Resolución de Empates |
El Hospital de Vicuña se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio “Precio”. En caso de producirse empates en la evaluación de los criterios; se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio individual siguiente con mayor relevancia de acuerdo a las bases, “Experiencia de los oferentes”. De proseguir la situación, con el criterio “Plazo de entrega” y por ultimo con el criterio “Cumplimiento de requisitos”.
En caso de mantenerse la paridad se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta a Mercado Público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Todas las consultas generadas después de la etapa de adjudicación, deberán realizarse al encargado de la licitación, por el correo electrónico indicado: cristobal.ramirez@redsalud.gov.cl, por un periodo máximo de un mes, las respuestas a estas consultas serán por la misma vía.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El Hospital de Vicuña se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten, en lo formal, omisiones menores o errores evidentes, siempre que ello no altere el trato igualitario de los proponentes, ni la correcta evaluación de la propuesta. Asimismo, podrá solicitar el envío a través del sistema (portal), con posterioridad a la apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportuno omitidos por el oferente y considerados como antecedentes menores, en ningún caso referidos a la oferta técnica evitando afectar directamente la oferta y que no infrinjan o modifiquen las bases de la presente licitación o el principio de igualdad entre los oferentes. Las respuestas de los participantes deberán ser presentadas por sistema (portal) y se limitarán a los puntos solicitados, dentro de un plazo no superior a cuarenta y ocho (48) horas desde la fecha de la solicitud.
El Hospital de Vicuña resolverá la Propuesta adjudicando el contrato entre las ofertas que se hayan presentado oportunamente a la Licitación, se debe adjudicar al proponente mejor evaluado de acuerdo a los criterios de evaluación, aunque esta no sea la de más bajo precio. El Hospital de Vicuña se reserva asimismo el derecho de aceptar parcialmente las ofertas presentadas. Podrá por último, aumentar o disminuir las cantidades licitadas o podrá fraccionarlas o rechazarlas todas o algunas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Adjudicación |
La Notificación de adjudicación se realizará a través del Portal www.mercadopublico.cl mediante publicación de la Resolución Exenta de Adjudicación.
Una vez adjudicada la licitación, el proveedor estará obligado a cumplir con el contrato que se suscriba. En este caso, al aceptar la orden de compra se da por firmado el contrato.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, el Hospital de Vicuña deberá informar en el sistema de información, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación mediante resolución fundada.
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Readjudicación |
En el caso de que el oferente adjudicado en este proceso licitatorio desistiere de firmar el contrato, o no de cumplimiento a las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos, el Hospital de Vicuña podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar al segundo oferente mejor evaluado, emitiendo un nuevo acto administrativo para readjudicar la licitación. En caso que no existan más ofertas o las que se hayan presentado no cumplan con lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de iniciar un nuevo proceso de licitación.
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Modificación de plazos |
El Hospital de Vicuña, podrá modificar el plazo de cierre y adjudicación de presente licitación si las circunstancias así lo ameritan para la cual deberá realizar la modificación en el calendario de Mercado Público y adjuntar la resolución aprobatoria de dicha modificación. Si la comisión evaluadora finaliza antes su función, el Hospital de Vicuña podrá adjudicar en una fecha previa a la estipulada sin necesidad de autorización explícita y formal y solo requerirá los documentos de respaldo como el acta de evaluación, certificado de disponibilidad presupuestaria y resolución de adjudicación.
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Modificación de presupuesto |
El monto disponible podrá aumentarse hasta en un 30% de ser necesario, situación que debe quedar registrada en el acta de evaluación y en la resolución de adjudicación. Del mismo modo, la distribución del monto disponible de cada una de las líneas es referencial y podrá adaptarse en conformidad a las características propias de cada oferta y disponibilidad de recursos sin exceder el monto previamente establecido o su tope de aumento (30%).
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