Licitación ID: 1057468-3-LR23
Administración de tarjetas de alimentación SSMC
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Vales 1 Unidad
Cod: 14111803
“SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Administración de tarjetas de alimentación SSMC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio de Salud Metropolitano Central requiere contratar el “SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, por un periodo de 24 meses, a fin de asegurar el acceso a este beneficio y dar cumplimiento a la Ley N°20.799.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.600-6
Dirección:
Victoria Subercaseaux 381 Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-02-2023 17:20:00
Fecha de Publicación: 25-01-2023 17:14:25
Fecha inicio de preguntas: 25-01-2023 17:20:00
Fecha final de preguntas: 09-02-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-02-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-02-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-02-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-03-2023 17:38:42
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formularios a incluir en la oferta
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de Requisitos Formales Según el punto N°13 de las bases de licitación 5%
2 Plazos ofertados Según el punto N°13 de las bases de licitación 10%
3 Porcentaje de descuento Según el punto N°13 de las bases de licitación 35%
4 Cobertura de locales adheridos Según el punto N°13 de las bases de licitación 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Normativa sector salud Ley de Presupuestos
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ursula Beccher
e-mail de responsable de pago: ursula.beecher@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Rafael García
e-mail de responsable de contrato: rafael.garcia@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25746900-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Central
Fecha de vencimiento: 27-06-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: El proponente deberá adjuntar uno o más documentos de garantía, la que también podrá ser tomada por un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, por el monto de $1.000.000.- (un millón de pesos), cuya glosa consignará “RESPALDA LA SERIEDAD DE LA OFERTA, POR LA LICITACIÓN ID LICITACIÓN CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, donde “ID LICITACIÓN” corresponde al número y nombre asignados a la presente Licitación en el Portal. Además, debe cumplir los siguientes requisitos: La vigencia de la garantía debe ser de al menos 120 días corridos a contar de la apertura de la propuesta.
Glosa: “RESPALDA LA SERIEDAD DE LA OFERTA, POR LA LICITACIÓN ID 1057468-3-LR23 CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Forma y oportunidad de restitución: 15.1.2 Devolución El documento de Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelto sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, y se efectuará de la siguiente forma: A. Respecto de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles: Podrán retirar la garantía a contar del día siguiente a la fecha en que la resolución fundada que declare la inadmisibilidad haya sido publicada en el Portal. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras. B. Respecto de los oferentes no adjudicados: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, será devuelto por el Servicio dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la Adjudicación de la licitación, salvo en el caso del proveedor adjudicado y las 2 ofertas que le siguen en puntaje, en cuyo caso la devolución se efectuará una vez que se les devolverá una vez que el proveedor adjudicado firme el respectivo contrato y haga entrega del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras C. Respecto del oferente adjudicado: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede. En caso de que el proceso de adjudicación supere la fecha de vigencia establecida, se solicitará la renovación del documento de Seriedad de la Oferta. De no renovarse dicha garantía, se entenderá por desistida su oferta e inmediatamente se procederá a adjudicar al oferente del segundo lugar; si la oferta del segundo lugar se diese también por desistida por la misma causa, se procederá a la adjudicación con el tercer lugar. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs, cesando desde este momento la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central. En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantías.dssmc@redsalud.gob.cl. De igual forma deberán entregar una copia física en las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central, en la dirección indicada en el párrafo anterior.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Central
Fecha de vencimiento: 23-07-2023
Monto: 5 %
Descripción: FECHA ESTIMADA DE VIGENCIA REFERENCIAL. El adjudicatario deberá entregar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que deberá ser pagadera a la vista y tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La antedicha garantía podrá ser tomada por el proponente o por un tercero a su nombre
Glosa: GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO, POR LA LICITACIÓN “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”,
Forma y oportunidad de restitución: 15.2.1 Devolución. Para la devolución del documento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, se requerirá de las respectivas Actas de Recepción Conformes, las cuales son emitidas y debidamente firmadas por la comisión receptora indicada en las Bases. La devolución se realizará, con esta documentación emitida, después de diez (10) días hábiles como plazo máximo de expirada la vigencia del documento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato sin reajustes ni interés, ni costo alguno para el Servicio o el Establecimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El Servicio de Salud Metropolitano Central requiere la “Contratación de Servicio de administración de tarjetas de alimentación para funcionarios/as del Servicio de Salud Metropolitano Central”, según el siguiente detalle: PRODUCTO CANTIDAD MENSUAL APROX. VALOR DE CARGA Tarjetas de Alimentación 250 $3.500.- En el cuadro precedente se indica la información solo como referencial de las tarjetas de alimentación, pudiendo ser estas modificadas tanto en su valor unitario como en la cantidad de tarjetas. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 5000 UTM. Revisado por el Departamento de Operaciones y Logística del Servicio, el catálogo Chilecompra Express de www.mercadopúblico.cl y verificado que los servicios requeridos se encuentran disponibles en dicho catálogo electrónico. No obstante, es posible obtener condiciones más ventajosas fuera de éste, por lo que es necesario iniciar el proceso de Licitación Pública correspondiente. Las presentes Bases Administrativas establecen las disposiciones que regirán como complemento de Bases Técnicas, con motivo de la Licitación Pública relativa a “Contratación de Servicio de administración de tarjetas de alimentación para funcionarios/as del Servicio de Salud Metropolitano Central”. Las propuestas deberán tener una validez de 120 (ciento veinte) días corridos a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
2. PRESUPUESTO DISPONIBLE
Para la presente contratación, el Servicio de Salud Metropolitano Central cuenta con un presupuesto disponible de $462.000.000.- (cuatrocientos sesenta y dos mil pesos), IVA Incluido. PRODUCTO CANTIDAD MENSUAL APROX. VALOR DE CARGA Tarjetas de Alimentación 250 $3.500.- Por lo anterior, el gasto que irrogue la adquisición licitada será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto de la entidad, aprobado para este fin.
3. NORMATIVA APLICABLE
La presente licitación se rige, sin perjuicio de la normativa legal vigente, de acuerdo a lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella: ● Las presentes Bases Administrativas (BA) ● Las Bases/Especificaciones Técnicas (EETT) ● Formularios, Anexos: o Formulario 1: Identificación del Proponente. o Formulario 2: Declaración jurada Simple del Proponente o Formulario 3: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas. o Formulario 4: Porcentaje de descuento y plazos de entrega. o Formulario 5: Cobertura locales adheridos ● Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas. ● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. ● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Central, con anterioridad a la apertura de la propuesta. ● Oferta del o de los Oferentes. ● Acta de evaluación de ofertas. ● Resolución de Adjudicación. ● Orden de Compra ● El contrato, si procediera. ● En general, todo documento relacionado con la licitación. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan, recíprocamente, en forma tal, que se considera parte del contrato cualquiera obligación que se consigna en uno u otro de los documentos señalados, sin perjuicio de la preminencia o primacía de las Bases. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: 1. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. 4. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
4. PARTICIPANTES.
4.1.- PARTICIPANTES Podrán participar en la licitación todas las personas naturales, jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, de acuerdo a lo prescrito en el art. 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.866, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Aquel oferente que sea adjudicado en esta licitación tendrá la obligación de inscribirse en el Portal www.chileproveedores.cl. El oferente favorecido, en caso de no estar en el Registro de Proveedores, tendrá cinco días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. Se verificará con el Certificado de Inscripción. Los oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal de Proveedores (UTP) con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas, para lo cual aplican las mismas exigencias indicadas en las bases para ofertar y contratar. En caso de que la adjudicación sea mayor a 1000 UTM, el acuerdo en el que conste la Unión Temporal deberá haberse materializado por Escritura Pública, como documento necesario para la suscripción del contrato, sin que sea necesario constituirse como sociedad. (Art. 67 bis inciso 3° del Reglamento de la Ley 19.886.) a) Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, y designar a uno de sus integrantes como representante para los efectos de la licitación. b) La Unión Temporal de Proveedores (UTP) comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, se podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha. En atención a lo señalado en el artículo 67 bis inciso 4° del Reglamento de la Ley 19.886, cada proveedor de Unión Temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, para que sea factible la suscripción del contrato. En cuanto a la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, el artículo 67 bis inciso 6° del Reglamento de la Ley 19.886 dispone que: “no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento”. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Asimismo se deja establecido, que se entiende que quien participe de este proceso licitatorio, se encuentra conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases administrativas y técnicas, sus anexos y las aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, aceptándolas en todas sus partes y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. Así también, que lo declarado en el Formulario N°1 de la presente licitación, sobre identificación del proponente, corresponde a los datos reales y fidedignos del oferente. 4.1.1 PROPONENTES QUE NO PUEDEN CONTRATAR EN ESTA LICITACIÓN. No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la oferta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº 20.720. Tampoco podrán participar caso de que alguno los miembros de la empresa hayan sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 2011 del año 1973 Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. De conformidad al artículo 4° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el Servicio no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393.
5. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (Antecedentes Formales).
El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el FormularioNº1 de la presente licitación. IMPORTANTE: En relación a los formularios números 1 al 5, entregados en las presentes bases, éstos deberán ser completados (y subidos al portal). Se entenderá que el oferente declara su conformidad y aceptación de las Bases con la sola presentación de su oferta. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. 5.1) Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del oferente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Formulario Nº2: Declaración jurada simple del Proponente. 5.2) Antecedentes Técnicos. • Formulario N°3: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas. El oferente deberá detallar, las especificaciones técnicas del servicio que está ofreciendo, debiendo considerar como mínimo los requisitos obligatorios solicitados a través de este formulario. • Formulario 5: Cobertura locales adheridos: La cobertura de los locales adheridos deberá ser acreditada a través del formulario N° 5, en donde deberá señalar los establecimientos disponibles en las Comunas de la Región Metropolitana, en donde deba hacer uso del medio de canje con tarjeta u otro medio, ya sean comercios asociados o propios, dependiendo de la categoría en los cuales se pueda hacer uso del beneficio entrega. El proveedor deberá indicar el detalle del comercio asociado; locales de comida, supermercados y restaurantes y otros similares. 5.3) Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N°4 Porcentaje de descuento y plazos de entrega, completo. El oferente ingresará como oferta económica al portal el MONTO TOTAL DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE. El proveedor deberá informar el porcentaje de descuento sobre el monto de la orden de compra que está dispuesto a ofrecer, el que deberá ser acreditado a través del Formulario N° 4. Este descuento debe ser indicado en números enteros con hasta dos decimales. El valor debe ser único y definitivo, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado al servicio, incluido si correspondiere la capacitación, uso de equipo audiovisual, equipos de soporte, o cualesquiera otros si procedieran. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. • Plazos para entrega de tarjeta: el plazo de las tarjetas deberá ser declarado en días hábiles. • Plazos para realizar la habilitación de las tarjetas: El plazo para realizar la habilitación de las tarjetas deberá ser declarado en horas. • Plazos para liberar saldos a los usuarios: El plazo para liberación de saldos a los usuarios luego de haber realizado la carga deberá ser declarado en horas.
6. ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del/los adjudicatarios y deberán estar disponibles en sitio web www.chileproveedores.cl. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel. Lo anterior, sin embargo, no resultará aplicable a las garantías señaladas en las presentes Bases Administrativas y, según corresponda, solicitudes de aclaración de ofertas realizadas por la Comisión. 6.1. Tratándose de personas naturales: a) Copia Cédula de identidad 6.2. Tratándose de personas jurídicas: a) Fotocopia de la inscripción en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, con fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de su presentación (sólo se exigirá este documento en caso de que al presentar la oferta se hubiera acompañado fotocopia del Certificado de Vigencia, en lugar de copia de la inscripción con anotaciones marginales y certificación de su vigencia). b) Copia de la escritura pública de Constitución o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659. c) Copia del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). d) Copia de la inscripción del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). e) Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). f) En caso de modificaciones efectuadas a la persona jurídica, copia de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659). g) Copia con certificado de Vigencia y anotaciones marginales, de fecha reciente, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659, y Certificado de Poderes Vigentes del Representante Legal. h) Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659. i) Copia de Certificado de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. En el caso que alguno de los documentos anteriormente solicitados al proponente se encuentre disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, incorporados en su Ficha Electrónica Única en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos. Esta circunstancia deberá indicarse expresamente por el proponente. Los participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que al momento de la apertura se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, y figuren en el mismo en estado “hábil” (cumple con los requisitos para contratar con el Estado), podrán exceptuarse de informar en el portal los documentos anteriormente señalados que se encuentren disponibles en el referido portal, circunstancia de la cual se dejará constancia en la respectiva Acta de Apertura de las Ofertas. Sin perjuicio de lo señalado, el Servicio podrá, antes de la celebración del contrato, requerir toda la información legal adicional que sea relevante para la protección de sus intereses. 6.3. Unión Temporal de Proveedores (UTP) 6.3.1. Documento en el que conste el acuerdo, el pacto de solidaridad y nombramiento de apoderado o representante con poderes suficientes para participar en todo el proceso de compra, incluyendo la ejecución del contrato, en nombre de la Unión. La vigencia de este acuerdo o pacto de unión temporal no podrá ser inferior al periodo requerido para la contratación. 6.3.2. Deberán presentar toda la documentación exigida para personas jurídicas o personas naturales según sea el caso del apoderado, sin perjuicio de ello, cada uno de los integrantes de la unión deberá acreditar que no le afectan inhabilidades o prohibiciones para contratar con el estado. De acuerdo con lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compas Públicas, la elección respecto a qué antecedentes presentar para ser evaluados será de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) sin embargo ello no puede significar el ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, por tanto, en caso que el Servicio constatara la ocurrencia de esta circunstancia, el proceso se encontrará afecto a un vicio que facultará al Servicio para poner término al contrato en cualquier momento.
7. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y Bases Técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un Oferente, siempre que el plazo de recepción de ofertas no se encuentre vencido. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de Licitación. En el caso de modificaciones, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En el caso de aclaraciones, bastará informar de ella a través de la plataforma electrónica. En este caso, se deberá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las Bases solo serán procedentes si se efectúan antes del cierre de presentación de las ofertas, en conformidad al art. 19 del Reglamento.
8. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Las consultas de los Proponentes deberán ser realizadas a través del foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl conectando el ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas serán emitidas por el Servicio en la fecha señalada en el calendario indicado en el numeral respectivo de estas Bases. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Las aclaraciones se publicarán en el mismo portal y forman parte integrante de las Bases de Licitación, hecho que las partes aceptan, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los Oferentes y el Servicio. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
9. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La apertura electrónica de las propuestas la efectuará el funcionario del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central encargado del seguimiento del proceso licitatorio, o en caso de impedimento de aquél, ante la persona que el Jefe del Departamento mencionado designe al efecto, dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el numeral respectivo de las presentes Bases. En el acto de apertura se revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentadas vía electrónica en tiempo y forma. De no contener la documentación requerida en las presentes Bases, se dejará constancia de este hecho en el acta respectiva, así como de la información relevante que se encuentra incompleta. La propuesta que se encuentre en estas condiciones será considerada inadmisible, no pudiendo continuar en el proceso licitatorio, salvo que se den alguno de los casos señalados en las presentes Bases, en cuyo evento el Servicio podrá otorgar el respectivo plazo para subsanar las omisiones que allí se indican. Posteriormente, se efectuará la apertura de la Oferta Técnica y Oferta Económica de aquellos oferentes que cumplan con la entrega de los antecedentes referidos en los términos descritos precedentemente. Sólo se procederá a revisar Ofertas Económicas y Técnicas enviadas electrónicamente vía portal www.mercadopublico.cl. La apertura electrónica deberá contener, a lo menos, las siguientes menciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de la ley nº19.886 D.S N°250 del Ministerio de Hacienda. • Individualización del oferente • Descripción básica del bien o servicio ofrecido • Precio de la oferta • Plazo de la oferta dentro de los rangos máximos Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. No obstante, el Servicio podrá recibir ofertas fuera del sistema en las siguientes situaciones: 1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. 2. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible efectuar los Procesos de Compras a través del Sistema de Información. Una vez concluida la apertura electrónica se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos proponentes que los presentaron en forma completa, consignándose el valor de la oferta. En el proceso de evaluación, la Comisión de Evaluación podrá requerir el apoyo o la asesoría técnica que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 39 del Reglamento de la ley nº19.886 D.S N°250 del Ministerio de Hacienda y serán sólo aquellos establecidos en estas Bases, en esta instancia la Comisión Evaluadora designará a uno de sus integrantes para establecer el contacto correspondiente, de lo cual quedara constancia en el acta de evaluación. La distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las presentes Bases facultará al Servicio para declarar inadmisible la oferta correspondiente, situación que será consignada en el acta de la Comisión de Evaluación. En caso de existir errores de transcripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones en las mismas condiciones ya señaladas en las presentes Bases.
10. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y APERTURA DE LAS MISMAS
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al calendario señalado en FormularioNº1 de las presentes bases administrativas, y sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 1. Formulario N° 2: Declaración jurada Simple del Proponente 2. Formulario Nº 3: Cumplimiento de especificaciones técnicas, dar cumplimiento a la totalidad de las especificaciones técnicas solicitadas. 3. Formulario N° 4: Porcentaje de descuento y plazos de entrega. 4. Entrega de garantía de Seriedad de la Oferta según lo dispuesto en las Bases. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases.
11. OMISIÓN DE ANTECEDENTES:
Cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas invalida aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases. El Servicio de Salud Metropolitano Central solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones de forma detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Asimismo, si el oferente omitiere algún antecedente o certificación al momento de presentar su oferta, y siempre que éstos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, podrá el oferente presentarlos a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Antecedentes Administrativos”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible, y no se confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases, y de igualdad de los oferentes. Para estos efectos, se otorgará un plazo establecido en el calendario respectivo contados desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Cumplimiento de los Requisitos formales”, contenido en estas Bases. Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane las omisiones señaladas, se declarará desestimada sin más trámite su oferta o bien se asignará cero puntos, según corresponda. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación.
12. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación a cada uno de los ítems de la presente licitación: ● D. Rafael García Jiménez, Cédula de Identidad N° 10.770.706-9; Jefe Unidad de Personal y Remuneraciones de la DSSMC, quien presidirá la comisión, o quien la subrogue o designe para estos efectos. ● D. Marcelo Gac Labra, Cédula de identidad N° 12.512.796-7; Subdirector de Gestión y Desarrollo de las Personas (S) del Servicio, o quien lo subrogue o designe para estos efectos. ● D. Paola González González, Cédula de Identidad N° 13.707.715-9; Profesional Unidad de Personal y Remuneraciones, o quien lo subrogue o designe para estos efectos. ● D. Miguel Prati Poblete, Cédula de Identidad N° 16.739.558-9; Jefe Departamento de Operaciones y Logística del Servicio, o quien lo subrogue o designe para estos efectos. Esta comisión tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles para analizar las ofertas y proponer al Director, la adjudicación de la oferta mejor evaluada. La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado, y hará una propuesta de adjudicación a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central; o bien, propondrá fundadamente declarar desierta o inadmisible la licitación conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Los miembros que integran la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, debiendo dejar constancia de aquello en el Informe de Evaluación. De conformidad con lo previsto en el artículo 4° N° 7 de la Ley N° 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley N° 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto N° 250, que contiene el Reglamento de Compras. La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: a) Verificar la admisibilidad y resolver si las Ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos y especificaciones establecidos presentes Bases. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla. b) Evaluar las Ofertas presentadas. c) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones a los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. d) Verificar y corroborar la veracidad, consistencia y validez de la información contenida en los documentos aportados por los oferentes por cualquier medio. En caso de duda sobre la legitimidad de uno o más documentos, la Comisión podrá solicitar al oferente afectado una declaración al respecto. Si se verifica que los documentos presentados no se condicen con la realidad, la oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de las acciones legales que la Entidad Licitante pueda iniciar en su contra. e) Confeccionar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las ofertas evaluadas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando la Comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio de Salud Metropolitano Central ; la asignación puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación señalado en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. f) Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 20.730 y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. g) Interrumpir la continuidad administrativa del proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del Portal de la Dirección de Compras Públicas, frente a las situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica.
13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y PAUTA DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará que ofertas son admisibles conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de aquellas deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: CRITERIO PONDERACION EN % Cumplimiento de los Requisitos formales 5 Porcentaje de descuento. 35 Coberturas locales adheridos 50 Plazos ofertados Plazos para entrega de tarjetas (20%) 10 Plazos para realizar la habilitación de las tarjetas (60%) Plazos para liberar saldos a los usuarios (20%) Cumplimiento de Requisitos Formales (el puntaje se deberá ponderar al 5%) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizarla evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) Porcentaje de descuento (el puntaje se deberá ponderar al 35%) El proveedor deberá informar el porcentaje de descuento por monto de la orden de compra que está dispuesto a ofrecer, lo que deberá ser acreditado a través del Formulario N° 4. El puntaje se determinará según la siguiente Fórmula: Puntaje b) = (Descuento oferta evaluada / Mayor descuento ofertado) * 35 El medio de verificación de la oferta será el Formulario N°4 de la Oferta. El oferente ingresará como oferta económica al portal el MONTO TOTAL ESTIMADO PARA ESTA CONTRATACIÓN. Cobertura locales adheridos (el puntaje se deberá ponderar al 50%) La cobertura de los locales adheridos deberá ser acreditada a través del formulario N° 5, en donde deberá señalar los establecimientos disponibles en la región metropolitana, donde se pueda hacer uso del medio de canje con tarjeta u otro medio, ya sean comercios asociados o propios. El proveedor deberá indicar el detalle del comercio asociado; locales de comida, supermercados, restaurantes y otros similares. Para efectos de evaluación de este criterio, se comparará la cantidad de establecimientos declarada por el proveedor con la cantidad máxima declarada para las comunas de Santiago Centro, obteniendo el puntaje aplicando la siguiente formula. Puntaje c) = (Cantidad de establecimientos oferta evaluada / Cantidad máxima de establecimientos ofertada) * 50 Plazos ofertados (10%): Para evaluar este criterio el proveedor deberá acreditar a través de formulario N° 4 los plazos, los que serán evaluados conforme a los siguientes sub criterios: d.1) Plazos para entrega de tarjeta (20%): el plazo de entrega de las tarjetas debe ser declarado en días hábiles, y será evaluado conforme a la siguiente formula: Puntaje d.1) = (Plazo menor ofertado / Plazo oferta evaluada) * 20 d.2) Plazos para realizar la habilitación de las tarjetas (60%): El plazo para realizar la habilitación de las tarjetas deberá ser declarado en horas, y será evaluado conforme a la siguiente formula: Puntaje d.2) = (Plazo menor ofertado / Plazo oferta evaluada) * 60 d.3) Plazos para liberar saldos a los usuarios (20%): El plazo para liberación de saldos a los usuarios una vez realizada la carga deberá ser declarado en horas, y será evaluado conforme a la siguiente formula. Puntaje d.3) = (Plazo menor ofertado/ Plazo oferta evaluada) * 20 TOTAL PUNTAJE DE EVALUACIÓN: a) + b) +c) + d) Al término de la evaluación, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este numeral. La Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación otorgará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 bis del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que se transcribe íntegramente a continuación: “El informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias: 1.Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.” 13.1.- RESOLUCIÓN DE EMPATES De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en las características técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla. CRITERIOS ORDEN JERÁRQUICO DE DESEMPATE Coberturas locales adheridos 1º Porcentaje de descuento 2º Plazos ofertados 3º Cumplimiento de los Requisitos formales 4º En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se estará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información de www.mercadopublico.cl. El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
14. ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación simple”, por lo que se adjudicarán todo los Ítem de la Licitación a un solo proveedor. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada del Director(S) del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio, de acuerdo al artículo 6 del Reglamento de la Ley de Compras. La Comisión emitirá una propuesta de adjudicación que recaerá en el o los oferentes que, a su juicio, mejor cumplan con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas Bases, para ello, informará al Director(S) del Servicio el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para el Servicio. En este orden, el Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que aplicando los criterios de evaluación, resulte la más conveniente, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Servicio, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. Asimismo, el Servicio podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si las ofertas no se ajustaren al presupuesto estimado por este Servicio para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los casos que proceda, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del art. 11 del Reglamento de la Ley de Compras. La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el portal. Cuando la adjudicación no se realice, sea o no por causas imputables al Servicio, dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes Bases Administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación, modificándose en lo pertinente el calendario de la licitación. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. 14.1.- READJUDICACIONES El Servicio podrá readjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dejando sin efecto la adjudicación previa, en un plazo de hasta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y en general, en los siguientes casos: a. Si el adjudicatario se desiste de la oferta. b. Si el adjudicatario no presenta la garantía de fiel cumplimiento y demás documentos requeridos previo a la suscripción del contrato c. Si el adjudicatario no celebra el contrato dentro del plazo señalado en las Bases del pliego de condiciones. d. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición. e. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas. f. Si el adjudicatario no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la celebración del contrato. La re adjudicación será posible sólo si el proveedor a quien se re adjudique mantenga la vigencia de su oferta y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primitivamente adjudicado, conforme al art. 71 del Reglamento de Compras.
15. GARANTÍAS
En conformidad con lo dispuesto en el art. 31 inciso 4° del DS Nº250/04, cada Proponente podrá entregar uno o más documentos de garantía, que podrá ser tomada por el propio proponente o por un tercero a su nombre, siempre que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista (a su sola presentación) con carácter irrevocable y emitida nominativamente a la orden del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, en moneda nacional, indicando determinadamente la obligación que caucionan, por los montos y vigencias que para cada una de ellas se indican a continuación. A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos a que se refiere este numeral son de días corridos. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en los términos indicados en la presente cláusula, mediante instrumentos separados. Las garantías se entregarán en formato físico o soporte electrónico, detallando en el sobre, según la naturaleza del compromiso que garantiza (Seriedad de la Oferta y Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato; según corresponda), en las fechas y horas indicadas para cada caso, en la siguiente dirección: Garantía Física: Servicio de Salud Metropolitano Central Victoria Subercaseaux N° 381, comuna Santiago. Oficina de Partes, piso 1. Horario de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 y viernes de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs. Garantía Electrónica: En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantías.dssmc@redsalud.gob.cl. De igual forma deberán entregar una copia física en las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central, en la dirección indicada en el párrafo anterior. 15.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente deberá adjuntar uno o más documentos de garantía, la que también podrá ser tomada por un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, por el monto de $1.000.000.- (un millón de pesos), cuya glosa consignará “RESPALDA LA SERIEDAD DE LA OFERTA, POR LA LICITACIÓN ID LICITACIÓN CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, donde “ID LICITACIÓN” corresponde al número y nombre asignados a la presente Licitación en el Portal. Además, debe cumplir los siguientes requisitos: La vigencia de la garantía debe ser de al menos 120 días corridos a contar de la apertura de la propuesta. La garantía de seriedad de la oferta sólo deberá presentarse en original o de manera digital, para aquellos documentos que le sea aplicable la firma electrónica, en la oportunidad indicada en el cronograma de actividades. CONSIDERACIONES GENERALES PARA GARANTÍAS DE SERIEDAD DE LA OFERTA TIPO DE DOCUMENTO Caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. BENEFICIARIO Servicio de Salud Metropolitano Central RUT BENEFICIARIO 61.608.600-6 MONTO $1.000.000 (UN MILLON DE PESOS CHILENOS). GLOSA Para GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA, POR LA LICITACIÓN “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, indicándose el Nº de ID de la presente licitación. Para el caso de vale vista, la glosa deberá escribirse en la parte posterior de la garantía. VIGENCIA 120 días corridos desde la fecha de apertura de las propuestas. ENTREGA DE GARANTÍA El documento de garantía deberá ser presentado previo al cierre de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, en oficina de partes del Servicio de Salud Metropolitano Central o por medios electrónicos dispuestos en estas Bases. No se recibirán documentos de Garantía de Seriedad de la Oferta después de la fecha y hora de recepción de ofertas. Juntamente con la garantía el oferente deberá entregar un documento en el cual esté contenida la siguiente información: DATOS DEL OFERENTE QUE ENTREGA LA GARANTÍA Licitación ID Nombre o Razón Social: Garantía de Seriedad Oferta N° y entidad emisora Domicilio: Rut: Ciudad: Comuna: Región: Datos Encargado Proceso de Licitación Nombre completo: Cédula de identidad: Cargo: Fono: Correo Electrónico: Fax: 15.1.1.Cobro Garantía La garantía de Seriedad de la Oferta, podrá ser cobrada, por la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, previa resolución que lo autorice, en los siguientes casos: a. Si “el Oferente” retira su oferta o se desiste de ella, en el periodo de vigencia de la misma. b. Si “el Adjudicatario” no hace entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, no suscribe y/o no entrega el contrato, dentro de los plazos y en las condiciones que se fijan en las Bases. c. Si siendo adjudicado no proporciona los antecedentes necesarios para celebrar el contrato dentro del plazo establecido en las presentes Bases. d. Si “el Adjudicatario” no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato, según las presentes Bases. e. Si “el Adjudicatario” infringiere la Ley Nº19.886, en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en las presentes Bases. Este documento de garantía de Seriedad de la Oferta, quedará bajo la custodia del Departamento de Finanzas del Servicio de Salud Metropolitano Central. 15.1.2 Devolución El documento de Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelto sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, y se efectuará de la siguiente forma: A. Respecto de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles: Podrán retirar la garantía a contar del día siguiente a la fecha en que la resolución fundada que declare la inadmisibilidad haya sido publicada en el Portal. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras. B. Respecto de los oferentes no adjudicados: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, será devuelto por el Servicio dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la Adjudicación de la licitación, salvo en el caso del proveedor adjudicado y las 2 ofertas que le siguen en puntaje, en cuyo caso la devolución se efectuará una vez que se les devolverá una vez que el proveedor adjudicado firme el respectivo contrato y haga entrega del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras C. Respecto del oferente adjudicado: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede. En caso de que el proceso de adjudicación supere la fecha de vigencia establecida, se solicitará la renovación del documento de Seriedad de la Oferta. De no renovarse dicha garantía, se entenderá por desistida su oferta e inmediatamente se procederá a adjudicar al oferente del segundo lugar; si la oferta del segundo lugar se diese también por desistida por la misma causa, se procederá a la adjudicación con el tercer lugar. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs, cesando desde este momento la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central. En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantías.dssmc@redsalud.gob.cl. De igual forma deberán entregar una copia física en las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central, en la dirección indicada en el párrafo anterior. 15.2 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO. El adjudicatario deberá entregar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que deberá ser pagadera a la vista y tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La antedicha garantía podrá ser tomada por el proponente o por un tercero a su nombre, y sus características son las siguientes: CONSIDERACIONES GENERALES PARA TODAS LAS GARANTÍAS DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO MONTO 5% (cinco por ciento) del valor total del contrato en pesos chilenos incluida la tributación (debe incluir IVA). GLOSA Para GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO, POR LA LICITACIÓN “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, indicándose el Nº de ID de la presente licitación. Para el caso de vale vista, la glosa deberá escribirse en la parte posterior de la garantía. VIGENCIA Esta garantía deberá tener una vigencia igual al período de validez del contrato aumentado en 60 días hábiles al término de éste (incluye garantía ofertada). El plazo será computado a partir de la fecha de firma del contrato con el órgano contratante. Dicha garantía quedará en poder del SSMC, mientras dure el período de vigencia. ENTREGA DE GARANTÍA El documento de garantía deberá ser presentado dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, en oficina de partes del Servicio de Salud Metropolitano Central o en los medios digitales indicados en las presentes Bases. Si transcurrido el plazo para la entrega de la Garantía de Fiel cumplimiento, el proveedor no la presentare, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la re adjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente. PROCEDIMIENTO PARA EJECUTAR LA GARANTÍA La entidad licitante de forma previa a la ejecución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, deberá otorgar al proveedor el respectivo traslado, de acuerdo con lo señalado por el artículo 79 TER del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, para lo cual se aplicará de forma análoga el procedimiento establecido en la cláusula Pago de Multas de las presentes Bases Administrativas. CONSIDERACIONES PARTICULARES PARA LAS GARANTÍAS SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL INSTITUCIÓN Servicio de Salud Metropolitano Central RUT 61.608.600-6 DIRECCIÓN OFICINA DE PARTES Victoria Subercaseaux N° 381, comuna Santiago, Oficina de Partes SSMC, piso 1. HORARIO OFICINA DE PARTES Lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 hrs. Viernes de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs. 15.2.1 Devolución. Para la devolución del documento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, se requerirá de las respectivas Actas de Recepción Conformes, las cuales son emitidas y debidamente firmadas por la comisión receptora indicada en las Bases. La devolución se realizará, con esta documentación emitida, después de diez (10) días hábiles como plazo máximo de expirada la vigencia del documento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato sin reajustes ni interés, ni costo alguno para el Servicio o el Establecimiento. 15.2.2. Cobro de Garantía El Servicio estará facultado para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento grave. Son causales de incumplimiento grave, las siguientes: a) Incumplimiento en los plazos de Entrega. b) Incumplimiento de los Requerimientos Técnicos. c) Incumplimientos en la Capacitación. d) Incumplimientos de dos o más veces en las Garantías Técnicas. e) Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la entrega encomendada de derivada de problemas internos, huelga de trabajadores, quiebra, entre otros. f) Por la no solución por el adjudicatario, de los reparos que les sean solicitados por escrito por parte del Servicio. g) Por no pago de multas, motivo de esta licitación. En caso de incumplimiento imputable al adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato, lo que incluye también el cumplimiento imperfecto o tardío y la calidad o condición de él/los equipos y/o equipamiento materia de este, el SSMC, estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Además, con cargo a la garantía vigente, podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten al oferente, siempre. También podrá utilizarse la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, a la situación de incumplimiento de parte del proveedor, de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores y/o dependientes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 19.886. • PROCEDIMIENTO PARA EJECUTAR LA GARANTÍA: La entidad licitante de forma previa a la ejecución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, deberá otorgar al Proveedor el respectivo traslado, de acuerdo a lo señalado por el artículo 79 ter del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, para lo cual se aplicará el procedimiento regular establecido en la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado
16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
16.1 CELEBRACIÓN DEL CONTRATO El Contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de Adjudicación. Para lo anterior, el proponente adjudicado deberá acompañar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y demás documentos necesarios para redactar el Contrato que sean solicitados el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de la documentación acompañada por el respectivo oferente en su propuesta a través del portal indicado. El Contrato se firmará en dependencias del Departamento de Operaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, ubicado en calle Victoria Subercaseaux N° 381, Santiago Centro, Región Metropolitana. Se entenderá que, si el adjudicatario no firma el Contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, caso en el cual el Servicio procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar la Licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según lo indicado en el acta de evaluación respectiva, o rechazar todas las restantes, mediante Resolución Fundada. El Proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del Contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la Ley Nº 20.123 y su Reglamento, y que para estos efectos corresponderá al Formulario F-30. En caso que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas, el pago producto del Contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al Proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Servicio los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Proveedor permitirá al Servicio a dar por terminado el Contrato y en caso de llamarse a una nueva Licitación éste no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el Proveedor en caso que las presentes Bases permitan la subcontratación. 16.2 CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO a) Individualización del Proveedor b) Características del servicio contratado; c) Precio; d) Plazo de duración; e) Garantías; f) Procedimiento de Multas; g) Causales de término anticipado; h) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios; i) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del Contrato, esto es; las Bases Administrativas, técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución; j) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del Contrato serán de cargo exclusivo del Proveedor; k) Declaración que el Contrato no podrá ser cedido por el Proveedor bajo ningún respecto. de igual forma, los pagos que deba hacer el Servicio, tampoco podrán ser objeto de contrataciones con terceros, a excepción de mandatos para cobrar; la infracción de esta prohibición dará derecho a la institución para poner término anticipado al Contrato en forma inmediata sin derecho a indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del Contrato. l) Declaración en el sentido que el Contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros Contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen; m) Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del Contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio; n) Declaración del Proveedor que, al tiempo de celebración del Contrato, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, acreditándolo por los medios que al efecto y oportunidad le sean requeridos. 16.3. PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO. El precio de la contratación corresponderá efectivamente al monto del presupuesto total disponible. El Proveedor no podrá facturar hasta que el Referente Técnico, o quien sea debidamente designado para tales efectos, remita la Recepción Conforme de los servicios otorgados cabalmente y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público. Para la Recepción Conforme, el Referente Técnico deberá remitir dentro del plazo de 05 días hábiles de forma previa a cada estado de pago, la Certificación o Informe de Conformidad, a la Jefatura del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio, para su incorporación al portal de mercado público. Una vez comunicada al Proveedor la Recepción Conforme de los servicios realizados, y concluida entonces el proceso de aprobación, éste emitirá la factura con los siguientes datos: NOMBRE SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL R.U.T. 61.608.600-6 DIRECCIÓN Victoria Subercaseaux Nº 381, comuna y ciudad de Santiago. MONEDA Pesos chilenos ORDEN DE COMPRA Indicar en campo 801 el ID de la Orden de Compra La factura no podrá tener una fecha anterior a la aprobación del estado de pago, ni a fecha anterior a la Recepción Conforme de los servicios otorgados. El proveedor deberá enviar correo electrónico con la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios para pago mediante transferencia electrónica (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico). Al momento de generar el documento tributario electrónico es obligatorio incorporar los campos de orden de compra y casilla de envió de facturas dipresrecepcion@custodium.com. En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del servicio de impuestos internos. Todo documento rechazado implicará que el proveedor deberá generar la respectiva nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar, enmendando el error. El Servicio de Salud Metropolitano Central tendrá 8 días corridos para realizar la aceptación o rechazo del Documento Tributario Electrónico, pasado los 8 días corridos de su recepción, ésta se aprobará automáticamente en el sistema. La forma de pago es mediante transferencia electrónica y dentro de los 45 días de la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del suministro contratado, según aprobación o visto bueno del Referente Técnico y su respectiva Recepción Conforme en el portal www.mercadopublico.cl 16.4 VIGENCIA El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, esto es trascurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo aprobatorio en el portal www.mercadopublico.cl.. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, a la solicitud del SSMC, el servicio podrá prestarse a contar de la fecha de suscripción del contrato, y se extenderá por 24 meses contados desde esa fecha debiendo dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio en la respectiva Acta de Inicio de Servicios suscrita entre el Servicio de Salud Metropolitano Central y el adjudicatario. En este caso, los plazos para la ejecución del servicio se contabilizarán desde dicha fecha, pero no procederá pago alguno mientras no se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que lo aprueba. 16.5 RENOVACIÓN DEL CONTRATO El contrato podrá ser renovado por iniciativa exclusiva del Servicio de Salud Metropolitano Central, fundadamente por el mismo período y por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria, y previo informe técnico favorable del Referente Técnico a cargo. Para hacer efectiva dicha renovación, la Dirección del Servicio deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a renovar el contrato, con a lo menos 30 días de antelación a su fecha de vencimiento. Para la renovación de contrato será necesario que el oferente renueve las garantías, debiendo suscribirse el pertinente Addendum, el cual debe ser aprobado mediante acto administrativo respectivo comenzará a regir una vez se encuentre totalmente tramitado. La necesidad de la renovación deberá basarse, además de la indispensabilidad del servicio, en uno o más de los siguientes criterios: a) El beneficio económico en base a un comparativo de mercado a la fecha de renovación. b) Satisfacción de los servicios prestados por el contratante. c) Conducta en el cumplimiento de los servicios prestados por el contratante.
17. DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
El adjudicatario deberá prestar los servicios convenidos, de acuerdo a las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y contrato u orden de compra. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo de puesta en marcha, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada mediante Ordinario dirigido al domicilio informado por el proveedor adjudicado, quien contará con quinto día hábil para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N° 19.880. Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico. 17.1.- Calidad de los servicios ofrecidos La Contraparte Técnica del Servicio pondrá especial énfasis en el control de calidad de los servicios para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas, en caso de no ser así, dará origen al rechazo de los mismos y se tendrán por no recepcionados. Para dicho propósito, deberá informar por email a la contraparte técnica y podrá ser motivo de multas y/o término del contrato.
17. DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
El adjudicatario deberá prestar los servicios convenidos, de acuerdo a las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y contrato u orden de compra. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo de puesta en marcha, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada mediante Ordinario dirigido al domicilio informado por el proveedor adjudicado, quien contará con quinto día hábil para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N° 19.880. Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico. 17.1.- Calidad de los servicios ofrecidos La Contraparte Técnica del Servicio pondrá especial énfasis en el control de calidad de los servicios para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas, en caso de no ser así, dará origen al rechazo de los mismos y se tendrán por no recepcionados. Para dicho propósito, deberá informar por email a la contraparte técnica y podrá ser motivo de multas y/o término del contrato.
18. REFERENTE TECNICO
Actuará como referente técnico don Rafael García Jiménez, Jefe Unidad de Personal y Remuneraciones de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas del SSMC, o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Central, que estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades: 1. Dar recepción conforme de los servicios entregados, y respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, y requerir su entrega respectiva. 2. Instruir al proveedor adjudicado los lugares y fechas donde se ejecutarán los servicios 3. Instruir al proveedor acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases. 4. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de solicitud de prórroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato. 5. Informar oportunamente a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las bases. 6. Requerir a las unidades receptoras de los servicios, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. 7. Verificar el correcto cumplimiento del contrato, cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado y la vigencia de las garantías respectivas. 8. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
19. OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
Serán obligaciones del Oferente Adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, las siguientes: 1. Entregar los servicios adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Referente técnico. 2. Observar las indicaciones del Referente Técnico en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los servicios según corresponda. 3. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 4. Observar la prohibición de cesión de contrato. 5. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central, conforme a lo prevenido en las bases. 6. Observar que los servicios cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 7. Acreditar haber cancelado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de previred, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. 8. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las presentes bases. 9. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad tanto respecto de sus trabajadores directos como subcontratados. 10. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la ley N° 19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. 11. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal.
20. MULTAS
20.1 INFRACCIONES SUJETAS A MULTA Se considerarán infracciones sujetas a multa: FALTA DESCRIPCIÓN Incumplimiento a las obligaciones del oferente, calificado como leve por el Referente Técnico. Se entenderá como leve aquellos incumplimientos del contrato por parte del proveedor que no afecten de forma directa la disponibilidad de los servicios contratados, los que son: - Incumplimiento de instrucciones y/o requerimientos del referente técnico, de acuerdo a lo previsto en las bases. - Si los servicios adjudicados no se entregan en las fechas, forma, calidad, cantidad y/o lugar contenido en la oferta económica y/o aquel acordado entre proveedor y referente técnico, según corresponda. - Indisponibilidad de la plataforma de autogestión: Esto se refiere al tiempo de reacción del proveedor frente una inactividad de la plataforma de administración en horario hábil, esto entre 08:00 y 19:00 horas de lunes a viernes, excluyendo festivos. El proveedor dispondrá de 2 horas contadas desde la notificación que haga el usuario para solucionar la indisponibilidad. - Indisponibilidad de la plataforma APP O plataforma para el beneficiario final: Esto se refiere al tiempo de reacción del proveedor frente una inactividad de la plataforma APP O plataforma del beneficiario en horario hábil, esto entre 08:00 y 19:00 horas de lunes a viernes, excluyendo festivos. El proveedor dispondrá de 2 horas contadas desde la notificación que haga el usuario para solucionar la indisponibilidad. 2% del valor total de contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 20% del valor total de contrato. Incumplimiento a las obligaciones del oferente, calificado como grave por el Referente técnico. Se entenderá como grave la no ejecución de las obligaciones por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las bases técnicas, y que dicho incumplimiento le genere al SSMC perjuicio en el cumplimiento de sus funciones, las que son: - Atraso en la activación de saldos en la plataforma de autogestión: Esto se refiere al incumplimiento del proveedor respecto de plazo acordado en su propuesta para la activación del monto solicitado para la carga de las tarjetas. 5% del valor total de contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 20% del valor total de contrato. Con todo lo anterior, las multas no podrán exceder un 20% del valor total del contrato. 20.2.- MECANISMO DE REPORTE DE MULTAS En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, el Referente Técnico dará cuenta de ello mediante Informe fundado al Jefe del Departamento de Operaciones y Logística, quien pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratista en alguna infracción y propondrá la aplicación de las multas que procedan. El Director(s) del Servicio, a la vista del informe, y si estima que el contratista ha incurrido en incumplimiento contractual, comunicará por medio del correspondiente Oficio Ordinario, del hecho de encontrarse en situación de infracción. El proveedor, notificado que sea, tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos ante el Director(s). Posteriormente el Director(s), con los descargos del proveedor a la vista, o en ausencia de ellos, instruirá o no el inicio del proceso de multa en un plazo no mayor a 30 días, mediante la dictación de la respectiva Resolución, que se notificará por medio de carta certificada dirigida al domicilio registrado del proveedor, para efecto que este pueda ejercer los derechos que le concede la Ley 19.880, entre los cuales se establece la posibilidad de presentar Recurso de Reposición. Si el proveedor adjudicado hubiese repuesto de la multa dentro de plazo, el Director(s) del Servicio, evaluando los antecedentes, y solicitando los informes que estime pertinentes, resolverá mediante Resolución fundada en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados desde la fecha de ingreso de dicha reposición consignada por Oficina de Partes del Servicio, pudiendo el Director(a) del Servicio: i) Acoger el reclamo del proveedor, dejando sin efecto la Resolución que exige el pago de la multa; ii) Rebajar la multa al proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución; iii) Rechazar el reclamo del proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución. En los casos en que el Director(s) del Servicio haya rebajado la multa al proveedor, o haya rechazado el reclamo de éste, el Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá exigir el cobro de ésta mediante los mecanismos establecidos en el numeral 20.3 “Mecanismos de Pago de Multas”, según sea el caso. Se deja constancia que el procedimiento de aplicación de multas y la reclamación de ellas se regirán conforme lo establece la Ley 19.880 de procedimientos administrativos. 20.3 MECANISMOS DE PAGO DE MULTAS 20.3.1. Cobro directo a Proveedor Primeramente, la multa podrá ser pagada directamente por el proveedor mediante cheque nominativo extendido a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva Resolución que concluya el proceso de multa. Dentro del mismo plazo, la multa podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos: tipo de cuenta: Cuenta Corriente N° 9276491, Banco Estado, R.U.T.: 61.608.600-6 (correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl). La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio, previo aviso del Contratista vía correo electrónico, para ser validada. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo. 20.3.2.- Pago desde Garantía del Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato Cuando no exista la posibilidad de verificar el pago conforme al mecanismo establecido en el numeral anterior, las multas se pagarán con cargo al documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, tras lo cual, la empresa deberá traer una nueva garantía, en los mismos términos expuestos en el numeral 15.2 de las presentes bases y luego de ello, el Establecimiento devolverá el saldo que quede de la garantía original. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
21. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATACIÓN
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13° de la Ley de Compras, y conforme lo que se indica en el presente numeral. 21.1 Modificaciones Las modificaciones a la contratación podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos de la contratación o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el monto del contrato hasta el 30% de su valor total. En estos casos, se deberá suscribir el respectivo Anexo modificatorio y emitir una nueva Orden de Compra debidamente enlazada al ID de esta Licitación. El aumento o disminución sólo tendrá vigencia a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y su publicación en el Portal de Mercado Público. Solo una vez formalizados los aumentos o disminuciones de la forma ya dicha, los mismos podrán tener aplicación Tanto la disminución como el aumento de las prestaciones adjudicadas se harán de acuerdo a los valores ofertados por el proponente en el proceso licitatorio correspondiente. Y, en caso de disminución de servicios el contratante no tendrá derecho a indemnización alguna por parte de la Dirección. 21.1.1 Modificación valor carga El monto diario a cargar en cada tarjeta podrá ser reajustado por el Servicio, de acuerdo a su presupuesto anual disponible, lo cual se formalizará mediante anexo de contrato suscrito por las partes y que deberá ser aprobado mediante Resolución debidamente fundada y tramitada. 21.2 CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Caso fortuito o fuerza mayor. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6) Por haber alcanzado el tope de multas según se indica en las presentes bases. 7) Por no acreditar, previo informe de Referente Técnico y Ordinario dirigido al domicilio de adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes: 1. Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. 2. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. 3. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. 4. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. 5. Si se disuelve y procede a su liquidación 6. Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión dispuesto en estas bases. 7. Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. 8. Si los servicios no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse. 9. Si los servicios no corresponden a las Especificaciones Técnicas y no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse producto de instrucción del referente técnico. 10. Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio. 11. Si incurre en multas que en su totalidad sobrepasen un 20% del valor total del contrato 21.3 PROCEDIMIENTO PARA PROCEDER AL TÉRMINO ANTICIPADO POR INCUMPLIMIENTO En virtud de lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas contenido en el Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que señala que las Bases deberán contemplar un procedimiento para aplicación de las medidas que se adopten para los casos de incumplimientos que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. Se establece el siguiente procedimiento: Frente al incumplimiento del proveedor de cualquiera de las obligaciones que deriven de las Bases de Licitación y demás antecedentes de que rigen la contratación, el Referente Técnico, dará cuenta de ello mediante Informe fundado al Jefe del Departamento de Operaciones y Logística, quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratante en alguna infracción, y propondrá el término anticipado de la contratación. La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central comunicará por escrito su decisión al contratista de terminar anticipadamente el contrato y los fundamentos de la misma, mediante carta certificada dirigida a su domicilio, con una antelación de a lo menos 10 días hábiles a la fecha en que se desee ponerle término. El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la comunicación en el domicilio señalado, para formular descargos, los que deberá hacer llegar por escrito, en carta dirigida al Director y que deberá ser entregada en Oficina de Partes de este Servicio de Salud. Con el mérito de ellos, o trascurrido el plazo referido sin que estos se hubiesen formulado, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central resolverá sobre el particular, de manera fundada y previa ponderación de los antecedentes, mediante la dictación de la resolución exenta respectiva. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880. En caso de declararse el término anticipado del contrato por cualquiera de las causales imputables al proveedor, el Servicio podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases, incluida la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causare
22. CALENDARIO DE LICITACIÓN
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. El Plazo entre el llamado a licitación y el cierre de recepción de ofertas es de 30 días corridos a contar de la publicación de las presentes Bases, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 25 del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Si un plazo de día corrido vence en día inhábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. Los días inhábiles corresponderán a los sábados, domingos y festivos. El plazo del cierre para la recepción de ofertas no puede vencer en días inhábiles ni en día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl. A contar de la aprobación las presentes Bases de Licitación. Consultas A partir de la publicación de las presentes Bases en el portal, hasta las 15:00 horas del 15º día corrido, contado desde la fecha de publicación de la presente licitación. Respuestas a Consultas Hasta las 18:00 horas del 20º día corrido, contado desde la fecha de la publicación de las presentes Bases. Cierre recepción de ofertas por Mercado Público. A las 15:00 horas del Trigésimo (30) día corrido contado desde la fecha de la publicación de las presentes Bases. Apertura de las Ofertas en Mercado Público A las 15:01 horas del Trigésimo primer día (31) corrido contado desde la fecha de la publicación de la licitación. Fecha estimada de Evaluación de Requisitos de Admisibilidad Dentro de un plazo de 2 días hábiles desde el cierre de recepción de ofertas por Mercado Publico Observaciones a la Aceptación de las ofertas en Mercado Público Dentro del plazo de 24 horas contado desde la apertura electrónica Fecha estimada de Evaluación de las Ofertas La evaluación de las ofertas se realizará en un periodo de 10 días hábiles desde el cierre de recepción de ofertas. Adjudicación Dentro de un período de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas, se publicará la Resolución de Adjudicación Entrega de antecedentes para formalizar la contratación Dentro de 10 día hábil contado desde Adjudicación, la cual se entenderá realizada luego de las 24 horas transcurridas desde que sea publicada la Resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl Contrato El Contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, dentro de 10 día hábil contado desde el vencimiento de plazo de entrega de antecedentes para formalizar la contratación
23. DECLARACIÓN ESENCIAL
Él o los representantes de cada proponente deberán declarar, de conformidad con el Formulario Nº2 de las Bases, lo siguiente: 1.- Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. 2.- Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones técnicas, Anexos y Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia. 3.- Estar legalmente constituido, reconocida y vigente en Chile; y son personeros debidamente investidos en Chile. 4.- Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar y someterse a las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, preguntas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes. 5.- Pacto de Integridad, los proveedores se comprometen a actuar con transparencia, probidad y veracidad en la información y antecedentes presentados en esta propuesta.
24. PRÓRROGA DE COMPETENCIA
Cualquier diferencia en la interpretación de los antecedentes que forman parte de estas Bases y del contrato, que no pueda resolverse por las partes, se someterá a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Justicia, prorrogándose en este acto competencia en los Juzgados de Letras de Santiago, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
25. SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS.
El Adjudicatario no podrá subcontratar los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato y mantendrá la responsabilidad ante el Servicio de la calidad, contenido y oportunidad de los servicios que se adquieren y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el Adjudicatario y sus dependientes.
26. CESION DEL CONTRATO
El proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al SSMC para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
27. CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD
El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato.
28. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Central que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
29. CONSTANCIA
Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
BASES TÉCNICAS
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” 1. OBJETIVO GENERAL El Servicio de Salud Metropolitano Central requiere adquirir tarjetas de alimentación por un periodo de 24 meses, para los funcionarios/as del SSMC, a fin de asegurar el acceso al beneficio y dar cumplimiento a la Ley N°20.799. 2. OBJETIVO ESPECIFICO Es necesario contar con un sistema amplio de compra de alimentos para los funcionarios del SSMC, por lo cual debe ser posible utilizar tarjetas electrónicas y/o diseño web de alimentación precargada que permitirá al funcionario adquirir productos en una amplia variedad de locales de comida, supermercados, restaurantes y otros similares. El proveedor podrá señalar en su oferta otras opciones de canje, sin embargo, es obligatorio que entregue tarjetas electrónicas u otras que permitan un adecuado uso del beneficio. 3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO PRODUCTO CANTIDAD MENSUAL APROX. DÍAS HABILES DE CARGA PROMEDIO VALOR DE CARGA Tarjetas Electrónicas de Alimentación 250 22 $3.500 En el cuadro precedente, se indica información referencial respecto a las tarjetas de alimentación, pudiendo ser estas modificadas, tanto en su valor unitario como en la cantidad de tarjetas, y con valores acumulables según necesidades y a requerimiento del Servicio de Salud M. Central. El Servicio de Salud Metropolitano Central podrá realizar ajustes al valor de carga por funcionario, de acuerdo a los análisis y estudios que se realicen a los valores de mercado. Dichas modificaciones podrán ser ajustada, siempre y cuando se disponga de un informe técnico emitido por el Referente Técnico, que justifique dichos ajustes, y se debe contar con las disponibilidades presupuestarias correspondientes. Cobertura y Comercio asociado: El proveedor deberá contar con un listado de Comercios asociados al uso de las tarjetas para el beneficio de alimentación, el cual pueda dar cobertura al beneficio de alimentación a los funcionarios del SSMC. El beneficio deberá incluir los siguientes tipos de locales; locales de comida, supermercados, restaurantes y otros similares, en las Comunas de la región metropolitana. Plataforma de Autogestión: • Asignar tarjeta • Bloquear tarjetas • Asignar monto de beneficio • Solicitar tarjetas nuevas • Reposición de tarjetas adquiridas • Crear beneficiarios • Eliminar beneficiarios • Habilitar y deshabilitar beneficiarios • Abonar o reversar cargos • Disponer de usuarios para administración de plataforma. Reportes: El modulo requerido para hacer gestión debe permitir extraer al comprador como mínimo lo siguiente: • Movimientos generados por el usuario beneficiario final (compras, saldos y disponible) • Órdenes de compra realizadas • Detalle de compras realizadas por el beneficiario final. APP o plataforma para el beneficiario final: El proveedor deberá contar con sitio web, plataforma o app que permita al beneficiario final (funcionarios del SSMC) realizar ciertas gestiones sobre el beneficio entregado, donde se deberán realizar como mínimo las siguientes tareas: • Bloquear tarjeta/beneficio • Cambiar contraseñas en plataforma o app • Visualizar saldo • Detalle de transacciones • Buscador de comercio asociado. • Realizar transferencias a otros usuarios Métodos de canje: El proveedor deberá entregar una tarjeta personalizada y precargadas y/o electrónica de aplicación web que permitirán a los funcionarios adquirir una serie de productos en una amplia variedad de locales de comida, supermercados, restaurantes y otros similares. El proveedor podrá señalar en su oferta otras opciones de canje como medios electrónicos o tarjetas virtuales, sin embargo, es obligatorio la entrega de tarjetas plásticas. Las tarjetas de alimentación se otorgarán de manera gratuita al SSMC para todos sus usuarios, así como también deberá considerar la reposición en caso de extravió o deterioro. Las que deben ser personalizadas con nombre y rut de cada funcionario/a. Adicionalmente el proveedor deberá describir las siguientes acciones en su propuesta técnica: 1. Servicio de reposición de tarjetas: El proveedor deberá informar en su propuesta los plazos máximos de entrega de tarjetas para todos aquellos usuarios del SSMC que extravían o deterioran sus tarjetas. 2. Servicio de mesa de ayuda: El servicio de mesa de ayuda, deberá encontrarse habilitado de manera permanente 5 días a la semana en un horario de 9 a 18 horas. Este servicio telefónico deberá entregar información, recibir reclamos y sugerencias de todo el país. La declaración respecto a la existencia de la mesa de ayuda para atención de beneficiarios debe ser realizada en su propuesta, indicando el número de contacto de la mesa de ayuda. 3. Protocolos de seguridad: El oferente deberá contar con mecanismo de seguridad incorporando protocolos que impidan la adulteración en caso de robo o extravío de las tarjetas electrónica, permitiendo el bloqueo. El oferente deberá declarar en la oferta si cuenta o no con protocolos de seguridad y además adjuntar en su oferta una descripción detallada de los protocolos de seguridad que posea. 4. Reporte de uso tarjetas: El proveedor deberá informar si cuenta o no con la capacidad de entregar informes y reportes durante todo el periodo de vigencia del contrato. Los informes y reportes deberán contener un análisis de las transacciones efectuadas por los beneficiarios, región, consumo y puntos de canje utilizados. El oferente deberá informar en la oferta técnica si cuenta o no con la capacidad de generar informes respecto al uso de las tarjetas asociadas al beneficio de alimentación. 5. Plan de contingencia para asegurar continuidad del servicio: El proveedor deberá adjuntar en su propuesta si cuenta con un plan de contingencia que permita dar continuidad en el uso de las tarjetas, en caso de generarse situaciones que afecten la entrega del servicio. Dentro de los 5 días hábiles posteriores al envió de la Orden de Compra, se deberá capacitar sobre el monitoreo y control de las tarjetas de los funcionarios/as del SSMC, al equipo que llevará el control y proceso de reposición de recargas, con la finalidad de realizar la inducción y demostrar la operatividad de los requerimientos técnicos. Servicio Pos Venta: El oferente deberá capacitar en el uso de la plataforma al administrador del servicio y a los usuarios para el uso del beneficio. Dado que el beneficio es de alimentación se deja establecido que las compras asociadas con esta tarjeta serán única y exclusivamente para alimentos perecibles y no perecibles para uso de los funcionarios/as. Por lo que se restringe la compra de productos que no sean de alimentación, tales como; alcohol, tabaco, aseo personal, aseo en general, alimento para mascotas, entre otros.