El Hospital de Huépil declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, (Requisitos Administrativos, Técnicos y/o Económicos), ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Se considerarán siempre inadmisibles:
a) Las ofertas extemporáneas, presentadas fuera de plazo.
b) Las ofertas, que incorporen condiciones que no están previstas en las bases y que no son convenientes para la institución.
c) Las ofertas que No cumplen especificaciones solicitadas/ Calidad inferior/No especifica claramente/ No informa/ o no corresponde a servicio solicitado o no incluyan los certificados y/o verificadores que acrediten el cumplimiento de los antecedentes requeridos.
d) Las ofertas que no hayan cumplido con los plazos de aclaración de ofertas considerados en los puntos N° 10 y N° 13 de las bases administrativas
e) Las ofertas recibidas, que superen en más de un 25 % impuestos incluidos el valor estimado de mantenciones preventivas definido en el punto N° 2 de las bases administrativas, para el total de los equipos descritos en bases técnicas.,
f) Las ofertas que no hayan participado de la visita a terreno “Obligatoria” de acuerdo a las condiciones establecidas en el punto N° 7 “etapas y plazos”; o que hayan abandonado la inspección antes de su término
g) Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°7 “Ficha Técnica” o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
h) Las ofertas que consideren un tiempo de respuesta superior a 12 horas desde notificado requerimiento de mantención y/o reparación de equipos.
i) Las Ofertas que consideren una garantía inferior a 6 meses.
j) Las ofertas, que no adjunten el Formulario N° 8 “Experiencia en el rubro”, o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
k) Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°9 “Oferta Económica” o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
l) Las ofertas, que modifiquen la estructura de los formularios administrativos, técnicos o económicos o que utilicen formatos distintos a los que se encuentran adjuntos a la presente licitación.
m) Las ofertas, que no adjunten el Formulario N°6 “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)”, cuando corresponda o bien éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
n) Las ofertas que sean consideradas “Ofertas riesgosas o temerarias”, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato.
Para lo anterior, el hospital de Huépil analizara la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
- El comité técnico deberá solicitar, a través del sistema de información, al o los proveedores que, en un plazo de 3 días hábiles, acompañe antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios
- El comité técnico analizará la información y documentos acompañados por el proveedor y deberá, en un plazo de 5 días hábiles, emitir su informe junto a la propuesta, señalando si propone aceptar la oferta o declarar inadmisible
- o) Las ofertas presentadas por uniones temporales de proveedores que no cumplan con las condiciones definidas en el Art. N° 180 del reglamento de la ley de compras y contrataciones públicas
p) Las ofertas que adjunten documentos ilegibles y/o archivos vacíos, con errores, incompletos, dañados, entre otros, de los cuales no se pudiese realizar una revisión de su contenido.
q) Cuando el Hospital de Huépil verifique, a través de las plataformas dispuestas por el Registro Civil u otras atingentes, que la información ingresada por oferente en la “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar” no es verás parcial o totalmente, sin perjuicio del levantamiento de las acciones legales y civiles que el este servicio estime pertinentes en razón a lo antes descrito
r) La No presentación del Acuerdo de Unión temporal de proveedores o lo hayan adjuntado sin los contenidos mínimos señalados en el punto 9.2 de las bases, cuando procedan las UTP.
s) Cuando el proveedor admisible presente la oferta más conveniente, pierda su estado de habilidad en el registro de proveedores
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta en la apertura electrónica, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.