Licitación ID: 1057415-5-LE23
SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA CON FINES DE TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE ENFERMERIA
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Personal médico temporal 10 Mes
Cod: 80111606
ATENCIÓN DOMICILIARIA CON FINES DE TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS POR ENFERMERA PARA PROGRAMA DE SALUD CARDIOVASCULAR. PARA UNA CANTIDAD ESTIMADA DE 2000 PRESTACIONES DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA CON FINES DE TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE ENFERMERIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Dar respuesta al requerimiento presentado por la Unidad de Enfermería Coordinación, según lo indicado en solicitud de adquisiciones HFCNN°21966, con motivo de la realización de atención domiciliaria con fines de tratamientos y procedimientos de enfermería, asociados a programa de salud cardiovascular.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO SALUD BIO BIO HOSPITAL NACIMIENTO
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.220-2
Dirección:
Av. Julio Hemmelmann 711
Comuna:
Nacimiento
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-03-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 06-03-2023 16:16:00
Fecha inicio de preguntas: 07-03-2023 9:00:00
Fecha final de preguntas: 11-03-2023 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-03-2023 11:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-03-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-03-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 20-03-2023 15:33:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- [Formulario Nº 1]. Corresponde a un documento preparado por el Hospital, que debe ser completado, firmado y anexado al formulario de oferta por el oferente. En este documento se indican campos para la obtención de información que permita identificar de la forma más expedita posible a la empresa y al personal encargado de la oferta presentada. Se detallan datos como: nombre, cargo, teléfono directo, correo electrónico, etc.
Documentos Técnicos
1.- [Formulario Nº 2] Corresponde a un documento preparado por el Hospital, que debe ser completado, firmado y anexados al formulario de oferta por el oferente. En este documento se indican las características técnicas del servicio solicitado, en las que el oferente deberá indicar si cumple o no cumple con lo requerido y en caso de tener alguna información adicional, poder complementarla. Además, esta información deberá complementarse con los respectivos certificados y curriculum vitae.
 
Documentos Económicos
1.- [Formulario Nº3] Corresponde a un documento preparado por el Hospital, que debe ser completado, firmado y anexado al formulario de oferta por el oferente. En este documento se indican campos para la obtención de información que permita determinar los precios unitarios del servicio otorgado, los que deben ser concordantes con los ingresados en el formulario de la oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Para la evaluación de este criterio se asignarán puntajes que corresponderán para la puntuación asignada a este criterio, según sigue: 025 Puntos - Menor a 4 meses 050 Puntos - Igual y mayor a 4 meses y menor a 8 meses 100 Puntos - Igual y mayor a 8 meses 40%
2 Precio Para la evaluación de este criterio de evaluación, se considerará la siguiente fórmula: Po=Pm×(Oe/Of) Donde: Po= Puntuación Obtenida Pm = Puntuación máxima posible Oe = Oferta más económica dentro de las ofertas presentadas Of = Oferta realizada 30%
3 Especialización Para la evaluación de este criterio se asignarán puntajes que corresponderán para la puntuación asignada a este criterio, según sigue: 100 Puntos - Posee dos características de especialización según Formulario N°2 050 Puntos - Posee una característica de especialización según Formulario N°2 000 Puntos - No posee características de especialización según Formulario N°2 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 221299901602
Monto Total Estimado: 13000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Aportes para programa cardiovascular
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Laura Fuentealba Zambrano
e-mail de responsable de pago: laura.fuentealba@ssbiobio.cl
Nombre de responsable de contrato: Jacqueline Jiménez Fernández
e-mail de responsable de contrato: jacqueline.jimenez@ssbiobio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2332976-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Bio Bio Hospital Nacimiento
Fecha de vencimiento: 01-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá entregar un instrumento de garantía para avalar el fiel cumplimiento del contrato, siendo este necesariamente: pagadero a la vista, con carácter de irrevocable, nominativo, intransferible y asegurando el cobro de manera rápida y efectiva en caso de corresponder. La entrega de la garantía deberá efectuarse a más tardar los 5 días corridos de realizada la adjudicación y podrá materializarse a través de las siguientes modalidades: 1. Físicamente en la Oficina de Partes del Hospital, ubicado en Avenida Julio Hemmelmann N°711, ciudad de Nacimiento, en horarios de lunes a viernes, desde las 08:00 hrs. hasta las 13:00 hrs en la mañana y desde las 14:00 hrs hasta las 16:00 hrs. en la tarde. 2. Electrónicamente al correo valeska.antileo@ssbiobio.cl, correspondiente a la Oficina de Partes del Hospital. Garantía que deberá dar cumplimiento a los requisitos establecidos de la ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Ambas situaciones, al momento de la firma del contrato. Si oferente adjudicado no cumple con esta exigencia, la adjudicación a su favor será retraída. En caso de que esta situación ocurra, para concretar el proceso licitatorio, se readjudicará al proveedor que le sigue en puntaje, y así sucesivamente. Esta garantía se hará efectiva bajo las cláusulas de término anticipado, a excepción de la resciliacion o mutuo acuerdo. Si los documentos de garantía presentasen errores en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el oferente podrá presentar en el plazo de 48 horas un nuevo documento correctamente emitido, si no se hiciese este canje la oferta quedará fuera de Bases.
Glosa: FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será restituida a al contratista bajo las siguientes circunstancias: 1. Que no existan causales vigentes o en trámite asociadas al cobro y/o reposición de la garantía. 2. Por término de la vigencia del contrato. Bajo estas circunstancias, la garantía será restituida por correo certificado a la dirección que indique el oferente en el anexo N°1, a más tardar 10 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. Esta operación la realizara la unidad de Finanzas del Hospital.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia de los oferentes”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre los oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Especialización”.
De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Precio”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de dos días a contar de la adjudicación, las que deberán dirigirse a él/la funcionario/a de contacto, señalado en el punto N°2 de las presentes bases. Las respuestas serán dadas a conocer a todos los oferentes a través del sistema de información, en el plazo de 2 días a contar de la recepción de la consulta, al correo electrónico al correo electrónico; jacqueline.jimenez@ssbiobio.cl.  

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del contrato, el Hospital podrá solicitar al contratista, la presentación del “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, Formulario F30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas, para así cursar los pagos correspondientes.

El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

El Hospital se reserva el derecho a exigir al contratista, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con este Hospital.

Si por cualquier causa el Hospital dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

En consecuencia, el contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

En estos casos, el Hospital realizará una solicitud de aclaración de ofertas, a través del Foro Inverso de la Licitación en el sistema de información, solicitando respuesta de estos antecedentes en un plazo fatal de 48 hrs corridas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Instancias de preguntas y respuestas
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto N°3 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse únicamente a través del sistema de información.

El Hospital pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, dentro del plazo señalado en la referida cláusula.

No se responderán consultas en forma telefónica, ni por correo electrónico. Todas las consultas con respecto a la licitación deben realizarse a través del foro de la licitación, por lo que el oferente debe poner atención a los plazos indicados para ello.
Modificación de las bases
El Hospital, podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones, si las hubiere, serán informadas a través del sistema de información y formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de las bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
Plazo para la adjudicación de la oferta
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en el punto N°3 de las bases, el Hospital deberá informar las razones que justifican este incumplimiento, por medio de acto administrativo. 
Evaluación de las ofertas
El artículo 37° del reglamento de la ley N°19.886 dispone que las entidades licitantes deberán evaluar los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores, a través de un análisis económico y técnico de los beneficios y los costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido en cada una de las ofertas.

Dicha norma reglamentaria precisa que en las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, deberán ser evaluadas por una comisión evaluadora, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.

Sin perjuicio de los casos anteriores en que es obligatoria la constitución de una comisión evaluadora, nada obsta a que como buena práctica dichas comisiones también puedan ser designadas en las licitaciones inferiores al monto indicado,

Sin embargo, tratándose de una licitación que no significa gran complejidad, que los montos transados no superan las 1.000 UTM y en pro a los principios de eficiencia y eficacia, la evaluación de las ofertas será realizada por un Comité Evaluador.
Funcionamiento del comité evaluador
1. Suscribir declaración jurada, en la que exprese no tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, su compromiso a no aceptar donativos de terceros mientras integre el Comité, cualquiera sea su monto.
2. En el caso que el conflicto de interés con algún proponente solo se visualice al momento de la apertura, deberá desde ese momento abstenerse de participar del proceso y poner en conocimiento inmediatamente a su superior jerárquico.
3. El deber de abstención aplica a funcionarios de planta, contrata y a los honorarios.
4. Omitir cualquier contacto con proveedores fuera el foro del foro inverso de la licitación.
5. Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva, a la que solo corresponde tener acceso los integrantes de la comisión.
6. Materializar evaluación de las ofertas, en base a los criterios de evaluación definidos en las bases.
7. Elaborar informe final con la propuesta de adjudicación. Este documento debe ser remitido a la autoridad competente para que dicte su veredicto a través de acto administrativo.
Efectos derivados del incumplimiento del contratista
El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por el Hospital, por las siguientes causas:

- Variación en las capacidades técnicas del adjudicatario.
- De verificarse incumplimiento en la calidad y oportunidad del Hospital entregado por el adjudicatario. Esto se medirá de acuerdo a informes del coordinador de la prestación del servicio.
- Incumplimiento de las obligaciones contractuales que pongan en riesgo el otorgamiento oportuno de los servicios convenidos.
- Manejo inapropiado de casos clínicos.
- Mal uso del tiempo asignado para la realización de actividades designadas.
- Atraso en la entrega de información requerida.
- Manejo inapropiado de información de cada usuario.
- El no cumplimiento de una de estas cláusulas mencionadas, dará pie al cobro de multa equivalente al 8% del total de la orden de compra emitida en el mes correspondiente, constituyendo una falta grave.
De persistir dicho incumplimiento por parte del proveedor, se considerará el cobro de boleta de garantía o el termino anticipado del contrato, de acuerdo a criterio del encargado del programa, sin ningún tipo de indemnización para el proveedor.

En el caso de atraso del cumplimiento de las actividades requeridas a quien resulte adjudicado se le aplicara una multa de 1UTM, por cada día de demora en la ejecución de los plazos, salvo que sea en caso de fuerza mayor o caso fortuito, que deberán ser informados oportunamente y justificados ante el encargado del programa.
Nota: La U.F. (Unidad de Fomento) aplicable, será la correspondiente al día primero del mes en que se verifico la falta.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
Procedimiento para la aplicacíon de medidas derivadas por incumplimiento
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, el Hospital notificará inmediatamente de ello al contratista, por correo electrónico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada del Hospital.

Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del contratista, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo contratista deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Hospital, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo contratista por correo electrónico o mediante carta certificada.

El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

Con todo, el contratista será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas que no sea de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al contratista. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.

Cobro de la multa: Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución. Desde ese momento el proveedor adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa. Lo cual deberá realizarse de forma directa a la cuenta corriente del Banco estado N° 55509015600, a nombre del Servicio de Salud Biobío Hospital Nacimiento, Rut: 61.602.220-2 y enviando copia del depósito a los correos electrónicos del profesional gestor de compras públicas de la unidad de abastecimiento encargado del proceso y el jefe de la unidad de finanzas y presupuesto del Hospital: laura.fuentealba@ssbiobio.cl. 
Causales de modificación o termino anticipado del contrato
El Hospital está facultado para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Si se disuelve o absorbe la empresa adjudicada. En esta última, incluso por modificaciones estatutarias donde se modifique el Rol Único Tributario.
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratista de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Hospital perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
6) Si el contratista, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo contratista y el Hospital.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del Hospital.
7) En caso de que las multas cursadas sobrepasen el umbral establecido.
8) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
9) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
10) Cesión del contrato a un tercero.
Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Administrador del contrato
Funciones y responsabilidad del administrador del contrato:

El administrador del contrato/encargado del programa para efectos técnicos y de validación del cumplimiento sobre las características intrínsecas de los servicios entregados, será la Enfermera Coordinadora, o en su defecto, quien le subrogue.

Este velará por el cumplimiento del contrato; proponiendo amonestaciones, multas y modificaciones en caso de corresponder.
Modificación del contrato
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito, aumentando o disminuyendo las partidas licitadas hasta un máximo del 30% del valor total del respectivo contrato.

Frente a esta modificación, no se podrá alterar la naturaleza de del contrato y deberá informarse en el sistema de información, el respectivo acto administrativo aprobatorio.
Renovación y prórroga del contrato
Esta contratación no considera renovaciones, sin embargo, en casos excepcionales podrá llevarse a efecto una prórroga del contrato por un monto no superior a 1.000 UTM, y sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras.
Instrucciones de facturación
El contratista deberá cumplir con las instrucciones de facturación determinadas en las presentes bases, de acuerdo con el archivo adjunto denominado “Instrucciones de facturación”, tomando en resumen todas aquellas acciones necesarias para que:

1. Todos los documentos tributarios electrónicos (DTE´s), sean debidamente validados por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
2. La facturación por parte del contratista procederá una vez que se registre debidamente la recepción conforme de los servicios contratados en el sistema de información, de acuerdo a los hitos definidos en la gestión del contrato.
3. Las condiciones de emisión para el DTE Factura deberán contener las disposiciones:
a) Siempre la OC de referencia debe encontrarse en el sistema de información en estado “Aceptada” o “Recepción Conforme”; en caso de ser entregas por hitos.
b) En el campo 801 de referencia, se debe seleccionar “Orden de Compra”.
c) Debe indicarse en el campo de documento de referencia el número de ID de la orden de compra. En formato, tamaño, signos; tal como aparece en dicho documento.
d) La fecha de la orden de compra debe corresponder a la fecha de emisión de esta.
e) Debe indicarse la forma de pago “crédito”.
f) La factura debe incluir en la descripción del bien/servicio facturado el periodo a facturar, los periodos restantes del contrato y el N° de Res. Exenta que hace mención al cobro.
g) Una vez generado el DTE Factura, se deberá enviar el archivo *.xml generado del DTE Factura al correo electrónico: dipresrecepcion@custodium.com, en un plazo no superior a 72 horas.
En caso de no cumplir con estas instrucciones, el Hospital rechazará el DTE y el proveedor deberá anularlo por medio de otro DTE y deberá volver a facturar cumpliendo con las instrucciones.

Estas medidas son exigidas por la implementación del pago centralizado a través de la plataforma ACEPTA por la Tesorería General de la República, que ha sido implementada para dar cumplimiento a la ley N°21.131 que establece pago a treinta días.
Definiciones
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en las presentes bases, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:

-Ley de Compras: la ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
-Reglamento de Compras: el reglamento de la Ley de Compras, contenido en el decreto supremo Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
-Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
-Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
-Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir.
-Hospital: Hospital Familiar Comunitario de Nacimiento.
-Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar al Hospital los servicios que se requieren en esta licitación.
-Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
-Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del contrato definitivo.
-Contratista: Adjudicatario el cual ha firmado el contrato respectivo o ha realizado la aceptación de la orden de compra generada del proceso licitatorio.
Desestimaciones
Las desestimaciones de las ofertas serán determinadas por el Comité Evaluador y corresponderán a todas aquellas características que, en consideración a los criterios de evaluación, escapan de la conveniencia técnica determinada para el funcionamiento del servicio.
Inadmisibilidades
Las inadmisibilidades de las ofertas serán determinadas en la etapa de apertura electrónica y corresponderán a todas aquellas falencias asociadas por incumplimiento en el contenido de la oferta.

Se considerarán siempre inadmisibles y se rechazarán en el acto de apertura electrónica:
- No incluir en la oferta el Formulario N°1.
- No incluir en la oferta el Formulario N°2.
- No incluir en la oferta el Formulario N°3.
Contenido de la oferta
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, dentro del plazo de recepción definido.

Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones.

La oferta se compone de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos establecidos en el formulario de ingreso de la oferta del Portal y de los anexos y documentos solicitados en las Bases de licitación. La falta de formalidad de cualquiera de los antecedentes indicados anteriormente será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones formales.

Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las presentes bases, los que, se encontrarán disponibles en formato editable dentro de las bases.

En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

Asimismo, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a su disposición, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada. De faltar cualquier antecedente, se desestimará la oferta.

Cuando haya indisponibilidad técnica del Portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información.
Aceptación de condiciones
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Adjudicación
Se adjudicará la oferta del proveedor que cumpla con los requisitos de acreditación financiera y técnica establecidos en las presentes bases y que no posean las inhabilidades e incompatibilidades indicadas en el Art. 92° del Reglamento de Compras.

La adjudicación se formalizará con la información del acto administrativo que concluye el proceso licitatorio, de acuerdo con el formulario establecido para ello y con el envío de la respectiva orden de compra por el monto total del contrato.
Obligaciones del contratista
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:

a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del Servicio
c) Ejecutar la prestación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias laborales, de salud, de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica, en caso de corresponder.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del Hospital, que le sean imputables por acción u omisión.
f) De igual modo, el contratista será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, etc. Cuando corresponda.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de propiedad del Hospital.
h) Dar cumplimiento a las instrucciones de la autoridad sanitaria que resulten aplicables respecto al manejo del COVID-19.
i) Desarrollar los servicios contratados sin interrupciones, velando por la continuidad de las prestaciones en las jornadas establecidas por Coordinación de Enfermería.
j) Las demás que le encomienden las presentes bases.
Cesión del contrato
El adjudicatario y contratista no podrán bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en esta prestación de servicios y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión o traspaso de las obligaciones o derechos que se entiendan generados producto del proceso licitatorio.
Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, en caso de que lo hubiere.
v) Orden de compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados.

Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases adjuntas y aprobadas en el Portal.

En caso de materias no contempladas en las bases respectivas, estas serán sometidas a lo estipulado en la Ley de Compras y su reglamento.
Obligación de otorgar mandato a constituir una sociedad
El Hospital podrá solicitar al adjudicatario, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato.
Vigencia de las ofertas
Las ofertas ingresadas en el sistema de información deberán tener a lo menos una vigencia de 60 días.

Los oferentes postulantes deberán indicar el plazo de validez, en caso de no ser así, se entenderá por el solo hecho de participar que la vigencia es de 60 días de acuerdo con lo indicado en el Art. 63 del Reglamento de Compras.
Aceptación de la orden de compra
El adjudicatario tendrá un plazo de 48 horas corridas para aceptar la orden de compra generada del proceso licitatorio, desde su envío por el sistema de información. En caso de no acontecer dicha situación, el Hospital solicitará rechazar dicho documento, entendiéndose definitivamente rechazada transcurridas 24 horas de realizada esta solicitud.

Correspondiendo entonces, acogerse a la cláusula de readjudicación.
Fuerza mayor
No será causal de término del contrato el incumplimiento de las obligaciones del contratista derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de fuerza mayor.

Se entenderá como fuerza mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del contrato, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o devolución, actos de gobierno
Política de seguridad de la información
El Hospital cuenta con una Política de Seguridad de la Información vigente, cuyo objetivo es resguardar información sensible de los pacientes y de los activos de información institucionales, a través de la mantención de su confidencialidad, integridad y disponibilidad, donde cuenta también con un listado de instrucciones para el resguardo de los activos, los que el prestador declara conocer y aceptar.

El prestador tendrá acceso a información institucional pública y/o privada, sensible y/o reservada; además de claves o contraseñas de trabajo a equipos computacionales y sistemas de información institucionales, las que deberá abstenerse de revelar, asumiendo el compromiso de no divulgar el o los contenidos guardando la confidencialidad de la información; con excepción de las que se les autorice revelar mediante documento formal del El Hospital. De igual modo se establece que aquellos archivos digitales, documentos físicos, bases de datos o similares de trabajo creadas con el fin de desarrollar la prestación de su servicio, son de propiedad de la institución. En caso de divulgación, destrucción o modificación total o parcial de información institucional pública y/o privada, sensible y/o reservada de propiedad del Servicio de Salud Biobío, por parte del prestador del servicio, esta acción será considerada causal de término inmediato del contrato; a su vez se iniciarán las acciones legales pertinentes ya sea en al ámbito administrativo, civil y penal; según corresponda.
Incorporación de prestaciones no señaladas
El Hospital se reserva el derecho de incorporar o modificar servicios asociados a la presente licitación sin modificar la naturaleza de estos, a modo de atender necesidades en otras unidades o servicios, sin que sea necesario modificar los valores expresados por el oferente, siempre y cuando estos servicios sean desarrollados en las jornadas informadas y en tanto a la cantidad de pacientes atendidos.
Obligaciones del Hospital
Obligaciones del hospital

1. Fiscalizar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista, en virtud de la presente licitación.
2. Realizar el pago oportuno de las respectivas facturas, por los servicios prestados.
Especificaciones y requerimientos de las prestaciones a realizar
El servicio deberá ser desarrollado por un profesional Enfermero/a, que disponga de la documentación que acredite su registro en la Superintendencia de Salud.

El contratista deberá realizar las actividades que se señalen y en los horarios establecidos. Las características principales que se necesitan son:

-Responsabilidad, Probidad y compromiso con la Institución
-Habilidad para trabajar en equipo y manejo de grupos
-Salud compatible con el cargo
-Empatía con pacientes y equipo de trabajo

Enfermero/a para visitas con fines de tratamiento y procedimientos con sus respectivas evaluaciones y registros para una cantidad aproximada de 200 atenciones mensuales para los usuarios del Programa de Salud Cardiovascular del Hospital, a desarrollarse en domicilios particulares de los usuarios dentro de la sectorización del HFC Nacimiento.

Los materiales e implementos de curación serán otorgados en condiciones óptimas y aptas para su utilización por el Hospital y el contratista por su parte, deberá asumir el mecanismo de traslado para la realización de los servicios encomendados.

El servicio no podrá interrumpirse por causas asociadas al contratista, a excepción de los casos de fuerza mayor expresados en las bases. Deberá siempre ejecutarse en jornadas de lunes a viernes, según la necesidad del Hospital.

Objetivo y Especificaciones de la Función:

-Otorgar de manera oportuna, segura y de calidad los talleres, de acuerdo a las normativas y protocolos vigentes en el Hospital.
-Mantener siempre un trato cordial y amable con todos los usuarios y funcionarios del Hospital.
-Trabajar coordinadamente con el referente de enfermería del Programa Cardiovascular, quien tendrá la facultad de supervisar el trabajo en terreno, definir las pautas de evaluación y los protocolos de intervención.
-Entregar reportes semanales del número de atenciones e información atingente a las prestaciones realizadas.
-Realizar funciones de su cargo NO programadas, de acuerdo a requerimientos y necesidades del Programa de Salud Cardiovascular.
-Uso eficiente de los recursos e insumos.
-Respetar el conducto regular.

Las actividades solicitadas, se describen como:

Actividad

Rendimiento en minutos

Visitas con fines de tratamientos y/o procedimientos en domicilio a personas con dependencia leve

45 minutos

Visitas con fines de tratamientos y/o procedimientos en domicilio a personas con dependencia moderada

45 minutos

Visitas con fines de tratamientos y/o procedimientos en domicilio a personas con dependencia severa oncológicos (excluye cuidados paliativos)

45 minutos

Visitas con fines de tratamientos y/o procedimientos en domicilio a personas en cuidados paliativos

45 minutos

Visitas con otros fines a personas con dependencia severa

45 minutos

Duración del contrato
El contrato tendrá una duración de aproximadamente 10 meses desde la aceptación de la orden de compra y del inicio de las prestaciones propiamente tal, entendiéndose que su vigencia será hasta el 31/12/2023. Por lo tanto, inicialmente el pago de los servicios será proporcional en base a un mes normal de 30 días frente a los días que efectivamente se ha efectuado el servicio contratado, correspondiendo posteriormente a los meses siguientes, el pago normal por el monto mensual adjudicado.