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1. OBJETO DE LA LICITACIÓN |
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Adquirir 400 canastas de alimentos no perecibles para usuarios en tratamiento por Tuberculosis (TBC), como estrategia de apoyo complementario orientada a favorecer la adherencia terapéutica, continuidad del tratamiento y acompañamiento integral de pacientes en condición de vulnerabilidad social.
ÍTEM DESCRIPCIÓN Cantidad VALOR UNITARIO NETO
TOTAL VALOR TOTAL
IVA INCLUIDO
1 Canastas de alimentos no perecibles 400 unidades $26.000.000 $30.940.000
1. Contenido de las Canastas:
• La canasta está compuesta por un total de 18 ítems, los cuales incluyen alimentos no perecibles (harina, fideos, leche en polvo, etc.), y una caja de cartón que permite el embalaje correcto de los productos.
• La licitación establece que la oferta debe incluir todos los ítems mencionados, sin posibilidad de presentar ofertas parciales.
2. Condiciones de Entrega y Transporte:
• Se exige que las canastas sean entregadas correctamente embaladas para evitar alteraciones durante el transporte y la recepción.
• El transporte está incluido en el presupuesto de la oferta, asegurando que los costos de entrega sean considerados dentro del total adjudicado.
3. Entrega Parcializada y Calendarizada:
• La entrega será realizada en etapas, conforme a un calendario acordado con el referente del programa TBC.
Toda discrepancia entre distintos documentos de la presente licitación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido, será resuelta en primera instancia por la Unidad Técnica del Servicio de Salud Tarapacá (en adelante, indistintamente, el Servicio o SST), en la especie, el Jefe del Departamento de Recursos Físicos e Inversiones de la Red, en la forma que mejor beneficie a los diferentes establecimientos, pudiendo recurrir a todas las instancias legales y administrativas que les permite la ley para resolver controversias.
Las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas se complementan con las Especificaciones Técnicas y demás documentos que se anexan a la propuesta y con todo otro Reglamento u Ordenanza que rija en el territorio nacional y que norme o regule la ejecución de los bienes o servicios contratados.
1.1. CONTENIDO DE LAS CANASTAS
El contenido de las 400 canastas de alimentos no perecibles se detalla a continuación, conforme a los ítems especificados:
ITEM CANTIDAD CONTENIDO DE LAS 400 CANASTAS (CAJA) DE ALIMENTOS NO PERECIBLES
1 1 CAFÉ 420 grs
2 1 SAL 250 grs
3 3 ATÚN EN LATA
4 1 LATA DURAZNO EN CONSERVA 820 grs-
5 1 LENTEJA 1 kilo
6 1 AZUCAR 1 kilo
7 1 GELATINA 1 litro
8 1 CEREAL 500 g
9 2 SOPA INSTANTANEA 76 g
10 2 MERMELADA 200 gr
11 1 HARINA 1 kilo
12 1 LECHE ENTERA 7.5 litro
13 1 BOLSA DE POROTOS 1 kilo
14 3 FIDEOS 400grs
15 1 PAQUETE DE GALLETAS 400 gr (contextura blanda )
16 2 SALSA DE TOMATE 200 grs
17 1 MANJAR 1 kilo
18 1 ACEITE 900 ml
19 1 CAJA PARA CONTENER LOS INSUMOS
La oferta deberá contener la totalidad de los ítems que componen la canasta (caja) de alimentos no perecibles.
En relación con el ítem 19 denominado “Caja para contener los insumos”, está directamente relacionado con el empaque de los 18 ítems ofertados más sus cantidades individualizadas, las 400 canastas (cajas) de alimentos no perecibles deben ser entregadas en destino embaladas de forma correcta, con el objetivo de que al momento de la recepción no presenten alteraciones. Cabe destacar que el costo del despacho se debe considerar dentro del presupuesto de la licitación.
No se aceptarán insumos de carácter alimenticio vencidos o con una caducidad inferior a los 8 meses desde la fecha de entrega, productos con alteraciones en su empaque original o cualquier problema relacionado.
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3. MARCO NORMATIVO DE LA LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN |
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Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre el Servicio de Salud Tarapacá, en adelante “El Servicio” y quien provee de los bienes a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación.
Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas Generales, Anexos, Especificaciones Técnicas, en lo sucesivo "Bases".
La presentación de una propuesta implica para la persona natural o jurídica que haga una oferta, la aceptación de las presentes Bases, a las cuales se somete desde ya.
Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos:
a) Ley Nº19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento.
b) Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
c) Las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, los anexos aclaratorios, si los hubieren, lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas No19.886, su Reglamento y sus modificaciones, demás normas generales vigentes.
d) Ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
e) El Código del Trabajo, que regula la relación laboral entre los empleadores/as y los trabajadores/as por este Código y por sus leyes complementarias, contratados bajo vínculo subordinación o dependencias en virtud de un contrato de trabajo, donde se establece cumplimiento de horario de trabajo, seguir instrucciones impartidas por el empleador/a, remuneraciones por los servicios contratados, etc. Las infracciones a las normas que regulan las entidades a que se refiere este artículo se sancionan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 507 de este Código. Los derechos establecidos por las leyes Laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato del trabajo.
f) Ley Nº16.744 de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
g) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
h) Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas, el cual se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
i) Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.
j) Oferta Técnica, económica, catálogos, manuales, etc., de los servicios ofertados.
k) Resolución de Adjudicación.
l) Orden de Compra.
m) Toda documentación aclaratoria enviada por el referente técnico, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas.
n) Contrato de Servicio de aseo y su respectiva aprobación formal por parte de la autoridad competente, mediante la dictación del acto administrativo respectivo totalmente tramitado.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente:
• La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886.
• DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
• DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
• DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud.
• D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
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4. NOTIFICACIONES Y PLAZOS |
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Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del portal www.mercadopublico.cl.
Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario. Sin perjuicio de ello, si el último día del plazo recayera en sábado, domingo o festivo, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento de la Ley de Compras, los plazos establecidos en estas Bases comenzarán a correr una vez notificado el documento, acto o resolución de que se trate, esto es, veinticuatro (24) horas después de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Con excepción del plazo para presentar propuestas, contenido en el artículo relativo a “Calendario Licitación” de estas Bases, el que comenzará a correr desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl del llamado a licitación, dado sus efectos generales.
Las notificaciones por correo electrónico: se considerarán practicadas habiendo transcurrido tres días hábiles administrativos desde su envío al Domicilio Digital Único, dejándose expresa constancia en el expediente electrónico, de la fecha y hora de dicho hecho, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento que regula la forma que los procedimientos administrativos deberán expresarse a través de medios electrónicos, en las materias que indica, según lo dispuesto en la ley Nº 21.180 sobre transformación digital del estado.
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6. DE LOS PROPONENTES |
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, N° 24 del Reglamento de Compras Públicas, contenido en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, los proveedores interesados en participar podrán ser personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras. Estos podrán actuar de manera individual o, exclusivamente en el caso de empresas de menor tamaño, formar Uniones Temporales de Proveedores para la provisión de bienes y/o servicios a las entidades públicas.
Será requisito indispensable que todos los proveedores interesados estén inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores del Estado en Mercado Público al momento de presentar sus ofertas.
No podrán participar aquellos proveedores que se encuentren inhabilitados para pertenecer al Registro de Proveedores conforme artículo 154 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
a. En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica deberá presentar:
- Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa
- Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta).
- Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad.
En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario.
b. De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar:
- Certificado de Antecedentes. Con una antigüedad inferior a diez días desde la fecha de apertura de la propuesta.+
- Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados)
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, con vigencia a la fecha de presentación de la oferta.
- Copia de Iniciación de Actividades. Si no cuenta con el anterior certificado, podrá presentar la Cartola Tributaria emitida por el Servicio de Impuestos Internos, donde indica la fecha de Inicio de Actividades.
En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y lo que se indica a continuación.
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7. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES |
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En caso de que dos o más proveedores se unan para efectos de participar en la presente licitación, deberán constituir una Unión Temporal de Proveedores conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y el Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
La Unión Temporal de Proveedores deberá designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para actuar en nombre de la UTP durante todo el proceso de licitación y ejecución contractual.
Para la presente contratación, cuyo monto es inferior a 1.000 UTM, la UTP podrá formalizarse mediante instrumento público o privado, tanto para la presentación de la oferta como para la suscripción del contrato, no siendo exigible escritura pública en ninguna etapa del proceso.
Todos los integrantes de la UTP serán solidariamente responsables de las obligaciones que emanen de la oferta y del contrato adjudicado.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la duración de la contratación, incluyendo sus eventuales prórrogas.
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8. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 4, N° 4 Decreto 661 -2024 del Ministerio de Hacienda, si los/las oferentes presentaran consultas de carácter administrativo o técnico respecto a los requerimientos, éstas deberán ser remitidas por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para tal efecto en “Calendario de Licitación” indicados en la Ficha de Licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por el Servicio de Salud Tarapacá mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.886.
El Servicio de Salud Tarapacá podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo fundado, por parte de la autoridad superior del Servicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 3 días hábiles del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán forman parte integral de las bases de licitación, siendo su aplicación obligatoria para todos los participantes. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, el Servicio deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, el que no podrá ser inferior a 3 días hábiles, pudiendo ser mayor dependiendo de la complejidad de éstas.
Es exclusiva responsabilidad del proponente la revisión del portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en el punto precedente.
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9. FINANCIAMIENTO |
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Para la adquisición de los servicios en las condiciones establecidas para las presentes bases de licitación se cuenta con un presupuesto estimado a $30.940.000 (Treinta millones, novecientos cuarenta mil pesos) Iva Incluido, licitación financiada por el Servicio de Salud Tarapacá.
Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto unitario, por la adquisición de los bienes y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal.
Los precios deben estipularse de acuerdo con lo indicado en los Cuadros de Oferta Económica que se adjuntan en el Anexo Nº 6 Cuadro resumen oferta económica, de estas Bases.
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10. VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta tendrá validez de 120 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta respectiva. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el Servicio podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. En tal caso, los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
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11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS AL PORTAL |
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Las Ofertas, deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes, formularios y anexos que se exigen en las presentes Bases Administrativas Generales, deberán entregarse debidamente firmados (firma electrónica simple) por el oferente o su representante legal, según corresponda.
Si el oferente se encuentra con inscripción vigente en Chile Proveedores, podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentren en dicho portal y que a la fecha de la apertura estén vigentes.
Todos los anexos deberán estar redactados en idioma español, debidamente firmados por el oferente o su representante legal. Los cuáles serán escaneados e ingresados al portal www.mercadopublico.cl, así también, la documentación anexa debe ser subida al portal en formato digital no modificable.
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal de Compras Públicas en el plazo establecido en las presentes bases. Posterior a la fecha y hora de cierre indicada en la ficha de licitación del portal, el sistema se cierra automáticamente y no permite el ingreso de ninguna otra oferta, ni archivo adjunto.
Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de documentos ajenos a la nómina señalada se considerará complementaria y, por lo tanto, su presentación no dará motivo de descalificación del oferente.
11.1. OFERTA ADMINISTRATIVA:
Deberán presentarse electrónicamente, en el Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes:
A. ANEXO Nº1: Formulario Identificación del Oferente. Identificación completa del Oferente y su Representante Legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, domicilios y números de cédula nacional de identidad y/o rol único tributario. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada.
B. ANEXO Nº1-A: Formulario identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores: Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá completar el Formulario N°1-A, adjuntando el acuerdo de participación conjunta, el que deberá contemplar la forma en que se constituirá legalmente en el evento de resultar adjudicado. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la entrega de la totalidad de los bienes de las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente:
- El acuerdo de participación conjunta en la licitación como unión temporal de proveedores;
- La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante
- El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes.
- Vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado.
- Porcentaje de participación de sus integrantes en experiencia. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare en experiencia.
- La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles.
- También aquellas que no den cumplimiento a lo señalado en artículo 180, letra a) en relación con lo dispuesto en artículo 4, N° 14 del Reglamento de Compras, esto es integrada por una o más empresas de menor tamaño.
C. ANEXO N°2: Formulario Declaración Jurada Simple. Declaración jurada simple en que el Oferente declare estar en conocimiento de las características de la licitación, de su situación legal, de los antecedentes que forman parte de esta propuesta y de la aceptación de ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa del Mandante de adjudicar la licitación. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada.
D. ANEXO Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios. Artículo 4, Inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886, Este Anexo deberá contener una declaración jurada de no encontrarse -el oferente- afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley 19.886. Este documento se exige para efectos de la habilidad para contratar con el Estado y para el caso de ser adjudicado. En caso de UTP, este anexo se debe presentar por cada uno de los integrantes de esta.
E. ANEXO N°4: Programa de Integridad, En este anexo, quien oferte deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal y/o trabajadores/as, aportando la respectiva documentación de respaldo que se indica en este anexo.
F. ANEXO N°5: Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para contratar con estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N° 21.595).
G. Antecedentes Legales para Poder Ofertar
a. En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica:
- Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa
- Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta)
- Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad.
En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario.
b. De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar:
- Certificado de Antecedentes. Con una antigüedad inferior a diez días desde la fecha de apertura de la propuesta.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados)
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, con vigencia a la fecha de presentación de la oferta.
- Copia de Iniciación de Actividades. Si no cuenta con el anterior certificado, podrá presentar la Cartola Tributaria emitida por el Servicio de Impuestos Internos, donde indica la fecha de Inicio de Actividades.
c. En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar
*No se exigirán los documentos administrativos de declaraciones juradas que se encuentran el portal de mercado público al momento de ofertar relativos a identificación completa del oferente, en caso de UTP por cada integrante y declaraciones juradas sobre no haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecido en los artículo 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, no haber sido condenado por el Tribunal de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración contemplado en el artículo 26 letra d), del Decreto con fuerza de Ley Nº 1, de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973, si se trata de una persona jurídica no haber sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley 20.393. Además de los conflictos de interés.
11.2. OFERTA TÉCNICA/ECONÓMICA:
Deberán presentarse electrónicamente, en el Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes:
A. ANEXO N° 6 - Formulario Económico de Ofertas: corresponde precios netos de cada ítem.
Los anexos proporcionados por el Servicio de Salud Tarapacá son parte integrante del proceso de licitación y deben ser utilizados en su forma original. No se aceptarán formularios ni anexos alternativos en sustitución de los originales entregados por el Servicio. El incumplimiento de esta disposición será motivo de inadmisibilidad de la oferta.
El precio de los bienes se indicará en el Portal de Mercado Público, vigente al menos por 120 días corridos, en moneda nacional, pesos. (Precio neto).
Los oferentes deberán llenar los formatos entregados por el Servicio de Salud Tarapacá, que forman parte integrante de la presente licitación. No se aceptarán Anexos alternativos.
B. ANEXO N°7 – Forma y modalidad de despacho: El oferente deberá informar la modalidad de despacho y distribución de las canastas de alimentos no perecibles, indicando condiciones de entrega, plazos, cobertura, coordinación logística y demás antecedentes asociados al suministro, considerando que las entregas estarán sujetas a las necesidades del Servicio durante la vigencia contractual.
C. ANEXO N°8 - Especificaciones Técnicas, El oferente deberá adjuntar una planilla en formato Excel, indicando para cada producto ofertado, a lo menos, la siguiente información:
• Nombre del producto.
• Marca.
• Formato y presentación.
• Unidad de medida.
• Fecha de vencimiento, cuando corresponda.
• Información nutricional y/o sanitaria aplicable.
• Cualquier otro antecedente necesario para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas exigidas por el Servicio.
Asimismo, toda característica técnica declarada por el oferente deberá encontrarse debidamente respaldada mediante fichas técnicas, catálogos, etiquetas u otros documentos emitidos por el fabricante o distribuidor autorizado.
Los antecedentes deberán presentarse en idioma español. En caso de adjuntarse documentos en idioma extranjero, éstos deberán acompañarse con su respectiva traducción.
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12. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS OMITIDOS: |
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Durante la evaluación se podrá solicitar la presentación de certificaciones y documentos que los oferentes hayan omitido al momento de presentar su oferta, siempre que dichas certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar su oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar su oferta y el periodo de evaluación, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras. El plazo para la presentación de los documentos omitidos será de 72 horas desde que se le notifique el requerimiento a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales se encuentra incorporado como criterio de evaluación en el punto “Subfactor Cumplimiento de Requisitos Formales” de las presentes Bases Administrativas Generales.
Todos los anexos presentados, tanto en el sistema digital como en soporte físico, deberán entregarse debidamente firmados por el oferente o su representante legal, según corresponda.
Si los documentos requeridos no fuesen entregados y/o aclarados por el oferente mediante el foro inverso en primera instancia, se realizará por segunda la vez la consulta rebajando a 0 puntos el total obtenido para el criterio de “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
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13. REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES |
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Los proponentes deberán presentar los antecedentes tantos administrativos, oferta técnica, la oferta económica y los formularios que forman parte de las presentes bases en formato físico o digital, en el plazo de recepción según se indica en el "CALENDARIO LICITACION".
La apertura de las ofertas de la licitación se efectuará a través del portal Mercado Público, el día y hora señalada para tal efecto en el cronograma y publicadas en el Portal del Sistema, y a la hora que se señale en dicho Sistema de información, en las dependencias que allí se señalen, sin presencia de los oferentes levantándose acta de dicho acto.
Al efectuar el acto de apertura se procederá con la revisión de los antecedentes requeridos, cuyo objeto será verificar que se hayan presentado todos los antecedentes administrativos solicitados.
Para la aceptación de las ofertas, se considerarán antecedentes esenciales, los siguientes documentos, cuya omisión, cualquiera de ellos, faculta para declarar inadmisible la respectiva oferta:
- Anexo N° 6: Formulario Económico de ofertas, si el oferente presenta el anexo en blanco obtendrá el puntaje mínimo.
- Anexo N° 8: Especificaciones Técnicas, el oferente debe ofertar por el 100% de los ítems solicitados (19 items).
- Plazo de Entrega mayor a los 10 días.
- Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten el instrumento de garantía de seriedad de la oferta o bien el instrumento venga con error de forma o fondo
- Serán declaradas inadmisibles las ofertas, si el oferente no participa en la visita en terreno.
- Tratándose de Uniones Temporales La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el numeral 11.1 letra B serán declaradas inadmisibles. También aquellas que no den cumplimiento a lo señalado en art 180, letra a) en relación con lo dispuesto en art 4 N° 14 del Reglamento de Compras, esto es, integrada por una o más empresas de menor tamaño.
No obstante, la entidad licitante podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores no esenciales o meramente formales siempre que no altere el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas (Aplica dictámenes de Nº34.051; 27.268; y 70.019/2011 de la Contraloría General de la República, entre otros y artículo 56 del Reglamento de Compras). En caso contrario y no de haber sido subsanada la omisión de alguno de los antecedentes que impactan en la evaluación de la oferta será evaluada con 0 puntos.
Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta dentro de las 24 horas siguientes a su publicación del acta citada, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por este mismo medio, dentro de los 2 días hábiles siguientes.
En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho servicio. En el caso de los oferentes el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envió del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información a través de la Oficina de Partes del Servicio de Salud Tarapacá, ubicado en Aníbal Pinto Nº 815 de la ciudad de Iquique, en sobre cerrado, indicando el número de licitación.
Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad (artículo 115, N°3 del Reglamento de Compras)
Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información, para su verificación.
Los antecedentes serán resguardados por la Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio en cuestión, quién deberá adoptar las medidas para resguardar su inviolabilidad y correcta conservación, y en ninguna circunstancia o solicitud, la recepción de sobres se podrá hacer fuera de la fecha y hora indicados como último plazo.
Se deberá cumplir con el requisito formal de presentación de la oferta a través del Portal de Mercado Publico antes del período de cierre. El incumplimiento de este requisito por parte del proveedor excluye automáticamente a su oferta para seguir participando en la presente propuesta. A partir de dicha hora, los oferentes no podrán retirar ni modificar sus propuestas.
El oferente que presente más de una oferta debe ingresar todos los antecedentes requeridos, en cada una de las ofertas presentadas, de lo contrario dicha oferta será descartada.
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14. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura y posterior evaluación técnica y económica de las ofertas estarán a cargo de una Comisión Evaluadora —en adelante, “la Comisión”— conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Resuelvo. Dicha Comisión estará integrada por funcionarios/as del Servicio de Salud de Tarapacá o por quienes legalmente los subroguen o reemplacen, y contará con el apoyo de un/a funcionario/a del Departamento de Abastecimiento, quien actuará como secretario/a técnico/a del proceso. La Comisión sesionará válidamente con la totalidad de sus integrantes.
Para garantizar la probidad, imparcialidad y transparencia del procedimiento, se prohíbe expresamente a los oferentes establecer cualquier tipo de contacto con los miembros de la Comisión, ya sea por reuniones, comunicaciones electrónicas, telefónicas u otros medios. Asimismo, los integrantes de la Comisión tienen prohibido aceptar audiencias, regalos u otros beneficios de parte de los oferentes, en conformidad con lo establecido en la Ley N° 20.730 sobre Lobby y su Reglamento (DS N° 71 de 2014).
Cada integrante de la Comisión deberá suscribir la “Declaración Jurada Simple Relativa a Intereses y Confidencialidad de los Miembros de la Comisión Evaluadora”, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, la cual forma parte integrante de estas bases y deberá ser publicada en la plataforma Mercado Público.
Las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad pasarán a la etapa de evaluación técnica y económica. La Comisión verificará que los antecedentes entregados por cada oferente se ajusten a las exigencias establecidas en estas bases. En caso de detectar errores formales u omisiones no sustanciales, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad establecida en el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas, solicitando su subsanación a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl. Para ello se otorgará un plazo de 48 horas, contado desde la notificación del requerimiento. Esta medida sólo procederá respecto de antecedentes que hayan sido generados con anterioridad al vencimiento del plazo de presentación de ofertas o que refieran a situaciones no sujetas a modificación entre dicha fecha y el periodo de evaluación. Las omisiones o errores subsanables no podrán referirse a aspectos esenciales de la oferta, no deberán alterar el principio de igualdad entre los oferentes, ni comprometer la correcta evaluación de las propuestas. El cumplimiento tardío de dichos requerimientos podrá afectar la ponderación del oferente en el criterio de evaluación correspondiente, conforme a lo establecido en estas bases.
Finalizado el proceso, la Comisión emitirá un informe de evaluación dirigido al director del Servicio de Salud de Tarapacá, conforme al artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas. Dicho informe deberá incorporarse al expediente del proceso y ser publicado en el portal de compras públicas.
En el caso de ofertas presentadas por Uniones Temporales de Proveedores, los antecedentes exigidos para acreditar experiencia deberán ser aportados por cada uno de los integrantes que componen dicha unión, evaluándose en proporción al porcentaje de participación de cada uno, con independencia del mecanismo de formalización adoptado.
La Comisión Evaluadora deberá resguardar en todo momento la trazabilidad y transparencia del proceso de evaluación, dejando constancia escrita y debidamente fundada de todas sus actuaciones y decisiones en las actas respectivas. Cada una de estas deberá estar incorporada en el expediente del proceso de compra, conforme a los principios de publicidad, probidad y responsabilidad establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
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15. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS |
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15.1. CRITERIO DE EVALUACIÓN - ECONÓMICO:
Para la evaluación de las propuestas, se considerará el total de la oferta económica de la adquisición que se desea contratar, de acuerdo a la propuesta del proveedor presentada en el Anexo Nº6. Para determinar el puntaje se utilizará la siguiente fórmula:
15.2. CRITERIO DE EVALUACIÓN - TÉCNICO:
a) PLAZO DE ENTREGA 35%:
El plazo de la entrega de los bienes deber ser considerado desde el momento en que es publicada la orden de compra en la plataforma de compras públicas hasta la puesta en bodegas de destino de la ciudad de Iquique. El oferente debe considerara logística y medios contratados para hacer efectivo el plazo de despacho dado que atrasos injustificados darán paso a sanciones relacionadas con esta condición.
Rango de plazo despacho en días hábiles puesto en Bodegas de Iquique Puntaje
1 a 2 días hábiles 100
3 a 5 días hábiles 80
6 a 10 días hábiles 40
Superior a 10 días hábiles Inadmisible
15.3. CRITERIO DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVO 5%:
El puntaje final de los criterios de evaluación – Administrativo se obtendrá con la siguiente fórmula:
a) REQUISITOS FORMALES:
Se evaluará la entrega de los documentos requeridos en el plazo establecido en las bases de la presente licitación y de acuerdo con los puntajes señalados en el siguiente cuadro:
DENOMINACIÓN CALIFICACIÓN PUNTAJE
Cumple Oferente cumple con todos los requisitos formales de la oferta 100
No Cumple Oferente no cumple con todos los requisitos formales de la oferta 0
Puntaje Máximo total 100
b) PROGRAMA DE INTEGRIDAD:
Quien oferte deberá informar si cuenta con programa de integridad implementado, de acuerdo con el detalle solicitado en el “Anexo N° 4: Programa de Integridad”.
El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno enviado a los trabajadores/as, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa o cualquier otro medio de respaldo que permita verificar que, además de que el proponente cuenta con un sistema o programa de integridad, éste es conocido por sus trabajadores/as. El puntaje será asignado de acuerdo con lo que se indica en la siguiente tabla:
DENOMINACIÓN CALIFICACIÓN PUNTAJE
Cumple Oferente cuenta con programa de integridad implementado y entrega respaldos de verificación. 100
No Cumple El Oferente no cuenta con programa de integridad implementado. 0
Puntaje Máximo total 100
Si quien oferta no adjunta en el sistema de www.mercadopublico.cl la información solicitada en el Anexo N'°4, se le asignará "0'’ (cero) puntos en este criterio.
15.4. RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En el caso de que, al finalizar el proceso de evaluación de las ofertas, dos o más proponentes obtengan el mismo puntaje máximo y se encuentren en igualdad de condiciones para ser adjudicados, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en el orden que se detalla a continuación:
1. Oferta Económica.
2. Plazo de Entrega.
3. Cumplimiento De Requisitos Formales.
Una vez que el Servicio de Salud Tarapacá, haya definido la adjudicación de las ofertas, procederá a notificar a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, del resultado de la licitación.
Al oferente que hubiere resultado adjudicado con la licitación, se les emitirá la respectiva Orden de Compra digital a través del portal www.mercadopublico.cl., quedando obligado el oferente a su aceptación, de acuerdo con lo expresado en la ley de compra 19.886.
El adjudicatario, queda obligado a dar estricto cumplimiento a las menciones contenidas en la Orden de Compra, su oferta técnica y económica y el Contrato de Adquisición de Canastas de alimentos no perecibles”
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16. DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN QUE ADJUDICA |
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La Comisión Evaluadora confeccionará el Informe de Evaluación, en el que se analizarán las ofertas presentadas y fundamentalmente se expondrán las razones administrativas, técnicas, legales y económicas que le permite efectuar una propuesta de adjudicación. El informe de evaluación será fundado en los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases, de la cual se obtendrá la calificación de la oferta más conveniente y deberá ser firmado por todos sus integrantes y entregado al director del Servicio de Salud Tarapacá como propuesta, quien autorizará dicha propuesta de adjudicación mediante Resolución.
El Servicio de Salud Tarapacá, adjudicará mediante Resolución aquella oferta, que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación de acuerdo con lo indicado en Informe de Evaluación. De igual manera el Servicio declarará inadmisible, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan lo exigido en las presentes Bases. El Informe de la Comisión Evaluadora debe dar cumplimiento y hacer referencia a cada una de las materias previstas en el artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas.
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17. DE LA ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN A LOS PROPONENTES |
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Una vez definida la adjudicación por parte del Servicio de Salud Tarapacá y emitido el acto administrativo correspondiente, se notificará el resultado del proceso a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su reglamento.
Al oferente adjudicado se les emitirá la correspondiente Orden de Compra digital a través del mismo portal, la cual será generada una vez suscrito el Contrato de Suministro de Bienes Muebles y/o Servicios y aprobado mediante resolución administrativa, en caso de que el monto a adjudicar sea superior a 1.000 UTM. El proveedor adjudicado estará obligado a aceptar dicha Orden de Compra dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde su emisión.
El adjudicatario deberá cumplir de manera estricta con todas las condiciones contenidas en su oferta técnica y económica, así como con lo estipulado en la Orden de Compra y el contrato suscrito, especialmente respecto de la calidad, oportunidad y plazos de entrega comprometidos. Todo incumplimiento podrá ser causal de sanciones conforme a lo establecido en las presentes bases y la normativa vigente.
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18. DE LA ADJUDICACIÓN, DE LA DECLARACIÓN DESIERTA O INADMISIBLE |
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La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aquellas que se ajusten plenamente a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas.
Se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien estas no fueran convenientes a los intereses del Servicio, de conformidad al artículo 62 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de Licitación y/o Especificaciones Técnicas, de conformidad al Artículo 59 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, como, asimismo, las ofertas riesgosas o temerarias de conformidad al artículo 61 del mismo reglamento y las ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionas entre sí de conformidad a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento.
En estos casos anteriormente mencionados, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta.
En el caso de que se presente un empate posterior a la suma ponderada de las evaluaciones, los criterios de Evaluación y subfactores de desempates serán los indicados en el punto “Resolución de Empates” de las Bases Administrativas.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
a) Resolución de Adjudicación: Se adjudicará a través de resolución del director de Servicio.
b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta.
c) Publicación en página web: Se publicará en página web, en la licitación pública correspondiente.
d) Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el cronograma www.mercadopublico.cl, el Servicio publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso.
La entidad licitante se reserva la facultad de poder variar la cantidad de bienes adjudicados, distintos al licitado (mayor o menor), previa aprobación del proveedor mediante consulta en el portal.
Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por el referente técnico a través de este mismo medio, dentro de los 2 días Hábiles siguientes.
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19. SOBRE READJUDICACIÓN |
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Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 inciso final del Reglamento de la ley 19.886, el Servicio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación primitiva.
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20. REVOCACIÓN |
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Los actos administrativos podrán ser revocados por la entidad licitante. Se podrá́ otorgar el estado de “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está́ publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, sin ser posible seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “inadmisible”, pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado en forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así́ lo autorice y se podrá́ realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el artículo 61 de la Ley N°19.886.
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21. REQUISITOS DE LA CONTRATACIÓN |
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Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá acompañar:
- Certificado de Habilidad en el Registro electrónico Oficial de Proveedores del Estado.
- Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Anexo Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886
- Anexo N° 5, Declaración Jurada Simple de no Encontrarse Inhabilitado para contratar con el Estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N°21.595).
La no entrega de la documentación señalada en lo numerales anteriores, facultará a este Servicio para dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al oferente que le seguía en puntaje, de conformidad a lo establecido en el artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras Públicas.
La compra de los bienes y sus componentes se materializará con la emisión de la Orden de Compra a través del Portal www.mercadopublico.cl , lo cual no considerará el pago de reajustes, pago de impuestos, pago de tasas, embalajes, pago de aranceles, pago de fletes ni intereses de ninguna especie por parte del Servicio de Salud Tarapacá. Todo pago por estos conceptos será de responsabilidad del adjudicatario.
Formarán parte integrante del Contrato los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica:
1. Las Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas.
2. Serie de preguntas y respuestas de Licitación Pública aprobada por resolución.
3. Modificaciones si las hubiere.
4. Oferta del Proponente.
5. Resolución de Adjudicación
6. Orden de Compra.
Toda documentación de carácter aclaratorio remitida por el referente técnico del Servicio de Salud a los oferentes durante el período de estudio de las propuestas formará parte integrante del proceso licitatorio y será considerada para todos los efectos contractuales.
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos que conforman el contrato, así como toda diferencia en la interpretación de su contenido, será resuelta, en primera instancia, por el referente técnico del Servicio de Salud de Tarapacá, privilegiando siempre una interpretación que permita la correcta y completa ejecución de los bienes contratados para satisfacer la necesidad pública que dio origen al procedimiento de adquisición. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán recurrir a las instancias legales que establece la normativa vigente para la resolución de controversias.
En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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22. DE LA EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA |
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La emisión inicial de la orden de compra se llevará a cabo de acuerdo con los requisitos establecidos por el Servicio de Salud Tarapacá, a través de una solicitud realizada por el Administrador del Contrato, esta será emitida una vez aprobada la resolución de adjudicación.
En caso de que la Orden de Compra no sea aceptada dentro de los 3 días hábiles posteriores a su emisión, el Servicio podrá solicitar su rechazo. Se entenderá que la Orden de Compra ha sido definitivamente rechazada 24 horas después de dicha solicitud.
22.1. CAUSALES ADMITIDAS PARA EL RECHAZO DE ÓRDENES DE COMPRA
El proveedor sólo podrá rechazar la orden de compra, en el plazo de un día hábil, contado desde el envío de ésta, precedente, cuando: Exista un error evidente en ésta, cuando el monto total neto de la orden de compra sea inferior o superior al monto adjudicado, o bien, en aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de entrega del servicio del Servicio de Salud Tarapacá, debidamente justificado. Para ello, deberá comunicar vía correo electrónico, en el mismo plazo indicado para la aceptación de la orden de compra, dicha circunstancia debidamente justificada al administrador del contrato por parte del organismo contratante.
En relación con lo anterior, en caso de notificar una situación de caso fortuito o fuerza mayor, el proveedor deberá explicitar en dicha comunicación el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando la documentación que lo acredite, en caso de que la hubiere, y entregando mayores detalles respecto de cómo éste afecta al cumplimiento de lo solicitado y a causa de lo cual debe rechazar la orden de compra. Corresponderá al Servicio de Salud Tarapacá representado por el administrador del contrato, calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el proveedor configurarían caso fortuito o fuerza mayor son atendibles. En caso de que no se configure una causal de caso fortuito o fuerza mayor, el Servicio de Salud Tarapacá representado por el administrador del contrato, podrá aplicar la multa asociada al acápite MULTAS.
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23. DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO |
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• Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
• El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la Dirección Chile Proveedores y a los órganos públicos mandantes, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.
• El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
• El proveedor deberá entregar oportunamente documentación que solicite la Dirección Chile Proveedores o el órgano público mandante.
• Suministrar los bienes licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación.
• Aceptar las órdenes de compra emitidas por el organismo comprador, durante el período de suministro, debido a sus requerimientos particulares de abastecimiento.
• Aceptar la orden de compra en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos.
• El proveedor adjudicado se compromete a entregar las canastas de alimentos no perecibles con productos de calidad, conforme a las especificaciones técnicas establecidas en las bases de licitación. Los productos alimenticios deberán tener una fecha de vencimiento mínima de 8 meses a partir de la fecha de entrega, garantizando la seguridad y calidad de los alimentos para los beneficiarios. El proveedor deberá reemplazar cualquier producto que presente alteraciones, daños, o que no cumpla con las especificaciones establecidas.
• El proveedor adjudicado deberá garantizar un embalaje adecuado de las canastas, utilizando cajas de cartón resistentes que aseguren la integridad de los productos durante el transporte y la entrega. El transporte y la entrega de las canastas serán de exclusiva responsabilidad del proveedor, quien deberá asegurar que las mismas sean entregadas en el lugar y plazo estipulados, sin daños ni alteraciones en los productos.
• Será de exclusiva responsabilidad del contratista resguardar los derechos fundamentales, la integridad física y psíquica y las condiciones de trabajo de sus trabajadores que participen en la ejecución del contrato, no cabiendo responsabilidad alguna para la Entidad Licitante por eventuales infracciones laborales en que incurra el contratista.
• Para estos efectos, el contratista deberá contar con protocolos internos de prevención y actuación frente a situaciones de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, debidamente implementados y difundidos entre su personal, conforme a la normativa vigente, así como con canales de denuncia confidenciales y procedimientos de investigación y sanción.
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24. FACTURACIÓN |
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El pago correspondiente se efectuará mediante transferencia electrónica a nombre del proveedor, dentro de un plazo de 30 días corridos tras la recepción de la factura del respectivo instrumento tributario de cobro, una vez recibidos los servicios. Esta disposición está en concordancia con lo estipulado en la Ley de Presupuesto del Sector Público Nº21.192/2019 y sus actualizaciones subsiguientes. Sin embargo, para proceder con los pagos mencionados, será necesario que la entidad respectiva certifique previamente la recepción de los bienes adquiridos.
En caso de que el proveedor requiera la cesión de la factura, esta deberá estar en estado "aceptada" por el Servicio de Salud Tarapacá, según lo establecido en el Artículo N°3 de la Ley N°19.983. Dicha ley específica que la factura se considerará irrevocablemente aceptada si no se presentan reclamaciones contra su contenido o la entrega total o parcial de los servicios, o si el deudor declara expresamente su aceptación dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente.
Si la factura contiene errores en el precio o falta total o parcial de los bienes, se procederá a reclamar o rechazar la factura dentro de los ocho días corridos siguientes a su emisión, según lo dispuesto en la ley N°19.983, artículo N°3. Igualmente, será reclamada automáticamente en los siguientes casos:
a) La factura no se ingresa al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) según la misma ley.
b) El proveedor deberá emitir el documento tributario correspondiente una vez obtenido la aprobación del Administrador de Contrato
El administrador del contrato deberá notificar por correo electrónico la emisión de la factura correspondiente, una vez que haya sido recepcionada según lo establecido en estas bases.
La factura deberá ser emitida a nombre del SERVICIO DE SALUD DE TARAPACÁ y enviada a los correos electrónicos contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl, abastecimiento.ssi@redsalud.gob.cl y dipresrecepcion@custodium.com.
El Servicio asumirá la responsabilidad de todas las facturas que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Orden de compra generada por el Mercado Público antes de la facturación.
b) La factura debe incluir el número de orden de compra del portal y el número de identificación (ID) de la licitación (si aplica), en el campo 801.
Los datos necesarios para la emisión de la factura son los siguientes:
Razón Social: Servicio de Salud Tarapacá
RUT: 61.606.100-3
Domicilio: Aníbal Pinto Nº 815
Giro: Salud.
Correo: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl
En el caso de que el proveedor haya sido multado conforme a estas bases, se aplicará un descuento al monto total correspondiente al momento de efectuar el pago, de acuerdo con las regulaciones y políticas establecidas por la autoridad competente, y previa regularización mediante un acto administrativo que lo apruebe. Es importante tener en cuenta que el descuento estará sujeto a condiciones específicas, las cuales serán debidamente comunicadas al infractor al notificar la multa.
Para cumplir con los plazos establecidos por ley, se solicita al proveedor enviar al administrador del contrato los antecedentes de las cuentas bancarias para el pago correspondiente.
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25. FORMA DE PAGO |
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El pago se llevará a cabo una vez que se haya formalizado completamente la entrega del servicio en el periodo que corresponda por parte del suministro, la cual debe estar respaldada por uno o varias actas de recepción conforme del servicio prestado.
Para proceder al pago, es necesario que se presenten los siguientes documentos:
- Factura electrónica emitida al Servicio de Salud de Tarapacá correspondiente al valor del bien, la cual deberá ser enviada a los correos electrónicos los cuales se indicarán una vez se encuentre adjudicada la licitación y notificada al proveedor.
- Resolución que aprueba las Bases Administrativas y Técnicas.
- Resolución de Adjudicación.
- Orden de Compra en estado recepción conforme.
- Acta Recepción Conforme de los servicios, o documento equivalente que acredite la recepción conforme de los bienes.
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26. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO |
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La administración del Contrato, estará a cargo de Referente técnico programa TBC del Servicio de Salud Tarapacá, quién actuará en representación de su director y tendrá a su cargo la función de supervisar, fiscalizar y exigir al oferente adjudicado la correcta aplicación de las Bases Administrativas, Bases Técnicas y cumplimiento de la oferta. En ejercicio de sus funciones, el Administrador del Convenio, tendrá las más amplias facultades para participar en la supervisión de la recepción de los bienes, materia de las presentes Bases.
El proveedor adjudicado no podrá entrabar, impedir, perturbar o dificultar en manera alguna las funciones del Administrador del Contrato y deberá exhibirle toda la documentación relacionada que éste le exija. La infracción de este punto de las bases constituirá una infracción grave del contrato y será sancionado de conformidad a lo indicado en las presentes Bases, sin perjuicio de las acciones civiles que competan al Servicio.
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27. MULTAS |
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27.1. GENERALIDADES
El adjudicatario deberá dar cumplimiento íntegro y oportuno a todas las obligaciones derivadas de las presentes bases, especificaciones técnicas, oferta adjudicada, Orden de Compra y demás antecedentes que regulen la contratación.
El incumplimiento de dichas obligaciones facultará al Servicio de Salud Tarapacá para aplicar multas administrativas, sin perjuicio de ejercer las demás acciones legales, contractuales o administrativas que correspondan.
27.2. TIPOS DE MULTAS
a) Atraso en la entrega de las canastas: Se aplicará una multa de 0,5 UTM por cada día hábil de atraso, contado desde el vencimiento del plazo ofertado y aceptado por el Servicio hasta la recepción conforme de los bienes.
b) Entrega incompleta: En caso de entrega parcial o incompleta de las canastas o de los productos que las componen, se aplicará una multa equivalente al 0,2% del valor neto de los bienes no entregados oportunamente.
c) Productos en mal estado, adulterados o vencidos: Se aplicará una multa equivalente al 0,4% del valor neto de los productos rechazados cuando se detecten productos en mal estado, con alteraciones en su envase, vencidos o con fecha de caducidad inferior a la exigida en las presentes bases técnicas.
Lo anterior será sin perjuicio de la obligación del proveedor de efectuar la reposición inmediata de los productos observados, sin costo adicional para el Servicio.
d) Incumplimiento de condiciones de embalaje o transporte: Se aplicará una multa equivalente a 0,2 UTM por evento cuando las canastas sean entregadas en condiciones deficientes de embalaje, transporte o conservación que puedan afectar la integridad de los productos.
27.3. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
Detectado un eventual incumplimiento contractual, el Servicio de Salud Tarapacá notificará formalmente al proveedor mediante correo electrónico y/o a través del portal www.mercadopublico.cl, indicando los hechos que se imputan, la multa propuesta y los antecedentes que la fundamentan.
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, contado desde la notificación, para presentar sus descargos y acompañar los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido dicho plazo, y analizados los antecedentes, el Servicio resolverá mediante resolución fundada, acogiendo o rechazando total o parcialmente los descargos presentados y aplicando, si correspondiere, la multa respectiva.
La resolución que aplique multas será notificada al proveedor mediante su publicación en el portal www.mercadopublico.cl y/o mediante correo electrónico informado en la oferta.
En contra de la resolución que aplique multas procederán los recursos administrativos contemplados en la Ley N° 19.880, en los plazos y condiciones establecidos en dicho cuerpo legal.
La interposición de recursos no suspenderá la ejecución de la multa, salvo resolución fundada en contrario del Servicio de Salud Tarapacá.
27.4. COBRO DE MULTAS
Las multas podrán descontarse administrativamente de los estados de pago pendientes, facturas, garantías o cualquier suma que el Servicio adeude al proveedor.
27.5. LÍMITE MÁXIMO DE MULTAS
El monto total acumulado de las multas aplicadas durante la ejecución contractual no podrá superar el 30% del valor total del contrato adjudicado, impuestos incluidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886 y el artículo 136 del Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
En caso de alcanzarse dicho límite, el Servicio de Salud Tarapacá podrá poner término anticipado al contrato mediante resolución fundada, si estimare que el incumplimiento del proveedor afecta la correcta ejecución de las obligaciones contractuales.
27.6. DESCARGOS DEL PROVEEDOR
El proveedor podrá presentar sus descargos, de manera fundamentada y por escrito, en un plazo de 5 (cinco) días hábiles administrativos (se descuentan sábados, domingos y festivos), contados desde la notificación de la multa por correo electrónico. Dichos descargos deberán enviarse al director del Servicio Salud Tarapacá, con copia al Administrador del Contrato mediante correo electrónico o entregarse físicamente en la Oficina de Partes, ubicada en Calle Aníbal Pinto 815, ciudad de Iquique.
La multa se aplicará únicamente tras una resolución administrativa debidamente fundada, la cual deberá analizar los descargos presentados, si los hubiera, y publicarse oportunamente en el sistema de compras públicas. Contra dicha resolución podrán interponerse los recursos establecidos en la Ley N°19.880.
27.7. CAUSALES DE EXCEPCIÓN
No procederá el cobro de las multas en caso de que el incumplimiento sea consecuencia de un caso fortuito o fuerza mayor, conforme a los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o de una causa totalmente ajena a la voluntad de las partes. La justificación de dicha causal deberá ser evaluada por el organismo comprador, previa presentación de los antecedentes correspondientes por parte del proveedor adjudicado.
27.8. PAGO DE MULTAS
La multa deberá ser pagada por el proveedor adjudicado dentro del plazo 5 días hábiles, contados de la notificación de la resolución afinada que aprueba la multa. En caso de que no pague dentro de dicho plazo, el monto de la multa se descontará de los estados de pago hasta cubrir su monto.
Respecto de las multas se aplicará el párrafo 7 del capítulo IX contrato de suministro y servicios del Reglamento de Compras Públicas.
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28. VIGENCIA DEL CONVENIO DE SUMINISTRO |
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El plazo de vigencia de el o los suministro contratados, suscritos entre el Servicio de Salud Tarapacá y la empresa adjudicataria, tendrá un plazo de vigencia a contar de la fecha de la resolución de adjudicación y hasta el 31 diciembre de 2026 o bien hasta que se agote el monto máximo de contratación de los productos contratados, correspondiente al valor resultante de la multiplicación del precio unitario bruto adjudicado por la cantidad de unidades estimadas a requerir, según las líneas de productos adjudicadas por el proveedor en cuestión, lo que ocurra primero.
28.1. DE LAS CANTIDADES DE PRODUCTO A ADQUIRIR
Durante todo el período de suministro, el proveedor adjudicado se compromete a entregar al Servicio de Salud Tarapacá, que a su vez se compromete a recibir, las cantidades de productos requeridas para cada línea de productos adjudicada, hasta alcanzar el límite máximo de contratación establecido para los productos adjudicados, o hasta que concluya el período de vigencia del suministro.
Sin perjuicio de lo anterior, y manteniéndose las condiciones establecidas, el organismo contratante podrá modificar el monto de contratación con el objeto de cumplir con sus necesidades de abastecimiento. Dicho aumento podrá realizarse con un tope máximo del 30% del valor total del contrato, lo que quedará consignado a través de una modificación de contrato según lo dispuesto en las bases administrativas.
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30. MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES DE PLAZO |
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30.1. POR REQUERIMIENTO DEL SERVICIO
En caso de ser necesario, el Servicio de Salud Tarapacá, por razones fundadas y debidamente justificadas, podrá solicitar al proveedor, mediante comunicación formal enviada por correo electrónico, la modificación del plazo de recepción de los bienes, fijando una nueva fecha posterior a la establecida en el contrato y/o en la oferta adjudicada.
Dicha solicitud deberá efectuarse con una anticipación mínima de 5 (cinco) días hábiles respecto del plazo originalmente convenido para la recepción de los bienes. La prórroga que se otorgue no podrá exceder de 6 (seis) meses contados desde la fecha originalmente pactada para la recepción de los bienes.
Se deja constancia que esta modificación del plazo de recepción no generará costos adicionales para el Servicio de Salud Tarapacá, ni dará lugar a la aplicación de multas o sanciones al proveedor, en la medida que dicha prórroga haya sido requerida formalmente por la entidad contratante.
30.2. POR FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
En caso de producirse una situación de fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor adjudicado deberá comunicar formalmente dicha circunstancia al director del Servicio, con copia al jefe del Unidad de Servicios Generales. Esta notificación podrá efectuarse presencialmente a través de la Oficina de Partes o bien por vía electrónica, mediante el correo sda.ssi@redsalud.gob.cl, o aquel que señale el Administrador del Contrato. La comunicación deberá enviarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del evento, detallando los hechos y adjuntando los antecedentes que respalden su solicitud.
El director del Servicio, o quien éste designe, evaluará los antecedentes mediante resolución fundada, y resolverá su aceptación o rechazo considerando la naturaleza del evento y las circunstancias que rodean el caso fortuito o la fuerza mayor invocados. Durante el período en que subsista la situación, se suspenderá el pago de cualquier obligación al proveedor adjudicado.
Si se concede una prórroga, las multas estipuladas en el contrato solo serán exigibles a contar del día hábil siguiente al vencimiento del nuevo plazo otorgado.
Toda solicitud de prórroga deberá presentarse con, al menos, dos (2) días hábiles de antelación a la fecha de entrega originalmente comprometida por el proveedor. De no cumplirse este requisito, se procederá a la aplicación de las multas correspondientes, conforme a lo establecido en las presentes bases.
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31. SUBCONTRATOS |
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El proveedor podrá subcontratar parcialmente la ejecución del contrato con terceros, previa autorización del Administrador del Contrato. No obstante, conservará la plena responsabilidad frente al Servicio de Salud de Tarapacá por el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones contractuales, debiendo asegurar la calidad, oportunidad y contenido de los trabajos ejecutados por los subcontratistas. Asimismo, responderá por cualquier daño directo o indirecto, previsto o imprevisto, que se derive de su actuación o la de sus dependientes o subcontratistas, conforme a la normativa vigente.
En cumplimiento del artículo 183-C del Código del Trabajo, el proveedor deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales mediante la presentación de un certificado vigente emitido por la Inspección del Trabajo u otro documento equivalente. De igual modo, deberá presentar los antecedentes que respalden el cumplimiento de estas obligaciones por parte de los subcontratistas, lo que permitirá al Servicio ejercer sus derechos conforme a los mecanismos de información y retención establecidos en los incisos 22 y 32 del citado artículo, y conforme a la responsabilidad subsidiaria regulada en el artículo 183-D del mismo cuerpo legal.
Además, de acuerdo con el artículo 128 del Decreto Supremo N° 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, no será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a. Cuando supere el 30% del monto total del contrato.
b. Cuando el subcontratista se encuentre afecto a una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores del Estado.
c. Cuando el subcontratista incurra en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 sobre Contratación Pública.
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32. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE CONTRATO |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que el contrato termine naturalmente por su completa y correcta ejecución, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato o efectuar modificaciones, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el/la proveedor adjudicatario/a, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley de Compras y/o incumplimientos atribuibles al/a la proveedor/a y especialmente por alguna de las siguientes causales:
A. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
B. Si se comprobase distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del proveedor.
C. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
D. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tales las que se detallan a continuación:
- Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del proveedor.
- Atraso superior a diez (10) días hábiles en la entrega de las canastas, contado desde el plazo ofertado y aceptado por el Servicio.
- Aplicación de multas acumuladas que alcancen el 20% del valor total del contrato adjudicado, impuestos incluidos.
- Entrega reiterada de productos en mal estado, adulterados, vencidos o que no cumplan las especificaciones técnicas exigidas en las presentes bases.
- Cesión o transferencia del contrato sin autorización previa del Servicio.
- Estado de notoria insolvencia del proveedor o cualquier circunstancia que haga presumir fundadamente la imposibilidad de cumplir oportunamente las obligaciones contractuales.
- Las demás causales establecidas en la Ley N° 19.886, su reglamento y demás normativa aplicable.
E. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
F. En caso de eliminación o suspensión del Registro de Proveedores La muerte del proveedor en caso de ser persona natural, o de uno de sus socios en caso de ser persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad.
G. Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva.
H. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o en el contrato.
Para efectos de aplicar la terminación anticipada del contrato por incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, el Servicio deberá comunicar a la empresa, mediante oficio, su intención de poner término al contrato, indicando los antecedentes que fundamentan dicha decisión. Esta comunicación será notificada al correo electrónico único que fije el proveedor conforme al artículo 140 del reglamento de compras.
La empresa dispone de un plazo de cinco días hábiles a contar de la notificación del ordinario que informa sobre el término anticipado de contrato, para formular sus descargos en relación con el eventual incumplimiento.
La medida definitiva, deberá formalizarse a través de resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, en el sistema de Información Pública de conformidad a lo dispuesto artículo 132 del Reglamento de Compras Publicas
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario/a, debiendo este concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores.
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33. PROHIBICION DE CESIÓN |
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El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del presente contrato, y en especial los que se establezcan en los términos de referencia contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que emanen de los términos de referencia serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
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34. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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35. CONFIDENCIALIDAD |
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El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa (aplica el dictamen N° 19.735, de 2011).
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36. CONSTANCIA |
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Se deja constancia, que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y documentos anexos, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa, en los correspondientes Contratos de Suministro de Bienes Muebles y Órdenes de Compra que se suscriban o se giren al adjudicatario, y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
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37. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN |
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Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
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