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Resolución de Empates |
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En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de prevalencia:
a) En primer lugar, se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio Oferta económica, y si se mantiene la igualdad.
b) Se adjudicará al proveedor mejor evaluado en el criterio de Experiencia, y si se mantiene la igualdad,
c) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos, y si se mantiene la igualdad,
d) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión, y si se mantiene la igualdad,
e) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio Programa de Integridad, y si se mantiene la igualdad,
f) Por último, si persistiera la igual se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta, de acuerdo a comprobante de oferta emitido por el portal mercado público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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El oferente deberá enviar un correo electrónico, dentro de un plazo de 10 días corridos desde la fecha de la adjudicación realizada en el portal www.mercadopublico.cl, al correo electrónico: lorena.lagos@ssbiobio.cl Después de esta fecha el Hospital de Laja se reserva el derecho de no responder las consultas realizadas.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Los Medios para acreditar a los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar, disponible en la ID Licitación del Portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando dicha información no se encuentre subida en el registro oficial de proveedores del estado www.chileproveedores”.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El Hospital de Laja, podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes de carácter administrativo que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el Hospital de Laja realizará una aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl, solicitando los antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48hrs., después de publicada la aclaración, para que suba los antecedentes. Si al concluir ese plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta presentada será evaluada con el menor puntaje en el “Criterio Cumplimiento de Requisitos formales de la Oferta”, los que serán exigidos una vez adjudicado, para la firma del contrato respectivo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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INADMISIBILIDAD DE OFERTAS |
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El Hospital de Laja declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, (Requisitos Administrativos, Técnicos y/o Económicos) ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Se considerarán siempre inadmisibles:
a) Las ofertas extemporáneas, es decir, presentadas fuera de plazo.
b) Las ofertas Recibidas, que superen el valor disponible establecido en clausula N°2 Financiamiento por cada programa.
c) Las ofertas, que incorporen condiciones que no están previstas en las bases y que no son convenientes para la institución.
d) Las ofertas que no hayan dado cumplimiento a los requisitos y/o especificaciones técnicas de las Bases Técnicas.
e) Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°8 “Oferta Económica” o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
f) Las ofertas que modifiquen algún formulario administrativo, técnico y/o económico, que no sea permitido por estas bases de licitación.
g) Las ofertas, que adjunten los formularios Técnicos y/o Económicos, llenados de forma incompleta, inadecuados y/o con errores de tal magnitud que incidan en la validez de los mismos.
h) Las ofertas que adjunten documentos ilegibles y/o archivos vacíos, con errores, incompletos, dañados, entre otros, de los cuales no se pudiese realizar una revisión de su contenido.
i) Las ofertas que NO adjunten los certificados de los cursos obligatorios, establecidos por cada línea de licitación.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.
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MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN |
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La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el calendario de fechas del formulario de bases de licitación del portal www.mercadopublico.cl y de acuerdo a lo que establece el art. 41 del reglamento de la ley 19.886, las razones de eventual incumplimiento en el plazo de adjudicación inicialmente establecido serán las siguientes:
• No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
• Retraso en la firma de la Resolución de adjudicación, por compromisos del Director y sus Subrogantes.
• Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
• Por motivos de fuerza mayor, emergencia u otros imprevistos.
• Por Reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl “mostrar fechas” de la Licitación, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
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DEL CONTRATO |
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Por tratarse de una licitación menor a 1.000 UTM no requiere firma de contrato; no obstante, esta licitación se formalizará a través de las Órdenes de Compra emitidas y aceptadas por el proveedor adjudicado o después de las 24 hrs. de enviada la Orden de Compra al proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl
Se considerará parte de este contrato las Bases Administrativas, Bases Técnicas, formulario y Anexos de esta Licitación.
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ADMINISTRADOR DE CONTRATO |
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El proveedor adjudicado deberá designar un ejecutivo de atención o soporte de contacto directo para la resolución de dudas, consultas, conflictos o contratiempos, quien podrá ser contactado por el administrador de contratos del Hospital de Laja, cuando se requiere.
Para ello, el proveedor adjudicado deberá identificarlo en el campo DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE PARA EFECTOS DE LA LICITACIÓN, del Formulario N°1 “IDENTIFICACION DEL OFERENTE”.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado, realizar las coordinaciones administrativas correspondientes dar respuesta y/o solución a las dudas, consultas, conflictos o contratiempos en un plazo no mayor a 48 hrs, contados desde la notificación vía correo electrónico.
Nota: el incumplimiento de esta condición derivará en la aplicación multas, cuando corresponda.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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El Hospital de Laja se reserva el derecho de modificar el contrato de acuerdo a alguna de las siguientes causales:
• Ampliando el plazo de vigencia, por un período de hasta 3 meses.
• Incorporando bienes o servicios asociados o de similares características.
• Aumentando el monto del presupuesto.
Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste. La modificación del contrato se formalizará mediante resolución fundada, la cual será notificada a través del portal www.mercadopublico.cl en la licitación respectiva.
Lo anterior, en consonancia en lo establecido en el artículo Nº13 de la ley Nº19.886.
22.5. PROVEEDOR ADJUDICADO
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente al Hospital de Laja de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
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BASES TÉCNICAS |
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B) BASES TÉCNICAS:
“COMPRA DE SERVICIOS PARA EL HOSPITAL DE LA FAMILIA Y COMUNIDAD DE LAJA”
1. GENERALIDADES
Las presentes especificaciones técnicas se aplicarán a la propuesta pública compra de servicios para el HFC Laja.
Tener presente, además, que las tareas básicas y mínimas indicadas posteriormente, podrán variar de acuerdo a la necesidad del servicio, sean estás en aumento o disminución, de común acuerdo con el proveedor adjudicado.
El proveedor podrá ofertar acciones o trabajos alternativos que aporten a una mejor calidad de los servicios contratados, pero que no impliquen un aumento en la suma alzada de la oferta.
Para los servicios o prestaciones requeridas se necesita que demuestren competencias en el Rubro; enfrentar situaciones excepcionales y de emergencias cuando ello sea requerido.
El proveedor adjudicado debe prestar los servicios con uniforme clínico en las dependencias del Hospital de Laja. (Cada proveedor adjudicado de proveer su uniforme clínico).
2. CONFIDENCIALIDAD
Con respecto a la información que pueda obtener el proveedor adjudicado del Hospital de Laja, se compromete a:
• Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros, salvo que conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial.
• Solicitar previamente y por escrito autorización para cualquier publicación relacionada con el tema del contrato, autorización que debe solicitarse ante el Administrador del Contrato presentando el texto a publicar con un mes de antelación a la fecha en que desea enviar a edición.
1. OTROS
Será responsabilidad del proveedor adjudicado, notificar oportunamente y a través de los mecanismos formales de comunicación (correo electrónico) al administrador de contratos, todos los cambio o modificaciones que puedan afectar el correcto funcionamiento de los servicios contratados, tales como, actualizaciones en plataforma de autogestión; inclusión, disminución o cambios en la cartera de comercios asociados, modificaciones estructurales como cambio de razón social u otros.
3. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
Para la interpretación de la presente cláusula se deberá tomar y dar cumplimiento a lo señalado en el “Instructivo sobre Cláusulas de Seguridad de Información”, versión 1.0 del Servicio de Salud Biobío, Aprobada por Resolución Exenta N°401 de fecha 25.01.2021, la cual se encuentra adjunta a la presente Licitación.
4. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
a) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento a todas aquellas obligaciones señaladas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, formularios y anexos, que dan origen a este contrato.
b) El proveedor adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad de entrega de los servicios y del cual pueda derivar una medida en caso de incumplimiento.
c) Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
d) El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Hospital de Laja en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseño, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.
e) El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación y en especial lo que establecerá en el contrato definitivo.
f) El proveedor adjudicado deberá actuar de buena fe, efectuando todas las acciones pertinentes para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones provenientes del presente contrato.
g) El proveedor adjudicado deberá abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no éste considerado en las bases y no haya sido autorizado por el administrador/supervisor del contrato.
h) El proveedor adjudicado deberá asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o los bienes del Hospital de Laja, que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado.
i) El proveedor adjudicado debe asegurar el servicio y la disposición inmediata de reemplazantes calificados en caso de inasistencias, el no cumplimiento o la frecuencia de incumplimiento será causal de multas o el término de contrato.
j) Emplear el máximo de cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos, e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterior o desgaste que estos experimenten, incluyendo la fuerza mayor o caso fortuito.
k) Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la contraparte técnica o administrador/supervisor del contrato.
l) La supervisión debe ser permanente, reportándose en forma frecuente con el Administrador/supervisor del Contrato.
m) El proveedor adjudicado deberá contar con la disponibilidad para eventuales cambios de personal, de acuerdo a rotación solicitada por el Administrador/Supervisor del contrato.
n) En caso de pérdidas de especies, daños a la infraestructura y equipos de cualquier naturaleza de propiedad del Hospital de Laja en horario que se encuentre prestando servicios en el establecimiento en que corresponda la responsabilidad de desempeño del proveedor adjudicado, podrá ser descontado del valor del pago mensual en la mensualidad que ocurrieron los hechos; lo anterior previo informe del Administrador/Supervisor de Contrato del Hospital de Laja.
o) Los materiales, insumos, maquinarias y otros, para realizar todas las labores requeridas serán de cargo del Hospital, como parte integral del servicio contratado. De igual forma el Hospital de Laja, se reserva el derecho de efectuar los controles necesarios para resguardar la calidad de los insumos empleados en la ejecución de los servicios contratados, debiendo el proveedor mantener la calidad de los insumos declarados en su oferta técnica.
p) El proveedor podrá utilizar insumos adicionales a los señalados en las especificaciones técnicas, siempre y cuando ello no signifique pago adicional por este concepto.
q) En el caso de realizar prestaciones sábados, domingos y/o festivos, los servicios deberán ser Informados con anticipación al Administrador/Supervisor.
r) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento a normas que sean aplicables, establecidas en el Reglamento Especial de Seguridad y Medio Ambiente para empresas Contratistas y Subcontratistas emitido por el Servicio de Salud Biobio y que forma parte integra de las obligaciones y deberes de los proveedores que sean adjudicados en la presente Licitación Pública. El cual Fue aprobado mediante la Res. Exenta Nº 4676 de fecha 13 de noviembre del 2017 y Res. Exenta N°6766 que aprueba anexo sobre medidas covid. Este último contiene un formulario al final de las presentes bases que debe ser debidamente firmado por el proveedor que sea adjudicada.
s) El proveedor adjudicado está obligado a realizar el pago de las multas, dentro del plazo establecido en estas bases.
t) El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento, durante el plazo de ejecución del contrato, a todas las condiciones ofertadas, tanto en el tiempo de entrega y calidad técnica ofertada del bien y/o servicio y las obligaciones emanadas de la legislación Laboral Vigente. Esto es remuneraciones, cotizaciones de seguridad social, entre otras. Los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social de los actuales trabajadores del proveedor o de trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de estas obligaciones se encuentran pagadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del convenio con un máximo de 6 meses.
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