2. FINANCIAMIENTO |
Para esta adquisición, el financiamiento será con cargo del presupuesto del Hospital de Yumbel, Programa Mejoramiento del
Acceso a la atención odontológica año 2023. se estimó un presupuesto disponible de $7.800.000 (siete millones ochocientos mil
pesos), impuestos incluidos, que contemplan 45 tratamientos de endodoncias en incisivos, caninos y premolares y 30
tratamientos de endodoncia en molares.
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5. GASTOS |
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún
tipo de reembolso por parte del Hospital de Yumbel.
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9.4. VIGENCIA DE OFERTAS |
La vigencia de la oferta será de a lo menos sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta. Si
dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Hospital de Yumbel solicitará a los Proponentes, antes de la fecha
de su expiración, la prórroga respectiva. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha Oferta será declarada inadmisible.
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10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES: |
El Hospital de Yumbel, podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes de carácter administrativo que
los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el Hospital de Yumbel
realizará una aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercaodpublico.cl, solicitando los
antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48hrs., después de publicada la aclaración, para que suba los
antecedentes. Si al concluir ese plazo el oferente no ha entregado los antecedentes solicitados, la oferta presentada no será
sometida al resto de la evaluación quedando descartada del proceso.
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12. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS |
El proveedor adjudicado deberá acreditar, al momento de contratar, que NO registran saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante
Declaración Jurada Requisitos para Ofertar. (Disponible en la Licitación del Portal mercado público).
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13. ACLARACIÓN DE OFERTAS |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital de Yumbel podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier
duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora, una aclaración de los términos indicados en la propuesta
respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no
otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser
superior a 48 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al
resto de la evaluación y será descartada del proceso.
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18. DE LA ADJUDICACIÓN |
La evaluación de la oferta será realizada por una comisión evaluadora, la cual se designará mediante Resolución Exenta, en
donde se identificarán sus integrantes y funciones. La comisión estará integrada por al menos tres funcionarios públicos,
internos o externos del organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un
número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
La comisión evaluadora deberá hacer un análisis administrativo, técnico y económico, considerando los criterios de evaluación y
la documentación que se exigió en las presentes Bases, donde emitirá un informe de evaluación con el detalle de las ofertas,
indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos oferentes y proponiendo en el mismo la adjudicación de la Directora del
Hospital de Yumbel o quien lo subrogue, del proveedor con el puntaje más alto y que ha sido considerada la oferta más
ventajosa.
Posteriormente, la adjudicación será formalizada a través de una Resolución de Adjudicación, publicada en el portal
www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes para trasparentar el proceso y se entenderá realizada la notificación de la
adjudicación luego de transcurridas 24 horas desde realizada dicha publicación.
La presente Licitación será adjudicada a un solo Oferente.
En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado,
www.chileproveedores.cl, estará obligado a inscribirse dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la adjudicación.
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21. DEL CONTRATO |
Por ser una licitación entre 100 y 1000 UTM, de acuerdo al presupuesto estimado para esta contratación, una vez adjudicada la
licitación se procederá a emitir Órdenes de Compra, las que tendrán la validez de un contrato.
Para todos los efectos de regulación de incumplimientos se procederá con las sanciones y multas descritas en las presentes
bases de licitación.
El término anticipado del Convenio no posibilitará ningún tipo de indemnización para el proveedor, además de facultar al
Hospital de Yumbel para re-adjudicar al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente.
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21.6. OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR |
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor deberá dar cumplimiento a:
Dar cumplimiento a Todas aquellas obligaciones a. señaladas en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, que dan
origen a este contrato de Adquisición.
b. El proveedor adjudicado en convenio no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y
obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación y en especial lo que establecerá en el contrato definitivo.
c. Está prohibido realizar cambio del servicio ofertado.
d. El proveedor adjudicado está obligado a realizar el pago de las multas, dentro del plazo establecido en estas bases.
e. Dar cumplimiento, durante el plazo de ejecución del contrato, a todas las condiciones ofertadas, tanto en el tiempo de
entrega, despacho y calidad técnica ofertada del bien y/o servicio y las obligaciones emanadas de la legislación Laboral
Vigente. Esto es remuneraciones, cotizaciones de seguridad social, entre otras. Los primeros estados de pago producto
del contrato licitado deberán ser destinados al pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social de los actuales trabajadores del proveedor o de trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo el
contratista acreditar que la totalidad de esta obligación se encuentran pagadas al cumplirse la mitad del periodo de
ejecución del convenio con un máximo de 6 meses.
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21.8. CESION |
1. El oferente adjudicado no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en
el posterior contrato y/o orden de compra a terceros. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión o traspaso del
futuro contrato y/o orden de compra o sus obligaciones por parte del proveedor.
2. La infracción a lo indicado, hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente para
poner término de inmediato a dicho contrato y/o orden de compra, procediendo a ejecutar la garantía por el fiel y
oportuno cumplimiento si los hubiere.
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27. PACTO DE INTEGRIDAD: |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que
se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida
de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar 1. los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en
conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante
sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en
la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la
misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
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28. PRINCIPIOS DE PROBIDAD |
LEY 19.653 – PRINCIPIOS DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA DEBERES Y PROHIBICIONES FUNCIONARIAS
1. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de
monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. -
2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la
función pública que se desempeña. -
19
Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir 3. sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio
directo o indirecto para sí o para terceros. -
4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de
cualquier naturaleza. -
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. -
6. Omitir o eludir la propuesta pública de los casos en que la ley la disponga. -
7. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Servicio, causando un gasto
innecesario a la institución.
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