PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ANTECEDENTES OMITIDOS |
El Hospital podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes de carácter administrativo que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el Hospital realizara una aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercaodpublico.cl, solicitando los antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48 hrs después de publicada la aclaración, para que suba los antecedentes. Si al concluir ese plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta presentada será evaluada con el menor puntaje en el “Criterio Cumplimiento Requisitos formales de la Oferta”, los que serán exigidos una vez adjudicado, para la firma del contrato respectivo.
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MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS |
Los Medios para acreditar a los proveedores postulantes a la licitación NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, será a través de DECLARACIÓN JURADA, a través del Formulario Nº 2 “Declaración Jurada simple sobre Habilidades para Contratar”, siempre y cuando dicha información no se encuentre subida en el registro oficial de proveedores del estado www.chileproveedores”.
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DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
Según lo señala el Art. 4 de la Ley 19886 Compras Públicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, el cual señala lo siguiente:
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo Servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a los pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
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DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
Según lo señala el Art. 4 de la Ley 19886 Compras Públicas, que regula el caso de los proveedores contratados con el estado que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, el cual señala lo siguiente:
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo Servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a los pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
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ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital de la Familia y Comunidad de Laja podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso.
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Resolución de Empates |
En caso de que se iguale en el puntaje final, se determinará al proveedor adjudicado según la siguiente escala de prevalencia:
a) En primer lugar, se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el criterio Of. Económica, y si se mantiene la igualdad.
b) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el más alto puntaje en el Criterio Calidad y si se mantiene la igualdad.
c) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de personas discapacitadas, y si se mantiene la igualdad.
d) Se adjudicará al proveedor con mejor puntaje en el criterio de inclusión de pueblos originarios.
En caso de que la igualdad se mantenga, el Hospital de Laja procederá a Revocar el proceso debido a que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
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