Licitación ID: 1057468-9-CO25
LICIT PRIVADA SERV RESIDENCIA PROTEGIDA 6 CUPOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
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Productos o servicios
1
Servicios de cuidado personal en instituciones especializadas 1 Unidad
Cod: 85101603
AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PRIVADA PARA LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIOS DE RESIDENCIA PROTEGIDA (6 CUPOS) PARA EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL (SSMC)”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LICIT PRIVADA SERV RESIDENCIA PROTEGIDA 6 CUPOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PRIVADA PARA LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIOS DE RESIDENCIA PROTEGIDA 6 CUPOS PARA EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL SSMC”
Tipo de licitación:
Privada-Licitación Privada igual o superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM (CO).
Tipo de convocatoria:
CERRADO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.600-6
Dirección:
Victoria Subercaseaux 381 Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-09-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-09-2025 13:20:47
Fecha inicio de preguntas: 05-09-2025 15:00:00
Fecha final de preguntas: 09-09-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-09-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-09-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-09-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2025 11:44:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Empleabilidad Ver en Bases Administrativas Ítem 9.4 - Evaluación de las Ofertas y pauta de Evaluación 5%
2 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES ver en Bases Administrativas Ítem 9.4 - Evaluación de las Ofertas y pauta de Evaluación 5%
3 OFERTA ECONÓMICA Ver en Bases Administrativas Ítem 9.4 - Evaluación de las Ofertas y pauta de Evaluación 45%
4 Características Técnicas Ver en Bases Administrativas Ítem 9.4 - Evaluación de las Ofertas y pauta de Evaluación 20%
5 Infraestructura disponible Ver en Bases Administrativas Ítem 9.4 - Evaluación de las Ofertas y pauta de Evaluación 20%
6 Programa de Integridad y ética empresarial Ver en Bases Administrativas Ítem 9.4 - Evaluación de las Ofertas y pauta de Evaluación 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ursula Beecher Varela
e-mail de responsable de pago: ursula.beecher@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Maria Esther Ferrer Hernández
e-mail de responsable de contrato: maria.ferrer@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-225746900-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Central
Fecha de vencimiento: 31-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: ***LA FECHA DE VENCIMIENTO ES REFERENCIAL *** Debido a la naturaleza de la contratación, se requerirá presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en conformidad al artículo 121° inciso primero, del reglamento de la ley N°19.886. El oferente deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, por un monto del 5% del precio final neto del contrato.
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de contrato de Residencia Protegida 6 cupos ID 1057468-9-CO25
Forma y oportunidad de restitución: Se deja expresa constancia que la garantía incluye el pago de multas y, tratándose de la contratación de servicios, incluirá el pago de obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante. Al término del período de la garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/T8GGAK-244 Página 27 de 68 Para esto, el referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, que el adjudicatario ha dado cumplimiento estricto al contrato y a las bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento. En caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, se deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva. 10.4.- Aumento de garantía: En el evento que, a causa de una modificación de contrato de acuerdo con lo previsto en estas bases, se aumente el valor de este o su vigencia, el contratista deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases aumentando el valor de garantía o vigencia, según corresponda.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El Servicio de Salud Metropolitano Central (SSMC), requiere la contratación de “Servicios de Residencia Protegida (6 cupos) para el Servicio de Salud Metropolitano Central”, de acuerdo a las condiciones establecidas en estas bases. Con el fin de garantizar la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial de su territorio, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas, es indispensable gestionar la contratación de una entidad externa calificada para que otorgue el Servicio de Residencia Protegida para 6 (seis) cupos a contar del 01 de julio de 2025, para personas con trastornos psiquiátricos y discapacidad, por un periodo de 12 meses. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, conforme a lo previsto en el artículo 36 del decreto supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. De conformidad a lo establecido en el artículo 117 del citado reglamento de la Ley de Compras, las propuestas deberán tener una validez de 90 (noventa) días corridos a contar de la fecha de apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, y que acrediten su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de otras exigencias que establezca este Servicio de Salud. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. De conformidad a lo establecido en el artículo N°120, del reglamento de la ley N°19.886, no se solicitarán a los adjudicatarios la entrega de documentación cuando esta se encuentre en el Registro de Proveedores. En caso de presentar su oferta como Unión Temporal de Proveedores (UTP), el representante de dicha UTP deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Las causales de inhabilidad establecidas en la Ley de Compras y en el artículo 154 de su reglamento, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la Unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una Unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio del Servicio, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello el Servicio deberá dejar constancia en un acta. En el evento de que este Servicio apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el artículo 183 del Decreto N°661. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo con las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Este servicio exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 3°. - NORMATIVA APLICABLE La contratación se realizará de acuerdo con lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante del contrato, y cuyo orden de prelación en caso de existir discrepancia entre ellos, es el que se señala a continuación: • Bases Administrativas (BA). • Bases Técnicas (BT). • Formularios, Anexos. • Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central a las Bases y Especificaciones Técnicas. • Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. • En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Central, con anterioridad a la apertura de la propuesta. • Oferta del o de los Oferentes. • Acta de evaluación de ofertas. • Resolución de Adjudicación. • Orden de Compra. • En general, todo documento relacionado con la licitación. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, debiendo interpretarse armónicamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, las siguientes: 1. La ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el decreto supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada ley Nº 19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. Ley N°19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 4. Además de toda aquella normativa aplicable al proceso concursal y su posterior ejecución y cumplimiento, contenidas en el ordenamiento jurídico. 4°. - MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de estas bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan hasta 2 días hábiles antes del cierre de presentación de las ofertas.
ANTECEDENTES LEGALES PARA OFERTAR
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO estar afecto a las siguientes causales de inhabilidad: 1. Haber sido condenado por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario. 2. Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. 3. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la ley. 4. Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad. 5. Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales. 6. Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el artículo 35 septies de la Ley de Compras. 7. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973. 8. Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. 9. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la ley N° 21.595 de Delitos Económicos. 10. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. 11. Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. 12. Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. 13. Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. 14. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. 15. Las demás que determinen las leyes.
CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación (Anexo N°1). Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y APERTURA
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que se establezca en el calendario señalado en Anexo Nº1 de estas bases. La evaluación de las ofertas sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 1. Presentación del Formulario N°3: Declaración Jurada Simple Unión Temporal de Proveedores (UTP), SOLO en caso que proceda. 2. La oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme con lo establecido en el artículo 182 del reglamento de la ley N°19.886. 3. Presentación del Formulario N°4: Oferta Económica. El valor de la oferta económica no podrá superar, por cupo, el precio definido por FONASA para las prestaciones valoradas año 2025, el que asciende como máximo a la suma de $28.060.- (veintiocho mil sesenta pesos). Las ofertas que superen el presupuesto serán declaradas inadmisibles. 4. Presentación del Formulario N°5: Pacto de Integridad y Ética Empresarial 5. Presentación del Formulario N°7: Rol del administrador de la Residencia Protegida 6. Presentación del Formulario N°8: Recurso humano disponible contratado por el proveedor. 7. Presentación del Formulario N°9: Resguardo derechos de las personas en Residencia 8. Presentación del Formulario N°10: Capacitación del personal profesional y no profesional. 9. Presentación del Formulario N°11: Infraestructura disponible 10. Presentación del Formulario N°12: Acreditación del Inmueble 11. Presentación del Formulario N°13: Criterio de Empleabilidad 12. El oferente debe estar inscrito en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en el artículo 16 inciso noveno de la Ley N°19.886. Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien y/o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras y el artículo 60 del reglamento Ley de Compras). En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, que en este caso será la de menor precio, y declarará inadmisibles las demás. Esto siempre y cuando que no se trate de una oferta riesgosa o temeraria. Ofertas riesgosas o temerarias. Se podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si se determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato (artículo 61 reglamento de la Ley de Compras). Para efectos de este proceso concursal, se entenderá por oferta riesgosa o temerarias cuando la oferta presentada sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad Licitante deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a) La Comisión deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de 3 días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. De ser adjudicada la oferta, se solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N° 19.886. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley N°19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases. 8°. - PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (Antecedentes Formales). El proponente deberá ingresar su oferta completa, al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el anexo Nº1 de la presente licitación. IMPORTANTE: En relación con los formularios o anexos entregados en las bases, éstos deberán ser completados y subidos al portal. Se entenderá que el oferente declara su conformidad y aceptación de las Bases con la sola presentación de su oferta. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. 8.1) Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del oferente, el que debe ser completado y enviado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Si la información requerida en el Formulario 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considera como presentada por el oferente. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Formulario Nº2: Identificación Integrantes UTP: Declaración de identificación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda. • Formulario Nº3: Declaración jurada simple UTP: Declaración jurada simple, suscrita por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda. • Formulario N°5: Programa de Integridad y ética empresarial: De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Reglamento de la Ley N°19.886, los oferentes deberán indicar si poseen programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos y aplicados por su personal. Para comprobar lo declarado los oferentes deberán adjuntar el documento correspondiente que acredite lo solicitado. 8.2) Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N°4 Oferta Económica El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO TOTAL NETO, por la totalidad de los ítems, además indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. El valor debe ser único y definitivo, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado al servicio, incluido si correspondiere la capacitación, uso de equipo audiovisual, equipos de soporte, o cualesquiera otros si procedieran. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. 8.3) Antecedentes Técnicos. El proponente deberá anexar estos antecedentes en formato digital, en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N°6: Experiencia del oferente: El oferente deberá detallar la experiencia acreditable en la entrega del “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central” • Formulario N°7: Rol del administrador de la Residencia Protegida: El oferente deberá detallar el rol y las funciones Administrador de la Residencia Protegida (en coherencia con Norma Técnica, MINSAL 2006) • Formulario N°8: Recurso humano disponible contratado por el proveedor: El oferente deberá detallar el personal que tiene a su cargo para realizar las funciones de cuidado de los usuarios de la “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central”. • Formulario N°9: Resguardo derechos de las personas en Residencia: El oferente deberá detallar las medidas que se contemplarán para el resguardo de los derechos de las personas residentes, formando parte integral de la prestación de “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central”. Los ítems de este plan se basan en la Convención de Derechos de Personas en situación de Discapacidad, ratificada por Chile el año 2008. • Formulario N°10: Capacitación del personal profesional y no profesional: El oferente deberá detallar cada integrante del equipo que cuente con capacitación acorde a las funciones definidas para el cuidado de los usuarios de la Residencia Protegida. • Formulario N°11: Infraestructura disponible: El oferente debe detallar los aspectos generales de la vivienda, instalaciones, implementación y seguridad. • Formulario N°12: Acreditación del Inmueble: El oferente deberá detallar el documento, contrato u otro que acredite título bajo el cual detenta o dispone del inmueble que utilizará para la prestación de “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central”. • Formulario N°13: Criterio de Empleabilidad: El oferente deberá detallar la calidad contractual del personal que tiene a su cargo para realizar las funciones de cuidado de los usuarios de la “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central”. Asimismo, deberá indicar los beneficios remuneracionales que poseen los trabajadores del proponente. 8.4) Visita a Residencia (Evaluación Infraestructura) Un miembro de la Comisión Evaluadora o bien la Comisión en su totalidad, dependiendo del número de oferentes, efectuarán una visita a terreno a todos los oferentes que participen de la propuesta pública, con el fin de conocer el lugar y la infraestructura de la residencia y proceder a evaluarla. La visita se realizará después de la fecha de apertura de oferta a los Proveedores que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad. En caso de ser necesario la evaluación de la infraestructura de cada oferente, que implica la aplicación de la pauta correspondiente al Formulario N°11, más el adjunto de Formulario N°12, podrá ser realizada según lo declarado en los Formularios referidos y contrastado con fotografías que den cuenta de las distintas instalaciones de la residencia.
DE EVALUACION DE LAS OFERTAS
Apertura de las Ofertas y Evaluación de Requisitos de Admisibilidad: Conforme a lo previsto en el artículo 51 del reglamento de la Ley de Compras el acto de la apertura se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en las Bases. El Sistema de Información asegurará certeza en la hora y fecha de la apertura y permitirá la publicidad de las ofertas completas de todos los oferentes, sin importar el resultado de su admisibilidad. Sólo serán consideradas como ofertas válidas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en estas bases de licitación. Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Cualquier observación que no fuere presentada a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. 9.2.- Comisión de Evaluación de las Ofertas: Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación con cada uno de los ítems de la presente licitación: TITULARES NOMBRE RUT CALIDAD JURIDICA CARGO 1 Olga Garcés Lucero 16.951.467-4 Contrata Profesional Trabajadora Social, Referente Subdepartamento Salud Mental, Departamento Redes Transversales 2 Erika Espinoza Aguilera 7.938.668-5 Planta Profesional Trabajadora social, Referente Departamento de Redes Transversales 3 Paula Ocaranza Vásquez 13.212.445-0 Contrata Profesional Enfermera, Subdepartamento Gestión de Red de Atención Cerrada En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios: SUPLENTES NOMBRE RUT CALIDAD JURIDICA CARGO 1 César Vásquez Gallardo 15430012-0 Contrata Profesional psicólogo, Referente Subdepartamento Salud Mental, Departamento Redes Transversales 2 Fabián Vejar Contreras 16386267-0 Contrata Profesional Kinesiólogo, Referente, Departamento Redes Transversales 3 Elizabeth Elgueta Rodriguez 15980210-8 Contrata Profesional Enfermera, Referente Departamento Redes Transversales La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 57 del Reglamento de la ley N° 19.886, esto es: Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del reglamento de la Ley de Compras. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora, requerirá a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. De conformidad con lo previsto en el artículo 4, N°7 de la ley 20.730, los integrantes de la Comisión Evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la Comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida ley 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 54 del reglamento de la Ley de Compras. Asimismo, los integrantes de la Comisión Evaluadora, de conformidad a lo establecido en el artículo 35 nonies de la ley N° 19.886 deberán suscribir una declaración jurada, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. 9.3.- Omisión de antecedentes: Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo con el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible conforme a lo prevenido en el punto 7°. Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y afectase a alguno(s) de sus integrantes causal de inhabilidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 182 del reglamento de la Ley de Compras, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo con los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director/a del Servicio de Salud Metropolitano Central con la proposición de adjudicación. 9.4.- Evaluación de las ofertas y pauta de Evaluación: La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará qué ofertas son admisibles conforme a las bases de licitación y cuáles no, respecto de aquellas deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas a base de los siguientes criterios y ponderaciones: CRITERIO PONDERACION EN % Cumplimiento de los Requisitos Formales 5% Oferta Económica 45% Capacidad Técnica 20% c.1) Experiencia del Oferente 20 c.2) Rol del Administrador 20 c.3) Personal disponible y capacitado 30 c.4) Resguardo Derechos de las personas residentes 30 Infraestructura disponible 20% d.1) Aspectos Generales de la Vivienda 10 d.2) Instalaciones 20 d.3) Implementación 25 d.4) Seguridad 20 d.5) Accesibilidad 20 d.6) Completitud Formulario N°12: Acreditación del Inmueble 5 Empleabilidad 5% e.1) Condiciones Laborales 50 e.2) Condiciones Remuneraciones 50 Programa de Integridad y ética empresarial 5% CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (EL PUNTAJE SE DEBERÁ PONDERAR AL 5%) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizarla evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) OFERTA ECONÓMICA (EL PUNTAJE SE DEBERÁ PONDERAR AL 45%) El puntaje se determinará según la siguiente Fórmula, obteniendo la oferta económica menor, la mayor ponderación, a saber: Puntaje =((Min Precio entre Oferentes)/(Precio Oferente i))*100 Donde “Min Precio entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio entre oferentes y el “Precio Oferente i” corresponde al precio del oferente a evaluar. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas de forma proporcional obtendrán puntajes tras la aplicación de la formula antes indicada. La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % =((Puntaje x 45)/100) La propuesta económica del oferente deberá incluir todos los elementos asociados a la adquisición/contratación. El medio de verificación será el Formulario N°4. CAPACIDAD TÉCNICA (EL PUNTAJE SE DEBERÁ PONDERAR AL 20%) La evaluación técnica de las ofertas, se desarrollará a partir de la calificación de los factores señalados a continuación: c.1) Experiencia del Oferente (20%) Los contratos declarados deben corresponder a Servicio de Residencia Protegida, adjuntando documentos que respalden el desarrollo de servicios de Residencia Protegida, ejecutado en instancias públicas o privadas, en los últimos 5 años o más. Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, entre otros y deberá coincidir con lo informado en el Formulario. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el Formulario N°6 se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá 1 (una) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un documento. Se aplicará la siguiente fórmula al factor experiencia: Experiencia del Oferente PUNTOS La oferente acredita experiencia en Residencia Protegida por un periodo mayor o igual a 5 años 100 La oferente acredita experiencia en Residencia Protegida por un periodo mayor a 1 año y menor a 5 años 50 La oferente acredita experiencia en Residencia Protegida por un periodo menor o igual a 1 año. 25 La oferente no acredita o no da cuenta de respaldos sobre experiencia en Residencia Protegida 0 Ponderación % =((Puntaje x 20)/100) c.2) Rol del Administrador (20%) El oferente deberá contar con un Administrador, el cual es una persona natural o jurídica, pública o privada, responsable de la administración de la Residencia Protegida a nivel financiero y de gestión, debiendo ocuparse de todos aquellos aspectos relativos a la operación de cada uno de los residentes. Se deberá dar cuenta de las funciones que tiene asignada, las cuales deben ser coherentes con lo definido por la Norma Técnica existente para Residencias Protegidas del MINSAL (año 2006). La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos. Descripción Factor PUNTOS Cumple parcialmente con lo estipulado en la Norma Técnica de Residencias Protegidas. 50 Cumple totalmente con lo estipulado en la Norma Técnica de Residencias Protegidas. 100 Ponderación % =((Puntaje x 20)/100) c.3) Personal disponible y capacitado (30%) La evaluación de este factor se realizará en base al cumplimiento de los sub factores que se mencionan a continuación: c.3.1.- Dotación de funcionarios disponibles: Formulario N°8 “Recurso Humano Disponible contratado por el proveedor”, donde se señale el detalle de horas contratadas, el cual debe ser 100% acorde al estándar definido por la Norma Técnica de Residencias Protegidas del MINSAL del año 2006. c.3.2.- Capacitación del Personal profesional y no profesional: Formulario N°10 “Capacitación del Personal profesional y no profesional”, con al menos el 60% del personal que cuente con capacitación acorde con las funciones contempladas para su cargo (definidas en la Norma Técnica de Residencias Protegidas del MINSAL, del año 2006), adjuntando además copia simple que certifique dicha capacitación. c.3.3.- Plan de capacitación continua: el oferente deberá adjuntar el documento en el que presente su plan anual de capacitación continua, dirigido a las cuidadoras/es de los usuarios de la Residencia. La evaluación de este factor se efectuará en base a la sumatoria obtenida para cada uno de los subfactores que este contempla, lo cual está indicado en la siguiente tabla con el puntaje máximo de 100 puntos. DESCRIPCIÓN CUMPLE El oferente acredita que el personal disponible está 100% acorde al estándar requerido señalado en la Norma Técnica vigente. SI NO El oferente acredita que sobre el 60% del personal contratado cuenta con capacitación actualizada acorde a la descripción del cargo existente en la Norma Técnica vigente. SI NO El oferente adjunta documento que contiene el Plan de Capacitación anual continuo, dirigido al personal contratado, el cual trata temáticas acordes al cuidado de personas con patología psiquiátrica. SI NO TOTAL 100 0 El incumplimiento de algunos de los subfactores anteriormente señalados, determinarán la no aprobación del factor en su globalidad, dada la relevancia de que se encuentren presentes en la Residencia. c.4) Resguardo de los derechos de las personas Residentes (30%) Para este factor se solicita que el oferente detalle las medidas que se contemplarán para el resguardo de los derechos de las personas residentes, formando parte integral de la prestación de Servicio de Residencia Protegida. Los subfactores de este plan se basan en la Convención de Derechos de Personas en situación de Discapacidad, ratificada por Chile el año 2008. DESCRIPCIÓN PUNTAJE El oferente presenta medidas de resguardo, pero estás no aluden a los ítems requeridos. 50 El oferente presenta medidas de resguardo para todos los ítems requeridos. 100 Los medios de verificación de esta información serán: descripción escrita y detallada de procedimiento a implementar en cada derecho a resguardar en Formulario N°9. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión evaluadora podría, si así lo estima, realizar entrevistas a usuarios, y observación de registros en Residencia (cuaderno de novedades), durante la Visita a Residencia. EVALUACIÓN INFRAESTRUCTURA DISPONIBLE (EL PUNTAJE SE DEBERÁ PONDERAR AL 20%) La evaluación de la infraestructura de cada oferente, se desarrollará a través de una visita al establecimiento o, en caso que la situación actual del país no lo permita, mediante registros fotográficos, donde se realizará la calificación de los factores señalados en el siguiente cuadro, mediante la aplicación de la pauta correspondiente al Formulario N°11, más el adjunto de Formulario N°12 correspondiente a acreditación de inmueble donde se prestarán los servicios. La suma del puntaje de los siguientes factores constituye el puntaje de infraestructura final. Formulario FACTORES CUMPLE NO CUMPLE Formulario N°11 Aspectos Generales de la Vivienda (AG) 10 0 Instalaciones (Ins.) 20 0 Implementación (Imp.) 25 0 Seguridad (S) 20 0 Accesibilidad (A) 20 0 Formulario N°12 El oferente adjunta Formulario N°12 completo 5 0 PUNTAJE 100 0 El puntaje total del proponente para el criterio de evaluación de infraestructura disponible, se calculará de acuerdo a la suma de los puntajes obtenidos en cada factor: d.1) Aspectos Generales de la Vivienda (10%) A continuación, se describen los 3 subfactores que este factor contempla y que la vivienda debiera cumplir: d.1.1.- Ubicación: La Residencia debe estar ubicada en el espacio urbano/comunitario dentro de la jurisdicción correspondiente al Servicio de Salud Metropolitano Central. d.1.2.- Acceso y oportunidad para la integración: La ubicación de la Residencia debe permitir el fácil acceso a locomoción colectiva, estar cercana a consultorios, comercio, espacios públicos, de esparcimiento, etc., elementos que facilitan o que brindan oportunidades para la integración social de los residentes con sus vecinos. d.1.3.- Elementos de discriminación: La Residencia debe estar inserta en la comunidad sin elementos discriminatorios y estigmatizadores, ni internos ni externos, que expliciten su calidad de tal (letreros, carteles, placas, uniformes). La evaluación de este subfactor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos. DESCRIPCIÓN CUMPLE NO CUMPLE La vivienda se encuentra ubicada en un espacio urbano/comunitario 30 0 La vivienda cuenta con acceso a locomoción colectiva, cercana a consultorios, comercio, espacios públicos, de esparcimiento, etc. 30 0 La vivienda no cuenta con elementos discriminatorios y estigmatizadores, ni internos ni externos, que expliciten su calidad de tal (letreros, carteles, placas, uniformes). 40 0 TOTAL 100 0 d.2) Evaluación de las Instalaciones (20%) DESCRIPCIÓN CUMPLE NO CUMPLE La vivienda cuenta con servicios básicos disponibles (agua, alcantarillado y energía eléctrica) 15 0 La vivienda cuenta con espacios de recreación y uso del tiempo libre, así como acceso a áreas verdes suficientes. 15 0 La vivienda cuenta con 1 dormitorio cada 3 residentes 15 0 La vivienda cuenta con condiciones que resguardan la privacidad y seguridad en los dormitorios y baños 15 0 La vivienda cuenta con 1 sala de baño por cada 4 residentes 15 0 La vivienda cuenta con agua caliente para al menos 1 ducha diaria 15 0 La vivienda cuenta con espacio para el tiempo libre. 10 0 TOTAL 100 0 d.3 Implementación (25%) Cada espacio de la vivienda debe presentar ciertas características, las cuales tienen relación con la función que cumple la habitación. La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos, que deberán ser convertidos a la siguiente tabla de puntaje total: Puntaje obtenido en Pauta Cumple todos los Ítems Cumple Parcialmente (no cumple en un ítem) No cumple (en más de dos ítems no cumple) Dormitorio 20 10 0 Living/ Comedor 20 10 0 Sala Cocina 20 10 0 Sala Baño 20 10 0 Lavado, Secado y Planchado 10 5 0 Sala Procedimientos 10 5 0 TOTAL 100 puntos 50 puntos 0 HABITACIÓN/IMPLEMENTACIÓN CUMPLE NO CUMPLE DORMITORIO Dimensiones tales con espacio entre cada borde de cama para velador y clóset individual, y que permita un desplazamiento fluido de los residentes. SI NO Decoración (pintura o empapelado de muros, cuadros, otros ornamentos). SI NO Ventanas con cortinas bien instaladas, de fácil pliegue y despliegue, limpias, sin roturas SI NO Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin suciedad adherida SI NO Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre; celosías opcionales en las puertas) SI NO Iluminación con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces SI NO Sistema de calefacción en funcionamiento y seguro para los residentes, con temperaturas adecuadas al clima (de acuerdo al lugar geográfico de su ubicación) y a las condiciones de salud de los residentes. SI NO Disponibilidad de implementos y adaptaciones a la infraestructura que permitan el acceso a todas las dependencias, del mismo modo dispondrá del equipamiento necesario para quienes lo requieran (tirantes, ramplas, catres clínicos, antideslizantes, colchón anti-escaras), además de ayudas técnicas para residentes con dificultades en la locomoción y desplazamiento. SI NO Por cada residente: 1 cama equipada con colchón, sábanas, almohada, frazadas y cubrecamas, 1 velador, 1 espacio para disponer la ropa, los artículos de aseo personal y cosmética, además de objetos personales, 1 silla o taburete (todos estos muebles firmes, limpios y en buenas condiciones), 1 lámpara de velador con enchufes en buenas condiciones, 1 bajada de cama. SI NO LIVING/COMEDOR De dimensiones tales que permita la interacción de todos los residentes y de éstos con visitantes, garantizando el tránsito expedito de los usuarios. SI NO Decoración (pintura o empapelado de muros, cuadros, plantas ornamentales, adornos). SI NO Ventanas con cortinas bien instaladas, de fácil pliegue y despliegue, limpias, sin roturas SI NO Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin suciedad adherida SI NO Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre; celosías opcionales en las puertas) SI NO Iluminación con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces SI NO Sillones, sitiales y/o sofá que permitan estar sentados a lo menos a la mitad de los residentes en un solo momento (todos los muebles firmes, resistentes, en buenas condiciones de funcionamiento, limpios) SI NO Televisor funcionando, con su respectivo mueble o mesa SI NO Equipo de música funcionando, con su respectivo mueble o mesa SI NO En el comedor, mesa(s) y sillas suficientes para que se sienten a la mesa 6 personas en un solo turno SI NO SALA COCINA De tamaño tal que permita la permanencia de 3 o 4 personas a la vez, permitiendo un desplazamiento fluido de los residentes. SI NO Muros y piso fácilmente lavables SI NO Decoración (pintura de muros, cuadros, otros ornamentos). SI NO Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin suciedad adherida). SI NO Con almacenamiento diferenciado de los alimentos y los artículos de aseo de la Residencia SI NO Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre), con campana y/o extractor de aire, celosías en las puertas SI NO Iluminación con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces SI NO Si utiliza algún sistema de calefacción, que éste no sea contaminante, ni peligroso y esté disponible SI NO Cocina a gas de cuatro platos con horno SI NO Refrigerador de dos puertas o lo bastante amplio para conservar adecuadamente los alimentos SI NO Muebles para almacenar alimentos, vajilla y artículos de aseo SI NO Muebles para la preparación de alimentos con superficies lavables SI NO Aparatos electrodomésticos para procesar y calentar alimentos, todos (mobiliario y equipos) en buenas condiciones de funcionamiento y de limpieza SI NO Vajilla en cantidad suficiente para todos los residentes SI NO SALA BAÑO De dimensiones tales que permitan el desarrollo adecuado del aseo personal y de la evacuación SI NO Elementos antideslizantes en el piso en buen estado SI NO Muros y piso fácilmente lavables SI NO Decoración (pintura de muros, adornos). SI NO Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin hongos, sin suciedad adherida). SI NO Adecuada ventilación, aunque no sea natural y aromatización (deseable), o adecuada extracción del aire, celosías en las puertas SI NO Con posibilidad de evitar las corrientes de aire al momento del baño SI NO Buena iluminación (aunque no sea natural). SI NO Si utiliza algún sistema de calefacción, que éste no sea contaminante, ni peligroso y esté disponible SI NO Taza WC en buen estado (descarga de agua funcionando, sin roturas ni trizas, limpia, sin sarro adherido, sin malos olores, con aromatizante) y con tapa WC SI NO Ducha o tina en buen estado (sin roturas ni trizas, limpia, sin sarro adherido, con goma antideslizante en su interior). SI NO Espejo de tamaño que permita a lo menos reflejar medio cuerpo SI NO Cortina de baño de fácil pliegue y despliegue, toalla mano y toalla baño (todas limpias y sin roturas). SI NO Disposición de jabón y papel higiénico SI NO Implementos de seguridad, si alberga a personas con discapacidad física (pasamanos, barandas, otros). SI NO Goma antideslizante a la salida de la ducha o tina en buen estado SI NO LAVADO, SECADO Y PLANCHADO Disposición de lavadora de ropa, plancha y tendederos, todos en buenas condiciones de funcionamiento y saneamiento SI NO SALA DE PROCEDIMIENTOS El dispositivo cuenta con una sala especial para la realización de procedimientos de contención en psiquiatría, el cual tiene al menos una cama y ventanas protegidas. SI NO Disponer de lugar seguro y protegido para el almacenamiento de Fármacos. SI NO Disposición de manual de procedimientos sobre medidas básicas de contención en crisis y/o agitación psicomotora. SI NO Disposición de manual de procedimientos en situaciones de emergencias y desastres. SI NO Contar con sistema de registro de atenciones brindadas a los usuarios. SI NO Contar con cuaderno de novedades diarias ocurridas en Residencia. SI NO Disponer de documentos regulatorios atingentes al quehacer de la Residencia (Normas Técnicas de Contención, NT Residencia, etc). SI NO d.4) Seguridad (20%) Las dependencias donde se encuentra ubicada la Residencia deberá contar con los siguientes aspectos de seguridad: d.4.1.- Vías de evacuación: la Residencia cuenta con vías de evacuación debidamente despejadas y conocidas por todos (residentes y cuidadores). d.4.2.- Disposición de extintores: la Residencia cuenta con extintores en número adecuado (a lo menos dos) y vida útil vigente. d.4.3.- Normas internas de emergencia: la Residencia cuenta con normas internas de emergencia (incendio, terremotos u otro) en funcionamiento y conocidas por todo el personal y los residentes. d.4.4.- Estado y mantenimiento de los artefactos: la Residencia cuenta con artefactos eléctricos y de gas en buen estado de instalación, mantenimiento y funcionamiento, que permiten su utilización sin poner en riesgo la seguridad de los residentes y cuidadores. d.4.5.- Visado Organismo Competente sobre funcionamiento instalaciones eléctricas y de gas. La evaluación de este subfactor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Las dependencias donde se realizarán las atenciones, NO cuentan con vías de evacuación, disposición de extintores, normas internas de emergencia ni artefactos eléctricos y a gas en buen estado. 0 Vías de evacuación: la Residencia cuenta con vías de evacuación debidamente despejadas, y un protocolo de acción ante emergencias (accidentes, descompensaciones) 20 Disposición de extintores: la Residencia cuenta con extintores en número adecuado (a lo menos dos) y vida útil vigente. 20 Normas internas de emergencia: la Residencia cuenta con normas internas de emergencia (incendio, terremotos u otro) en funcionamiento expresadas en protocolo de acción. 20 Estado y mantenimiento de los artefactos: la Residencia cuenta con artefactos eléctricos y de gas en buen estado de instalación, mantenimiento y funcionamiento, que permiten su utilización sin poner en riesgo la seguridad de los residentes y cuidadores. 20 Visado Organismo Competente sobre funcionamiento instalaciones eléctricas y de gas. 20 TOTAL 100 d.5) Accesibilidad (20%) Los espacios de las dependencias destinados a la atención de usuarios y sus familias, son accesibles para aquellas personas que presenten movilidad reducida, déficit visual u otra discapacidad que afecte su desplazamiento de forma independiente, contemplando las adaptaciones necesarias para esto (rampas, barandas en los baños, entre otras). La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Las dependencias donde se realizarán las atenciones, NO cuentan con adaptaciones necesarias para personas que tengan movilidad reducida, déficit visual u otra discapacidad que afecte su desplazamiento. 0 Las dependencias donde se realizarán las atenciones, cuentan con adaptaciones necesarias para personas que tengan movilidad reducida, déficit visual u otra discapacidad que afecte su desplazamiento. 100 EMPLEABILIDAD La evaluación “Criterios de Empleabilidad” de las ofertas, se desarrollará a partir de la calificación de los factores señalados en el siguiente cuadro. FACTORES PONDERACIÓN Condiciones Laborales (CL) 50% Condiciones Remuneraciones (CR) 50% El puntaje total del proponente para la etapa de evaluación de criterios de empleabilidad, se calculará de acuerdo al siguiente polinomio: Puntaje CE = (CL x 0,50) + (CR x 0,50) e.1 Mejores Condiciones Laborales Se evaluará la calidad contractual de todos los trabajadores y el periodo del contrato, según lo informado en el Formulario N°13 y los documentos adjuntos a la oferta. Se considerará del conjunto de los contratos el plazo de contrato más bajo. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Personal posee contrato indefinido 100 Personal posee contrato a plazo fijo por al menos 12 meses 70 Personal posee contrato a plazo fijo por menos de 12 meses o contrato a honorario suma alzada 30 No informa 0 e.2 Mejores Condiciones de Remuneración. Se evaluará las condiciones de remuneración de todos los trabajadores según lo informado en el Formulario N°13 y los documentos adjuntos a la oferta. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Remuneración mayor al sueldo mínimo 40 Concede aguinaldos (fiestas patrias, navidad) 30 Concede beneficios sociales (caja de compensación) 15 Concede beneficios de colación y/o locomoción 15 Suma total 100 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (EL PUNTAJE SE DEBE PONDERAR AL 5%) De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del reglamento de la ley N°19.886, los oferentes deberán indicar si poseen programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos y aplicados por su personal, completando el formulario N°5 este pliego de condiciones. Para comprobar lo declarado los oferentes deberán adjuntar el documento correspondiente que acredite lo solicitado. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo a lo siguiente: EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Oferente presenta información 100 Oferente no presenta información o no adjunta métodos verificables 0 Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación. Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) TOTAL PUNTAJE DE EVALUACIÓN: a) + b) +c) + d) + e) + f) El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguale o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Capacidad Técnica”. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
10. GARANTIAS
.- Reglas Generales Las garantías a requerir en el presente proceso licitatorio se regirán por las siguientes disposiciones generales, sin perjuicio de las disposiciones especiales que se detallarán en el siguiente punto: - Deberán ser tomadas por el oferente o un tercero en su nombre o representación. - Podrán constar en uno o más instrumentos. - Deberán ser extendidas en forma nominativa, a la vista e irrevocables. - Deberán ser exigibles a primer requerimiento. - Deberán ser extendidas a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, Rut: 61.608.600-6 e indicar expresamente el ID de proceso y nombre del proceso licitatorio. - Podrán ser otorgadas en forma física o electrónica, en este último caso deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. - La entrega de las garantías extendidas en formato físico deberá realizarse en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Central, ubicada en calle Victoria Subercaseaux N°381, piso 1, comuna de Santiago Centro, en sobre cerrado. Horario: lunes a jueves de 08.00 a 13.00 horas y de 14.00 a 17.00 horas. Viernes de 08.00 a 13.00 horas y de 14.00 a 16.00 horas, en sobre cerrado rotulado con el tipo de garantía que corresponde (seriedad o fiel cumplimiento), ID de proceso y nombre del proceso licitatorio, dirigido a Departamento de Abastecimiento y Operaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de los plazos establecidos en el anexo N°1 respecto de la garantía de seriedad de la oferta, y en el plazo indicado en el numeral 10.3, relativo a la garantía de fiel cumplimiento. - Todos los gastos financieros que irrogue la obtención, renovación, aumento, reemplazo o mantención de la garantía respectiva serán de cargo del oferente, siendo de su exclusivo cargo también, el mantener su vigencia durante todo el periodo que caucionen. - El valor de la garantía podrá expresarse en pesos por la cantidad indicada en las presentes bases o en Unidades de Fomento, siempre y cuando, sea coincidente con el valor mínimo exigido en estas bases. - El cobro de garantías sólo podrá efectuarse previa concurrencia de las hipótesis previstas expresamente en estas bases y previa tramitación del procedimiento administrativo a que haya lugar, que dará lugar a la resolución exenta disponiendo el pago de ésta. 10.2.- Garantía de Seriedad de la Oferta: De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá la presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad al artículo 52° del decreto supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley de Compras. 10.3.- Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: Debido a la naturaleza de la contratación, se requerirá presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en conformidad al artículo 121° inciso primero, del reglamento de la ley N°19.886. El oferente deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, por un monto del 5% del precio final neto del contrato. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Central, mientras dure el período de vigencia. Glosa: “Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de Residencia Protegida (6 cupos)” Se deja expresa constancia que la garantía incluye el pago de multas y, tratándose de la contratación de servicios, incluirá el pago de obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante. Al término del período de la garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, que el adjudicatario ha dado cumplimiento estricto al contrato y a las bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento. En caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, se deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva. 10.4.- Aumento de garantía: En el evento que, a causa de una modificación de contrato de acuerdo con lo previsto en estas bases, se aumente el valor de este o su vigencia, el contratista deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases aumentando el valor de garantía o vigencia, según corresponda.
DE LA ADJUDICACIÓN
La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación múltiple, sin emisión automática de orden de compra, seleccionando a uno o más proveedor(es) cuya propuesta sea la más ventajosa para la Institución, por 6 cupos, considerando para ello los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases y en el Reglamento. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada del Director/a del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en Anexo N°1. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio dentro del plazo señalado en el Anexo Nº1 de las bases de licitación, se informará en el Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedente, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Anexo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886. En caso de ser ampliado el plazo de adjudicación y de ser necesario para evitar la caducidad de las ofertas o garantías respectivas, el Departamento de Abastecimiento y Operaciones solicitará a los oferentes a través del portal, pronunciamiento sobre la prórroga de la vigencia de sus ofertas y de las garantías en caso de proceder. Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación, los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, las cuales serán respondidas dentro de dos (2) días hábiles en documento anexo que se publicará en el portal referido. 11.1.-Facultad de re adjudicar El Servicio podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en general, en los siguientes casos: • Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación; • Si el adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con el Servicio de Salud Metropolitano Central. • Si el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento del envío de la orden de compra. • Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley. • Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases. • Si los documentos presentados por el adjudicatario hubiesen inducido al Servicio a un error esencial, qué de no existir, no se habría adjudicado la licitación a dicho adjudicatario. • Si el adjudicatario no celebra el contrato dentro del plazo señalado en las Bases de licitación. • Si no presenta Garantía de fiel y oportuno cumplimiento en el plazo establecido, en caso que proceda. Verificada alguna de las causales anteriores, el Servicio podrá readjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento de plazo de entrega de antecedentes para formalizar la contratación. 12.1. – Antecedentes necesarios para la formalización del contrato 1. Documentos para Persona Natural: a) Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados. 2. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): a) En caso de sociedades: a.1 Copia simple de escritura pública de constitución y de las modificaciones realizadas y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio. a.2 Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. a.3 Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. a.4 Copia simple de la cedula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados. a.5 Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo. a.6 Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) vigente. a.7 En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada. b) En caso de Fundaciones o Corporaciones: b.1 Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o privada. b.2 Copia simple del decreto que otorga la personalidad jurídica. b.3 Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica. b.4 Copia simple del decreto que aprueba reformas a los estatutos en caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial. b.5 Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. 3. Documentos para UTP - En las contrataciones superiores a 1.000 UTM, deberá presentar escritura pública en que conste la unión temporal, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si el monto de la contratación es inferior, basta con un instrumento privado. - En el instrumento antes indicado deberá a lo menos pactarse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. - Además, cada uno de los integrantes deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda. Si el adjudicado no concurriese a la suscripción del contrato dentro del plazo estipulado, o no hace entrega de los antecedentes, o no se encuentra habilitado en el registro de proveedores, se tendrá por desistido de su oferta, y el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numeral 11.1 de las Bases Administrativas, y readjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, según lo indicado en el acta de evaluación respectiva, o rechazar todas las restantes, mediante fundada resolución. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago. 12.2. – Estipulaciones del contrato: El contrato, tendrá las siguientes estipulaciones mínimas: a) Individualización del proveedor; b) Individualización de los servicios materia del contrato. c) Precio; d) Plazo de duración; e) Garantías; f) Multas; g) Procedimiento para el cobro de multas y otros incumplimientos; h) Causales de término anticipado; i) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. j) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus formularios y anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución; k) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor; l) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho a indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato; m) Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen; n) Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato; o) Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos; p) Declaración que, entre el Servicio y el personal dependiente, contratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario; q) Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases; r) Declaración que el Servicio se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. s) Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, debido a transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos. t) Declaración que el proveedor será único responsable de otorgar medidas de higiene y seguridad adecuadas a su personal, propio o subcontratado, conforme al Código del Trabajo, ley N° 16.744 y demás disposiciones legales y reglamentarias en materias de orden, higiene y seguridad aplicables a los servicios respectivos. u) Declaración que será admitida la subcontratación parcial de los servicios. PRECIO El precio de la contratación corresponderá al ofertado efectivamente por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio NO será reajustable. VIGENCIA La vigencia del contrato comenzará desde la fecha de total tramitación del acto que lo aprueba, esto es trascurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo aprobatorio en el portal www.mercadopublico.cl. No obstante, se deja constancia que por razones de buen servicio podrá disponerse que el contrato comience a ejecutarse desde el momento de su suscripción. Con todo, no procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio no se encuentre totalmente tramitado. La duración del contrato será de 12 meses a contar de la fecha en que comience su ejecución, de lo que se deberá dejar constancia en un acta que deberán suscribir las partes. Renovación: El contrato podrá ser renovado por iniciativa exclusiva de la Dirección del SSMC, fundadamente por una sola vez, por el mismo periodo de 12 meses u otro inferior, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria, y previo informe técnico favorable del Referente Técnico del Servicio. Para hacer efectiva dicha renovación, la Dirección del SSMC deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a renovar el contrato, con a lo menos 30 días de antelación a su fecha de vencimiento. En el caso de renovarse el contrato, se deberá suscribir un Adendum que deberá ser autorizado por acto administrativo del Servicio. La renovación del contrato deberá fundamentarse en uno o más de los siguientes criterios: a) El beneficio económico en base a un comparativo de mercado a la fecha de renovación. b) Satisfacción de los servicios prestados por el contratante. c) Conducta en el cumplimiento de los servicios prestados por el contratante. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Las partes, de común acuerdo, o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, podrán modificar el contrato por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. En el caso de requerirse una modificación del contrato, deberá suscribirse un anexo modificatorio de éste que será formalizado mediante el respectivo acto administrativo aprobatorio por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central. La modificación del contrato regirá a contar de la total tramitación del acto administrativo que la aprueba, sin perjuicio de lo cual, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán ejecutarse desde la suscripción del respectivo Anexo Modificatorio, no obstante que su pago sólo podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos: a) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o c) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. En todo caso, las eventuales modificaciones que se realicen al contrato no podrán exceder del 30% del monto originalmente pactado, siempre que el Servicio cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Se deja constancia que en caso de modificación se deberá emitir la respectiva orden de compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del reglamento de la ley N° 19.886. En estos casos, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución la que deberá ajustarse a lo establecido en la cláusula N° 10.3 “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” y cláusula N°10.4 “Aumento de Garantía” de las bases de licitación. FORMA DE PAGO El Servicio pagará los servicios contratados en forma mensual, previa recepción conforme de éstos, emitida por el Referente técnico. El proveedor no podrá facturar hasta que el Referente Técnico, o quien sea debidamente designado para tales efectos, remita la Recepción Conforme de los servicios otorgados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público. La fecha de emisión de la factura, debe ser posterior a la de la orden de compra, y deberá ser emitida toda vez que los servicios fueran entregados en conformidad por el proveedor y serán pagadas a los treinta (30) días corridos desde su recepción. La facturación deberá emitirse con la siguiente información: • Nombre: Servicio de Salud Metropolitano Central • Rut: 61.608.600-6 • Dirección: Victoria Subercaseaux N°381 • Comuna: Santiago Centro • Cuidad: Santiago El proveedor no podrá facturar hasta que el Referente Técnico emita recepción conforme y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público. La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl. Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com Debe emitir DTE a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado.
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS El adjudicatario deberá entregar los servicios convenidos, de acuerdo con las especificaciones técnicas, las bases de licitación y orden de compra. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Acogida total, parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico.
REFERENTE TECNICO
Actuará como referente técnico y administradora de contrato D. María Esther Ferrer Hernández, Referente de Salud Mental del Departamento de Redes Transversales, o quien subrogue o se designe por el Servicio de Salud Metropolitano Central, quien estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades: 1. Dar recepción conforme de los servicios entregados. Respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, se deberá requerir la entrega correspondiente. 2. Instruir al proveedor adjudicado los lugares y fechas donde se entregarán los servicios 3. Instruir al proveedor acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases, según corresponda, 4. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de solicitud de prórroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato. 5. Informar oportunamente a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de modificación de contrato prevista en las bases. 6. Requerir a las unidades receptoras de los servicios, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. 7. Verificar el correcto cumplimiento del contrato, cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado y la vigencia de las garantías respectivas. 8. Analizar y aprobar los informes relativos a las prestaciones entregadas, planteando al equipo administrador de Residencias Protegidas, las observaciones y/o comentarios que se estimen convenientes.
PRESUPUESTO
La contratación que se licita cuenta con un presupuesto máximo de $61.451.400 (sesenta y un millones cuatrocientos cincuenta y un mil cuatrocientos pesos) impuestos incluidos. Las ofertas que superen el referido presupuesto deberán ser declaradas inadmisibles. Además, debe considerarse al momento de postular en esta licitación, que el valor de la oferta económica no podrá superar, por cupo, el precio definido por FONASA (Fondo Nacional de Salud), para las prestaciones valoradas año 2025, el que asciende como máximo a la suma de $28.060.- (veintiocho mil sesenta pesos), el cual debe incluir todos los costos asociados a la prestación ofertada. En caso de superar la suma antes indicada, la oferta será declarada inadmisible. 16°. - PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES. El adjudicatario no podrá ceder ni transferir el contrato en forma alguna; sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de éste puedan transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 17°. - CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central en caso de acciones entabladas por terceros, debido a subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales y de seguridad social, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del contrato. 18°. - CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Central que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases. 19°. - OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO Serán obligaciones del oferente adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, en complemento con lo indicado específicamente en las Bases Técnicas, las siguientes: 1. Entregar los servicios adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la orden de compra o la indicada por el Referente técnico. 2. Observar las indicaciones del Referente Técnico en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los servicios. 3. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 4. Observar la prohibición de cesión de contrato. 5. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central, conforme a lo prevenido en las bases. 6. Observar que los productos/servicios cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 7. Acreditar haber cancelado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de PreviRed, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. 8. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de modificación de contrato prevista en las presentes bases. 9. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad respecto de sus trabajadores. 10. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal.
MULTAS
Cada vez que el proveedor incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos fortuitos o de fuerza mayor, los que deberán ser justificados por el contratante ante la Referencia Técnica. MECANISMO DE APLICACIÓN DE MULTAS Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la siguiente: Nº TIPO DE FALTA CAUSA DE INCUMPLIMIENTO MONTO DE MULTA TOPE 1 GRAVISIMA Incumplimiento grave del Contrato celebrado, conlleva el término anticipado del mismo, sin forma de juicio, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones que diera lugar. Da derecho a poner término anticipado al Contrato. Se consideran falta gravísima: a) Utilización de personal no calificado para efectuar la entrega de los servicios licitados. b) Realización de actividades que pongan en riesgo a los usuarios. c) La no entrega de los servicios contratados de manera óptima, lo cual se comprobará de acuerdo a las visitas realizadas por el Comité de Residencia del SSMC y/o por reclamos efectuados tanto por los usuarios como por sus familiares y/o apoderados. d) Incumplimiento de los requisitos de ingreso, permanencia y egreso de pacientes establecidos en la Norma Técnica de Residencia Protegidas, lo señalado en las presentes bases, y acuerdos establecidos en Comité de SSMC según el análisis de cada caso en particular (por ejemplo, situaciones no contenidas en la Norma Técnica, y que generan conflictos entre intereses de usuario/apoderado y Residencia). 20 UTM con un tope de 3 veces. 2 GRAVE Incumplimiento en el cual se afecte directamente a las personas o limite significativamente la atención o calidad del servicio, pero que es posible de ser corregida. Se considera falta grave: a) Incumplimiento de procedimientos definidos en las Bases de licitación, utilización de equipamiento/infraestructura no apropiado o diferente del ofertado, utilización de insumos no apropiados o diferentes del ofertado que no pongan en riesgo grave la salud de los usuarios 10UTM con un tope de 3 veces. 3 LEVE Incumplimiento del Contrato que no origina riesgo a los usuarios. Se considera falta leve: a) 3 reclamos fundados por parte de los usuarios, por deficiencias en las prestaciones a las contratadas. b) Conducta irrespetuosa de parte del personal del oferente hacia el personal del Servicio de Salud y/o usuario. c) Incumplimiento en los plazos acordados u ofertados por los proponentes tanto para el inicio como para el término del Contrato. Lo anterior, sin perjuicio que el contratista en la falta hubiere avisado a la contraparte técnica o responsable del Contrato de encontrarse en situación de fuerza mayor que le imposibilitó cumplir los plazos acordados. El contratista en cuestión deberá elaborar un plan de contingencia que le deberá presentar a la contraparte técnica quien lo visará. Sino ocurriese lo anterior, el contratista cae en incumplimiento afecto a multa por falta leve. 5 UTM con un tope de 3 veces. El valor de la multa se calculará de acuerdo al número de incumplimientos y de acuerdo al indicador de la UTM, cuyo valor será el informado por el Servicio de Impuestos Internos, en el mes de ocurrencia del incumplimiento, y de acuerdo a lo informado en la tabla anterior. Con todo, las multas no podrán superar el 20% del monto total del contrato. Procedimiento de aplicación de multas: Las multas previstas en el cuadro anterior se sujetarán al siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico, en ejercicio de las potestades contempladas en el punto 14 de las presentes bases, deberá emitir un informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos constitutivos de infracción contractual, la calificación de los mismos como leves o moderadas, la cantidad de eventos respectivos y el monto de la sanción propuesta, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de multa. b) Con el mérito de tales antecedentes e informes en su caso, el Servicio remitirá un oficio Ordinario dirigido al adjudicatario a través de correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del reglamento de la ley N°19.886, informándole sobre el inicio de un procedimiento de multa por incumplimiento del contrato, la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. c) Una vez notificado, el proveedor contará con cinco (5) días hábiles para formular sus descargos, los cuales deberá hacer llegar por escrito a través de la Oficina de Partes del SSMC, al correo electrónico oficinaparte.dssmc@redsalud.gob.cl junto a los antecedentes de respaldo que estimare. Si no fuere factible remitir los antecedentes por correo electrónico, deberá presentarlos en formato papel en la oficina de partes ubicada en Victoria Subercaseaux 381, primer piso, comuna de Santiago. d) Si el proveedor no formulare descargos, son extemporáneos o se allanare, será dictada la correspondiente resolución que aplique la multa respectiva. e) Si el proveedor formulare descargos, el Referente Técnico deberá pronunciarse emitiendo informe a la Dirección del SSMC informando la procedencia de rechazar o acoger total o parcialmente los descargos formulados, con lo cual dictará la correspondiente resolución, la que será notificada mediante correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del reglamento de la ley N°19.886. f) La resolución que aplique una multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada y vía correo electrónico. g) Transcurrido el plazo para deducir recursos, respecto de la resolución que determine la aplicación de una multa sin que se hubiesen formulado, o desestimado total o parcialmente el recurso respectivo, el proveedor sancionado deberá hacer efectivo el pago dentro de quinto día hábil, mediante deposito en cuenta corriente N°9276491 del Banco Estado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central Rut: 61.608.600-6, enviando comprobante de pago y copia de la resolución que determine la aplicación de multa a la casilla de correo: virginia.tuya@redsalud.gov.cl. h) Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor. MECANISMOS DE PAGO DE MULTAS. • Cobro directo a Proveedor La multa podrá ser pagada directamente por el proveedor mediante cheque nominativo extendido a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la resolución que concluya el proceso de multa. Dentro del mismo plazo, la multa podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos: tipo de cuenta: cuenta corriente N°9276491, Banco Estado, R.U.T.: 61.608.600-6 (correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl). La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio, previo aviso del Contratista vía correo electrónico, para ser validada. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este numeral. • Pago desde la Garantía del Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato Cuando no exista la posibilidad de verificar el pago conforme los mecanismos establecidos precedentemente, las multas se pagarán con cargo al documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, de acuerdo con los porcentajes de cobro de multa, según sea el caso. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este numeral. 21°. - TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director/a del Servicio, y según lo señalado en el artículo 130 del reglamento de la Ley de Compras, por las siguientes causas: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, detalladas en el N°1 del acápite 20, sobre multas, de estas bases de licitación. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la ley N°19.886. En tal caso, el SSMC sólo pagará el precio por los servicios que efectivamente prestados, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de Compras 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional 7. Si las multas aplicadas excedieran el 20% del valor del contrato. 8. Por no acreditar, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años, en caso que corresponda. 21.1.- Procedimiento de término anticipado de contrato: El término anticipado del contrato se sujetará al siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico, en ejercicio de las facultades contempladas en el N° 14 de las bases de licitación, deberá emitir un informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos constitutivos de infracción contractual que den lugar al término anticipado propuesto, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de término anticipado. b) Con el mérito de tales antecedentes e informes en su caso, el Servicio remitirá un oficio Ordinario dirigido al domicilio consignado en el contrato informando el inicio de un procedimiento de término anticipado, hechos justificativos y respaldos. c) Una vez notificado, el proveedor contará con cinco (5) días hábiles para formular sus descargos, los cuales deberá hacer llegar por escrito a través de la Oficina de Partes del SSMC, junto a los antecedentes de respaldo. d) Si el proveedor no formulare descargos, o éstos son extemporáneos o se allanare, será dictada la correspondiente resolución que declare el término anticipado. i) Si el proveedor formulare descargos, el Referente Técnico deberá pronunciarse emitiendo informe a la Dirección del SSMC informando la procedencia de rechazar o acoger total o parcialmente los descargos formulados, con lo cual dictará la correspondiente resolución, la que será notificada mediante correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del reglamento de la ley N°19.886. j) Asimismo, las resoluciones que pongan término anticipado al contrato deberán publicarse en el Sistema de Información del portal de Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 115 del reglamento de la Ley de Compras. e) La resolución que declare el término anticipado podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Servicio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso. 23°. – DOMICILIO En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Central serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre éstas; sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República para pronunciarse en las materias de su competencia.
SUBCONTRATACIÓN
No se admitirá subcontratación para la ejecución de los servicios licitados. 25°.– OBLIGACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES El personal que contrate el proveedor para la ejecución del contrato, no tendrá vínculo alguno con el Servicio, ya sea de naturaleza laboral o funcionario, por lo que no existirá ningún tipo de subordinación o dependencia de dicho personal, con el Servicio. El Referente Técnico podrá requerir información sobre el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del personal del proveedor que sea necesario para la ejecución de los servicios, debiendo acreditar documentalmente el cumplimiento de tales obligaciones mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo u otros tales como certificados de PreviRed, Planillas de pago de cotizaciones, etc. En caso de registrarse saldos insolutos con sus actuales trabajadores o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar la inexistencia de deuda a la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. En caso de infracción será calificada como incumplimiento grave conforme al punto N°21 de estas bases y se procederá en la forma allí estipulada.
PACTO DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
El proveedor deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación ha sido considerada en un criterio de evaluación para esta licitación. El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de sus estipulaciones. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida en las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato y las órdenes de compra que se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y la formalización que derive de la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.