Licitación ID: 1057448-92-LE21
ADQUISICION INSUMOS SAMU TARAPACA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Inmovilizadores de torso de servicios médicos de urgencia 6 Unidad
Cod: 42171610
SET DE INMOVILIZADORES LATERALES FERNO 445 UNIVERSAL.  

2
Sets de férulas de tracción 6 Unidad
Cod: 42241511
SET DE FERULAS DE INMOVILIZACION PEDIATRICA. CARACTERISTICAS SEMI RIGIDAS PEDIATRICAS.  

3
Sets de férulas de tracción 6 Unidad
Cod: 42241511
SET DE FERULAS DE INMOVILIZACION ADULTO, SEMI RIGIDAS CON VELCRO DE FIJACIÓN TALLA ADULTA  

4
Unidades de presión sanguínea aneroide 6 Unidad
Cod: 42181601
ESFIGMOMANOMETRO ANEROIDE PORTATIL CON FONENDO INCLUIDO  

5
Válvulas, adaptadores o conectores de circuito 8 Unidad
Cod: 42272214
CABLE INTERFACE DE CONECTOR SATURADOR DE O2 MONITOR ZOLL SERIE X. SpO2 RED mnc REUSABLE PATIENT CABLE FOR ZOLL X SERIES MONITOR/DESFIBRILATOR.  

6
Cables de oximetros de pulso 8 Unidad
Cod: 42181802
CABLE SATURADOR o2 MONITOR ZOLL SERIE X. CABLE CONEXION DE MEDICION SATURACION DE ADULTO  

7
Cables de oximetros de pulso 8 Unidad
Cod: 42181802
CABLE SATURADOR o2 MONITOR ZOLL SERIE X. CABLE CONEXION DE MEDICION SATURACION PEDIATRICA  

8
Accesorios de monitores o medidores 30 Unidad
Cod: 41116203
SONDAS DE MEDICION DE CAPNOGRAFO. SONDAS DE CONEXION DE MEDICION DE CAPNOGRAFO PARA MONITOR DESFRIBRILADOR ZOLL SERIE X  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION INSUMOS SAMU TARAPACA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente contratación tiene por objeto adquirir los insumos para fortalecer al equipo SAMU, con elementos esenciales para la atención directa de pacientes prehospitalarios de la región de Tarapacá.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.606.100-3
Dirección:
OBISPO LABBE 962, IQUIQUE.
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-11-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-11-2021 17:02:08
Fecha inicio de preguntas: 17-11-2021 19:25:00
Fecha final de preguntas: 22-11-2021 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-11-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-11-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-11-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-12-2021 13:01:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- De acuerdo a lo indicado en las Bases Administrativas generales y Bases Técnicas Generales.
2.- De acuerdo al punto N° 15.1 de las bases administrativas Generales.
Documentos Técnicos
1.- De acuerdo a lo indicado en las Bases Administrativas generales y Bases Técnicas Generales.
 
2.- De acuerdo al punto N° 15.2 de las bases administrativas Generales.
 
Documentos Económicos
1.- De acuerdo a lo indicado en las Bases Administrativas generales y Bases Técnicas Generales.
2.- De acuerdo al punto N° 15.3 de las bases administrativas Generales.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
En relación a la Inscripción en ChileProveedores Ver numeral 17º de las BAG.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará la entrega de los documentos requeridos en el plazo establecido en las bases de la presente licitación y de acuerdo a los puntajes señalados en el siguiente cuadro: DENOMINACIÓN CALIFICACIÓN PUNTAJE Cumple Oferente cumple con todos los requisitos formales de la oferta 100 No Cumple Oferente no cumple con todos los requisitos formales de la oferta 0 Puntaje Máximo total 100 Obs: La comisión valuadora se reserva la acción de solicitar documentación faltante o aclaración de ofertas solo por medio de la plataforma del portal. Se exceptúan los documentos que sean requeridos en carácter de esenciales para la oferta debido a que la falta de estos, dejará a la empresa fuera de participación de la licitación en curso. 5%
2 Plazo de Entrega Se evaluará con el mayor puntaje el menor plazo efectivo de entrega (días corridos) del o los equipo (s) y/o equipamiento (s), conforme a lo estipulado, por parte del Proponente, en antecedente presentado de acuerdo a lo solicitado su oferta. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje plazo de entrega= (Plazo entrega mas conveniente (menor plazo))/(Plazo entrega ofertado)*100*0.35 Nota: Cabe señalar que, el plazo efectivo de entrega a consignar, por parte del Proponente, en el Formulario Oferta Técnica deberá ser expresado en días corridos. No se aceptarán plazos que digan “entrega inmediata” ni “2 a 7 días”. En el caso que el Oferente no exprese el plazo debidamente de acuerdo a lo indicado, obtendrá puntaje 1 en este criterio de evaluación de no ser aclarado en el tiempo permitido. 35%
3 Precio La oferta económica, según marco presupuestario. Se calculará inversamente proporcional, utilizando la siguiente fórmula: Puntaje Of.Económica=(Precio menor ofertado)/(Precio ofertado)*100*0.60 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PROGRAMA SAMU TARAPACA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días LEY SECTOR SALUD N. 21.131
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CRISTIAN GONZALEZ VERA
e-mail de responsable de pago: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: SERGIO BENAVIDES GONZALEZ
e-mail de responsable de contrato: medico.regulador@samutarapaca.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2407070-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la respectiva propuesta pública las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo y demás normas legales y, cumplan con los requisitos exigidos, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente. Las personas jurídicas deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. A la fecha de suscripción del contrato, el contratista adjudicado debe también que estar inscrito en el portal www.chileproveedores.cl. No podrán participar en este proceso licitatorio aquellos oferentes afectados por alguna de las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el artículo 4º de la citada Ley Nº19.886. Para efectos del contrato que se suscriba y tratándose de personas jurídicas, estas no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y Delitos de cohecho que indica. 2.1. PERSONA NATURAL Encontrarse hábil en registro de proveedores de Chile Compra, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: 1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. 2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. 3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. 4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. 5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. 6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. 7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 2.1.1 DOCUMENTOS PERSONA NATURAL 1. Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad 2. Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso primero y sexto de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco." 2.2. PERSONA JURÍDICA Encontrarse hábil en registro de proveedores de Chile Compra, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: 1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. 2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. 3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. 4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. 5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. 6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. 7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 2.2.1. DOCUMENTOS PERSONA JURÍDICA 1. Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa 2. Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso primero y sexto de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
El oferente que se presente como Unión Temporal de Proveedores deberá indicar al momento de presentar su oferta la forma en que se constituirá legalmente, ya sea como sociedad o si se acogerá a lo dispuesto en el art. 67 bis del D.S Nº250/ 2004 del Ministerio de Hacienda, indicando para tal efecto el representante o apoderado común y el documento que dé cuenta del acuerdo de participación, objeto social, domicilio y capital por enterar. Se exigirá además que, dentro del objeto del acto constitutivo del mismo acuerdo de participación se encuentre contemplada la materia licitada, entendiendo por ello la totalidad de lo exigido en las presentes Bases. Además, se exigirá a cada integrante de la Unión, la declaración de no estar afecto a las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el art. 4 de la Ley Nº19.886, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el reglamento de la citada ley. Aquella oferta presentada por una Unión Temporal de proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente punto, será declarada inadmisible. En caso de ser adjudicados una Unión Temporal de proveedores se exigirá, a cada uno de los integrantes, acreditar que no han sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del estado, de conformidad con la ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Tratándose de Unión Temporal de proveedores la documentación pertinente que dé cuenta del acuerdo suscrito entre sus integrantes y su forma de materialización posterior deberá acompañarse dentro de los antecedentes administrativos de su oferta, según lo prescrito en el art. 67 bis del D.S. Nº250 del Ministerio de Hacienda.
DEL PROYECTO A LICITAR
Nombre Licitación : “ADQUISICION INSUMOS SAMU TARAPACA” Unidad Beneficiaria : Unidad SAMU Tarapacá Financiamiento : $8.000.000 (Ocho millones de pesos) Unidad Técnica : Servicio Salud de Iquique Rut: : 61.606.100-3. Dirección: : Aníbal Pinto N° 815, Iquique, Región de Tarapacá.
FINANCIAMIENTO
Para la adquisición de los insumos en las condiciones establecidas para las presentes bases de licitación se cuenta con un presupuesto estimado por un monto que asciende a $8.000.000 (Ocho millones de pesos)., I.V.A. incluido, del Programa SAMU TARAPACA, del Servicio Salud de Iquique.
BASES Y DOCUMENTOS QUE RIGEN LA PROPUESTA
Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre el Servicio de Salud Iquique, en adelante “El Servicio” y él proveedor de los bienes y/o servicios a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación. Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, en lo sucesivo "Bases". La presentación de una propuesta, implica para la persona natural o jurídica que haga una oferta, la aceptación de las presentes Bases, a las cuales se somete desde ya. Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos: a) Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento. b) Las Bases Administrativas y Técnicas, Especificaciones Técnicas, Anexos. c) Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas y Técnicas, lo cual se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. d) Las modificaciones de las Bases, si las hubiere. e) Oferta Técnica, económica, catálogos, manuales, etc., de los productos ofertados. f) Resolución de Adjudicación. g) Orden de Compra. h) Toda documentación aclaratoria enviada por la Unidad Técnica, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas. i) Contrato de Compraventa y su respectiva aprobación formal por parte de la autoridad competente, mediante la dictación del acto administrativo respectivo totalmente tramitado. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: • La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. • DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. • DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. • DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud. • D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
MODIFICACIÓN A ESTAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos por cualquier causa, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, y hasta 3 días corridos antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl, y antes de 03 días corridos de la apertura de la licitación. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, siendo su aplicación obligatoria para todos los participantes. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, el Servicio deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, el que no podrá ser inferior a 3 días hábiles, pudiendo ser mayor dependiendo de la complejidad de éstas. La modificación a las bases deberá ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. Es exclusiva responsabilidad del proponente la revisión del portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en el punto precedente.
BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, en pesos, por ítem, sin reajuste de precios, valores unitarios netos (sin IVA) incluyendo todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, costos, capacitación, obras de instalación (si procede), y fletes incluidos, en conjunto con todos los antecedentes, formularios y Anexos que se exigen en las presentes Bases Administrativas Generales. Los formatos de los Formularios y Anexos proporcionados no podrán ser modificados ni alterados en forma alguna. Las notas, observaciones u ofertas extras que puedan formularse, deberán incluirse en hoja anexa.
DE LA ETAPA DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
10.1.- Comunicaciones Toda comunicación entre los oferentes (o interesados) y el Servicio para efectos de la presente licitación, deberá ser hecha a través del Portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), en adelante el Portal, por lo que está prohibido tanto a los que hayan obtenido estas bases como a los proponentes, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios del Servicio para fines relacionados con esta licitación, salvo aquellos contemplados expresamente en el artículo 39 del Reglamento. De presentarse este tipo de situaciones, el involucrado quedará excluido del presente proceso licitatorio cualquiera sea la fase en que éste se encuentre. 10.2.- Etapas de Consultas Las dudas a que dieren lugar estas Bases Administrati¬vas Generales, las Especificaciones Técnicas, los formularios Anexos, deberán ser consul¬tadas a través del Portal (www.mercadopublico.cl), a la ID correspondiente de la Licitación, dentro del período que se establecerá para tal efecto en el cronograma de licitación del mismo sitio Web o en las presentes bases (etapa de consultas). 10.3.- Etapa de Respuestas El Servicio responderá estas consultas a todos los participantes vía Portal (www.mercadopublico.cl), en el período establecido para tal efecto en el cronograma de licitación del mismo sitio Web. Las respuestas formarán parte integrante de las bases de licitación y serán obligatorias para todos los oferentes. Terminado este periodo de Consultas, el Servicio no recibirá ni aceptará ninguna consulta u observación al proceso, y se entenderán por aceptadas todas las condiciones y exigencias formuladas en las presentes Bases y demás documentos anexos.
DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Se adjuntan las “Especificaciones Técnicas”, precisas de los insumos que se está solicitando, donde se detallan además todos los requerimientos técnicos de la propuesta: Ítem Articulo Cantidad Especificaciones Técnicas 1 Set de inmovilizadores laterales 6 Inmovilizador lateral ferno 445 universal. Garantia mínima de 6 meses. 2 Set de férulas de inmovilización pediátrica 6 Férulas de características semi rígidas pediátricas. Garantia mínima de 6 meses. 3 Set de férulas de inmovilización adulto 6 Férulas semi rígidas con velcro de fijación talla adulta. Garantia mínima de 6 meses. 4 Esfigmomanómetro aneroide 6 Esfigmomanómetro aneroide portátil con fonendo incluido. Garantía mínima de 12 meses 5 Cable interface de conector saturador de O2 monitor Zoll serie X 8 SpO2 red MNC reusable patient cable for Zoll X series monitor / desfibrillator. Garantía mínima de 12 meses 6 Cable saturador O2 monitor Zoll serie X 8 Cable de conexión de medición saturación de adulto. Garantía mínima de 12 meses 7 Cable saturador O2 monitor Zoll serie X 8 Cable de conexión de medición de saturación pediátrica. Garantía mínima de 12 meses 8 Sondas de medición de capnógrafo 30 Sondas de conexión de medición de capnógrafo para monitor desfibrilador Zoll Serie X. Garantía mínima de 12 meses Nota: Todo oferente deberá respetar en su totalidad (100%) del cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, indicando su cumplimiento en la columna “cumplimiento especificaciones técnicas (Si/NO)” en el Anexo N°4, de lo contrario no quedará validado para ser considerado como oferta válida para su posterior evaluación y ponderación.
PRECIOS
Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto de los bienes ofrecidos y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal.
VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta tendrá validez de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazado. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el Servicio podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
DE LAS GARANTIAS
14.1.- Garantía Seriedad de la Oferta. La Garantía de seriedad de la oferta Tiene por objetivo caucionar la irrevocabilidad y el contenido de las ofertas de los procesos de compras que superen las 5.000 Unidades Tributarias Mensuales, como asimismo el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente su condición de tal. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de irrevocable. Es así que la presente adquisición se caracteriza e individualiza por los siguientes aspectos: • La presente adquisición de los insumos para SAMU Tarapacá en las condiciones establecidas para las presentes bases de licitación, cuenta con un presupuesto estimado por un monto que asciende a $8.000.000 (ocho millones pesos), I.V.A. incluido. • corresponde a un proceso licitatorio de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleva un esfuerzo menor en la preparación de sus ofertas. Por lo tanto, en el presente proceso licitatorio, no se exigirá la presentación de Garantías por concepto de Seriedad de la oferta, de acuerdo a las razones expuestas en el presente numeral. 14.2.- De Fiel Cumplimiento de Contrato: Tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma oportuna, por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato para las adquisiciones que superen las 1.000 U.T.M. Dado que el presupuesto de la licitación indicado en las presentes bases no superará las 1.000 U.T.M., sumado a que la presente contratación no presenta mayor riesgo en la administración del contrato, en este proceso licitatorio en particular no se requerirá de la garantía por fiel cumplimiento de contrato.
PRESENTACION DE OFERTAS AL PORTAL
Las ofertas deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes, formularios y Anexos que se exigen en las presentes Bases Administrativas Generales, deberán entregarse debidamente firmados por el oferente o su representante legal, según corresponda. 15.1.- OFERTA ADMINISTRATIVA: Por el portal se deberá adjuntar a la oferta los siguientes antecedentes o anexos informativos: 1. Anexo Nº 1 - Formulario Identificación del Oferente. Identificación completa del Oferente y su Representante Legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, Cédula de Identidad, Profesión u oficio, domicilios, contactos, Nombre completo del Oferente y sus datos asociados. En el caso de UTP deberá presentar el anexo por cada uno de los integrantes. 2. Anexo N.º 1 A - Formulario Identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá completar el Formulario N°1-A, adjuntando el acuerdo de participación conjunta, el que deberá contemplar la forma en que se constituirá legalmente en el evento de resultar adjudicado. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la entrega de la totalidad de los bienes con las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente: - El acuerdo de participación conjunta en la licitación como unión temporal de proveedores; - La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante. - El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes. - una vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado. - Porcentaje de participación de sus integrantes en experiencia. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare en experiencia. La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles. 3. Anexo N° 2 - Formulario Declaración Jurada Simple. Declaración jurada simple en que el Oferente declare estar en conocimiento de las características generales de la licitación, de su situación legal, de los antecedentes que forman parte de esta propuesta y de la aceptación de ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa del Mandante de adjudicar la licitación. En el caso de UTP deberá presentar el anexo por cada uno de los integrantes. 4. Anexo Nº 3 - Sistema de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos Funcionarios. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada. En caso de UTP, el siguiente anexo se debe presentar por cada uno de los integrantes de la UTP. Respecto de los oferentes que figuren con inscripción vigente en el Portal Chile Compra del sistema www.mercadopublico.cl, y cuenten con toda la documentación legal financiera solicitada en estas bases, levantada en dicho sistema digital, quedan eximidos de presentar los siguientes documentos citados en punto 5 debiendo levantar únicamente el certificado de inscripción vigente que emite el registro de Proveedores de Chile Compra. Cuando los oferentes, no estén registrados en el Registro de proveedores de Chile Compra www.mercadopublico.cl, están obligados a presentar digitalmente todos los antecedentes y documentación exigida en las presentes Bases. 15.2.- OFERTA TÉCNICA: Deberán presentarse electrónicamente, al Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes: 1. Ficha técnica, catalogo Etc. en idioma español. Todas las ofertas digitales deberán ser acompañadas de la ficha técnica, señalándose en ellas el equipo, máquina, artículo o insumo que específicamente se está cotizando. 2. Políticas de cambio, cada oferta deberá tener un documento adjunto en el cual el proveedor indicará su modalidad de políticas de cambio ante bienes que lleguen alterados o dañados respecto de su estructura original. 3. Garantía Técnica, deberá estar indicada en números, una fecha igual o superior lo indicado en punto N° 11 “Especificaciones Técnicas”, de las Bases Administrativas Generales. 15.3.- OFERTA ECONÓMICA: 1. Anexo N° 4 - Cuadro de resumen de la oferta. (de acuerdo a item a postular) El oferente deberá llenar de forma correcta cada una de las grillas según corresponda a la oferta presentada, el formato a completar es entregado de forma digital en anexos a llenar por los proveedores. 2. Los gastos de índole administrativos que se requieren para la correcta y total ejecución de los servicios, materia de las presentes Bases y todo otro gasto que demande el correcto y cabal cumplimiento del contrato establecido, sea directo o indirecto, serán de cargo del contratista adjudicatario. En caso de existir discordancia entre lo señalado en el portal y lo indicado en el anexo, se preferirá lo indicado en anexo Nº 4. El precio cotizado deberá ser definitivo y considerar el costo del equipo y equipamiento entregado en la dirección donde el Servicio de Salud especifique. Los gastos de traslado al lugar de recepción serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. Los proveedores deberán ofertar el artículo en plaza y, en el caso de que el o los artículos(s) deban importarse, el trámite propiamente tal será efectuado por el proveedor adjudicado, a su costo. Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto, de los servicios ofrecidos y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal. No se aceptarán Anexos alternativos.
PRESENTACION DE DOCUMENTOS OMITIDOS
Durante la evaluación se podrá solicitar la presentación de certificaciones y documentos que los oferentes hayan omitidos al momento de presentar su oferta, siempre que dichas certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar su oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar su oferta y el periodo de evaluación, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. El plazo para la presentación de los documentos omitidos será de 48 horas desde que se le notifique el requerimiento a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales se encuentra incorporado como criterio de evaluación en el punto Nº 19.3. “Cumplimiento de Requisitos Formales” de las Bases Administrativas Generales. Todos los anexos presentados, tanto en el sistema digital como en soporte físico, deberán entregarse debidamente firmados por el oferente o su representante legal, según corresponda.
APERTURA DE LAS PROPUESTAS
17.1.- REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES Los proponentes deberán presentar todos los documentos esenciales, la oferta técnica, la oferta económica y la totalidad de los formularios que forman parte de las presentes bases en formato físico o digital, en el plazo de recepción según se indica en punto N°5 "ETAPAS Y PLAZOS". La apertura de las ofertas de la licitación, se efectuará a través del portal Mercado Público, el día y hora señalada para tal efecto en el cronograma. Al efectuar el acto de apertura se procederá con la revisión de los antecedentes requeridos. Para la aceptación de las ofertas, se considerarán requisitos y condiciones esenciales, los siguientes documentos, cuya omisión, cualquiera de ellos, faculta para declarar inadmisible la respectiva oferta: • Fichas Técnicas. De cada producto ofertado. • Anexo Nº 4 Formulario Cuadro de resumen de la oferta. La falta de estos documentos faculta para declarar inadmisible las ofertas. No obstante, la entidad licitante podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores no esenciales o meramente formales siempre que no altere el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas (Aplica dictámenes Nº 34.051/2005; 27.268/2010 y 70.019 /2011 de la Contraloría General de la Republica, entre otros). Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la citada acta, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por este mismo medio, dentro de los 2 días siguientes. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar archivos correspondientes de algún oferente, este tendrá un plazo de 24 horas, contados desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Servicio un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar dicha situación ante la comisión respectiva y el resto de los oferentes de la licitación. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte de papel de los antecedentes de la Oferta Administrativas, Técnica y Económica, a través de la Oficina de Partes del Servicio de Salud Iquique, ubicado en Aníbal Pinto Nº 815 de la ciudad de Iquique. Adicionalmente deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información. Se deberá cumplir con el requisito formal de presentación de la oferta a través del Portal de Mercado Publico antes del período de cierre. El incumplimiento de este requisito por parte del proveedor, excluye automáticamente a su oferta para seguir participando en la presente propuesta. A partir de dicha hora, los oferentes no podrán retirar ni modificar sus propuestas. El oferente que presente más de una oferta, debe ingresar todos los antecedentes requeridos, en cada una de las ofertas presentadas, de lo contrario dicha oferta será descartada. El Acto de Apertura de las ofertas la efectuará la comisión designada en la resolución que autoriza el llamado a licitación.
DE LA EVALUACIÓN TÉCNICO Y ECONÓMICA DE LAS PROPUESTAS
El proceso de evaluación estará a cargo de una Comisión cuyos integrantes serán designados mediante resolución del Servicio de Salud Iquique, al finalizar el proceso de evaluación la Comisión emitirá un informe de evaluación dirigido al jefe del Servicio que deberá contener las indicaciones previstas en el artículo 40 bis del Reglamento de Compras Públicas, que deberá subirse al sistema de información de compras públicas. Para las ofertas que se presenten por Uniones Temporales de proveedores, la nómina y certificados solicitados en las bases para acreditar experiencia, en caso de corresponder, se solicitarán a cada uno de los integrantes que conforman el grupo licitante, prorrateándose para la evaluación de acuerdo al porcentaje de participación en la Unión, independiente del mecanismo de formalización o constitución de dicha Unión. La comisión evaluará en cada caso si ejercerá la facultad prevista en el inciso primero y/o inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de compras públicas. La Comisión Evaluadora realizará en privado un análisis detallado de las propuestas económicas que califiquen técnicamente, con todo, el Servicio de Salud de Iquique se reserva el derecho de revisar las ofertas económicas, para verificar que las propuestas formuladas por los oferentes sean concordantes en todas sus partes con el precio final ofertado, pudiendo recalcular aquellas que presenten errores de cálculo aritméticos o de consistencia, que traigan aparejado un resultado final con apariencia de mejor oferta, pero que calculado correctamente, tal calificación desaparezca.
VERIFICACION DE LA CORRECTA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
La comisión evaluadora, en primer lugar, verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada siguiendo las indicaciones entregadas en las bases y que no exista ninguna diferencia en la presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos 6 y 10 de la Ley de Compras. De acuerdo a lo anterior y sin perjuicio de otras disposiciones de las presentes bases, se considerará fuera de bases a la (s) propuestas (s) respecto de la (s) cual (s) se presenten una o más de las siguientes situaciones: a. Falta de alguno de los documentos exigidos en las Bases para la presentación de las propuestas, punto N°17.1.” REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES”. b. No responder las consultas hechas mediante foro inverso en un plazo de 48 Hrs. No obstante que la respuesta sea en los plazos requeridos, esta no respalde de forma correcta lo solicitado. c. Ofertar una vigencia o garantía técnica igual o superior a las requeridas en punto N° 11 “Especificaciones Técnicas”, de las Bases Administrativas Generales. d. No cumplir con las especificaciones técnicas en cualquiera de las opciones. e. Ofertar un producto distinto a lo requerido. En virtud del principio de la no formalización y libre concurrencia; la comisión podrá admitir ofertas que contengan errores meramente formales y que sean evidentes, siempre que ello no afecte la igualdad de los oferentes y de conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas.
DE LA ADJUDICACIÓN, DE LA DECLARACIÓN DESIERTA O INADMISIBLE
La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aqué¬llas que se ajusten plenamente a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas. El oferente deberá cumplir con el 100% de los ítems de las Especificaciones Técnicas indicadas en el punto N°11.- “DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, de las bases Administrativas, de lo contrario será declarado inadmisible y no procederá a las siguientes etapas de evaluación. Asimismo, se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses del Servicio, de conformidad al Artículo 41 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de Licitación y/o Especificaciones Técnicas, de conformidad al Artículo 41 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. En ambos casos anteriormente mencionado, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: a) Resolución de Adjudicación: Se adjudicará a través de resolución del Director de Servicio. b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta. c) Publicación en página web: Se publicará en página web, en la licitación pública correspondiente. d) Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el cronograma www.mercadopublico.cl, el Servicio publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso. Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por la unidad técnica a través de este mismo medio, dentro de los 2 días siguientes.
SOBRE READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del Art.63 del reglamento de la ley 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Servicio de Salud podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
El Departamento de Abastecimiento y Logística, comunicará electrónicamente a todos los oferentes que hayan participado en la propuesta, el resultado de la licitación a través del sistema www.mercadopublico.cl Una vez efectuado el acto de notificación de los resultados de la licitación y habiéndose confirmado la propuesta de adjudicación en las instancias pertinentes, el Servicio procederá a la emisión de la Orden de Compra respectiva al oferente adjudicado. El oferente adjudicado con la propuesta, tendrán un plazo de tres días hábiles para aceptar la Orden de Compra girada a través del Portal mercado público.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE PROVEEDORES DE CHILE COMPRA
En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de contratistas de la Administración ChileCompra, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación y la emisión de la orden de compra respectiva. En caso que no proceda a la inscripción, el Servicio entenderá que se ha desistido de la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así sucesivamente, de acuerdo a lo establecido en el punto Nº22 “Sobre Readjudicación” de las presentes Bases Administrativas.
REQUISITOS PARA CONTRATAR
Al momento de la suscripción del contrato (superiores a 1.000 UTM), el o los adjudicatarios deberá(n) acompañar: 1.- Certificado de inscripción el Registro electrónico Oficial de Proveedores del Estado. La compra de los bienes se materializará con la emisión de la Orden de Compra a través del Portal www.mercadopublico.cl y se suscribirá además un “Contrato de Compraventa” el cual no considerará el pago de reajustes, pago de impuestos, pago de tasas, embalajes, pago de aranceles, pago de fletes ni intereses de ninguna especie por parte del Servicio de Salud Iquique. Todo pago por estos conceptos será de responsabilidad del adjudicatario. En este documento se establecerán los derechos y obligaciones de ambas partes, los precios de los servicios contratados, los plazos de ejecución de estos trabajos, la forma de pago, las sanciones, las responsabilidades del contratista y del Servicio, entre otros. Los derechos emanados en la presente licitación suscrita con la empresa adjudicada, no podrán ser cedidos bajo ninguna circunstancia. El Servicio sólo procederá al pago al titular del crédito y no a sus cesionarios, sin perjuicio de los mandatos para el cobro que eventualmente presenten. Formarán parte integrante del Contrato los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica: 1. Las Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas. 2. Serie de preguntas y respuestas de Licitación Pública. 3. Oferta del Proponente. 4. Orden de Compra. 5. El Contrato. 6. Toda documentación aclaratoria enviada por la Unidad Técnica, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas. Toda discrepancia entre distintos documentos, del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por la Unidad Técnica del Servicio de Salud, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que les permite la ley para resolver controversias. El Servicio de Salud de Iquique, elaborará los respectivos contratos, en estricto acuerdo a las Bases de licitación y oferta del o los proponentes adjudicados. El referido contrato de compraventa será puesto a disposición de los adjudicados en un plazo no superior a los 10 días hábiles contados desde la emisión de la Orden de Compra, quedando el oferente adjudicado obligado a la revisión, firma y devolución al Servicio del referido contrato, en un plazo máximo de 15 días corridos contados desde la fecha de recepción del mismo. Simultáneamente con la firma y entrega del referido Contrato de Compraventa al Servicio de Salud Iquique, se deberá adjuntar y entregar la Caución o Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, documento tomado y extendido según se indica en el punto Nº14.2. “De Fiel Cumplimiento de Contrato”, de las presentes Bases Administrativas. Si el oferente adjudicado no cumple con el requisito de firmar el contrato en el plazo señalado ni entregase la garantía por fiel cumplimiento de contrato, según lo indicado en el párrafo anterior, el Servicio de Salud Iquique podrá asignar la propuesta al que le sigue en puntaje según lo estipulado en el punto N°20 “Sobrereadjudicación” de las Bases Administrativas, siempre que cumpla con puntaje mínimo y, a su vez, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. Será de cargo del oferente adjudicado, la autorización de las firmas del contrato, para cuyos montos superen las 1.000 UTM, trámite que debe ser efectuado en el mismo plazo consignado en el quinto párrafo del presente artículo. De conformidad al artículo 63º del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda, los contratos menores a 1.000 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Se recepcionaran bienes en bodegas del Servicio de Salud Iquique solo con guía de despacho o documento similar. Una vez recepcionado conforme los bienes y publicada el acta de recepción conforme en la ID de la orden de compra en www.mercadopublico.cl. El proveedor deberá emitir la factura a través del sitio web del SII según ley N°19.983, con copia a los correos contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl, el envío de la factura no puede ser superior a 2 días corridos a partir de su fecha de emisión. En caso que la factura contenga errores en el precio, falta total o parcial de la entrega de las mercaderías, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción se reclamará o rechazará la factura, según ley N°19.983 articulo N°3. El Servicio de Salud Iquique se hará responsable de todas las facturas que contengan lo siguiente: • Orden de compra generada por el Mercado Publico, previo a la facturación. • Guías de despacho, en que conste que los bienes y/o servicios fueron efectivamente recepcionados. • Las facturas deben señalar el número de orden de compra del portal y el número de identificación (ID) de la licitación (si aplica), en campo 801. Los antecedentes para la emisión de factura son: • Razón Social: Servicio Salud de Iquique • RUT: 61.606.100-3. • Domicilio: Aníbal Pinto N° 815 • Giro: Adm. Salud. • Correos: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl El pago de las especies se efectuará mediante transferencia electrónica emitido a nombre del proveedor, dentro del plazo de 45 días corridos una vez recepcionada la factura conforme por parte del Servicio de Salud Iquique. El pago se realizará con los siguientes documentos: • Factura y/o boleta de Servicios en original a nombre de Servicio Salud de Iquique, RUT:61.606.100-3, con domicilio en Aníbal Pinto N° 815, Iquique y enviar a correo electrónico contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl • Guía de Despacho, con identificación de todos los insumos entregados. • Recepción Articulo en Bodega (RAB) o Acta de Recepción conforme, emitidos por el Administrador del contrato que el Servicio de Salud Iquique defina. • Orden de Compra en estado aceptada. Recepción conforme • Resolución de Adjudicación. • Resolución de Contrato, si procede. • Copia Garantía Fiel cumplimiento de contrato, si procede.
REFERENTE TECNICO DEL CONVENIO
El Administrador del Convenio, estará a cargo del Jefe de Atención Prehospitalaria, Red Urgencia y SAMU del Servicio de Salud Iquique y tendrá a su cargo la función de fiscalizar y exigir al contratista la correcta aplicación de las Bases, Términos de Referencia, estándares nacionales, normativas municipales, reglamentos sanitarios y la utilización de los materiales y maquinarias más adecuados, cuando corresponda, para la correcta ejecución de los servicios de acuerdo a lo estipulado en contrato y oferta del contratista. El contratista no podrá entrabar, impedir, perturbar o dificultar en manera alguna las funciones del Administrador de Convenio y deberá exhibirle toda la documentación relacionada que éste le exija. La infracción de este punto de las bases constituirá una infracción grave del contrato y será sancionado de conformidad a lo indicado en las presentes Bases, sin perjuicio de las acciones civiles que competan al Servicio.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES
El envío de Bultos debe ser estrictamente coordinado con el Referente técnico, del Servicio, según sea el contacto indicado en las observaciones de la orden de compra emitida. Los bultos serán recepcionados siempre y cuando se haya realizado la coordinación previa con la Unidad Técnica del Servicio de Salud lquique. En caso de que el proveedor no diere cumplimiento a la comunicación establecida en párrafo precedente y sean rechazado el o los bultos por parte del Servicio, será de absoluta responsabilidad y costo de la empresa, todas las gestiones asociadas a concretar un nuevo de despacho según sea lo coordinado. La empresa debe proveer los servicios adecuados de descarga de los bultos ya sea con grúas horquillas u otros elementos acordes que permitan la adecuada y segura descarga y se deben disponer en el lugar que el Servicio de Salud defina. Se entenderá que los bienes fueron recibidos dentro del plazo, cuando su recepción tiene lugar entre las fechas de inicio y término antes referidas (entrega física de los bienes en donde el Servicio indique), esto consignado como plazo de entrega en el contrato, la orden de compra o la oferta. En caso contrario se incurrirá en atraso de entrega física de los bienes, y corresponderá aplicar las multas, garantías y demás sanciones que por este concepto se consideran, según se indica en el punto N° 29 “Multas” de las Bases Administrativas Generales. De ser requerido, el Servicio podrá solicitar al proveedor vía correo electrónico, el cambio en el plazo de entrega de los bienes a una fecha posterior a lo estipulado en el contrato. Este aumento de plazo no generará ningún tipo de gastos para el Servicio, como tampoco sanciones para el oferente por atraso en la entrega de los bienes, de acuerdo a las fechas estipuladas.
RECEPCIÓN DE ARTÍCULO EN BODEGA (RAB)
Es el simple acto mediante el cual las especies adquiridas ingresan a las bodegas del Servicio. La RAB de los bienes la debe realizar el personal del Servicio que se designe para tal función, quien deberá recepcionar los bultos y documentación respectiva, y a su vez resguardar los bienes en un área segura del establecimiento. Si al momento de la RAB los bultos, empaques o sellos, se encuentran dañados, abiertos o adulterados, el Servicio de Salud Iquique, no recepcionará en bodega las especies y procederá de inmediato con su rechazo, de lo que se dejará constancia en el acta respectiva. En caso de reparo o rechazo respecto de la recepción física, se procederá a la devolución de la factura y la guía o guías de despacho al momento de la entrega y serán de absoluta responsabilidad y cargo del proveedor, todas las gestiones que correspondan para efectuar un nuevo despacho, según sea lo coordinado. Esto debe tenerse en cuenta para la contabilización del plazo de entrega de las especies, pues se tomará en cuenta la fecha de la RAB sin observaciones. Nota: El oferente se compromete a realizar las labores de: desembalaje y entrega de los bultos en las Bodegas del Servicio, además, el oferente debe informar al encargado de bodega del Servicio con anticipación a la llegada de los bienes a fin de coordinar su recepción, en caso contrario el Servicio no se hace responsable de la correcta recepción.
MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIÓN DE PLAZO
Cualquier atraso que ponga en riesgo el cumplimiento del plazo de entrega de las especies y que tenga su origen en algún caso fortuito o de fuerza mayor no imputable al proveedor adjudicado, deberá ser informado oportunamente al Servicio por carta dirigida al director del Servicio, con copia al Encargado de Bodega del SERVICIO, solicitando la prórroga del plazo que estime necesario. El Servicio procederá a estudiar las causas invocadas para solicitar esta prórroga y comunicará oportunamente al proveedor el rechazo o aceptación de esta solicitud y el plazo que se concede. El aumento del plazo de entrega o instalación, no implicará un aumento de precio del (de los) bien (es) adjudicado(s). Toda solicitud de prórroga, por atraso no imputable al proveedor de las especies, debe ser debidamente respaldada con documentos oficiales y sometida al procedimiento administrativo que corresponda. El director del Servicio se reserva el derecho de denegar, aceptar o modificar el aumento de plazo solicitado. Toda solicitud se deberá formular con a lo menos dos días de anticipación a la fecha de entrega ofertada originalmente por el proveedor.
MULTAS
En caso de producirse atrasos, incumplimientos de metas establecidas o faltas de cualquier Índole o por cualquier causa, que no se encuentren debidamente justificados por el Administrador del Convenio, se procederá con la aplicación de la multa correspondiente. Esta multa será aplicada por el Administrador de Contrato vía administrativa y se descontará del estado de pago. Para efectos del cálculo de días sujetos a multas, se considerará como atrasos en la entrega de los bienes, una vez emitida la Orden de Compra. (Días de atraso) X (1 UTM) = multa a cobrar UTM: Se hará referencia al valor de la UTM del mes en curso durante el 2021. Día de atraso: Se considerará como atraso una vez cumplido el tiempo de entrega ofertado puesto en bodegas de SERVICIO DE SALUD IQUIQUE, al día siguiente del plazo cumplido y así sucesivamente hasta los 10 días. Posterior a diez días, se procederá al término del contrato. Multa a cobrar: Estas se consideran por 1 día de atraso y hasta un máximo de 10 días, posterior a este plazo, el Servicio dará término anticipado del contrato mediante resolución administrativa fundada, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía, si procede. La multa será aplicada por la Unidad Técnica, por vía administrativa y será notificada al proveedor mediante correo electrónico. El proveedor podrá presentar sus descargos fundadamente y por escrito de las multas, dentro del plazo de 05 días corridos contados desde su notificación. Toda multa se aplicará previa resolución administrativa debidamente fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el sistema de información de compras públicas. En contra de dicha resolución procederán los recursos de la ley N° 19.880. De igual modo, se procederá cuando la calidad, cantidad, el estado o las características técnicas de las especies entregadas no concuerde con lo exigido en las Bases y Especificaciones Técnicas de la propuesta. En este caso, el Servicio no procederá a ninguna recepción de especies, y se procederá hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento de contrato. (Esta caución aplicará para adquisiciones mayores a las 1.000 UTM). Ante cualquier incumplimiento del adjudicatario, el SERVICIO DE SALUD IQUIQUE estará autorizado para cobrar la Garantía inmediatamente, en cualquier momento, sin forma de juicio ni notificación previa a la empresa, bastando para ello el solo y simple requerimiento a la entidad emisora del documento. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas que competan al SERVICIO DE SALUD IQUIQUE, todo ello en conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 1.543 del Código Civil. La multa se descontará del estado de pago o contra cualquiera de las Garantías que estuviesen vigentes, hasta por el monto de la multa. Si la Garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Servicio consignar a cuenta del Proveedor la diferencia a su favor dentro de quince (15) días de pagada la multa, la Empresa deberá remitir una nueva garantía, debiendo tener una vigencia y de monto igual a la garantía inicial. Si no existiere documento de garantía, o saldo pendiente de precio la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el servicio. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha de pago. El Servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. Sin perjuicio de lo expuesto, el Servicio podrá compensar lo adeudado, con cualquiera otra obligación actual o futura en favor del proveedor multado.
CAUSALES DE TERMINACIÓN Y MODIFICACION DEL CONTRATO
El contrato mediante orden de compra y aceptación de bases y especificaciones técnicas podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales: • Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. • Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. • Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. • Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato, entre ellos atraso por más de 10 días en la entrega del bien o servicio contratado. • Las establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la Ley 19.886. • La muerte del proveedor en caso de persona natural o de uno de sus socios en caso de persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad. La posibilidad de modificar el contrato no podrá alterarse de la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. (No aplica obras y equipos médicos). Para efecto de aplicar la terminación anticipada de contrato por incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato; el servicio deberá dictar una resolución fundada en que consten los antecedentes que justifican la decisión, la cual será notificada al contratista por carta certificada, al domicilio señalado en el contrato, entendiéndose ésta notificada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda, de conformidad a lo dispuesto en el art 46 de la Ley Nº19.880. La empresa dispone de un plazo de cinco días hábiles a contar de la notificación de la resolución que aplica la terminación anticipada, para formular sus descargos en relación al eventual incumplimiento. La medida definitiva, deberá formalizarse a través de resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, en el sistema de Información Pública, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el art 62 del Reglamento. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880. Para efectos de una Unión Temporal de Proveedores si cualquiera de las causales antes señalada es aplicable a uno de sus integrantes se entenderá que afecta a todos ellos, así como a la Unión Temporal de Proveedores para efectos adoptar las medidas pertinentes previstas en las bases y las acciones judiciales que correspondan, entendiendo que actúan solidariamente. El no cumplimiento de la garantía técnica se considerará como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato. Cabe señalar que el oferente adjudicado, deberá dar aviso anticipado de a lo menos 20 días corridos, en la medida que pretenda dejar de continuar prestando los servicios profesionales correspondientes.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
CONSTANCIA
Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se giren al adjudicatario y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que, de tales documentos, Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Orden de Compra se deriven.
DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.