Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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SERVICIO SALUD CONCEPCIÓN
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Fecha de vencimiento:
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06-09-2027
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Monto:
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5
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto de 5% del valor total adjudicado (exento de IVA), en pesos chilenos, pagadera a la vista de carácter irrevocable, con vigencia mínima que exceda en 90 días al periodo de vigencia del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación.
Todo documento que no cumpla con la ley N° 19.799 sobre documentos Electrónicos debe ser entregado en sobre cerrado única y exclusivamente en oficina de partes del Servicio de Salud Concepción, ubicada en O’Higgins 297, Concepción, con un plazo de entrega de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación.
Debido a que el Portal Mercado Público no permite a los oferentes subir documentos una vez cerrada la licitación, en los casos que se otorgue garantía electrónica, el oferente deberá emitir el documento electrónico al correo jfigueroa@ssconcepcion.cl, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. La garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la Ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicio de certificación de dicha firma.
En el caso que el proveedor adjudicado entregue documento de garantía en soporte papel, debe entregarlo en Oficina de Partes del Servicio de Salud Concepción, ubicada en O’Higgins 297, Concepción, con un plazo de entrega hasta 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación.
En el caso de adjuntar vale vista, el oferente deberá adjuntar declaración jurada simple que indique la glosa.
Esta garantía, además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886.
El Servicio Salud hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.36.2, N°1 al N°7, de las presentes bases administrativas.
Asimismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el punto 34 de las presentes bases administrativas, el Servicio podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las del proveedor, la diferencia a su favor, dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo con la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
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Glosa:
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN PUBLICA ARRIENDO PC PARA FUNCIONARIOS SERVICIO SALUD CONCEPCIÓN 1057432-102-LE22
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Forma y oportunidad de restitución:
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FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
En el caso de documento electrónico, esta entidad devolverá dicho documento de la manera que lo indique el emisor de éste o según lo solicite el proveedor que presentó ese documento.
En el evento que se genere una modificación o renovación de contrato, el proveedor deberá cambiar la garantía por un nueva, o bien complementar la inicialmente entregada por el monto y/o vigencia que corresponda, y que cumpla con las mismas condiciones que primera. En el primer caso, la garantía anterior será devuelta una vez que se haya validado la segunda.
“Debido a la contingencia y sin perjuicio de lo anterior, se solicita a los proveedores que prefieran todas aquellas boletas, fianzas electrónicas u otros documentos electrónicos que puedan caucionar y que cumplan con los requisitos ya preestablecidos en las presentes bases administrativas.”
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