Licitación ID: 1057474-26-LQ23
OBRA DE MEJORAMIENTO DE PINTURA INTERIOR SSMN
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de pintura de interiores 1 Unidad
Cod: 72102402
MEJORAMIENTO DE PINTURA INTERIOR DEL EDIFICIO MARURI DEL SSMN. (Ver bases)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
OBRA DE MEJORAMIENTO DE PINTURA INTERIOR SSMN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio de Salud Metropolitano Norte tiene la necesidad de realizar una obra de mejoramiento en la pintura interior del Edificio Maruri. Este edificio, que originalmente fue un policlínico, cuenta con protección de Monumentos Nacionales debido a su valor histórico.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.000-8
Dirección:
Maruri 272
Comuna:
Independencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-12-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-11-2023 16:22:00
Fecha inicio de preguntas: 06-11-2023 16:31:00
Fecha final de preguntas: 12-11-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-11-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-12-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-12-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 21-02-2024 16:59:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
1° Visita a terreno Maruri N°272, piso 1, Independencia. 08-11-2023 12:00:00
2° Visita a terreno Maruri N°272, piso 1, Independencia. 10-11-2023 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 8.1 Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del Proponente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, de acuerdo al formulario adjunto N° 1 de estas bases, y además deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Formulario Nº2: Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades: Declaración jurada simple, suscrita por el oferente, y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda.
Documentos Técnicos
1.- 8.2 Antecedentes Técnicos. • Formulario Nº 3 Experiencia en contratos de similares características: La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través del Formulario N°3 los contratos declarados deben corresponder a la ejecución de proyectos de construcción, remodelación, normalización, reparación, mantención, otros, en donde dentro de las partidas a ejecutar se hayan efectuado obras de pintura, prestados durante los últimos 5 años atrás a partir de la publicación de esta licitación, a instituciones públicas o privadas. La experiencia se medirá mediante un certificado emitido por la entidad con quien desarrolló el contrato, o a través de órdenes de compra o copias de contratos y de dichos servicios. Lo que deberán coincidir con lo informado en el Formulario N°3. Solo se permitirá 1 (un) documento por contrato. De incluir más de un documento proveniente del mismo proceso de contratación, solo se considerará un documento. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°3, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7° de las presentes bases de licitación. • Formulario 6: Obras en Ejecución: En el presente formulario se debe informar la nómina de la totalidad de las obras ya iniciadas o por iniciarse sea en el sector público o privado, que tenga contratadas el oferente para ser ejecutadas durante los 12 meses siguientes a la fecha de cierre de presentación de ofertas, incluidas aquellas en que intervenga en calidad de partícipe de una Unión Temporal de Proveedores independiente de la forma en que se encuentren constituidos formalmente. Deberá indicarse el nombre de las obras, mandante o entidad licitante, monto contratado, % de avance físico y % de avance financiero, plazo de ejecución, contacto para verificación, lo anterior, deberá ser acreditado con los certificados respectivos por los mandantes o entidades licitantes respectivas. La nómina y certificados aludidos, se solicitarán a cada uno de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, según corresponda. Aquellas ofertas que incorpore obras que aparezcan en el Formulario Nº3 y que no se encuentren acreditadas por su certificado respectivo, no incorpore alguna obra debiendo hacerlo o que el certificado indique condiciones distintas respecto de lo establecido en el mismo Formulario, será declarada inadmisible por no dar cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases, salvo que se trate de una o más obras de menor envergadura, esto es, que no alteren la Capacidad Económica del oferente.
 
Documentos Económicos
1.- 8.3 Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N° 4: Oferta económica (completo) • Plazo de ejecución: Se deben presentar en días corridos. La oferta económica será ingresada en el portal de mercado público considerando todos los costos, gastos inherentes a la adquisición licitada. El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO UNITARIO NETO, además debe indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. Los valores deben expresarse en moneda nacional y deben ser únicos y definitivos, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado a la obra. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. • Formulario N°5 Presupuesto detallado El Proponente presentará sus propias cubicaciones y precios, respetando las partidas incluidas en el Formulario N° 5 de las Bases de licitación. Este Presupuesto Detallado será en formato Excel, en pesos chilenos, indicando las cantidades de obras y los precios unitarios de cada una de las partidas de la obra de acuerdo a itemizado entregado por la entidad Licitante, el que no podrá ser modificado por el oferente. Cualquier cambio en el formulario, omisión de partidas o modificaciones en el formulario dejaran al Oferente Inadmisible. • Formulario N°7 Capacidad económica El proponente deberá acreditar capacidad económica de al menos un 30%. Se deberá completar la información en el Formulario N°7, debiendo adjuntar la documentación de respaldo correspondiente al balance tributario del último ejercicio contable presentado ante el Servicio de Impuestos Internos, además de la última declaración anual de Renta (F22) y/o Certificado Bancario de Capital Propio Tributario (Original).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de la Empresa Según numeral 10.4, letra c) de las Bases Administrativas 25%
2 Cumplimiento de los requisitos Según numeral 10.4, letra a) de las Bases Administrativas 5%
3 Precio Según numeral 10.4, letra b) de las Bases Administrativas 60%
4 Plazo de ejecución Según numeral 10.4, letra d) de las Bases Administrativas 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto referenial
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Manuel González
e-mail de responsable de pago: consultaprov.ssmn@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Richard Rojas
e-mail de responsable de contrato: richard.rojas@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25756508-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Norte
Fecha de vencimiento: 25-02-2024
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta, mediante algún instrumento que sirva de caución, la que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente o un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto de $200.000.- (doscientos mil pesos), con una vigencia de 90 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el Calendario de la Licitación (Anexo 1). En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero. Glosa Garantiza seriedad de la oferta licitación ID 1057474-26-LQ23 Lugar de entrega: La entrega de esta Garantía deberá realizarse, a más tardar, hasta el día y hora indicado para el cierre de recepción de ofertas (de acuerdo a Anexo 1) en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Norte, ubicada en calle Maruri Nº 272 piso 1, comuna de Independencia, en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 14.00 horas. Para el caso de las garantías electrónicas, su entrega podrá efectuarse a través del portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, junto con los antecedentes de la oferta, dentro de los plazos establecidos en el anexo señalado precedentemente. El sobre que contiene la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de seriedad de la Oferta”: “Licitación Pública ID 1057474-26-LQ23”. “Proponente”: Razón Social del oferente. Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. El Subdepartamento de Abastecimiento revisará que la garantía se ajuste a lo indicado en las Bases de Licitación y dejará un registro escaneado del documento, archivándolo en la carpeta correspondiente al proceso licitatorio, y remitirá al Subdepartamento Finanzas través de Memorándum, para custodia. - Error en la Garantía El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar a Subdepartamento de Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará a la Comisión, para la declaración de inadmisibilidad respectiva. Exigibilidad y cobro: El SSMN podrá hacerla efectiva cuando se configure cualquiera de los riesgos que caucione y aquellos dispuestos como causal de readjudicación, conforme a lo prevenido en las presentes bases. La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva unilateralmente por el Servicio en los siguientes casos: a) Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella dentro del período de validez de la misma. b) Si siéndole adjudicada la licitación: 1. El adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 2. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N° 14 de las presentes bases. 3. No suscribiere el contrato dentro del plazo previsto en el punto N° 14 de estas bases, si correspondiere. 4. No se encontrare inscrito y hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Público, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N° 14 de estas bases. 5. No entregare la garantía de fiel cumplimiento de la contratación según lo indicado en el punto N°14 de estas bases.
Glosa: Garantiza seriedad de la oferta licitación ID 1057474-26-LQ23
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta: • Oferente adjudicado: Una vez que el proveedor adjudicado entregue el Contrato Firmado y la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, será devuelta por la Unidad Tesorería del Servicio, previo requerimiento del Subdepartamento de Abastecimiento. • Oferentes No Adjudicados: La garantía de seriedad le será devuelta por la Unidad de Tesorería del Servicio una vez aprobado por Resolución el contrato referido a la Licitación, previa consulta al Subdepartamento de Abastecimiento. Ello, considerando la posibilidad de readjudicar la licitación, ante eventuales incumplimientos. • Ofertas Inadmisibles o Desestimadas: la garantía de seriedad será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de adjudicación, por parte de la Unidad de Tesorería, previa consulta al Subdepartamento de Abastecimiento. El Subdepartamento de Abastecimiento debe informar a Unidad de Tesorería, cuáles Garantías de Seriedad de la Oferta deben ser liberadas y devueltas al proveedor, o en su defecto a la entidad emisora. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Norte
Fecha de vencimiento: 06-11-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización de la contratación/a más tardar a la fecha de firma del contrato una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada por el oferente adjudicado o un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos. En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo y el incumplimiento de los pagos previsionales de sus trabajadores. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato licitación ID: 1057474-26-LQ23. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato Licitación Pública ID 1057474-26-LQ23”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar al Subdepartamento de Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico.
Glosa: Garantiza el cumplimiento de contrato licitación ID 1057474-26-LQ23.
Forma y oportunidad de restitución: Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente, si procediere.
    Otras Garantías
Beneficiario: Servicio de Salud Metropolitano Norte
Fecha de vencimiento: 07-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: El oferente deberá garantizar la correcta ejecución y buen comportamiento de la obra, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del precio del contrato y se expresará en pesos. Se entenderá por “precio del contrato” aquel monto a pagar por el Servicio que se indique en el contrato vigente, considerando el costo de los aumentos o disminuciones de obra u obras extraordinarias, en caso que las hubiere. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 365 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Norte, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza correcta ejecución de la obra licitación ID: 1057474-26-LQ23 Esta garantía deberá ser entregada por el Contratista en un plazo de 15 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, conforme y debidamente firmada por la comisión designada para tales efectos. En caso que no se haya verificado la Recepción Definitiva, y faltando 30 días corridos para su vencimiento, el Contratista deberá reemplazarla por otra extendida con las mismas formalidades que la primitiva. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en oficina Subdepartamento de Abastecimiento (Maruri N° 272, piso 5, Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de correcta ejecución y buen comportamiento de la obra deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de correcta ejecución y buen comportamiento de la obra”: “Licitación Pública ID: 1057474-26-LQ23”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada al Referente Técnico, y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar a Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico.
Glosa: Garantiza correcta ejecución de la obra licitación ID: 1057474-26-LQ23
Forma y oportunidad de restitución: Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Plazo de ejecución”.

 

Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El objeto de la presente Licitación es la contratación del servicio de “OBRA DE MEJORAMIENTO DE PINTURA INTERIOR DEL EDIFICIO MARURI DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE” según el siguiente detalle: ITEM CANT. DESCRIPCION 1 1 MEJORAMIENTO DE PINTURA INTERIOR DEL EDIFICIO MARURI DEL SSMN. La presente licitación será de adjudicación simple. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 2000 UTM e inferiores a 5000 UTM (LQ).
2. PARTICIPANTES.
Podrán participar en la licitación las personas naturales, jurídicas y asociaciones, chilenas y extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o haber sido condenado por los delitos concursales que establecen los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los anteriores dos años. En caso de que el oferente que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El oferente adjudicado deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado emitido por Chilecompra. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado deberá proceder a ello, dentro de décimo día hábil contado desde la fecha en que se publique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. En conformidad a lo prescrito por el artículo 4º de la Ley de Compras, ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Además, El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes.
3. ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO Y NORMATIVA APLICABLE
Los servicios se contratarán de acuerdo a lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella, de acuerdo a los documentos: ● Las presentes Bases Administrativas ● Las Bases Técnicas ● Plano referenciales ● Formulario oferta formato Excel ● Formularios, Anexos: ● Formulario 1: Identificación del Proponente. ● Formulario 2: Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades ● Formulario 3: Experiencia en contratos de similares características. ● Formulario 4: Oferta Económica y plazo de ejecución. ● Formulario 5: Presupuesto detallado, cotizando todas las partidas. ● Formulario 6: Obras en Ejecución. ● Formulario 7: Capacidad económica. Acreditar capacidad económica de al menos un 30%. ● Anexo 1 : Calendario de la Licitación. ● Anexo 2 : Definiciones. ● Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Norte a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas. ● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. ● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano norte, con anterioridad a la apertura de la propuesta. ● Oferta del o de los Oferentes con sus respectivos antecedentes. ● Acta de evaluación de ofertas. ● Resolución de Adjudicación. ● Orden de Compra. ● El contrato, de ser procedente. ● En general, todo documento relacionado con la licitación. La regulación de la presente licitación estará constituida por la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: 1. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. 4. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado. 5. La Ley Nº 19.653, sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado. 6. La Ley Nº 20.238, que asegura la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración pública. 7. Ley General de Urbanismo y Construcciones DFL Nº 458 de 1975, Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Decreto Nº 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y demás Ordenanzas Municipales y Sanitarias. 8. Código Civil y Código de Comercio. 9. DFL. Nº 1 de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Código del Trabajo. 10. Ley Nº 20.123 que Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. 11. Ley Nº 16.744 que Establece Normas sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. 12. Normas de Seguridad y sus Reglamentos. 13. Normas Tributarias. 14. Asimismo, regirán las normas relativas a Seguridad y sus Reglamentos, las recomendaciones de los fabricantes, las normas técnicas de Autoridad Sanitaria y el Decreto Supremo N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
4. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan hasta dos (2) días hábiles antes del cierre de presentación de las ofertas.
5. ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del/los adjudicatarios y deberán estar disponibles en sitio web www.chileproveedores.cl. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel. Lo anterior, sin embargo, no resultará aplicable a las garantías señaladas en las presentes Bases Administrativas y, según corresponda.
6. CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación (Anexo N°1). Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
7. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y APERTURA DE LAS MISMAS
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al calendario señalado en Calendario de las presentes bases administrativas (Anexo N°1), y sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 1. Formulario N°2: Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades. Este requisito solo será exigible para oferentes UTP, y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. 2. Formulario N°4: Oferta Económica y plazo de ejecución. 3. Formulario N°5: Presupuesto detallado, cotizando todas las partidas. 4. Entrega de garantía de seriedad de la oferta según lo dispuesto en las bases. 5. Visita a terreno de carácter obligatorio. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior no obsta a que por cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, se desestime aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas bases. Asimismo, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o, si habiéndose presentado, estas no resultaren convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos, la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
8. CONTENIDO DE LA OFERTA
El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el calendario de la presente licitación. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. 8.1 Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del Proponente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, de acuerdo al formulario adjunto N° 1 de estas bases, y además deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Formulario Nº2: Declaración jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades: Declaración jurada simple, suscrita por el oferente, y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda. 8.2 Antecedentes Técnicos. • Formulario Nº 3 Experiencia en contratos de similares características: La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través del Formulario N°3 los contratos declarados deben corresponder a la ejecución de proyectos de construcción, remodelación, normalización, reparación, mantención, otros, en donde dentro de las partidas a ejecutar se hayan efectuado obras de pintura, prestados durante los últimos 5 años atrás a partir de la publicación de esta licitación, a instituciones públicas o privadas. La experiencia se medirá mediante un certificado emitido por la entidad con quien desarrolló el contrato, o a través de órdenes de compra o copias de contratos y de dichos servicios. Lo que deberán coincidir con lo informado en el Formulario N°3. Solo se permitirá 1 (un) documento por contrato. De incluir más de un documento proveniente del mismo proceso de contratación, solo se considerará un documento. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°3, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7° de las presentes bases de licitación. • Formulario 6: Obras en Ejecución: En el presente formulario se debe informar la nómina de la totalidad de las obras ya iniciadas o por iniciarse sea en el sector público o privado, que tenga contratadas el oferente para ser ejecutadas durante los 12 meses siguientes a la fecha de cierre de presentación de ofertas, incluidas aquellas en que intervenga en calidad de partícipe de una Unión Temporal de Proveedores independiente de la forma en que se encuentren constituidos formalmente. Deberá indicarse el nombre de las obras, mandante o entidad licitante, monto contratado, % de avance físico y % de avance financiero, plazo de ejecución, contacto para verificación, lo anterior, deberá ser acreditado con los certificados respectivos por los mandantes o entidades licitantes respectivas. La nómina y certificados aludidos, se solicitarán a cada uno de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, según corresponda. Aquellas ofertas que incorpore obras que aparezcan en el Formulario Nº3 y que no se encuentren acreditadas por su certificado respectivo, no incorpore alguna obra debiendo hacerlo o que el certificado indique condiciones distintas respecto de lo establecido en el mismo Formulario, será declarada inadmisible por no dar cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases, salvo que se trate de una o más obras de menor envergadura, esto es, que no alteren la Capacidad Económica del oferente. 8.3 Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N° 4: Oferta económica (completo) • Plazo de ejecución: Se deben presentar en días corridos. La oferta económica será ingresada en el portal de mercado público considerando todos los costos, gastos inherentes a la adquisición licitada. El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO UNITARIO NETO, además debe indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. Los valores deben expresarse en moneda nacional y deben ser únicos y definitivos, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado a la obra. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. • Formulario N°5 Presupuesto detallado El Proponente presentará sus propias cubicaciones y precios, respetando las partidas incluidas en el Formulario N° 5 de las Bases de licitación. Este Presupuesto Detallado será en formato Excel, en pesos chilenos, indicando las cantidades de obras y los precios unitarios de cada una de las partidas de la obra de acuerdo a itemizado entregado por la entidad Licitante, el que no podrá ser modificado por el oferente. Cualquier cambio en el formulario, omisión de partidas o modificaciones en el formulario dejaran al Oferente Inadmisible. • Formulario N°7 Capacidad económica El proponente deberá acreditar capacidad económica de al menos un 30%. Se deberá completar la información en el Formulario N°7, debiendo adjuntar la documentación de respaldo correspondiente al balance tributario del último ejercicio contable presentado ante el Servicio de Impuestos Internos, además de la última declaración anual de Renta (F22) y/o Certificado Bancario de Capital Propio Tributario (Original). 8.4 Visita a terreno Se convocará a dos (2) fechas de visita a terreno en el respectivo Servicio, a la cual deberá asistir al menos un representante de los oferentes interesados en participar, con la finalidad de ver las condiciones en que se encuentran los recintos donde se efectuaran los trabajos de pintura. Será obligatorio y requisito de admisibilidad que los oferentes participen en al menos 1 de las 2 convocatorias, situación que será validada por un acta de visita que se subirá en anexo a la presente licitación. El objetivo de la visita es evaluar las condiciones de la infraestructura e instalaciones, e identificar y evaluar el estado de los requerimientos de prestaciones de los servicios, teniendo en consideración las normativas, guías, o directrices aplicables. Los oferentes asistentes a la visita a terreno deberán procurar usar los elementos de protección personal establecidos por la normativa vigente. Coordinador de visita: Richard Rojas Lugar de encuentro: Hall Central Maruri 272, piso 1°, comuna de Independencia. Fecha: en los días 2 y 4 corridos contados desde la publicación de la Licitación en el Sistema de Información y todas se realizarán a las 12:00 horas.
9. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la comisión evaluadora, podrá solicitar a los oferentes, a través de la funcionalidad disponible en el portal web www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible, conforme a lo prevenido en el punto 7° de estas Bases. A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas bases para recibir ofertas. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6° del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información. De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, la presentación en la forma y dentro del plazo de los antecedentes solicitados en virtud de este punto, será considerada al momento de la evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, indicado en el punto 10.4, letra a) de estas bases. En el evento que los antecedentes requeridos por el servicio conforme a este punto, no fuesen presentados en tiempo y forma por el oferente, aquel será evaluado con 0 puntos en el ítem respectivo, según se establece en el punto 10.4, letra a) de las presentes bases.
10. DE LA APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Apertura de las Ofertas: Conforme a lo prevenido en el artículo 33 del Decreto Supremo N° 250, el acto de la apertura se efectuará en un solo acto a través del Sistema de Información, en el día y hora establecido en el calendario de la Licitación (Anexo N°1). Sólo serán consideradas como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, para formular observaciones a la apertura, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Subdepartamento de Abastecimiento dentro de plazo previsto en el Anexo 1. Cualquier observación que no fuere presentada a través del sistema de información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. Comisión de Evaluación de las Ofertas Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación a cada uno de los ítems de la presente licitación: En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios: TITULARES NOMBRE RUT CALIDAD JURÍDICA CARGO 1 Richard Rojas Bravo 15.525.749-0 Contrata Profesional Subdepartamento de Recursos Físicos 2 Pablo Diaz Morales 17.426.875-4 Contrata Profesional Subdepartamento de Recursos Físicos 3 Evelyn Gallardo Zúñiga 15.822.709-6 Contrata Profesional Subdepartamento de Recursos Físicos SUBROGANTES NOMBRE RUT CALIDAD JURÍDICA CARGO 1 Ignacio Andres Gallegos Toledo 16.387.663-9 Contrata Profesional Subdepartamento de Recursos Físicos 2 Juan Américo Aguilar Bobadilla 15.270.289-2 Honorarios Profesional Subdepartamento de Recursos Físicos 3 Vaithiare Espinoza Navarrete 19.170.2893-8 Honorarios Profesional Subdepartamento de Recursos Físicos La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N°19.886, esto es: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; b)Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; c)La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio; d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación; e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. De considerarse necesario, la comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Durante el estudio y evaluación de las propuestas, NO se aceptarán entrevistas personales, ni documentos adicionales a los ya entregados o correcciones de los mismos, según lo señalado en el párrafo anterior. La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta entregada por los oferentes en los documentos anexos u otra que la Comisión requiera, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 Nº7 de la ley 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director del Servicio con la propuesta de adjudicación. 10.3. Omisión de antecedentes: Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento del Servicio, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible, conforme a lo prevenido en el punto 7° de estas Bases. Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y estar afecto alguno(s) de sus integrantes a las inhabilidades previstas en el artículo 4 de la ley N° 19.886, dentro del mismo plazo antes indicado, está deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250 si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida. El requerimiento, por parte del Servicio se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con funcionarios del Servicio. 10.4 Evaluación de las ofertas y pauta de Evaluación: La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará aquellas ofertas que se consideran admisibles, conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de estas últimas, deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas y formulará un ranking en que propondrá al Director la adjudicación de la propuesta, de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: N° CRITERIO PONDERACIÓN EN % 1) CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 5% 2) OFERTA ECONOMICA 60% 3) EXPERIENCIA EN CONTRATOS DE SIMILARES CARACTERISTICAS 25% 4) PLAZO DE EJECUCIÓN 10% TOTAL 100% Criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales” (el puntaje se deberá ponderar al 5 %) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 Puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizar la evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) Criterio de evaluación “Oferta Económica” (el puntaje se deberá ponderar al 60%) El puntaje se determinará según la siguiente Fórmula, obteniendo la oferta económica menor, la mayor ponderación, a saber: Se evaluará con puntaje de 1 a 100 puntos conforme a la siguiente expresión. Puntaje =((Min Precio entre Oferentes)/(Precio Oferente i))*100 Donde “Min Precio entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio entre oferentes y el “Precio Oferente i” corresponde al precio del oferente a evaluar. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas de forma proporcional obtendrán puntajes tras la aplicación de la fórmula antes indicada. La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % =((Puntaje x 60)/100) El medio de verificación será el Formulario N°4 y N°5. EVALUACION DE LA CAPACIDAD ECONÓMICA Las empresas que presenten ofertas, deberán cumplir y acreditar un 30% del valor de su oferta como capacidad económica, en caso de no dar cumplimiento a lo exigido serán declaradas inadmisibles por la comisión evaluadora lo que quedará consignado en el acta de evaluación. Se entenderá por capacidad económica el patrimonio disminuido un 15% del valor total de Obras en ejecución. La fórmula para determinar la capacidad económica será: CE = CPT – %SOE Siendo: CE : Capacidad Económica. CPT : Capital Propio Comprobado Tributario; corresponde al valor resultante del último Balance y/o de la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta correspondiente al último período tributario. SOE : Valor equivalente al 15% del saldo del valor de las Obras por ejecutar. La capacidad mínima para aceptar la oferta, debe ser equivalente al 30% del monto del presupuesto informado en el portal Mercado Público, de no ser así, la oferta no califica y será declarada inadmisible. Se deberá completar la información en el Formulario N°7, debiendo adjuntar la documentación de respaldo correspondiente al balance tributario del último ejercicio contable presentado ante el Servicio de Impuestos Internos, además de la última declaración anual de Renta (F22) y/o Certificado Bancario de Capital Propio Tributario (Original). La moneda especificada en los certificados debe ser el peso chileno o señalar su equivalencia y fecha de convertibilidad. En caso de tratarse de una UTP, la nota final obtenida para esta evaluación será prorrateada de acuerdo al porcentaje de participación de cada integrante, declarado en su acuerdo de participación conjunta. Se entenderá por acuerdo de participación conjunta, aquellas UTP en las que cada uno de sus integrantes declare una participación distinta a 0%. En caso de detectarse la omisión o inconsistencias relativas a la información indicada y las relativas a cualquier obra que el proponente este ejecutando o tenga adjudicada, informada a través del formulario de obras en ejecución, la oferta será declarada inadmisible sin perjuicio de las demás facultades otorgadas a la comisión de evaluación. Experiencia de la empresa (25%) La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través del Formulario N°3, los contratos declarados deben corresponder a la elaboración y/o ejecución de proyectos de construcción, remodelación o mantención de infraestructura, u otro, en donde dentro de las partidas a ejecutar se hayan efectuado obras de pintura, prestados durante los últimos 5 años atrás a partir de la publicación de esta licitación, a instituciones públicas o privadas. La experiencia se medirá mediante un certificado emitido por la entidad con quien desarrolló el contrato, o a través de órdenes de compra o copias de contratos de dichos servicios. Lo que deberán coincidir con lo informado en el Formulario N°3. Solo se permitirá 1 (un) documento por contrato. De incluir más de un documento proveniente del mismo proceso de contratación, solo se considerará un documento. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°3, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7° de las presentes bases de licitación. CANTIDAD DE CONTRATOS SIMILARES PUNTOS La empresa acredita haber ejecutado cinco (5) o más contratos de similares características a empresa o instituciones públicas o privadas. 100 La empresa acredita haber ejecutado entre dos (2) y menos de (5) contratos de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 60 La empresa no acredita o acredita haber ejecutado un (1) contrato de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 0 La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % ítem=((Puntaje ítem x 25)/100) Criterio de evaluación “Plazo de ejecución” (el puntaje se deberá ponderar al 10 %) La comisión evaluadora analizará el plazo de ejecución que presenten las ofertas en días corridos, otorgándole puntaje al oferente de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje d) = (Plazo de ejecución menor / Plazo de ejecución evaluado) * 10 * Se considerará como plazo de ejecución el plazo transcurrido desde que se firma el Acta de entrega de terreno hasta el Acta de Recepción Provisoria de la Obra sin observaciones. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, la empresa adjudica no pudiera cumplir con los plazos precedentemente estipulados por causas de fuerza mayor calificadas por el SSMN, podrá solicitar por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, una prórroga, la que podrá ser aceptada, rechazada o rebajadas por el Servicio. El medio de verificación será el Formulario N°4. TOTAL PUNTAJE DE EVALUACIÓN: a) + b) +c) + d) El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguale o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Plazo de ejecución”. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
11. GARANTÍAS
Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberán ser extendidas en forma nominativa a nombre del Servicio, ser pagaderas a la vista e irrevocables. 11.1 Garantía de Seriedad de Oferta: El oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta, mediante algún instrumento que sirva de caución, la que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente o un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto de $200.000.- (doscientos mil pesos), con una vigencia de 90 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el Calendario de la Licitación (Anexo 1). En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero. Glosa Garantiza seriedad de la oferta licitación ID 1057474-26-LQ23 Lugar de entrega: La entrega de esta Garantía deberá realizarse, a más tardar, hasta el día y hora indicado para el cierre de recepción de ofertas (de acuerdo a Anexo 1) en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Norte, ubicada en calle Maruri Nº 272 piso 1, comuna de Independencia, en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 14.00 horas. Para el caso de las garantías electrónicas, su entrega podrá efectuarse a través del portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, junto con los antecedentes de la oferta, dentro de los plazos establecidos en el anexo señalado precedentemente. El sobre que contiene la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de seriedad de la Oferta”: “Licitación Pública ID 1057474-26-LQ23”. “Proponente”: Razón Social del oferente. Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. El Subdepartamento de Abastecimiento revisará que la garantía se ajuste a lo indicado en las Bases de Licitación y dejará un registro escaneado del documento, archivándolo en la carpeta correspondiente al proceso licitatorio, y remitirá al Subdepartamento Finanzas través de Memorándum, para custodia. - Error en la Garantía El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar a Subdepartamento de Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará a la Comisión, para la declaración de inadmisibilidad respectiva. Exigibilidad y cobro: El SSMN podrá hacerla efectiva cuando se configure cualquiera de los riesgos que caucione y aquellos dispuestos como causal de readjudicación, conforme a lo prevenido en las presentes bases. La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva unilateralmente por el Servicio en los siguientes casos: a) Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella dentro del período de validez de la misma. b) Si siéndole adjudicada la licitación: 1. El adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 2. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N° 14 de las presentes bases. 3. No suscribiere el contrato dentro del plazo previsto en el punto N° 14 de estas bases, si correspondiere. 4. No se encontrare inscrito y hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Público, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N° 14 de estas bases. 5. No entregare la garantía de fiel cumplimiento de la contratación según lo indicado en el punto N°14 de estas bases. Devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta: • Oferente adjudicado: Una vez que el proveedor adjudicado entregue el Contrato Firmado y la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, será devuelta por la Unidad Tesorería del Servicio, previo requerimiento del Subdepartamento de Abastecimiento. • Oferentes No Adjudicados: La garantía de seriedad le será devuelta por la Unidad de Tesorería del Servicio una vez aprobado por Resolución el contrato referido a la Licitación, previa consulta al Subdepartamento de Abastecimiento. Ello, considerando la posibilidad de readjudicar la licitación, ante eventuales incumplimientos. • Ofertas Inadmisibles o Desestimadas: la garantía de seriedad será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de adjudicación, por parte de la Unidad de Tesorería, previa consulta al Subdepartamento de Abastecimiento. El Subdepartamento de Abastecimiento debe informar a Unidad de Tesorería, cuáles Garantías de Seriedad de la Oferta deben ser liberadas y devueltas al proveedor, o en su defecto a la entidad emisora. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. 11.2 Garantía de Fiel cumplimiento del contrato Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización de la contratación/a más tardar a la fecha de firma del contrato una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada por el oferente adjudicado o un tercero, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos. En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo y el incumplimiento de los pagos previsionales de sus trabajadores. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato licitación ID: 1057474-26-LQ23. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato Licitación Pública ID 1057474-26-LQ23”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar al Subdepartamento de Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico. Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente, si procediere. 11.3 Garantía de Correcta Ejecución de la Obra El oferente deberá garantizar la correcta ejecución y buen comportamiento de la obra, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del precio del contrato y se expresará en pesos. Se entenderá por “precio del contrato” aquel monto a pagar por el Servicio que se indique en el contrato vigente, considerando el costo de los aumentos o disminuciones de obra u obras extraordinarias, en caso que las hubiere. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 365 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Norte, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza correcta ejecución de la obra licitación ID: 1057474-26-LQ23 Esta garantía deberá ser entregada por el Contratista en un plazo de 15 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, conforme y debidamente firmada por la comisión designada para tales efectos. En caso que no se haya verificado la Recepción Definitiva, y faltando 30 días corridos para su vencimiento, el Contratista deberá reemplazarla por otra extendida con las mismas formalidades que la primitiva. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en oficina Subdepartamento de Abastecimiento (Maruri N° 272, piso 5, Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de correcta ejecución y buen comportamiento de la obra deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de correcta ejecución y buen comportamiento de la obra”: “Licitación Pública ID: 1057474-26-LQ23”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada al Referente Técnico, y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar a Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico. Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. 11.4 Aumento de garantía Cuando el precio de la oferta sea inferior a 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio y se verifique que los costos de dicha son inconsistentes económicamente, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
12. DE LA ADJUDICACIÓN
La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, por Ítems, mediante resolución fundada del Director del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en Anexo 1. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables Servicio dentro del plazo señalado en el Anexo 1 de las presentes bases administrativas, el Servicio informará en el Sistema de Información, a través de acto totalmente tramitado, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas, la falta de antecedentes y/o razones de fuerza mayor como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Anexo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. Si vencido el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, no hubiera adjudicación, el Servicio podrá requerir a los oferentes que renueven su garantía de seriedad de la oferta bajo las mismas condiciones, por un nuevo período que comprenda la ampliación de plazo de la adjudicación, pudiendo en este caso un oferente aceptar o rechazar dicha solicitud. En este caso, el oferente tendrá derecho a la devolución de la garantía en plazo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la comunicación por escrito por parte del o los oferentes de su decisión de desistirse de su oferta. Asimismo, en el caso que el oferente no renueve su garantía dentro del plazo otorgado, se entenderá que ha desistido de su oferta. Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá registrarse en un plazo de 10 días hábiles desde que el SSMN notifique la adjudicación de su oferta, De este modo para proceder con la formalización del contrato o emisión de la orden de compra. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes de la formalización referida. Adjudicada la propuesta y firmado el contrato, por el oferente adjudicado, se procederá a hacer devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta según lo dispuesto en estas bases, en caso que corresponda. 12.1 Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación. Los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, única y exclusivamente a través de comunicación dirigida a correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl 12.2 Facultad de Readjudicar. El SSMN podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: 1. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 2. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N°13 de las presentes bases. 3. No suscribiere el contrato dentro del plazo previsto en el punto N°13 de estas bases. 4. No se encontrare inscrito y hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Público, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N°13 de estas bases. 5. No entregare la garantía de fiel cumplimiento de la contratación según lo indicado en el punto N°13 de estas bases.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución totalmente tramitada que adjudica el proceso de licitación. Para la suscripción del contrato el Servicio emitirá la resolución totalmente tramitada de adjudicación, la que será notificada a través del portal de mercado público y se dará por informada al proveedor luego de 24 horas transcurridas desde su publicación en el sistema de información. Si transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde que la adjudicación se entiende notificada, el proveedor adjudicado no suscribe el contrato, ni ha hecho entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y la demás documentación solicitada, se entenderá por desistido de su oferta, facultando al SSMN para hacer efectivo el cobro del documento que garantiza la seriedad de la oferta, en caso que corresponda y para adjudicar la propuesta al oferente que haya ocupado el segundo lugar de la selección, según el informe de Adjudicación emitido por la comisión de evaluación. Formarán parte integrante del contrato los siguientes documentos que no se adjuntan y que se consideran conocidos por los proponentes: Leyes de la República, Normas Técnicas, Leyes Laborales y de Previsión Social. También forman parte del contrato y se adjuntan a él los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica; en caso de existir discrepancia entre ellos: - Bases Administrativas. - Bases Técnicas. - Serie de Preguntas y Respuestas. - Aclaraciones de las Ofertas. - Propuesta del Oferente. Todos los documentos mencionados precedentemente y aquellos que se incorporen dentro del proceso de licitación y adjudicación, formarán parte integrante del contrato derivado de la adjudicación de la propuesta. 13.1 Documentación a presentar: a) Documentos para Persona Natural: I. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados. b) Documentos para Persona Jurídica (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): I. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del Representante Legal. II. Copia simple de escritura pública en el que conste el poder de su(s) representante(s). III. Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. IV. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. V. Copia simple de la cedula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados. VI. Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar: 1. Certificado de Estatuto Actualizado y, 2. Certificado de vigencia, ambos emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. VII. Certificado de antecedentes laborales y previsionales, con una antigüedad no mayor a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de presentación de la oferta. VIII. En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Cabe destacar que, los documentos señalados en los numerales ii. y iii. los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada. c) En caso de Fundaciones o Corporaciones: I. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del representante legal. II. Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. III. Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica, si correspondiere. IV. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. d) Documentos para Persona Jurídica Extranjera: I. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. II. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. III. Deberá designar domicilio en Chile. IV. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. e) Documentos para U.T.P. I. En las contrataciones superiores a 1.000 UTM, deberá presentar escritura pública en que conste la unión temporal, sin que sea necesario constituir una sociedad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento. Si el monto de la contratación es inferior, basta con un instrumento privado. f) Carta Gantt: I. El Adjudicatario deberá entregar la programación Gantt en formato software Microsoft Project, detallando la secuencia de las operaciones, fecha de principio y término de cada partida de construcción, en concordancia con el plazo de ejecución y con el presupuesto detallado del Formulario N° 4 y N°5. Esta programación será exigida al Proponente Adjudicatario, en forma previa a la suscripción del contrato, y como requisito condicionante del mismo. g) Precios Unitarios: I. El adjudicatario deberá obligatoriamente detallar el análisis de precios unitarios, tanto de gastos generales, como también el resto de las partidas, los que deberán contener detalladamente los materiales de cada ítem e incluir mano de obra, Leyes sociales e imprevistos, etc. Este análisis será exigido al Proponente Adjudicatario, en forma previa a la suscripción del contrato, y como requisito condicionante del mismo. h) Fotocopias de Certificado de Título y currículum del profesional competente, encargado de la Obra, de acuerdo a la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Se exigirá que el responsable de la obra (Administrador de Obras) tenga como mínimo 3 años de experiencia, de profesión Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil, Arquitecto o Técnico en Construcción. Respecto al Análisis de los Precios Unitarios y Carta Gantt. Los Proponentes deberán obligatoriamente detallar el análisis de precios unitarios, tanto de gastos generales, como también el resto de las partidas. El análisis de precios unitarios deberá contener detalladamente los materiales de cada ítem e incluir mano de obra, Leyes sociales e imprevistos, etc. El análisis de precios unitarios de cada una de las partidas contenidas en el presupuesto detallado, será exigido al Proponente Adjudicatario, en forma previa a la suscripción del contrato, y como requisito condicionante del mismo. Al igual que el análisis de precios unitarios, el Proponente Adjudicatario deberá entregar la carta GANTT, en forma previa a la firma del contrato. Deberá ser realizada en software “Microsoft Project”, permitir la evaluación diaria de los avances programados y reales, tanto en el aspecto físico como financiero del contrato, además deberá tener definida claramente la ruta crítica de las obras. Cabe señalar que la obra se ejecutará en un edificio en uso, por lo cual la programación de los trabajos deberá ser coordinada con el ITO de la obra, con la finalidad de no interrumpir el normal desarrollo de las funciones al interior del edificio Maruri como de los accesos por las cajas de escala. La carta Gantt será considerada como Programa Oficial de Trabajo, no pudiendo exceder del plazo ofrecido en la oferta original. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable al Servicio. De esta forma, si el adjudicado no concurriese a la suscripción dentro de plazo, el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numeral 11.1 de las presentes Bases Administrativas, readjudicación. Además, cada uno de los proveedores deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago. El contrato, tendrá, a lo menos, las siguientes estipulaciones: 1. Individualización del proveedor; 2. Individualización de los servicios materia del contrato. 3. Precio; 4. Plazo de duración; 5. Garantías; 6. Causales de término anticipado; 7. Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios; 8. Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución; 9. Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor; 10. Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 11. Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen; 12. Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio; 13. Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos. 14. Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario. 15. Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases. 16. Declaración que el Servicio se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. 17. Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos.
14. VIGENCIA
El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, esto es trascurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo aprobatorio en el portal www.mercadopublico.cl y subsume al plazo para la ejecución de la obra encomendada, el cual corresponde al ofertado por el Proveedor hasta la recepción provisoria de la obra sin observaciones, correspondiendo a días corridos, sin descuento de días feriados, lluvia u otro evento, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditada. El plazo de ejecución se contará desde el día siguiente a la fecha de entrega de terreno realizada por parte del Servicio. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, a la solicitud del SSMN, la obra podrá comenzar su ejecución a contar de la fecha de suscripción del contrato, debiendo dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio en la respectiva Acta de entrega de terreno, suscrita entre el Servicio de Salud Metropolitano Norte y el adjudicatario. En este caso, los plazos para la ejecución de la obra se contabilizarán desde dicha fecha, pero no procederá pago alguno mientras no se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que lo aprueba. Lo anterior es, sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el SSMN con el oferente adjudicado, desde la fecha de la adjudicación. No obstante, lo anterior, los pagos estarán condicionados a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato.
15. PRECIO
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable.
16. FORMA DE PAGO
El Contratista está obligado a presentar en duplicado (original y copia), los Estados de Pago mensuales proporcionales al avance físico de los trabajos, acompañado de un detalle desglosado de cada partida, debidamente visado por el Inspector Técnico de la Obra. Los estados de pago deberán presentarse dentro de los 20 (veinte) días corridos siguientes al mes incluido en el respectivo Estado de Pago, comprenderán periodos mensuales, y deberán pagarse de acuerdo con el desarrollo de las obras. En caso de rechazo, el plazo para la presentación del estado de pago reformulado, comenzará a regir desde la fecha de rechazo del estado de pago anterior. La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos en triplicado: a) Factura a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte. b) Cada Estado de Pago se resumirá en una carátula general “Carátula de Pago” modelo que será entregado por el ITO, que establecerá los montos líquidos a pagar e identificará los descuentos que proceda realizar por conceptos de multas, devolución de anticipos y retenciones. c) Estado de Pago, el cual debe contemplar el avance real de los trabajos ejecutados, avance acumulado a la fecha, valorización de acuerdo al presupuesto ofertado y el porcentaje de avance físico de cada partida. Dicha presentación deberá efectuarse impresa y en medio magnético. d) Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite el Cumplimiento de las Obligaciones laborales y Previsionales del Contratista como de los subcontratistas y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales del contratista como de los subcontratistas. e) Certificados de las respectivas instituciones previsionales (1 por cada trabajador) que acrediten que se encuentra al día en el pago de las prestaciones previsionales y remuneraciones de todo el personal que labore en la obra, tanto de los propios trabajadores como los trabajadores de sus Subcontratistas. f) Comprobante de pago de seguro de accidente del trabajo. g) Comprobantes de pago de consumos básicos, agua, gas, electricidad, luz, cuando corresponda, lo que determinara el ITO, si la obra lo requiere. h) Otros documentos solicitados por el Servicio o el ITO o mencionados por el contrato y que sean necesarios para respaldar el estado de pago. El incumplimiento en la entrega de la documentación solicitada para cada estado de pago, no dará lugar al pago de este, hasta completar los antecedentes requeridos. El contratista solo podrá cursar el último estado de pago, una vez que cuente con el acta de Recepción Provisoria sin observaciones de ningún tipo, debidamente tramitada por la Comisión Receptora y los antecedentes que a continuación se detallan: a) Certificado de la Inspección del Trabajo, que acrediten que no tiene reclamos pendientes por parte del personal que labora en la obra y adeuda suma alguna por este concepto. b) El contratista hará entrega de todos los documentos y certificaciones referidos a provisión de materiales, c) Declaración Jurada de no deuda con los subcontratistas. La factura y/o boleta de honorarios se emitirá conforme lo siguiente: • Nombre: Servicio de Salud Metropolitano Norte • Rut: 61.608.000-8 • Dirección: Maruri N°272 • Comuna: Independencia • Ciudad: Santiago La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl. Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com Debe emitir DTE, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado. La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago con el cual cuente la institución al momento de materializarlo (TGR o transferencia directa del Servicio). En caso de que el pago sea vía TGR, Las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”.
17. DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LA OBRA DE PINTURA
El adjudicatario deberá ejecutar la obra de pintura, de acuerdo a las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y contrato u orden de compra. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo de puesta en marcha, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Inspector Técnico de la Obra respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada mediante Ordinario dirigido al domicilio informado por el proveedor adjudicado, quien contará con quinto día hábil para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N° 19.880. Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Inspector Técnico de la Obra requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico.
18. INSPECTOR TÉCNICO DE OBRAS
Actuará como Inspector Técnico de Obras Don Richard Rojas Bravo del Subdepartamento de Recursos Físicos o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato.
19. PRESUPUESTO
Para la presente contratación, el Servicio de Salud Metropolitano Norte cuenta con un presupuesto referencial de $129.529.753.- (Ciento veintinueve millones quinientos veintinueve mil setecientos cincuenta y tres pesos) impuestos incluidos.
20. PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES.
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones del contrato. En caso de incumplimiento el Servicio podrá poner término anticipado al contrato. Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
21. CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD
El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato.
22. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad de todos los antecedentes e información del Servicio de Salud Metropolitano Norte que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en caso que corresponda, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
23. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO
Serán obligaciones del Oferente Adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, las siguientes: 1. Ejecutar la obra adjudicada dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Inspector Técnico. 2. Observar las indicaciones del Inspector Técnico de la obra en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los servicios y/o materiales según corresponda. 3. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 4. Observar la prohibición de cesión de contrato. 5. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, conforme a lo prevenido en las bases. 6. Observar que la ejecución de la obra cumpla con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 7. Acreditar haber pagado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de previred, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. 8. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad tanto respecto de sus trabajadores directos como subcontratados. 9. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de aumento de contrato prevista en las presentes bases. 10. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la ley N°19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. 11. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal.
24. MULTAS
El Servicio de Salud Metropolitano Norte, mediante el acto administrativo respectivo, y previo procedimiento descrito en este punto, podrá aplicar las multas que a continuación se indican. N° INCUMPLIMIENTO VALOR DE LA MULTA 1 1. Incumplimiento a las obligaciones del oferente. Se entenderá como incumplimientos del contrato por parte del proveedor que no afecten de forma directa la disponibilidad de la obra de pintura, contemplando los siguientes casos: a) En caso de incumplimiento de una orden impartida por el Inspector Técnico de la Obra en relación al cumplimiento de las obligaciones descritas en las Bases, la cual debe consignarse en el Libro de Obras, se aplicará una multa diaria equivalente al 0,2% del valor del Contrato Vigente que se contará desde la fecha o plazo que consigne el ITO para el cumplimiento de su orden. b) En caso de atraso en la ejecución de la obra, se aplicará una multa de 0,2% del valor del Contrato Vigente, por día de atraso en la entrega de la obra. 0,2% del valor total de contrato por día de retraso en el cumplimiento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. c) En caso de atraso en la presentación de una nota de cambio, se aplicará una multa de 0,1% del valor del Contrato Vigente, por día de atraso conforme lo dispuesto en las Bases. 0,1% del valor total de contrato por día de atraso, según lo estipulado en el correspondiente contrato. En caso que los montos de las multas acumuladas cursadas al Contratista superen el 20% del monto del contrato o bien, si se presenta un atraso en la ejecución de la obra que supere los 25 días corridos, el Servicio se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, por indicaciones de la Unidad Técnica, haciendo efectivas las garantías que estuvieran constituidas y sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes. Con todo, las multas no podrán superar el 20% del valor total del contrato. Procedimiento de aplicación de multas: El Inspector Técnico de la Obra deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud y se indique el monto de la sanción, en virtud del cual se notificada al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Formulario Nº1, teniendo este último la opción de presentar, a través del mismo medio, sus descargos ante el eventual incumplimiento, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de la notificación anteriormente mencionada. Los descargos serán evaluados por el SSMN, quien definirá si corresponde acogerlos o rechazarlos, en un plazo máximo de 5 días hábiles a contar de la recepción de los descargos. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas, o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, la sanción por el valor total o parcial informado por el Inspector Técnico de la Obra, o la determinación de no aplicarla, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl , tanto en el proceso de licitación como en la respectiva orden de compra y en la ficha del proveedor en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl), además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que el éste registre en el Formulario Nº1. Cabe mencionar que todo acto administrativo puede ser objeto de los recursos que establece la Ley N.º 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, por lo que la Resolución que aplique la multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto (5°) día hábil de notificada. El pago de la multa deberá hacerse efectivo hasta el décimo (10°) día hábil desde notificada la Resolución que la aplicare. La empresa sancionada deberá pagar la multa en Cuenta Corriente N° 9399356 del banco Estado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte Rut: 61.608.000-8, enviando comprobante de pago a claudia.chavezburgos@redsalud.gob.cl, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha en que se notifique la presente resolución. En caso de no efectuarse el pago de la multa dentro del plazo señalado precedentemente, el Servicio de Salud Metropolitano Norte iniciará las acciones correspondientes para el cobro de la misma. En caso de no hacerse efectivo el pago en el plazo antes indicado, se hará efectivo mediante descuento, directamente del estado de pago y/o de la garantía de fiel cumplimiento. En caso de hacerse efectivo el cobro del instrumento de garantía, el oferente adjudicado deberá entregar una nueva Garantía, de igual monto y características, dentro de los 5 días siguientes al cobro de la anterior. Bajo sanción de poner término anticipado de la contratación. Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
25. MODIFICACIONES CONTRACTUALES
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo. En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases, equivalente al 5% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles, el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo. En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el proveedor deberá presentar dentro de los 10 días hábiles anteriores a la fecha de suscripción de la modificación de contrato, una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos.
26. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Caso fortuito o fuerza mayor. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6) Por haber alcanzado el tope de multas según se indica en las presentes bases. 7) Por no acreditar, previo informe del Inspector Técnico de la obra y Ordinario o correo electrónico dirigido al domicilio o casilla de adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes: a) Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. b) Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. c) Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. d) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. e) Si se disuelve y procede a su liquidación f) Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión con terceros según lo dispuesto en estas bases. g) Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. h) Si existen defectos de calidad en los servicios entregados o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. i) Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio. j) Si al Contratista le fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. k) Si el Contratista ha hecho abandono de las obras o ha disminuido el ritmo de trabajo a un extremo que a juicio de la Unidad Técnica equivalga a un abandono de estas. l) Si no ha efectuado dentro de 15 días después de haber sido notificado por escrito por la Unidad Técnica la remoción y reemplazo de materiales, equipos o personal que hayan sido rechazados. m) Si a juicio de la Unidad Técnica no está ejecutando las obras de acuerdo al Contrato o en forma reiterada o flagrante no cumple con las obligaciones estipuladas. n) Si por errores del Contratista las obras quedaren con defectos graves que no pudieren ser reparados y dichos defectos comprometieren, a juicio de la Unidad Técnica, la seguridad de las obras u obligasen a modificaciones sustanciales del proyecto. Para declarar el término del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: El ITO deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud de término, en virtud del cual se notificará al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Formulario Nº1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerido el término del contrato. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para formular sus descargos ante el Director del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. De no formularse reparos a la decisión de declarar el término del contrato o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, y además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que el éste registre en el Formulario Nº1. La Resolución que declare el término del contrato podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. En caso de declararse el término anticipado del contrato por causa imputable al adjudicatario incumplidor, el Servicio podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases, incluida la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causare. TÉRMINO DE COMÚN ACUERDO Podrán las partes asimismo poner término de común acuerdo al Contrato, en cuyo caso procederá a efectuarse la liquidación de este. DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA EJECUTORA DE LA OBRA En caso que se produzca la disolución de la empresa u organización contratista de la obra, el Servicio de Salud podrá efectuar la liquidación del contrato y determinar si efectúa un llamado a Licitación o hace un trato directo, de acuerdo a la normativa vigente. Los perjuicios que la disolución cause al Servicio de Salud se compensarán con las garantías o retenciones que obren en su poder. En este caso, la liquidación final del contrato, que deberá tener en cuenta el posible mayor costo de las obras, se efectuará una vez que éstas estén recibidas definitivamente por el Servicio de Salud Metropolitano Norte.
27. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial de la contratación, siempre que ello sea informado por escrito al Inspector Técnico de la obra, con la debida antelación, esto es, con a lo menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de subcontratación; indicando claramente la individualización del personal que será subcontratado y su experiencia en cuanto al servicio que se requiere. El ITO se pronunciará por escrito, en orden a estimar la procedencia o no de la subcontratación informada, remitiendo los antecedentes al Servicio para lo que corresponda. En todo caso será el proveedor adjudicado, responsable de todas las obligaciones contraídas con el Servicio. En virtud del contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista, debiendo acreditar que no registra saldos insolutos de cotizaciones de seguridad social ni remuneraciones y/o indemnizaciones, mediante certificados de la Inspección del Trabajo actualizados, planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud, finiquitos y demás que al efecto y oportunidad le sean requeridos por el ITO. Las empresas subcontratistas no podrán superar el 50% del total del contrato, en conformidad a lo dispuesto en el punto 38.3 de las bases administrativas.
28. CONSTANCIA
Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de Mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
29. DOMICILIO
En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Norte serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre las partes.
30. CONSIDERACIONES PREVIAS
Las obras a ejecutar en virtud de lo dispuesto en las presentes Bases, comprenden la total y cabal terminación de ellas, e incluyen todas las partidas especificadas o graficadas en los planos de obra. Incluye la ejecución y coordinación de las obras civiles, instalaciones, obras complementarias y otros que se requieran para la completa construcción, habilitación o remodelación del proyecto y sus exteriores, garantizando su óptimo funcionamiento. Tratándose de un contrato a suma alzada, el Oferente deberá consultar en su propuesta todos los elementos o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, de existir omisiones se deberán consultar en el periodo de consultas y aclaraciones de la Licitación. Por el hecho de participar en el presente proceso licitatorio, los oferentes declaran estar en conocimiento de todas las normas, reglamentaciones y disposiciones legales aplicables a la ejecución de los proyectos, por lo que el Contratista deberá responder por cualquier defecto, omisión, dificultad en la obtención de materiales o mala ejecución de cualquier partida. Por lo tanto, en caso de ser solicitado, deberá reponer los elementos o rehacer los procedimientos rechazados en cualquier ítem dentro del período de la construcción o de garantía de las obras, sin que lo anterior signifique un mayor costo para el Servicio. Las ofertas deberán contemplar todas aquellas obras que son inherentes y necesarias para la correcta ejecución de la construcción y sus instalaciones de acuerdo a la más exacta interpretación de los planos y especificaciones, incluyendo las respuestas entregadas a través del Portal dentro del proceso de Licitación. Se aceptará sólo una oferta por Proponente, la que debe ser por el total de las partidas y especialidades indicadas para esta Licitación. El Contratista será el único responsable e interlocutor ante el Servicio, por lo que todos los trabajos, equipos y accesorios que forman parte de los subcontratos serán de su responsabilidad, debiendo tener la aprobación del ITO del subcontrato, y del inicio de cada partida o parte de ella, que sea objeto de subcontratación. El Oferente no podrá realizar modificaciones al Formulario N°5, como tampoco el realizar exclusiones en su oferta. Si se encontrase que un ítem no es posible cuantificarlo, sin posibilidad de indicar su cantidad y/o unidad de medida en el Formulario de Presupuesto Detallado o Itemizado, deberá efectuar las consultas pertinentes a través del foro electrónico en el periodo definido para tal efecto, de no efectuar dicha consulta o solicitar la aclaración respectiva para entregar valorizado el ITEM en su oferta, esta podrá ser declararla inadmisible, dado que su precio no estaría cotizado. En caso que se citen marcas comerciales en las Especificaciones Técnicas para materiales, equipos y artefactos, se considera que estas son siempre meramente referenciales. Por lo tanto, el Oferente podrá presentar en su propuesta, materiales, equipos y artefactos de otras marcas que cumplan con la equivalencia técnica especificada, con igual o superiores características técnicas de fabricación y normas de calidad relacionadas con su resistencia, durabilidad, desempeño y función, de acuerdo a los estándares de calidad solicitados. El Oferente Adjudicatario deberá instalar un producto que cumpla con todos los estándares requeridos, sin costo adicional para el Servicio. Cualquier modificación de materialidad, especificaciones técnicas o procesos constructivos deberá ser aprobada por el ITO, previo a su instalación o ejecución del proceso constructivo. El Contratista no tomará ventaja para su provecho de ningún error, ambigüedad u omisión de los planos, especificaciones y de otros antecedentes, ante cualquier duda que surja, con posterioridad a la adjudicación de la propuesta o durante la ejecución de la obra. Siempre deberá someterse a la aprobación de la Inspección Técnica de la Obra. Las presentes Bases Administrativas, conjuntamente con las Especificaciones Técnicas, Planos, Consultas, Respuestas y Aclaraciones, formarán parte integrante del Contrato de Ejecución de Obras, sin perjuicio de otros documentos que sean aprobados por el Servicio. Asimismo, se entenderá como parte integral de la Licitación toda la reglamentación vigente que diga relación con los proyectos a ejecutarse principalmente asociado a la aplicación de a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Norma Chilena de Construcción” Planos Reguladores, Plano Intercomunal, cuando corresponda, Leyes y Reglamentos atingentes a la ejecución de la obras, Estos antecedentes no se adjuntan al presente documento por entenderse conocidos por los oferentes.
31. MODALIDAD DEL CONTRATO
El tipo de contrato será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste, pagándose el precio convenido mediante estados de pagos mensuales, según estado de avance de la obra.
32. NOTA DE CAMBIO
Instrumento elaborado por el Contratista de acuerdo a formato entregado por la ITO, a través del libro de obra, el cual deberá ser enumerado en forma correlativa. Este será el único instrumento válido para presentar modificaciones al Contrato por parte del Contratista, correspondiente a aumentos, disminuciones y obras extraordinarias, cuyo origen se enmarque entre los siguientes conceptos: - Errores de Diseño: En este caso, la modificación nace a partir de un diseño que no fue bien desarrollado, de una descoordinación, de una actualización y/o de una omisión de proyecto. - Funcionalidad: La modificación se genera debido a que el diseño actual no responde a las necesidades de espacio, conectividad, iluminación, flujo, etc., que el recinto requiere. - NTB (Norma Técnica Básica) / Requerimiento de Autoridad Sanitaria: La modificación se origina debido a que el diseño inicial, no satisface la normativa exigida por la SEREMI de Salud o Instituto de Salud Pública por deficiencias del proyecto y/o actualizaciones. - DOM, OGUC, SERVIU, ETC.: La modificación se genera debido a requerimientos y/o aplicación normativa de organismos públicos, que se han actualizado o que no fueron parte del diseño original. El Contratista entregará las RDI y las Notas de Cambio a través del libro de obra, por intermedio del Administrador de Obra, lo que deberá ser recepcionado por parte de la ITO, adjuntando toda la documentación de respaldo que acredite dicha solicitud y justifique los cálculos y valores presentados para estas últimas. El ITO procederá a su revisión y en caso de existir discrepancias u observaciones, será devuelta al Contratista a través del libro de obra para su modificación, en un plazo no mayor a 7 días hábiles. El Contratista no podrá presentar Notas de Cambio sin una solicitud previa del ITO, a excepción que el Contratista estime pertinente solicitar dicha Nota de Cambio para la buena y correcta ejecución de la obra. El Contratista tendrá un plazo máximo de 10 días para presentar una Nota de Cambio, con toda la documentación de respaldo, plazo que será contado desde el día siguiente a la anotación por parte del ITO en el Libro de Obra. El Contratista tendrá un plazo de 5 días para subsanar las observaciones efectuadas a la Nota de Cambio indicadas por el ITO, en caso contrario se dará como válida la observación y el Contratista estará obligado a aceptar dichas modificaciones. Las Notas de Cambio que se encuentren nulas o rechazadas deberán quedar consignadas en el Libro de Obras.
33. DISMINUCIÓN O AUMENTOS DE OBRAS
El Servicio podrá ordenar el aumento o disminución de obras debido a imprevistos técnicos o por ser imprescindibles para una mejor funcionalidad de la obra que se ejecuta y que impliquen una modificación del proyecto original. Los aumentos provenientes de aumentos de obra y obras extraordinarias no podrán exceder en conjunto, el 10% del monto del contrato original, incluyendo el costo directo, gastos generales, utilidades e IVA y contabilizando las disminuciones de obras debidamente tramitadas. El Contratista quedará obligado a ejecutar los nuevos trabajos o aceptar la disminución de las obras, hasta el porcentaje indicado. Los aumentos o disminuciones de obra podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso y el informe que para tal efecto elabore el Inspector Técnico de la Obra. El valor de los aumentos o la reducción del precio del contrato, se determinará sobre la base de los precios unitarios del Presupuesto Detallado. El precio resultante se recargará o disminuirá en el porcentaje de gastos generales y utilidad de la oferta más I.V.A., que resulte pertinente. En caso de disminución de obras el Contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por parte del Servicio. En casos de aumento de obras deberá complementarse el valor y plazo de vigencia de la o las garantías acompañadas. En caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías reguladas en las presentes Bases. La Nota de Cambio con los presupuestos de aumento y disminución de obra deberán ser presentados por el Contratista dentro de un plazo máximo de 10 días corridos a la Inspección Técnica de la Obra, desde la orden escrita impartida por dicha Inspección. El ITO y el Contratista no podrán requerir ni presentar Notas de Cambio dentro de los 10 días previos a la fecha fijada para el término de la obra. Toda modificación al Contrato deberá ser efectuada antes del vencimiento del plazo de ejecución de la obra, y dictándose la correspondiente Resolución.
34. OBRAS EXTRAORDINARIAS
El Servicio podrá disponer, durante el desarrollo del Contrato, la ejecución de obras extraordinarias. Las obras extraordinarias podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes de cada caso y el informe elaborado para tal efecto por el ITO. Para determinar el monto de obra extraordinaria se aplicará a las cantidades efectivas de obra el precio unitario que se pueda deducir u homologar del presupuesto detallado. Si no existiere un valor unitario en el mencionado presupuesto detallado, los valores se fijarán de común acuerdo entre las partes en base a tres cotizaciones de elementos de equivalencia en calidad y funcionalidad. El precio resultante se recargará en el porcentaje de gastos generales y utilidad de la oferta más I.V.A. Las modificaciones de obras originarán Addendum entre las partes el que será sancionado por la Resolución respectiva en los mismos plazos señaladas en el numeral anterior. Con todo, los aumentos de obras y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder el 20% del valor total del contrato adjudicado. Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá contar con la certificación de Disponibilidad Presupuestaria respectiva y la respectiva aumento de garantía en conformidad de lo dispuesto en el punto 25 de las presentes bases de licitación. Los aumentos, disminuciones de obras y obras extraordinarias serán aprobados por el Inspector Técnico de la Obra, en primera instancia a través de una Nota de Cambio. Este documento lo firmará, tanto el Inspector Técnico de la Obra como el contratista, y un representante de la Unidad Técnica, el cual estará compuesto por un presupuesto detallado en el mismo formato del itemizado, con descripción de la materia y observaciones aclaratorias.
35. AUMENTOS DE PLAZO
35.1 AUMENTO DE PLAZO POR AUMENTO DE OBRAS Y/O OBRAS EXTRAORDINARIAS QUE AFECTAN LA RUTA CRÍTICA Si existiera impacto en la ruta crítica del Programa oficial de la obra, en base a aumento de obras y/u obras extraordinarias que derivase en un aumento del plazo de ejecución de la obra, el Contratista podrá presentar en conjunto con la Nota de Cambio respectiva, una solicitud por aumento de plazo. El procedimiento de solicitud de aumento de plazo se iniciará al momento que el Contratista, por medio de Libro de Obras, entregue al Inspector Técnico de la Obra, un estudio que demuestre y justifique la validez del impacto. El ITO elaborará un informe en base a los antecedentes que presente el Contratista a fin de que el aumento de plazo sea resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso. La Resolución que aprueba la solicitud, será emitida por el Director del Servicio y deberá ser notificada al Contratista mediante libro de obras. El aumento de plazo por aumento de obra y/u obras extraordinarias no darán, en ningún caso derecho a indemnización alguna (Mayores gastos generales, etc.). 35.2 AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL PLAZO POR MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO ORDENADO POR EL SERVICIO Si en virtud de la instrucción del ITO, se modifica el programa de trabajo vigente, sin que se traduzca en aumentos, disminuciones ni obras extraordinarias, el Contratista tendrá derecho a solicitar el aumento o disminución del plazo, según corresponda. El procedimiento de solicitud de aumento de plazo se iniciará al momento que el contratista, en un máximo de 5 días corridos contados desde el hecho que justifica la solicitud, por medio de libro de obras, entregue un estudio que respalde y justifique la validez del impacto, el cual deberá ser recibido por el ITO mediante el mismo medio. El ITO elaborará un informe en base a los antecedentes que presente el Contratista, a fin de que el aumento de plazo sea resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso. La Resolución que aprueba la solicitud, será emitida por el Director del Servicio y deberá ser notificada a mediante libro de obras al Contratista. Si el aumento de plazo tiene su origen en la situación descrita en este numeral, el contratista tendrá derecho al pago de mayores gastos generales, establecidos en el artículo 36 de las presentes bases de licitación. 35.3 AUMENTO DE PLAZO SOLICITADO POR EL CONTRATISTA BASADO EN LA OCURRENCIA DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, ACEPTADO POR EL SERVICIO En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, en los términos que prescribe el artículo 45 del Código Civil, que impida el desarrollo programado de la obra, el Contratista podrá presentar una solicitud de aumento de plazo por el número de días en que haya durado el impedimento, dentro de los 10 días corridos siguientes a la ocurrencia del hecho que se invoque. Pasado este período, no se aceptará solicitud alguna. El procedimiento de solicitud de aumento de plazo se iniciará al momento que el contratista, por medio de Libro de Obras, entregue un estudio que respalde y justifique la validez del impacto, el cual deberá ser recibido por el ITO por el mismo medio. El ITO elaborará un informe en base a los antecedentes que presente el Contratista y remitirá su informe y la solicitud al Director del Servicio, que resolverá conforme a los antecedentes del caso, mediante Resolución fundada. El acto administrativo que apruebe la solicitud en caso de corresponder deberá ser notificado al Contratista por Libro de obras. El aumento de plazo solicitado por el Contratista basado en la ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, aceptado por el Servicio, no dará derecho a indemnización alguna.
36. MAYORES GASTOS GENERALES
Si por la aplicación del artículo 35.2 de las presentes bases de licitación, se aumentare el plazo del contrato, se indemnizará al contratista los mayores gastos generales derivados de dicho aumento. El acto administrativo que dispone dichos pagos será dictado por el Director del Servicio con posterioridad a la finalización del plazo total de ejecución de la obra. Los mayores gastos generales se calcularán por día y será el resultado de dividir los gastos generales ofertados por el contratista y el plazo de ejecución contemplado en el contrato primitivo, valores que se mantendrán invariables para estos efectos durante toda la ejecución de la obra.
37. DEL INSPECTOR TECNICO DE OBRAS
37.1 OBLIGACIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO DE OBRAS. En el cumplimiento de sus funciones, el Inspector Técnico de Obras, tendrá las siguientes obligaciones: a. Supervisar y controlar el desarrollo de la obra, velando por el estricto cumplimiento de las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos; b. Velar por el envío oportuno al Subdepartamento de Finanzas SSMN, de la documentación del proceso de compra con las validaciones que le correspondan, para proceder al pago; c. Controlar el efectivo cumplimiento del contrato y de los respectivos respaldos y justificaciones que dieren origen a eventuales modificaciones de contrato. (Análisis de aspectos técnicos, condiciones del contrato, atribuciones de las bases); d. Emitir los Informes de rigor respecto de la procedencia de multas y sanciones que se estipulen en las presentes bases, en caso de incumplimiento por parte del Contratista, según corresponda. e. Mantener informado a la Unidad Técnica sobre el estado de avance del proyecto y sobre cualquier otra materia relacionada con la ejecución de este. f. Ser un nexo entre el Contratista y la Unidad Técnica para la solución de problemas y dudas presentadas en la obra. g. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información que le sean formuladas por el Contratista y que digan relación con las materias que sean de su ámbito de competencia. h. Instruir al proveedor, acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases. i. Verificar la vigencia de las garantías respectivas. j. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto a la contratación y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o garantía de correcta ejecución de la obra, según corresponda. k. Cualquier otra obligación que sea instruida por el Director (a) de Servicio y que se relacionen con su función de fiscalizar el cumplimiento del Contrato y velar por la correcta ejecución de la obra. El Inspector Técnico de Obras, en ningún caso, podrá efectuar modificaciones al proyecto original, sin que esto sea previamente aprobado por el o los proyectistas respectivos, para cada especialidad. Sin perjuicio de lo anterior, si transcurridos más de 05 días corridos sin que el proyectista se pronuncie respecto a la modificación de proyecto, la Unidad Técnica deberá resolver en un plazo máximo de 05 corridos días la indefinición de que se trate e instruir al ITO su ejecución. 37.2 LIBRO DE OBRA En la faena se mantendrá permanentemente un “LIBRO DE OBRA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Contratista y estará a cargo del Jefe de la Obra y a disposición del ITO. El original será retirado por el ITO y la primera copia por el Contratista o Jefe de la Obra, previa firma de ambas partes. En el Libro de Obras se deberá dejar constancia de: a. Los avances de obras. b. Las órdenes e instrucciones que, dentro de los términos del Contrato, se impartan al Contratista. c. Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos. d. Las observaciones que merezcan las obras, al efectuarse la recepción provisoria de ellas. e. Los demás antecedentes que exija la Unidad Técnica. f. Las observaciones que pudieren estampar los profesionales y proyectistas de la obra. Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista y/o la Unidad Técnica, u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial. 37.3 ATRIBUCIONES DEL ITO El Contratista deberá someterse exclusivamente a las instrucciones del ITO, las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que el ITO estipule. El ITO podrá solicitar el término de las labores de cualquier sub-contratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desorden, incapacidad, incumplimiento de normas de seguridad, u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del ITO, quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada. El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el ITO, por razones de carácter técnico. El ITO podrá ordenar el retiro fuera de la zona de la faena, de los materiales o equipos que sean rechazados por mala calidad. Cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su consentimiento. La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en estas Bases Administrativas, sin perjuicio de ordenar la paralización de la obra. Si el ITO en el transcurso de las obras detecta un avance inferior al 10% de lo planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al programa Gantt aprobado que rige la obra. En caso de un avance inferior al 25% de lo planificado y aprobado, se podría dar por terminado el Contrato en forma unilateral, y proceder de corresponder, al cobro de las garantías que obran en poder del Servicio.
38. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
La presente descripción y enumeración es sin perjuicio de las obligaciones generales contempladas en el punto 23 de las presentes bases de licitación. 38.1 CONTROL DE CALIDAD Para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieren, en conformidad con las Bases Técnicas, deberán efectuarse informes y controles de calidad, los que serán solicitados directamente por la Inspección y realizados por algún organismo competente (CESMEC – IDIEM – DICTUC), para certificar el cumplimiento a la Normativa Vigente en cada una de sus especialidades. 38.2 CORRESPONDERÁ AL CONTRATISTA Obligaciones relativas al desarrollo de la obra. Entre otras, el Contratista tendrá las siguientes tareas: a. Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas. b. Coordinar la ejecución de los proyectos de Obras Civiles y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo. c. Designar personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas. Se exigirá que el profesional a cargo de la obra permanezca obligatoriamente en el lugar donde se desarrollarán los trabajos. d. Mantener y actualizar a lo menos una vez cada 7 (siete) días los gráficos de avance. e. Proveer y mantener un Libro de Obra donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio, observaciones de arquitectos y proyectistas, servicios públicos de la especialidad y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la Obra. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de existir comunicación relacionada con el desarrollo de proyecto vía correo electrónico entre el ITO y el Jefe de Obra, estos se deben imprimir y anexar cronológicamente al Libro de Obra. f. La presentación oportuna y con la documentación completa de los Estados de Pago. g. Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO. h. Proveer de los recintos necesarios para que se instale la Inspección Técnica de Obra, lo que está definido en la Especificaciones Técnicas. i. Identificar la Obra dentro de los quince días siguientes al inicio de los trabajos mediante un letrero como mínimo, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones proporcionadas por el Servicio. Dicho letrero deberá indicar el programa que financia la Obra y la identificación del Servicio. La confección de este letrero deberá contar con la aprobación del Inspector Técnico. No se permitirá destacar el nombre del Contratista en relación al resto de la Leyenda ni la colocación de otros letreros próximos a sus costados. j. El Contratista o el Administrador de Obra a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo a las disposiciones de las presentes Bases, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Servicio o de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el Contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obras, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y formularios que para ese objeto se le entreguen. k. Proveer de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios, la conservación de los estacados y, en general, todos los gastos que originen las obras. l. Llevar a cabo los ensayos de materiales o elementos que determine el ITO, y entregar los respectivos certificados, en cumplimiento de la Normativa Vigente para cada una de las especialidades y lo solicitado en las Bases Técnicas y Administrativas que rigen este Contrato, cuyo costo será de su exclusiva responsabilidad. No obstante, si durante el período de la construcción o durante el plazo de garantía se comprobare que el material aceptado por el ITO ha resultado deficiente en el hecho, el Contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la Obra en que fue empleado. Cuando en las Especificaciones Técnicas se considere, para una o más partidas, la posibilidad de usar materiales alternativos con los que puedan ser ejecutados, el contratista estará en libertad de emplear cualquiera de ellos, previa autorización de la ITO, sin que el precio unitario de la partida pueda alterarse. m. Asegurar de su cuenta y riesgo el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros y/o al municipio con motivo u ocasión del cumplimiento del Contrato. n. Mantener en la obra un Libro de Asistencia del personal para la fiscalización que hará el ITO, Unidad Técnica u otra autoridad competente. o. Mantener vigentes las garantías de la obra hasta tramitar las correspondientes Actas de Recepciones Provisorias y Definitiva, según le instruya oportunamente el ITO. p. El personal del Contratista, subcontratistas o Proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. q. Al término de las obras, el Contratista deberá despejar y retirar del sitio todos los materiales excedentes, escombros y obras provisorias, dejando limpio el terreno y construcciones. Obligaciones relativas al personal. a. El Contratista deberá presentar al inicio de las obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico de Obra para su aprobación. b. Realizar las denuncias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se presenten durante el período de duración de los trabajos de la Obra, de acuerdo a la normativa legal vigente. c. El Servicio solicitará al Contratista, en cualquier momento que lo estime conveniente, el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los Subcontratistas con sus trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la correspondiente Inspección del Trabajo, según lo indicado en las presentes Bases d. En el evento que el Contratista o Subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de la obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, el Servicio podrá retener de los pagos mensuales el monto por estos conceptos, de que es responsable el Contratista o Subcontratista, o utilizar las retenciones y/o garantías del Contrato, en el mismo orden de prelación antes indicado y exclusivamente hasta el efectivo pago de las obligaciones laborales y previsionales adeudadas. Con las retenciones antes referidas el Servicio pagará al trabajador o la Institución Previsional acreedora. e. Cumplir con la normativa laboral, de seguridad social y de protección a los trabajadores. f. Mantener dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias que se empleen en la Obra. g. Suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal necesarios, que cuenten con certificados de calidad por organismos competentes. h. Cumplir con la regulación relativa a la contratación de trabajadores extranjeros. i. El Contratista deberá proveer a sus trabajadores, de los servicios básicos necesarios de acuerdo a la complejidad de la obra a ejecutar, conforme a la Ley. j. Al inicio de la Obra, el ITO solicitará al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los trabajadores que laboran en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas. Esta documentación deberá mantenerse actualizada y a disposición del ITO durante toda la Obra. Obligaciones de coordinación. El Contratista deberá considerar: a. Que no podrá dar inicio a la obra, sin contar con la autorización del ITO a través del acta de Entrega de Terreno. b. Programación de obras con el ITO de la Unidad Técnica del Servicio. c. Que en zona de trabajo deberá operar libremente, tomando las medidas y precauciones que eviten el ingreso de personas ajenas a la Obra, proveer de cierros y todas las señalizaciones y signos de advertencia que sea necesaria y mantenerlos en buen estado, sin elementos cortopunzantes o peligrosos hacia el exterior según se indique en las respectivas Bases Técnicas. d. Que queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que el Servicio contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos extraordinarios. e. Que el Servicio no se hará responsable de ningún tipo de pérdida, hurtos o extravíos dentro de las instalaciones de la Obra. f. Revisión de planos de proyecto in situ para rectificar y aclarar aspectos generales del proyecto. g. Revisión de medidas de mitigación que puedan resultar de eventuales diferencias de medidas entre planos y situación real. 38.3 PERSONAL DEL CONTRATISTA El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte. La mano de obra que se emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, debe ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa, deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con el Servicio, ni con la Unidad Técnica. En todo evento el Contratista es el responsable de todas las obligaciones contraídas con el Servicio en virtud del Contrato, como asimismo el Contratista será el empleador único de sus trabajadores o empresas subcontratistas que no podrán superar el 50%. 38.4 DIRECCIÓN DE LA OBRA El Contratista designará un responsable de la obra, de profesión Constructor Civil, Ingeniero Constructor, Arquitecto, Ingeniero Civil o Técnico en Construcción, con un mínimo de 3 años de experiencia para dirigir las faenas de acuerdo al programa. La designación deberá hacerla por escrito, dejando constancia en el libro de obras a partir de la entrega de terreno y se entenderá que este último se encuentra ampliamente facultado para representar al Contratista en todos los asuntos relacionados con la Obra. Si por motivo justificado el responsable de la obra debiera ausentarse por períodos que afecten la obligación señalada anteriormente, deberá designarse un reemplazante autorizado por la Unidad Técnica, el que estará dotado de las mismas atribuciones de su antecesor. La Unidad Técnica podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Contratista el término de las funciones del o de los reemplazantes. 38.5 COORDINACIÓN DE FAENAS El Contratista está obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que el Servicio contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos extraordinarios. Podrá solicitar aumentos de plazo sólo por causas justificadas por el ITO que tengan directa relación con los trabajos que el Servicio contrate paralelamente. Dichos aumentos se autorizarán mediante Resolución del Servicio. 38.6 CONDICIONES Y ACCIDENTES DEL TRABAJO El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección, tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, y disponer en general de todas las medidas pertinentes para dar debido cumplimiento a las normas legales que regulan la materia, particularmente la Ley de accidentes del trabajo. El Contratista deberá presentar al inicio de las Obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación. Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo, de todo incidente que se presente en la obra para que se tomen las medidas pertinentes, de todo daño ocasionado por situaciones de emergencia derivadas de fenómenos naturales u otro origen y de las enfermedades profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia. La ocurrencia de cualquiera de estos hechos debe ser oportunamente informado al ITO. El ITO podrá instruir la paralización de las obras si sorprende personal del Contratista o del subcontrato sin los implementos de seguridad. Los retrasos del plazo por este motivo son de cargo del Contratista. 38.7 ACCIDENTES DE LA OBRA Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán soportados por el Contratista a menos que se califique el caso como extraordinario o ajeno a toda previsión, y así sea además considerado por el Servicio, mediante una resolución que dictará al efecto. Si se determina, por estudios técnicos calificados, que la responsabilidad es atribuible al Contratista, ésta mantendrá su responsabilidad aun cuando la obra haya sido recibida definitivamente. 38.8 OBLIGACIONES LEGALES El Contratista queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de dicho cuerpo legal en las relaciones con sus trabajadores, en especial las normas relativas a Seguridad Social y Accidentes del Trabajo.
39. DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
39.1 ENTREGA DEL TERRENO Una vez firmado el Contrato, la Unidad Técnica comunicará al Contratista el día en que se hará la entrega del terreno, lo cual no excederá de 10 días corridos desde la fecha de la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato. De la entrega, se dejará constancia en un acta y el plazo de inicio contractual para la ejecución de la obra, se contará a partir del día siguiente de la entrega del terreno. La demora por más de 7 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos superior a 7 días y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la ITO, dará derecho al Servicio para dar término al contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el acápite Multas, del numeral 24 de las presentes Bases Administrativas. En casos excepcionales y atendiendo al principio de buen servicio del establecimiento, el Servicio de Salud Metropolitano Norte, en acuerdo con el Contratista, podrá llevar a cabo entregas parcializadas de terreno, siempre y cuando esta parcialización obedezca a un impedimento informado oportunamente y por conducto formal a la Dirección del Servicio, por la Dirección del establecimiento afectado. Sin perjuicio de lo anterior, esta parcialización no puede afectar el monto asociado al Contrato ni faculta al Contratista al cobro de gastos generales y utilidades sobre los días comprometidos. En virtud de lo anterior y para todos los efectos indicados en las presentes Bases, se considerará como entrega de terreno oficial la primera entrega de terreno realizada. 39.2 ELEMENTOS QUE DEBERÁ SUMINISTRAR EL CONTRATISTA Será de cuenta del Contratista la provisión de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la provisión e instalación de andamios, la delimitación del área de trabajo, las obras de mitigación, y en general, todos los gastos que originen las obras. 39.3 MATERIALES EMPLEADOS EN LA OBRA Antes de ser empleados los materiales en las obras, deberá darse aviso al ITO, para que, en vista del análisis y prueba del caso, resuelva y formule por escrito su aceptación o rechazo. Todos los materiales y elementos deben ser nuevos. No obstante, si durante el período de la construcción o durante el plazo de garantía se comprobare que el material aceptado por el ITO, ha resultado deficiente en el hecho, el Contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la obra en que fue empleado. Cuando el Contratista solicite un cambio de materiales o elementos a utilizar, la ITO deberá analizar los plazos involucrados, los argumentos y documentos presentados, verificar la equivalencia técnica y las características de la alternativa, y entregar un informe con su propuesta de aceptación o rechazo fundamentando su decisión. Ante eventuales dudas respecto de que el material a utilizar no cumpla efectivamente con los requisitos establecidos en las Bases, la ITO de la obra, podrá pedir ensayos adicionales que serán de cargo exclusivo del Contratista. 39.4 MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO Cuando circunstancias especiales lo aconsejen, la Unidad Técnica podrá modificar el programa de trabajo (Carta Gantt). También podrá modificarse este programa, a solicitud del Contratista cuando su petición se fundamente en caso fortuito o fuerza mayor certificada por la Unidad Técnica. En este caso no tendrá derecho a indemnización alguna.
40. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
40.1 PLAZO DE EJECUCIÓN El Oferente deberá señalar el plazo que ofrezca en el Formulario N°4 y se entenderá de días corridos sin reducción de días de lluvias, feriados, ni festivos. Dicho plazo se contará desde el día siguiente a la fecha del acta de entrega del terreno. Si a bien el plazo podrá ser prorrogado, en ningún caso, la prórroga podrá solicitarse después del vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, plazo que será sancionado a través del acto administrativo correspondiente. La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Servicio; de ser aceptada se dictará la Resolución que corresponda. En todo caso, se deberá remitir en esta materia a lo establecido en el acápite Aumentos de Plazo, según el capítulo respectivo en estas Bases Administrativas. 40.2 ATRASOS El plazo de ejecución de las obras será el ofrecido por el contratista, el cual será establecido en el contrato que se suscriba. Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o casos fortuitos, el contratista deberá presentar a la ITO, su justificación dentro de los 10 días corridos siguientes de su origen. Transcurrido ese plazo no se aceptará justificación alguna. 40.3 PRÓRROGA PARA RECONSTRUIR OBRAS DEFECTUOSAS. Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo de materiales o de ejecución de las obras que no cumplan las condiciones del Contrato, por parte del ITO, no autorizan al Contratista para solicitar prórroga del plazo. Sólo el Servicio a requerimiento formal del contratista, previa consulta a la Unidad Técnica, podrá conceder prórroga del plazo por la necesidad de reconstruir las obras defectuosas, cuando éstas, no pudieren atribuirse a la falta de atención o incompetencia de parte del Contratista, lo que será constatado en informe del ITO, y sin que ello importe aumento de precio.
41. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
41.1 RECEPCIÓN PROVISORIA OBRA TERMINADA Y SIN OBSERVACIONES En razón de la programación presentada por la empresa y aprobada por el ITO de la Obra, una vez terminados los trabajos del sector o área, el Contratista solicitará por escrito al ITO la recepción parcial de las obras, lo que en paralelo quedará consignado en el libro de obras. El ITO verificará el fiel cumplimiento de los trabajos efectuados en razón de las especificaciones del Contrato y consignará en el libro de obra, la fecha en que el contratista puso término al sector o área. En caso de encontrar observaciones al trabajo efectuado por el Contratista en el área o sector recepcionado, el ITO de la obra dejara consignadas dichas observaciones en el libro de obra. El plazo que tendrá el contratista para resolver dichas observaciones no podrá superar el plazo de ejecución de la obra, lo cual deberá ser verificado por parte del ITO antes de convocar a la Comisión Receptora. Habiendo o no observaciones a los trabajos efectuados por el contratista en el sector o área recepcionada, lo cual quedará consignado en el libro de obras, se efectuará la entrega al uso de las áreas o sectores recepcionados. Una vez finalizado el plazo de ejecución de las obras el Contratista solicitara por escrito la recepción provisoria de las obras. Para tales efectos la Comisión Receptora estará compuesta por al menos 3 funcionarios de la Unidad Técnica del Servicio. Al acto de recepción asistirá la Comisión receptora y el Contratista o su representante. Una vez verificado el cabal cumplimiento del Contrato, se dará curso a la recepción provisoria y se levantará un acta que será suscrita por todos los asistentes. En el Acta de Recepción Provisoria Sin Observaciones se consignará, entre otros aspectos: a. Fecha Entrega Terreno. b. Aumento de plazo (si correspondiere). c. Obras Extraordinarias y/u obras nuevas. d. Fecha de Término Contractual. e. Monto total del contrato. f. Listado de Observaciones aprobadas, si las hubiere. g. Días que se otorgaron para subsanar observaciones. h. Días de atraso. i. Multas desagregadas por causales. j. Fecha de término efectivo de la Obra. k. Fecha de recepción provisoria sin observaciones de la Obra. l. Fecha fijada de Recepción definitiva de la Obra. Se establecerá como fecha de término de las obras la fecha consignada por el ITO en el libro de obras, siempre que no existan observaciones por la Comisión. OBRA NO TERMINADA Si de la inspección de la obra que haga la Comisión receptora, resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad con los planos y Bases Técnicas, dado que faltan sectores por terminar o no se han resuelto las observaciones determinadas durante el proceso de recepción parcial de la áreas o sectores , la Comisión receptora no dará curso a la recepción provisoria y fijará un plazo, para que el Contratista ejecute a su costa los trabajos o reparaciones que ella determine. En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por el ITO. Una vez subsanados los defectos observados, dentro del plazo otorgado por la Comisión, esta deberá proceder a efectuar la recepción provisoria. Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, la Unidad Técnica podrá llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del Contratista y con cargo a pagos pendientes o a la garantía de fiel cumplimiento del contrato; sin perjuicio de la multa por atraso si ello procediere, la cual se contabilizara desde la fecha de termino de las obras. 41.2 PLAZO DE GARANTÍA El plazo de las garantías será el indicado en estas Bases Administrativas; plazo durante el cual el Departamento de Finanzas del Servicio constará la veracidad y custodiará los instrumentos financieros entregados para estos efectos. Durante el plazo de garantía, la entidad encargada de su administración usará o explotará la obra como estime conveniente, el Contratista será responsable de todos los defectos que presente la ejecución de la obra, que no se deban a una explotación inadecuada de ellas, por lo que deberá reparar a su costa, todos los defectos provenientes de la mala ejecución o mala calidad de los materiales, asegurando dar un cumplimiento oportuno, rápido y eficaz. 41.3 RECEPCIÓN DEFINITIVA La recepción definitiva se hará a petición escrita del Contratista en la misma forma y con las mismas solemnidades que la recepción provisoria, transcurrido el plazo de 365 días contados desde la fecha del Acta de Recepción Provisoria Sin Observaciones. En todo caso, deberá efectuarse a más tardar antes de 30 días corridos anteriores al vencimiento del documento de garantía de correcta ejecución de las obras. Durante el plazo de garantía de la obra, el Contratista será responsable por todos los defectos, fallas y deterioros que ella evidenciase o que pudiese afectarle por mala ejecución de las obras. Finalmente, el Contratista responderá por todos los daños y perjuicios que se causaren a terceros, durante o con motivo de los trabajos, con ocasión de defectos de construcción o de mala calidad de los materiales empleados en la Obra, sea que provengan de error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes. 41.4 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Hecha la Recepción Definitiva sin observación alguna de la Unidad Técnica, se procederá a efectuar la liquidación del contrato y se ordenará la suscripción por el Contratista del documento respectivo.