Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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Servicio de Salud Iquique
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Fecha de vencimiento:
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06-12-2021
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Monto:
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200000
Peso Chileno
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Descripción:
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La Garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido
de las ofertas de los procesos de compras que superen las 2.000 Unidades Tributarias
Mensuales, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente
su condición de tal. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de
irrevocable.
El oferente que presente más de una oferta podrá presentar sólo una única Caución o Garantía
que garantizará la seriedad de todas sus ofertas.
La garantía o caución deberán presentarse en soporte físico o electrónicamente
ajustándose a la Ley Nº19.799 “Sobre Documentos Electrónicos, Firma electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma”.
Cada proponente deberá presentar una Caución a modo de; Boleta de Garantía, Póliza, Vale
Vista o cualquier instrumento financiero que cumpla las condiciones indicadas en el artículo
31 del Decreto Nº250, de 2004 del Ministerio de Hacienda, los que deberán ser tomados en
las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca
(IGR), pagadera a la vista con carácter irrevocable a la orden del Servicio Salud Iquique,
Rol Único Tributario 61.606.100-3, por la suma de $ 200.000.- (Doscientos mil
pesos) tomada en pesos chilenos, de liquidez rápida y efectiva, con una vigencia mínima
de 60 días corridos a partir de la fecha del Acto de Apertura de las propuestas.
Este documento deberá expresarse claramente que garantiza la Seriedad de la Oferta,
debiendo consignar la siguiente glosa: “Garantía de Seriedad de la Oferta para la
Adquisición de instrumental quirúrgico para Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames,
I.D___”.
Todo error u omisión que se estime “relevante” contenida en la presentación de este
documento, faculta al Servicio de Salud Iquique para eliminar la respectiva propuesta y dejar
fuera de bases al oferente.
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BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS GENERALES, ANEXOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
“ADQUISICION DE INSTRUMENTAL QUIRÚRGICO PARA HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”
Se estimará “relevante” aquellos errores que no permitan cumplir el objetivo o finalidad de la
caución, cual es, asegurar la oferta del proveedor hasta la adjudicación, firma del contrato y
reemplazo por la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
El Servicio aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presenten bases y lo dispuesto en
el artículo 31 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley
Nº 19.886.
El Servicio deberá hacer efectiva la garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el proponente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el
período de vigencia de la misma, en caso que rechace la orden de compra.
b) Si se comprobare falsedad en los antecedentes de la oferta del proponente.
c) Si el proponente no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no entrega en
dicho acto la Caución o Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
d) Si el proponente no proporciona los antecedentes necesarios para celebrar el contrato
dentro del plazo establecido en las presentes bases respectivo o no se inscribe en el
Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de proveedores de Chile
Compra).
La no presentación de garantía o caución en los términos señalados ya sea en forma
física o electrónica, faculta para dejar al oferente fuera de bases.
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Glosa:
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"Garantía de Seriedad de la Oferta para la
Adquisición de instrumental quirúrgico para Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, N° I.D 1057448-71-LQ21"
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Forma y oportunidad de restitución:
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El Servicio procederá, a devolver la garantía de seriedad de la oferta a los oferentes que no
resultasen adjudicados con la propuesta, a partir de los 10 días posteriores una vez notificada
la resolución de adjudicación vía portal www.mercadopublico.cl.
Al(os) oferente(s) adjudicado(s) con la propuesta, se le devolverá esta Caución o Garantía
una vez que haga entrega de la Caución o Garantía por el Fiel Cumplimiento del Contrato,
acto que debe concretarse al momento de suscribirse el contrato de compraventa entre las
partes.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
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Fecha de vencimiento:
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13-07-2024
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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l adjudicatario deberá a la fecha de suscripción del contrato, rendir esta caución que tiene por
objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones
laborales.
Esta garantía podrá ser Boleta de Garantía, Vale vista, Póliza o cualquier instrumento financiero
que cumpla los requisitos del artículo 68 del Decreto Nº250, de 2004 del Ministerio de Hacienda.
Esta garantía deberá ser tomada en las Instituciones respectivas, sean estos bancos
comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, pagadera a la vista con carácter
irrevocable, de liquidez y efectividad inmediata y a la orden del Servicio de Salud Iquique,
Rut. 61.606.100-3, señalando la siguiente Glosa: “Garantía de Fiel y oportuno
Cumplimiento del Contrato de Obligaciones Laborales para la Adquisición de
instrumental quirúrgico para Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, I.D____”, en
moneda nacional, cuyo monto corresponderá al 5% del valor adjudicado y con una
vigencia que comienza con la fecha de adjudicación, contemplando el periodo de plazo de
entrega ofertado y culmina con la fecha de expiración de la garantía de las especies más 90
días corridos posteriores a esa fecha. Sin perjuicio que atendiendo al principio de razonabilidad
y proporcionalidad se toleren diferencias de hasta cinco días corridos. Este documento debe
ser emitido por la entidad emisora respectiva.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma
naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomada por el
oferente o un tercero, podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en
que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre Documento
Electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
En caso que el plazo de entrega de los bienes supere a los plazos ofertados, el oferente deberá
aumentar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato por el periodo desfasado
más 60 días corridos adicionales.
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“ADQUISICION DE INSTRUMENTAL QUIRÚRGICO PARA HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”
En caso que se dé la situación planteada anteriormente, la empresa tiene la responsabilidad
de renovar o bien actualizar el plazo de vigencia a lo menos 30 días antes de su caducidad.
El contratista deberá mantener vigente esta garantía durante el periodo que corresponda.
Además, deberá presentar en conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la
entidad financiera respectiva.
Asimismo, cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del
precio presentado por el oferente que le sigue en evaluación, y se verifique por el Servicio de
Salud Iquique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá a
través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la
garantía de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
A través de resolución fundada, el Servicio podrá solicitar garantías de monto superior al 30%
del valor adjudicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Decreto 250/2004,
del Ministerio de Hacienda, y en tal caso deberá justificar su correspondencia con el valor de
los bienes o servicios contratados y con el riesgo de caso de un eventual incumplimiento por
parte del adjudicatario, velando por no desincentivar la participación de los oferentes.
Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas
anticipadamente.
Será responsabilidad de la Unidad Administrativa, esto es, del Departamento de
Abastecimiento y Logística, requerir oportunamente la respectiva Garantía, verificando su
monto y vigencia según las bases, para luego enviarla a custodia al Departamento de Gestión
Financiera.
Dicha Garantía deberá ser entregada por el oferente al momento de la firma y entrega del
contrato al Servicio de Salud Iquique.
El Servicio aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presenten bases y lo dispuesto en
el artículo 68 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley
Nº 19.886.
El envío del contrato de compraventa sin el respaldo de la Garantía, facultará al Servicio de
Salud Iquique para sancionar al oferente adjudicado, indicado en punto Nº 24 “Multas”, sin
perjuicio de lo indicado en el punto Nº18 “De la adjudicación, de la declaración desierta
o inadmisible” de las bases.
Si por algún motivo justificado, el Servicio otorgara un aumento del plazo de entrega de la o
las especies a la empresa adjudicataria, esta deberá actualizar o ampliar la Caución o Garantía
por Fiel Cumplimiento de Contrato, por el nuevo plazo acordado, más sesenta días adicionales.
El Servicio de Salud podrá hacer efectiva la Caución o Garantía de Fiel Cumplimiento, en
cualquier momento, una vez producida alguna de las siguientes circunstancias:
a. Cuando por causa imputable al proveedor se ponga término anticipado al contrato;
b. En caso que el proveedor presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los dos últimos años,
conforme a los términos previstos en el Artículo 4°, inciso 2° de la Ley 19.886;
c. En caso de que no existan facturas pendientes de cobro sobre las cuales hacer efectivas
las sanciones contempladas en el punto N° 24 “Multas” de las presentes Bases.
d. En caso de que se generen incumplimientos graves respecto de las obligaciones del
proveedor. El incumplimiento grave será calificado por la Unidad Técnica mediante
informe.
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Glosa:
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“Garantía de Fiel y oportuno
Cumplimiento del Contrato de Obligaciones Laborales para la Adquisición de
instrumental quirúrgico para Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, I.D 1057448-71-LQ21
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales se devolverá al
proveedor dentro del plazo de 10 días hábiles una vez suscrita el “Acta de Recepción Física
Conforme” sin observaciones de ninguna especie.
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