Licitación ID: 1057474-11-LE23
Tensiómetros digitales
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Accesorios de instrumental de medición de la tensión arterial 340 Unidad
Cod: 42181608
Tensiómetros digitales  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Tensiómetros digitales
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requieren de 340 TENSIÓMETROS digitales, con el objetivo de implementar auto monitoreo de presión arterial, para posterior seguimiento telefónico en el Programa de Salud Cardiovascular.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.000-8
Dirección:
Maruri 272
Comuna:
Independencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-05-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 08-05-2023 10:10:46
Fecha inicio de preguntas: 08-05-2023 10:31:00
Fecha final de preguntas: 11-05-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-05-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-05-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-05-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-06-2023 9:52:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO N° 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Documentos Técnicos
1.- SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO N° 8.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
 
Documentos Económicos
1.- SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO N° 8.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Según lo señalado en el punto 10.4, letra b) de las Bases Administrativas 60%
2 Cumplimiento de los requisitos Según lo señalado en el punto 10.4, letra a) de las Bases Administrativas 5%
3 Garantía técnica Según lo señalado en el punto 10.4, letra c) de las Bases Administrativas 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa Apoyo a Gestión nivel Primario en Salud.
Monto Total Estimado: 17000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días PAGO A 45 DÍAS, POR TRATARSE DE INSTITUCIONES DE SALUD.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MANUEL GONZALEZ
e-mail de responsable de pago: consultaprov.ssmn@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Gishlaine Carnot
e-mail de responsable de contrato: gishlaine.carnot@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25756508-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Norte
Fecha de vencimiento: 25-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y, en el caso de servicios, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238 y el inciso 2° del numeral 6. del Art 22 del D.S. N° 250 de Hacienda de 2004, el adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización de la contratación/a más tardar a la fecha de firma del contrato una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada por el oferente adjudicado o un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos. En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo y el incumplimiento de los pagos previsionales de sus trabajadores.
Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato licitación ID: 1057474-11-LE23 Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl.
Forma y oportunidad de restitución: Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El Servicio de Salud Metropolitano Norte requiere la “ADQUISICIÓN DE TENSIÓMETROS”, según el siguiente detalle: Item Insumo Cantidad (Unidades) 1 Tensiómetros digitales 340 La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM (LE).
PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación las personas naturales, jurídicas y asociaciones, chilenas y extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o haber sido condenado por los delitos concursales que establecen los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los anteriores dos años. En caso de que el oferente que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El oferente adjudicado deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado emitido por Chilecompra. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado deberá proceder a ello, dentro de décimo día hábil contado desde la fecha en que se publique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. En conformidad a lo prescrito por el artículo 4º de la Ley de Compras, ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Además, El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes.
ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO Y NORMATIVA APLICABLE
La presente propuesta se regirá de acuerdo a lo estipulado en los documentos que se señalan a continuación, los que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella: ● Las presentes Bases Administrativas ● Las Bases Técnicas ● Formularios, Anexos: ● Formulario 1: Identificación del Proponente. ● Formulario 2: Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades ● Formulario 3: Oferta Técnica. ● Formulario 4: Oferta Económica, Garantía y Plazo de Entrega. ● Anexo 1 : Calendario de la Licitación. ● Aclaraciones por parte del Servicio a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas. ● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. ● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio, con anterioridad a la apertura de la propuesta. ● Oferta del o de los Oferentes con sus respectivos antecedentes. ● Acta de evaluación de ofertas. ● Resolución de Adjudicación. ● El contrato, de ser procedente. ● En general, todo documento relacionado con la licitación. La regulación de la presente licitación estará constituida por la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: 1. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. 4. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado. 5. La Ley Nº 19.653, sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado. 6. La Ley Nº 20.238, que asegura la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración pública. El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan hasta dos (2) días hábiles antes del cierre de presentación de las ofertas.
CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y APERTURA DE LAS MISMAS
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al calendario señalado en Calendario de las presentes bases administrativas (Anexo 1), y sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 1. Formulario N°2: Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades. 2. Formulario N°3: Oferta Técnica, dar cumplimiento a la totalidad de las especificaciones técnicas solicitadas. 3. Formulario N°4: Oferta Económica, Garantía y Plazo de Entrega: Las ofertas no podrán exceder el presupuesto disponible. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior no obsta a que por cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, se desestime aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas bases. Asimismo, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o, si habiéndose presentado, estas no resultaren convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos, la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
CONTENIDO DE LA OFERTA
El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el calendario de la presente licitación. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. 8.1) Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del Proponente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, de acuerdo al formulario adjunto N° 1 de estas bases, y además deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Formulario Nº2: Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades: Declaración jurada simple, suscrita por el oferente, y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda. 8.2) Antecedentes Técnicos. • Formulario N°3: Oferta Técnica. El oferente deberá detallar, las especificaciones técnicas del bien que está ofreciendo, debiendo considerar como mínimo, el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados a través de este formulario. • Ficha técnica del insumo ofertado. • Catálogos y/o manuales técnicos. En formato digital (escaneados) los catálogos de fábrica que contengan la información técnica necesaria para que la Comisión evaluadora pueda verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los insumos ofrecidos. • Imagen o archivo que respalde que los productos se encuentran certificados en la página web MEDAVAL. 8.3) Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N°4 Oferta Económica, Garantía y Plazo de Entrega, COMPLETO. El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO UNITARIO NETO, además debe indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. La oferta económica será ingresada en el portal de mercado público considerando todos los costos, gastos inherentes a la adquisición licitada. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. Además, deberá completar en este formulario, el plazo para la garantía ofrecida y el plazo de entrega de los insumos. • Garantía Técnica: Se deben presentar en meses.
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la comisión evaluadora, podrá solicitar a los oferentes, a través de la funcionalidad disponible en el portal web www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible, conforme a lo prevenido en el punto 7° de estas Bases. A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas bases para recibir ofertas. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6° del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información. De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, la presentación en la forma y dentro del plazo de los antecedentes solicitados en virtud de este punto, será considerada al momento de la evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, indicado en el punto 10.4, letra c) de estas bases. En el evento que los antecedentes requeridos por el servicio conforme a este punto, no fuesen presentados en tiempo y forma por el oferente, aquel será evaluado con 0 puntos en el ítem respectivo, según se establece en el punto 10.4, letra c) de las presentes bases.
DE LA APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1.- Apertura de las Ofertas: Conforme a lo prevenido en el artículo 33 del Decreto Supremo N° 250, el acto de la apertura se efectuará en un solo acto a través del Sistema de Información, en el día y hora establecido en el calendario de la Licitación (Anexo 1). Sólo serán consideradas como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, para formular observaciones a la apertura, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Subdepartamento de Abastecimiento dentro de plazo previsto en el Anexo 1. Cualquier observación que no fuere presentada a través del sistema de información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. 10.2. Comisión de Evaluación de las Ofertas: Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación a cada uno de los ítems de la presente licitación: TITULARES NOMBRE RUT CALIDAD JURÍDICA CARGO 1 Gishlaine Carnot Gacitua 13.455.635-8 Contrata Jefa Unidad Ciclo Vital 2 Ivonne Saéz Román 13.198.294-1 Contrata Encargado Programa Adulto Mayor 3 Pilar Villar Ojeda 11.249.8746-k Contrata Encargada de Programa Chile Crece Contigo En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios: SUBROGANTES NOMBRE RUT CALIDAD JURÍDICA CARGO 1 Eduardo Dinamarca Mateluna 17.782.627-8 Contrata Encargada Programa Adolescente y TBC 2 Lorena Asenjo Mera 15.269.734-1 Titular Encargada Programa Capacitación 3 Verónica Kristen Bravo 12.176.356-7 Contrata Encargada PNI La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N°19.886, esto es: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; b)Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; c)La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio; d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación; e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. De considerarse necesario, la comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Durante el estudio y evaluación de las propuestas, NO se aceptarán entrevistas personales, ni documentos adicionales a los ya entregados o correcciones de los mismos, según lo señalado en el párrafo anterior. La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta entregada por los oferentes en los documentos anexos u otra que la Comisión requiera, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 Nº7 de la ley 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director del Servicio con la propuesta de adjudicación. 10.3.- Omisión de antecedentes: Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento del Servicio, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible, conforme a lo prevenido en el punto 7° de estas Bases. Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y estar afecto alguno(s) de sus integrantes a las inhabilidades previstas en el artículo 4 de la ley N° 19.886, dentro del mismo plazo antes indicado, está deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250 si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida. El requerimiento, por parte del Servicio se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con funcionarios del Servicio. 10.4. Evaluación de las ofertas y pauta de Evaluación: La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará aquellas ofertas que se consideran admisibles, conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de estas últimas, deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas y formulará un ranking en que propondrá al Director la adjudicación de la propuesta, de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: CRITERIO PONDERACION EN % Cumplimiento Requisitos Formales 5 Oferta Económica 60 Garantía Técnica 35 Cumplimiento de Requisitos Formales (el puntaje se deberá ponderar al 5 %) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizarla evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) Oferta Económica (el puntaje se deberá ponderar al 60%) El puntaje se determinará según la siguiente Fórmula, obteniendo la oferta económica menor, la mayor ponderación, a saber: Se evaluará con puntaje de 1 a 100 puntos conforme a la siguiente expresión. Puntaje =((Min Precio entre Oferentes)/(Precio Oferente i))*100 Donde “Min Precio entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio entre oferentes y el “Precio Oferente i” corresponde al precio del oferente a evaluar. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas de forma proporcional obtendrán puntajes tras la aplicación de la fórmula antes indicada. La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % =((Puntaje x 60)/100) El medio de verificación de la oferta será el Formulario N°4 de la Oferta. Garantía Técnica de los productos (el puntaje se deberá ponderar al 35%) El oferente será calificado según la garantía técnica ofertada en el Formulario N°4, según la siguiente tabla: GARANTÍA PUNTOS Mayor o igual a 24 meses 100 puntos Mayor o igual a 12 meses y menor a 24 meses 50 puntos Mayor o igual a 6 meses y menor a 12 meses 25 puntos Menor a 6 meses 0 puntos La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 35)/100) El medio de verificación será el Formulario N°4. Puntaje de Evaluación Final Para obtener el puntaje de evaluación final de cada propuesta, la Comisión Evaluadora sumará el puntaje obtenido en cada uno de los criterios de evaluación de acuerdo con el siguiente cuadro: TOTAL, PUNTAJE DE EVALUACIÓN: a) + b) +c) El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguale o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Garantía técnica”. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
DE LAS GARANTIAS
Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberán ser extendidas en forma nominativa a nombre del Servicio, ser pagaderas a la vista e irrevocables. 11.1 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA No se estima necesaria. 11.2 GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y, en el caso de servicios, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238 y el inciso 2° del numeral 6. del Art 22 del D.S. N° 250 de Hacienda de 2004, el adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización de la contratación/a más tardar a la fecha de firma del contrato una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada por el oferente adjudicado o un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos. En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo y el incumplimiento de los pagos previsionales de sus trabajadores. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato licitación ID: 1057474-11-LE23 Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato Licitación Pública ID 1057474-11-LE23”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar al Subdepartamento de Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico. Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente, si procediere. 1.3. Aumento de garantía Cuando el precio de la oferta sea inferior a 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio y se verifique que los costos de dicha son inconsistentes económicamente, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
DE LA ADJUDICACIÓN
La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, por Ítems, mediante resolución fundada del Director del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en Anexo A. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables Servicio dentro del plazo señalado en el Anexo A de las presentes bases administrativas, el Servicio informará en el Sistema de Información, a través de acto totalmente tramitado, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Anexo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá registrarse en un plazo de 10 días hábiles desde que el SSMN notifique la adjudicación de su oferta, De este modo para proceder con la formalización del contrato o emisión de la orden de compra. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes de la formalización referida. Adjudicada la propuesta y firmado el contrato, por el oferente adjudicado, se procederá a hacer devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta según lo dispuesto en estas bases, en caso que corresponda. 12.1 Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación. los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, única y exclusivamente a través de comunicación dirigida a correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl 12.2 Facultad de Readjudicar. El SSMN podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: 1. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 2. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N°13 de las presentes bases. 3. No se encontrare inscrito y hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Público, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N°13 de estas bases. 4. No entregare la garantía de fiel cumplimiento de la contratación según lo indicado en el punto N°11 de estas bases.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Por tratarse de bienes estándar de simple y objetiva especificación, la adquisición se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra respectiva y la aceptación del proveedor. Se deja establecido que, si el adjudicatario no acepta la orden de compra, o no se encuentra inscrito y/o habilitado en el registro de proveedores, dentro del plazo indicado en estas bases, se tendrá por desistido de su oferta, se procederá a readjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, según lo indicado en el acta de evaluación.
VIGENCIA
El plazo de vigencia de esta contratación comenzará a regir transcurridas 24 horas desde el envío de la Orden de compra a través de Mercado Público y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
PRECIO
El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable.
FORMA DE PAGO
El Servicio de Salud Metropolitano Norte procederá a efectuar el pago en una (01) cuota y se realizará de acuerdo a los bienes entregados y previa recepción conforme emitida por el Referente técnico, La fecha de emisión de la factura o boleta de honorario debe ser posterior a la Orden de Compra, y será pagada en un plazo máximo de (45) días corridos desde la recepción de la factura. Asimismo, al momento de la facturación, el proveedor de igual manera deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, mediante formulario F30, pudiendo en caso contrario el Servicio ejercer las facultades previstas en la ley N°19.886. La factura y/o boleta de honorarios se emitirá conforme lo siguiente: • Nombre: Servicio de Salud Metropolitano Norte • Rut: 61.608.000-8 • Dirección: Maruri N°272 • Comuna: Independencia • Ciudad: Santiago La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl. Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com Debe emitir DTE a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado. La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago con el cual cuente la institución al momento de materializarlo (TGR o transferencia directa del Servicio). En caso de que el pago sea vía TGR, Las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”.
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES
Los oferentes deberán indicar dentro del Formulario N°4 su compromiso para asegurar la entrega de los equipos, cuyo plazo no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2023 El adjudicatario deberá entregar los bienes convenidos, de acuerdo a las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y contrato u orden de compra. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo de entrega, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada mediante Ordinario o correo electrónico dirigido al domicilio o casilla informada por el proveedor adjudicado, quien contará con el plazo de cinco días hábiles para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N°19.880. Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico. Calidad de los productos ofrecidos La Contraparte Técnica del Servicio pondrá especial énfasis en el control de calidad de los productos para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas, en caso de no ser así, dará origen al rechazo de los mismos y se tendrán por no recepcionados. Para dicho propósito, deberá informar por email a la contraparte técnica y podrá ser motivo de multas y/o término del contrato.
REFERENTE TECNICO
Actuará como referente técnico Doña Gishlaine Carnot, Jefa (S) Subdepartamento de Atención Primaria de Salud, o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades: 1. Dar recepción conforme de los bienes entregados, y respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, requerir su reemplazo y entrega respectiva. 2. Instruir al proveedor adjudicado los lugares, fechas y cantidades a entregar de los bienes adquiridos. 3. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de solicitud de prórroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato. 4. Impartir instrucciones al proveedor, mediante directrices, órdenes y/o requerimientos destinados a obtener un mejor y estricto cumplimiento de los objetivos de la contratación. 5. Informar oportunamente a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Norte y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las bases. 6. Requerir a los establecimientos y/o unidades receptoras de bienes, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. 7. Verificar el correcto cumplimiento del contrato, cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado y la vigencia de las garantías respectivas, en caso que corresponda. 8. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en caso que corresponda.
PRESUPUESTO
Para la presente adquisición, el Servicio de Salud Metropolitano Norte cuenta con un presupuesto disponible de $17.000.000.- (diecisiete millones de pesos) impuestos incluidos.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES
El adjudicatario no podrá ceder el contrato. Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD
El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad de todos los antecedentes e información del Servicio de Salud Metropolitano Norte que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en caso que corresponda, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO
Serán obligaciones del Oferente Adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, las siguientes: 1. Entregar los bienes adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Referente técnico. 2. Observar las indicaciones del Referente Técnico en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los productos según corresponda. 3. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 4. Observar la prohibición de cesión de contrato. 5. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, conforme a lo prevenido en las bases. 6. Observar que los bienes cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 7. Acreditar haber cancelado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de previred, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. 8. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad tanto respecto de sus trabajadores directos como subcontratados. 9. Cumplir con la garantía técnica prevista en las bases 10. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las presentes bases. 11. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la ley N°19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. 12. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal
MULTAS
El Servicio de Salud Metropolitano Norte, mediante el acto administrativo respectivo, y previo procedimiento descrito en este punto, podrá aplicar las multas que a continuación se indican. N° INCUMPLIMIENTO VALOR DE LA MULTA 1 Incumplimiento de instrucciones y/o requerimientos del referente técnico, de acuerdo a lo previsto en las bases. - 2% del valor total de contrato por cada día hábil de atraso o por evento según corresponda, según lo estipulado en el correspondiente contrato. 2 Si los bienes adjudicados no se entregan en las fechas, forma, calidad, cantidad y/o lugar contenido en la oferta económica y/o aquel acordado entre proveedor y referente técnico, según corresponda. 3 Atrasos en la entrega de los certificados en informe de cierre del curso. Con todo, la suma total de las multas no deberá sobrepasar el 20% del valor del contrato, impuestos incluidos. Procedimiento de aplicación de multas: El Referente Técnico deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud y se indique el monto de la sanción, en virtud del cual se notificada al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Formulario Nº1, teniendo este último la opción de presentar, a través del mismo medio, sus descargos ante el eventual incumplimiento, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de la notificación anteriormente mencionada. Los descargos serán evaluados por el SSMN, quien definirá si corresponde acogerlos o rechazarlos, en un plazo máximo de 5 días hábiles a contar de la recepción de los descargos o, desde el vencimiento del plazo para presentarlos, en caso de no deducirlos. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas, o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, la sanción por el valor total o parcial informado por el Referente Técnico, o la determinación de no aplicarla, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl , tanto en el proceso de licitación como en la respectiva orden de compra y en la ficha del proveedor en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl), además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que el éste registre en el Formulario Nº1. Cabe mencionar que todo acto administrativo puede ser objeto de los recursos que establece la Ley N.º 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, por lo que la Resolución que aplique la multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto (5°) día hábil de notificada. El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro del décimo (10°) día hábil desde notificada la Resolución que la aplicare. La empresa sancionada deberá pagar la multa en Cuenta Corriente N° 9399356 del banco Estado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte Rut: 61.608.000-8, enviando comprobante de pago a claudia.chavezburgos@redsalud.gob.cl, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha en que se notifique la presente resolución. En caso de no efectuarse el pago de la multa dentro del plazo señalado precedentemente, el Servicio de Salud Metropolitano Norte iniciará las acciones correspondientes para el cobro de la misma. En caso de no hacerse efectivo el pago en el plazo antes indicado, se hará efectivo mediante descuento, directamente del estado de pago y/o de la garantía de fiel cumplimiento. En caso de hacerse efectivo el cobro del instrumento de garantía, el oferente adjudicado deberá entregar una nueva Garantía, de igual monto y características, dentro de los 5 días siguientes al cobro de la anterior. Bajo sanción de poner término anticipado de la contratación. Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
MODIFICACIONES CONTRACTUALES
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo. En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases, equivalente al 30% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles, el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo. En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el proveedor deberá presentar dentro de los 10 días hábiles anteriores a la fecha de suscripción de la modificación de contrato, una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Caso fortuito o fuerza mayor. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6) Por haber alcanzado el tope de multas según se indica en las presentes bases. 7) Por no acreditar, previo informe del Referente Técnico y Ordinario o correo electrónico dirigido al domicilio o casilla de adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes: a) Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. b) Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. c) Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. d) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. e) Si se disuelve y procede a su liquidación f) Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión y subcontratación con terceros según lo dispuesto en estas bases. g) Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. h) Si los bienes/servicios no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse. i) Si existen defectos de calidad en los bienes entregados o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. j) Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio Para declarar el término del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: El Referente Técnico deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud de término, en virtud del cual se notificará al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Formulario Nº1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerido el término del contrato. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para formular sus descargos ante el Director del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. De no formularse reparos a la decisión de declarar el término del contrato o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, y además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que el éste registre en el Formulario Nº1. La Resolución que declare el término del contrato podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. En caso de declararse el término anticipado del contrato, el Servicio podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases.
CONSTANCIA
Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de Mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
DOMICILIO
En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Norte serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre las partes.
OBJETIVO
La hipertensión arterial (HTA) es el principal factor de riesgo aislado al cual se atribuye la mayor carga de muertes en Chile, principalmente asociadas a enfermedad cardiovascular y cerebrovascular. Se estima que 61% de las muertes por enfermedad isquémica cardíaca, 57% de la enfermedad cerebrovascular y 73% de la enfermedad renal crónica son atribuibles a la presión arterial sistólica elevada. A nivel nacional el 27,6% de las personas de 15 años y más tiene hipertensión arterial. A pesar de los grandes avances en las tasas de control a nivel poblacional, que pasaron de 17,3% a 33,4% entre los años 2009-2010 y 2016-2017, existe un amplio margen de mejora si se considera que solo 1 de cada 3 personas logra la meta<140/90mmHg, cifra que podría presentar retroceso secundario a la pandemia por COVID-19. A partir del año 2019, está en proceso de implementación la estrategia HEARTS, (Ord.:B23, N°3038, del 27 de junio de 2019), iniciativa liderada por la Organización Mundial de la Salud que se integra en los programas existentes en atención primaria, y que tiene por objetivo promover el uso de estrategias altamente efectivas, sostenibles, escalables y aprobadas, para la prevención y manejo de las enfermedades cardiovasculares para reducir la mortalidad prematura. Su implementación se inició con el objetivo específico de mejorar las tasas de control de HTA. Uno de los pilares de la estrategia es disponer de un protocolo de tratamiento estandarizados y simplificados, basados en la mejor evidencia posible. Así, durante el año 2021 se actualizó el algoritmo de tratamiento nacional compartido el 2019, incorporando un resumen de los estilos de vida saludables y las recomendaciones según el riesgo cardiovascular de las personas. Por otra parte, en el contexto de HEARTS se ha relevado la necesidad de mejorar la precisión en la medición de la presión arterial. Para esto, es necesario cumplir con diferentes procedimientos dentro de los cuales, la preparación de la persona antes de la toma, una buena técnica, para lo cual se pone a disposición de los equipos una estandarización de toma de presión arterial, y el uso de monitores precisos de presión arterial. Sobre este último punto, en enero de este año, se recomendó la adquisición de TENSIÓMETROS automáticos validados.
OBJETIVO ESPECÍFICO
Se requieren de 340 TENSIÓMETROS digitales, con el objetivo de implementar auto monitoreo de presión arterial, para posterior seguimiento telefónico en el Programa de Salud Cardiovascular.
DESCRIPCIÓN Y REQUISITOS DE LOS PRODUCTOS
ÍTEM I Producto: TENSIÓMETROS Cantidad: 340 unidades Clasificación de uso domiciliario Los TENSIÓMETROS deben permitir medición en pacientes adultos Contar con certificación registrada en MEDAVAL MONITOREO EN PANTALLA DE LOS SIGUIENTES PARAMETROS: Presión arterial no invasiva Pulso ACCESORIOS: Brazalete para uso en paciente adulto Manual de uso en español impreso y/o digital. 3.1 Requisitos de los productos: Los tensiómetros deberán cumplir con la Certificación MINSAL, la cual deberá estar registrada en la pagina web de Medaval (Medaval Certified Accuracy), correspondiente a los Monitores de Presión Arterial – Automedición y Uso Doméstico: Monitores de presión arterial – Automedición y uso doméstico Marca y modelo Entidad(es) Validadora(s) A&D UA-705 Certificado por BIHS, ESH, Stride BP, AMA VDL (US). A&D UA-611 Certificado por BIHS, ESH, JSH. A&D UA-651 Certificado por Medaval 5 estrellas, BIH, ESH, JSH, StrideBP. Beurer BM28 Certificado por Medaval 2 estrellas, DHL (DE). Beurer BM35 Certificado por ESH, DHL (DE). Beurer BM58 Certificado por ESH, DHL (DE). Braun BP4900 Certificado por ESH. Braun BUA500 Certificado por BIHS, ESH. Citizen CH-452 Certificado por ESH, JSH. Omron HEM-7130 Certificado por Medaval 4 estrellas, BIHS, ESH, JSH, Stride BP. Omron Evolv (HEM-7600T-E) Certificado por Medaval 3 estrellas, BIHS, Stride BP, MDR criteria. Yuwell YE680B Certificado por Medaval 2 estrellas, Stride BP.