Licitación ID: 1057430-24-LE24
Convenio de Exámenes Radiológicos TC y RM
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE LOTA, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 33
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Exámenes médicos 1 Unidad
Cod: 85122201
Exámenes Tomografía computada. Ver Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos  

2
Servicios de resonancia magnética 1 Unidad
Cod: 71121512
Exámenes Resonancia Magnética. Ver Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos.  

3
Servicios de resonancia magnética 1 Unidad
Cod: 71121512
Exámenes Resonancia Magnética con Anestesia. Ver Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio de Exámenes Radiológicos TC y RM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Bases Especiales y documentación anexada tiene por objeto regular los procedimientos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, Ejecución, Recepción y Puestas en Marcha del contrato respectivo motivo de la presente Licitación. Se requiere contar con un “Convenio de Exámenes Radiológicos Diagnósticos de Tomografía Computada y Resonancia Magnética” para unidad de Imagenología del Hospital de Lota, de acuerdo a requerimientos especificados en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente Licitación, cuya finalidad obedece a obtener la mejor calidad y oportunidad en la prestación de los servicios a un valor más conveniente. No existe compromiso de compra mensual, las órdenes de Compra se irán generando cuando se presente la necesidad.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE LOTA
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.203-2
Dirección:
Carrera 702 Lota
Comuna:
Lota
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-03-2024 12:05:00
Fecha de Publicación: 22-03-2024 9:19:12
Fecha inicio de preguntas: 22-03-2024 11:30:00
Fecha final de preguntas: 25-03-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-03-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-03-2024 12:07:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-03-2024 12:07:00
Fecha de Adjudicación: 04-04-2024 9:59:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario Anexo 1_Identificación del Oferente
2.- Formulario Anexo 2_Declaración Jurada Socios
Documentos Técnicos
1.- Formulario Anexo 3_Técnico
 
2.- Formulario Anexo 4_Experiencia del Oferente
 
Documentos Económicos
1.- Formulario Anexo 5 A_Oferta Económica
2.- Formulario Anexo 5 B_Oferta Económica
3.- Formulario Anexo 5 C_Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Ver punto 14(B) de las Bases Administrativas y EE.TT. 30%
2 Comportamiento contractual anterior Ver punto 14(D) de las Bases Administrativas y EE.TT. 5%
3 Cumplimiento de los requisitos Ver punto 14(E) de las Bases Administrativas y EE.TT. 5%
4 Experiencia de los Oferentes Ver punto 14(C) de las Bases Administrativas y EE.TT. 15%
5 Precio Ver punto 14(A) de las Bases Administrativas y EE.TT. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital de Lota
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Sí, por 60 días hábiles mientras se adjudica un nuevo proceso
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gregoria González Leal
e-mail de responsable de pago: ggonzalez@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: Verónica Leal Mena
e-mail de responsable de contrato: v.leal@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2721258-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Técnicos”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Experiencia ”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "comportamiento contractual anterior” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “cumplimiento requisitos formales”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Está definido que no puede existir contacto con los oferentes, salvo aclaraciones y lo especificado en las Bases y solo a través del Portal hasta la fecha de cierre de las ofertas. 

Respecto a las consultas de adjudicación, el proveedor podrá realizar sus consultas vía email al contacto angela.rodriguez@ssconcepcion.cl .

Las preguntas y respuestas serán publicadas en la Licitación y formarán parte integrante del proceso adjudicatorio.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Entidad podrá solicitar al proveedor la aclaración de errores u omisiones de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, no pudiendo afectar el principio de igualdad de los oferentes ni el principio de estricta sujeción a las Bases Administrativas. Se deberá informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de   información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde el requerimiento vía portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por el Hospital de Lota, o acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital de Lota no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases Administrativas
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACION PÚBLICA 1057430-24-LE24 “CONVENIO EXÁMENES RADIOLÓGICOS DIAGNÓSTICOS DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA Y RESONANCIA MAGNÉTICA PARA EL HOSPITAL DE LOTA” 1. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN: Las presentes Bases Especiales y documentación anexada tiene por objeto regular los procedimientos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, Ejecución, Recepción y Puestas en Marcha del contrato respectivo motivo de la presente Licitación. Se requiere contar con un “Convenio de Exámenes Radiológicos Diagnósticos de Tomografía Computada y Resonancia Magnética” para unidad de Imagenología del Hospital de Lota, de acuerdo a requerimientos especificados en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente Licitación, cuya finalidad obedece a obtener la mejor calidad y oportunidad en la prestación de los servicios a un valor más conveniente. No existe compromiso de compra mensual, las órdenes de Compra se irán generando cuando se presente la necesidad. 2. DETALLE DEL SERVICIO Productos o servicios 1 Exámenes médicos 1 Unidad Cod: 85122201 Exámenes Tomografía computada. Ver Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos. 2 Servicios de resonancia magnética 1 Unidad Cod: 71121512 Exámenes Resonancia Magnética. Ver Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos. 3 Servicios de resonancia magnética 1 Unidad Cod: 71121512 Exámenes Resonancia Magnética con Anestesia. Ver Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos. 3. CARACTERISTICAS DE LA LICITACION: La presente Licitación Pública se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través de sistema de información. Estas ofertas estarán sujetas a un Proceso de Evaluación, a partir del cual se determinarán él o los Oferentes Adjudicados. En la tabla siguiente se resume el tipo de Licitación: Nombre Adquisición Convenio de Exámenes Radiológicos Diagnósticos de Tomografía Computada y Resonancia Magnética Descripción La finalidad de contar con un convenio de exámenes radiológicos diagnóstico de tomografía computada y resonancia magnética para pacientes del Hospital de Lota. Tipo de Adquisición Licitación Pública entre 100 a 1000 UTM, modalidad convenio de Servicio, con adjudicación múltiple, sin emisión automática de Orden de Compra. Tipo de Convocatoria Abierta Moneda Peso chileno Etapas Una etapa Toma de Razón por Contraloría NO requiere Toma de Razón por Contraloría Suscripción de Contrato SÍ, escriturado Publicidad Ofertas Técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la Licitación 4. ORGANISMO DEMANDANTE: Razón Social HOSPITAL DE LOTA Unidad de Compra ABASTECIMIENTO RUT 61.602.203-2 Dirección CARRERA 702 COMUNA LOTA Región OCTAVA 5. ETAPAS Y PLAZOS: a) Calendario: Etapa Plazos Convocatoria de la Propuesta 2 días hábiles a contar de la fecha y firma de Resolución Exenta Aprobatoria de Bases. Fecha de cierre de recepción de ofertas 5 días corridos, a partir de la fecha de publicación, pudiendo esta fecha reducirse hasta 5 días Fecha Acto Apertura Técnica y Económica 5 días corridos, a partir de la fecha de publicación, pudiendo esta fecha reducirse hasta 5 días Fecha de inicio de preguntas 0 día corrido, a partir de la fecha de publicación. Fecha final de preguntas 3 días corridos, a partir de la fecha de publicación. Fecha publicación de respuestas 4 días corridos a partir de la fecha de publicación. Plazo de Evaluación de ofertas 15 días corridos, a partir de la fecha de Apertura Fecha de Adjudicación 60 días corridos, a partir de la fecha de Apertura. Si alguna fecha coincide un día sábado, domingo o festivo, el proceso se realizará el día hábil siguiente. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se podrá ampliar automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del reglamento de la ley 19.886 (optativo). De acuerdo a lo indicado en Art. 25° del Reglamento 250 que Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, se puede rebajar en licitaciones inferiores a 1000 UTM, hasta 5 días corridos, el plazo de publicación, debido a que la presente licitación cumple con la condicionante de ser un proceso simple que no tiene mayor especificidad. (Sujeto a necesidad de rebajar los plazos). Optativo. b) Visita a terreno: NO tiene c) Consultas y Respuestas:: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de Licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal, haciendo referencia explícita al punto de las Bases, Especificaciones Técnicas o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas y hasta el día de la fecha indicada en el calendario de la Licitación como fecha de término de consultas y respuestas. Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante. Cualquier modificación a las Bases deberá ser aprobada mediante la respectiva Resolución. Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena compresión de las presentes Bases o Ficha Técnica, Especificaciones Técnicas o documentos que integran la propuesta. No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente. 6. GENERALIDADES Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional, salvo que expresamente se indique otra cosa. 7. DOCUMENTOS DE LA LICITACION: Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: • Las presentes Bases Administrativas • Las Especificaciones Técnicas • Las consultas y Respuestas • Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. • Los formularios • La oferta adjudicada • La orden de compra y/o contrato • Todo otro documento que forme parte de la licitación que emane del Hospital de Lota. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las Bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Servicio a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen. 8. MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION El Hospital podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o solicitada por un oferente, antes de la recepción de las ofertas y hasta el día de la fecha indicada en el calendario de la Licitación como fecha de término de consultas y respuestas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante. Cualquier modificación a las Bases deberá ser aprobada mediante la respectiva Resolución. 9. DE LOS PARTICIPANTES: Sólo podrán participar en la presente propuesta, aquellas personas naturales y jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cuenten con la capacidad profesional y técnica necesaria para la prestación del servicio que se licita y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la ley Nº 18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº 19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 250/04). De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, el Hospital de Lota no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos” del Servicio, sus sociedades ni con sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la ley 18.575, salvo que circunstancias excepcionales lo hagan necesario. La limitación alcanzará también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de estas sociedades. Para estos efectos se entenderá como funcionario directivo aquel que cumple una función directiva y/o de jefatura, sea titular o encomendada, incluidos los Jefes de Servicios Clínicos, de Unidades de Apoyo, Jefes de Secciones, subrogantes, suplentes, etc. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile. Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada de que no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente en el Portal 10. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES: 10.1 PERSONA NATURAL: ii. Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos: • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos 2 años. • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Art. 463 y siguientes del Código Penal y los señalados en la Ley Nº 20.720 dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. iii. Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar que cumple con las siguientes causales de inhabilidad: • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecido en el Código Penal” • No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley 19.886, que establece, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. • Estar Inscritos en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26 letra d) del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto de Ley N°211, de 1973 10.2 PERSONA JURIDICA: 10.2.1 Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos: • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal y los señalados en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. 10.2.2 Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos: • No estar afecto a lo señalado en el Art. 4º inciso 8 de la Ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios de los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la Letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas". • No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley 19.886, que establece, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. • Estar Inscritos y hábil en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse y regularizar su habilidad dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. • No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (Incumplimiento artículo 8 y 10, Ley 20.393) • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26 letra d) del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto de Ley N°211, de 1973. 10.3 UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES. En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica. Los miembros de la unión temporal de proveedores deben estar inscrito y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl) Documentos UTP: - Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores. - Declaración Jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 - Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda. - Escritura pública en el que conste la unión. - Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica. - En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio. 11. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA PROPUESTA: 11.1 Oferta administrativa: Para los efectos de la presente licitación se entiende por documentos administrativos las certificaciones, antecedentes y en general, aquellos que den cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas y profesionales requeridas para la presente licitación. El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los Anexos N°1, N°2, N°3, N°4, N°5 Y N°6-A, N°6-B Y N°6-C, según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente. 11.2 Oferta técnica: La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en formulario anexo y adjuntar las certificaciones o documentos necesarios para obtener el puntaje asignado. • Cumpliendo con las características de los ítems señalados en el formulario anexo, el proponente deberá incorporar todos los antecedentes requeridos, a efectos de obtener la máxima calificación en la evaluación de la oferta técnica de los bienes. En caso contrario, es decir, en el evento en que el oferente no acompañe o presente solo algunos de los documentos, su oferta será considerada inadmisible. • Los Formatos permitidos son: Word, Excel, PDF. 11.3 Oferta económica La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en Formulario anexo N° 6-A ; 6-B Y 6-C. En caso que exista una contradicción entre el valor de la oferta publicada en el portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en la ficha electrónica. 11.4 De los Anexos: Para presentar su oferta en la presente Licitación, el oferente deberá completar y presentar en Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos del Portal www.mercadopublico.cl los Formularios entregados por la Unidad Técnica en los Anexos de la Ficha Técnica del Portal. Para la presente Licitación los documentos requeridos son: Antecedentes Administrativos ANEXO N°1 Identificación del Oferente: Deberá completar y subir este anexo indicando antecedentes del oferente. ANEXO N°2: Declaración jurada de socios: Deberá completar Anexo indicando Nombre, Rut y porcentaje de participación en la sociedad de cada uno de los integrantes de la Sociedad. De lo contrario, agregar que es persona Natural, sin dejar de completar el Anexo. Además, El oferente deberá firmar los formularios electrónicos de declaraciones juradas de Mercado Público según corresponda. Antecedentes técnicos ANEXO N°3: Requisitos Técnicos: Debe completar el formulario anexo creado para esta instancia, indicando si cumple o no con la información requerida. ANEXO N°4: Experiencia de los oferentes: Deberá completar la experiencia con que cuenta el proveedor. Antecedentes Económicos ANEXO N°5-A; 5-B y 5-C: Oferta económica: Deberá completar el formulario en todos los campos solicitados. Debe incluir todos los costos asociados, presentes y futuros. Será de responsabilidad del proveedor ingresar todos los documentos solicitados en esta licitación y en archivos formatos legibles, sin claves o codificación privada. De no adjuntar Anexo Técnico y/o Económico, o los antecedentes de respaldo solicitados, su oferta quedará INADMISIBLE. 12. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO Estimación en base a Precio Referencial Fuente de Financiamiento Hospital de Lota Moneda Peso chileno Duración del Contrato Contrato de Ejecución en el tiempo, vigencia 12 meses Plazos de pago 30 días Ampliación del Contrato Sí, por 60 días hábiles mientras se adjudica un nuevo proceso Opciones de Pago Transferencia Electrónica Nombre responsable del Pago Jefe Contabilidad y Presupuesto Email Responsable Pago ggonzalez@ssconcepcion.cl 13. PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS: La Entidad podrá solicitar al proveedor la aclaración de errores u omisiones de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, no pudiendo afectar el principio de igualdad de los oferentes ni el principio de estricta sujeción a las Bases Administrativas. Se deberá informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde el requerimiento vía portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por el Hospital de Lota, o acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital de Lota no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible. 14. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos y fórmulas que se indican, a los aspectos que se detallan. La oferta que logre puntuación más alta, será propuesta para adjudicación: Criterio Puntaje a) Oferta Económica 45% b) Oferta Técnica 30% c) Experiencia de los oferentes 15% d) Comportamiento Contractual Anterior 5% e) Cumplimiento Requisitos Formales 5% TOTAL 100% a) Criterio Económico: 45% Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje Precio = Valor Oferta Mínima Valor Oferta Evaluada Se entenderá que la oferta mínima corresponde a la de menor valor del total de ofertas presentadas. Para aplicar este criterio de evaluación, Comisión Evaluadora considerará el valor Neto ingresado en línea de licitación. En caso de haber algún error en el ingreso de éste, se verificará el valor en el Formulario Anexo Económico. b) Criterio Técnico: 30% Para la Evaluación Técnica, es imprescindible que el Proponente u Oferente haya analizado y completado cabalmente los formularios de la oferta, especialmente con relación a las Bases Técnicas y Administrativas. Los puntajes que obtendrán serán de acuerdo grado de concordancia de la propuesta técnica y el puntaje obtenido será la suma de la ponderación de factores indicados en formulario Anexo N° 3 Técnico. A) Descripción del Servicio B) Completar SI / NO C) PUNTAJE El profesional radiólogo cuenta con especialidad inscrita en la Superintendencia de Salud OBLIGATORIO El establecimiento Médico o Clínica debe estar Acreditado en Salud vigente OBLIGATORIO Las tomografías computarizadas deben realizarse en un tomógrafo de 16 canales o superior y las resonancias magnéticas en un resonador con un campo magnético de 1,5 T o superior OBLIGATORIO El equipo médico del Hospital de Lota debe tener la posibilidad de interactuar con un par, con el fin de obtener una segunda opinión del radiólogo de turno, indicando forma. OBLIGATORIO Cuenta con plataforma para acceder a informes de exámenes de imagenología 50 La empresa debe entregar al paciente las imágenes en CD/DVD (u otra modalidad de la que dispongan). 50 TOTAL PONDERACION 100 PUNTOS NOTA: para que su oferta sea admisible, debe adjuntar documentación que respalde sus respuestas señaladas en Columna (B). • INDICA SI CUMPLE y es corroborado por la Comisión Evaluadora ante revisión de documentos ingresados en su oferta: Obtiene el puntaje asignado. • INDICA SI CUMPLE, NO SUBE FORMULARIO, SUBE FORMULARIO DISTINTO o INCOMPLETO: No será evaluado y su oferta será declarada inadmisible. • Si el profesional no cumple con el primer subcriterio, su oferta será declarada oferta inadmisible. Cálculo de puntaje: Total puntos X 0.30 c) Criterio Experiencia del Oferente: 15% IMPORTANTE Y OBLIGATORIO: Debe presentar electrónicamente documentación que permita evaluar este criterio y los documentos a considerar son: Certificados de Centros de Salud Público o Privado que señale la experiencia en el servicio específico a contratar. Tener presente que, si el oferente es persona jurídica, debe informar Nombre y Rut del o los profesionales que prestarán el servicio y adjuntar a su oferta todos los antecedentes técnicos solicitados para su evaluación. Cálculo de puntaje: Total puntos X 0.15 d) Comportamiento Contractual Anterior: 5% Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público, dentro de los últimos 12 meses contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas se encuentren en estado Cerrada en el Sistema de Información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el Hospital de Lota y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo. N° sanciones dentro de los últimos 12 meses Puntaje 0 sanciones 100 Entre 1 y 2 sanciones 60 Entre 3 y 5 sanciones 30 Sobre 5 sanciones 1 Cálculo de puntaje: puntaje obtenido x 0.05 e) Cumplimiento Requisitos Formales: 5% Criterio Puntaje Presenta toda la información requerida en las Bases hasta la fecha de cierre del proceso licitatorio 100 Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud 1 No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud OFERTA INADMISIBLE Será de responsabilidad del proveedor ingresar todos los documentos solicitados en esta licitación y en archivos formatos legibles, sin claves o codificación privada. De no adjuntar anexos técnicos, su oferta quedará inadmisible. Se evaluará aplicando la siguiente Fórmula: Total puntos X 0.05 15. SUBCONTRATACION: Prohibida subcontratación: NO 16. NATURALEZA Y MONTO DE LAS GARANTÍAS: GARANTIA SERIEDAD DE OFERTA: NO TIENE GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO: NO TIENE 17. DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán ser ingresadas en el Portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación) dentro del plazo y hora estipulados en las presentes Bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. 17.1 Plazo de vigencia de las ofertas: Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días, desde la fecha de la publicación de la Licitación, si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Mandante podrá solicitar mediante correo electrónico u otro medio escrito a los proponentes antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de la Garantía Seriedad. Si alguno de los oferentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación. 17.2 Apertura de las ofertas: El acto de apertura de las ofertas se efectuará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto los antecedentes administrativos, oferta técnica y oferta económica, a través del sistema de información. 17.3 Inadmisibilidad de ofertas: Las ofertas serán declaradas fuera de bases o inadmisibles cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y el Hospital podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. A modo de ejemplo: • La no presentación de las ofertas técnicas y económicas en el Portal de acuerdo a los requerimientos solicitados. • No respaldar las ofertas técnicas con documentos solicitados en las Bases o subir los anexos o documentos en formatos no conocidos o compatibles. • Si el adjudicatario infringiere la Ley N” 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4” de la referida Ley. Se deja establecido en estas Bases que los oferentes no favorecidos, no percibirán indemnización alguna, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas. 17.4 Evaluación de las ofertas: Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación en una sola etapa, a partir del cual se determinarán él o los oferentes adjudicados. Este proceso se realizará de la siguiente forma: Primero, se revisará el cumplimiento de los requerimientos mínimos estipulados en Planilla Evaluación Ofertas indicada a continuación, que resume lo señalado en el punto “ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA PROPUESTA”, en el que se verificará la presentación de los documentos anexos y certificaciones requeridas. El análisis de los mismos se efectuará con posterioridad. La Comisión Evaluadora será la encargada de realizar el check list de cumplimiento. PLANILLA EVALUACION OFERTAS (Uso exclusivo Comisión Evaluadora) INGRESA DOCUMENTOS EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS SI / NO ANEXO N° 1: Identificación del Oferente ANEXO N°2: Declaración de Socios ANEXO N°3: Requisitos Técnico * Certificado de Acreditación de la Superintendencia * Certificado de Centros de Salud Público o Privado que señale la experiencia en el servicio específico a contratar * Toda la documentación que respalde sus respuestas señaladas en Anexo N°3 ANEXO N°4: Plazo de Entrega ANEXO N°5-A; 5-B y 5-C: Oferta Económica Además, El oferente deberá firmar los formularios electrónicos de declaraciones juradas de Mercado Público según corresponda. Las ofertas que no den cumplimiento total a los requerimientos mínimos exigidos en el referido anexo, no avanzarán a la segunda parte de la Evaluación. Parte 2: Se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos proponentes que los presentaron en forma completa, ponderando las ofertas de acuerdo a los Criterios de Evaluación indicados en el Punto N° 13 de estas Bases. En esta etapa de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá requerir el apoyo o la asesoría que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 39 del Reglamento. Se levantará un acta del proceso de evaluación en la cual quedará constancia de las actividades realizadas y se consignarán las observaciones formuladas respecto de las ofertas declaradas inadmisibles y los fundamentos de tal declaración que, caso de ser necesario, se complementará con un informe técnico por parte del referente. Finalmente incluirá una proposición de adjudicación o deserción, según sea el caso, que será firmada por los integrantes de la Comisión Evaluadora y formará parte de los antecedentes de la propuesta. 17.5 Comisión Evaluadora La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital de Lota, o quienes le subroguen legalmente:  Encargado de Rayos X o quien le subrogue  Subdirector Administrativo o quien le subrogue  Subdirector Médico Atención Abierta o quien le subrogue  Subdirector Médico Atención Cerrada o quien le subrogue  Subdirector Médico Unidades de Apoyo o quien le subrogue  Encargado Calidad Hospital o quien le subrogue  Jefe de Atención al Usuario o quien le subrogue  Jefe Finanzas y Contabilidad o quien le subrogue La Comisión podrá sesionar con al menos 3 integrantes de los descritos. En caso de considerar pertinente, la Comisión Evaluadora podrá requerir asesoría del Departamento Jurídico del Servicio de Salud Concepción. La Comisión de Evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Mandante, de acuerdo al contenido de estas Bases y demás antecedentes, queda facultada para:  Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.  Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnicas y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.  Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas. Así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.  Si, alguno de los miembros de la Comisión Evaluadora detectara que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el acto de evaluación, debiendo reemplazarlo su subrogante legal, en caso de ser jefatura o un profesional de igual calidad en caso de no serlo, quien continuará en el proceso de evaluación.  Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones o terceros en oferentes o no, relativas a materiales vinculadas en la evaluación.  De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.  Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.  Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. El informe final de la comisión evaluadora, deberá referirse a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.  Adjuntar en el informe una declaración en la cual cada uno de los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses y se comprometen a resguardar la confidencialidad del proceso. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario, de acuerdo al orden de subrogancia establecido en la resolución que designa la comisión, o en su defecto, mediante acto administrativo. 17.6 Resolución de Empates En el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la mejor oferta serán los siguientes, los que se aplicarán de uno a uno, en el orden de su numeración, hasta resolver el desempate: 1. Mayor puntaje Criterio Precio 2. Mayor puntaje Requisitos Técnicos 3. Mayor puntaje Criterio Experiencia 4. Mayor puntaje comportamiento contractual anterior 5. Mayor puntaje cumplimiento requisitos formales Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se adjudicará a la oferta que según la Comisión Evaluadora presente un mejor nivel de cumplimiento considerando comportamiento contractual, de acuerdo a registro interno de la unidad de Adquisiciones del Mandante. 18. CONTACTO CON LOS OFERENTES: Está definido que no puede existir contacto con los oferentes, salvo aclaraciones y lo especificado en las Bases y solo a través del Portal hasta la fecha de cierre de las ofertas. Respecto a las consultas de adjudicación, el proveedor podrá realizar sus consultas vía email al contacto angela.rodriguez@ssconcepcion.cl . Las preguntas y respuestas serán publicadas en la Licitación y formarán parte integrante del proceso adjudicatorio. 19. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA: Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital de Lota adjudicará la Licitación total en forma múltiple, y cada línea licitada en forma simple, aceptando las ofertas que obtengan el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada Luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. En el evento que, los adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la adjudicación. El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. Por otra parte, la adjudicación será dejada sin efecto dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. Incluye el rechazo de la primera Orden de Compra que formaliza el contrato. b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra. c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, el Hospital podrá readjudicar la licitación, dentro de los 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 41 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha se formalizará a través del acto administrativo correspondiente indicando las razones del atraso, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). 20. DEL CONTRATO Y SU INICIO El contrato será suscrito en un plazo no superior a 30 días corridos, contados a partir del día siguiente de la adjudicación realizada a su favor. Si no lo suscribiera dentro de este término, se entenderá que no se ha formado el consentimiento y en consecuencia, el acto administrativo en virtud del cual el Hospital aceptó la propuesta formulada por el Oferente que resultó adjudicado, quedará sin efecto ipso-jure. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado u otro motivo justificable, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, en consecuencia, el Hospital de Lota no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato, y a los actos que de él se deriven. Los derechos y obligaciones que nacen de la presente Licitación y de su respectivo contrato y/o Resolución serán intransferibles.  Firma del contrato: El contrato será suscrito en un plazo no superior a 90 días corridos, contados a partir del día siguiente de la adjudicación realizada a su favor. Si no lo suscribiera dentro de este término, se entenderá que no se ha formado el consentimiento y en consecuencia, el acto administrativo en virtud del cual el Hospital aceptó la propuesta formulada por el Oferente que resultó adjudicado, quedará sin efecto ipso-jure. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado u otro motivo justificable, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, en consecuencia, el Hospital de Lota no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato, y a los actos que de él se deriven. Los derechos y obligaciones que nacen de la presente Licitación y de su respectivo contrato y/o Resolución serán intransferibles.  Plazo de duración del contrato. Que, en razón de buen servicio y para efectuar a la brevedad el uso del servicio que se contrata con al presente licitación pública, que busca no entorpecer el normal funcionamiento de estos servicios, que se deben dar de manera constante e ininterrumpida, se ha determinado dar inicio al Contrato, a partir de la notificación de la Resolución de Adjudicación de la Licitación en el www.mercadopublico.cl, siempre que haya generándose las órdenes de compras correspondientes, pero con la salvedad que el pago de estos deberá realizarse posterior a la firma y publicación de la Resolución Afecta que aprueba el Contrato de Suministros en el Portal www.mercadopublico.cl . Para la solución de conflictos que pudieren originarse durante el proceso de Licitación, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes fijan domicilio en la ciudad de Lota y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.  Supervisión del contrato: El Hospital encomendará al Referente Técnico y/o Jefe de Atención al Usuario o quien les subrogue, Supervisar el fiel cumplimiento del contrato según lo estipulado en las presentes Bases Técnicas y Administrativas e informar a la Unidad de Abastecimiento en caso de incumplimiento. 21. DEL SERVICIO: a) Operatoria del Convenio: Durante la vigencia del convenio se seguirá el siguiente procedimiento: • Esta Licitación se regirá por el sistema denominado “Adjudicación múltiple sin emisión automática de la Orden de Compra”, cuyas características y condiciones generales se encuentran en la Normativa e Instrucciones del Sistema de Compras y Contratación Pública, por lo cual el Mandante irá emitiendo a medida que se presenten las necesidades o requerimientos. • El oferente adjudicado no podrá rechazar o condicionar los servicios por pago. Si al momento de emisión de una orden de compra existiere una deuda superior a 30 días, antes de aceptar el servicio deberá enviar un correo electrónico a ggonzalez@ssconcepcion.cl y prodriguezt@ssconcepcion.cl solicitando compromiso de pago. Si no envía correo y acepta la orden de compra estará obligado a dar cumplimiento en los servicios y estará afecto a las medidas administrativas que se establecen en estas Bases. b) De los precios: • El ingresado por línea de licitación en ficha electrónica debe ser valor neto y expresado en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo, con excepción de los impuestos, que incida el mismo. • Este valor será considerado para aplicar los criterios de evaluación, el proveedor deberá presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº 5-A; 5-B y 5-C de estas Bases. c) De las cantidades: • El Hospital se reserva el derecho de modificar las cantidades licitadas o programadas, ya sea disminuyéndolas o aumentándolas, respetando en ambos casos los precios adjudicados, sin que dichas modificaciones signifiquen gravamen alguno para el Hospital. • Se considerarán como modificaciones (aumento o disminución) de las cantidades adjudicadas, los requerimientos de servicios que se formulen en virtud de las variaciones de la demanda de los productos. • Podrán agregarse a este convenio otros servicios de la misma categoría mediante resolución fundada. d) De la Orden de Compra: • La orden de compra será emitida mediante solicitud generadas por Unidad de Rayos y Gestor. Las órdenes de compra generadas al proveedor adjudicado. El proveedor tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la orden de compra desde la notificación en el portal Mercado Público. e) Entrega y Recepción: • Una vez adjudicado y enviado la Orden de Compra, el proveedor deberá aceptarla en un plazo no mayor a 48 horas, de lo contrario se entenderá por aceptada. • Deberá realizar los servicios respetando los plazos establecidos en su oferta. f) De la facturación • De la facturación y presentación de estado de pago: El adjudicatario deberá presentar una factura que deberá indicar los siguientes datos: • Razón Social • RUT • Domicilio • Nº de Orden de Compra (código 801) o Nombre servicio o Periodo NOTA: Se solicita revisar o actualizar sistema de facturación electrónica a fin de que su factura sea enviada al correo dipresrecepcion@custodium.com en formato XML para poder ser rescatados por nuestro sistema. Adicionalmente incorporar número de orden de compra en COD: 801 al momento de emitir factura. La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital de Lota, RUT. 61.602.203-2, dirección Carrera N° 702, Lota, cancelada en original y cedible. En el caso que la adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico indicado en la orden de compra. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. g) Del pago: El pago se realizará contra Acta de Recepción Conforme, memorándum o certificado sin observaciones extendida por el Jefe de Some o quien le subrogue, de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en las presentes bases, especificaciones técnicas. Debe indicar cuenta corriente y entidad bancaria, para efectuar pago mediante transferencia electrónica. El pago se efectuará en el plazo 30 días contados desde la fecha de recepción conforme de la factura y de los artículos requeridos, salvo que se presenten algunas de las siguientes situaciones: • Las facturas mal extendidas o que no se incorporen los antecedentes propios de los productos adquiridos serán causales de rechazo, por tanto, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos. 22. DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN. El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 23. SANCIONES Y MULTAS: a) De las multas y sanciones: Cualquier incumplimiento de las bases y del acuerdo establecido con el proveedor facultará al Hospital de Lota para aplicar una o varias de las siguientes multas y sanciones: FALTAS LEVES Hechos Sanciones 1.- Atraso en la entrega de informes • El atraso en el plazo de entrega de los informes propuesto por la institución que no supere 1 día hábil, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, obligará al Hospital a aplicar una Amonestación, la que será comunicada vía correo electrónico al indicado en Ficha electrónica. • El atraso en el plazo de entrega de los informes requerido que supere 1 día hábil, en los plazos propuestos por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, obligará al Hospital a aplicar una multa equivalente al 2% del Monto Bruto, con un tope de 10 días, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. Lo anterior sin perjuicio de la realización de la actividad. El cálculo de días para aplicar la multa se inicia después de la suma de: 48 horas a contar del envío Orden de Compra + Días plazo entrega ingresado por oferente en su oferta. Multa aplicable al monto Bruto de cualquier estado de pago. FALTAS GRAVES 2.- Por incumplimiento en la realización de actividades • Salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente al 4% del Monto Bruto, por evento, respecto al valor del o los informes que se requieren, contados desde el requerimiento realizado por plataforma correspondiente hasta la entrega respectiva. 3.- Por aplicación de Amonestaciones Leves • Por la aplicación de más de 3 Amonestaciones Leves, se aplicará una multa equivalente al 4% del Monto Bruto. 4.- Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los informes recibidos • Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los informes recibidos, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente al 4% del Monto Bruto, respecto al valor del producto y por cada día hábil de retraso que exista. 5.- Por la no entrega parcial de los informes • La no entrega de una o más líneas según lo solicitado, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente al 4% del valor de la o las líneas. 6.- Cobro indebido de actividades • Por el cobro indebido de actividades, se aplicará una multa de 4% del valor cobrado o por cobrar, sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados indebidamente. 7.- Reclamos de los usuarios • Reclamos de los beneficiarios atendidos por el adjudicatario referidos a la calidad del servicio u atenciones otorgadas, tales como trato digno y respetuoso a los beneficiarios respetando la confidencialidad, derecho a la información, atención profesional adecuada, entre otros; se aplicará una multa de 4% por cada reclamo acogido. 8.- Adendum clínico • Por la generación de 10 Adendum clínico, se aplicará una multa equivalente al 4% del Monto Bruto. FALTAS GRAVÍSIMAS: 9.- Por la no entrega total de los informes • La no entrega total de los informes solicitados, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente al 30% del valor total de la orden de compra. El monto de las multas, será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. Para lo anterior, La Unidad de Abastecimiento deberá enviar al Jefe de Contabilidad el documento tributario junto con la Resolución sancionatoria, con el fin de que se proceda a realizar dicho descuento.  El total de la multa cursada no podrá ser superior al 30% del valor total Bruto de la Orden de Compra.  Las sanciones serán una constatación del incumplimiento que se le comunicará al proveedor vía correo electrónico, para luego ser notificado al proveedor mediante resolución fundada que se adjuntará en portal ChileProveedores. b) Procedimiento de aplicación de sanciones: En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de los Referentes técnicos, informarán a la unidad de Abastecimiento y a la Oficina de Contabilidad de aquellos proveedores que no dieron cumplimiento, hecho que deberá quedar registrado en el formulario de recepción de cada factura, al igual que el motivo de incumplimiento. Luego, se le informará al adjudicatario por carta certificada, email, presencial u otro, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del quinto día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Dichos descargos deberán presentarse por correo electrónico a angela.rodriguez@ssconcepcion.cl o ser entregados en la Oficina de Partes del Hospital de Lota, ubicada en Carrera Nº 702, Comuna de Lota. Para estos efectos, el horario de recepción será de lunes a jueves de 08:00 a 16:50 y viernes de 08:00 a 15:50 horas. Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará de respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la sanción. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de 5 días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada o vía email al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas, y al encargado del contrato. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de sanción, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La no recepción del correo certificado (postal) o correo electrónico por razones no imputables al Hospital, serán de responsabilidad exclusiva del proveedor. El documento donde conste los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de documento del Hospital que informa la proposición de sanción. Tratándose de las multas, éstas se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra cualquiera de las Garantías que corresponda, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, el adjudicado deberá emitir un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. 24. DE LAS MODIFICACIONES Y DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO a) De las modificaciones: El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento). b) Del Término Anticipado: Serán causales de término anticipado del contrato que suscriba el Adjudicatario, las numeradas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 y el Artículo 77 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley Nº 19.886, a saber: 1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente: a. Tres veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve. b. Por una Falta Gravísima. 2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. 5. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. 6. Por la incapacidad del adjudicatario para seguir adelante con la prestación de servicios contratados, derivada de problemas internos, pérdida de la representación de la marca ofertada, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 7. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere. 8. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos: a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e. Disolución de la UTP. 9. Por infracción a lo estipulado en el artículo 4º de la ley de compras. 10. Abandono de prestación del convenio. Esto ocurre cuando el proveedor suspende el despacho arbitrariamente e interrumpe la comunicación con el mandante. 11. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 12. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. a. No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. b. Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación. En el evento que se incurra en una de las causales contempladas precedentemente, se producirá el término del contrato, sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor de esencial a la presente cláusula. c) Del procedimiento: a. En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 al 10, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada u otro medio, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada u otro medio al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, si lo considerase necesario. b. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 12 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno. 25. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 26. DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el Punto 23 de las presentes bases. 27. RE-ADJUDICACION: La presente Licitación podrá ser re-adjudicada a la segunda oferta, en los siguientes casos:  Que el proveedor adjudicado rechazara la primera Orden de Compra que formaliza el contrato.  Por interrupción del servicio por parte de la empresa adjudicada sin dar ningún tipo de explicación en un plazo no mayor a 10 días corridos.
Especificaciones Técnicas
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIO A CONTRATAR 1057430-24-LE24 “CONVENIO EXÁMENES RADIOLÓGICOS DIAGNÓSTICOS DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA Y RESONANCIA MAGNÉTICA PARA EL HOSPITAL DE LOTA” 1. Antecedentes Las siguientes Bases constituyen las especificaciones técnicas por lo que deberán regirse las personas interesadas en participar en el llamado a Propuesta Pública para cubrir el requerimiento de compra de servicio para realizar exámenes radiológicos diagnósticos de Tomografía Computada y Resonancia Magnética para pacientes con patologías prioritarias del Hospital de Lota. Objetivos: - Mejorar la oportunidad de los procedimientos diagnósticos - Disminuir los tiempos de espera del usuario al acceder a un diagnóstico más oportuno - Aumentar la resolutividad de los servicios clínicos de nuestro hospital 2. Descripción de los bienes y/o servicios licitados Los servicios a realizar deberán considerar las siguientes prestaciones: Líneas TOMOGRAFÍA COMPUTADA  Tomografía Computarizada de Cerebro  Tomografía Computarizada cerebro con contraste  Tomografía Computarizada silla turca o hipófisis  Tomografía Computarizada temporal u oído hr  Tomografía Computarizada temporal u oído con contraste  Tomografía Computarizada cavidades paranasales sin contraste  Tomografía Computarizada cavidades paranasales con contraste  Tomografía Computarizada columna cervical sin contraste  Tomografía Computarizada columna dorsal sin contraste  Tomografía Computarizada columna lumbar sin contraste  Tomografía Computarizada columna cervical con contraste  Tomografía Computarizada columna dorsal con contraste  Tomografía Computarizada columna lumbar con contraste  Tomografía Computarizada protocolo suprarrenal  Tomografía Computarizada tórax alta resolución  Tomografía Computarizada cuello con contraste  Tomografía Computarizada tórax con contraste  Tomografía Computarizada abdomen con contraste  Tomografía Computarizada pelvis con contraste  Pielotc  Urotc  Enterotc  Angiotc cerebro  Angiotc cuello  Angiotc tórax (por tep)  Angiotc abdomen y pelvis  Angiotc aorta (tor-abd-pelv)  Angiotc de extremidades inferiores RESONANCIA MAGNÉTICA  Resonancia Magnética cráneo-encefálica, de oídos  Resonancia Magnética órbitas  Resonancia Magnética articulaciones témporo-mandibulares  Resonancia Magnética de abdomen  Resonancia Magnética de pelvis  Resonancia Magnética de columna cervical  Resonancia Magnética de columna dorsal  Resonancia Magnética de columna lumbar  Resonancia Magnética de columna lumbosacra  Colangioresonancia  Angioresonancia de cerebro  Angioresonancia de cuello  Hipófisis (silla turca)  Resonancia Magnética tórax  Resonancia Magnética cadera  Resonancia Magnética hombro  Resonancia Magnética codo  Resonancia Magnética muñeca  Resonancia Magnética mano  Resonancia Magnética rodilla  Resonancia Magnética tobillo  Resonancia Magnética pie  Resonancia Magnética mamografía bilateral  Angioresonancia aorta torácica  Angioresonancia EEII  Angioresonancia abdominal renal Entendiendo que existen Resonancias Magnéticas con protocolos diferentes, el clínico podrá solicitar en la orden de examen un protocolo específico según su sospecha diagnóstica. Los servicios a contratar corresponden a la realización de exámenes de pacientes para acortamiento de lista de espera quirúrgica no GES, GES, oncológicos, hospitalizados y otro requerimiento según la demanda del Hospital de Lota, lo cual es necesario para dar resolutividad a la lista de espera existente. A realizar en Establecimientos Médicos o Clínicas, con autorización sanitaria vigente de SEREMI correspondiente, considerando examen e informe de radiólogo. Estas deberán realizarse hasta que se consuma el monto total autorizado de la compra, debiendo realizar este examen exclusivamente a pacientes del Hospital de Lota. Los pacientes serán derivados al centro médico o clínica que se adjudique la licitación desde el Hospital de Lota por la unidad de Atención al Usuario o por quien esta designe. Los pacientes serán citados, por la unidad de Atención al Usuario del Hospital de Lota, debiendo presentarse con el proveedor adjudicado, en horario indicado por esta unidad u coordinado previamente. Una vez realizado el examen, el proveedor adjudicado deberá enviar el informe al Encargado de Imagenología del Hospital de Lota en un plazo de 72 horas hábiles. La empresa debe entregar al paciente las imágenes en CD/DVD (u otra modalidad de la que dispongan). Se debe considerar la notificación de los hallazgos críticos por parte del radiólogo que informa el examen y luego se debe enviar la notificación a correo rayoshl@ssconcepcion.cl . RESULTADO CRÍTICO PLAZO DE NOTIFICACIÓN Resonancia Magnética Sospecha de cáncer no diagnosticado 5 días hábiles desde la validación del informe en sistema informático Tomografía Computada Sospecha de cáncer no diagnosticado 5 días hábiles desde la validación del informe en sistema informático Trombo embolismo pulmonar (TEP). No se considerará resultado crítico un examen de control de TEP, TEP subagudo ni TEP crónico. Menos de 24 horas desde la validación del informe en sistema informático Las tomografías computarizadas deben realizarse en un tomógrafo de 16 canales o superior y las resonancias magnéticas en un resonador con un campo magnético de 1,5 T o superior. Debe contemplar la generación de adendum (modificación que se hace a un informe radiológico después que dicho informe ya ha sido informado). Debe contemplarse la posibilidad de generación de adendum clínico y corrección no clínica de error de informe. - Adendum clínico: complemento de un informe radiológico después de que el original ya ha sido firmado. - Corrección no clínica de error en informe radiológico: corresponde a la corrección de datos sobre un informe radiológico, que no requieran de la validación de un médico radiólogo después que el original ya ha sido firmado. Atendida la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen o maneje el proveedor adjudicado o su personal para el desarrollo y ejecución del servicio, son confidenciales si estuvieran cauteladas por la Ley 20.584 sobre Derechos y Deberes de los Pacientes, la ley 19.628 sobre Protección de Datos Personales y demás normas relacionadas, razón por la cual el adjudicándose obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o el propio paciente beneficiario de la prestación. El proveedor adjudicando se asegura que sus empleados cumplan con este artículo de confidencialidad. 3. Obligaciones del Oferente. 1. Una vez adjudicada la propuesta, el proveedor deberá entregar un listado de los profesionales que realizarán e informarán el resultado del examen. 2. El proveedor adjudicado deberá nombrar un representante ante el Hospital, quien se coordinará directamente con el referente del servicio de Imagenología del Hospital de Lota, para una buena coordinación de los procedimientos. 3. Luego de realizar el examen el proveedor adjudicado deberá entregar el informe e imágenes del examen antes de 72 horas hábiles después de haber realizado el examen. 4. El equipo médico del Hospital de Lota debe tener la posibilidad de interactuar con un par, con el fin de obtener una segunda opinión del radiólogo de turno, indicando forma. 5. El oferente participante deberá proporcionar “exámenes de resonancia magnética” debiendo aportar los insumos, medicamentos (entre los medicamento, considera medio el medio de contraste), equipamiento, recurso humano, dependencia física y cualquier otro elemento que permita realizar el/los exámenes, según la indicación del médico tratante del Hospital de Lota, esto incluye la aplicación de anestesia si correspondiese, además de entregar como producto final el informe de resultados y las imágenes diagnósticas. 4. Certificaciones Los integrantes del equipo que realicen esta prestación, deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud o acreditar su especialidad mediante su Certificado Médico correspondiente. El examen deberá ser informado por un profesional médico, con especialidad en radiología/Imagenología, que se encuentre inscrito en los registros de prestadores individuales de la Superintendencia de Salud. La empresa adjudicada debe asegurar que el clínico pueda acceder a las imágenes y al informe radiológico mediante un sistema informático implementado por el proveedor. En caso de no disponer de que esta falle, la empresa debe enviar las imágenes en CD/DVD u otra modalidad y el informe radiológico al correo electrónico rayoshl@ssconcepcion.cl. 5. Contenidos del informe radiológico El informe radiológico tendrá un formato determinado, el que deberá contener: 5.1 Datos relevantes del estudio: - Identificación del Hospital. - Fecha y hora de la realización del examen. - Fecha y hora de solicitud del informe radiológico. - Fecha y hora de entrega de informe radiológico. - Nombre y rut del paciente (información proporcionada por la unidad de Imagenología). - Sospecha diagnóstica y antecedentes clínicos (información proporcionada por la Unidad de Imagenología). - Tipo de examen radiológico (indicando con o sin uso de medio de contraste) - Descripción de Hallazgos. - Impresión Diagnóstica. - Nombre del médico radiológico informante. - Firma digital certificada el médico radiólogo. CAMILO JARA SALAZAR DR. CÉSAR VELÁSQUEZ VELOSO ENCARGADO DE RAYOS SUBDIRECCIÓN ATENCIÓN CERRADA