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Resolución de Empates |
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En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación Plazo de Entrega. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de Precio. De mantenerse aún, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios para definir los empates: Especificaciones Técnicas Deseables, Servicio Técnico, y finalmente, el Cumplimiento de Requisitos Formales.
Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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1. GENERALIDADES |
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El Servicio de Salud Metropolitano Norte, en adelante el Servicio o el SSMN, indistintamente, ha confeccionado las presentes Bases Tipo que normarán y regularán los procesos de licitación pública, efectuados conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886, y su Reglamento, el DS. N° 250 de 2004, su correspondiente Adjudicación y posterior Contrato que se celebre, ya sea por parte de este Servicio de Salud o por los Hospitales que integran su Red Asistencial, indistintamente, para la adquisición de equipos de imagenología compleja para dichos Establecimientos.
Las especificaciones técnicas obligatorias y deseables de cada equipo, así como las respectivas adecuaciones de infraestructura requeridas para su instalación y el cronograma particular del llamado, se contendrán en un “ANEXO COMPLEMENTARIO”, que será aprobado mediante Resolución Exenta de esta Dirección o del Establecimiento Licitante, la que publicada en el sitio www.mercadopublico.cl, en conjunto con las presentes Bases Tipo, Anexos, Formularios, Planos y Documentos, constituirán el respectivo llamado a licitación pública.
Cada Establecimiento Licitante será responsable de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 13° ter y 14° inciso 5 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de manera previa al levantamiento del proceso licitatorio respectivo, dejándose constancia de ello en la Resolución que apruebe el llamado.
Sin perjuicio de lo anterior, y de cumplirse con los requisitos legales, las presentes Bases Tipo y los Anexos Complementarios que sean aprobados, podrán ser utilizados para las licitaciones privadas o tratos directos que correspondan, en todas aquellas materias que por la naturaleza de la respectiva modalidad de adquisición les sea aplicable.
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2. OBJETO Y DESCRIPCIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA |
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El objeto de la presente Licitación es la adquisición de Equipos de Imagenología Compleja, nuevos, que permitan el mejoramiento de la calidad de atención de los usuarios, aumentando la cobertura, mejorando la oferta de servicios y la calidad en la atención otorgada.
La presente licitación será de adjudicación simple, por línea de producto y a un único proveedor.
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 5.000 UTM.
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3. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Y CONCEPTOS |
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Las presentes Bases Administrativas generales, Bases técnicas, Anexos, Formularios y Contrato que componen la Licitación, contiene los siguientes términos que serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
CONCEPTO DESCRIPCIÓN
Adjudicación Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Proveedores para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
Administrador de Contrato Profesional competente, designado por el Establecimiento Licitante, que resguardará el correcto y oportuno cumplimiento del contrato a posteriori de la recepción conforme de los bienes adquiridos. Particularmente se encargará de hacer valer la garantía ofrecida, en caso de ser necesario.
Anexo Complementario Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, en detalle, los requisitos específicos del bien o servicio a contratar.
Apertura Acto por el cual el Servicio toma conocimiento del contenido de las ofertas ingresadas a través del sistema de información de Compras y Contratación Pública, una vez vencido el plazo de Presentación fijada para tal efecto.
Bases Administrativas Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
Bases Técnicas Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, y características del bien o servicio a contratar.
Conformidad Europea (CE) Es la certificación del fabricante frente a las autoridades de que el producto cumple las Directivas de la Unión Europea (UE) que le son aplicables y están en vigor. En el documento de acompañamiento del producto debe individualizarse las directivas que resulten aplicables para efecto de su certificación de conformidad del mismo.
En el período transitorio de la Directiva de Productos Sanitarios (hasta junio de 1998), los productos activos (utilizan una fuente de energía) deben ir marcados CE (Conformidad Europea) con respecto a las directivas de baja tensión y la de EMC si aún no poseen la de Producto Sanitario.
Comisión Evaluadora Cuerpo colegiado que evalúa las ofertas propuestas, según los requisitos de admisibilidad y de los criterios evaluación consignados en las presentes Bases.
Comisión de Recepción Comisión encargada de aprobar la Recepción Provisoria y la Recepción Conforme. Se compone de Referente Técnico, Referente Clínico y el ITO.
Días Corridos Son todos los días de la semana, incluido sábados, domingos y festivos. Cuando se indique la palabra “días” deberá entenderse “días corridos”.
Días Hábiles Lunes a viernes, con exclusión de los sábados, domingos, feriados y festivos. En conformidad a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los procedimientos Administrativos que Rigen los actos de los Órganos de La Administración del Estado”
Días y Horario para la Recepción de Equipos De lunes a viernes, ambos inclusive desde las 09:00 horas hasta las 13:00 horas, salvo que se haya convenido entre las partes un horario especial, previa coordinación con el ITO del proceso.
Equipo Corresponde a los bienes que se identifican en el ANEXO COMPLEMENTARIO de la presente Licitación.
Equipamiento Conjunto de bienes que le son accesorios al Equipo, permitiéndole su funcionamiento en las condiciones señaladas en las Bases Técnicas. Todas las exigencias que en la presente Licitación se hagan al Equipo, se extenderán al equipamiento, en la medida que corresponda según su naturaleza.
Equipos nuevos Corresponde a un equipo que no ha tenido uso desde su fabricación, cuya data de fabricación no podrá exceder 2 años desde la fecha de publicación de la presente licitación.
Ejecutivo Coordinador Representante designado por el oferente en conformidad a las presentes bases de licitación, para todas las comunicaciones y coordinaciones con el Mandante, que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases de licitación y/o en el contrato.
Especificaciones Técnicas (EETT) Es aquel conjunto de características generales y específicas, propias de cada equipo solicitado, establecidas en las Bases Técnicas de la Licitación y definidas en el ANEXO COMPLEMENTARIO.
Establecimientos de la Red Asistencial Hospital San José, Hospital Roberto del Río, Instituto Nacional del Cáncer, Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz y Hospital de Til Til.
Establecimiento Licitante Servicio de Salud Metropolitano Norte o Establecimientos de la Red Asistencial de su jurisdicción, organismos que, regidos por la Ley de Compras, llaman o invitan a un Proceso de Compras. En las presentes Bases se denominarán indistintamente, El Servicio.
Fabricante Persona natural o jurídica, cuya actividad es la fabricación del equipo que se licita.
Food and Drug Administration (FDA) Organismo que se encarga del registro, control y certificación de los dispositivos médicos en los Estados Unidos. El centro de aparato y radiología en salud de la FDA es responsable de garantizar la seguridad y efectividad de los aparatos médicos y elimina la exposición innecesaria de humanos a radicaciones provenientes de equipos médicos, equipos profesionales o equipos para el consumo.
Formularios Formatos o documentos elaborados por el Servicio, los cuales deberán ser completados por las entidades interesadas en efectuar un proceso de compras, a través del sistema de información y de otros medios para la contratación electrónica.
Foro Inverso Procedimiento mediante el cual el Servicio, durante la etapa de evaluación de las ofertas, puede solicitar aclaraciones y respuestas a los ofertantes de la Licitación Pública.
Fuerza Mayor o caso fortuito Imprevisto al que no es posible resistir. Debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, definido en el artículo 45 del Código Civil.
Garantías Instrumento mercantil físico o electrónico cuyo objeto es caucionar la Seriedad de la Oferta, el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato del Proveedor, y en su caso, los eventuales anticipos que se otorguen, irrevocable, pagadero a la vista y de rápida y efectiva liquidación.
International Electrotechnical Commission (IEC) Organización mundial que realiza y publica los estándares internacionales para la tecnología eléctrica y electrónica.
International Organization for Standardization (ISO) Se conoce por ISO tanto a la organización como a las normas establecidas por la misma para estandarizar los procesos de producción y control en empresas y organizaciones internacionales.
Inspector Técnico de la Obra (ITO) Profesional competente, designado por el Establecimiento Licitante, que fiscaliza que las adecuaciones de infraestructura (preinstalaciones) y la instalación del equipo se ejecuta conforme a lo ofertado y a los estipulado por la presente licitación. Este profesional será asesorado por la Unidad Técnica.
Instalación Conjunto de procedimientos técnicamente necesarios, para anclar y/o conectar el equipo a las redes de suministros (tales como electricidad, red de agua, corrientes débiles, entre otros) para su óptimo y correcto funcionamiento en el recinto correspondiente de acuerdo a sus características técnicas y especificaciones de uso indicadas por el fabricante.
Línea o ítem La identificación numérica asignada por el Servicio a cada equipo publicado. Esta línea estará compuesta por uno o varios productos.
Libro de Obra Documento oficial que registra todos los acontecimientos importantes que se producen en el recorrer de la construcción de una obra de ingeniería. Este documento es puesto a disposición del ITO.
Mandante Establecimiento de la Red donde se instalarán los bienes adquiridos.
Mantenimiento Correctivo Conjunto de procedimientos técnicos que tiene por objeto el restablecimiento del óptimo funcionamiento del equipo que presenta fallas, detenciones o disminución en sus funciones y rendimiento, previstos por el fabricante.
Mantenimiento Preventivo Es el conjunto de acciones técnicas que se realizan para el cuidado e inspección sistemática de un equipo debido al cumplimiento de un periodo de funcionamiento apropiado según fabricante, cuyo objetivo es prolongar la vida útil del equipo y prevenir desperfectos.
Mercado Público Sistema de información de compras y contratación pública de la administración del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (portal web http://www.mercadopublico.cl).
Moneda Para todos los efectos de la presente licitación, regirá como moneda el peso chileno. No se admitirán ofertas con valores en otras monedas.
Oferta o Propuesta Es aquel conjunto de proposiciones administrativas, técnicas y económicas presentadas por el oferente en un proceso de compras, en el portal Mercado Público.
Proceso de Preguntas de la Licitación Etapa de la licitación en la cual los oferentes pueden realizar consultas y preguntas a la entidad licitante, a través del Link del Portal Mercado Público existente para estos fines, obteniendo aclaraciones y respuestas que son aplicables a todos los oferentes.
Protocolo de Mantenimiento Preventivo Corresponde a un plan ordenado, preciso y detallado para seguir la ejecución del Mantenimiento Preventivo de un equipo, el cual se estipula a través de un documento que describe como mínimo la siguiente información: Los datos generales del equipo analizado, listado de actividades a ejecutar durante el proceso de mantenimiento, periodicidad o frecuencia del mismo, pruebas de funcionamiento, medición de parámetros a obtener.
Portal Página web www.mercadopublico.cl
Plazo de Entrega o Plazo de Entrega de los Bienes Corresponde al plazo ofertado por el Proveedor que se asocia a los tiempos de fabricación, importación, gestión de aduana y entrega de bienes al Mandante.
Plazo de Instalación Corresponde al plazo ofertado por el Proveedor que se asocia a los tiempos de habilitación de la sala (Adecuaciones de Infraestructura), instalación de los equipos y equipamiento, y desarrollo de pruebas operacionales. El plazo de instalación concluye con la obtención de la Recepción Provisoria.
Plazo de Puesta en Marcha Corresponde al plazo ofertado por el Proveedor que se asocia a los tiempos de pruebas y ajustes de los equipos y equipamiento, y ciclos de capacitación usuaria y técnica. El plazo de puesta en marcha concluye con la obtención de la Recepción Conforme.
Plazo Total de Entrega Corresponde a la sumatoria de Plazo de Entrega, Plazo de Instalación y Plazo de Puesta en Marcha que oferta el Proveedor.
Precio Unitario Neto Precio único sin impuesto (s/IVA) para cada unidad de los equipos ofertados en el Portal Mercado Público. En este caso se deberá considerar: costo de traslado, bodegaje en caso de requerirlo, instalación, construcción de obras civiles en caso de que sean requeridas por la instalación, puesta en marcha, capacitación, mantención preventiva (incluyendo consumibles como tubo de rayos x en caso de los equipos que así lo requieran) y correctiva cuando corresponda, entre otros durante el período de vigencia de garantía técnica.
Precio Unitario Final Incluye Precio Unitario Neto más impuesto (IVA).
Proveedor Adjudicado Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, cuya oferta es seleccionada para la suscripción de un contrato de suministro o servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
Recall Corresponde a un evento donde un fabricante declara la necesidad de retirar un producto o una parte del mismo, por lo general debido al descubrimiento de cuestiones de seguridad o un defecto. Casi siempre aplica solamente a un lote o a toda una serie de fabricación.
Recepción Conforme Acto administrativo que formaliza la recepción de la totalidad de la oferta, incluyendo las preinstalaciones, las adecuaciones de infraestructura, los bienes instalados, las pruebas operacionales, el ciclo de capacitaciones y el periodo de puesta en marcha. Este acto es aprobado por la Comisión de Recepción.
Recepción Provisoria Acto administrativo que formaliza la recepción de los bienes instalados y operativos, incluyendo las preinstalaciones y las adecuaciones de infraestructura. Para lo anterior, la operatividad del equipo se debe demostrar a la Comisión de Recepción mediante pruebas operacionales. Se excluye el periodo de capacitaciones y puesta en marcha.
Referente Clínico Encargado o Jefatura de la Unidad Clínica del Establecimiento licitante donde se instalarán los bienes adquiridos, quien se encargará de facilitar los recintos clínicos para la instalación, para luego, en conjunto con la comisión de recepción, recepcionar conforme los productos y/o servicios.
Referente Técnico Encargado o Jefatura de la Unidad Equipos Médicos del Establecimiento licitante, o a quien se designe (especialista en equipos médicos), quien se encargará de acompañar todo el proceso de instalación, puesta en marcha y garantía. También forma parte de la comisión de recepción, y puede ser designado como Administrador de Contrato.
Registro de Proveedores Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección, de Compras y Contrataciones Públicas, de conformidad a la Ley de Compras Públicas.
Servicio Técnico Autorizado Organización técnica autorizada por fábrica y capacitada profesionalmente para la realización del mantenimiento preventivo y correctivo del equipo, como también el soporte técnico en las instalaciones y puesta en marcha.
Unidad Técnica Unidad integrada por profesionales pertenecientes a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Norte y/o del Establecimiento, Licitante, encargados de la asistencia al ITO en la coordinación, recepción, instalación y pruebas operacionales de los bienes y/o servicios adquiridos. Esta unidad también podrá asesorar al Administrador de Contrato en eventos ocurridos después de la instalación.
UPTIME Es el tiempo en el que un equipo médico y sus componentes se mantienen totalmente operativos durante un tiempo determinado.
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4. PARTICIPANTES. |
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Podrán participar en la licitación las personas naturales, jurídicas Uniones Temporales de Proveedores y asociaciones, chilenas y extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o haber sido condenado por los delitos concursales que establecen los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los anteriores dos años.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado deberá dentro de décimo día hábil contado desde la fecha en que se le publique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito.
En conformidad a lo prescrito por el artículo 4º de la Ley de Compras, ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Además, El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393.
Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta.
Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes.
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5.- ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO |
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La presente propuesta se regirá de acuerdo a lo estipulado en los documentos que se señalan a continuación, los que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella:
● Las presentes Bases Administrativas
● Las Bases Técnicas
● Anexo Complementario aprobado mediante Resolución Exenta del Establecimiento Licitante
● Formularios, Anexos:
● Formulario 1: Identificación del Proponente.
● Formulario 2: Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades
● Formulario 3: Oferta Técnica.
● Formulario 4: Oferta Económica.
● Formulario 5: Experiencia del Oferente
● Formulario 6: Cronograma de implementación.
● Formulario 7: Servicio Técnico
● Anexo A Calendario o Cronograma de la Licitación, contenido en Anexo Complementario.
● Aclaraciones por parte del Servicio a las presentes Bases y Especificaciones vivita.
● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos.
● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio, con anterioridad a la apertura de la propuesta.
● Oferta del o de los Oferentes con sus respectivos antecedentes.
● Acta de evaluación de ofertas.
● Resolución de Adjudicación.
● El contrato.
● En general, todo documento relacionado con la licitación.
La regulación de la presente licitación estará constituida por la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente:
1. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886.
2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
4. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
5. La Ley Nº 19.653, sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado.
6. La Ley Nº 20.238, que asegura la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración pública.
7. La Ley Nº 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación.
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6. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
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En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Servicio podrá introducir modificaciones o enmiendas al “Anexo Complementario” y/o documentos que componen el llamado a la licitación de que se trate, a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Para el caso de que se requiera realizar una modificación, esta se efectuará mediante una re-solución exenta totalmente tramitada.
En tal caso, el Servicio podrá cambiar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que adecuen sus ofertas a las modificaciones introduci-das, este plazo se contará desde la notificación efectuada en el portal de Mercado Público de la resolución que aprueba la modificación respectiva.
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7. ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO |
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Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del/los adjudicatarios y deberán estar disponibles en sitio web www.chileproveedores.cl. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel.
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8. CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES |
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Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación (Anexo A).
Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda.
Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
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9. APERTURA DE LAS OFERTAS |
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La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al Calendario o Cronograma de la Licitación, contenido en el Anexo Complementario y sólo tendrá lugar respecto de aquellas ofertas que hayan cumplido con la presentación de los Antecedentes Administrativos descritos en el punto 10.1.
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10. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
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Las ofertas deberán cumplir con la presentación de los siguientes documentos:
1. Formulario N° 1: Identificación del Proponente
2. Formulario N° 2: Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades.
3. Formulario N° 3: Oferta Técnica.
4. Formulario N° 4: Oferta Económica.
5. Entrega de garantía de seriedad de la oferta.
6. Formulario N° 5: Experiencia del Oferente.
7. Formulario N° 6: Cronograma de Implementación.
8. Formulario 7: Servicio Técnico
Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, para formular observaciones a la apertura, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Área de Abastecimiento del Servicio o Establecimiento Licitante, dentro de plazo previsto en el Anexo A.
Cualquier observación que no fuere presentada a través del sistema de información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida.
Sin perjuicio de lo anterior, durante el periodo de evaluación de las ofertas, la comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si éstas no cumplen con los requisitos de admisibilidad que se señalan en las presentes Bases.
Las propuestas deberán tener una validez de 150 (ciento cincuenta) días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas. La oferta cuyo plazo de validez sea inferior a lo señalado, no será considerada en el proceso de evaluación.
En caso de que dentro de dicho plazo no se realice la adjudicación, el Establecimiento Licitante podrá solicitar, mediante comunicación escrita al correo electrónico del oferente que se indique en Formulario 1, que los oferentes mantengan sus ofertas y garantías respectivas, los que deben manifestar su decisión dentro del plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde dicha comunicación.
Por tanto, quedarán excluidos del proceso licitatorio aquellos oferentes que no den respuesta dentro del plazo indicado y aquellos que se negaren a mantener sus ofertas y garantías.
El participante deberá considerar en su oferta todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, obras, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el Anexo A de la presente licitación.
Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible.
10.1. Antecedentes Administrativos:
Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales:
• Formulario N°1: Identificación del Proponente.
En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, de acuerdo al formulario adjunto N° 1 de estas bases, y además deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
• Declaración jurada online Persona Natural, Jurídica o UTP: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas.
• Formulario Nº2: Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades: Declaración jurada simple, suscrita por el oferente, y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda.
• Garantía de seriedad de la oferta: El instrumento presentado deberá cumplir con la totalidad de los requisitos exigidos en el artículo 12.1 de las presentes Bases Administrativas.
10.2. Antecedentes Técnicos.
• Formulario N°3: Oferta Técnica. El oferente deberá detallar claramente, las especificaciones técnicas del bien que está ofreciendo, debiendo considerar como mínimo, el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados a través de este formulario.
El proveedor deberá declarar en el Formulario N°3 el cumplimiento o no cumplimiento de las especificaciones o características exigidas, tanto “obligatorias” como “deseables”, para lo cual deberá señalar en la columna “Cumple (SI/NO)” con un “SI”, si se cumple con la característica, o con un “NO”, si no se cumple con lo solicitado.
En caso de que el oferente declare NO cumplida una característica “Obligatoria”, o la casilla correspondiente a este tipo de características se presente sin llenar o responder, su oferta será declarada inadmisible.
La declaración de “SI” o “NO” del cumplimiento de una característica o correlativo deberá ser respaldada con documentación técnica, tales como folletos, catálogos, manuales, fichas técnicas, certificados u otros documentos que permitan dar respaldo al cumplimiento de una característica o correlativo solicitado. El proveedor podrá indicar en mismo Formulario N°3 el nombre del documento que certifica cumplimiento de característica y la página que corresponda.
En caso de que la documentación adjunta no dé respuesta al requerimiento solicitado, sea éste “Obligatorio” o “Deseable”, el Servicio podrá solicitar aclaración de información a través de Foros Inversos, sin embargo, si en el o los Foros Inversos realizados no responden el requerimiento, el correlativo en cuestión será declarado con un no cumplimiento.
Se aceptarán los documentos presentados únicamente en idioma español.
La presentación de los documentos indicados en este artículo, corresponden a documen-tación obligatoria a presentar en el proceso licitatorio, no obstante, el Servicio contará con la facultad de solicitar, exclusivamente respecto de los documentos que acrediten el cum-plimiento de especificaciones técnicas del equipo, antecedentes complementarios a través del Foro de Aclaración de Ofertas del portal www.mercadopublico.cl.
El oferente deberá presentar la documentación solicitada en un plazo no superior a 48 ho-ras a contar de la solicitud en el Foro de Aclaración de Ofertas. En caso de no presentarla, su oferta será declarada inadmisible, salvo que se tratare de documentos de respaldo téc-nico para cumplimiento de especificaciones técnicas deseables, caso en el cual, dicho co-rrelativo se tendrá por no cumplido.
De todo lo anterior, deberá dejarse constancia en el Informe de Evaluación de Ofertas.
• Formulario Nº 5 Experiencia del Oferente: El oferente deberá indicar la cantidad de equipos vendidos e instalados durante los últimos 10 años, ya sea en instituciones públicas o privadas, y considerando el mismo tipo de equipo sin importar el modelo. Toda venta o negocio informado deberá acompañarse con un medio comprobatorio, tal como orden de compra, contrato o factura. En caso que no exista medio comprobatorio, la cantidad informada no será considerada.
• Formulario Nº 6 Cronograma de implementación: El oferente deberá indicar en días corridos el plazo total de entrega que considerará para habilitar los diferentes bienes y servicios solicitados, detallando claramente los plazos asociados a la entrega, instalación y puesta en marcha. Para estos efectos, el proponente deberá incluir una carta Gantt detallada de las Implementaciones.
• Formulario Nº 7 Servicio Técnico: El oferente deberá indicar claramente las condiciones del servicio técnico postventa que entregará durante el periodo de garantía técnica del equipo, periodo que no puede ser inferior a 24 meses. En caso de no cumplir con algún requisito obligatorio indicado en el Formulario, la oferta podrá ser declarada inadmisible. Adicionalmente deberá indicar la cantidad de personal técnico calificado para entregar el servicio técnico, adjuntando también los medios comprobatorios, tal como, currículum vitae, certificado de título y diplomas de capacitaciones sobre el mismo tipo de equipo ofertado.
• Certificado de Representación de la Marca o Filial: El oferente deberá entregar un certificado actualizado de representación de la marca o filial en Chile, extendido por el fabricante del equipo.
• Certificado de Servicio Técnico Autorizado: El oferente deberá entregar un documento o certificado que avale la acreditación del Servicio Técnico Propio en Chile emitido por parte del fabricante del equipo.
• Listado de Repuestos Valorizado: El oferente deberá entregar un listado valorizado de repuestos recurrentes, o más utilizados, cuyo valor se deberá respetar al menos por la duración de la garantía.
10.3. Oferta económica
El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal:
• Formulario N° 4 Oferta económica, completo.
La oferta económica será ingresada en el portal de mercado público considerando todos los costos, gastos inherentes a la adquisición licitada, incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a la importación, costo de instalación (incluidas las obras de instalación si procede), puesta en marcha, capacitación y especificaciones técnicas, del artículo ofertado, así como las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para la adquisición.
Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
El oferente deberá publicar su oferta económica, como valor neto, sin IVA, en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl., dentro del plazo establecido para ello en el Calendario o Cronograma de la Licitación.
El precio ofrecido será en moneda nacional. Se hace presente que el precio publicado no podrá ser reajustado durante el periodo de vigencia del contrato y no generará intereses.
Los interesados podrán presentar la cantidad de ofertas que estimen conveniente, debiendo presentar en cada una de ellas la documentación exigida en los Artículos 9° y 10° de las presentes bases.
Si el oferente realiza más de una oferta en el portal www.mercadopublico.cl, se debe presentar una garantía de seriedad por cada una de dichas ofertas.
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11. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Comisión de Evaluación de las Ofertas:
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, que será designada en Anexo Complementario, señalándose los funcionarios titulares y suplentes que ejercerán esta función.
Esta Comisión estudiará todos los antecedentes que hayan sido presentados por los oferentes, revisando el cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos solicitados en las presentes Bases, Formularios y Anexos, además de verificar el cumplimiento del 100% de las Especificaciones Técnicas obligatorias del Equipo, indicadas en el Formulario Nº 3. Se aclara que las ofertas que no cumplan con el 100% de las Especificaciones Técnicas Obligatorias serán declaradas inadmisibles, siendo registradas todas las observaciones al respecto en el Informe de Evaluación de Ofertas.
La Comisión asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N° 19.886, esto es: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante; d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación; e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
De considerarse necesario, la comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo de 2 días hábiles.
Durante el estudio y evaluación de las propuestas, NO se aceptarán entrevistas personales, ni documentos adicionales a los ya entregados o correcciones de los mismos, según lo señalado en el párrafo anterior.
La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta entregada por los oferentes en los documentos anexos u otra que la Comisión requiera, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4 Nº7 de la ley 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión.
Omisión de antecedentes:
Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no se trate de requisitos de admisibilidad, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible, conforme a lo prevenido en el Artículo 11.3 de estas Bases.
Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder.
En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y estar afecto alguno(s) de sus integrantes a las inhabilidades previstas en el artículo 4 de la ley N° 19.886, dentro del mismo plazo antes indicado, está deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250 si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida.
El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal.
Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director del Servicio u Hospital con la propuesta de adjudicación.
Evaluación de las ofertas:
La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas:
Análisis de Admisibilidad:
La Comisión, mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará que ofertas son admisibles conforme a los requisitos exigidos en las presentes bases y cuáles no. Respecto de estas últimas, deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad.
Las propuestas que no cumplan con la presentación de alguno de los documentos y/o los requisitos que para cada uno de éstos se establecen en el artículo 10 de las presentes Bases Administrativas, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.
La asistencia a lo menos a una de las Visitas a Terreno fijadas en el Anexo Complementario, de conformidad con lo señalado en las Bases Técnicas del llamado, constituirá igualmente un requisito de admisibilidad de las ofertas.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases.
Evaluación de Ofertas Admisibles:
Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas y formulará un ranking en que propondrá al Director del Establecimiento Licitante la adjudicación de la propuesta, de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones:
N° Criterio Ponderación
a) Cumplimiento de requisitos Formales 2%
b) Precio 35%
c) Servicio Técnico: 8%
c.1 Tiempo de Respuesta en Terreno 4%
c.2 Cantidad de Personal Técnico 4%
d) Plazo de entrega 25%
e) Especificaciones Técnicas Deseables 25%
f) Experiencia del Oferente 5%
Criterios de Evaluación
Cumplimiento Requisitos Formales (el puntaje se deberá ponderar al 2%)
Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizarla evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación.
EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE
Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100
Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50
No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0
La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla:
Ponderación % ítem=((Puntaje ítem x 2)/100)
Precio (el puntaje se deberá ponderar al 35 %)
La evaluación del precio ofertado se determinará según la siguiente Fórmula, donde la oferta económica menor obtendrá la mayor ponderación:
Puntaje Oferta Económica ((Min Precio entre Oferentes)/(Precio Oferente i))*100
Donde “Min Precio entre Oferentes”, corresponde a oferta de menor costo y el “Precio Oferente i” corresponde a la oferta a evaluar.
Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas de forma proporcional obtendrán puntajes tras la aplicación de la fórmula antes indicada.
La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente formula:
Ponderación % Oferta Económica ((Puntaje ítem x35)/100)
El medio de verificación de la oferta será el Formulario N°4 de la Oferta.
Servicio Técnico (el puntaje se deberá ponderar al 8%)
c.1 Tiempo de Respuesta en Terreno(el puntaje se deberá ponderar al 4%)
La evaluación considera tiempo de respuesta en terreno ante la falla del equipo (durante garantía) presentado en el Formulario N° 7, y el puntaje asignado se obtiene desde la siguiente tabla:
TIEMPOS DE RESPUESTA EN TERRENO (en horario hábil) PUNTAJE ÍTEM
Tiempo de respuesta menor o igual a 4 (dos) horas. 100
Tiempo de respuesta superior a 4 (cuatro) horas y menor o igual a 8 (horas) horas. 50
Tiempo de respuesta superior a 8 (ocho) horas. 0
El tiempo de respuesta ofertado considera un horario hábil de 8 a 18 hrs (lunes a viernes).
La ponderación porcentual del sub-criterio se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla:
Nota Tiempos de Respuesta=((Puntaje ítem x 4)/100)
c.2 Cantidad de Personal Técnico (el puntaje se deberá ponderar al 4 %)
La evaluación considera la cantidad de personal técnico disponible para realizar las labores técnicas asociadas al servicio postventa (garantía técnica) que debe entregar el proveedor adjudicado, tal como, mantenimientos preventivos, mantenimientos correctivos, evaluaciones técnicas, entre otros.
La cantidad de personal técnico debe ser presentado en el Formulario N° 7.
Entiéndase por personal técnico a todo técnico o ingeniero de las siguientes especialidades; eléctrico, electrónico, biomédico, mecánico, informática, automatización o carrera afín, y que estén capacitadas por fábrica o personal de la marca. En caso de no haber indicado alguna especialidad afín, la comisión de evaluación tendrá la responsabilidad de evaluar si el personal técnico presentado posee una carrera afín a lo requerido.
Para corroborar lo anterior, por cada persona informada se solicitará currículum vitae, certificado de título y diplomas o certificaciones de las capacitaciones asociadas al tipo de equipo ofertado. De no presentar lo anterior, el personal informado no será considerado ni contabilizado.
El puntaje asignado al presente sub-criterio se obtiene desde la siguiente tabla:
CANTIDAD DE PERSONAL TÉCNICO PUNTAJE ÍTEM
10 o más profesionales técnicos verificados 100
7 o más profesionales técnicos verificados 80
5 o más profesionales técnicos verificados 60
3 o más profesionales técnicos verificados 40
1 o más profesionales técnicos verificados 20
La no presentación de profesionales implicará la inadmisibilidad de la oferta.
La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
Nota Cantidad de Personal Técnico=((Puntaje ítem x 4)/100)
Por tanto, la ponderación final del criterio de Servicio Técnico se obtiene de la siguiente fórmula:
Plazo de entrega (el puntaje se deberá ponderar al 25%)
La evaluación de este criterio analizará el plazo total de entrega que presenten las ofertas en días corridos, otorgándole puntaje al oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:
"Ponderación Plazo de Entrega = " ("Menor plazo entre todas las ofertas " /"Plazo de oferta en evaluación" )"* 25 % "
Entiéndase por plazo total de entrega a la suma de los siguientes plazos: Plazo de entrega, Plazo de instalación, Plazo de puesta en marcha.
El medio de verificación de la oferta será el Formulario N°6 de la Oferta.
Especificaciones Técnicas Deseables 25%
Este criterio de evaluación considerará el cumplimiento de las especificaciones técnicas definidas como “Deseables” que se indican en el Formulario N°3. Las especificaciones “Deseables” son características relacionadas a aspectos propios del bien que, por lo general, ayudan a mejorar el desempeño u otorgan valor agregado a lo ofertado.
El puntaje se determinará según la siguiente fórmula ponderada, donde la oferta que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas deseables obtendrá el máximo puntaje.
"Ponderación Especificaciones Técnicas = " ("Puntaje Cumplimiento EETT Deseables " /"Puntaje Máximo EETT Deseables" )"* 25 % "
Considerar que las únicas especificaciones técnicas evaluables serán las deseables, ya que las especificaciones obligatorias se deben cumplir obligatoriamente. En caso contrario, la oferta quedará inadmisible.
El medio de verificación de cumplimiento de cada especificación será el Formulario Nº3, en conjunto con la ficha técnica, catálogo o manual que evidencie lo informado en el Formulario.
Experiencia del Oferente 5%
Este criterio de evaluación analizará la cantidad de equipos vendidos e instalados en Chile durante los últimos 10 años, considerando sólo equipos del mismo tipo sin importar el modelo.
La ponderación porcentual del criterio se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
"Ponderación Experiencia del Oferente = " ("Cantidad de equipos instalados de la oferta en evaluación" /"Cantidad máxima de equipos instalados entre todas las ofertas" )"* 5 % "
El medio de verificación de las cantidades será el Formulario Nº5, donde cada venta o instalación debe ser ratificada con la orden de compra, contrato o factura del negocio, documentos que deben ser incluidos en la oferta. Se considerarán tanto instituciones públicas o privadas.
Evaluación final
El puntaje final para cada oferente será la suma del valor obtenido en cada uno de los criterios de evaluación, después de haber sido ponderado cada uno de éstos por lo establecido en estas bases:
TOTAL PUNTAJE DE EVALUACIÓN: puntaje a) + puntaje b) + puntaje c) + puntaje d) + puntaje e) + puntaje f)
Para cada factor de evaluación y nota final el puntaje contemplará un número entero y dos decimales.
La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar.
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación Plazo de Entrega. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de Precio. De mantenerse aún, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios para definir los empates: Especificaciones Técnicas Deseables, Servicio Técnico, y finalmente, el Cumplimiento de Requisitos Formales.
Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
La Comisión de Evaluación propondrá la adjudicación a la oferta que obtenga el puntaje más alto en cada uno de los bienes licitados, según la aplicación de los criterios de evaluación respectivos, y que cumplan con el 100% de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas en el Formulario N.º 3, siendo aprobada la adjudicación mediante una Resolución emitida por el Director del Establecimiento licitante.
En los siguientes casos la Comisión de Evaluación propondrá la deserción del proceso de licitación:
Falta de ofertas en el proceso de licitación o cuando estas no resulten convenientes para los intereses del Establecimiento Licitante.
Falta de documentos obligatorios en todas las ofertas recibidas.
Incumplimiento de las Especificaciones Técnicas obligatorias requeridas en todas las ofertas recibidas.
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12. DE LAS GARANTÍAS |
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Para asegurar la seriedad de las ofertas presentadas por los proveedores que participen en la licitación, y en el caso del proveedor que resulte adjudicado, asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el resto de las obligaciones legales que le corresponden, deberán constituirse las garantías que se regulan a continuación, las que podrán ser otorgadas por el oferente o un tercero a su nombre y que podrán constituirse mediante uno varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar. Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
12.1 Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta, mediante algún instrumento que sirva de caución, la que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada a nombre del Establecimiento Licitante, por un monto y glosa que serán determinados en el Anexo Complementario, cuya vigencia debe ser de 180 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en dicho Anexo.
En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, pudiendo extenderse en Unidades de Fomento, y deberá cubrir, el importe para los casos que se describen en este punto.
Lugar de entrega:
La entrega de esta Garantía deberá realizarse, a más tardar, hasta el día y hora indicado para el cierre de recepción de ofertas en la Oficina de Partes del Servicio licitante, cuya dirección será indicada en el Anexo Complementario, en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 14.00 horas. Para el caso de las garantías electrónicas, su entrega podrá efectuarse a través del portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, junto con los antecedentes de la oferta, dentro de los plazos establecidos en el anexo señalado precedentemente.
El sobre que contiene la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de seriedad de la Oferta”: “Licitación Pública ID ………………”.
“Proponente”: Razón Social del oferente
El área de Abastecimiento correspondiente revisará que la garantía se ajuste a lo indicado en las Bases de Licitación y dejará un registro escaneado del documento, archivándolo en la carpeta correspondiente al proceso licitatorio, y remitirá al Subdepartamento Finanzas través de Memorándum, para custodia.
- Error en la Garantía
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales en la Garantía, dentro del plazo de 05 días hábiles desde el requerimiento a través del sistema de información, siempre que éstos no se refieran al monto, forma de pago, irrevocabilidad y plazo de vigencia de la misma.
El Área de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar a Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará a la Comisión, para la declaración de inadmisibilidad respectiva.
La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva unilateralmente por el Establecimiento Licitante en los siguientes casos:
a) Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella dentro del período de validez de la misma.
b) Si siéndole adjudicada la licitación:
1. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
2. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N° 14 de las presentes bases.
3. No suscribiere el contrato dentro del plazo previsto en el punto N° 14 de estas bases.
4. No se encontrare inscrito y hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Público, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N° 14 de estas bases.
5. No entregare la garantía de fiel cumplimiento de la contratación según lo indicado en el punto N°14 de estas bases.
Devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta:
• Oferente adjudicado: Una vez que el proveedor adjudicado entregue el Contrato Firmado y la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, será devuelta por el Área de Tesorería del Establecimiento Licitante, previo requerimiento de Abastecimiento.
• Oferentes No Adjudicados: La garantía de seriedad será devuelta por el Área de Tesorería del Establecimiento Licitante, una vez aprobado por Resolución el contrato referido a la Licitación, previa consulta a Abastecimiento. Ello, considerando la posibilidad de readjudicar la licitación, ante eventuales incumplimientos.
• Ofertas Inadmisibles o Desestimadas: la garantía de seriedad será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de adjudicación, por parte del Área de Tesorería, previa consulta a Abastecimiento.
Abastecimiento debe informar al Área de Tesorería, cuáles Garantías de Seriedad de la Oferta deben ser liberadas y devueltas al proveedor, o en su defecto a la entidad emisora.
El Área de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora.
12.2 Garantía de Fiel cumplimiento del contrato
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, dentro del plazo para la entrega de antecedentes para la formalización de la contrato, señalado en Anexo A, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por el Establecimiento Licitante, que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada a nombre y Rut del Establecimiento Licitante, por un monto y glosa que será señalado en el Anexo Complementario.
En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, pudiendo extenderse en Unidades de Fomento, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo y el incumplimiento de los pagos previsionales de sus trabajadores.
Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Establecimiento Licitante, mientras dure el período de vigencia.
Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en oficina de Abastecimiento del Servicio Licitante en sobre cerrado,. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico que se indicará en Anexo Complementario.
El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato”:
“Licitación Pública ID: …………………...
“Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente)
Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum al Área de Tesorería para su custodia.
El Área de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar a Asesoría Jurídica, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico.
Al término del período de la Garantía, el Establecimiento Licitante hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos.
Para esto, el Referente técnico debe informar al El Área de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación.
El Área de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora.
En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Establecimiento Licitante estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Establecimiento Licitante se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva.
12.3. Aumento de garantía
Cuando el precio de la oferta sea inferior a 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
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13. DE LA ADJUDICACIÓN |
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La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple por línea de producto y a un único proveedor.
La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada del Director del Establecimiento Licitante, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en Anexo A.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Establecimiento Licitante dentro del plazo señalado en el Anexo A de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Establecimiento Licitante no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del Calendario de la Licitación, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá registrarse en un plazo de 10 días hábiles desde que el Establecimiento Licitante notifique la adjudicación de su oferta, De este modo para proceder con la formalización del contrato o emisión de la orden de compra. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes de la formalización referida.
Adjudicada la propuesta y firmado el contrato, por el oferente adjudicado, se procederá a hacer devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta según lo dispuesto en estas bases, en caso que corresponda.
13.1 Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación.
De acuerdo a lo indicado en el Articulo N° 41 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 en caso de producirse consultas relacionadas a la adjudicación, estas deberán formularse a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. El Establecimiento Licitante dará respuesta a las mismas por el mismo medio.
13.2 Facultad de Readjudicar.
El Establecimiento Licitante podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
2. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N°14 de las presentes bases.
3. No suscribiere el contrato dentro del plazo previsto en el punto N°14 de estas bases.
4. No se encontrare inscrito y hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Públi-co, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N°14 de estas bases.
5. No entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato, según lo indicado en el punto N°14 de estas bases.
Para efectos de la readjudicación, el Establecimiento Licitante podrá requerir al oferente que siga en el orden de prelación, mediante comunicación escrita al correo electrónico que se indique en Formulario 1, que mantenga su oferta y garantía respectiva, debiendo manifestar su decisión dentro del plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde dicha comunicación. De no responder dentro de este plazo, o de ser su respuesta negativa, se le tendrá por desistido de la readjudicación, pudiendo recurrir al oferente que siga en el mencionado orden.
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14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
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El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución totalmente tramitada que adjudica el proceso de licitación, previa entrega de la garantía fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Para la suscripción del contrato el Establecimiento Licitante emitirá la Resolución Afecta de Ad-judicación totalmente tramitada, la que será notificada a través del portal de mercado público y se dará por informada al proveedor luego de 24 horas transcurridas desde su publicación en el sistema de información.
Si transcurrido el plazo señalado en el Calendario o Cronograma de la Licitación, contenido en Anexo Complementario, el proveedor adjudicado no suscribe el contrato, ni ha hecho entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y la demás documentación solici-tada, se entenderá por desistido de su oferta, facultando al Establecimiento Licitante para hacer efectivo el cobro del documento que garantiza la seriedad de la oferta y para adjudicar la pro-puesta al oferente que haya ocupado el segundo lugar de la selección, según el informe de Adjudicación emitido por la comisión de evaluación.
Formarán parte integrante del contrato los siguientes documentos que no se adjuntan y que se consideran conocidos por los proponentes: Leyes de la República, Normas Técnicas, Leyes Laborales y de Previsión Social.
También forman parte del contrato y se adjuntan a él los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica; en caso de existir discrepancia entre ellos:
- Bases Administrativas.
- Bases Técnicas.
- Anexo Complementario.
- Serie de Preguntas y Respuestas.
- Aclaraciones de las Ofertas.
- Propuesta del Oferente.
Todos los documentos mencionados precedentemente y aquellos que se incorporen dentro del proceso de licitación y adjudicación, formarán parte integrante del contrato derivado de la adjudicación de la propuesta.
14.1 Documentación a presentar:
a) Documentos para Persona Natural:
I. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados.
Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
b) En caso de sociedades:
I. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del Representante Legal.
II. Copia simple de escritura pública en el que conste el poder de su(s) representante(s).
III. Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
IV. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
V. Copia simple de la cedula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados.
VI. Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Cons-titución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar:
1. Certificado de Estatuto Actualizado y,
2. Certificado de vigencia, ambos emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
VII. Certificado de antecedentes laborales y previsionales, con una antigüedad no mayor a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de presentación de la oferta.
VIII. En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remunera-ciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales res-pectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años.
Cabe destacar que, los documentos señalados en los numerales ii. Y iii. Los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada.
c) En caso de Fundaciones o Corporaciones:
I. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del representante legal.
II. Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
III. Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica, si correspondiere.
IV. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.
d) Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
I. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
II. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
III. Deberá designar domicilio en Chile.
IV. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
e) Documentos para U.T.P.
I. En las contrataciones superiores a 1.000 UTM, deberá presentar escritura pública en que conste la unión temporal, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si el monto de la contratación es inferior, basta con un instrumento privado.
Además, cada uno de los proveedores deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda.
Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago.
El contrato, tendrá, a lo menos, las siguientes estipulaciones:
1. Individualización del proveedor;
2. Individualización de los servicios materia del contrato.
3. Precio;
4. Plazo de duración;
5. Garantías;
6. Causales de término anticipado;
7. Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
8. Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución;
9. Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor;
10. Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Establecimiento Licitante para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
11. Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Establecimiento Licitante pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
12. Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio;
13. Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos.
14. Declaración que entre el Establecimiento Licitante y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario.
15. Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases.
16. Declaración que el Establecimiento Licitante se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
17. Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Establecimiento Licitante en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos.
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15. VIGENCIA. |
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La vigencia del contrato se considerará desde la total tramitación de la Resolución que lo apruebe y hasta la fecha que establezca en él, de conformidad con la oferta presentada, sin perjuicio de la vigencia de las garantías que se establecen en las presentes Bases Administra-tivas.
El envío de la(s) Orden(es) de Compra se realizará una vez se cuente con la Resolución total-mente tramitada que aprueba el Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, a la solicitud del Establecimiento Licitante, el servicio podrá prestarse a contar de la fecha de suscripción del contrato, debiendo dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio en la respectiva Acta de Inicio de Servicios suscrita entre el Establecimiento Licitante y el adjudicatario. En este caso, los plazos para la ejecución del servicio se contabilizarán desde dicha fecha, pero no procederá pago alguno mientras no se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que lo aprueba.
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16. PRECIO. |
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El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable.
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17. ANTICIPOS |
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Durante la vigencia del contrato, el proveedor adjudicado podrá solicitar un anticipo por un monto equivalente al 100% del precio del contrato, para lo cual deberá adjuntar, además de la respectiva factura, una garantía por el monto total del anticipo, permitiéndose para estos efectos, los mismos instrumentos que se señalan para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, extendida a nombre del Establecimiento Licitante, irrevocable, a la vista y en pesos chilenos, y con una vigencia igual a la de la citada garantía de fiel cumplimiento contractual.
La glosa deberá señalar: “Para garantizar el anticipo del Contrato Licitación Pública ID: …………………...
“Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente)
Dirigido a: Área de Abastecimiento del Servicio Licitante.
La garantía será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la emisión del Acta de Recepción Final.
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18. FORMA DE PAGO. |
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El Establecimiento Licitante efectuará dos (2) Estados de Pago para el pago de facturas con motivo de resguardar la llegada oportuna de los equipos y a sus respectivas instalaciones y el correcto resguardo del funcionamiento del equipo durante el período de Garantía Técnica.
ESTADO DE PAGO PORCENTAJE DETALLE
Primer 80% El proveedor adjudicado deberá adjuntar factura por el 80% del valor adjudicado según la Orden de Compra emi-tida, acompañada del Acta de Recepción Provisoria, acto administrativo detallado en las Bases Técnicas Generales.
Segundo 20% El proveedor adjudicado deberá adjuntar factura por el 20% del valor adjudicado según la Orden de Compra emi-tida, acompañada del Acta de Recepción Conforme, acto administrativo detallado en las Bases Técnicas Generales.
Para el pago de los equipos, posterior a la emisión del acta correspondiente según tabla ante-rior, la modalidad de pago será a 30 días corridos posteriores a la entrega de la respectiva factura.
El proveedor deberá emitir las facturas a nombre del Establecimiento Licitante indicado en el Anexo Complementario.
Para el pago de la factura el proveedor adjudicado debe enviar la factura, adjuntando: Acta de recepción correspondiente.
Toda factura que se entregue sin alguno de los documentos solicitados será rechazada. Se considerará un plazo de 8 días corridos desde la recepción del documento para que sea de-vuelto al proveedor.
La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl.
Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com
Debe emitir DTE a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado.
La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago centralizado a través de Tesorería General de la Republica.
Las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”.
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19. DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS EQUIPOS |
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El oferente deberá entregar los equipos en la forma, cantidad, calidad y plazo convenido, de acuerdo a las Bases del presente llamado, especificaciones técnicas, Anexo Complementario, y ofer-ta presentada. Se aceptará entrega parcial del equipo, sin embargo, el plazo de entrega se cuantificará hasta la entrega total de los bienes ofertados.
El lugar de entrega de los equipos será el indicado en el Anexo Complementario.
Culminado el proceso de recepción, incluida la instalación y funcionamiento de los equipos, se procederá a la firma del Acta de Recepción Final por parte del ITO.
El plazo máximo de entrega será definido en el Anexo Complementario, por lo cual las ofertas que presenten plazos superiores al establecido en este documento, no serán evaluadas, siendo registradas todas las observaciones al respecto en el informe de evaluación de ofertas.
Cabe señalar que, el plazo total de entrega a consignar, por parte del oferente en el Formula-rio Nº6 Cronograma de Implementación, deberá ser expresado en días corridos. No se considerarán plazos que se expresen en otros términos.
Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del ITO respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud.
Tal determinación será notificada mediante Ordinario dirigido al domicilio informado por el proveedor adjudicado, quien contará con quinto día hábil para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N° 19.880.
Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, el ITO deberá requerir al Jefe superior del Establecimiento Licitante, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico.
Calidad de los Equipos y Servicios
La Contraparte Técnica del Establecimiento Licitante pondrá especial énfasis en el control de calidad de los equipos y servicios entregados, para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas. En caso de no ser así, dará origen al rechazo de los mismos y se tendrán por no recepcionados.
Para dicho propósito, deberá informar por email a la contraparte técnica y podrá ser motivo de multas y/o término del contrato.
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20. CONTRAPARTES DEL SERVICIO LICITANTE |
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20.1 REFERENTE CLINICO
Encargado o Jefatura de la Unidad Clínica del Establecimiento licitante, quien se encargará de facilitar los recintos clínicos para la instalación, para luego, en conjunto con la comisión de recepción, recepcionar conforme los productos y/o servicios.
Para tales efectos, el Referente Clínico tendrá las siguientes facultades:
1. Formar parte de la comisión de recepción.
2. Hacer entrega formal del recinto o los recintos clínicos que hospedarán el equipo.
3. En conjunto con la comisión de recepción, dar la recepción provisoria y conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, y respecto de aquellos elementos que no sean aptos a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, requerir su reemplazo y entrega respectiva.
4. Informar disponibilidad del equipo clínico para el ciclo de capacitaciones usuarias, y coordi-nar al personal usuario para la ejecución de los eventos.
5. Evidenciar e informar al Inspector Técnico de la Obra cualquier consideración clínica con relación a la entrega, instalación y puesta en marcha de los bienes adquiridos. Posterior a la puesta en marcha, estas consideraciones deberán ser informadas al administrador del con-trato.
6. Informar disponibilidad del equipo para realizar las mantenciones preventivas, mantencio-nes correctivas, visitas y evaluaciones que se puedan realizar durante el periodo de garan-tía técnica.
20.2 REFERENTE TECNICO
Encargado o Jefatura de la Unidad Equipos Médicos del Establecimiento licitante, o a quien se designe (especialista en equipos médicos), quien se encargará de acompañar todo el proceso de instalación, puesta en marcha y garantía. También forma parte de la comisión de recepción, y puede ser designado como Administrador de Contrato.
Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades:
1. Formar parte de la comisión de recepción.
2. Acompañar como referente técnico y especialista a todas las etapas del contrato, ya sea instalación, puesta en marcha, capacitaciones y garantía.
3. En conjunto con la comisión de recepción, dar la recepción provisoria y conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, y respecto de aquellos elementos que no sean aptos a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, requerir su reemplazo y entrega respectiva.
4. Informar disponibilidad del equipo clínico para el ciclo de capacitaciones usuarias, y coordi-nar al personal usuario para la ejecución de los eventos.
5. Evidenciar e informar al Inspector Técnico de la Obra cualquier consideración técnica con relación a la entrega, instalación y puesta en marcha de los bienes adquiridos. Posterior a la puesta en marcha, estas consideraciones deberán ser informadas al administrador del con-trato.
6. Intermediar entre el proveedor adjudicado y el referente clínico para realizar las manten-ciones preventivas, mantenciones correctivas, visitas y evaluaciones que se requieran du-rante el periodo de garantía técnica.
7. Ejecutar o hacer valer todas las labores y normativas que tengan relación con la Unidad de Equipos Médicos en términos de mantenimiento, reparaciones e inventario para con el equipo adquirido.
20.3 INSPECTOR TÉCNICO DE OBRA (ITO)
Profesional competente, designado por el Establecimiento Licitante, que fiscaliza que las adecuacio-nes de infraestructura (preinstalaciones) y la instalación del equipo se ejecuta conforme a lo oferta-do y a los estipulado por la presente licitación. Este profesional podrá ser asesorado por la Unidad Técnica, Referente Clínico o Referente Técnico.
El ITO estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato durante la entrega, instalación y puesta en marcha de los bienes adquiridos.
Para tales efectos, el ITO tendrá las siguientes facultades.
1. Formar parte de la comisión de recepción.
2. Instruir al proveedor acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases.
3. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de solicitud de pró-rroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato.
4. Informar oportunamente al Establecimiento Licitante y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las bases.
5. Requerir a los establecimientos y/o unidades receptoras de bienes y/o servicios, que veri-fiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases.
6. Verificar el correcto cumplimiento del contrato durante el periodo previo a la obtención de la recepción conforme de los bienes adquiridos.
7. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto a la contratación y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
8. Solicitar asesoramiento de la unidad técnica, referente clínico o técnico, en caso que la temática a revisar exceda a la expertiz del ITO.
20.4 ADMINISTRADOR DE CONTRATO
Profesional competente, designado por el Establecimiento Licitante, que resguardará el correcto y oportuno cumplimiento del contrato a posteriori de la recepción conforme de los bienes adquiridos. Particularmente se encargará de hacer valer la garantía ofrecida, en caso de ser necesario.
El Administrador de Contrato, estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato durante el periodo posterior a la recepción conforme de los bienes adquiridos.
Para tales efectos, el Administrador de Contrato tendrá las siguientes facultades.
1. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de aplicación de multas y/o término anticipado de contrato.
2. Informar oportunamente al Establecimiento Licitante y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las bases.
3. Requerir a los establecimientos y/o unidades receptoras de bienes y/o servicios, que veri-fiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases.
4. Verificar el correcto cumplimiento del contrato durante la vigencia de la garantía técnica ofertada.
5. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto a la contratación y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
6. Solicitar asesoramiento de la unidad técnica, referente clínico o técnico en caso que la temática a revisar exceda a la expertiz del Administrador de Contrato.
20.5 UNIDAD TÉCNICA
Unidad integrada por profesionales pertenecientes a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Norte y/o del Establecimiento, Licitante, encargados de la asistencia al ITO en la coordinación, re-cepción, instalación y pruebas operacionales de los bienes y/o servicios adquiridos. Esta unidad tam-bién podrá asesorar al Administrador de Contrato en eventos ocurridos después de la instalación.
La Unidad Técnica estará conformada por un grupo de profesionales, de diferentes especiali-dades pero afines a los bienes y servicios contratados, que serán designados por el Estable-cimiento Licitante, los cuales tendrán como rol el proveer asesoramiento técnico al ITO o al Administrador de Contrato en las temáticas que excedan su expertiz.
La designación deberá formalizarse por resolución, emitida por el Establecimiento Licitante, y deberá considerar al menos los siguientes profesionales:
1. Arquitecto, Constructor Civil o Ingeniero en Construcción.
2. Ingeniero Eléctrico.
3. Ingeniero Electrónico o Biomédico.
4. Tecnólogo Médico especialista en el tipo de equipo.
De igual forma, y en caso que el Mandante lo considere necesario, se podrán incluir más pro-fesionales a la Unidad Técnica.
Ahora, si el Mandante no cuenta con los profesionales indicados, éste podrá solicitar apoyo de profesionales al Servicio de Salud Metropolitano Norte.
20.6 COMISIÓN DE RECEPCIÓN.
Comisión encargada de aprobar la Recepción Provisoria y la Recepción Conforme. Se compone de Referente Técnico, Referente Clínico y el ITO.
Para tales efectos, la comisión tendrá las siguientes facultades.
1. Aprobar la recepción provisoria mediante acta firmada.
2. Aprobar la recepción conforme mediante acta firmada.
3. Corroborar el correcto funcionamiento del equipo mediante pruebas operacionales ejecutadas por el Proveedor adjudicado.
4. Validar que el ciclo de capacitaciones usuarias y técnicas se hayan realizado de manera correcta y oportuna según lo solicitado en las Bases.
5. Validar que el periodo de puesta en marcha asegure que el equipo funciona de manera óptima y segura, y con la calidad necesaria para atender pacientes.
6. Validar que las adecuaciones de infraestructura cumplan con lo requerido en las presentes bases.
7. En caso que algún elemento o temática impida algún proceso de validación, la comisión deberá entregar un informe técnico con los detalles que justifican la no recepción de los trabajos, servicios o bienes.
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21. PRESUPUESTO |
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El presupuesto disponible para la presente licitación, será el informado en el Anexo Complementario.
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22. PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES. |
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El adjudicatario no podrá ceder el contrato.
Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Establecimiento Licitante pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
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23. CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD |
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El proveedor liberará de toda responsabilidad al Establecimiento Licitante, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato.
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24. CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes Establecimiento Licitante que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.
Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria.
En caso de incumplimiento, el Establecimiento Licitante podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
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25. MULTAS. |
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El Establecimiento Licitante podrá aplicar las multas que se señalan en el presente artículo por actuaciones imputables al oferente adjudicado y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en el contrato, en las respectivas bases de licitación, y en general, en la documentación que la integra o que forma parte de ella.
Causales de Multa y Valores
Conducta Valor de Multa
1 Atraso en el plazo de entrega de los bienes ofertados: Se aplicará una multa por cada día hábil de atraso en que incu-rra la empresa en relación al plazo pre-sentado en el Formulario N°6 de su Cro-nograma de Implementación. Si faltasen accesorios o componentes de cualquier tipo asociados al ítem adjudicado, se considerará no efectuada la entrega de bultos y se aplicarán multas por atraso.
Cabe destacar que la multa es acumu-lable por cada día de atraso. El valor de multa por atraso es indivi-dual por ítem, y se aplicará según por-centaje del valor total adjudicado:
- 0,1% del valor del contrato por día hábil de atraso en la entrega.
2 Atraso en el plazo de instalación del equipo: Corresponde a una multa asocia-da al atraso de instalación, según lo de-clarado en formulario N°6 por el provee-dor, contabilizando el atraso desde la fecha señalada en la notificación por parte del ITO.
Cabe destacar que la multa es acumu-lable por cada día de atraso El valor de multa por atraso es indivi-dual por ítem, y se aplicará según por-centaje del valor total adjudicado para cada caso:
- 0,3% del valor del contrato por día hábil de atraso en la instalación.
Se utilizará como referencia la fecha del acta de recepción provisoria, acto des-crito en el artículo 13 de las Bases Téc-nicas.
3 Atraso en el plazo total de entrega del equipo: Corresponde a una multa asocia-da al atraso de instalación y puesta en marcha, según lo declarado en formulario N°6 por el proveedor, contabilizando el atraso desde la fecha señalada en la noti-ficación por parte del ITO.
Cabe destacar que la multa es acumu-lable por cada día de atraso El valor de multa por atraso es indivi-dual por ítem, y se aplicará según por-centaje del valor total adjudicado para cada caso:
- 0,5% del valor del contrato por día hábil de atraso en la instalación.
Se utilizará como referencia la fecha del acta de recepción conforme, acto des-crito en el artículo 13 de Bases Técni-cas.
4 Atraso en el Mantenimiento Correcti-vo: Se aplicará multa en caso que el proveedor adjudicado no cumpla con lo declarado en el Formulario N°7 por el proveedor, con relación a los tiempos de respuesta y calidad de servicio técnico en caso de falla.
1,0 UTM por cada hora medida entre las 8:00 a 18:00 hrs. (considera sólo días hábiles) de demora con respecto al tiempo de respuesta en terreno decla-rado por el proveedor en su oferta.
3,0 UTM si la mantención no cumple técnicamente.
5 Multas por Períodos de Equipo Des-compuesto:
Se exige un UPTIME Anual (Días Equipo Operativo / Días Totales) de al menos un 95% (en días corridos), mientras dure la garantía. Si el equipo está operativo, pero con observaciones (con detalles), se considerará como equipo no operativo y se descontará el UPTIME correspondien-te.
Para este indicador quedan excluidas las fallas ocasionadas por mal uso, descuidos o desastres. En caso de disputa, el pro-veedor deberá emitir un informe técnico (con mediciones de ser necesario) como medio comprobatorio.
El valor de multa por atraso es indivi-dual por ítem, y se aplicará según por-centaje del valor total adjudicado:
0,1% del valor del contrato por cada día corrido adicional con el equipo des-compuesto, en caso de no cumplir con el UPTIME del 95% (18 días corridos en un año).
6 Daño en las Instalaciones:
Se aplicará multa en caso que el provee-dor adjudicado incumpla en el cuidado y mantención de las instalaciones, del área de trabajo y recintos colindantes, y ten-drá la responsabilidad de entregarlos lim-pios, una vez terminados los trabajos de habilitación. De producirse daños, el pro-veedor deberá asumir en un plazo no mayor a 10 días, la reposición correspon-diente de materiales, artefactos y otros que se viesen afectados.
El valor de multa por atraso es indivi-dual por ítem, y se aplicará según por-centaje del valor total adjudicado:
- 5,0 UTM por cada incumplimiento verificado, ante la negativa de responder por los daños causados en el plazo establecido.
- A lo anterior, deberá sumarse el presupuesto de reparación elaborado por el ITO de la obra.
7 Incumplimiento en el uso de los Ele-mentos de Protección por parte de los trabajadores de la empresa, contrata-dos o subcontratados:
Para cada trabajador en incumplimiento, se dejará una primera constancia en el Libro de Obras, sin embargo, si se detec-ta una reincidencia, se hará efectiva la multa.
En caso que para el mismo trabajador se evidencie una nueva reincidencia, el ITO podrá solicitar la salida del trabajador de la obra. Evento que por lo cual se cursará una nueva multa. 3,0 UTM por cada evento de reinciden-cia.
8 Incumplimiento por parte del contra-tista en el retiro de escombros:
La solicitud de retiro debe ser indicada por el ITO e informada en el Libro de obras. Se considerará como plazo máxi-mo para realizar el retiro los siguientes 2 días hábiles a partir de la fecha indicada en el libro. 1,0 UTM por cada día de atraso en la eliminación de escombros.
9 Incumplimiento de las indicaciones directas por parte del ITO:
Se verificará el cumplimiento de las indi-caciones del ITO, siempre y cuando las indicaciones se enmarquen en las pre-sentes bases y contrato. La indicación deberá estar escrita en el libro de obra, la cual tendrá la obligación de ser clara e incluir la fecha en la que se espera la so-lución.
El ITO tendrá la opción de entregar una advertencia, sin embargo, si se detecta una reincidencia, se deberá hacer efecti-va la multa hasta el día que se subsane la indicación. 1,0 UTM por cada día de atraso en la ejecución de la indicación del ITO.
Las multas serán pagadas al valor que registre la UTM al momento de su pago efectivo.
Las multas anteriormente descritas podrán ser aplicadas sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el adjudicata-rio, las que serán notificadas al proveedor adjudicado a través de los correos electrónicos registra-dos por el mismo en el Formulario N°1, Identificación del proponente.
Con todo, la suma total de las multas no deberá sobrepasar el 20% del valor del contra-to, y de producirse ello, se procederá al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
Cuando exista incumplimiento al contrato, el ITO o Administrador de Contrato, elaborará un informe indicando las razones del incumplimiento. La multa, en caso de proceder, será esta-blecida y notificada al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Formulario Nº1, teniendo este último la opción de presentar, a través del mismo medio, sus descargos ante el eventual incumplimiento, en un plazo máximo de 5 días hábiles conta-dos desde la fecha de la notificación anteriormente mencionada. Los descargos serán evalua-dos por el Director del Establecimiento Licitante, quien definirá si corresponde acogerlos o rechazarlos, en un plazo máximo de 5 días hábiles a contar de la recepción de los descar-gos o, desde el vencimiento del plazo para presentarlos, en caso de no deducirlos.
El cobro de la multa será aprobado mediante Resolución totalmente tramitada del Jefe supe-rior del Establecimiento Licitante y se realizará mediante pago en tesorería, descuento al co-rrespondiente estado de pago siguiente, cobro de la boleta de fiel cumplimiento de contrato. Dicha Resolución será publicada en el portal www.mercadopublico.cl , tanto en el proceso de licitación como en la respectiva orden de compra y en la ficha del proveedor en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl), además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que el éste registre en el Formulario Nº1.
La aplicación de multas no libera al adjudicatario de otras sanciones en el evento que concu-rran las respectivas causales, de conformidad a lo previsto en estas bases, como el cobro de documentos de garantía de fiel cumplimiento de contrato o a poner término al contrato, si a juicio del Establecimiento Licitante la situación lo amerita.
Cabe mencionar que todo acto administrativo puede ser objeto de los recursos que establece la Ley N.º 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudie-ran fijar los tribunales de justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contra-tante en los mismos casos. Igualmente, el proveedor será responsable frente a las eventua-les demandas que se interpongan en contra del Establecimiento Licitante, cuando éstas ten-gan su fundamento en fallas de origen de los equipos.
En caso que corresponda, el proveedor adjudicado podrá pagar las multas directamente en la Tesorería del Establecimiento Licitante, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. Si el pro-veedor adjudicado no ha pagado la multa dentro del plazo de 30 días corridos siguientes a la notificación, el Establecimiento Licitante podrá descontarlo del pago que deba efectuar a la empresa en el estado de pago correspondiente a la fecha de aplicación de la multa, y de no ser suficiente este monto, o en caso de no existir pagos pendientes, el Establecimiento Lici-tante se encuentra facultado para hacer efectivo el cobro de la boleta de Garantía de Fiel cumplimiento de contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad del Jefe superior del Establecimiento Licitante, de hacer efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en el caso que la multa sobrepase el 20% del valor del contrato.
En caso de hacerse efectivo el cobro del instrumento de garantía, el oferente adjudicado de-berá entregar una nueva Garantía, de igual monto y características, dentro de los 15 días si-guientes al cobro de la anterior. Bajo sanción de poner término anticipado de la contratación.
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26. MODIFICACIONES CONTRACTUALES |
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Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo.
En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases, equivalente al 30% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles, el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo.
En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos.
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26. MODIFICACIONES CONTRACTUALES |
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Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo.
En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases, equivalente al 30% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles, el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo.
En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos.
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27. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Jefe superior del Establecimiento Licitante, y sin forma de juicio, por las siguientes causales:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4) Caso fortuito o fuerza mayor.
5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
6) Por haber alcanzado el tope de multas según se indica en las presentes bases.
7) Por no acreditar, previo informe de ITO y Ordinario dirigido al domicilio de adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes:
a) Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores.
b) Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
c) Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
d) Si no actualiza la vigencia de los certificados de representación de la marca y servicio técnico autorizado en Chile, por al menos la duración de la garantía técnica ofertada. Y se niega a subcontratar el servicio técnico capaz de entregar tal soporte.
e) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
f) Si se disuelve y procede a su liquidación
g) Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión dispuesto en estas bases.
h) Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
i) Si los bienes/servicios no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse.
j) Si existen defectos de calidad en los bienes/servicios entregados o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
k) Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido al Jefe superior del Establecimiento Licitante.
Para declarar el término del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento:
El Administrador del Contrato deberá emitir un informe al Jefe superior del Establecimiento Licitante, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud de término, en virtud del cual se remitirá un Ordinario dirigido al domicilio del proveedor, indicado en el Formulario N° 1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerido el término del contrato.
Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Jefe superior del Establecimiento Licitante, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas.
De no formularse reparos a la decisión de declarar el término del contrato o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, deberá formalizarse mediante Resolución del Jefe superior del Establecimiento Licitante, la que se remitirá mediante carta certificada al domicilio informado.
La Resolución que declare el término del contrato podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada.
En caso de declararse el término anticipado del contrato, el Establecimiento Licitante podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases, incluida la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causare.
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28. SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS |
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En el evento de contar con subcontratistas para la prestación de los servicios, la que sólo podrá ser parcial, el proveedor es el responsable, a todo evento, de todas las obligaciones contraídas con el Establecimiento Licitante en virtud del contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista, debiendo acreditar no registrar saldos insolutos de cotizaciones de seguridad social ni remuneraciones y/o indemnizaciones, mediante elementos tales como certificados de la Inspección del Trabajo actualizados, planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud, finiquitos y demás que al efecto y oportunidad le sean requeridos por el referente técnico.
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29. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) Para los efectos del presente proceso, el proveedor no podrá ceder, transferir o traspasar en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que emanen del convenio, como tampoco constituir gravámenes sobre éste. Cabe mencionar que para el evento que el proveedor desee subcontratar solo podrá hacerlo respecto de aquellos aspectos no esenciales que, a su vez, no fueron utilizados como criterios de evaluación dentro del proceso de licitación, siendo responsable el contratista de cada ámbito de dicha subcontratación.
i) De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 75 del D.S. (H) N ° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N ° 19.886, el Servicio de Salud deberá cumplir con lo establecido en el contrato de Factoring suscrito por el proveedor adjudicado, siempre y cuando se notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas en tramitación o pendientes de pago.
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30. CONSTANCIA |
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Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de Mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
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31. DOMICILIO |
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En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Establecimiento Licitante serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre las partes.
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32. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Establecimiento Licitante serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre éstas.
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