Licitación ID: 1057438-5-LE24
Programa de Salud Cardiovascular 2024
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD COQUIMBO HOSPITAL VICUNA, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de enfermería 1 Unidad
Cod: 85101601
1 Enfermeras(os)  

2
Programas de nutrición 1 Unidad
Cod: 85151601
1 Nutricionista  

3
Servicios ortopédicos 2 Unidad
Cod: 85121612
2 Kinesióloga (o)  

4
Servicios de podiatras 1 Unidad
Cod: 85121703
1 podólogo (a)  

5
Servicios oftalmológicos 1 Unidad
Cod: 85121610
1 oftalmólogo (a)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Programa de Salud Cardiovascular 2024
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital de Vicuña llama a Licitación Pública para dar cumplimiento al “Programa de Salud Cardiovascular 2024”, para lo cual se requiere contratar prestadores de servicios profesionales de las áreas de Técnico en Enfermería, Enfermería, Kinesiología, Podología y Nutrición y Dietética.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD COQUIMBO HOSPITAL VICUNA
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.606.401-0
Dirección:
Prat N°591
Comuna:
Vicuña
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-04-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 21-03-2024 16:38:00
Fecha inicio de preguntas: 21-03-2024 18:10:00
Fecha final de preguntas: 25-03-2024 13:10:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-03-2024 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-04-2024 15:04:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-04-2024 15:04:00
Fecha de Adjudicación: 11-04-2024 17:16:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario 1-A. Presentación del Oferente. Formulario 2-A. Declaración Jurada. Formulario 1-B. Presentación del Oferente. Formulario 2-B. Declaración Jurada. Formulario 3. Identificación Unión Temporal de Proveedores (UTP) Formulario 4. Carta de Aceptación y Declaración del Oferente.
2.- Resolución Exenta N° 364
Documentos Técnicos
1.- Formulario Nº1: Criterios de Exclusión. Formulario N° 2: Antecedentes Técnicos/Administrativos.
 
Documentos Económicos
1.- Formulario Nº5: Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
2 Experiencia de los Oferentes en PSCV Remitirse a resolución que autoriza las Bases adjuntas 20%
3 Capacitaciones acordes al PSCV Mayor o igual a 5 capacitaciones: 100 puntos / 4 Capacitaciones: 80 puntos / 3 Capacitaciones: 60 puntos / 2 Capacitaciones: 40 puntos / 1 Capacitación: 20 puntos / Sin capacitaciones o no informa en el formulario: 0 puntos 30%
4 Cumplimiento de requisitos formales Presenta toda la documentación requerida y no requiere aclaración de ofertas: 100 puntos / Presenta toda la documentación requerida pero requiere aclaración de oferta la cual es respondida satisfactoriamente para el proceso evaluativo: 60 puntos / Presenta toda la documentación requerida pero requiere aclaración de ofertas la cual no es respondida satisfactoriamente para el proceso evaluativo: 20 puntos / Presenta toda la documentación requerida pero requiere aclaración de ofertas la cual no es respondida en el plazo establecido en el portal (48 horas): 0 puntos No presenta uno o más de los documentos requeridos para la evaluación de las ofertas: 0 puntos. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa de Salud Cardiovascular
Monto Total Estimado: 49577600
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Claudia Castro Espejo
e-mail de responsable de pago: claudia.castroe@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Dra. Francisca Barra Rodríguez
e-mail de responsable de contrato: fmbarrar@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2333185-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes durante el proceso de evaluación, la Comisión de Evaluación considerará en tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio de “Precio” establecido en las presentes Bases. De persistir el empate se atenderá a la calificación obtenida en el criterio de mayor ponderación  de evaluación que le siga  y así sucesivamente.

En el caso que, aplicado el procedimiento de resolución de empates antes descrito, se siga manteniendo el empate en la calificación de los oferentes, se atenderá al primer oferente que haya ingresado su oferta al Portal, según da cuenta el comprobante ingreso de oferta electrónico o en soporte físico (para el caso de las ofertas que se acojan al Artículo N°62 del Reglamento de Compras Públicas).


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

De acuerdo a lo indicado en los Artículos N°26, N°27 y Nº41, inciso 4° del Reglamento de la Ley Nº19.886, en caso de producirse consultas relacionadas a la adjudicación o deserción de la licitación, estas deberán formularse a través del Portal, el Hospital de Vicuña dará respuesta a las mismas por el mismo medio. El plazo para realizar dichas consultas no podrá superar las 24 horas desde la notificación de la adjudicación en el Portal.



Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Comisión de Evaluación, podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo N°40 del Reglamento de Compras Públicas, que los oferentes presenten certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando dichas certificaciones o antecedentes omitidos no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta.

Dichas certificaciones o antecedentes que se omitieron al momento de presentar las ofertas deberán haberse producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Los antecedentes indicados en el Artículo N°17 de las presentes Bases, se podrán solicitar a través del Foro Aclaración de ofertas del Portal, exceptuando los antecedentes que forman parte de la “Carpeta Técnica” y “Carpeta Económica”.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas para presentar la documentación solicitada por el Servicio, a contar de la solicitud en el Foro de Aclaración de Ofertas, como consecuencia de esta solicitud, se podrán presentar las siguientes situaciones:

-        Si los oferentes presentan la documentación solicitada dentro del plazo indicado en el párrafo precedente no obtendrán el puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”, sin embargo, sus ofertas pasarán a la etapa de evaluación de la presente Licitación.

Si los oferentes no presentan la documentación solicitada dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, sus ofertas se declararán inadmisibles, según lo indicado en la letra b) del Artículo N°21.4 de las presentes Bases.


Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 


28.1 El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.


28.2 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

28.3 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.


28.4 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

28.5 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

28.6 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.


28.7 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

28.8 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

28.9 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Modificación de los documentos de la propuesta

Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital de Vicuña podrá modificar las presentes Bases, como consecuencia de las aclaraciones a las preguntas efectuadas por los oferentes o por iniciativa propia, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio, lo que deberá ser informado a través del Portal.

En dicho caso la modificación será autorizada por Resolución Exenta, otorgando un mayor plazo para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, debiendo cumplir con las mismas formalidades de la Resolución Exenta que aprueba las presentes Bases.

Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación de la Resolución Exenta que las apruebe. Una vez publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, será responsabilidad del oferente tomar conocimiento de ellas.

Adjudicación y readjudicación

25.1.- Adjudicación.

El Hospital de Vicuña dentro del plazo establecido en la ficha del Portal, adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje como resultado de la evaluación técnica y económica, habiendo aplicado los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases.

La Adjudicación de la propuesta se efectuará a través del Portal www.mercadopublico.cl , mediante Resolución Exenta, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La notificación de dicha Resolución se concretará luego de 24 horas transcurridas desde que se publique en el Portal (Artículo N°6 del Reglamento de Compras Públicas)

El Hospital de Vicuña resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma establecido en el contenido de estas Bases.

Todas las consultas generadas después de la etapa de adjudicación, deberán realizarse  al profesional encargado de la licitación, a través del correo electrónico indicado: cristobal.ramirez@redsalud.gov.cl, durante un periodo máximo de un mes, las respuestas a estas consultas serán efectuadas por la misma vía.

El acto de adjudicación sólo podrá dejarse sin efecto en los casos señalados en las presentes Bases.

Los casos en que procederá dejar sin efecto la adjudicación serán los siguientes:

a)      Si se trata de la Readjudicación en los términos descritos en el Artículo N° 25.3 de las presentes Bases, siendo estas causales atribuibles al adjudicatario.

b)      Si se trata de una reevaluación efectuada por el  Hospital de Vicuña a consecuencia de una corrección del acta de evaluación y/o efectuada por algún incidente de los oferentes generado a través del reclamo por el Portal, frente a la observancia de errores en la evaluación respectiva.

c)       Por error involuntario en el proceso operativo de la adjudicación en el Portal, por parte del Hospital de Vicuña.

d)      Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.

e)      Si adjudicatario no concurre a la firma de contrato en el plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de adjudicación a través del Portal.

Tratándose de los casos descritos en las letras b), c) y e), se establece el siguiente procedimiento:

  1. El Hospital de Vicuña deberá emitir el acto administrativo dejando sin efecto la adjudicación y autorizando la nueva adjudicación y/o deserción, según corresponda.
  2. El Hospital de Vicuña deberá enviar un Oficio adjuntando la Resolución citada en punto 1, a la Dirección de Compras Públicas, solicitando retrotraer el estado de la licitación de “adjudicada” a “cerrada”.
  3. Una vez que la Dirección de Compras Públicas haya realizado lo detallado en el punto anterior, el Hospital de Vicuña procederá a efectuar el acto operativo a través del Portal de adjudicación y/o deserción de la licitación correspondiente.

25.1.1 Modificaciones a la fecha de Adjudicación

Cuando la adjudicación no se realice  dentro del plazo señalado en las bases de licitación, el Hospital de Vicuña deberá informar en el sistema de información, las razones que justifican el incumpliendo del plazo para adjudicar e indicar  un nuevo plazo para la adjudicación mediante resolución fundada.

En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en la ficha del portal de la licitación, el Hospital de Vicuña publicará una nueva fecha y hora en el icono “mostrar fechas” de la licitación, señalando las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.

Dicha modificación de la fecha de adjudicación se realizará mediante Resolución Fundada del Director o Director (S).

La nueva fecha de adjudicación no podrá exceder la vigencia de la oferta estipulada en el Artículo N°16 de las presentes Bases.

25.2.- Deserción e inadmisibilidad de las ofertas.

25.2.1. Inadmisibilidad de las ofertas:

El Hospital de Vicuña rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases.

25.2.2. Deserción:

Se declarará desierta la Licitación (según lo indicado en el Artículo N°9 de Ley 19.886), en los siguientes casos:

-      Si no se presentan ofertas.

-      Si habiéndose presentado ofertas, estas no son convenientes para los intereses del Hospital de Vicuña.

En ambos casos la deserción deberá formalizada mediante Resolución Fundada correspondiente.

En los casos detallados en párrafos precedentes, cuando se declare desierta la Licitación, el Hospital de Vicuña podrá efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública, llamado a Licitación Privada o adquirir mediante Trato Directo, de acuerdo al Artículo N°10, N°7, letra l) del Reglamento de Compras Públicas.

25.3.- Readjudicación.

El Hospital de Vicuña podrá Readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, mediante la emisión de un nuevo acto administrativo, dejando sin efecto la Adjudicación previa y aprobando la readjudicación correspondiente, en los siguientes casos:

a)      Si el Contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario o rechaza la Orden de Compra dentro del plazo señalado.

b)      Si al adjudicatario  desiste de su oferta o desiste de firmar el contrato.

c)       Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo N°4 de la Ley N°19.886 o en virtud de la ley N°20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

d)      Si el adjudicatario no hace entrega de los antecedentes legales y previsionales vigentes exigidos para la elaboración y suscripción del Contrato.

e)      Si el adjudicatario no se encontrare inscrito y hábil en el registro oficial de proveedores, Chileproveedores, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación.

f)       Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.

En caso de Readjudicar se elegirá la oferta con el segundo mejor puntaje. Si esta oferta no se puede Readjudicar se continuará con la siguiente y así sucesivamente.

En caso de no existir más ofertas, el Hospital de Vicuña podrá declarar desierta la Licitación o efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública o Privada; o adquirir mediante Trato Directo, de acuerdo al Artículo N°10, N°7, letra l) del Reglamento de Compras Públicas.

La Readjudicación no podrá exceder los 60 días corridos contados desde la notificación de la adjudicación original.

Se debe establecer que todo lo expresado en el presente Artículo, en lo que se refiera al acto de invalidación de la Adjudicación, deserción y/o Readjudicación, tendrá lugar en la medida que se dé cumplimiento a lo indicado en el Artículo N°53 de la Ley N°19.880.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el Artículo N°4 de la Ley 19.886.