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GENERALIDADES |
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Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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DEFINICIONES |
* Director SSC : Sr. Horacio Galaz Enríquez
* Director CVMF : Dra. Vilma Razmilic Bonacic
* Servicio : CESFAM Dr. VMF, VIII región.
* Mandante : CESFAM Dr. VMF
* Unidad Técnica : CESFAM Dr.VMF.
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UNIDAD TÉCNICA |
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Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en calle Maipú N°2120, Concepción, Unidad de Abastecimiento, Edificio Anexo.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas
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- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del CESFAM Dr. VMF.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El CESFAM podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al CESFAM a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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DE LOS PROPONENTES |
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Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”.
Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el CESFAM, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
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INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL |
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Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
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MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
El CESFAM Dr. VMF, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El CESFAM deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el CESFAM a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
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ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA |
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Documentos Administrativos
a) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formulario N°1, “Identificación del Oferente”.
b) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formularios N°4, 4.A y 4.B, según corresponda.
c) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar escritura pública del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
d) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar Formulario N°3.
Documentos Técnicos
a) Los oferentes deberán presentar una propuesta técnica, que considere descripción de los servicios ofertados, detalle de la operatividad de los servicios, protocolos de procedimiento en cada unidad, materiales a utilizar, entre otros.
b) Incluir Formulario N°2 Listado de Certificados de Conformidad de los Servicios Prestados, vigentes o ejecutados, en entidades públicas.
c) Para acreditar Experiencia en el área de Servicios de Aseo, se requiere que los oferentes adjunten Certificados, originales o copias, señalando Conformidad con los servicios ejecutados, emitidos por entidades donde hayan prestado o presten actualmente el servicio, en los últimos cuatro años, sólo para efectos de evaluación.
d) Dotación de Personal propuesto. Presentar listado en formato libre, sólo para efectos de evaluación.
e) Los Oferentes deberán incluir en su oferta, listado de Equipamiento que se utilizará durante la vigencia del Convenio. Presentar en formato libre, sólo para efectos de evaluación.
f) Pauta de Mantenimiento del Equipamiento industrial destinado al CESFAM, incluyendo fechas y características de las mantenciones realizadas.
g) Adjuntar Fichas Técnicas y de Seguridad de los productos a emplear durante la vigencia del Convenio. Documento excluyente.
h) Protocolo de Procedimiento para cada Unidad, agregando materiales a utilizar y paso a paso de las actividades de aseo.
i) Subir Certificados, originales o copias, emitidos por entidades competentes, que indiquen horas de capacitación del personal que prestará servicios de aseo, en manejo de maquinarias de aseo, manejo de productos químicos, autocuidado, Covid-19 u otros atingentes al rubro, sólo para efectos de evaluación.
j) Dado que se requiere que la Empresa adjudicada cuente con un contenedor con implementación necesaria para casino y vestidores, incluyendo lockers, donde el Establecimiento proveerá del espacio físico, luz y agua, correspondiendo a la empresa adjudicada realizar las conexiones para el funcionamiento de éste y sus respectivas mantenciones y reparaciones, se deberá anexar Fotografías y/o Fichas Técnicas del Contenedor incluido en la oferta.
Documentos Económicos
a) Completar y Subir Formularios N°5 y 5-A, 5-B, 5-C, 5-D y 5-E, según corresponda.
b) La propuesta económica deberá expresarse en moneda nacional y deberá corresponder al total por 12 meses, Neto e incluir todos sus costos asociados. Este valor será pagado mediante estados de pagos mensuales como indica el Numeral 30 de las presentes bases de licitación.
c) El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el período que dure el Contrato, sin reajustes ni modificación de ningún tipo.
d) Emitir Factura a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, RUT 61.607.104-1, Dirección: Maipú N°2120, Concepción.
Visita a Terreno
Se contempla Visita a Terreno OBLIGATORIA: Quinto día hábil desde la publicación de la Licitación, a las 10:00 AM, con Jefa Depto. de Gestión Operacional, o quien la subrogue, en acceso Edificio Anexo del CESFAM, Maipú Nº2120 - Concepción.
Es decir: Miércoles 24.11.2021.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CESFAM podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES. |
PERSONA NATURAL
Requisitos para Ofertar
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
Requisitos para ser Contratado
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios
directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos
de parentesco descritos en la letra
b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886.
PERSONA JURÍDICA
Requisitos para ofertar:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
15.2.2 Requisitos para ser Contratado:
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
• No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
Documentos persona jurídica
- Fotocopia del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES.
En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica.
Documentos UTP:
1. Instrumento privado en el que conste la unión.
2. Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
3. En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
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GARANTIAS REQUERIDAS |
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Los instrumentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía o Vale Vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, emitido por un Banco con oficina en Concepción. La garantía deberá ser irrevocable y pagadera a la Vista. Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es, "Fiel Cumplimiento del Contrato".
GARANTÍA DE FIEL, CORRECTO Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tipo de instrumento: Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Monto: 5%
DESCRIPCIÓN: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación, deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda en 60 días hábiles de la fecha de término del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
En el evento que se genere una modificación o renovación de contrato, el proveedor deberá cambiar la Garantía por una nueva, o bien complementar la inicialmente entregada por el monto y/o vigencia que corresponda, y que cumpla con las mismas condiciones que primera. En el primer caso, la garantía anterior será devuelta una vez que se haya validado la segunda.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto. 34.2 del Nº1 al Nº8, “Del Término Anticipado del Contrato”. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en los Puntos N°32.1, 32.2 y 32.3 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.
GLOSA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-39-LQ21, “CONTRATACION SERVICIOS DE ASEO PARA CESFAM DR. VMF”,
FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.
ERRORES EN LAS GARANTÍAS
Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el Servicio podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error.
Esta corrección se solicitará a través de correo electrónico.
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MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO |
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a) Estimación en base a: Presupuesto Referencial.
b) Fuente de Financiamiento: Fondos PPI - PRESTACIONES INSTITUCIONALES CVMF
c) Monto Total Referencial por 12 meses: $192.000.000.- Imptos. Incl.
d) Tipo Contrato: Suministro
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: 12 meses.
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 45 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 30 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia / Cheque
i) Responsable del pago: Luis Carrasco Pizarro
j) e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Jefe Depto. Gestión Operacional CVMF.
l) e-mail del responsable de contrato: jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl
m) Teléfono responsable de contrato: 41-2724119
n) Prohibición de subcontratación: No se permite subcontratación.
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DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN |
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La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Subdirector Administrativo CVMF
2. Jefe Depto. Gestión Operacional CVMF
3. Jefe Depto. Finanzas CVMF
4. Jefe (S) Depto. Abastecimiento CVMF
- Funciones de la comisión:
1) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
2) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes o podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
3) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
4) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
5) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del CESFAM.
6) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes
del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
7) En caso de existir dudas entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Servicio, como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
8) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS. |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CESFAM, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El CESFAM no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Ítem
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Observaciones
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Ponderación
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1. Precio
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Se otorgará mayor puntaje a las ofertas que registren precios menores y se evaluará con FORMULA:
(Menor precio / precio analizado) * 0.50 * 100
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50%
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2. Propuesta Técnica
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La propuesta técnica se evaluará considerando Fórmula para Criterios Combinados: b1) Número de Personal Propuesto, subir en formato libre, sólo para efectos de evaluación. ( Mayor cantidad de personal propuesto, mayor puntaje)
b2) Cantidad de equipos de limpieza, subir documento en formato libre, sólo para efectos de evaluación. (Mayor cantidad, mayor puntaje).
FORMULA: Evaluado * 100 + Evaluado * 100 / 2 * 100 Máx. Criterio 20%
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20%
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3. Experiencia del Oferente en el Area de Aseo
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Para acreditar Experiencia del oferente en el área de Aseo, se requiere que los oferentes adjunten certificados, originales o copias, señalando conformidad con los servicios vigentes o ejecutados, emitidos por entidades públicas donde hayan prestado o presten actualmente el servicio, en los últimos cuatro años, sólo para efectos de evaluación. Si dos o más certificados dan cuenta de un mismo Contrato, se considerará uno sólo.
Se evaluará cantidad de certificados de conformidad presentados, de acuerdo a la siguiente Tabla:
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N° de Certificados de Conformidad de Servicios de Aseo prestados los últimos 4 años (incluido el año 2021), en entidades públicas:
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Puntaje Final
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4 y más Certificados
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100
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3 Certificados
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70
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2 Certificados
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50
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1 Certificado
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30
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No presenta Certificados
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1
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FORMULA:
Puntaje obtenido * Factor * 100%
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10%
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4. Capacitaciones del Personal
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Los oferentes deberán acreditar horas de capacitaciones pertinentes al personal que prestará servicios de aseo, en manejo de maquinarias de aseo, manejo de productos químicos, autocuidado, Covid-19 u otros atingentes al rubro.
Este criterio será evaluado con la siguiente FORMULA:
(Mayor Horas de Capacitación Ofertadas / Mayor Horas de Capacitación a Evaluar ) X 0.5 * 100.
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5%
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5. Condiciones de Empleo y Remuneraciones
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El oferente deberá completar el formulario N°5 y acompañar mediante una carta de compromiso (declaración jurada) que cuenta con mejores condiciones de empleo y remuneración de sus trabajadores en cada uno de los factores descritos en la siguiente tabla:
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El oferente cuenta con una o más de las siguientes condiciones de empleo y remuneraciones
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Marcar con una X lo que el oferente ofrece a sus trabajadores
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Nivel de remuneraciones mínima imponible mensual de los trabajadores que realizaran los Servicios de Aseo (declaración jurada formulario 5-A)
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Incentivos a los trabajadores que realizaran los Servicios de Aseo (declaración jurada Formulario 5-B)
Indicar el monto de al menos 4 incentivos.
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Suscripción de convenios colectivos (declaración jurada Formulario 5-C)
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Políticas de reajustabilidad de las remuneraciones (declaración jurada Formulario 5-D)
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Políticas de capacitación laboral (Declaración jurada Formulario 5-E)
Obtendrá el puntaje de este subcriterio solamente si se compromete a realizar los Cursos en materia de Aseo.
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Los cinco factores descritos en recuadro anterior deben ser respaldados o acreditados por el oferente mediante las declaraciones juradas respectivas. Es importante mencionar que se comprobará cada una de las condiciones de empleo y remuneración ofertadas al momento de la elaboración del contrato.
La forma de otorgar puntaje en el criterio Condiciones de Empleo y Remuneraciones será de acuerdo a los siguientes puntajes:
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DECLARACIONES ACREDITADAS
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PUNTAJE
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5
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100
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4
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80
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3
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50
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2
|
20
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1
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10
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No informa o no acredita
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1
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Fórmula de cálculo= puntaje obtenido x 0,5
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5%
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6. Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Formales
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SE EVALUARÁ CON LA SIGUIENTE FORMULA: (Puntaje obtenido x Factor). Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre: 100 Ptos.// Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud:10 Puntos// No cumple con requisitos formales, oferta se declara desierta. La ponderación asignada a este Ítem es de: 5%
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5%
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7. Comportamiento Contractual Anterior
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Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público dentro de los últimos 2 años, contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas han sido publicadas en el Sistema de información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el CESFAM Dr. VMF y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo.
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N° de Sanciones dentro de los 2 últimos años
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Puntaje Final
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0 Sanciones
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100
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Entre 1 y 2 sanciones
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60
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Entre 3 y 5 sanciones
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30
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Sobre 5 sanciones
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0
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La ponderación asignada a este Ítem es de: 5%
FORMULA: Puntaje obtenido X 0.5 X 100
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5%
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- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Cualquier documento y/o información que no se ajuste a la realidad implicará la eliminación inmediata de la oferta.
- Tratándose de las Uniones Temporales de Proveedores, y si el documento en que consta la unión no hace referencia en cómo evaluar los criterios de evaluación, la entidad promediará todos los antecedentes que se presenten por 2 o más integrantes del consorcio, y aplicables a los criterios de evaluación que corresponda.
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RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Propuesta Técnica
3) Experiencia en el Area
4) Capacitaciones
5) Condiciones de Empleo y Remuneraciones
6) Cumplimiento de Documentación y Requisitos Formales
7) Comportamiento Contractual Anterior.
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DE LA ADJUDICACION |
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el CESFAM adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El CESFAM declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el CESFAM dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si el adjudicatario no presenta el contrato o no lo firma, dentro de los plazos establecidos en estas Bases (en caso de considerar redacción contrato simple).
En todos estos casos, el CESFAM podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
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23. MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Subdirector Administrativo o al responsable del proceso de compra:
jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl ó jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl
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AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS |
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Al momento de la adjudicación, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem o por el presupuesto total.
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CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA |
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Una vez adjudicada la propuesta; siempre que el valor de lo adjudicado al proveedor sea igual o superior a 1000 UTM; se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Concepción, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada y a los demás antecedentes del llamado a propuesta. El contrato se suscribirá mediante instrumento privado.
Plazo para celebrar el Contrato: Las partes deberán suscribir el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución adjudicatoria.
Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato y los actos que de él se deriven.
La Orden de Compra se enviará una vez que esté totalmente tramitada la resolución aprobatoria de contrato y se entenderá notificada al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público.
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VIGENCIA Y RENOVACIÓN. |
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El convenio tendrá una vigencia de 12 meses a contar de la notificación de la resolución aprobatoria de contrato, en Portal Mercado Público.
Se contempla renovación de Contrato por una única vez de común acuerdo de las partes en atención a que las necesidades del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, requieren contar con Servicios de Aseo que incluya limpieza, higiene y sanitización de todas las áreas y box destinados a Servicios de Atención a Público, pasillos de circulación y zonas de trabajo del personal operativo clínico y administrativo del Establecimiento en jornada diurna y en forma ininterrumpida las 24 horas del día para la atención de urgencia de pacientes que concurren diariamente a dependencias SAR de este Centro de Salud, continua en el tiempo. Para ello, se debe verificar la configuración de los siguientes requisitos:
• Que se realice solo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras.
• Que el CESFAM no requiera la actualización de las especificaciones técnicas, situación que solo podrá ser acreditada a través de un certificado del Administrador del Contrato.
• Que proveedor haya tenido un comportamiento contractual a lo menos suficiente, lo que equivale a que no haya incurrido en hechos o incumplimientos constitutivos de faltas graves a sus obligaciones durante la vigencia del contrato.
• Que se cuente con certificado de disponibilidad presupuestaria que cubra el tiempo de renovación del contrato.
• Se renueve la garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos exigidos en las bases.
• La renovación de contrato deberá ser decretada por resolución fundada y ésta deberá ser publicada en portal mercado público.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
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Para ser contratado, el proveedor adjudicado deberá adjuntar los formularios N°4A O 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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MODALIDAD DE PAGO |
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El pago se realizará mensualmente contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme por parte del requirente, dentro del plazo de 45 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva, (Ley de Presupuestos 2020, glosa 2, de las partidas del Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 45 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada.”
La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción RUT. 61.607.104-1, dirección Maipú N°2120, Concepción, cancelada en original y dos copias. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA LICITACION QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE Y ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA SU NOTIFICACIÓN.
En el caso que la empresa adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico del Encargado de Oficina de Partes, ofpartescvmf@ssconcepcion.cl.
La institución responsable de efectuar el pago será la Tesorería General de la República de acuerdo a lo indicado en la Circular N°9 de fecha 28.04.2020 por parte de la Dirección de Presupuestos del Gobierno de Chile.
El proveedor deberá enviar el XML de la factura a la dirección dipresrecepcion@custodium.com y el número de OC se debe indicar en referencia (801).
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018: “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de los servicios, el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Para efectos de pago el proveedor deberá acompañar la documentación entregada con el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
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DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
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El CESFAM respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatorios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativo s de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
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DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES |
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Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
32.1 Faltas Leves y sus sanciones:
- Retraso en el Horario de Ejecución de los servicios: por el retraso en el horario de ejecución de los servicios, establecido en las presentes Bases, se aplicará una multa, por evento, equivalente a 10 UF, considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día de publicación de la notificación de la multa en la Plataforma Mercado Público. Lo anterior, considerando lo señalado en Numeral 29 Ítem: “Horario de Trabajo”, de las presentes Bases Administrativas, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor.
32.2 Faltas Graves y sus sanciones:
Por cada una de las faltas graves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa por evento, equivalente 20 UF, considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día de publicación de la notificación de la multa en la Plataforma Mercado Público:
- En caso de incumplimiento en el pago de las asignaciones, bonos y/o demás condiciones de empleo y remuneración comprometidas, de acuerdo a lo establecido en el Formulario N°5, “Condiciones de Empleo y Remuneraciones”.
- Incumplimiento en el reemplazo del personal que se ausente de sus funciones, el que debe ser repuesto en un plazo máximo de dos horas. De igual forma, el personal que sea reemplazante o personal nuevo, debe cumplir con los mismos requisitos exigidos al inicio del contrato.
- Incumplimiento en la provisión de insumos de aseo al personal, mala calidad y sobre dilución de los mismos.
- Incumplimiento de la totalidad de los equipos y maquinarias descritas en la declaración de equipamiento, los cuales deben estar en excelente estado de funcionamiento.
- Incumplimiento en la provisión de insumos, materiales e implementos como andamios, cuerdas, soportes u otros, para la realización de trabajos en altura.
- Incumplimiento en el uso de uniforme y tarjetas de identificación, por parte del personal de aseo.
- Incumplimiento en la administración de las vacunas exigidas por la Normativa Legal vigente, tanto para el personal que realizará servicios de aseo al inicio del contrato, como para las nuevas incorporaciones a su dotación.
- Incumplimiento en la entrega de Protocolo de Manejo de Cortopunzantes y Contaminados, así como también de Aseo, Aseo Concurrente y Terminal con sus actividades y horarios por áreas y desinfección por áreas, dentro de los 5 días de iniciado el servicio.
- Ausencia del Supervisor de Instalación, en dependencias del CESFAM, en los horarios definidos en bases de licitación.
- Incumplimiento en la entrega de un Sistema de Control de Dilución, tanto al Administrador del Contrato como al Prevencionista de Riesgos del CESFAM, en los plazos establecidos en bases de licitación.
- Incumplimiento en los plazos de instalación del contenedor requerido en bases de licitación.
32.3 Faltas Gravísimas y sus sanciones:
Por cada una de las faltas gravísimas a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa por evento, equivalente 50 UF, considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día de publicación de la notificación de la multa en la Plataforma Mercado Público:
- Incumplimiento en la mantención permanente de la dotación requerida y en los reemplazos del personal ausente, en un plazo máximo de dos horas, desde detectada la ausencia, personal que debe cumplir con los mismos requisitos exigidos al inicio del contrato.
- Incumplimiento en la permanencia en el Establecimiento, del Supervisor de Instalación, en los días y horarios señalados en las presentes Bases de Licitación.
En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:
a) Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.
b) Las multas de que trata el presente artículo se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
c) El CESFAM Dr. VMF podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, de los Estados de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el CESFAM consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del valor total del contrato, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El CESFAM Dr. VMF retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía.
d) El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
e) Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor neto del total del contrato. Superado ese monto, de manera conjunta se iniciará el procedimiento de término anticipado.
No obstante, lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
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DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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De las modificaciones:
El CESFAM podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el CESFAM, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
- Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:
a) Seis veces por Faltas Leves.
b) Cuatro veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de dos multas por Falta Leve.
c) Tres veces por Faltas Gravísimas.
d) Por haber alcanzado el tope del 30% del valor neto del total del contrato en la aplicación de multas.
- Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
- Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
- Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
- En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP.
- En caso de no renovar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en los casos que corresponda, esto es en el evento que se genere una modificación o renovación de contrato o bien, complementar la inicialmente entregada por el monto y/o vigencia que corresponda y en las mismas condiciones que la primera.
9. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
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PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: |
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a) En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 al 9, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen.
Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
b) El término del contrato por la causal establecida en el numeral 10 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el CESFAM y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 34.2 de las presentes bases.
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HORARIO DE TRABAJO Y RECEPCION DEL SERVICIO |
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1 Horario de Trabajo
Se establece que los horarios de trabajo, por contingencia de Pandemia Covid-19 existente, serán los siguientes:
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JORNADA
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HORARIOS
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DEPENDENCIAS
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Lunes a Domingo inclusive Festivos
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24 °° Hrs.
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SAR
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Lunes a viernes
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09:00 a 21:00 Hrs.
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Edificio Principal, Anexo y Casino
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Sábados
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08:00 a 14:00 Hrs.
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Edificio Principal, Anexo y Casino
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Posterior al término de la pandemia, se deberá reunir la Empresa adjudicada con el Referente del Contrato del CESFAM Dr. VMF, para definir nuevos horarios de funcionamiento.
Esto aplica también, para los cambios de horario que el Establecimiento requiera.
Cabe mencionar que estos horarios establecidos en la planilla estarán sujetos a cambios de acuerdo a la necesidad del establecimiento, para asegurar el óptimo funcionamiento.
2 Recepción de los Servicios
La recepción de los Servicios estará a cargo del Administrador del Contrato, debiendo presentar el adjudicado, a este Administrador, dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes al mes que se cobrarán los servicios, los siguientes documentos:
- Nómina de trabajadores,
- Liquidaciones de sueldo
- Comprobante de pago de cotizaciones
- Formulario F-30 y F-30-1
- Los verificables para acreditar las mejores condiciones de empleo y remuneración ofrecidos en su propuesta, en el Formulario N° 5.
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