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RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE |
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RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de que se iguale en el puntaje final, se procederá de la siguiente manera o fases, según siguiente escala de prevalencia:
a) El primer lugar, se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en Oferta Económica, y si se mantiene la igualdad,
b) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio Ubicación Geográfica, y si se mantiene la igualdad,
c) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio Experiencia, y si se mantiene la igualdad.
d) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio plazo de ejecución, y si se mantiene la igualdad.
e) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio cumplimiento de requisitos.
En caso de que la igualdad se mantenga, el Hospital de la Familia y la Comunidad de Huépil procederá a Revocar el proceso debido a que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
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DE LA ADJUDICACIÓN
El Hospital Familiar y Comunitario de Huépil se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, declararla desierta, adjudicar solo algún ítem o aceptar cualquiera de ellas si lo estima conveniente, con expresión de causa y sin que los proponentes pueden pretender indemnización alguna por este hecho, o de adjudicar la Propuesta que mejor convenga a nuestros intereses, aunque esta no sea la de menor valor., pero que haya obtenido el mejor puntaje en la presente licitación pública.
Para la adjudicación, se analizarán los antecedentes técnicos y económicos entregados por las empresas que participen, se emitirá un informe de evaluación y posteriormente se redactará la Resolución de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.
Cualquier anormalidad o falsedad de la información entregada por el proveedor Adjudicado, dará derecho al Hospital Familiar y Comunitario de Huépil, a rechazar la propuesta, Procediéndose ha Readjudicar al segundo Oferente mejor evaluado en la presente Licitación, realizándose el mismo procedimiento inspectivo después de haber sido adjudicado.
En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de orden de compra.
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MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN |
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MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes:
• No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
• Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
• Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
• Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
• Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar Fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
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MODIFICACIÓN DE LA CANTIDAD CONTRATADA |
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MODIFICACION DE LA CANTIDAD CONTRATADA
Considerando el presupuesto disponible para la contratación de estos servicios no se podrá modificar la cantidad de prestaciones solicitadas.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
El oferente deberá emitir un correo electrónico dentro de un plazo de 10 corridos desde la fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl al correo electrónico; isabel.sandoval@ssbiobio.cl, después de esta fecha el HFC HUÉPIL se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas.
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READJUDICACIÓN |
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READJUDICACIÓN
El Hospital Familiar y Comunitario de Huépil se reserva el derecho de Readjudicar la Licitación Pública cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado antes del inicio de los Servicios o durante el transcurso del contrato y si el proveedor desiste por motivos de fuerza mayor de su oferta. Además si existe un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas el cual sea conocido antes de la entrega del producto o servicio, también se aplicará esta cláusula.
La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación.
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RESERVA DE LA INSTITUCIÓN |
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RESERVA DE LA INSTITUCIÓN
• Quedar liberado de toda responsabilidad por daños a terceros que se produjesen con motivo del cumplimiento de la oferta, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del oferente.
• Poder rechazar todas las ofertas o aceptar aquella que más convenga a los intereses de la Institución aunque esta no fuere la de menor valor.
• Anular la respectiva Orden de Compra emitida por el incumplimiento injustificado en los plazos de realización, por desistimiento del proveedor o por otros motivos que se deberán fundamentar en su oportunidad.
• Declarar inadmisible las ofertas, en caso de que ninguna de las alternativas ofertadas cumplan con los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia y declarar desierta la Licitación Simplificada cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
• Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las bases se consideran condiciones mínimas, no obstante lo cual, será materia de la Oferta, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en la Propuesta, al igual que otras modalidades tales como descuentos, precios convenientes y ofertas especiales respecto de los ítems ofertados por los Proponentes, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para el Hospital Familiar y Comunitario de HUEPIL.
• El Hospital Familiar y Comunitario de Huépil se reserva el derecho de admitir aquellas Ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los Oferentes en la correcta evaluación de la Propuesta.
• Las presentes condiciones comerciales, prevalecerán sobre cualquier discrepancia y otra información.
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DESERCIÓN |
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DESERCIÓN
El Hospital Familiar y Comunitario de Huépil podrá declarar desierta la licitación por considerar que la o las ofertas no son convenientes a los intereses del Hospital, de acuerdo a las condiciones de la licitación o del mercado actual de los productos objeto de esta licitación, acogiéndose a lo que señala el Art. 9 de la Ley 19.886.-
En el evento de rechazarse todas las propuestas se procederá a declarar desierto o nulo el proceso según proceda, notificando de ello a los participantes mediante publicación efectuada en el sitio http://www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los participantes de licitación.
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SUSPENSIÓN |
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SUSPENSIÓN
Esta Instancia procederá cuando el Tribunal de contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación.
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FUERZA MAYOR |
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FUERZA MAYOR
De acuerdo a lo señalado por el artículo 45 del Código Civil se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los antes de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.
No será causal de término del Contrato u orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del proveedor derivado de los hechos mencionados en el párrafo anterior.
Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito, en un plazo máximo de diez (10) días contados desde iniciada la causa de fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el Contrato y Orden de Compra. La Causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la otra parte, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde que haya sido notificada.
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DEL CONTRATO |
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DEL CONTRATO
Por tratarse de una licitación menor a 1.000 UTM, la contratación de formalizar con la aceptación de la orden de compra por parte de él o los proveedores adjudicados.
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DURACIÓN DEL CONTRATO |
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DURACIÓN DEL CONTRATO
Este Contrato tendrá una duración fija hasta el 31 de diciembre de 2022 con disponibilidad presupuestaria según Programas por parte del Hospital de Huépil (Programa Resolutividad año 2022).
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO |
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
Con el objeto de supervisar y verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas exigidas en las presentes bases, el Hospital de la Familia y la Comunidad de Huépil, nombrará a un funcionario que actuará como Contraparte Técnica el ante el proveedor adjudicado. Le corresponde a dicha contraparte la fiscalización, control y supervigilancia del cumplimiento íntegro y oportuno del contrato y de las actividades asociadas a este, que el oferente adjudicado debe realizar, el cual debe emitir las actas o documentos que respalden el cumplimiento del servicio prestado durante el plazo que dure el contrato.
Además, le corresponde a la contraparte informar al proveedor en caso de incumplimiento de las obligaciones de las presentes bases, contactarse con el proveedor adjudicado, para coordinar los despachos o entregas respectivas de los bienes o servicios y/o recibir quejas o reclamos por parte de los usuarios del servicio, para subsanar dichas situaciones en un plazo inmediato, que quedará reflejado en Acta que se levante.
Ante alguna irregularidad, la Contraparte Técnica, desde ahora Administrador del Contrato, se pondrá en contacto con los oferentes adjudicados con el objeto de que se proceda a mejorar aquellas situaciones cuestionadas, a través de correo electrónico.
Los canales válidos de comunicación serán los informados por los proveedores en el Formulario Nº1 de las presentes bases.
Para esta licitación le corresponde al Jefe de SOME del Hospital de la Familia y la Comunidad de Huépil, o quien designe, actuar como Administrador de este contrato.
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