Licitación ID: 1057415-4-LE20
CONVENIO MANTENCION CALDERA
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Caldera de tubo de fuego 1 Unidad
Cod: 40102001
MANTENCION PREVENTIVA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO  

2
Caldera de tubo de fuego 1 Unidad
Cod: 40102001
MANTENCION PREVENTIVA PARA CALDERA CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN  

3
Caldera de tubo de fuego 1 Unidad
Cod: 40102001
CAMBIO DE CHIMENEA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANTENCION CALDERA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONVENIO MANTENCION PREVENTIVA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN SOLICITADO POR SRTA. PAULINA DONOSO MORENO ENCARGADA SERVICIOS GENERALES MEDIANTE HFCN 138582020
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.220-2
Dirección:
Av. Julio Hemmelmann 711
Comuna:
Nacimiento
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-03-2020 15:08:00
Fecha de Publicación: 21-02-2020 9:01:00
Fecha inicio de preguntas: 21-02-2020 10:49:00
Fecha final de preguntas: 27-02-2020 20:48:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-03-2020 20:48:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-03-2020 15:09:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-03-2020 15:09:00
Fecha de Adjudicación: 25-03-2020 15:14:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- • Formulario Nº 1: Identificación del Oferente.
2.- • Formulario Nº 2: Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar.
3.- • Copia Legalizada de la escritura de Constitución de la sociedad y sus eventuales modificaciones
4.- Formulario Nº 3: Declaración Jurada simple de aceptación de condiciones.
5.- • Certificado de vigencia de la misma por el registro de comercio respectivo, con una anterioridad no superior a 60 días de la fecha de cierre de recepción de ofertas
6.- • Documento que acredite Inicio de Actividades, con un rubro y/o giro de producción acorde a la naturaleza de este llamado.
7.- • Declaración jurada notarial del representante legal en caso de ser persona natural.
Documentos Técnicos
1.- • Formulario N°4: Experiencia del Oferente en Prestación de Servicios Similares “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados”
 
2.- • Certificados de Inclusión, correspondiente
 
3.- • Certificados de acreditación de personal idóneo para realizar las mantenciones. (técnicos mecánicos, técnicos electromecánico, etc)
 
4.- • Certificado Visita en Terreno. Emitido por Encargado de Servicios Generales del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. ( es de carácter obligatorio subirlo como adjunto)
 
Documentos Económicos
1.- • Formulario Nº 5: Oferta económica (Neto). Los valores deben ser iguales a los que se ingresan al portal, por lo que no deben presentar diferencias e inconsistencias de cualquier índole.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Garantia El oferente informa una garantía de los trabajos a ejecutar igual o superior a 12 meses (Desde su ejecución) 100 El oferente informa una garantía de los trabajos a ejecutar mayor a 6 meses y menor a 12 meses (Desde su ejecución) 50 El oferente informa una garantía de los trabajos a ejecutar menor a 6 meses (Desde su ejecución) 30 El oferente no informa 0 Observación: para obtener el puntaje de la evaluación, se verificara mediante el Formulario N° 4 donde el proveedor, deberá en el campo correspondiente, indicar cuanto será el tiempo de garantía de sus trabajos. 20%
2 Inclusion 20.4 Criterios de Inclusión (5%) Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas (minoría étnica): a. Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (Intelectual o Psíquica): 60% Fundamento Puntajes Acredita Contar con al menos un trabajador con discapacidad 100 No acredita 0 Observaciones: • Deberá ser acreditado solo con la cedula de identidad y/o Certificado Registro Civil que mencione la condición, para lo cual deberá anexar dicha credencial a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl • Esta condición deberá Perdurar en el tiempo de la Ejecución del Contrato. • El Hospital de Nacimiento podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado. b. Pueblos Originarios (minoría étnica) 40% Fundamento Puntajes Acredita condición de indígena de al menos un trabajador 100 No acredita 0 Observaciones: • Deberá 5%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios El oferente cuenta con personal idóneo para realizar los trabajos, (se verifica con certificados de acreditación de competencias técnicas o título en caso que corresponda) 100 El oferente no informa 0 Observación: para obtener el puntaje final de la evaluación, se verificara mediante la presentación de título profesional o certificado, estos pueden ser universitarios, o de institutos técnicos de educación superior, atingentes al área de mecánica industrial o similar si corresponde. Además deberá adjuntar Contrato o documento que acredite el vínculo de la persona la cual certifica la condición exigida en este criterio, con la empresa que presenta la oferta. NOTA: No se consideraran certificados, de instituciones de educación media 20%
4 Comportamiento contractual anterior El oferente que acredita la conformidad satisfactoria de más de 5 servicios relacionados prestados señalados en el Formulario N°4 a través de Certificado conformidad de servicios prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante 100 El oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 1 a 5 servicios prestados relacionados señalados en el Formulario N°4 a través de Certificado Conformidad de servicios prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 70 El oferente no adjunta ningún certificado de conformidad de los servicios prestados. 0 NOTA: Para que los Servicios sean considerados y contabilizados, se deben especificar uno a uno en el Formulario N° 4”Experiencia del Oferente en Prestaciones de Servicios Similares”, según los campos que correspondan, sin embargo además se deberá utilizar el formato “certificado conformidad de servicios prestados” elaborado por el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, el cual se encuentra adjunto a esta licitación , por lo tanto, el oferente deberá adjuntarlo timbrado y firmado por el encargado del contrato o representante legal de la Institución o Empresa donde presto o presta los servicios por cada uno de los servicios señalados, desde 01 de enero del 2015 a la fecha. De no adjuntar el “certificado conformidad de servicios prestados”, en las condiciones solicitadas, dicho servicio, no será contabilizado. Cualquier falsedad de la información entregada, que se compruebe durante el periodo de evaluación de ofertas o bien después de su adjudicación, será causa de término anticipado del contrato y cobro de las garantías se existiesen. 20%
5 Cumplimiento de los requisitos Proveedor cumple con todos los antecedentes Administrativos solicitados en bases de licitación. 100 Proveedor cumple con parte de los antecedentes Administrativos solicitados. 50 Proveedor no cumple con los antecedentes Administrativos solicitados. 0 5%
6 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO ALBIAL GONZALEZ
e-mail de responsable de pago: pedro.albial@ssbiobio.cl
Nombre de responsable de contrato: PAULINA DONOSO MORENO
e-mail de responsable de contrato: paulina.donoso@ssbiobio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2333072-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO SALUD BIOBIO HOSPITAL NACIMIENTO
Fecha de vencimiento: 20-02-2023
Monto: 5 %
Descripción: Tipo Documento Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista o Certificado de Fianza, cualquiera pagadera a la vista. Beneficiario Servicio Salud Bio Bio Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, Rut. 61.602.220-2 Pagadera A la vista Carácter Irrevocable Cobro A primer Requerimiento Vigencia 36 Meses días corridos contados de la fecha de emisión de documento, una vez notificada a través del portal mercado público. Expresado en Pesos Chilenos Monto 5% del monto total de adjudicación Lugar de entrega En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento. en un sobre cerrado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente Fecha de Entrega Hasta el quinto día, después de haber sido adjudicado.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de ejecución de la obra CONVENIO MANTENCION PREVENTICA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN”. ID N°…
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de la devolución, será realizada por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento con posterioridad al término normal del contrato “sin observaciones”. Se procederá a devolver la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, solicitada a requerimiento escrito del Proveedor Adjudicado a Administrador de Contrato del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.

En caso de que se iguale en el puntaje final, se procederá de la siguiente manera o fases, según siguiente escala de prevalencia:

a)    El proveedor con oferta económica más conveniente.

b)    El proveedor que esté mejor evaluado en el criterio comportamiento contractual anterior

c)    El proveedor que esté mejor evaluado en el criterio calidad técnica.

d)    El proveedor que este mejor evaluado en el criterio garantía.

e)    El proveedor que este mejor evaluado en el criterio inclusión.

f)     El proveedor que este mejor evaluado en el criterio cumplimiento requisitos formales.

g)    El proveedor, que subió primero su oferta al sistema de información Mercado Público.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 2 días corridos desde la fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico jacqueline.jimenez@ssbiobio.cl, después de esta fecha el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas .

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

 MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRAS SALDO INSOLUTOS.

Lo Medios para acreditar si el proveedor adjudicado NO registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA SIMPLE (FORM. N° 2) la cual deberá adjuntar a la oferta realizada a través del Portal  www.mercadopublico.cl

 DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES

Según lo señala la Modificación al Art. 4 de la Ley 20285 Compras Públicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años.

Los procedimientos a seguir son los siguientes:

  • Para este caso la empresa deberá destinar los primeros pagos de sus prestaciones de Servicios a regularizar dichas Obligaciones (Saldos Insolutos).

  • Las Empresas deberán acreditar que no tienen obligaciones Laborales y previsionales pendientes a la mitad de la duración del contrato, mediante la presentación de los certificados o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, y, en su caso, con los dependientes de su subcontratista, si es que se permite la subcontratación, quedando facultado, en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados.

El Hospital Familiar y Comunitario exigirá que empresa proceda a los pagos y le presente comprobantes y planillas, cada vez que se proceda al pago, como señala en la cláusula

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se aceptarán documentos o antecedentes no esenciales, de carácter administrativo, que hayan sido emitidos por el oferente en el momento de ingresar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl 

 

La forma para presentar documentos será a través de la aclaración de ofertas durante el proceso de evaluación, dicha elevación de documento no podrá pasar o exceder de 48 hrs. después de solicitada la aclaración.

 

Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor sufrirá un descuento de 05 pts. Sobre el puntaje total ponderado, siendo el resultante de este descuento el puntaje total obtenido por el proveedor para esta licitación.

 

Si al concluir el plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


A) BASES DE LICITACION


“CONVENIO MANTENCION PREVENTIVA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN”


1. DESCRIPCIÓN


Las presentes Bases de Licitación regirán el proceso para la contratación del convenio mantención preventiva para caldera Hospital Familiar Y Comunitario Nacimiento, Cecosf Lautaro y Cecosf Julio Hemmelmann, según solicitud de adquisición HFCN N°13858/2020 emitida por Srta. Paulina Donoso Moreno Encargada Servicios Generales.


2. OBJETIVOS. 
El proceso de licitación está orientado a obtener óptimas condiciones técnicas y económicas por parte de los proveedores del rubro, para la realización de trabajos de mantención en caldera para el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, 
En términos técnicos, se evaluará la idoneidad y calidad técnica de las personas o empresas, de manera de asegurar que los proveedores que se adjudiquen, se ajusten a los requisitos que se han especificado para el desarrollo de los respectivos servicios  requeridos por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
En términos económicos, se espera recibir ofertas ventajosas dentro de los precios de mercado, conforme se desprenda de la evaluación de las ofertas económicas.


3. PARTICIPANTES


Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y jurídicas (sociedades) que estén inscritos y habilitados para efectuar ofertas a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, Chilecompra, de reconocido, acreditado prestigio y permanencia en el mercado, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento y de acuerdo con los requerimientos establecidos en las presentes bases


Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir los requerimientos mínimos obligatorios especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos, no serán evaluados y por tanto, quedarán marginados de la licitación. 
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá solicitar a los oferentes documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos. 
Quedarán excluidos aquellos oferentes que, al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o al momento de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores dentro de los dos años anteriores


4. DEFINICIONES.
 Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
 Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y Circulares emitidos por la autoridad pública.
Fuerza mayor o Caso fortuito: de acuerdo con lo dispuesto en el Art 45 del código Civil.
Oferente o Proponente: Persona Natural o Jurídica, Chilena o Extranjera, Unión temporal de Proveedores, que puedan proporcionar los bienes indicados en esta licitación.
Oferente: Persona Natural o Jurídica y unión temporal de Proveedores que oferten en una licitación a través del portal www.mercadopublico.cl. 
Proveedor: Aquel cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato.
Bases: Bases Administrativas, técnicas y Anexos.
Contrato: contrato suministro entre el proveedor adjudicado y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
Orden Compra: Orden de Ejecución de los Servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopublico.cl 
Unión Temporal de Proveedores: Según lo señala el artículo 67 bis del reglamento de la ley 19886, define lo siguiente; Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por  escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
5. VISITA DE TERRENO


Se efectuará una visita a terreno, de carácter obligatorio, para el día Martes 25 de Febrero año 2020,  a las 11:00.hrs, donde las empresas deben presentarse con el Encargado de Servicios Generales del Hospital, o quien subrogue, quién otorgará “certificado visita a terreno”, el cual se deberá ingresar como documento anexo en la licitación.


6.          DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN:
Esta Licitación Pública se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886 Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, la Ley Orgánica Constitucional de Bases General de Administración del Estado y otras inherentes a la legislación actual, en lo que sea pertinente, las presentes bases y condiciones contractuales. Asimismo, formarán parte de las mismas, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, sea que ellas hayan sido requeridas por los participantes o bien impartidas por el Hospital de oficio y/o en el Foro de la Licitación, del sitio www.mercadopublico.cl, durante el proceso de licitación. 
La presente licitación se ceñirá a la normativa señalada precedentemente y a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala a continuación: 
1 Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases Administrativas y Técnicas. 
2 Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Contractuales y sus Anexos. 
3 Oferta de él adjudicatario. 
4 Resolución de Adjudicación. 
5 Informe de Evaluación de las ofertas
6 Orden de Compra. 


 7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
 Publicación de Requerimiento y recepción de ofertas a través de Licitación   Pública en el portal www.mercadopublico.cl, 
 Periodo de recepción de consultas: Estas se efectuarán en las fechas indicadas en el portal, mediante el foro www.mercadopublico.cl, a través del foro inverso La serie de preguntas y respuestas prevalecerán por sobre los presentes antecedentes de licitación, y las aclaraciones prevalecerán a su vez por dicha serie, formaran parte integra del Contrato Suscrito.
 Análisis de Ofertas: Las ofertas serán analizadas y evaluadas de acuerdo a los criterios de evaluación expuestos en la Licitación.
 Para ratificar la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl, el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento (Dirección), dictará una resolución, y esta será remitida al oferente adjudicado a través del mismo medio.




8.         REQUISITOS PARA OFERTAR


Los Proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl para acreditar que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886) deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada simple por: 


No poseer vínculos de parentesco con funcionarios Directivos del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento ni con personas unidas a ellas.
No registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
No poseer condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.


Proveedor no Inscrito en chile proveedores, tendrá 15 días para regularizar su situación si resulta adjudicado en este proceso, período que no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado. Ante esto, se retendrá la factura y no se cursara el pago.


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento exige que los adjudicatarios tengan la experiencia, idoneidad, infraestructura y capacidad técnica para gestionar y desarrollar, durante la vigencia del contrato, los servicios que se requieran. 
En los Anexos de las presentes Bases Administrativas se detallan antecedentes para dimensionar el servicio objeto de esta licitación, de manera que los proponentes puedan definir su mejor oferta y los esfuerzos que deberán contemplar en la prestación de los servicios en caso de ser adjudicados. 


9. VIGENCIA DE LAS OFERTAS


Las ofertas tendrán vigencia mínima de 60 días a partir de la fecha de la apertura de la propuesta en el Portal Mercado Público.


 10.     ESTUDIO DE LOS ANTECEDENTES


El interesado en formular una oferta, deberá efectuar el estudio completo de los antecedentes, para confeccionar la propuesta y oferta.


11. DOCUMENTOS SOLICITADOS


Todo oferente debe adjuntar a su cotización los siguientes documentos:


En Anexos Administrativos: esenciales 


Formulario Nº 1: Identificación del Oferente. 
Formulario Nº 2: Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar.
Formulario Nº 3: Declaración Jurada simple de aceptación de condiciones.
Copia Legalizada de la escritura de Constitución de la sociedad y sus eventuales modificaciones.
Certificado de vigencia de la misma por el registro de comercio respectivo, con una anterioridad no superior a 60 días de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Documento que acredite Inicio de Actividades, con un rubro y/o giro de producción acorde a la naturaleza de este llamado.
Declaración jurada notarial del representante legal en caso de ser persona natural.


En Anexos Técnicos: esenciales


Formulario N°4: Experiencia del Oferente en Prestación de Servicios Similares
 “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados”
Certificados de Inclusión, correspondiente 
Certificados de acreditación de personal idóneo para realizar las mantenciones. (técnicos mecánicos, técnicos electromecánico, etc)
Certificado Visita en Terreno. Emitido por Encargado de Servicios Generales del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. ( es de carácter obligatorio subirlo como adjunto)










En Anexos Económicos: esencial


Formulario Nº 5: Oferta económica (Neto). 


Los valores deben ser iguales a los que se ingresan al portal, por lo que no deben presentar diferencias e inconsistencias de cualquier índole. 




12. PRESENTACION DE LA OFERTA
Los precios deberán cotizarse en moneda nacional ($ chileno), Considerándose todo lo necesario para dar íntegro y oportuno cumplimiento a las obligaciones que se adquieran.
 12.1      Oferta Administrativa.
 El Proveedor debe completar y adjuntar los Formularios Nº 1, que corresponden a identificación del proveedor y del contacto coordinador de la Adquisición por parte del proveedor, Formulario Nº 2 Declaración jurada simple  referida a que el proveedor no se encuentra afecto a inhabilidades y que no ha sido condenado por prácticas antisindicales, y el Formulario Nº 3,  Declaración Jurada Simple, por aceptación de la condiciones establecidas en las Bases de esta Licitación Pública.
 12.2      Oferta Técnica:
Se deberá anexar de forma Obligatoria a la oferta presentada, todo lo requerido, con la salvedad que además del Formulario N° 4”Experiencia del Oferente en Prestación de Servicios Similares” los proveedores deben adjuntar  “Certificado de Conformidad de Servicios Prestados” donde se deben señalar la cantidad de servicios prestados realizados desde el 01 de enero del 2015 a la fecha de cierre de la presente Licitación, el cual se utilizará para acreditar el “comportamiento Contractual anterior”, de los servicios prestados señalados en formularios N° 4, dados por las empresas contratantes, según corresponda.


El No adjuntar alguno de los formularios técnicos, en el párrafo anterior a su oferta publicada en el portal www.mercdaopublico.cl, su oferta será rechazada en la apertura electrónica. 


  12.3 Oferta Económica:
El Proponente u Oferente deberá ingresar el valor unitario NETO por prestaciones solicitadas, dicho valor permanecerá fijo y permanente durante el periodo de duración del Contrato de Suministro establecido en estas bases.
A su vez deberá llenar el Formulario Nº 5, “Oferta Económica”, donde se detalla el  precio de las prestaciones a realizar 
 El No adjuntar a su oferta este Formulario es motivo de rechazo de su oferta en la apertura electrónica de esta licitación.
 Téngase presente al postular, que para el presupuesto de esta licitación se dispone de un monto proyectado de acuerdo a lo descrito en punto n° 13 de las presentes bases de licitación.
13. FINANCIAMIENTO


Para la contratación de los servicios detallados en la presente licitación, se estima un presupuesto disponible de $8.000.000 (IVA incluido).- para mantención preventiva caldera HFC Nacimiento, $2.700.000 (IVA incluido).- para Mantención caldera Cecosf Lautaro y Julio Hemmelmann,$3.300.000 (IVA incluido), para el cambio de chimenea de caldera HFC Nacimiento. Por lo tanto, la sumatoria de las 3 líneas a licitar corresponden a un monto total de $14.000.000- impuesto incluido respectivamente, con cargo a la Asignación presupuestaria 22.06.005 “Mantenimiento y Reparación de máquinas y equipos de producción” para Hospital Familiar Y Comunitario Nacimiento.
















14. PRESENTACION DE LA OFERTA


14.1 OFERTA ECONOMICA


La cantidad ingresada en el portal por el oferente será de 1, donde posterior se evaluará el valor total de la sumatoria según Anexo Técnicos de los servicios solicitados.


DETALLE DE LO REQUERIDO


Cantidad DESCRIPCION DEL ARTICULO Precio Unitario
1 MANTENCION  PREVENTIVA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO xxxxxx
1 MANTENCION  PREVENTIVA PARA CALDERA CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN xxxxxx
1 CAMBIO DE CHIMENEA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO xxxxxx


Se solicita a los oferentes ingresar el valor total neto del servicio requerido y expresarlo en pesos chilenos en ficha digital del portal www.mercadopublico.cl, el valor ingresado por el proveedor en su propuesta, deberá permanecer fijo y permanente hasta la finalización del trabajo a realizar.


Queda explícitamente estipulado que aparte de los productos mencionados se podrán comprar otros materiales relacionados con el giro o rubro de la empresa adjudicada.


El sistema posteriormente, agregará en la Orden de Compra respectiva, los impuestos correspondientes.


Además, como anexo económico, deben ingresar el detalle de los artículos solicitados, en montos netos y brutos, específicamente en formulario Nº 5 “Oferta Económica”.



15. GARANTIAS 


a. GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA.


Por ser una licitación menor a 1000 UTM, no se exigirá Garantía Seriedad de Oferta.


b. GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO


El oferente adjudicado deberá presentar, una Garantía para garantizar el fiel cumplimiento de Ejecución del contrato y el pago de cualquier obligación derivada del mismo, así como el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, mediante la garantía. 


Tipo Documento Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista o Certificado de Fianza, cualquiera pagadera a la vista. 
Beneficiario Servicio Salud Bio Bio Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, Rut. 61.602.220-2
Pagadera A la vista
Carácter Irrevocable
Cobro A primer Requerimiento
Vigencia 36 Meses días corridos contados de la fecha de emisión de documento, una vez notificada a través del portal mercado público.
Expresado en Pesos Chilenos
Monto 5% del monto total de adjudicación 
Lugar de entrega En oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. Avenida Julio Hemmelmann Nº 711, Nacimiento. en un sobre cerrado, en cuyo anverso indique el ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente
Fecha de Entrega Hasta el quinto día, después de haber sido adjudicado.
Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de ejecución de la obra  CONVENIO MANTENCION PREVENTICA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN”. ID N°… 
Forma y oportunidad de su restitución. Respecto de la devolución, será realizada por el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento con posterioridad al término normal del contrato “sin observaciones”. Se procederá a devolver la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, solicitada a requerimiento escrito del Proveedor Adjudicado a Administrador de Contrato del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.




Entiéndase el concepto a la vista, significa que es reclamable en cualquier momento sin necesidad de preaviso, con su sola presentación, sin cuestionamientos. Es un documento sin vencimiento específico que el librado debe pagar cuando se le presente (es decir, inmediatamente). Se debe Pagar con la sola presentación del Documento, sin que se notifique al Proveedor o aseguradora o pase por un proceso de validación o liquidación.
Entiéndase el concepto de Irrevocable,  significa que no se puede revocar, que es inapelable. Por lo que el documento no puede ser dejado sin efecto o anularse.
En caso de aumento del plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía o cambiarla por otra con mayor vencimiento con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva esta garantía en caso de Incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. 


Esta garantía no podrá hacerse extensiva a otro contrato ni la de otro contrato extensivo a éste. No se aceptarán garantías tomadas por un tercero. 
Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por la vía administrativa por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
Sí el (los) adjudicatario(s) no cumplen con la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en el plazo indicado, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá poner término anticipado al contrato y adjudicar la licitación a otro de los oferentes o llamar a una nueva licitación. En los casos anteriores, el Hospital hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta o la Garantía de Fiel Cumplimiento, según corresponda, quedando este valor a beneficio de la Institución Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. 
Lo anterior sin perjuicio alguno de las acciones que el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.


En caso de cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá reponer la Garantía de Fiel Cumplimiento por igual monto y por el plazo que reste a la vigencia de la garantía hecha efectiva, dentro de los 5 días corridos siguientes contados desde su cobro, se pondrá término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.




             c. CASOS EN QUE SE PUEDE HACER EFECTIVA LA GARANTIA. 
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento en los siguientes casos: 
Si el (los) adjudicatario(s) se desiste de su oferta. En este caso se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta o de Fiel Cumplimiento de Contrato según corresponda. 
  El cambio de las condiciones materia de la oferta, durante la vigencia del Contrato, sin la aceptación previa por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento.
  Sí la vigencia de la garantía estuviera a menos de 15 días corridos de su vencimiento, para evitar 
su caducidad
  La quiebra o el estado de notoria insolvencia de él (los) adjudicatario(s) a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
  Si los representantes o el personal de los adjudicatarios no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión.
  En caso de incumplimiento de la obligación señalada en el inciso final del numeral relativo a la garantía de responsabilidad civil por daños a terceros.
  En caso de incurrir el adjudicatario en cualquier infracción al objeto del contrato, a los deberes y obligaciones derivados de este.




           d.   ERRORES EN DOCUMENTO DE GARANTIA


Si los documentos de garantía presentasen errores en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el oferente podrá presentar en un plazo no superior a 48 horas de haber sido notificado, un nuevo documento correctamente emitido, si no se hiciese este canje la oferta quedará fuera de bases. Sobre otro tipo de errores o incumplimiento del plazo, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se reserva el derecho de rechazar o no la oferta.
   
16.     DE LA PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES:


Se aceptarán documentos o antecedentes no esenciales, de carácter administrativo, que hayan sido emitidos por el oferente en el momento de ingresar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl  


La forma para presentar documentos será a través de la aclaración de ofertas durante el proceso de evaluación, dicha elevación de documento no podrá pasar o exceder de 48 hrs. después de solicitada la aclaración.


Teniendo en consideración que dicha presentación de documento se hizo fuera de plazo, el proveedor sufrirá un descuento de 05 pts. Sobre el puntaje total ponderado, siendo el resultante de este descuento el puntaje total obtenido por el proveedor para esta licitación.


Si al concluir el plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso.


17.      DE LA INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS


La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante todo el proceso de licitación, incluso, en el acto mediante el cual éste se decide. 


Se considerarán siempre inadmisibles
Las ofertas extemporáneas, presentadas fuera de plazo. 
Las ofertas que no hubieren dado cumplimiento a las exigencias que establecen las bases. (requisitos administrativos y técnicos)
Cuando la oferta técnicamente no se ajuste a lo solicitado por el Hospital de Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, de acuerdo a la evaluación técnica realizada a la propuesta (Programa) del proveedor, la comisión evaluadora a través de un Informe fundamentará las razones de Inadmisibilidad de la Oferta. 


La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica a través del portal www.mercadopublico.cl.


18.   MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRAS SALDO INSOLUTOS. 


Lo Medios para acreditar si el proveedor adjudicado NO registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA SIMPLE (FORM. N° 2) la cual deberá adjuntar a la oferta realizada a través del Portal  www.mercadopublico.cl


18.1   DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES


Según lo señala la Modificación al Art. 4 de la Ley 20285 Compras Públicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años.


Los procedimientos a seguir son los siguientes:


Para este caso la empresa deberá destinar los primeros pagos de sus prestaciones de Servicios a regularizar dichas Obligaciones (Saldos Insolutos).


Las Empresas deberán acreditar que no tienen obligaciones Laborales y previsionales pendientes a la mitad de la duración del contrato, mediante la presentación de los certificados o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, y, en su caso, con los dependientes de su subcontratista, si es que se permite la subcontratación, quedando facultado, en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados.


El Hospital Familiar y Comunitario exigirá que empresa proceda a los pagos y le presente comprobantes y planillas, cada vez que se proceda al pago, como señala en la cláusula


19. DE LA EVALUACION DE LA PROPUESTA


La evaluación de las ofertas recibidas entre el período estipulado para ello en las bases de licitación, se realizará en virtud de los criterios descritos en el punto 20 y por una comisión cuyos integrantes se identifican a continuación:


19.1 COMITE EVALUADOR


Las ofertas validadas administrativamente serán sometidas a un proceso de análisis comparativo a cargo de una comisión técnica evaluadora integrada al menos por:


Encargada  Servicios Generales del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento o quien la subrogue
Encargada de finanzas del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento o quien la subrogue
Representante unidad de Abastecimiento del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento o quien la subrogue


El acto de apertura estará circunscrito sólo a la recepción y verificación de la existencia de los antecedentes exigidos de acuerdo a las formalidades y contenidos establecidas en las bases de la licitación. De esta forma corresponderá a la comisión el análisis y la evaluación de los antecedentes recibidos en un proceso posterior al acto de apertura. 
La referida comisión estudiará y evaluará los antecedentes de las ofertas y elaborará un informe comparativo y evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.


La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de proponer el rechazo de algunas o todas las ofertas, sólo cuando técnicamente se demuestre su inconveniencia. 
Si producto de la verificación, en el transcurso de la apertura, surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, la comisión tendrá la facultad para establecer y aplicar en el proceso de Apertura, los criterios que permitan dirimir dicha controversia. 
El Acta de Apertura deberá contener todos los datos necesarios para individualizar a los oferentes, las ofertas, plazos, etc., dejando constancia de las observaciones o reclamos de los interesados, firmada por los integrantes de la comisión
20. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los siguientes serán los criterios que se evaluarán en las ofertas que se presenten en la licitación:


CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
OFERTA ECONOMICA 30%
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 20%
CALIDAD TECNICA 20%
GARANTIA 20%
CRITERIOS DE INCLUSION 5%
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 5%
PUNTAJE FINAL 100%


20.1 Oferta Económica (30%)


Fundamento (RAZÓN MATEMÁTICA) Puntaje 
Oferta mínima (que cumpla requisitos) 100
Las otras ofertas se trabajan bajo la siguiente razón matemática. Oferta mínima x 100
Oferta evaluada


Observación: Se utilizará la fórmula matemática, la cual comparará las ofertas recibidas y asignará un puntaje entre 0 y 100 puntos (100 pts la menor oferta que se enmarque dentro del presupuesto referencial).


20.2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR  (20%)


Fundamento Puntajes
El oferente que acredita la conformidad satisfactoria de más de 5 servicios relacionados prestados señalados en el Formulario N°4 a través de Certificado conformidad de servicios prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante 100
El oferente que acredita la conformidad satisfactoria de 1 a 5  servicios prestados relacionados señalados en el Formulario N°4 a través de Certificado Conformidad de servicios prestados adjunto, otorgado por cada empresa contratante. 70
El oferente no adjunta ningún certificado de conformidad de los servicios prestados. 0


NOTA: Para que los Servicios sean considerados y contabilizados, se deben especificar uno a uno en el Formulario N° 4”Experiencia del Oferente en Prestaciones de Servicios Similares”, según los campos que correspondan, sin embargo además se deberá utilizar el formato “certificado conformidad de servicios prestados” elaborado por el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, el cual se encuentra adjunto a esta licitación , por lo tanto, el oferente deberá adjuntarlo timbrado y firmado por el encargado del contrato o representante legal de la Institución o Empresa donde presto o presta los servicios por cada uno de los servicios señalados, desde 01 de enero del 2015 a la fecha. De no adjuntar el “certificado conformidad de servicios prestados”, en las condiciones solicitadas, dicho servicio, no será contabilizado. 


Cualquier falsedad de la información entregada, que se compruebe durante el periodo de evaluación de ofertas o bien después de su adjudicación, será causa de término anticipado del contrato y cobro de las garantías se existiesen.


20.3 Calidad Técnica (20%)


Fundamento Si cumple
El oferente cuenta con personal idóneo para realizar los trabajos, (se verifica con certificados de acreditación de competencias técnicas o título en caso que corresponda) 100
El oferente no informa 0


Observación: para obtener el puntaje final de la evaluación, se verificara mediante la presentación de título profesional o certificado, estos pueden ser universitarios, o de institutos técnicos de educación superior, atingentes al área de mecánica industrial o similar si corresponde. Además deberá adjuntar Contrato o documento que acredite el vínculo de la persona la cual certifica la condición exigida en este criterio, con la empresa que presenta la oferta. 
NOTA: No se consideraran certificados, de instituciones de educación media. 
20.3 Garantía (20%)


Fundamento Si cumple
El oferente informa una garantía de los trabajos a ejecutar igual o superior a 12 meses (Desde su ejecución) 100
El oferente informa una garantía de los trabajos a ejecutar mayor a 6 meses y menor a 12 meses (Desde su ejecución) 50
El oferente informa una garantía de los trabajos a ejecutar menor a 6 meses (Desde su ejecución) 30
El oferente no informa 0


Observación: para obtener el puntaje de la evaluación, se verificara mediante el Formulario N° 4 donde el proveedor, deberá en el campo correspondiente, indicar cuanto será el tiempo de garantía de sus trabajos. 


20.4 Criterios de Inclusión (5%) 
Criterios de evaluación inclusivos relativos a personas con discapacidad mental, sensorial o física, o bien, indígenas (minoría étnica):


a. Personas con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (Intelectual o Psíquica): 60% 


Fundamento Puntajes
Acredita Contar con al menos un trabajador con discapacidad 100
No acredita 0
Observaciones:
Deberá ser acreditado solo con la cedula de identidad y/o Certificado Registro Civil que mencione la condición, para lo cual deberá anexar dicha credencial a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl 
Esta condición deberá Perdurar en el tiempo de la Ejecución del Contrato.
El Hospital de Nacimiento podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.  


b. Pueblos Originarios (minoría étnica) 40%


Fundamento Puntajes
Acredita condición de indígena de al menos un trabajador 100
No acredita 0
Observaciones:
Deberá ser acreditado solo con el certificado de calidad indígena emitido por Conadi, para lo cual deberá anexar dicho certificado a la oferta generada a través del portal www.mercadopublico.cl. 
Esta condición deberá Perdurar en el tiempo de la Ejecución del Contrato.
El Hospital de Nacimiento podrá solicitar en cualquier momento la documentación que respalde o acredite el criterio de Inclusión Evaluado.  


20.5    Criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de la Oferta 5%


Cumplimiento de los Requisitos formales de la oferta Puntajes
Proveedor cumple con todos los antecedentes Administrativos solicitados en bases de licitación. 100
Proveedor cumple con parte de los antecedentes Administrativos solicitados.        50
Proveedor no cumple con los antecedentes Administrativos solicitados. 0










21. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE


En caso de que se iguale en el puntaje final, se procederá de la siguiente manera o fases, según siguiente escala de prevalencia: 
a) El proveedor con oferta económica más conveniente. 
b) El proveedor que esté mejor evaluado en el criterio comportamiento contractual anterior
c) El proveedor que esté mejor evaluado en el criterio calidad técnica.
d) El proveedor que este mejor evaluado en el criterio garantía.
e) El proveedor que este mejor evaluado en el criterio inclusión. 
f) El proveedor que este mejor evaluado en el criterio cumplimiento requisitos formales.
g) El proveedor, que subió primero su oferta al sistema de información Mercado Público. 


22. ACLARACIONES Y CONSULTAS A LAS BASES 


Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación, ingresándolas en el Foro de la Licitación, del sitio www.mercadopublico.cl, dentro del período fijado a la presente licitación y que se encuentra publicado en el portal. 
El Hospital Familiar Comunitario de Nacimiento, por su propia iniciativa o en respuesta a una consulta o solicitud de aclaración planteada por algún oferente, podrá modificar, rectificar las Bases de Licitación y sus documentos complementarios, mediante Aclaraciones. 
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento responderá las consultas y hará las aclaraciones a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del período fijado, conforme se señala en el portal. Dichas respuestas y aclaraciones.
No obstante, dependiendo del número de preguntas, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá mediante Resolución, modificar el plazo, en cuyo caso se extenderá en igual número de días, la fecha de cierre de ofertas


Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, se estima que los antecedentes presentados por alguno de los oferentes debe ser aclarado o complementado siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso, ya que estas preguntas y respuestas realizadas forman parte integra de las bases administrativas.


23. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS


La declaración de inadmisibilidad podrá ser hecha, en cualquier tiempo durante todo el proceso de licitación, incluso, en el acto mediante el cual este se decide. No obstante el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se reserva el derecho de adjudicar o declarar inadmisible total o parcialmente, cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las bases.
En ningún caso el oferente tendrá derecho a indemnización alguna.


Se deciden inadmisibles:


Las ofertas extemporáneas, presentadas fuera de plazo.
Las ofertas que no hubieran dado cumplimiento a las exigencias que establecen las bases (requisitos administrativos y técnicos).


La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.
Dichas declaraciones deberán efectuarse por Resolución Exenta que así lo disponga.












23.1     OTRAS CAUSALES DE INADMISIBILIDAD


Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:
a) Que un proveedor haga ofrecimientos adicionales a los requeridos en este proceso de compra pública;
b) Cuando el proveedor por cualquier medio de a conocer al Hospital su oferta económica antes de la apertura de las ofertas.
c) Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso de adquisición de un contrato; y por práctica fraudulenta, la tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo prácticas colusorias entre oferentes a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos y privando al Hospital de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos.
Cuando la información que entregue el oferente no conste en los documentos y/o campos dispuestos para tales efectos, producto de lo cual le sea imposible al Hospital conocerlos
24. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES 


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá modificar los documentos de la Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de Preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a través de otro documento denominado “Modificación o Aclaración a las bases”. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.


24.1.  PROHIBICIÓN DEL OFERENTE DE MODIFICAR LAS BASES


El Hospital no admitirá modificaciones a los documentos y/o formularios, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio
25. DE LA ADJUDICACIÓN


El Hospital se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, declararla desierta, adjudicar solo algún ítem o aceptar cualquiera de ellas si lo estima conveniente, con expresión de causa y sin que los proponentes pueden pretender indemnización alguna por este hecho, o de adjudicar la Propuesta que mejor convenga a nuestros intereses, aunque esta no sea la de menor valor económico.


Para la adjudicación, se analizarán los antecedentes técnicos y económicos entregados por las empresas que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.  


En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de orden de compra.


25.1 MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN


La fecha aproximada de adjudicación será el día que indique el portal y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:




No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
 
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.


25.2    MODIFICACION DE LA CANTIDAD ADJUDICADA.
 El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá aumentar o disminuir la cantidad adjudicada hasta en un 30%, por lo cual el proveedor deberá respetar la oferta económica adjudicada.
25.3         MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN


El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 2 días corridos desde la fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico jacqueline.jimenez@ssbiobio.cl, después de esta fecha el Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas .


26 READJUDICACIÓN


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de readjudicar la Licitación Pública cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado antes del inicio de las actividades o durante el transcurso del contrato y si el proveedor desiste por motivos de fuerza mayor de su oferta. Además si existe un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas el cual sea conocido antes de la entrega del producto o servicio, también se aplicará esta cláusula.


En caso de que la Orden de Compra ya hubiese sido aceptada por el proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl, éste deberá cancelar la Orden de Compra atendiendo a la declaración jurada simple de aceptación de condiciones (formulario Nº 3), previa notificación por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento. 


En caso que el adjudicado en primer lugar no cumpla con plazo de entrega, exista problema de cubrir con servicio solicitado o no acepte la orden de compra dentro de las 24 horas siguientes a la adjudicación se podrá readjudicar o contratar al siguiente proveedor mejor calificado.


La declaración de re adjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación. 


27 RESERVA DE LA INSTITUCION
 El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta según el artículo 9 de la Ley 19.886, podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, en todos los casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal mercadopublico.cl
27.1 DE LA DESERCION: 


El Hospital podrá declarar desierta la licitación: por considerar que la o las ofertas no son convenientes a los intereses del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, de acuerdo a las condiciones de la licitación o del mercado actual de los productos objeto de esta licitación. 


En el evento de rechazarse todas las propuestas se procederá a declarar desierto o nulo el proceso, según proceda, notificando de ello a los participantes Resolución fundada firmada por el Director del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento y publicada en el sitio http://www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los participantes de la licitación.






27.2 READJUDICACIÓN


El Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento se reserva el derecho de readjudicar la Licitación Pública cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado antes o durante el transcurso del contrato y si el proveedor desiste por motivos de fuerza mayor de su oferta. Además si existe un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas el cual sea conocido antes de la entrega del producto o servicio, también se aplicará esta cláusula.


En caso de que la Orden de Compra ya hubiese sido aceptada por el proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl, éste deberá cancelar la Orden de Compra atendiendo a la declaración jurada simple de aceptación de condiciones (formulario Nº 3), previa notificación por parte del Hospital de Nacimiento.


La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación (de la alternativa seleccionada).


27.3 REVOCACIÓN


 El Hospital de Nacimiento, podrá otorgar el estado de "Revocada" en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado "Desierta" pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.


28 CONDICIONES DEL CONVENIO 


28.1 DEL CONVENIO.


Por tratarse de una Licitación menor a 1.000 UTM, no se generará contrato.
De acuerdo al reglamento de compras públicas, decreto n°250, dejase establecido que no se suscribirá contrato sino que se formalizara mediante emisión de orden de compra por parte del comprador y su aceptación por parte del proveedor. 
El oferente deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones técnicas entregadas, debiendo cumplir con la totalidad de lo solicitado, sin derecho a indemnización de ningún tipo por imprevistos que surjan,   asumiendo todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, dentro de lo establecido en los antecedentes entregados por el Mandante.


Serán de cuenta del Oferente:
a) Los gastos que demande la obtención de garantías estipuladas en estas Bases.
b) El cumplimiento de las Leyes Sociales, accidentes de trabajo, etc.
c) Los gastos notariales por concepto de firma de contrato, tanto de su firma como la del Director del establecimiento.


28.2 FECHA DE INICIO  y DURACION DEL CONVENIO


El inicio del convenio mantención de caldera del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, comenzara a regir una vez realizada la adjudicación de la Licitación y presentada la garantía que resguarda el fiel y oportuno cumplimiento del convenio, por un periodo de 24 meses (2 años), generándose las ordenes de compras correspondientes, pero con la salvedad que el pago de estos servicios deberá realizarse posterior a la publicación de dicha Resolución Exenta en el portal www.mercadopublico.cl.-


Antes del Término del periodo anual se genera una evaluación, para garantizar la continuidad del periodo anual siguiente, esta misma evaluación se realizará si se produjese prorroga respectiva por un periodo de 6 meses.






La Evaluación será realizada por el administrador del contrato, determinando si los servicios prestados fueron satisfactorios o insatisfactorios.
Se podrá poner terminó al convenio bajo la manifestación de uno de los contratantes, comunicando esta decisión mediante carta certificada enviada a lo menos con  60 días de anticipación  a la fecha de expiración del periodo.
29.3      INCORPORACION DE ARTICULOS AL CONVENIO
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de incorporar nuevos artículos, productos y/o servicios asociados al rubro del proveedor, que no hayan sido considerados al momento de subir la propuesta al portal Chile Compra, para lo cual antes de la emisión de la orden de compra se solicitara a proveedor adjudicado una cotización, debiendo mantener el precio del producto mientras dure el presente convenio.
           29.4     MODIFICACIÓN DEL CONVENIO


Las partes podrán modificar el correspondiente convenio suscrito por ellas, dichas modificaciones corresponderán al aumento o disminución de cantidades o bien a la incorporación de bienes o servicios asociados o de similares características. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste, esta modificación se formalizará  mediante resolución fundada, dentro de las 24 hrs siguientes a su dictación.


          29.5     ADMINISTRADOR DEL CONVENIO
 El Administrador de este convenio será el encargado de Servicios Generales, quien se comunicara con el proveedor adjudicado, para solicitar la Información necesaria que respalde los servicios prestados y velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuar como interlocutor entre las partes, siendo sus funciones y responsabilidades las siguientes:


1. Supervisar, Coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del convenio y de todos los aspectos considerados en estas bases.


2. Fiscalizar que la ejecución del convenio se ciña estrictamente a lo indicado en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación


3. Velar por el correcto desarrollo del convenio, informando mediante oficio a la Unidad de abastecimiento del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento en caso de que deban aplicarse multas.


4. Dar visto bueno y generar Acta de Recepción Conforme de los Servicios Prestados.


5. Las demás que le encomiende las presentes Bases.


6. Mantener un permanente control sobre la ejecución del convenio, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.


30. CAUSAS Y MONTO DE LAS MULTAS


El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento podrá administrativamente cobrar multas a empresa de servicios, cuando se verifiquen las situaciones que se indican y por los montos que para cada caso se señalen:


1% por día de atraso diario por atraso entrega del equipo en mantención, (se entenderá por atraso el tiempo que medie entre el vencimiento del plazo de entrega acordado y el tiempo real de entrega del servicio)
2 UTM cuando la mantención realizada presente deficiencias y no exista la intención por parte del proveedor de hacer cumplir la garantía ofertada.


30.1 OBSERVACIONES 
Una vez emitida por escrito una solicitud o petición por parte del referente técnico (encargado servicios generales) el proveedor deberá responder por escrito la solución en un plazo no mayor a 15 días hábiles, de no cumplir con el plazo se procederá a la aplicación de la multa respectiva, indicada en el punto  de acuerdo a lo indicado en  las presentes bases de licitación




30.2.   PROCEDIMIENTO DE INCUMPLIMIENTO Y  APLICACIÓN DE LA MULTA


Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, se procederá a informar por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos,  el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento,  dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando la multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al proveedor adjudicado y Sí dicha resolución determina la aplicación de multa dicha resolución deberá ser subida a la ficha de www.chileproveedores.cl.


La base numérica para calcular los días de atraso en la entrega de productos por parte del proveedor serán, la fecha de entrega comprometida y la fecha del registro de la oficina de partes del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento.


Cobro de la multa: Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital deba efectuar al proveedor adjudicado en la factura única correspondiente a la orden de compra y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se les cobrara directamente. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta al Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, para hacer efectivo el cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento, los montos serán ingresados al presupuestó de dicho establecimiento hospitalario.


El cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento se Notificará al proveedor a través de Resolución Exenta por carta certificada y a su vez deberá ser subida a la ficha del portal www.chileproveedores.cl. Además se deberá informar mediante Oficio (Ordinario) a la Dirección de Compras Públicas el incumplimiento, bajo el concepción de Reclamo, y por último se procederá a dar  termino al contrato cuando la cantidad de multas cobradas tenga el carácter de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, pudiendo cancelar la Compra, y/o re adjudicar al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o desertar la línea o líneas adjudicadas en su caso.  


Será Obligación del proveedor Adjudicado, renovar la Boleta que Garantiza el fiel y oportuno cumplimentó del  contrato, por el monto y vigencia originalmente establecido en las respectivas bases, toda vez que se incumpla cualquiera obligación del contrato, especialmente aquellas en que se apliquen multas por atraso en la entrega de los servicios.


Recursos: En contra de la resolución exenta que se pronuncia sobre el o los Incumplimientos, la aplicación de multas, cobro de la garantía de fiel cumplimiento, término anticipado del contrato o la adopción de otras medidas; procederán los recursos dispuestos en la Ley N 19.880, sobre Procedimientos Administrativos.


Procedimiento de Reposición: el adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de notificada la resolución que le impone la multa para responder fundadamente acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. El administrador del contrato o quien lo subrogue resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición y será notificado al proveedor a través de carta certificada.

31.   ENCARGADO Y REFERENTE TECNICO DEL CONVENIO 
Encargada de servicios generales Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento o quien subrogue
32.    ORDEN DE COMPRA, FACTURACION, RECEPCION  Y PAGO.
Orden de Compra: Las órdenes de compra se generan una vez al mes por mes vencido, pudiendo parcializar el pedido y emitir las orden de compra en un tiempo menor a un mes para facilitar el ordenamiento de los procesos internos del flujo de facturación del Hospital de Nacimiento, Todo de acuerdo al valor ofertado y adjudicado en la Licitación Pública y consignado en convenio  mantención de caldera para el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, la cual deberá ser aceptada, por el portal www.mercadopublico.cl






Facturación: La Facturación se llevara a cabo una vez generada la orden de compra, por lo tanto la factura deberá tener fecha igual o posterior a la fecha de la orden de compra emitida, en ningún caso anterior a la fecha de orden de compra.


La facturación  debe ser realizada a nombre de:


Razón Social : Servicio de Salud Biobío, Hospital Nacimiento 
RUT : 61.602.220-2
Dirección : Avda. Julio Hemmelmann # 711 Nacimiento.
Giro : Hospital
Fono : 432-333070


Se aceptaran solo el siguiente instrumento tributario: Factura. 


Posteriormente deberá hacer llegar la factura al correo de encargada servicios generales. Posteriormente se hará llegar a oficina de partes para su Registro, se visará en unidad de abastecimiento para él envió definitivo para su pago en la Unidad de Finanzas del Hospital.


Recepción: Esta será realizada por el Administrador del convenio o Contraparte Técnica quien verificará el cumplimiento de lo solicitado, para su posterior pago.


Pago: Las prestaciones se cancelaran por mes vencido dentro de los 45 días siguientes a la recepción conforme de la factura en el Hospital de Nacimiento, como se establece por ley 20882 de presupuesto año 2017.


32.1    ANTECEDENTES QUE SE DEBEN ADJUNTAR A LA FACTURA RESPECTIVA PARA SU POSTERIOR COBRO:
Numero de orden de compra correspondiente que genera dicho documento
33. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO DE NACIMIENTO
Serán obligaciones del Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento, entre otras las siguientes: 
  a. Determinar las condiciones de uso de los servicios requeridos. 
  b. Fiscalizar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista, en virtud de la presente licitación. 
  c. Realizar el pago oportuno de las respectivas facturas o boletas, por los servicios prestados. 




34.   DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONVENIO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:


Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. (Se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes el contrato, fijándose en dicho acuerdo las condiciones del término del mismo. Si hubiera acreedores prendarios del contrato, se requerirá el consentimiento expreso de todos ellos manifestado por escritura pública.)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el Administrador del contrato.


Se entiende como incumplimiento grave el Incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido, según lo estipulado en las bases; Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.


Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.


Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.


Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional






Manifestación de voluntad de uno de los contratantes, formalizada mediante carta certificada enviada al domicilio de la otra parte con una anticipación mínima de 60 días a la fecha de término deseada.


La no entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las presentes bases.


Si los representantes o el personal de los proveedores adjudicados no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión. 




En el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adjudicado en el contrato, y el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento por su parte, podrá hacer cobro de la boleta de garantía de cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.


En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho a aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b) de la ley 19.886, en concordancia con el artículo 10 numeral 2 del Reglamento de la citada ley, o llamar a una nueva licitación pública para proveer el servicio.


El término anticipado del convenio  no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento para readjudicar al segundo Proveedor o Postulante mejor evaluado.


35 DOMICILIO DE LAS PARTES 
Las partes fijan su domicilio en la Comuna de Nacimiento, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia o del Tribunal de Contrataciones Públicas, según corresponda


36       RESERVA DE LA INSTITUCION


Quedar liberado de toda responsabilidad por daños a terceros que se produjesen con motivo del cumplimiento de la oferta, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del oferente.
Poder rechazar todas las ofertas o aceptar aquella que más convenga a los intereses de la institución aunque no fuere la de menor valor.
Anular la respectiva orden de compra emitida por el incumplimiento injustificado en los plazos de realización, por desistir el proveedor o por otros motivos que se deberán fundamentar en su oportunidad.
Aumentar o disminuir la cantidad de servicios solicitados.
Declarar inadmisible las ofertas, en caso de que ninguna de las alternativas ofertadas cumplan con los requerimientos establecidos en los términos de referencia y declarar desierta la licitación simplificada cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las bases se consideran condiciones mínimas, no obstante lo cual, será materia de la Oferta, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en la Propuesta, al igual que otras modalidades tales como descuentos, precios convenientes y ofertas especiales respecto de los ítems ofertados por los Proponentes, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para el Hospital  Familiar y Comunitario de Nacimiento.
El Hospital Familiar y Comunitario de Nacimiento se reserva el derecho de admitir aquellas Ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los Oferentes en la correcta evaluación de la Propuesta.
Las presentes condiciones, prevalecerán sobre cualquier discrepancia y otra información.


37.     NORMATIVA LEGAL PRINCIPIO DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA


LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS
1. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
3. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para terceros  
4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
6. Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga.
7. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto innecesario a la institución.


38.     NORMATIVA LEGAL. INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.


“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)


En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos  de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.


El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)


Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.


Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.


El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.




Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos  administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, d.o 05.01.2006)


Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.


Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda. 


Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder
Judicial, a su Comisión de Ética. 


NOTA: El artículo 2º Transitorio de la LEY 20088, publicada el 05.01.2006, modificatoria de la presente norma, dispone que las modificaciones que introduce a ésta, entrarán en vigencia noventa días después de la publicación del Reglamento que establecerá los requisitos de las declaraciones de patrimonio, según lo dispone el artículo 1º Transitorio de la citada Ley. Dicho reglamento se encuentra contenido en el DTO 45, Secretaría General de la Presidencia, publicado el 22.03.2006.”.




B) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“CONVENIO MANTENCION PREVENTIVA PARA CALDERA HOSPITAL FAMILIAR Y COMUNITARIO NACIMIENTO, CECOSF LAUTARO Y CECOSF JULIO HEMMELMANN”




1. GENERALIDADES.


Mantención de caldera debe incluir repuestos por parte del proveedor. A continuación, se detallan actividades a realizar y la frecuencia con la que se deben cambiar los repuestos durante este convenio:


Para la mantención de la caldera del Hospital familiar y Comunitario Nacimiento, está se llevará a cabo 2 veces durante dure el convenio, es decir 1 vez por año, previa programación con Encargada de Servicios Generales del Hospital.


Para la mantención de las calderas o calderines de los CECOSF, Lautaro o Julio HEMMELMANN, estos se llevarán a cabo 2 veces durante dure el convenio, es decir 1 vez por año, previa programación con Encargada de Servicios Generales del Hospital.


Para el cambio de Chimenea de la Caldera del Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento, se llevará acabo sólo 1 vez. 
                     1   MANTENCIÓN Y REPARACIÓN  DE CALDERA Y ACCESORIOS


ACTIVIDADES CALDERA FRENCUENCIA ESPECIFICACIONES DE LA ACTIVIDAD
REPARACIÓN INYECTOR MANUAL 1 AL AÑO DESARMAR Y REPARAR INYECTOR
CAMBIO CAÑERIA SALIDA DE VAPOR INYECTOR MANUAL 1 AL AÑO PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
CAMBIO EMPAQUETADURA VALVULA SALIDA  DE VAPOR 1 AL AÑO PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
CAMBIO DE VALVULA SALIDA DE VAPOR INYECTOR MANUAL 1 PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
CAMBIO EMPAQUETADURA A LAS COMPUERTAS TRASERAS Y DELANTERAS 1 VEZ AL AÑO RETIRAR LA EMPAQUETADURA E INSTALAR UNA NUEVA
CAMBIO VALVULA CIERRE RAPIDO DE PURGA LADO IZQUIERDO 1 PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
REVISIÓN Y REPARACIÓN REPOSTERIA DEL HOGAR 1 VEZ AL AÑO PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
CAMBIO DEL TUBO DE NIVEL 1 VEZ AL AÑO REMPLAZO DE TUBO, POR UNO NUEVO
MANTENCIÓN DE LA ILUMINACIÓN DE LA SALA 1 VEZ AL AÑO RETIRAR LUMINARIAS EN MAL ESTADO Y COLOCAR NUEVOS TUBOS
CAMBIO CHIMENEA 1 PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
CAMBIO MC DONNELL 1 PROVEEDOR HOSPITAL
MANTENCIÓN DE TODAS LAS  VALVULAS DEL MANIFOLD (8) 1 VEZ AL AÑO REVISIÓN Y MANTENCIÓN QUE CONSISTE EN LA DESINTALACIÓN DE LA PRENSA ESTOPA, CAMBIO DE EMPAQUETADURA DE FLAGUES SUPERIOR E INFERIOR, CAMBIO DE PERNOS DE FLANGUES. REVISIÓN Y LIMPIEZA FILTRO DE TRAMPA
REVISAR Y MANTENCIÓN  CIRCUITOS ESTANQUE AGUA CALIENTE 1 VEZ AL AÑO REVISIÓN Y LIMPIEZA INTERNA DE ESTANQUE DE AGUA CALIENTE. CAMBIO DE EMPAQUETADURA DE ENTRADA DE HOMBRE DE ESTANQUE DE AGUA CALIENTE. REVISIÓN Y LIMPIEZA DE CERPENTIN DE TRASMISIÓN DE CALOR. CAMBIO DE EMPAQUETADURA. REVISIÓN Y MANTENCIÓN DE CIRCUITO INTERNO DEL CERPENTIN. CAMBIO DE CAÑERIA DE DESAGUE DE CAMARA DE CONDENSADO DEL CERPENTIN
MANTENCIÓN VALVULAS AUTOCONTROLADA DE AGUA CLIENTE Y CALEFACIÓN 1 VEZ AL AÑO RETIRO DE LA VALVULA Y CALIBRACIÓN
REVISAR CIRCUITOS ESTANQUE AGUA CALIENTE 1 VEZ AL AÑO REVISIÓN Y LIMPIEZA DE TRAMPAS
REVISIÓN INTERNA ESTANQUE ALIMENTACIÓN 1 VEZ AL AÑO REVISIÓN Y LIMPIEZA INTERNA. CAMBIO DE TERMOMETRO
CAMBIO BOMBA IMPULSORA N° 2 1 PROVEEDOR DE REPUESTO EMPRESA EJECUTORA DEL TRABAJO
REVISIÓN DUCTO Y ESTANQUE DE AGUA PURGA 1 REVISIÓN Y LIMPIEZA Y CAMBIO DE EMPAQUETADURA
LIMPIEZA Y REVISIÓN DE ESTANQUE DE ALIMENTACIÓN Y CONDENSADO. 1 CAMBIO DE ESTANQUE EN EL CASO QUE CORRESPONDA


                   1.1  TRABAJOS A EJECUTAR EMPRESA EXTERNA

CAMBIO MCDONNELL

CAMBIO CAÑERIA DE SALIDA DE VAPOR  INYECTOR MANUAL
CAMBIO EMPAQUETADURA SALIDA DE VAPOR
CAMBIO DE EMPAQUETADURA A LAS COMPUERTAS
CAMBIO TUBO DE NIVEL
CAMBIO DE CHIMENEA DE CALDERA
CAMBIO DE BOMBA IMPULSORA DE CALEFACCIÓN N° 2
MANTENCIÓN VALVULA AUTOCONTROLADA N°2
CAMBIO DE EMPAQUETADURA EN FLANGUES ENTRADA DE AGUA CALDERA
CAMBIO DE ESTANQUE SI ES QUE CORRESPONDE


                   1.2 TRABAJOS A EJECUTAR FUNCIONARIOS

CAMBIO VALVULA DE CIERRE RAPIDO PURGA LADO IZQUIERDO
REVISIÓN REPOSTERÍA DEL HOGAR DE LA CALDERA
MANTENCIÓN DE ILUMINACIÓN CALDERA
REVISIÓN Y REPARACIÓN DE TODAS LAS VALVULAS DEL MANIFOLD
REVISIÓN Y MANTENCIÓN ESTANQUE DE AGUA CALIENTE
CAMBIO DE CAÑERÍA CAMARA CONDENSADO ESTANQUE AGUA CALIENTE
REVISAR Y LIMPIAR CIRCUITO ESTANQUE DE CALEFACCIÓN
REVISIÓN INTERNA ESTANQUE ALIMENATCIÓN 













2. MANTENCIÓN CALDERÍN CECOSF LAUTARO Y JULIO HEMMELMANN
ACTIVIDADES FRECUENCIA
Pruebas de caldera antes de intervenir 1 AL AÑO
Desarme y rearmado de piezas de caldera 1 AL AÑO
Limpieza y lavado de disipadores (tubos) de temperatura (paños húmedos) 1 AL AÑO
Sopleteo y aspirado de quemador y hogar  caldera (Soplador eléctrico). 1 AL AÑO
Limpieza externa y lavado con paños húmedos con detergentes 1 AL AÑO
Mantención y limpieza de  bombas de recirculación de agua caliente 1 AL AÑO
Ajustes de llama y limpieza 1 AL AÑO
Mantención de tablero eléctrico control caldera 1 AL AÑO
Mantención y reapriete de conexiones de termostato caldera 1 AL AÑO
Lavado y ajustes de relay, contactores sistema de encendido. 1 AL AÑO
Pruebas finales de operación eléctricas y operacionales 1 AL AÑO
Kit mantención bombas y empaquetaduras 1 AL AÑO
Fungibles 1 AL AÑO


3. Cambio de Chimenea de la caldera Hospital Familiar y Comunitario Nacimiento


Dicha actividad, consiste en el cambio, de manera íntegra la chimenea de la caldera del hospital de Nacimiento, el cual debe de material Acero Negro de 4 mm,  además se debe entregar pintado y arenado considerando todas las fijaciones, y demás mecanismos, para la chimenea, quede en perfecto estado y funcional. Todos los detalles, que se requieran para dicho trabajo, podrán ser consultados el día de la visita a terreno. 




OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR 


Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del convenio.
Ejecutar el convenio con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases administrativas y técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, asimismo a las directrices que establezca.
Responder de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal. 
Será responsable de cumplir con obligaciones previsionales, seguridad social y las que resulte aplicables.