Licitación ID: 1057434-18-LE20
SERVICIOS DE INFORME RADIOLOGICO PARA MAMOGRAFIAS CESFAM DR. VMF
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD CONCEPCION ARAUCO CONS, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Laboratorios de rayos X 1 Unidad
Cod: 85121808
SERVICIO DE CONFECCIÓN DE INFORMES RADIOLÓGICOS REALIZADOS POR MÉDICOS RADIÓLOGOS EN MODALIDAD A DISTANCIA O DE CARÁCTER REMOTO PARA EXÁMENES DE MAMOGRAFÍA DE MUJERES DE 50-69 AÑOS Y OTRAS EDAD  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE INFORME RADIOLOGICO PARA MAMOGRAFIAS CESFAM DR. VMF
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTAR CON EL SERVICIO DE CONFECCIÓN DE INFORMES RADIOLÓGICOS REALIZADOS POR MÉDICOS RADIÓLOGOS EN MODALIDAD A DISTANCIA O DE CARÁCTER REMOTO PARA EXÁMENES DE MAMOGRAFÍA DE MUJERES DE 50-69 AÑOS Y OTRAS EDADES CON FACTORES DE RIESGO, QUE SON SOLICITADAS POR LA UNIDAD DE IMAGENOLOGÍA DEL CESFAM DR. VÍCTOR MANUEL FERNÁNDEZ, LOS CUALES DEBEN EJECUTARSE Y EFECTUARSE EN CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS ESTABLECIDAS EN LAS CONDICIONES SIGUIENTES Y EN LAS RESOLUCIONES RELATIVAS A LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD CONCEPCION ARAUCO CONS
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.607.104-1
Dirección:
MAIPU # 2120
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-08-2020 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-08-2020 12:10:24
Fecha inicio de preguntas: 15-08-2020 8:00:00
Fecha final de preguntas: 18-08-2020 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-08-2020 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-08-2020 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-08-2020 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 23-09-2020 17:28:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- OTROS REQUISITOS334
El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formularios Nº 1A O 1B, 2, 3, 4A O 4B, 5 y 6, según corresponda.
2.- Anexo N°1, Formulario Identificación de la Empresa.
3.- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar un documento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
4.- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar Formulario N° 1‘‘C’’
Documentos Técnicos
1.- Se solicita completar Anexo N°1 “Propuesta Staff".
 
2.- Se requiere anexar antecedentes solicitados de cada uno de los Médicos y Profesionales que participen en el presente proceso licitatorio: • Copia de Título Profesional • Certificación Especialización en Radiología: documento que acredita sus estudios en Especialidad.
 
3.- Se Requiere anexar Certificado de Inscripción en Registro de Prestadores de la Superintendencia de Salud, de cada uno de los Profesionales que participen en proceso licitatorio.
 
4.- Acreditar Experiencia en el área de imágenes mamarias, adjuntando Certificados, original o copia, emitidos por entidades donde hayan prestado servicios anteriormente, sólo para efectos de evaluación.
 
5.- Se requiere presentar Manual de Operaciones que indique como operará el apoyo técnico, informes de respaldo, registro y que contenga estandarización de procesos de solicitud como de entrega de Informes, especificando flujos, coordinaciones, responsables, contenidos y formatos, entre otros.
 
Documentos Económicos
1.- El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el período que dure el Contrato, sin reajustes ni modificación de ningún tipo. Ingresar en valor unitario neto.
2.- Emitir Factura a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, RUT 61.607.104-1, Dirección: Maipú N°2120, Concepción.
3.- Cotizar en valores unitarios netos, considerando costos que el proveedor deba incluir para la entrega de las prestaciones.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Copia legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- I18n entry not found: Copia de la Escritura en donde conste la personería del Representante Legal.
- I18n entry not found: Certificado vigencia de la Sociedad no superior a 30 días.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Profesional en el Area Para acreditar Experiencia en el área de imágenes mamarias, se requiere que los oferentes adjunten Certificados, original o copia, emitidos por entidades donde hayan prestado servicios anteriormente, sólo para efectos de evaluación. En caso de presentarse más de un profesional, se promediará la experiencia. FORMULA: Nº de certificados a evaluar / Nº máximo de certificados evaluados x 0.25 x 100 25% 25%
2 Plazo de Entrega Informe Mamográfico Obtendrá Mayor puntaje el menor plazo de entrega de los Informes Mamográficos, desde que el proveedor recibe las imágenes hasta la validación digital del mismo, a conformidad y los datos necesarios para comenzar el informe hasta la validación digital del mismo. Este tiempo no debe exceder los siguientes plazos. Mamografía sin sospecha crítica:72 Horas corridas Mamografías con sospecha de hallazgos críticos: 24 horas corridas. Las ofertas que excedan estos plazos, serán declaradas inadmisibles técnicamente. Ver ET. FORMULA: (Menor Plazo /Plazo a Evaluar)*0.25 * 100 25%
3 Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Form SE EVALUARÁ CON LA SIGUIENTE FORMULA: (Puntaje obtenido x Factor). Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre: 100 Ptos.// Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud:10 Puntos// No cumple con requisitos formales, oferta se declara desierta. La ponderación asignada a este Ítem es de: 5% 5%
4 Comportamiento Contractual Anterior Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público dentro de los últimos 2 años, contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas han sido publicadas en el Sistema de información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el CESFAM Dr. VMF y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo. N° de Sanciones dentro de los 2 últimos años Puntaje Final 0 Sanciones 100 Entre 1 y 2 sanciones 60 Entre 3 y 5 sanciones 30 Sobre 5 sanciones 0 La ponderación asignada a este Ítem es de: 5% FORMULA: Puntaje obtenido X 0.5 X 100 5%
5 Precio Se otorgará mayor puntaje a las ofertas que registren precios menores y se evaluará con FORMULA: (Menor precio / precio analizado) * 0.40 * 100 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Fondos Programa Imágenes Diagnósticas APS 2020 CVM
Monto Total Estimado: 9450000
Justificación del monto estimado MONTO TOTAL REFERENCIAL POR 24 MESES: 9.450.000.- Imptos. Incl. Monto Anual: 4.725.000.- Imptos. Incluídos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL OFERENTE DEBERA MANTENER EL VALOR DE SU OFERTA POR EL PERIODO DE VIGENCIA DEL CONVENIO.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Ley de Presupuesto de la Nación para el año 2020, Ley N° 21.192 de fecha 19.12.2019.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Luis Carrasco Pizarro
e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: ANA SAAVEDRA VALDEBENITO
e-mail de responsable de contrato: jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2721406-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Fecha de vencimiento: 31-10-2022
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia de 60 días corridos posteriores a la fecha de finalización del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.31.1 DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en el Pto. 31.1.1 y Pto. 31.1.2 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica y en los casos de término anticipado de contrato señalados en el Pto. 34.2.
Glosa: GARANTIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-18-LE20, SERVICIOS DE INFORME RADIOLOGICO PARA MAMOGRAFIAS CESFAM DR. VMF
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DEFINICIONES
* Director  SSC : Dr. Carlos Grant del Río 
* Director (S) CVMF : Ing. Alvaro Carrillo Aldea 
* Servicio : CESFAM Dr. VMF, VIII región.
 * Mandante : CESFAM Dr. VMF
 * Unidad Técnica : CESFAM Dr.VMF.
UNIDAD TECNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en calle Maipú N°2120, Concepción, Unidad de Abastecimiento, Edificio Anexo.
DOCUMENTOS DE LA LICITACION
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:

 - Las presentes Bases Administrativas.
 - Las consultas y respuestas.
 - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
 - Los Formularios.
 - La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
 - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del CESFAM Dr. VMF.

El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El CESFAM podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.

Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al CESFAM a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”.

 Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el CESFAM, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español.
MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El CESFAM Dr. VMF, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El CESFAM deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el CESFAM a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

Documentos Administrativos

a)   El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formularios Nº 1A O 1B, 2, 3, 4A O 4B, 5 y 6, según corresponda.

b)    Formulario N°1, Formulario Identificación de la Empresa.

c)    En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar un documento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.

d)   En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar  Formulario N° 1‘‘C’’

Documentos Técnicos

a)  Se solicita completar Anexo N°1 “Propuesta Staff” y anexar antecedentes solicitados de cada uno de los  Médicos y Profesionales que participen en el presente proceso licitatorio:

  • Copia de Título Profesional
  • Certificación Especialización en Radiología: documento que acredita sus estudios en Especialidad.
  • Certificado de Inscripción en Registro de Prestadores de la Superintendencia de Salud
  • Acreditar Experiencia en el área de imágenes mamarias, adjuntando Certificados, original o copia,  emitidos por entidades donde hayan prestado servicios anteriormente, sólo  para efectos de  evaluación

b)  Se requiere presentar Manual de Operaciones que indique como operará el apoyo técnico, informes de respaldo, registro y que contenga estandarización de procesos de solicitud como  de entrega de Informes, especificando flujos, coordinaciones, responsables, contenidos y  formatos, entre otros.

Documentos Económicos

a)    El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el período que dure el Contrato, sin reajustes ni modificación de ningún tipo. Ingresar en valor unitario neto.

b)    Emitir Factura a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, RUT 61.607.104-1, Dirección: Maipú N°2120, Concepción.

c)    Cotizar en valores unitarios netos, considerando costos que el proveedor deba incluir para la entrega de las prestaciones.




VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CESFAM podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo.

Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES
PERSONA NATURAL
Requisitos para Ofertar
* No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

Requisitos para ser Contratado
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que, el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
• No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973. Documentos persona natural - Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886.

PERSONA JURÍDICA
Requisitos para ofertar:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

 Requisitos para ser Contratado:
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
 • Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
 • No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
• No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Organos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973. Documentos persona jurídica
 - Fotocopia del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393. - Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES

En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica.

15.1.1            Requisito para ofertar:

Completar formulario N°1 ‘‘C’’

En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, cada integrante de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.

En caso de ser persona natural

a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del   trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

b)  No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, según lo señalado en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

En caso de ser persona jurídica.

a)  No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del   trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

b)  No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, según lo señalado en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

c) No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

15.3.2 Requisitos para ser contratado:

a)   Escritura pública en el que conste la unión (para montos superiores o iguales a 1000 UTM´s, sin que sea necesario constituir sociedad, según Art. 67 bis del decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda).

b)   La Escritura pública debe individualizar los integrantes de esta unión, en donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, que conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten. Asimismo, que las causales de inhabilidad para suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencia cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.

c)   Demás antecedentes exigidos en los puntos 15.1.2 y 15.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.

d)   En relación con los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.

e)   Inscripción de cada integrante de la UTP en el registro de chile proveedores. En caso que él o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.




GARANTÍAS REQUERIDAS
Los instrumentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía o Vale Vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, emitido por un Banco con oficina en Concepción. La garantía deberá ser irrevocable y pagadera a la Vista. Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es, "Fiel Cumplimiento del Contrato".

GARANTÍA DE FIEL, CORRECTO Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tipo de instrumento: Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
 Monto: 5%

DESCRIPCIÓN: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación, deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia de 60 días hábiles posteriores a la fecha de finalización del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886.
Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto. 35.2 del Nº1 al Nº7, “Del Término Anticipado del Contrato”. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en el Pto. 33.1 y Pto. 33.2 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.

GLOSA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-18-LE20, “SERVICIOS DE INFORME RADIOLOGICO PARA MAMOGRAFIAS  CESFAM DR. VMF”.

FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN:
Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.

ERRORES EN LAS GARANTÍAS: Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el Servicio podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error.
MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO
a) Estimación en base a: Presupuesto Referencial.
b) Fuente de Financiamiento: Fondos Programa Cardiovascular, Componente N°2 CVMF.
c) Monto Total Referencial por 24 Meses: $9.450.000.- Impuestos Incluidos.
    * Monto Total Referencial Anual:  $4.725.000.- Imptos. Inlc.
d) Tipo Contrato: Suministro
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: 24 meses
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 45 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 31 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia / Cheque
i) Responsable del pago: Luis Carrasco Pizarro
j) e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Ana Saavedra Valdebenito.
 l) e-mail del responsable de contrato: jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl m) Teléfono responsable de contrato: 41-2721406
DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

1. Subdirector Administrativo CVMF.
2. Enfermera Supervisora CVMF
3. Jefa Departamento Abastecimiento CVMF

Funciones de la comisión:
1) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
2) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
3) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
4) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
5) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del CESFAM.
6) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. 7) En caso de existir dudas entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Servicio, como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
8) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CESFAM, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.

El CESFAM no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN

1.  Precio 

Se otorgará mayor puntaje a las ofertas que registren precios menores y se evaluará con                                          FORMULA:

(Menor precio / precio analizado) * 0.40 * 100

40%

  1. Plazo de Entrega del Informe Mamográfico

Obtendrá Mayor puntaje el menor plazo de entrega de los Informes Mamográficos, desde que el proveedor recibe las imágenes hasta la validación digital del mismo,  a conformidad y los datos necesarios para comenzar el informe hasta la validación digital del mismo.  Este tiempo no debe exceder los siguientes plazos.

Mamografía sin sospecha crítica:72 Horas corridas

Mamografías con sospecha de hallazgos críticos: 24 horas corridas.

Las ofertas que excedan estos plazos, serán declaradas inadmisibles técnicamente. Ver ET.

FORMULA:     (Menor Plazo /Plazo a Evaluar)*0.25 * 100

25%

3.  Experiencia del Profesional en el Area

Para acreditar Experiencia en el área de imágenes mamarias, se requiere que los oferentes adjunten Certificados, original o copia,  emitidos por entidades donde hayan prestado servicios anteriormente, sólo  para efectos de  evaluación.

En caso de presentarse más de un profesional, se promediará la experiencia.

FORMULA:

Nº de certificados a evaluar /

Nº máximo de certificados evaluados  x 0.25 x  100

25%

4. Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Formales

SE EVALUARÁ CON LA SIGUIENTE FORMULA: (Puntaje obtenido x Factor).                                                            Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre: 100 Ptos.//                                                                       Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud:10 Puntos//                                                           No cumple con requisitos formales, oferta se declara desierta. La ponderación asignada a este Ítem es de:  5%

5%

5. Comportamiento Contractual Anterior

Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público dentro de los últimos 2 años, contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas han sido publicadas en el Sistema de información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el CESFAM Dr. VMF y que se encuentren totalmente tramitadas.               Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo.

N° de Sanciones dentro de los 2 últimos años

Puntaje Final

0 Sanciones

100

Entre 1 y 2 sanciones

  60

Entre 3 y 5 sanciones

  30

Sobre 5 sanciones

    0

La ponderación asignada a este Ítem es de:  5%

FORMULAPuntaje obtenido X 0.5 X 100

5%

  1. La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
  2. La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
  3. Cualquier documento y/o información que no se ajuste a la realidad implicará la eliminación inmediata de la oferta.
  4. Tratándose de las Uniones Temporales de Proveedores, y si el documento en que consta la unión no hace referencia en cómo evaluar los criterios de evaluación, la entidad promediará todos los antecedentes que se presenten por 2 o más integrantes del consorcio, y aplicables a los criterios de evaluación que corresponda.
  5. El menor plazo ofertado para la realización de los exámenes de Fondo de Ojos de pacientes, una vez derivados desde SOME del CESFAM Dr. VMF, a la Consulta Médica propuesta, obtendrá mayor puntaje.
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

1)      Precio

2)      Plazo de Entrega

3)      Experiencia del Profesional en el Area

4)    Cumplimiento de Documentación y Requisitos Formales

5)      Comportamiento Contractual Anterior

DE LA ADJUDICACION
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el CESFAM adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

El CESFAM declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.

La adjudicación será dejada sin efecto por el CESFAM dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
 a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si el adjudicatario no presenta la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de los plazos establecidos en estas Bases. En todos estos casos, el CESFAM podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales.

En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Subdirector Administrativo o al responsable del proceso de compra

jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl     ó
 jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl
AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem o por el presupuesto total.
CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA
Una vez adjudicada la propuesta; siempre que el valor de lo adjudicado al proveedor sea igual o superior a 1000 UTM; se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Concepción, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada y a los demás antecedentes del llamado a propuesta.

El contrato se suscribirá mediante instrumento privado.

Plazo para celebrar el Contrato: Las partes deberán suscribir el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución adjudicatoria.

Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.

Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.

Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario.

En consecuencia, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato y los actos que de él se deriven.
DE LA ORDEN DE COMPRA

En caso de adjudicarse un monto inferior a 1.000 UTM, el acto administrativo se formalizará con la emisión de sólo una Orden de Compra, por el monto total adjudicado, dado que se trata de una contratación de simple especificación y se entenderá notificada al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público.

VIGENCIA Y RENOVACIÓN
El convenio tendrá una vigencia de 24 meses a contar de la notificación de la resolución adjudicatoria y su fecha de inicio será de igual forma, a contar de la fecha de la resolución adjudicatoria.

 No se contempla renovación de Contrato.
ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Para ser contratado, el proveedor adjudicado deberá adjuntar los formularios N°4A O 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.

 Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO

Para dar cumplimiento con los Servicios de Informe Radiológico Mamográfico, se procederá de la siguiente forma:

  1. El adjudicado deberá brindar el servicio de lunes a viernes en horario hábil (08 a 17 horas), considerando una extensión (17 a 19 horas) o sábados (8 a 12 horas),   si así fuese requerido.
  2. El plazo de entrega del Informe Mamográfico, desde que el adjudicado recibe las imágenes a conformidad y los datos necesarios para comenzar el informe hasta la validación digital del mismo, no podrá exceder las 72 horas corridas para Mamografía sin sospecha crítica y 24 horas corridas para Mamografías con sospecha de hallazgos críticos,  constituyendo el incumplimiento de estos plazos, una Falta Leve, sujeta a multa. 
  3. La prestación del servicio debe cumplir con los estándares de calidad para la entrega del informe, por lo que por cada examen de mamografía remitido se genera el requerimiento de un Informe Mamográfico. En este mismo sentido, se debe cumplir con el estándar de oportunidad, correspondiente a los plazos señalados en el punto anterior, N°2,  contadas desde que las imágenes y los datos del paciente se encuentran disponibles en el data center o plataforma del oferente.
  4. El Medico Radiólogo informante, de la empresa adjudicada, podrá rechazar un examen cuando juzgue que no ha sido bien ejecutado y por tanto, podrá solicitar se tome nuevamente y en tal caso,  el plazo correrá desde la recepción completa y conforme, de las nuevas imágenes y solicitud de nuevo informe.
  5. El oferente deberá remitir al Jefe de la Unidad de Imagenología del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández un reporte mensual de la cantidad de rechazos de exámenes, detallando las razones del rechazo, fecha y hora del mismo, además de los datos del paciente. Este reporte se deberá enviar en formato digital los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, por correo electrónico a imagenologiacvmf@ssconcepcion.cl,  constituyendo el incumplimiento de este plazos, una Falta Grave,  sujeta a multa. 
  6. El oferente deberá velar por la calidad del contenido del Informe que se enviará al CESFAM, para lo cual remitirá un acta de estándar de calidad respecto al cumplimiento de parámetros medibles, como plazos de informe, solicitud de Addendum, errores reportados, el cual debe ser menor o igual al 10% del total de informes emitidos por período de un mes.   Esta Acta se detalla en el Anexo N°2.
  7. El oferente deberá contar con un sistema de alerta de hallazgos críticos de acuerdo a la Unidad de Imagenología del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández. Dichas patologías se encuentran detalladas en el Anexo N°3 de estas bases técnicas, que deberá  considerar: notificación telefónica al Jefe de la Unidad de Imagenología del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández y vía correo electrónico a imagenologiacvmf@ssconcepcion.cl
  8. El adjudicado deberá entregar al Jefe de la Unidad de Imagenología del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, un informe mensual de número de Addendum realizado durante el periodo (mes anterior). Este informe deberá contener fecha y hora de la solicitud, nombre del médico informante y del médico que realiza el Addendum, Rut del paciente, causa de Addendum, fecha del informe y tiempo de resolución. Deberá ser entregado los primero 5 días hábiles del mes siguiente por correo electrónico a imagenologiacvmf@ssconcepcion.cl, constituyendo el incumplimiento de este plazos, una Falta Grave,  sujeta a multa. 
  1. El adjudicado deberá mantener una mesa de soporte remoto permanente para consultas y respuestas rápidas a cargo de profesionales de apoyo para consultas generales, información adicional, resolución general de técnicos, entre otros, que el tecnólogo medico solicite o el especialista radiólogo necesite en términos de apoyo para el uso del sistema, producto final o el asunto que estime conveniente, constituyendo el incumplimiento de este requerimiento, una Falta Grave,  sujeta a multa. 

10.  En la eventualidad de algún caso de fuerza mayor, que implique fallas técnicas atribuibles a los proveedores del servicio de internet, o al sistema de recepción que impidan momentáneamente la transmisión del resultado del informe, se deberá contar con un plan de contingencia que asegure los estándares de calidad y oportunidad exigidos. Este una vez restituido, se adicionará a los informes habituales de la empresa contratada.



PLAZO DE EJECUCION

El plazo de entrega de los Informes Mamográficos solicitados, comenzará a regir desde que el adjudicado recibe las imágenes enviadas desde el CESFAM Dr. VMF, a conformidad y los datos necesarios para comenzar el informe hasta la validación digital del mismo, no pudiendo exceder las 72 horas corridas para Mamografía sin sospecha crítica y 24 horas corridas para Mamografías con sospecha de hallazgos críticos,  constituyendo el incumplimiento de estos plazos, una Falta Leve, sujeta a multa. 

MODALIDAD DE PAGO
El pago se realizará contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme por parte del requirente, dentro del plazo de 45 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva, (Ley de Presupuestos 2020, glosa 2, de las partidas del Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 45 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada.”

La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción RUT. 61.607.104-1, dirección Maipú N°2120, Concepción, cancelada en original y dos copias. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA LICITACION QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE Y ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA SU NOTIFICACIÓN.

En el caso que la empresa adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico del Encargado de Oficina de Partes, ofpartescvmf@ssconcepcion.cl.

La institución responsable de efectuar el pago será la Tesorería General de la República de acuerdo a lo indicado en la Circular N°9 de fecha 28.04.2020 por parte de la Dirección de Presupuestos del Gobierno de Chile.

El proveedor deberá enviar el XML de la factura a la dirección dipresrecepcion@custodium.com y el número de OC se debe indicar en referencia (801).

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018: “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.

Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Para efectos de pago el proveedor deberá acompañar la documentación entregada con el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
DEL FACTORING Y PROHIBICION DE CESION
El CESFAM respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatorios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.

Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES
Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

33.1       Faltas Leves y sus sanciones:

  •  Retraso en el Plazo de Entrega: por el atraso en el plazo de entrega de los Informes Mamográficos solicitados, ofertado por el adjudicado, comenzará a regir desde que el adjudicado recibe las imágenes enviadas desde el CESFAM Dr. VMF, a conformidad y los datos necesarios para comenzar el informe hasta la validación digital del mismo, no pudiendo exceder las 72 horas corridas para Mamografía sin sospecha crítica y 24 horas corridas para Mamografías con sospecha de hallazgos críticos, de acuerdo al plazo ofertado por el proveedor, se aplicará una multa equivalente al 2% del Monto Neto total de la orden de compra, por cada día corrido de atraso, respecto al valor de la prestación que se ejecute con atraso. Lo anterior, considerando lo señalado en Punto 30 Plazo de Entrega de los Informes Mamográficos, de las presentes Bases Administrativas, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor.

33.2                      Faltas Graves y sus sanciones:

  • Por cada una de las faltas graves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una  multa equivalente al 5% del Monto Neto total de la orden de compra, de las prestaciones  adjudicadas:

  • Incumplimiento en el plazo de entrega al Jefe de la Unidad de Imagenología del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, de reporte mensual con cantidad de rechazos de exámenes, detallando las razones del rechazo, fecha y hora del mismo, además de los datos del paciente. Este reporte se deberá enviar en formato digital los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, por correo electrónico a imagenologiacvmf@ssconcepcion.cl,  constituyendo el incumplimiento de este plazos, una Falta Grave,  sujeta a multa.

  • Incumplimiento en el plazo de entrega al Jefe de la Unidad de Imagenología del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, de informe mensual indicando número de Addendum realizados durante el periodo (mes anterior), conteniendo fecha y hora de la solicitud, nombre del médico informante y del médico que realiza el Addendum, Rut del paciente, causa de Addendum, fecha del informe y tiempo de resolución. Deberá ser entregado los primero 5 días hábiles del mes siguiente por correo electrónico a imagenologiacvmf@ssconcepcion.cl. 

  • Incumplimiento por parte del adjudicado, en el funcionamiento de Mesa de Soporte Remoto permanente requerida, a cargo de profesionales de apoyo para consultas generales, información adicional, resolución general de técnicos, entre otras,   que el Tecnólogo Médico o el Epecialista Radiólogo del CESFAM Dr. VMF necesiten en términos de apoyo para el uso del sistema, producto final o materias que estimen convenientes. 

En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:

a)    Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.

b)    Las multas de que trata el presente artículo se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.

c)    El CESFAM Dr. VMF podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, de los Estados de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el CESFAM consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del valor total del contrato, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El CESFAM Dr. VMF retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía.

d)    El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.

e)    Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.

f)     No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.




PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto.

 A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la sanción. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la sanción que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.

Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor tenga registrado en Mercado Público.En caso que, la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De las modificaciones:
El CESFAM podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).

Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el CESFAM, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:
a) Séis veces por Faltas Leves.
b) Cuatro veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de dos multas por Falta Leve.
2. Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
5. Paralización de los servicios de mantención y/o reparación del equipamiento, sin causa justificada. Esto es, que si el proveedor no responde a la solicitud de asistencia realizada por correo electrónico, por parte del encargado del contrato, en un plazo de 10 días.
6. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
7. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
8. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP. 9. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 10. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes o No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. o Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.

Por no reponer la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo estipulado en el numeral 16.1

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
a) En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

 b) El término del contrato por la causal establecida en el numeral 10 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el CESFAM y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.

Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 34 de las presentes bases.
DE LA COMPRA REGULAR Y ADICIONAL

Durante la vigencia del convenio, el CESFAM Dr. VMF de Concepción, tendrá dos modalidades de compra:

a)   Compra regular, la cual consiste en la emisión de Órden de Compra, según programación interna del CESFAM para el año en curso, y

b)    Compra(s) adicional(es) que se utilizará en caso que, el establecimiento incorpore nuevos pacientes al  Convenio informados en esta licitación, y mientras el Convenio permanezca vigente, que requieran Informes mamográficos.  En tal caso, ambas solicitudes se realizarán desde el Depto. de Abastecimiento mediante la correspondiente Orden de Compra en los plazos que establecen las Bases Administrativas y siempre que se respete el presupuesto, sin perjuicio de lo señalado sobre modificación al Contrato.