicios prestados realizados desde el 01 de enero del 2016 a la fecha de cierre de la presente Licitación, el cual se utilizará para acreditar los servicios prestados señalados en formularios N° 4, dados por las empresas contratantes, según corresponda.
• : Certificado visita a terreno.(entregado por Jefe de servicios generales o quien subrogue)
Nota: El No adjuntar alguno de los formularios señalados en este párrafo a su oferta publicada en el portal www.mercdaopublico.cl, su oferta será rechazada en la apertura electrónica.
11.4 Oferta Económica:
El Proponente u Oferente deberá ingresar el valor unitario NETO por producto solicitado, dicho valor deberá permanecer fijo y permanente durante el periodo de duración del Contrato de Suministro establecido en estas bases, el cual debe ser informado en el Formulario N°5 “Oferta Económica” de los productos o servicios solicitados.
El monto ingresado en el portal por el oferente, deseablemente debe coincidir con lo estipulado en dicho formulario, sin embargo, en caso de que exista alguna diferencia, entre el monto expresado en el formulario “Oferta Económica” y comprobante ingresado en el portal, se considerara lo estipulado en el Formulario Técnico creado para medir este criterio, no siendo esto ninguna razón para impedir la evaluación de dicha oferta.
El No adjuntar a su oferta este Formulario es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de esta licitación.
Téngase presente al postular, que para el presupuesto de esta licitación se dispone de un monto proyectado de acuerdo a lo descrito en punto n° 10 de las presentes bases de licitación.
12. VISITA A TERRENO
Se efectuara una visita a terreno en dependencias del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento de carácter obligatorio, el día LUNES 02 DE AGOSTO AÑO 2021 a las 10:00 hrs.
La coordinación de dicha visita deberá realizarla directamente con el referente técnico de la presente licitación (jefe servicios generales o en su defecto con quien subrogue al fono: 43-2-332988.-
Para respaldar dicha visita obligatoria, el referente técnico del proceso emitirá y otorgara un “certificado visita a terreno” el cual se deberá adjuntar e ingresar al proceso de licitación pública como documento anexo obligatorio.
13. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES:
Se aceptarán documentos o antecedentes no esenciales, de carácter administrativo, que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de ingresar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor sufrirá un descuento de 5 pts sobre el puntaje total ponderado, siendo el resultante de este descuento el puntaje total obtenido por el proveedor para esta licitación.
La forma para presentar documentos será a través de la aclaración de ofertas durante el proceso de evaluación, dicha elevación de documento no podrá pasar o exceder de 48 hrs. después de solicitada la aclaración.
Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor obtendrá un puntaje cero en el criterio “cumplimiento de los requisitos de las ofertas”.
Si los documentos solicitados no llegan en el plazo señalado, a favor del cumplimiento de los plazos de la licitación se dejarán fuera del proceso.
La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del “Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos” según corresponda, al resto de los oferentes.
Dichos antecedentes deberán ser enviados a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de los 5 días corridos siguientes a la notificación de la solicitud. Si el oferente no entrega los antecedentes solicitados en el plazo señalado, se entenderá que ha desistido de su oferta y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva su garantía de seriedad de la misma.
14. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Por una Licitación superior a 100 UTM pero menor a 1000 UTM, no se exigirá Garantía de Seriedad de la Oferta.
15. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La empresa adjudicada, deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de cualquier obligación derivada del mismo, así como el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, mediante una boleta bancaria de garantía.
Tipo Documento Cualquier instrumento bancario que cuente con las características de irrevocable y pagadero a la vista
Beneficiario Servicio de Salud Bio Bio Hospital de Nacimiento, RUT: 61.602.220-2
Pagadera A la vista y de carácter irrevocable.
Vigencia 40 meses contados desde la fecha de emisión de boleta de garantía.
Expresado en Pesos Chilenos
Monto 5% valor adjudicado.
Lugar de entrega En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, ubicado en Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento.
Fecha de Entrega Hasta el quinto día, después de haber sido adjudicado.
Glosa “Para garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento “CONVENIO DE DESRATIZACION, DESINSECTACION Y DESINFECCION PARA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN” ID N°….
Forma y oportunidad de su restitución. Respecto de la devolución, será realizada por Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento con posterioridad al término normal del contrato, a requerimiento escrito del Proveedor Adjudicado.
NOTA: En la glosa no es necesario colocar todos los servicios, solo el servicio que postula cada proveedor.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva esta garantía en caso de Incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior sin perjuicio alguno de las acciones que el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
15.1. ERRORES EN LA BOLETA DE GARANTÍA
Si los documentos de garantía presentasen errores en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el oferente podrá presentar en el plazo de 48 horas un nuevo documento correctamente emitido, si no se hiciese este canje la oferta quedará fuera de Bases. Sobre otro tipo de errores o incumplimiento del plazo, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se reserva el derecho de rechazar o no la oferta.
15.2. COBRO DE LA BOLETA DE GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva esta garantía en caso de Incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior sin perjuicio alguno de las acciones que el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
16. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS
Los Medios para acreditar a los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA, a través del Formulario Nº 2 “Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar”, siempre y cuando dicha información no se encuentre subida en el registro oficial de proveedores del estado www.chileproveedores”.
16.1. DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
Según lo señala la Modificación al Art. 4 de la Ley 20285 Compras Públicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años.
Los procedimientos a seguir son los siguientes:
• Para este caso la empresa deberá destinar los primeros pagos de sus prestaciones de Servicios a regularizar dichas Obligaciones (Saldos Insolutos).
• Las Empresas deberán acreditar que no tienen obligaciones Laborales y previsionales pendientes a la mitad de la duración del contrato, mediante la presentación de los certificados o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales con los trabajadores, y, en su caso, con los dependientes de su subcontratista, si es que se permite la subcontratación, quedando facultado, en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados.
• El Hospital Familiar y Comunitario exigirá que empresa proceda a los pagos y le presente comprobantes y planillas cada vez que se proceda al pago, como señala en la cláusula Anterior
17. ACLARACION DE OFERTAS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 24 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso.
18.- INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante todo el proceso de licitación, incluso, en el acto mediante el cual este se decide
Se considerarán siempre inadmisibles
Las ofertas extemporáneas, presentadas fuera de plazo.
Las ofertas que no hubieren dado cumplimiento a las exigencias que establecen las bases. (Requisitos administrativos y técnicos).
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.
18.1 OTRAS CAUSALES DE INADMISIBILIDAD
Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:
a) Que un proveedor haga ofrecimientos adicionales a los requeridos en este proceso de compra pública;
b) Cuando el proveedor por cualquier medio de a conocer al Hospital su oferta económica antes de la apertura de las ofertas.
c) Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso de adquisición de un contrato; y por práctica fraudulenta, la tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo prácticas colusorias entre oferentes a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos y privando al Hospital de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos.
Cuando la información que entregue el oferente no conste en los documentos y/o campos dispuestos para tales efectos, producto de lo cual le sea imposible al Hospital conocerlos.
19.- MODIFICACION DE LAS BASES
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, podrá modificar los documentos de la Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de Preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web ww.mercadopublico.cl, a través de la resolución modificatoria de bases.
19.1. PROHIBICIÓN DEL OFERENTE DE MODIFICAR LAS BASES
El Hospital no admitirá modificaciones a los documentos y/o formularios, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio
20.- EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
La evaluación de las ofertas recibidas entre el período estipulado para ello en las bases de licitación, se realizará en virtud de los criterios descritos en el punto N° 21 por un comité, cuyos integrantes se identifican a continuación:
21. COMITÉ EVALUADOR
Las ofertas validadas administrativa y técnicamente, serán sometidas a un proceso de análisis comparativo, a cargo de una Comisión Evaluadora, integrada por:
• Jefe Servicios Generales, o quién Subrogue.
• Jefe Servicio de Laboratorio o quién Subrogue.
• Jefe Unidad de Gestión Abastecimiento o quien Subrogue.
La referida comisión estudiara y evaluara los antecedentes de las ofertas y elaborara un informe comparativo y evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
Téngase presente dicha comisión de evaluación podrá funcionar con un mínimo de 2 integrantes, por tratarse de una licitación pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM, como lo establece el art. 37 del reglamento de la ley 19.886.-
22. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los siguientes serán los criterios que se evaluarán en las ofertas que se presenten en la licitación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
OFERTA ECONOMICA 35
PLAZO DE EJECUCION 15
GARANTIA 15
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 25
INCLUSION 5
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 5
PUNTAJE FINAL 100%
22.1.- CRITERIO: OFERTA ECONÓMICA (35%)
Fundamento (RAZÓN MATEMÁTICA) Puntaje
Oferta mínima (que cumpla requisitos) 100
Las otras ofertas se trabajan bajo la siguiente razón matemática. Of. mínima x 100
Oferta evaluada
Observación: Se utilizará la fórmula matemática, la cual comparará las ofertas recibidas y asignará un puntaje entre 0 y 100 puntos (100 pts. a la menor oferta para cada Línea ofertada). El valor total del Formulario N° 4 “Oferta Económica”, será el valor a evaluar en este Criterio.
22.2.- PLAZO EJECUCION (15%)
Escala de evaluación Puntaje
Plazo de ejecución hasta 5 días hábiles 100
Plazo mayor a 6 días hábiles y menor o igual a 10 días hábiles 70
Mayor a 11 días hábiles 20
No informa/No se puede comprobar 0
Para Evaluar este Criterio se deberá adjuntar el Formulario 3 “FICHA TÉCNICA SERVICIO SOLICITADO”, en el campo correspondiente.
22.3 GARANTIA (15%)
Fundamento Puntaje
12 meses o mas 100
De 7 a 11 meses 60
De 0 a 6 meses 20
No Informa. 0
Para Evaluar este Criterio se deberá adjuntar el Formulario 3 “FICHA TÉCNICA SERVICIO SOLICITADO”, en el campo correspondiente.
22.4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (25%)
Fundamento (Escala de Evaluación) Puntaje
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de más de 15 servicios prestados señalados en el Formulario N° 4, a través de Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 100
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 10 y 14 servicios prestados señalados en el Formulario N° 4, a través de un Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante.. 80
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 5 a 9 servicios prestados señalados en el Formulario N° 4, a través de un Certificado de Conformidad de Servicios Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 60
El Oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 1 a 4 servicios prestados señalados en el Formulario N° 4, a través de un Certificado de Conformidad de Servicio Prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 45
El Oferente no Adjunta ningún Certificado de conformidad de los Servicios Prestados. 0
Para que los certificados sean considerados y contabilizados, como criterio de evaluación se deberá utilizar el formato “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados “elaborado por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, el cual se encuentra adjunto a esta licitación, por lo tanto, el oferente deberá adjuntarlo timbrado y firmado por el encargado del contrato o representante legal de Institución o Empresa donde presto o presta los Servicios, por cada uno de los servicios señalados en formulario N° 4, desde el año 2016 a la fecha.
Cualquier falsedad de la información entregada, que se compruebe durante el periodo de evaluación de ofertas o bien después de su adjudicación, será causa de término anticipado del contrato y cobro de las garantías si existiesen.
22.5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITO DE INCLUSIÓN (5 %)
Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física o bien indígenas (Minoría étnica).
• Personas con discapacidad física, sensorial (Visión y Audición) o mental (Intelectual o Psíquica) 50%
Fundamento Puntaje
Acredita contar con al menos un trabajador con discapacidad 100
No acredita y/o no informa 0
Deberá ser acreditado solo con la credencial discapacidad emitida por SENADIS, para lo cual deberá anexar dicha credencial a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl, además del respectivo contrato vigente, que garantice el vínculo de dicho trabajador con la empresa oferente.
• Pueblos originarios (Minoría étnica) 50%
Fundamento Puntaje
Acredita condición de indígena de alguno de sus trabajadores 100
No acredita y/o no informa 0
Deberá ser acreditado solo con el certificado de calidad indígena emitido por CONADI, para lo cual deberá anexar dicha certificado a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl, además del respectivo contrato vigente, que garantice el vínculo de dicho trabajador con la empresa oferente.
22.6 CUMPLIMIENTO REQUISITOS DE LAS OFERTAS (5%)
Escala De Evaluación Puntaje
Cumple con todos los requisitos solicitados en las bases administrativas y técnicas 100
Cumple con parte de lo solicitado en bases de licitación 30
No Cumple 0
23. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de prevalencia
a) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en Criterio oferta económica, y si se mantiene la igualdad,
b) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio comportamiento contractual anterior y si se mantiene la igualdad,
c) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio plazo de ejecución y si se mantiene la igualdad,
d) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio de garantía y si se mantiene la igualdad,
e) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio de Inclusión y si se mantiene la igualdad.
f) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio de cumplimiento requisitos formales y si se mantiene la igualdad.
g) Se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta el sistema de información Mercado Público y si se mantiene la igualdad
En caso de que la igualdad se mantenga, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento procederá a Revocar el proceso debido a que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
24. DE LA ADJUDICACIÓN
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, declararla desierta, adjudicar solo algún ítem o aceptar cualquiera de ellas si lo estima conveniente, con expresión de causa y sin que los proponentes pueden pretender indemnización alguna por este hecho, o de adjudicar la Propuesta que mejor convenga a nuestros intereses, aunque esta no sea la de menor valor, pero que haya obtenido el mejor puntaje en la presente licitación pública.
Para la adjudicación, se analizarán los antecedentes técnicos y económicos entregados por las empresas que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.
En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de orden de compra.
La Comisión que evaluará las Propuestas, será la Comisión de Apertura y Adjudicación de la Propuesta.
Una vez firmada la Resolución de Adjudicación por parte del Director del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se procederá a subir los antecedentes al portal electrónico www.mercadopublico.cl.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, declarará "Licitación Revocada" en casos muy especiales (vicios o defectos de las propuestas, propuestas fuera de términos de referencia, fuera de presupuesto, negación a la firma de contrato por oferente adjudicado u otras razones que estime el Mandante), el Mandante podrá desestimar todas las propuestas presentadas y proceder a anular la licitación, ésta decisión será con el debido fundamento técnico. Posteriormente, tal decisión será comunicada a los oferentes. Se declarará "Licitación Desierta", en el caso que no se hayan presentado ofertas. En esta situación el Mandante procederá a efectuar una nueva licitación.
24.1. MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes:
No se logró conformar el comité dentro de la fecha correspondiente.
Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
24.2. MODIFICACION DE LA CANTIDAD ADJUDICADA.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá aumentar o disminuir la cantidad o servicio adjudicado hasta en un 30%, por lo cual el proveedor deberá respetar la oferta económica adjudicada.
24.3. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
El mecanismo será el siguiente:
El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 5 días corridos desde la fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico; jacqueline.jimenez@ssbiobio.cl , después de esta fecha el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas
25. READJUDICACIÓN
El Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato
b) Si el adjudicatario No entregar los antecedentes legales para contratar.
c) Si el adjudicatario No entrega la Garantía de fiel Cumplimiento del Contrato, dentro del plazo establecido en las bases.
d) Si el Adjudicatario se desiste de su oferta.
e) Si el adjudicatario No se inscribiere en chile proveedores en los plazos que establecen en las presentes bases.
f) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición
26.- RESERVA DE LA INSTITUCION
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta según el artículo 9 de la Ley 19.886, podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, en todos los casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal mercadopublico.cl.
26.1. DESERCIÓN
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de éste Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
26.2. REVOCACIÓN
Se podrá otorgar el estado de “Revocada” en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “Desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
26.3. SUSPENSIÓN
Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Publica u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación.
26.4 FUERZA MAYOR
No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de Trabajo o de otra causal de fuerza mayor.
Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
Si una u otra Parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra Parte por escrito, en un plazo no superior a diez (10) días desde iniciada la causa de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el Contrato u Orden de Compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la otra Parte, dentro del plazo de cinco (S) días desde que haya sido notificada.
26.5. AMONESTACION:
Los proveedores serán sancionados con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos:
Cuando por desistimiento de ofertas u adjudicación y no existen garantías en el respectivo proceso.
Dicha amonestación será notificada al proveedor a través de ordinario emitido por el Director del establecimiento, donde señala el incumplimiento y a su vez dicho ordinario será subido a la ficha de www.chileproveedores.cl.
27. DEL CONTRATO
Por tratarse de una Licitación menor a 1.000 UTM, no se generará contrato.
De acuerdo al reglamento de compras públicas, decreto n°250, dejase establecido que no se suscribirá contrato sino que se formalizara mediante emisión de orden de compra por parte del comprador y su aceptación por parte del proveedor.
El oferente deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones técnicas entregadas, debiendo cumplir con la totalidad de lo solicitado, sin derecho a indemnización de ningún tipo por imprevistos que surjan, asumiendo todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, dentro de lo establecido en los antecedentes entregados por el Mandante.
Serán de cuenta del Oferente:
a) Los gastos que demande la obtención de garantías estipuladas en estas Bases.
b) El cumplimiento de las Leyes Sociales, accidentes de trabajo, etc.
c) Los gastos notariales por concepto de firma de contrato
27.1 CUMPLIMIENTO DE LEYES, DECRETOS Y REGLAMENTOS
Para todos los efectos legales, el contrato se considerará celebrado en la comuna de Nacimiento, y se regirá en todos sus aspectos por las presentes bases y por la legislación chilena vigente al momento de su celebración.
El adjudicatario deberá cumplir con todas las Leyes, Decretos y reglamentos vigentes a la fecha de celebración del contrato y con todos aquellos que se dicten durante su vigencia, cuando corresponda. De igual manera, deberá pagar todos los derechos, tributos, impuestos, tasas y otros gravámenes que dichas leyes, decretos o reglamentos que se establezcan.
27.2 DURACIÓN DEL CONVENIO
El presente convenio tendrá una duración de 36 meses (3 años) y entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo adjudica, a contar de esta fecha y se podrá extender o prorrofar por un máximo de 6 meses por eventuales atrasos en el llamado o publicación de una nueva licitación. Generándose las respectivas órdenes de compra correspondientes, pero con la salvedad de que el pago de estas, deberá realizarse posterior a la firma y publicación de la Resolución Exenta que aprueba dicha prorroga en el portal www.mercadopublico.cl, siempre que la ampliación no exceda de 1000 UTM, en caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada y/o cuando producto de circunstancias no previstas en el nuevo proceso licitatorio, no sea posible contar oportunamente con un nuevo contrato.
En el caso de extenderse el contrato, el Documento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato deberá canjearse por otra por un 5% del monto total asociado a dicha extensión, bajo los mismos requisitos de forma y plazo que se señala en las presentes Bases, salvo que la vigencia de la primera garantía cubra el periodo de la prórroga y el monto no sea inferior al 5% del monto estimado a prorrogar, en este caso no será necesaria un nuevo documento de garantía. De no hacerlo, facultará al Hospital para ejecutar el Documento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, para asegurar el cumplimiento del mismo, la calidad y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes y la calidad del bien ofertado.
27.3 DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
Funciones y responsabilidad del coordinador del contrato:
Coordinar y control el fiel y oportuno cumplimiento del contrato suscrito.
Informar en caso de incumplimiento de lo requerido al proveedor en las Obligaciones detalladas en aspectos técnicos de las presentes bases.
Contactarse con el proveedor para subsanar y/o mejorar dichas situaciones en un plazo inmediato.
Generar certificado de recepción conforme en forma mensual por los Servicios Prestados, para ser derivado a la Unidad de Abastecimiento, luego a la Unidad de Finanzas para su posterior pago.
27.4 MODIFICACION DEL CONVENIO
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas, dichas modificaciones corresponderán al aumento o disminución de cantidades o bien a la incorporación de bienes o servicios asociados o de similares características. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste, esta modificación se formalizará mediante resolución fundada, dentro de las 24 hrs siguientes a su dictación.
27.5 INCORPORACION DE SERVICIOS AL CONVENIO
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de incorporar nuevos servicios adicionales asociados al rubro de proveedor que no hayan sido considerados al momento de subir la propuesta al portal Chile Compra, debiendo mantener el precio mientras dure el presente contrato
27.6 REFERENTE TÉCNICO DEL CONVENIO.
Ida Gonzalez Alvarez Jefe Servicios Generales Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento o quien subrogue
27.7. OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR:
1. Asegurar el cumplimiento de los requerimientos en calidad y plazos definidos.
2. Informar al Hospital oportunamente las deficiencias que detecten el cumplimiento del contrato, cuando corresponda.
3. Efectuar los servicios solicitadas por el mandante.
4. Responder por los daños que pueda causar por la prestación del servicio requerido, obligándose a devolver al Hospital cualquier monto que esta tuviera que pagar al respecto.
28 .MULTAS
Cada vez que el proveedor incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá aplicar administrativamente cobrar multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el proveedor en forma escrita, ante el Administrador del Contrato o Contraparte Técnica del Hospital
28.1 PROCEDIMIENTO Y APLICACIÓN DE LAS MULTAS:
Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se procederá a informar por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al proveedor adjudicado y Sí dicha resolución determina la aplicación de multa dicha resolución deberá ser subida a la ficha de www.chileproveedores.cl.
La base numérica para calcular los días de atraso en la entrega de productos por parte del proveedor serán, la fecha de entrega comprometida y la fecha del registro de la oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.
Cobro de la multa: Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. Lo cual deberá realizarse de forma directa a la cuenta corriente del Banco estado N° 55509015600, a nombre del Servicio de Salud Biobío Hospital Nacimiento, Rut: 61.602.220-2 y enviando copia del depósito a los correos electrónicos del profesional gestor de compras públicas de la unidad de abastecimiento encargado del proceso y el jefe de la unidad de finanzas y presupuesto del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento: laura.fuentealba@ssbiobio.cl
El cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento se Notificará al proveedor a través de Resolución Exenta por carta certificada y a su vez deberá ser subida a la ficha del portal www.chileproveedores.cl. Además se deberá informar mediante Oficio (Ordinario) a la Dirección de Compras Públicas el incumplimiento, bajo el concepción de Reclamo, y por último se procederá a dar termino al contrato cuando la cantidad de multas cobradas tenga el carácter de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante señaladas en la causal prevista en el punto 28.2 de las bases, pudiendo cancelar la Compra, y/o re adjudicar al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o desertar la línea o líneas adjudicadas en su caso.
Será Obligación del proveedor Adjudicado, renovar la Boleta que Garantiza el fiel y oportuno cumplimentó del contrato, por el monto y vigencia originalmente establecido en las respectivas bases, toda vez que se incumpla cualquiera obligación del contrato, especialmente aquellas en que se apliquen multas por atraso en la entrega de los servicios.
Recursos: En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el o los Incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de la garantía de fiel cumplimiento, término anticipado del contrato o la adopción de otras medidas; procederán los recursos dispuestos en la Ley N 19.880, sobre Procedimientos Administrativos.
Procedimiento de Reposición: el adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificada la resolución que le impone la multa para responder fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. El jefe superior del SS.BB. o quien lo subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición y será notificado al proveedor a través de carta certificada.
28.2. CAUSALES DE MULTAS
Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas se detallan a continuación:
INFRACCION CRITERIO DE APLICACIÓN MONTO DE LA MULTA (UTM) MONTO DE LA MULTA (UTM) MONTO DE LA MULTA (UTM) MONTO DE LA MULTA (UTM)
4 – 6 DIAS 7 – 10 DIAS 11 – 13 DIAS 15 DIAS Y MAS
Incumplimiento del PLAZO de entrega de los trabajos Por cada oportunidad 2
4 6 8
Incumplimiento en la CALIDAD y/o ESPECIFICACIONES del trabajo realizado Por cada oportunidad 2 4 6 8
El encargado del contrato del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento comunicara a la empresa la aplicación de la multa correspondiente. En el caso que el proveedor adjudicado haya emitido factura, deberá generar nota de crédito por el monto de la multa acordada; una vez recepcionada dicha nota de crédito se procederá a efectuar el pago.
Con excepción de aquellos atrasos que hayan sucedido por fuerza mayor y que ameriten de acuerdo a su justificación por escrito vía formal dirigida al Director del establecimiento una postergación en realización del trabajo.
29. DE LA RECEPCION CONFORME
Cada entrega se deberá recepcionar a través de una recepción conforme por parte del Administrador del convenio
30. DE LAS NORMAS SANITARIAS
Se entenderá incorporada a estas Bases a contar de la entrada en vigencia del respectivo acto administrativo, las modificaciones o nuevas exigencias técnicas que establezcan los Decretos del Ministerio de Salud y las Circulares o Resoluciones del Instituto de Salud Pública de Chile.
31. DEL PAGO Y FACTURACION.
El precio convenido será pagado por el Tesorería General de la Republica, sin embargo su documentación y validación será gestionado por el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento de la forma siguiente: previa emisión de solicitud de adquisición a través del panel de documentos por referente técnico o requirente y autorizada por la Dirección del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, para luego proceder a generar la respectiva orden de compra, al precio adjudicado.
Una vez generada la Orden de Compra en el sistema, el proveedor adjudicado deberá aceptarla o rechazarla dentro de un plazo de 24 horas. , posteriormente deberá llevar acabo el despacho de los productos mediante documento tributario electrónico “Guía de Despacho”. Posterior a la recepción de los productos y/o ejecución de los Servicios en el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, el proveedor podrá emitir su factura, la cual será aceptada o rechazada según corresponda dentro de las 192 horas desde su publicación en sistema de información de facturación.
Dicha factura deberá ser emitida bajo las condiciones, de ser creada en formato xml e indicar la Orden de Compra en el campo 801, seleccionando la forma de pago a “crédito” y enviar el archivo a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com. De NO cumplir con lo recién expuesto, dicha factura será rechazada automáticamente, por el Sistema de Información del Hospital.
La factura será cancelada dentro de los 30 días siguientes a la correcta publicación de dicho documento tributario electrónico y el pago se ejecutará por la Tesorería General de la Republica.
32. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO
Serán obligaciones del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, entre otras las siguientes:
a. Determinar las condiciones de uso de los servicios requeridos.
b. Fiscalizar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista, en virtud de la presente licitación.
33. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
• Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
• Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el Administrador del contrato.
Se entiende como incumplimiento grave el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según lo estipulado en las bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
• Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
• Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
• Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante carta certificada enviada al domicilio de la otra parte con una anticipación mínima de 60 días a la fecha de término deseada.
En el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho a aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b) de la ley 19.886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del Reglamento de la citada ley, o llamar a una nueva licitación pública para proveer el servicio.
El término anticipado del contrato no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento para readjudicar al segundo Proveedor o Postulante mejor evaluado.
.34. DOMICILIO DE LAS PARTES
Las partes fijan su domicilio en la Comuna de Nacimiento, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia o del Tribunal de Contrataciones Públicas, según corresponda
35. RESERVA DE LA INSTITUCION
• Quedar liberado de toda responsabilidad por daños a terceros que se produjesen con motivo del cumplimiento de la oferta, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del oferente.
• Poder rechazar todas las ofertas o aceptar aquella que mas convenga a los intereses de la institución aunque no fuere la de menor valor.
• Anular la respectiva orden de compra emitida por el incumplimiento injustificado en los plazos de realización, por desistir el proveedor o por otros motivos que se deberán fundamentar en su oportunidad.
• Aumentar o disminuir la cantidad de servicios solicitados.
• Declarar inadmisible las ofertas, en caso de que ninguna de las alternativas ofertadas cumplan con los requerimientos establecidos en los términos de referencia y declarar desierta la licitación simplificada cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
• Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las bases se consideran condiciones mínimas, no obstante lo cual, será materia de la Oferta, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en la Propuesta, al igual que otras modalidades tales como descuentos, precios convenientes y ofertas especiales respecto de los ítems ofertados por los Proponentes, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
• El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de admitir aquellas Ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los Oferentes en la correcta evaluación de la Propuesta.
• Las presentes condiciones, prevalecerán sobre cualquier discrepancia y otra información.
36. NORMATIVA LEGAL. INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, d.o 05.01.2006)
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
NOTA: El artículo 2º Transitorio de la LEY 20088, publicada el 05.01.2006, modificatoria de la presente norma, dispone que las modificaciones que introduce a ésta, entrarán en vigencia noventa días después de la publicación del Reglamento que establecerá los requisitos de las declaraciones de patrimonio, según lo dispone el artículo 1º Transitorio de la citada Ley. Dicho reglamento se encuentra contenido en el DTO 45, Secretaría General de la Presidencia, publicado el 22.03.2006.”.
37. REQUISITOS LEGALES FRENTE AL COVID-19
Toda empresa contratista y/o subcontratista, proveedor de servicios y de bienes deberá cumplir con los lineamientos legales vigentes establecidos por el Minsal y la OMS. Para ello, debe dar cumplimiento a todos los requisitos legales frente al COVID-19, emanados delas organizaciones antes mencionadas aplicables a su empresa y que, deberá actualizar periódicamente acorde a los requisitos legales que emita el Gobierno.
37.1. RESPONSABILIDADES
37.1.1 Toda empresa contratista y Sub-contratista, debe cumplir, mantener vigente y diseñar si la ocasión lo requiere, lo que se expone a continuación:
• Todas las medidas precentivas vigentes frente al COVID-19 emitidas por el Ministerio de Salud.
• Un procedimiento que detalle las medidas preventivas sanitarias frente al Covid-19, entregando copia al Administrador de contrato del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, para su conocimiento y revisión si lo amerita.
• Dotar a sus trabajadores y/o colaboradores sub-contratistas, de todos los elementos de protección personal que se requieran para prevenir contagios por Covid-19, asi también, mantener los insumos requeridos para la limpieza y desinfección de la áreas de trabajo.
• Difundir de manera oportuna y efectiva a todos los trabajadores las medidas preventivas frente al COVID-19 emitidas por la organización en relación a lineamientos del Ministerio de Salud,.
• Velar por el correcto uso de los elementos de protección personal, para prevenir el contagio del COVID-19-
• Facilita las condiciones y los implementos necesarios para el lavado de manos entre personas y prohibir el saludo por contacto.
• En relación al estado de salud de los trabajadores se deberá reportar inmediatamente al Administrador de contrato, síntomas o casos confirmados de COVID-19. Tanto a las autoridades correspondientes, Seremi de Salud y Organismo al que están suscritos.
• Remitir al administrador de contrato según periodicidad acordada entre ambos un informe resumen, donde se indiquen las actividades realizadas y el nivel de cumplimento de cada una de las medidas tomadas en informadas a los trabajadores, asi también, los planes de acción y los casos de contagio (en caso de presentarse) y el seguimiento respectivo a cada caso.
37.1.2. Trabajadores de Empresas Contratistas y Sub-contratistas y demás personas que por su función se encuentren presentes en la obra o servicio:
* Cumplir con las medidas preventivas que defina cada establecimiento o que sean instruidas a través del asesor en prevención de riesgos, emitidas por el Minsal y/o OMS, frente al COVID-19.
* Cuidar y solicitar con antelación al deterioro o vencimiento de la efectividad, la reposición oportuna de los elementos de protección personal e insumos correspondientes.
* Uso correcto de los elementos de protección personal asignados en el contexto de la contingencia del COVID-19.
* Reportar todo acto o condición que pueda afectar la salud y seguridad de todos los trabajadores en establecimientos dependientes del Servicio de Salud Bio Bio.
* Reportar oportunamente si su condición de salud se ve deteriorada y cuando estuvo en contacto estrecho con personas con potencial contagio o confirmado de COVID-19, fuera de la obra y/o establecimiento de salud dependiente del Servicio de Salud Bio Bio.
* Debe realizar limpieza y desinfección de sus herramientas, utensilios, equipos y elementos de protección personal, tanto al inicio como en la finalización de la jornada laboral. Los productos utilizados deben ser acordes a los protocolos locales y con productos químicos catalogados como desinfectantes por Ministerio de Salud, considerar además el protocolo de limpieza y desinfección de ambientes COVID-19 del Ministerio de Salud y el Ordinario B51 Nª 276 del 30 de Enero del 2020.
37.1.3. La empresa contratista mediante un asesor de prevención de riesgos o persona designada:
Deberá establecer un plan de trabajo, de manera de planificar la entrega de la información oportuna requerida a los trabajadores y garantizar el cumplimento del presente anexo, considerando además lo siguiente:
* Se requiere que en una obra y/o servicio prestado, se designe al trabajador que realizara la toma diaria de la temperatura con su respectivo registro al inicio de la jornada laboral.
* Revise periódicamente la información oficial, tanto de SUSESO, de la Dirección del Trabajo, como del Ministerio de Salud, de manera de mantener vigente un protocolo preventivo y operativo frente a COVID-19, en relación a lo dispuesto como norma a cumplir, como las recomendaciones efectuadas para mitigar el contagio respectivo.
* Verifique y controle periódicamente las condiciones de higiene de las áreas de trabajo y tomar la acciones correctivas inmediatamente observada la causa sub estándar frente al COVID-19.
* Verifique y supervise el correcto uso de los elementos de protección personal.
* Verifique la correcta aplicación de los instructivos de limpieza y desinfección de la áreas, equipos, vehículos, herramientas y EPP utilizados entre otros.
* Garantice la aplicación de la encuesta de salud a todos los trabajadores, de manera periódica, de evidenciar alteraciones contar con plan de contingencia y derivación a centro de salud o mutualidad y mantener los registros correspondientes
37.1.4 Administrador de Contrato del Servicio de Salud Bio Bio a sus establecimientos.
* Asegurar que las bases de licitación incluyan el presente anexo del Reglamento especial de seguridad y medio ambiente para empresas contratistas y subcontratistas (Resolución Exenta Nª 4676 de fecha 13 de Noviembre de 2017) y mantener registro de la recepción conforme del presente documento.
* Exigir a la empresa contratista y sub contratista, la implementación de todas las medidas preventivas contempladas en el plan de trabajo señalado en el punto 4.2.3
* Recepcionar y reportar a los referentes de IAAS (infecciones asociadas a atenciones en Salud) y Prevención de Riesgos locales, los registros de los casos sospechosos o confirmados de COVID-19 de los trabajadores contratistas como sub-contratistas.
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