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ANTECEDENTES Y CONDICIONES GENERALES |
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El Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante “el Servicio”, llama a Propuesta Pública para el servicio de “RENOVACIÓN COMPLEMENTARIA EQUIPOS COMPUTACIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”.
1.1.- OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El Servicio requiere la contratación del servicio de “RENOVACIÓN COMPLEMENTARIA EQUIPOS COMPUTACIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas y sus anexos.
Los recursos para materializar esta contratación corresponden a los recursos de expansión en el marco de la Ley de Presupuestos N°21.395 del Sector Público correspondiente al año 2022, fondos cuyo financiamiento corresponde a subtítulo 22, y como Unidad Técnica encargada del proceso de llamado a licitación, selección y adjudicación de la propuesta para la contratación de este servicio, actúa el Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central.
1.2.- VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las propuestas deberán tener una validez de 120 (ciento veinte) días corridos a contar de la fecha de la apertura de las ofertas. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de él.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en www.mercadopublico.cl en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del reglamento de la ley 19.886. De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modifica también en forma automática la fecha de apertura y fecha de adjudicación, en las mismas condiciones de la regla citada precedentemente”.
De igual modo el Servicio podrá ampliar los plazos establecidos en el portal www.mercadopublico.cl, resguardando los intereses de la Institución y el cumplimiento del objeto de la licitación, debiendo subir acta con los plazos a reemplazar y los nuevos plazos a publicar, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25° del reglamento mencionadas precedentemente, en situaciones que lo amerite tales como, al presentarse numerosas preguntas, al ser necesario precisar o modificar las bases, al tener 2 o menos ofertas, si se determina ex post a la publicación que dado la complejidad se requiere mayor tiempo para ofertar.
El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl, en adelante “el Portal”.
1.3.- GLOSARIO
Adjudicación:
Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno
o más oferentes para la suscripción de un Contrato de suministro, bienes o servicios, regido por la Ley 19.886 (Artículo nº2, numeral primero del Decreto Supremo Nº250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Anexos:
Formato o documentos elaborados por el Servicio, los cuales deberán ser completados por las entidades interesadas en efectuar un proceso de compras, a través del Sistema de Información y de otros medios para la contratación electrónica.
Apertura:
Acto de Apertura Electrónica por el cual el Servicio de Salud Metropolitano Central (Unidad de Abastecimiento), toma conocimiento del contenido de las ofertas enviadas a través del sistema de información de Compras y Contratación Pública, una vez vencido el plazo de presentación fijada para tal efecto.
Bases Licitación:
Documentos aprobados por la autoridad competente, que contiene el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones establecidos por la entidad licitante, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluye Bases Administrativas y Técnicas (Artículo Nº2, numeral tercero del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda).
Comisión de Evaluación:
Comisión en la cual participarán profesionales pertenecientes al Servicio de Salud Metropolitano Central y/o el Establecimiento nombrados por Resolución Exenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, que tendrá la tarea de evaluar las propuestas según criterios de evaluación consignados en las presentes Bases y emitir Informe de Evaluación.
Comisión de Recepción:
Comisión a cargo de recepcionar el equipo y/o equipamiento con su debida instalación, en su destino.
Contrato:
Aquel que tiene por objeto la compra o arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes inmuebles. (Artículo Nº2 numeral noveno del Decreto Supremo Nº250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Días Corridos:
Son todos los días de la semana, incluidos sábados, domingos y feriados y festivos. Cuando se indique la palabra “días”, deberá entenderse lo mismo que “días corridos”.
Días hábiles:
Lunes a viernes, con exclusión de feriados y festivos.
Director(a) Servicio:
Representante legal del Servicio de Salud Metropolitano Central.
Equipamiento:
Corresponde a los bienes listados en el numeral 1.4.- de las presentes Bases.
Equipo:
Corresponde a los bienes listados en el numeral 1.4.- de las presentes Bases.
Equipos nuevos:
Corresponde a un equipo y/o equipamiento que no ha tenido uso desde su fabricación, cuya data no podrá exceder los dos años.
Ejecutivo:
Representante del Oferente, con el que el Servicio se comunicará y coordinará todos los aspectos del proceso de compras y contratación pública.
Especificaciones:
Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir el equipo y/o equipamiento en licitación a entregar por el proveedor.
Fabricante:
Persona natural o jurídica, cuya actividad es la fabricación del equipo y/o equipamiento que se licita.
Ficha Técnica:
Anexo Nº4 puesto a disposición de los proveedores, en formato Excel, a través del portal, Mercado Público, que contiene las características particulares que deberá cumplir el equipo y/o equipamiento, incluyendo normas vigentes aplicables a los distintos modelos, referido a la calidad de materiales y pruebas de control.
Foro:
Link del Portal Mercado Público, donde se pueden efectuar consultas sobre la licitación.
GORE:
Gobierno Regional.
Ítem:
La identificación numérica asignada por el Servicio a cada línea.
Licitación Pública:
Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, ateniéndose a las Bases fijadas, formulen propuestas de entre las cuales se seleccionará y aceptará a la más conveniente (artículo nº2, numeral vigésimo primero del Decreto Supremo Nº250/2004, del Ministerio de Hacienda).
Mercado Público:
Sistema de información de compras y contratación pública de la administración del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
MINSAL:
Ministerio de Salud.
Moneda:
Para todos los efectos de la presente licitación, regirá como moneda el peso chileno. Otro tipo de moneda deberá especificarse debidamente en las ofertas.
Oferta:
Es el conjunto de proposiciones administrativo-técnica-económica presentadas por el oferente al portal Mercado Público.
Oferente, Proponente o Licitante:
Persona natural o jurídica que se presenta a la licitación y efectúa una oferta por la adquisición del equipo y/o equipamiento licitado.
Precio Final:
Precio Neto más IVA.
Precio Neto:
Precio único para cada uno de los equipos y/o equipamientos ofertados en el portal de Mercado Público. En este precio se deberá considerar: Equipos nuevos y sin uso, costo de traslado, entre otros, durante el periodo de vigencia de garantía técnica. Corresponde al valor sin impuestos.
Portal:
Página web www.mercadopublico.cl.
Plazo de entrega:
Es la sumatoria de días ofertados, desde la total tramitación del contrato. Este plazo incluye instalación y puesta en marcha.
Presupuesto Sectorial:
Presupuesto asociado a gasto de un sector e identificado en el presupuesto de la nación.
Proveedor:
Persona natural o jurídica, que adquiere el compromiso de suministrar los bienes o servicios adjudicados por la entidad compradora, en las condiciones establecidas en las presentes Bases.
Recepción:
Acto de recibir un equipo y/o equipamiento embalado, lo cual se canaliza a través de un Acta de Recepción y/o Guía de Despacho.
Recepción Conforme:
Acto de recibir un equipo y/o equipamiento, en conjunto con su instalación, y puesta en marcha del equipo y/o equipamiento adquirido, lo cual se canaliza a través de un Acta de
Recepción Conforme.
Servicio Técnico:
Organización técnica capacitada profesionalmente para la realización de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo y/o equipamiento, como también el soporte técnico en las instalaciones y puesta en marcha. Puede ser autónomo o una división de la organización del proveedor.
SSMC:
Servicio de Salud Metropolitano Central, institución del Sistema Nacional de Servicios de Salud que convoca la presente licitación para el Arriendo de equipo y/o equipamiento. En adelante “Servicio” o “el comprador”, responsable técnico de la licitación.
1.4.- PRESUPUESTO DISPONIBLE
Para el arriendo del equipo en las condiciones establecidas en las presentes Bases de licitación se cuenta con el siguiente presupuesto disponible, impuestos incluidos:
Ítem Arriendo Cantidad Arriendo Meses Clasificación presupuestaria
1 AIO 95 40 Equipo
TOTAL LICITACIÓN: $126.037.135
Las ofertas que excedan el presupuesto referido serán declaradas inadmisibles, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º de la Ley 19.886.
Por lo anterior, el gasto que irrogue la contratación licitada será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto de la entidad, aprobado para este fin.
1.5.- NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE LICITACIÓN
La presente licitación se norma, sin perjuicio de la normativa legal vigente, acorde a los siguientes documentos en el orden de precedencia que se plantea a continuación.
Ley de Compras Públicas 19.886 y su Reglamento; la Ley 19.880 de Actos Administrativos; la Ley 18.575 de Bases Generales de la Administración; la Ley Nº 20.730 que regula el Lobby; las Directrices de ChileCompra y toda otra normativa legal aplicable a esta licitación
Bases de Licitación
Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos realizados en el Portal.
La oferta del Proponente.
La Adjudicación
El Contrato y su resolución aprobatoria
La Orden de Compra
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan, recíprocamente, en forma tal, que se considera parte del contrato cualquiera obligación que se consigna en uno u otro de los documentos señalados, sin perjuicio de la preminencia o primacía de las Bases.
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2.- PROCESO DE LICITACIÓN |
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2.1.- PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación todas las personas naturales y jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, de acuerdo a lo prescrito en el art. 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.866, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.
Aquel oferente que sea adjudicado en esta licitación tendrá la obligación de inscribirse en el Portal www.chileproveedores.cl. El oferente favorecido, en caso de no estar en el Registro de Proveedores, tendrá cinco días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. Se verificará con el Certificado de Inscripción.
Los oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal de Proveedores (UTP) con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas, para lo cual aplican las mismas exigencias indicadas en las bases para ofertar y contratar. En caso de que la adjudicación sea mayor a 1000 UTM, el acuerdo en el que conste la Unión Temporal deberá haberse materializado por Escritura Pública, como documento necesario para la suscripción del contrato, sin que sea necesario constituirse como sociedad. (Art. 67 bis inciso 3° del Reglamento de la Ley 19.886.)
a) Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, y designar a uno de sus integrantes como representante para los efectos de la licitación.
b) La Unión Temporal de Proveedores (UTP) comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, se podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha.
En atención a lo señalado en el artículo 67 bis inciso 4° del Reglamento de la Ley 19.886, cada proveedor de Unión Temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, para que sea factible la suscripción del contrato.
En cuanto a la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, el artículo 67 bis inciso 6° del Reglamento de la Ley 19.886 dispone que: “no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento”.
Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Asimismo se deja establecido, que se entiende que quien participe de este proceso licitatorio, se encuentra conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases administrativas y técnicas, sus anexos y las aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, aceptándolas en todas sus partes y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. Así también, que lo declarado en el Anexo N°1 de la presente licitación, sobre identificación del proponente, corresponde a los datos reales y fidedignos del oferente.
2.1.1 PROPONENTES QUE NO PUEDEN CONTRATAR EN ESTA LICITACIÓN.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la oferta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº 20.720. Tampoco podrán participar caso de que alguno de los miembros de la empresa haya sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 2011 del año 1973
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
De conformidad al artículo 4° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el Servicio no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393.
2.2.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTA ECONÓMICA Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS
Las ofertas se presentarán únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español (con excepción de las certificaciones emitidas en el extranjero), de preferencia archivos en formato PDF y EXCEL, en carpetas o archivos.
En casos excepcionales de indisponibilidad del portal, se permitirá la presentación de propuestas en soporte papel, acorde a lo indicado en el Artículo 62 del decreto supremo Nº 250, 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.886.
2.2.1.-Propuesta económica
El valor de la oferta económica será la que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl y deberá ser expresada en pesos chilenos y corresponder al precio neto total por línea. Se entenderá incluido en este valor el flete de los equipos, así como la instalación, puesta en marcha y capacitación si procedieran. Además, el proponente deberá completar el Anexo 3 por cada ítem ofertado y adjuntarlo como archivo electrónico en el portal indicado. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Anexo para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
Para ofertas en moneda extranjera, se deberá definir su equivalencia a pesos chilenos al momento de la apertura de las ofertas (para efectos de evaluación), sin perjuicio de calcular el valor de la divisa con posterioridad para pago al proveedor adjudicado.
2.2.2.-Antecedentes administrativos
El oferente debe presentar los siguientes documentos y antecedentes escaneados, como archivos adjuntos, a través del portal www.mercadopublico.cl:
2.2.2.1.-Tratándose de personas naturales:
Anexo 1: Identificación del Proponente
Anexo 2: Declaración Jurada del Proponente.
Anexo 3: Oferta Económica, Servicio Técnico, Plazo de Entrega y Garantía.
Anexo 4: Especificaciones Técnicas.
Anexo 5: Declaración Jurada Simple de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales
2.2.2.2.-Tratándose de personas jurídicas:
Anexo 1: Identificación del Proponente
Anexo 2: Declaración Jurada del Proponente.
Anexo 3: Oferta Económica, Servicio Técnico, Plazo de Entrega y Garantía.
Anexo 4: Especificaciones Técnicas.
Anexo 5: Declaración Jurada Simple de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales.
Copia simple de escritura pública de constitución del contratante y de las modificaciones estatutarias posteriores, si las hubiere, con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio y publicados en el Diario Oficial.
Copia de certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
Copia de certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no mayor a 60 días.
En caso de no constar la personería del representante legal del contratante en la documentación citada en la letra e) debe adjuntarse copia de escritura pública en que conste su designación.
Copia de Certificado de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
En el caso que alguno de los documentos anteriormente solicitados al proponente se encuentre disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, incorporados en su Ficha Electrónica Única en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos. Esta circunstancia deberá indicarse expresamente por el proponente.
Los participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que al momento de la apertura se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, y figuren en el mismo en estado “hábil” (cumple con los requisitos para contratar con el Estado), podrán exceptuarse de informar en el portal los documentos anteriormente señalados que se encuentren disponibles en el referido portal, circunstancia de la cual se dejará constancia en la respectiva Acta de Apertura de las Ofertas.
Sin perjuicio de lo señalado, el Servicio podrá, antes de la celebración del contrato, requerir toda la información legal adicional que sea relevante para la protección de sus intereses. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá solicitar especialmente los siguientes antecedentes:
Fotocopia de la inscripción en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, con fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de su presentación (sólo se exigirá este documento en caso de que al presentar la oferta se hubiera acompañado fotocopia del Certificado de Vigencia, en lugar de copia de la inscripción con anotaciones marginales y certificación de su vigencia).
Copia de la escritura pública de Constitución o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659.
Copia del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).
Copia de la inscripción del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).
Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).
En caso de modificaciones efectuadas a la persona jurídica, copia de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659).
Copia con certificado de Vigencia y anotaciones marginales, de fecha reciente, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659, y Certificado de Poderes Vigentes del Representante Legal.
Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659.
2.2.2.3.- Unión Temporal de Proveedores. (UTP)
2.2.2.3.1. Documento en el que conste el acuerdo, el pacto de solidaridad y nombramiento de apoderado o representante con poderes suficientes para participar en todo el proceso de compra, incluyendo la ejecución del contrato, en nombre de la Unión. La vigencia de este acuerdo o pacto de unión temporal no podrá ser inferior al periodo requerido para la contratación.
2.2.2.3.2. Deberán presentar toda la documentación exigida para personas jurídicas o personas naturales según sea el caso del apoderado, sin perjuicio de ello, cada uno de los integrantes de la unión deberá acreditar que no le afectan inhabilidades o prohibiciones para contratar con el estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compas Públicas, la elección respecto a qué antecedentes presentar para ser evaluados será de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) sin embargo ello no puede significar el ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, por tanto, en caso que el Servicio constatara la ocurrencia de esta circunstancia, el proceso se encontrará afecto a un vicio que facultará al Servicio para poner término al contrato en cualquier momento.
2.3.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y Bases Técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un Oferente, siempre que el plazo de recepción de ofertas no se encuentre vencido.
Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de Licitación. En el caso de modificaciones, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En el caso de aclaraciones, bastará informar de ella a través de la plataforma electrónica.
En este caso, se deberá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las Bases solo serán procedentes si se efectúan antes del cierre de presentación de las ofertas, en conformidad al art. 19 del Reglamento.
2.4.- CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Las consultas de los Proponentes deberán ser realizadas a través del foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl conectando el ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas serán emitidas por el Servicio en la fecha señalada en el calendario indicado en el numeral 6 de estas Bases.
Las aclaraciones se publicarán en el mismo portal y forman parte integrante de las Bases de Licitación, hecho que las partes aceptan, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda.
Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los Oferentes y el Servicio.
Sólo se responderán consultas efectuadas dentro del plazo establecido y por la vía señalada. Las consultas deberán formularse en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la licitación. Las respuestas y aclaraciones que se entreguen complementan las presentes Bases y/o Bases Técnicas, entendiéndose que forman parte integrante de ellas y de sus antecedentes, no pudiendo alegar desconocimiento de ellas. Por tanto, todas las respuestas, aclaraciones a dudas y/o eventuales omisiones complementadas y precisadas en el período de consultas, también forman parte de los antecedentes de la licitación.
2.5.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La apertura electrónica de las propuestas la efectuará el funcionario del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central encargado del seguimiento del proceso licitatorio, o en caso de impedimento de aquél, ante la persona que el Jefe del Departamento mencionado designe al efecto, dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el numeral 6 de las presentes Bases.
Sólo se procederá a revisar Ofertas Económicas y Técnicas enviadas electrónicamente vía portal www.mercadopublico.cl, y respecto de participantes que hayan presentado la Garantía de Seriedad de la Oferta exigida.
Cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas invalida aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
El Servicio de Salud Metropolitano Central solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones de forma detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Asimismo, el Servicio de Salud Metropolitano Central permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará un plazo establecido en el calendario respectivo contados desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el numeral 2.8. sobre “Pauta de Evaluación de las propuestas” contenido en estas Bases.
Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane las omisiones señaladas, se declarará desestimada sin más trámite su oferta o bien se asignará cero puntos, según corresponda.
La declaración de oferta desestimada, así como la declaración de desierta de la licitación conforme lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 19886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
2.6.- COMISIÓN EVALUADORA
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, integrada por los directivos, jefaturas y funcionarios del Servicio o Establecimiento que a continuación se individualizan, o quienes se encuentren subrogando o reemplazando en el cargo al momento de la evaluación.
Sr. Francisco Obregón Hernández, cédula nacional de identidad Nº 15.086.451-8, Encargado de Equipamiento del Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado.
Sr. Francisco Arce Muñoz, cédula nacional de identidad N° 12.640.576-6, funcionario Unidad de Soporte y Servicio Técnico, Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado.
Sra. Fabiola Pávez Stuardo, cédula nacional de identidad Nº 15.444.426-8, Profesional del Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado.
Esta comisión tendrá un plazo de hasta 8 días corridos para analizar las ofertas y proponer al director, la adjudicación de la oferta mejor evaluada.
La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado, y hará una propuesta de adjudicación a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central; o bien, propondrá fundadamente declarar desierta o inadmisible la licitación conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Los miembros que integran la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, debiendo dejar constancia de aquello en el Informe de Evaluación.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4° N° 7 de la Ley N° 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley N° 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto N° 250, que contiene el Reglamento de Compras.
La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública.
Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:
Verificar la admisibilidad y resolver si las Ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos y especificaciones establecidos presentes Bases. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
Evaluar las Ofertas presentadas.
Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones a los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
Verificar y corroborar la veracidad, consistencia y validez de la información contenida en los documentos aportados por los oferentes por cualquier medio. En caso de duda sobre la legitimidad de uno o más documentos, la Comisión podrá solicitar al oferente afectado una declaración al respecto. Si se verifica que los documentos presentados no se condicen con la realidad, la oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de las acciones legales que la Entidad Licitante pueda iniciar en su contra.
Confeccionar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las ofertas evaluadas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando la Comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio de Salud Metropolitano Central o SAMU Metropolitano; la asignación puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación señalado en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas.
Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 20.730 y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Interrumpir la continuidad administrativa del proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del Portal de la Dirección de Compras Públicas, frente a las situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica.
2.7.- CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Previo a la etapa de evaluación, se verificará la admisibilidad de las ofertas en cuanto a que cuenten con los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.
De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones o antecedentes a algún proponente sobre aspectos de su propuesta tendientes a salvar errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El Servicio podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo y tendrán una ponderación al momento de ser evaluadas, acorde a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886 del Ministerio de Hacienda. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.
De esta forma se entienden como criterios de admisibilidad los siguientes:
Anexo 1: Identificación de Proponente
Anexo 2: Declaración Jurada del Proponente.
Anexo 3: Oferta Económica, Servicio Técnico, Plazo de Entrega y Garantía. Las ofertas que no se enmarquen al presupuesto total indicado para este proceso, serán desestimadas.
Anexo 4: Especificaciones Técnicas.
Garantía de Seriedad de la Oferta entregada, en formato físico, dentro del plazo establecido en las presentes Bases Administrativas.
El no cumplimiento de un criterio de admisibilidad administrativa y/o técnica que no quede resuelto a través de la solicitud o aclaración de antecedentes, significará que la oferta será declarada inadmisible y no será parte de la evaluación de la licitación.
2.7.7.- APERTURA ELECTRÓNICA
El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente, de acuerdo a las fechas indicadas en el Calendario de Licitación y publicadas en el Portal, en la hora que se señale en dicho Sistema, esto es, una vez vencido el plazo de presentación de las ofertas, en las dependencias de la Departamento de Operaciones y Logística del Servicio, sin presencia de los oferentes.
En el acto de apertura se revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentadas vía electrónica en tiempo y forma. De no contener la documentación requerida en las presentes Bases, se dejará constancia de este hecho en el acta respectiva, así como de la información relevante que se encuentra incompleta. La propuesta que se encuentre en estas condiciones será considerada inadmisible, no pudiendo continuar en el proceso licitatorio, salvo que se den alguno de los casos señalados en las presentes Bases, en cuyo evento el Servicio podrá otorgar el respectivo plazo para subsanar las omisiones que allí se indican.
Posteriormente, se efectuará la apertura de la Oferta Técnica y Oferta Económica de aquellos oferentes que cumplan con la entrega de los antecedentes referidos en los términos descritos precedentemente.
La apertura electrónica deberá contener, a lo menos, las siguientes menciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de la ley Nº19.886 del Ministerio de Hacienda.
• Individualización del oferente
• Descripción básica del bien o servicio ofrecido
• Precio de la oferta
• Individualización de la garantía de seriedad de la oferta
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
No obstante, el Servicio podrá recibir ofertas fuera del sistema en las siguientes situaciones:
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible efectuar los Procesos de Compras a través del Sistema de Información.
Una vez concluida la apertura electrónica se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos proponentes que los presentaron en forma completa, consignándose el valor de la oferta.
En el proceso de evaluación, la Comisión de Evaluación podrá requerir el apoyo o la asesoría técnica que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 39 del Reglamento de la ley nº19.886 D.S N°250 del Ministerio de Hacienda y serán sólo aquellos establecidos en estas Bases, en esta instancia la Comisión Evaluadora designará a uno de sus integrantes para establecer el contacto correspondiente, de lo cual quedara constancia en el acta de evaluación.
La distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las presentes Bases facultará al Servicio para declarar inadmisible la oferta correspondiente, situación que será consignada en el acta de la Comisión de Evaluación.
En caso de existir errores de transcripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones en las mismas condiciones ya señaladas en las presentes Bases.
2.8.- PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los criterios de evaluación que utilizará la Comisión Evaluadora y sus ponderaciones son los siguientes:
Criterios Ponderaciones (%)
Precio de la Oferta (PO) 50
Servicio Técnico (ST) 10
Plazo de Entrega (PE) 35
Requisitos Formales de la Oferta (RF) 5
Total 100
2.8.1.- FÓRMULA GENERAL
PUNTAJE FINAL = (PO x 0, 50) + (ST x 0,10) + (PE x 0,35) + (RF x 0,05)
2.8.2.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación serán ponderados de acuerdo con lo detallado a continuación.
Precio de la Oferta (50%): Se evaluará según la siguiente fórmula
Puntaje Precio =((Oferta Mínima)/(Oferta Evaluada)) x 100
Servicio Técnico (10%): Se evaluará el tener Servicio Técnico según el cumplimiento de los siguientes sub-criterios:
Sub- Criterios Características Puntos
Servicio técnico propio acreditado por fábrica Si posee acreditación por fábrica 50
No posee acreditación por fábrica 0
Tiempo de respuesta presencial período garantía Menor a 24 horas 50
Igual o mayor a 24 horas, menor a 48 horas. 25
Mayor a 48 horas 0
Plazo de Entrega (35%): Se evaluará según el cumplimiento de las siguientes características:
Características Puntos
Entrega igual o menor a 10 días 100
mayor a 10 día y menor a 30 días 50
mayor a 30 días y menor o igual a 45 días 25
mayor a 45 días 0
Requisitos Formales de la Oferta (5%): Se evaluarán las ofertas que hayan presentado documentación sin errores, ni omisiones detectadas durante la evaluación.
Características Puntos
Oferta sin errores u omisiones detectadas 100
Oferta con errores u omisiones subsanadas 30
Oferta con errores u omisiones no subsanadas 0
Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este numeral.
La Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación otorgará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 bis del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que se transcribe íntegramente a continuación:
“El informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias:
Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.”
2.9.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla:
Criterios Orden Jerárquico de Desempate
Precio de la Oferta 1º
Plazo de Entrega 2º
Servicio Técnico 3º
Requisitos Formales de la Oferta (RF) 4°
En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se estará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información de www.mercadopublico.cl.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada.
2.10- ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación simple”, esto es, se adjudicarán todos los Ítem de la licitación a un solo proveedor. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada del Director(a) del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio, de acuerdo al artículo 6 del Reglamento de la Ley de Compras.
La Comisión emitirá una propuesta de adjudicación que recaerá en el o los oferentes que, a su juicio, mejor cumplan con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas Bases, para ello, informará al Director(a) del Servicio el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para el Servicio.
En este orden, el Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que, aplicando los criterios de evaluación, resulte la más conveniente, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Servicio, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto.
Asimismo, el Servicio podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si las ofertas no se ajustaren al presupuesto estimado por este Servicio para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los casos que proceda, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del art. 11 del Reglamento de la Ley de Compras. La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el portal.
Cuando la adjudicación no se realice, sea o no por causas imputables al Servicio, dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes Bases Administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación, modificándose en lo pertinente el calendario de la licitación. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
2.11.- READJUDICACIONES
El Servicio podrá re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dejando sin efecto la adjudicación previa, en un plazo de hasta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y en general, en los siguientes casos:
El adjudicatario no hace entrega de los documentos y antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, dentro del plazo estipulado en el Numeral 4 de las presente Bases.
Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición.
Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas, lo que debe constatarse antes de la firma del contrato.
La re-adjudicación será procedente sólo si el Proveedor a quien se re adjudique mantenga la vigencia de su oferta, y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primitivo adjudicatario, conforme al art. 71 del Reglamento de Compras.
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3.- DE LAS GARANTÍAS |
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Cada Proponente deberá entregar uno o más instrumentos como garantía, siempre que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. El documento (s) de garantía deberá ser tomado en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones de Garantía Recíproca, debe ser pagadero a la vista (a su sola presentación) con carácter irrevocable y emitido nominativamente al Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, en moneda nacional, indicando determinadamente la obligación que caucionan, por los montos y vigencias que para cada una de ellas se indican a continuación.
A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos a que se refiere esta cláusula son de días corridos.
Se hace presente que en caso de que se detecte un error formal en la extensión de la garantía, ello no invalida la presentación de aquella, sin perjuicio de que se otorgará al oferente un plazo de dos (02) días hábiles, desde la notificación al proponente del error para corregirla, y entregarla correctamente emitida. En el evento que el plazo para entregarla correctamente emitida se extinguiera un día inhábil, se extenderá al siguiente día hábil para su entrega. Lo anterior se aplica para todas las garantías indicadas en la presente cláusula.
Todos los gastos financieros que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo de los proponentes y es de su responsabilidad mantenerlas vigentes por el periodo que cauciona.
Corresponderá al Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central, lo siguiente:
1. Adoptar los resguardos necesarios para la entrega oportuna de las garantías en las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central;
2. Corroborar que el tipo de garantía entregada, su monto, vigencia y glosa, corresponda a lo exigido en estas bases, y representar esta situación a la Comisión Evaluadora, Referencia Técnica y/o a la Subdirección de Administración y Finanzas SSMC, según sea el caso, cuando exista una discrepancia en ese sentido.
3. Velar por el reemplazo y/o devolución definitiva de las garantías a los proponentes y/o proveedores, según sea el caso.
4. Realizar la gestión del cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta cuando corresponda.
3.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El proponente deberá adjuntar uno o más documentos de garantía, la que también podrá ser tomada por un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, por el monto de $200.000.- (doscientos mil pesos), cuya glosa consignará “RESPALDA LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN LICITACIÓN ID __________ DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO “RENOVACIÓN COMPLEMENTARIA EQUIPOS COMPUTACIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” donde “ID LICITACIÓN” corresponde al número y nombre asignados a la presente Licitación en el Portal. Además, debe cumplir los siguientes requisitos:
La vigencia de la garantía debe ser de al menos 120 días a contar de la apertura de la propuesta.
El documento original deberá ser entregado materialmente en Oficina de Partes del Servicio o por medios electrónicos, según consigna en el numeral 3, en horario hábil con la siguiente información:
Tipo de Documento Caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable
Beneficiario Servicio de Salud Metropolitano Central
Pagadera A la Vista
Vigencia mínima De 120 días corridos desde la apertura de las propuestas
Expresada en Pesos Chilenos
Monto $200.000. - (doscientos mil pesos)
Glosa Respalda la Seriedad de la Oferta en LICITACIÓN ID __________ DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO “RENOVACIÓN COMPLEMENTARIA EQUIPOS COMPUTACIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” Donde “ID LICITACIÓN” corresponde al número y título asignados a la presente Licitación en el Portal
No se recibirán documentos de Garantía de Seriedad de la Oferta después de la fecha y hora de recepción de ofertas.
Juntamente con la garantía el oferente deberá entregar un documento en el cual esté contenida la siguiente información:
DATOS DEL OFERENTE QUE ENTREGA LA GARANTÍA
Licitación ID Nombre o Razón Social:
Garantía de Seriedad Oferta N° y entidad emisora Domicilio:
Rut: Ciudad:
Comuna: Región:
Datos Encargado Proceso de Licitación
Nombre completo: Cédula de identidad:
Cargo: Fono:
Correo Electrónico: Fax:
La garantía de Seriedad de la Oferta, podrá ser cobrada, por la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, previa resolución que lo autorice, en los siguientes casos:
a. Si “el Oferente” retira su oferta o se desiste de ella, en el periodo de vigencia de la misma.
b. Si “el Adjudicatario” no hace entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, no suscribe y/o no entrega el contrato, dentro de los plazos y en las condiciones que se fijan en las presentes bases.
c. Si siendo adjudicado no proporciona los antecedentes necesarios para celebrar el contrato dentro del plazo establecido las presentes bases.
d. Si “el Adjudicatario” no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato, según se señala en las presentes bases.
e. Si “el Adjudicatario” infringiere la Ley Nº19.886, en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en las presentes bases.
Este documento (s) de garantía de Seriedad de la Oferta, quedará bajo la custodia del Departamento de Finanzas del Servicio de Salud Metropolitano Central.
3.1.1 Devolución.
El documento (s) de Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelto sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, y se efectuará de la siguiente forma:
3.1.2 Devolución por no adjudicación
Dicho documento (s) será devuelto por “El Servicio” dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la Adjudicación de la Licitación (salvo en el caso del proveedor adjudicado y las 2 ofertas que le siguen en puntaje). Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Departamento de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirarlo desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras.
3.1.3 Devolución por adjudicación
Para el caso del proveedor con el mayor puntaje y los dos proveedores con los puntajes siguientes, se les devolverá una vez que el proveedor adjudicado firme el respectivo contrato y haga entrega del documento (s) que Garantice el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
En caso de que el proceso de adjudicación supere la fecha de vigencia establecida, se solicitará la renovación del documento de Seriedad de la Oferta. De no renovarse dicha garantía, se entenderá por desistida su oferta e inmediatamente se procederá a adjudicar al oferente del segundo lugar; si la oferta del segundo lugar se diese también por desistida por la misma causa, se procederá a la adjudicación con el tercer lugar. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs, cesando desde este momento la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central.
3.2 GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO
El adjudicatario deberá garantizar el fiel e íntegro cumplimiento del Contrato, mediante uno o más Instrumentos que sirva de caución, la que también podrá ser tomada por un tercero, a la vista e irrevocable tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, cuyo monto será equivalente 5% del valor total del contrato y se expresa en pesos chilenos.
En caso de incumplimiento imputable al adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato, lo que incluye también el cumplimiento imperfecto o tardío, el SSMC, estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Además, con cargo a la garantía vigente, podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten al oferente, siempre. También podrá utilizarse la Garantía De Fiel y Oportuno Cumplimiento, a la situación de incumplimiento de parte del proveedor, de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores y/o dependientes.
Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del SSMC y será devuelta, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por el Servicio, a solicitud escrita dirigida al director de éste, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
CONSIDERACIONES GENERALES PARA TODAS LAS GARANTÍAS DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO
MONTO 5% (cinco por ciento) del valor total del contrato en pesos chilenos.
GLOSA Para GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO, POR LA LICITACIÓN “RENOVACIÓN COMPLEMENTARIA EQUIPOS COMPUTACIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” indicándose el Nº de ID de la presente licitación. Para el caso de vale vista, la glosa deberá escribirse en la parte posterior de la garantía.
VIGENCIA Esta garantía deberá tener una vigencia igual al período de validez del contrato aumentado en 90 días corridos al término de éste. El plazo será computado a partir de la fecha de firma del contrato con el órgano contratante. Dicha garantía quedará en poder del SSMC, mientras dure el período de vigencia.
ENTREGA DE GARANTÍA El documento de garantía deberá ser presentado dentro de los 10 días corridos siguientes a la fecha de publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, junto con la suscripción del contrato.
La dirección para entrega de las garantías se indica en el punto CONSIDERACIONES PARTICULARES PARA TODAS LAS GARANTÍAS DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO
PROCEDIMIENTO PARA EJECUTAR LA GARANTÍA La entidad licitante de forma previa a la ejecución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, deberá otorgar al proveedor el respectivo traslado, de acuerdo con lo señalado por el artículo 79 TER del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, para lo cual se aplicará de forma análoga el procedimiento establecido en la cláusula Pago de Multas de las presentes Bases Administrativas.
CONSIDERACIONES PARTICULARES PARA LAS GARANTÍAS DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL INSTITUCIÓN Servicio de Salud Metropolitano Central
RUT 61.608.600-6
DIRECCIÓN OFICINA DE PARTES Victoria Subercaseaux N° 381, comuna Santiago, Oficina de Partes SSMC, piso 1.
HORARIO OFICINA DE PARTES Lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 hrs.
Viernes de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs.
Si transcurridos 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la Garantía De Fiel y Oportuno Cumplimiento Del Contrato, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación.
3.2.1 Devolución.
Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas y serán devueltas si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma, y certificado, previa consulta al Referente Técnico, sobre el cumplimiento total y efectivo de lo contratado, a solicitud escrita dirigida al Servicio de Salud Metropolitano Central, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos. Para efectos de lo anterior, se entiende que las obligaciones del proveedor tienen el carácter de indivisibles.
En caso de prorrogarse el contrato, esta garantía será devuelta al momento de entregar una nueva Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, en las condiciones señaladas en las presentes bases. O en su defecto, se aceptará la prórroga de garantías electrónicas.
3.2.2 Cobro de Garantía
El Servicio estará facultado para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento grave. Son causales de incumplimiento grave las siguientes:
1. Incumplimiento en los plazos de Entrega
2. Incumplimiento de los Requerimientos Técnicos
3. Incumplimientos en la Capacitación
4. Incumplimientos de dos o más veces en las Garantías Técnicas
5. Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la entrega encomendada de derivada de problemas internos, huelga de trabajadores, quiebra, entre otros.
6. Por la no solución por el adjudicatario, de los reparos que les sean solicitados por escrito por parte del Servicio
7. Por incurrir en dos multas consecutivas, motivo de esta Licitación
8. Por daños a las instalaciones del Establecimiento, materia del traslado, instalación u operación en periodo de capacitaciones por el personal del adjudicado del equipo y/o equipamiento
En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
3.2.3 De la no presentación de Garantía en Oficina de Partes.
Si transcurrido el plazo para la entrega de la Garantía de Fiel cumplimiento, el proveedor no la presentare, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la re adjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente.
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4.- CONTRATO |
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Previo a la celebración del contrato, el Servicio exigirá al Oferente Adjudicado, que acredite su habilitación para contratar, entregando el certificado de inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, conjuntamente con entregar un Certificado de antecedentes laborales y previsionales de los dos últimos años, actualizado de la Inspección del Trabajo que informe acerca del cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, así como de la existencia de situaciones sancionadas y/o multadas. Para estos efectos el Certificado cuya presentación se requiere es el Formulario F-30 de la Inspección del Trabajo.
El adjudicatario inscrito en el Portal de ChileProveedores que no tenga contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma del contrato, en fotocopia autorizada ante Notario, los siguientes documentos según proceda:
• Copia del instrumento de constitución del Oferente, y sus eventuales modificaciones; y si se tratare de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, deberá adjuntarse, además, copia del extracto de la escritura social, inscrito en el Registro de Comercio respectivo y el certificado de vigencia de la sociedad y de la personería de quien firmará el contrato. En caso de que hubiera modificaciones al pacto social original, también deberá cumplirse con la exigencia anterior.
• Copia simple de los documentos con firma electrónica respecto de aquellas personas jurídicas constituidas al amparo de la Ley 20.659 según sea el caso.
En el evento que no constare el representante legal en los documentos antes referidos, deberá adjuntarse la documentación en que consten las correspondientes personerías de quienes están facultados para actuar en representación del Adjudicatario, especialmente para celebrar el tipo de contrato licitado, mediante Certificado respectivo emitido por el Registro de Comercio con una data no superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato o por el Registro de empresas y sociedades de acuerdo a lo prescrito en la Ley Nº 20.659.
• Certificado de la Inspección del Trabajo respectiva en la que se acredite que el proveedor se encuentra al día con las obligaciones laborales de sus dependientes.
* Los documentos, sean estos instrumentos públicos o privados, y certificados de cualquier naturaleza, emitidos en el extranjero deberán presentarse en original debidamente traducidos y legalizados por el Consulado Chileno.
4.1.- SUSCRIPCIÓN
El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución que adjudica el proceso de licitación. Para ello deberá acompañar los documentos necesarios para la redacción y suscripción del respectivo contrato.
Se entenderá que, si el contratante no firma el Contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, caso en el cual se adjudicará la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión Evaluadora, o rechazará todas las restantes.
El proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la Ley Nº 20.123 y su Reglamento, y que para estos efectos corresponderá al Formulario F-30.
En caso que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente a la DAP-SSMC los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
4.2.- CONTENIDO MÍNIMO
1. Individualización del proveedor;
2. Características del suministro/servicio contratado;
3. Precio;
4. Plazo de duración;
5. Plazo de entrega;
6. Multas;
7. Procedimiento para el cobro de multas;
8. Causales de término anticipado;
9. Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
10. Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas y especificaciones técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución;
11. Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor;
12. Declaración que el contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del contrato, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común;
13. Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio exclusivo fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
14. Declaración que el proveedor será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio;
15. Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario.
16. Declaración del proveedor de que, al tiempo de celebración del contrato, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, acreditándolo por los medios que al efecto y oportunidad le sean requeridos.
17. Declaración respecto de que trascurrido el periodo de arriendo, al efectuarse el último pago, se traspasará la propiedad de los equipos en forma íntegra y en perfecto estado técnico, al Servicio de Salud Metropolitano Central.
4.3.- VIGENCIA
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin embargo, por razones de buen servicio y atendida la urgente necesidad de renovar el equipamiento para poder otorgar las prestaciones de salud a los pacientes usuarios de la red asistencial, la ejecución del contrato, esto es la entrega de los equipos adquiridos, podrá realizarse desde la fecha de suscripción del contrato.
Lo anterior, considerando lo que dispone el artículo 52 de la Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, esto es, de que los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.
Sin perjuicio de lo señalado, el pago a dichas prestaciones únicamente podrá efectuarse previo otorgamiento de la recepción conforme por parte del referente técnico y una vez verificada la total tramitación del acto administrativo aprobatorio del contrato, conforme a Dictamen N°99.241 de 2015 de Contraloría General de la República.
4.4.- PRECIO
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos presentados en la licitación (ANEXO N°3), más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable.
4.5.- FORMA DE PAGO
La forma de pago será mediante transferencia electrónica dentro de 45 días de la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del suministro contratado según Acta de Recepción Conforme de la Comisión Receptora. Para esto el Adjudicado deberá enviar vía correo electrónico la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico).
FACTURACIÓN SERVICIO SALUD METROPOLITANO CENTRAL
• Nombre : Servicio de Salud Metropolitano Central
• RUT : 61.608.600-6
• Dirección : Victoria Subercaseaux Nº 381, Piso 1, Santiago.
• Horario Oficina de Partes : 08:30 a 13:00 – 14:00 a 17:00 lunes a jueves.
08:30 a 13:00 – 14:00 a 16:00 viernes.
EL PROVEEDOR DEBERÁ INDICAR EN LAS FACTURAS QUE EMITA EL NÚMERO DE ORDEN DE COMPRA EMITIDA POR EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Al momento de generar el documento tributario electrónico es obligatorio incorporar los campos de orden de compra y casilla de envió de facturas dipresrecepcion@custodium.com. En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del servicio de impuestos internos.
Todo documento rechazado deberá incluir por parte del proveedor nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar enmendando el error
Junto con la Factura se deberán adjuntar certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales autorizada de conformidad con la Ley Nº 20.123 y su reglamento, que acredite que el proveedor no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados (F-30 y F30-1). Lo anterior, a fin de que el Servicio de Salud Metropolitano Central pueda ejercer el derecho de información y retención, cuando fuere procedente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C del Código del Trabajo, en sus incisos primero, segundo y tercero, e Informe Técnico con trabajos realizados en el mes con nómina de funcionarios.
El proveedor no podrá facturar hasta que el referente técnico emita recepción conforme de los servicios efectuados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público.
4.6.- CAUSALES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Son causales habilitantes de modificación de contrato las siguientes:
a) Mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. En el caso de requerirse una modificación del contrato, deberá suscribirse un anexo modificatorio de contrato que será formalizado mediante el respectivo acto administrativo aprobatorio por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central.
La modificación del contrato regirá a contar de la total tramitación del acto administrativo que la aprueba, sin perjuicio de lo cual, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán ejecutarse desde la suscripción del respectivo Anexo Modificatorio, no obstante que su pago sólo podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio.
La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central podrá ampliar o disminuir hasta en un 30% del monto originalmente pactado. En estos casos, se deberá suscribir el respectivo Anexo modificatorio y emitir una nueva Orden de Compra debidamente enlazada al ID de esta Licitación, y el aumento o disminución sólo tendrá vigencia a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y su publicación en el Portal de Mercado Público. Solo una vez formalizados los aumentos o disminuciones de la forma ya dicha, los mismos podrán tener aplicación.
4.7.- ENTREGA DE LOS EQUIPOS.
El plazo de entrega del suministro contratado será aquel ofrecido por el proveedor, contados desde la aceptación de la Orden de Compra, la cual deberá realizarse por parte del proveedor en un plazo de 24 hrs. desde su envío. En todo caso el plazo máximo de entrega es el ofertado por el proveedor adjudicado.
La Recepción Administrativa y Física de los Equipos, en lugar y el horario se indicarán al momento de emitir la orden de compra, en horario hábil de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas, viernes de 08:30 a 15:30 horas, Región Metropolitana.
En el caso que los equipos no correspondieran a lo solicitado, el Servicio lo hará presente a la empresa, quien retirará los equipos y tendrá un plazo de 10 días hábiles para efectuar el cambio, desde la comunicación que le realice el Servicio. Si requiere de un plazo mayor al establecido deberá solicitarlo por escrito o e-mail al Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Servicio, el cual podrá aceptar o rechazar la ampliación del plazo velando por los intereses del Servicio.
4.7.1 Fuerza Mayor o Casos Fortuitos
Ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito (de acuerdo con el Artículo Nº 45 del Código Civil), u otras circunstancias no imputables al “Proveedor”, debidamente acreditados y formulados por el adjudicatario antes del vencimiento del plazo de entrega señalado en su oferta, el Servicio podrá acordar un aumento en el plazo de entrega, cuando ello procediere.
Esta circunstancia deberá ser informada al Servicio dentro de los 4 días hábiles siguientes a su acontecimiento o al cese de este. El servicio en vista de los antecedentes presentados, deberá calificar si el hecho da a lugar a fuerza mayor o caso fortuito.
Transcurridos los 4 días hábiles a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor que fundamente fuerza mayor o caso fortuito. En este caso se dará origen al incumplimiento a la Orden de Compra y Contrato, sometiéndose a las sanciones señaladas en los numerales 5.1.1.-, 5.1.2.- y 5.1.3.- de las presentes Bases.
4.8.- RECEPCIÓN EQUIPOS
Para tal efecto, a continuación, se designa en calidad de Referente Técnico encargado de la recepción de los equipos, y quien será el encargado de otorgar la recepción conforme del servicio de arriendo:
• Sr. Francisco Obregón Hernández, Profesional del Depto. Tecnología de la Información y Comunicaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado.
En esta etapa el equipo se recepcionará probado, calibrado y funcionando y en presencia del representante de la empresa vendedora; donde se verificará la presencia de todos los accesorios contemplados en la presente propuesta.
Además, se deberá entregar en esta oportunidad los manuales originales de operación y mantenimiento del equipo, los cuales deben ser de dos tipos: (En caso de estar incluido en el Anexo 4 de Especificaciones Técnicas).
a) Manuales de operación destinados a los usuarios (en español)
b) Manuales de servicio destinado a los técnicos de mantenimiento (en español).
La Comisión Receptora Interna y el representante de la empresa suscribirán el Acta de Recepción Conforme.
4.9.- VÍNCULOS DE DEPENDENCIA
Se deja constancia que la contratación corresponde a una contratación arriendo de servicios (equipos y/o equipamiento) y no un Contrato de Trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el Servicio y el personal del “Proveedor” adjudicado.
Por lo tanto, para todos los efectos legales, el “Proveedor” tendrá la responsabilidad total y exclusiva total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores. No obstante, ello, el oferente y posterior “Proveedor”, deberá sujetarse a lo señalado en la Ley Nº20.238, (que modifica la Ley Nº19.886, asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración del Estado), de 19-01-2008, esto es, no podrá el “Proveedor” tener conductas contrarias a los derechos fundamentales del trabajador.
4.10.- GARANTÍA TÉCNICA DE LOS EQUIPOS Y/O EQUIPAMIENTOS
a) A partir de la emisión del Acta de Recepción Conforme, será la Jefatura de Soporte y Operaciones, la encargada de verificar el cumplimiento de la Garantía Técnica durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Dentro de sus funciones, será quien emita Informes Fundados a la Dirección del Servicio para reportar incumplimientos en las condiciones de Garantía Técnica, así como también un Informe de Cumplimiento general al fin del periodo de Garantía Técnica.
b) La garantía técnica, el procedimiento para exigirla y el plazo de esta, se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases, según Anexo Nº3, sin perjuicio que sea establecida en el contrato.
El plazo de Garantía Técnica se considerará iniciado desde el Acta de Recepción Conforme del equipo y/o equipamiento. Para efectos de las Garantías indicadas en las presentes Bases se deberá considerar el equipo y/o equipamiento como un todo y no por partes.
En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el Servicio podrá optar entre la reparación gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada:
c) Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio, no cumplan con las especificaciones correspondientes.
d) Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o las mencionen en su catálogo y/o manuales.
e) Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, piezas, partes, elementos, estructura, sustancias, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.
f) Cuando el “Proveedor” y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato, deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra.
g) Cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al equipo y/o equipamiento inapto para el uso. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma.
h) Cuando el equipo y/o equipamiento objeto del contrato, tenga defectos o vicios ocultos que dificulten o imposibiliten el uso al que habitualmente se destine, para lo cual la(s) Jefatura(s) de él/los usuarios(s) del equipo y/o equipamiento, emitirán un informe técnico que dé cuenta de estos defectos o vicios ocultos.
i) Los equipos deben poseer garantía por todo el periodo de contrato, esto incluye recambio de partes y piezas mantenciones preventivas, si el equipo presenta 5 fallas de partes y piezas en periodo de un año este debe ser reemplazado por un equipo nuevo.
4.11- CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO
Sin perjuicio de las causales establecidas en el artículo 77° del DS Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda, la orden de compra se cancelará, sin derecho a indemnización, por cualquier incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud de la aceptación de la orden de compra.
La Dirección del Servicio, a petición de la Referencia Técnica, podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución de los servicios en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian los servicios, legislaciones u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratante, facultando Servicio para poner término anticipado al contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la Referencia Técnica del órgano contratante:
• Si el contratante inicia un procedimiento de reorganización y liquidación de empresas y/o persona, consagrado en la Ley N° 20.720.
• Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del contratante.
• Si el contratante ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
• Si el contratante ha acordado llevar la orden de compra a un comité de inspección de sus acreedores.
• Si el contratante se disuelve y procede a su liquidación.
• Si el contratante o alguno de los socios del contratante fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
• Si al contratante le fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
• Si a juicio de la Referencia Técnica no cumple con las obligaciones estipuladas.
• Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
• Cuando los productos y/o servicios entregados no cumplan las exigencias técnicas requeridas (especificaciones técnicas, soporte técnico, plazos).
• En caso de reiteración de causal para aplicación de multa. (Se considerará para estos efectos haber incurrido 4 veces en la misma infracción, durante la vigencia del contrato.)
• Infringir el deber de confidencialidad, de conformidad con lo dispuesto en el “acápite Confidencialidad”, de las presentes Bases.
• Si incurre en multas que en su totalidad sobrepasen un 30% del valor total de la contratación.
El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones precedentes, u otra cualquiera las Bases o del contrato, en cualquier forma o por cualquier razón, será causal suficiente para que el SSMC, pueda poner término inmediato al contrato sin que el contratante tenga derecho a indemnización de ninguna especie, circunstancia que éste declara conocer y aceptar por cuanto esta prohibición ha sido determinante para la celebración del presente contrato.
Efectuado el término anticipado del contrato por cualquiera de las causales señaladas precedentemente (a excepción a las causales de resciliación y por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud) se mantendrán las garantías y retenciones del convenio, las que servirán para responder del pago de las multas que afecten al contratante o cualquier otro perjuicio que resultare para el Establecimiento contratante, con motivo de ese incumplimiento.
Lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Si el adjudicatario es una UTP formada por personas naturales y/o jurídicas dedicado a cualquier actividad o giro, para todos los efectos de aplicación de esta cláusula se considerará como proveedor al conjunto y a cada uno de los miembros que integran la UTP.
El Servicio informará por escrito al Contratista, mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el Contrato, con una antelación de a lo menos 10 días hábiles a la fecha en que se desee ponerle término.
4.11.1.- Incumplimiento Grave de las Obligaciones del Contrato
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor, entre otras, las siguientes:
- Si a juicio del Director(a), los equipos, equipamiento o accesorios no cumplen con las especificaciones técnicas indicadas en estas Bases, específicamente el Anexo 4. Condición que debe ser refrendada en un informe técnico que indique causales del incumplimiento.
- Si el proveedor no da cumplimiento a la entrega del servicio dentro del plazo ofrecido y por dicha demora ha incurrido en el valor máximo de multa establecido en el numeral 5.- Multas. Para estos efectos, se considerará no entregado el suministro, si falta alguna pieza o elemento que impida su uso completo, o sirva imperfectamente.
- Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
- Si el Contratante no puede cumplir con su obligación de entregar el equipo, debido a la cancelación de la representación de la marca o de la autorización de la comercialización y/o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el equipo o no cuente éste.
- Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
- Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
- Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
- Si se disuelve y procede a su liquidación
- Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerentes.
- Si existen defectos de calidad en el equipo entregado o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
En este caso, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causaren.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causales señaladas precedentemente, se mantendrán las garantías del convenio, las que servirán para responder del pago de las multas que afecten al proveedor o cualquier otro perjuicio que resultare para el Servicio, con motivo de ese incumplimiento.
4.11.2.- Procedimiento para proceder al Término Anticipado por Incumplimiento
En virtud de lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas contenido en el Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que señala que las Bases deberán contemplar un procedimiento para aplicación de las medidas que se adopten para los casos de incumplimientos que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. Se establece el siguiente procedimiento:
Frente al incumplimiento del proveedor de cualquiera de las obligaciones que deriven de las Bases de Licitación y demás antecedentes de que rigen la contratación, el Referente Técnico dará cuenta de ello mediante Informe fundado al Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones SSMC, quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratante en alguna infracción, y propondrá el término anticipado de la contratación.
La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central comunicará por escrito su decisión al contratista de terminar anticipadamente el contrato y los fundamentos de la misma, mediante carta certificada dirigida a su domicilio, con una antelación de a lo menos 10 días hábiles a la fecha en que se desee ponerle término.
El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la comunicación en el domicilio señalado, para formular descargos, los que deberá hacer llegar por escrito, en carta dirigida al Director y que deberá ser entregada en Oficina de Partes de este Servicio de Salud.
Con el mérito de ellos, o trascurrido el plazo referido sin que estos se hubiesen formulado, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central resolverá sobre el particular, de manera fundada y previa ponderación de los antecedentes, mediante la dictación de la resolución exenta respectiva. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880.
Puesto término anticipado de la relación contractual por cualquiera de las causales imputables al proveedor, señaladas precedentemente, el Servicio hará efectiva la Garantías, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
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5.- MULTAS |
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5.1 Tipificación de Multas
5.1.1 Plazo de entrega: Si el/los adjudicatario(s) no entregan dentro del plazo ofertado, los equipos y/o equipamiento objeto de la licitación; ello, obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento de los días de atraso en la entrega del bien, calculada sobre el precio del total de ítems atrasados, correspondiente por un 1% del valor total con IVA por cada día de atraso; hasta completar un 30% del valor total del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 4.9.- de estas Bases.
5.1.2 Servicio Técnico: Si el/los adjudicatario(s) no cumple(n) con el tiempo de respuesta indicado en su oferta, se procederá al cobro de multas por incumplimiento por los días de atraso de conformidad al detalle siguiente, calculado sobre el precio del ítem correspondiente, 1% diario, esto hasta completar un 30% del valor del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 4.9.- de estas Bases.
5.1.3 Limitaciones globales: Si el/los adjudicatarios(s), con motivo de las causales anteriormente citadas, incurren en multas que en su conjunto completan un 30% del valor del contrato, se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado, como se indica en el numeral 4.9.- de estas Bases.
Con todo lo anterior, las multas no podrán exceder un 30% del valor total del contrato.
El Servicio se reserva el derecho de anular la Orden de compra cuando el proveedor no cumpla con el despacho de los productos en la fecha solicitada. Cuando esto ocurra se dejará constancia en el portal www.mercadopublico.cl de dicho incumplimiento.
5.2 Mecanismo de reporte de Multas
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, la Referente Técnico de la Unidad de Soporte, dará cuenta de ello mediante Informe fundado al Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones SSMC, quien pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratista en alguna infracción y propondrá la aplicación de las multas que procedan.
El Director(a) del Servicio, a la vista del informe, y si estima que el contratista ha incurrido en incumplimiento contractual, comunicará por medio del correspondiente Oficio Ordinario, del hecho de encontrarse en situación de infracción, informándole sobre el incumplimiento y el monto de la multa a aplicar. El proveedor, notificado que sea, tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos ante el Director(a).
Posteriormente el Director(a), con los descargos del proveedor a la vista, o en ausencia de ellos, instruirá o no el inicio del proceso de multa en un plazo no mayor a 30 días, mediante la dictación de la respectiva Resolución, que se notificará por medio de carta certificada dirigida al domicilio registrado del proveedor, para efecto que este pueda ejercer los derechos que le concede la Ley 19.880, entre los cuales se establece la posibilidad de presentar Recurso de Reposición.
Si el proveedor adjudicado hubiese repuesto de la multa dentro de plazo, el Director(a) del Servicio, evaluando los antecedentes, y solicitando los informes que estime pertinentes, resolverá mediante Resolución fundada en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados desde la fecha de ingreso de dicha reposición consignada por Oficina de Partes del Servicio, pudiendo el Director(a) del Servicio:
i) Acoger el reclamo del proveedor, dejando sin efecto la Resolución que exige el pago de la multa;
ii) Rebajar la multa al proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución;
iii) Rechazar el reclamo del proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución.
En los casos en que el Director(a) del Servicio haya rebajado la multa al proveedor, o haya rechazado el reclamo de éste, el Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá exigir el cobro de ésta mediante los mecanismos establecidos en el numeral 5.3 “Mecanismos de Pago de Multas”, según sea el caso.
Se deja constancia que el procedimiento de aplicación de multas y la reclamación de ellas se regirán conforme lo establece la Ley 19.880 de procedimientos administrativos.
5.3 Mecanismos de Pago de Multas
5.3.1 Cobro directo a Proveedor
Primeramente, la multa podrá ser pagada directamente por el proveedor mediante cheque nominativo extendido a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva Resolución que concluya el proceso de multa.
Dentro del mismo plazo, la multa podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos: tipo de cuenta: Cuenta Corriente N° 9276491, Banco Estado, R.U.T.: 61.608.600-6 (correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl).
La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio, previo aviso del Contratista vía correo electrónico, para ser validada.
5.3.2 Pago desde Garantía del Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato
Cuando no exista la posibilidad de verificar el pago conforme al mecanismo establecido en el numeral anterior, las multas se pagarán con cargo al documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, tras lo cual, la empresa deberá traer una nueva garantía, en los mismos términos expuestos en el numeral 3.2 de las presentes bases y luego de ello, el Establecimiento devolverá el saldo que quede de la garantía original.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
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6.- CALENDARIO DE LICITACIÓN |
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A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente Licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los sábados, los domingos y los festivos. El plazo del cierre para la recepción de ofertas no puede vencer en días inhábiles ni en día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas.
Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
A contar de la aprobación las presentes Bases de Licitación.
Fecha inicio preguntas. A partir de la publicación de las presentes Bases en el portal.
Fecha final de preguntas. Al sexto día corrido de la fecha de publicación de las presentes Bases a las 15:00 hrs.
Fecha de publicación de respuestas. Al décimo día corrido de la fecha de publicación de las presentes Bases a las 18:00 hrs.
Fecha de cierre de recepción de ofertas. A las 15:00 hrs. del vigésimo día corrido a contar de la publicación de las presentes Bases
Fecha de acto de apertura de ofertas. A las 15:01 hrs. del día de cierre de recepción de propuestas.
Fecha publicación de admisibilidad de ofertas. Hasta el 15° día corrido posterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación. Hasta 48 hrs. desde realizada la pregunta por el portal.
Fecha estimada de evaluación Hasta el 8º días corridos siguiente al cierre de recepción de propuestas.
Fecha estimada de adjudicación. Hasta el 15° día corrido siguiente a la fecha de cierre de recepción de propuestas
Fecha estimada de suscripción del contrato Hasta el 10° día corridos siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación.
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7.- INSPECCIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL. |
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El Servicio durante la vigencia del Contrato, en las fechas y formas que estime conveniente, estará facultado para efectuar la inspección, supervisión y control del equipo adquirido y su correcto funcionamiento. El Adjudicatario deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de dicha supervisión y control. Si el equipo no reuniere las condiciones técnicas requeridas en las Especificaciones Técnicas, exigirá su cumplimiento al adjudicatario, sin cobro adicional alguno para el Servicio, sin perjuicio de las facultades de disponer el término del contrato, la aplicación de multas y/o el cobro de la garantía de fiel cumplimiento que corresponden al Servicio.
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8.- DECLARACIÓN ESENCIAL |
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Él o los representantes de cada proponente deberán declarar, de conformidad con el Anexo Nº2 de las Bases, lo siguiente:
1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos.
2. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones técnicas, Anexos y Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.
3. Estar legalmente constituido, reconocida y vigente en Chile; y son personeros debidamente investidos en Chile.
4. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar y someterse a las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, preguntas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.
5. Pacto de Integridad, los proveedores se comprometen a actuar con transparencia, probidad y veracidad en la información y antecedentes presentados en esta propuesta.
6. Estar Conforme con la forma de pago y sus condiciones, renunciando expresamente a alegar desconocimiento que al momento de realizar el ultimo pago de parte del Servicio, la totalidad de los equipos pasa a ser de este (Servicio de Salud Metropolitano Central).
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9.- PRÓRROGA DE COMPETENCIA |
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Cualquier diferencia en la interpretación de los antecedentes que forman parte de estas Bases y del contrato, que no pueda resolverse por las partes, se someterá a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Justicia, prorrogándose en este acto competencia en los Juzgados de Letras de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.
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10.- SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS. |
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El Adjudicatario no podrá subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato y mantendrá la responsabilidad ante el Servicio de la calidad, contenido y oportunidad tanto del equipo como de los servicios anexos que se adquieren y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el Adjudicatario y sus dependientes.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio será responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral. Tal responsabilidad estará limitada al tiempo o período durante el cual el o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la empresa principal acorde con lo señalado en el Artículo 183-B de la Ley Nº 20.123.
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BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “RENOVACIÓN COMPLEMENTARIA EQUIPOS COMPUTACIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” |
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1.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS
Las ofertas se presentarán únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español, de preferencia archivos en formato PDF y EXCEL, en carpetas o archivos.
1.1.- Propuesta técnica
La Propuesta Técnica deberá indicar al menos lo siguiente:
a) Especificaciones Técnicas del producto. El oferente debe presentar y dar cumplimiento a cada una de las especificaciones detalladas en el Anexo 4. En caso de no presentar el anexo referido o no dar cumplimiento a la totalidad de las especificaciones requeridas la oferta será declarada inadmisible.
b) Garantía del equipo (Anexo 3), la cual deberá indicar la información para cada equipo como un todo. En caso de segmentar periodos de garantía en función de sus partes, piezas y/o accesorios, se considerará para la evaluación, el valor más bajo de periodo de garantía ofertados.
c) Representación de la Marca e Identificación del Servicio Técnico. (Anexo 3),
d) Indicación de servicios de post-venta ofrecidos.
e) Equipo nuevo sin uso
1.1.1.- Especificaciones Técnicas (Anexo 4)
Corresponde al cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del equipo ofertado que deberán completarse en su totalidad, especificando claramente los alcances técnicos en virtud del requerimiento, el cual debe ser presentado en formato Excel.
El oferente deberá ofertar las características indicadas en el Anexo 4 respaldadas con documentos oficiales como catálogos, fichas técnicas y certificados de los productos cotizados, en idioma español, para identificar mejor los artículos ofrecidos. Estos deberán subirse al portal www.mercadopublico.cl, como máximo hasta el día y hora de cierre de recepción de ofertas. Deberá incluirse: marca, modelo, procedencia y características relevantes de cada producto.
a. En el caso que el oferente indique “SI” o “NO” en el cumplimiento de una característica técnica y esta no pueda ser verificada de acuerdo a los documentos proporcionados a través del portal; se considerará como el NO cumplimiento de esta característica para el proceso de evaluación.
b. En el caso del NO cumplimiento de una característica obligatoria, se declarará inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado.
1.2.1.- Garantía Técnica
El oferente deberá indicar la Garantía Técnica de cada equipo ofertado, completando el Anexo 3 indicado en las presentes Bases de licitación.
El plazo de garantía Técnica se considerará desde la Puesta en Marcha del equipo, la cual se extenderá por el plazo establecido en el contrato y acorde a la oferta entregada por el proveedor.
En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el Servicio podrá optar entre la reparación gratuita del bien, su reposición o la devolución de la cantidad pagada.
a. Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones en su catálogo y/o manuales.
b. Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes.
c. Cuando cualquier producto por deficiencia de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.
d. Cuando el proveedor y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra.
1.2.2.- Servicio Técnico.
En caso de que se indique que el oferente cuenta con servicio técnico propio para la marca, debe adjuntar un documento o certificado que avale la acreditación del Servicio Técnico Propio por parte del fabricante del equipo. Debe indicar claramente el año de acreditación y su vigencia. De no hacerlo, facultará a la comisión evaluadora de considerar como no cumplimiento esta característica.
1.2.3.- Representación de la Marca
En caso de que se indique que el oferente cuenta con representación de la marca, se debe incluir documento o certificado de representación de marca extendido por el fabricante, que indique claramente su vigencia, la dirección, teléfono, y nombre de la persona que lo representa.
1.2.4.- Plazo de entrega
a. El proveedor deberá ofertar un plazo de entrega máximo de 45 días hábiles. Aquellas ofertas que presenten mayor tiempo de entrega serán desestimadas del presente proceso, declarándose su inadmisibilidad.
b. El plazo de entrega deberá ser en días hábiles a contar de la aceptación de la Orden de Compra.
1.2.5.- Contraparte Técnica
El desarrollo de la presente licitación estará bajo la supervisión de un profesional de la Unidad de Soporte de dependencia del Depto. De Tecnología de la Información y Comunicaciones de este Servicio de Salud, designado por su jefatura.
Las funciones de la contraparte técnica incluirán:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de la presente licitación, velando por el estricto cumplimiento de las Bases Administrativas, técnicas y sus anexos.
b) Velar por el cumplimiento de los plazos ofertados por los proveedores para la entrega de los productos, además de revisar que los equipos adjudicados cumplan con ser los productos realmente requeridos y ofertados en la licitación, dar cuenta de la calidad y los estándares solicitados por este Servicio.
c) Velar por el envío oportuno al Departamento de Finanzas del Servicio, de la documentación del proceso de compra con las validaciones que le correspondan, para proceder al pago de los equipos.
d) Concurrir e Informar cuando se le requiera, respecto a la procedencia de multas y sanciones que se estipulen en las presentes Bases, emitiendo informe técnico de ello, a la Dirección del Servicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor, según corresponda.
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