Licitación ID: 1057474-40-LE22
CONTRATACION DE SERVICIO DE INCINERACIÓN DECOMISOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Residuos o desperdicios peligrosos 1 Unidad
Cod: 11141608
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE INCINERACIÓN DECOMISOS LEY 20.000 SSMN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DE SERVICIO DE INCINERACIÓN DECOMISOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio de Salud Metropolitano Norte, necesita efectuar la “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE INCINERACIÓN DECOMISOS LEY 20.000 SSMN.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.000-8
Dirección:
Maruri 272
Comuna:
Independencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 29-11-2022 13:47:25
Fecha inicio de preguntas: 29-11-2022 14:01:00
Fecha final de preguntas: 05-12-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-12-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-12-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-12-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-01-2023 17:31:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según numeral 8.1 de las Bases Administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Según numeral 8.2 de las Bases Administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- Según numeral 8.3 de las Bases Administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Según numeral 9.4 a) de las Bases Administrativas 5%
2 Oferta económica Según numeral 9.4 b) de las Bases Administrativas 60%
3 Experiencia del oferente en contratos de similares Según numeral 9.4 c) de las Bases Administrativas 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 26 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Por tratarse de institución de salud.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MANUEL GONZALEZ
e-mail de responsable de pago: consultaprov.ssmn@redsalud.gov.cl.
Nombre de responsable de contrato: Carla Angel Obregon
e-mail de responsable de contrato: carla.angel@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25756485-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Fecha de vencimiento: 15-07-2025
Monto: 5 %
Descripción: El oferente deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Norte, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato licitación ID 1057474-40-LE22. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato”: “Licitación Pública ID 1057474-40-LE22”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar al Subdepartamento de Abastecimiento que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico.
Glosa: Licitación Pública ID 1057474-40-LE22”.
Forma y oportunidad de restitución: Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente, si procediere. 10.2.1 Aumento de garantía Cuando el precio de la oferta sea inferior a 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio y se verifique que los costos de dicha son inconsistentes económicamente, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1°.- OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA.
El Servicio de Salud Metropolitano Norte necesita contratar lo que se detalla en el siguiente cuadro: ITEM DESCRIPCION DEL SERVICIO I CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE INCINERACIÓN DECOMISOS LEY 20.000 SSMN. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM. Revisado por Subdepartamento de Abastecimiento el catálogo Chilecompra Express de www.mercadopublico.cl y verificado que los servicios requeridos no se encuentran disponibles en dicho catálogo electrónico, es necesario iniciar el proceso de Licitación Pública correspondiente. Las presentes Bases Administrativas establecen las disposiciones que regirán como complemento de Bases Técnicas, con motivo de la Licitación Pública relativa a “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE INCINERACIÓN DECOMISOS LEY 20.000 SSMN” ID 1057474-40-LE22. Las propuestas deberán tener una validez de 90 (Noventa) días corridos a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
ARTÍCULO 2°.- PARTICIPANTES.
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o haber sido condenado por los delitos concursales que establecen los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los anteriores dos años. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado tendrá diez (10) días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. En conformidad a lo prescrito por el artículo 4º de la Ley de Compras, ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Además, el Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº20.393. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes.
3°.- NORMATIVA APLICABLE
Los servicios se contratarán de acuerdo a lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato de suministro materia de aquella, de acuerdo a los documentos: ● Las presentes Bases Administrativas (BA) ● Especificaciones Técnicas (EETT) ● Formularios, Anexos: o Formulario 1: Identificación del Proponente. o Formulario 2: Declaración jurada Simple Unión Temporal de Proveedores (UTP) o Formulario 3: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas. o Formulario 4: Oferta económica. o Formulario 5: Experiencia del oferente en contratos de similares características o Anexo 1: Calendario de la Licitación. ● Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Norte a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas. ● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. ● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Norte, con anterioridad a la apertura de la propuesta. ● Oferta del o de los Oferentes. ● Acta de evaluación de ofertas. ● Resolución de Adjudicación. ● El contrato. ● En general, todo documento relacionado con la licitación. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: 1. La Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. DFL. Nº29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo. 4. Ley N°19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
4°.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan hasta 2 días hábiles antes del cierre de presentación de las ofertas.
5°.- ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del/los adjudicatarios y deberán estar disponibles en sitio web www.chileproveedores.cl. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel. Lo anterior, sin embargo, no resultará aplicable a las garantías señaladas en las presentes Bases Administrativas y, según corresponda, solicitudes de aclaración de ofertas realizadas por la Comisión.
6°.- CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación (Anexo N°1). Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
7°.-REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y APERTURA DE LAS MISMAS
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al calendario señalado en Anexo N°1 de las presentes bases administrativas, y sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 1. Formulario N°2: Declaración jurada Simple Unión Temporal de Proveedores (UTP), si corresponde 2. Formulario Nº3: Cumplimiento de especificaciones técnicas. El oferente deberá dar cumplimiento a todas las especificaciones técnicas establecidas en el formulario. 3. Formulario N°4: Oferta Económica. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº19.886. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases.
8°.-PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (Antecedentes Formales).
El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el anexo Nº1 de la presente licitación. IMPORTANTE: En relación a los formularios números 1 al 5, entregados en las presentes bases, éstos deberán ser completados y subidos al sistema de información www.mercadopublico.cl Se entenderá que el oferente declara su conformidad y aceptación de las Bases con la sola presentación de su oferta. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. 8.1) Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del oferente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Formulario Nº2: Declaración jurada simple, suscrita por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda. 8.2) Antecedentes Técnicos. • Formulario N°3: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas: El Oferente deberá acreditar el servicio que está ofreciendo mediante la presentación de su informe técnico (propuesta técnica de confección propia), debiendo considerar como mínimo los requisitos obligatorios solicitados a través del formulario. Informe técnico: Corresponde al plan de trabajo propuesto por el Oferente, donde especifica las labores internas respecto al servicio a ofertar (Formato libre). Este documento servirá como medio de verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos solicitados. En caso de que corresponda, deberá respaldar su informe con certificaciones (resolución sanitaria, entre otros). • Formulario N°5: Experiencia del Oferente en contratos de similares características. La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través de este formulario. Los contratos declarados deberán corresponder a la contratación de servicio de Incineración de Decomiso desde el 2017 a la fecha de publicación de esta licitación, a empresas o instituciones pública o privada. El oferente DEBE ADJUNTAR copia de certificados de prestación de servicios, de contratos u órdenes de compra de Mercado Público en estado “Aceptada” o “Recepción Conforme”, los que serán el medio de verificación de la información enviada y deberán coincidir con lo declarado en el Formulario N°5 En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°5, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7 de las presentes bases de licitación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá 1 (una) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un documento. 8.3) Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N°4 Oferta económica, COMPLETO El oferente ingresará como oferta económica al portal el VALOR UNITARIO NETO POR KILO, además indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. El valor debe expresarse en moneda nacional, ser único y definitivo, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado al servicio, incluido si correspondiere la capacitación, uso de equipo audiovisual, equipos de soporte, o cualesquiera otros si procedieran. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
9°.- DE LA EVALUACION DE LAS OFERTAS:
9.1.- Apertura de las Ofertas: Conforme a lo prevenido en el artículo 33 del Decreto Supremo N°250, el acto de la apertura se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el Anexo N°1. Sólo serán consideradas como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas contado desde la publicación antes indicada, para formular observaciones a la apertura, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Subdepartamento de Abastecimiento dentro de plazo previsto en el Anexo N°1. Cualquier observación que no fuere presentada a través del sistema de información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. 9.2.- Comisión de Evaluación de las Ofertas: Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación a cada uno de los ítems de la presente licitación: TITULARES NOMBRE RUT CARGO 1 Carla Ángel Obregón. 18.096.231-k Profesional Encargada Decomiso. 2 Giselle Rodriguez González. 16.006.820-5 Profesional Subdepartamento de Salud Ocupacional y Gestión Ambiental. 3 Valentina Campos Guzman. 17.313.020-1 Profesional Unidad de Comunicaciones y Relaciones Públicas. En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios: SUBROGANTES NOMBRE RUT CARGO 1 José Luis González Sanchez. 13.095.491-K Técnico Decomiso. 2 Marcelo Fernández Guerra. 8.541.998-6 Administrativo Decomiso. 3 Rodrigo Quijada González. 18.626.538-6 Profesional Unidad de Comunicaciones y Relaciones Públicas. La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N°19.886, esto es: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante; d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación; e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. De considerarse necesario, la comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 Nº7 de la ley 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida ley 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto Nº 250, que contiene el Reglamento de compras. 9.3.- Omisión de antecedentes: Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible conforme a lo prevenido en el punto 7°. Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y estar afecto alguno(s) de sus integrantes a las inhabilidades previstas en el artículo 4 de la ley N°19.886, dentro del mismo plazo antes indicado, está deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N°250 si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida. El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director del Servicio de Salud Metropolitano Norte con la proposición de adjudicación. 9.4.- Evaluación de las ofertas y pauta de Evaluación: La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará que ofertas son admisibles conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de aquellas deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: Criterio Ponderación Cumplimiento de Requisitos formales 5% Oferta Económica 60% Experiencia del oferente en contratos de similares características. 35% Cumplimiento de Requisitos Formales (El puntaje obtenido se debe ponderar al 5%) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizarla evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % ((Puntaje x 5)/100) Oferta Económica (El puntaje obtenido se debe ponderar al 60%) El puntaje se determinará según la siguiente Fórmula, obteniendo la oferta económica menor, la mayor ponderación, a saber: Se evaluará con puntaje de 1 a 100 puntos conforme a la siguiente expresión. Puntaje =((Min Precio entre Oferentes)/(Precio Oferente i))*100 Donde “Min Precio entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio entre oferentes y el “Precio Oferente i” corresponde al precio del oferente a evaluar. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas de forma proporcional obtendrán puntajes tras la aplicación de la formula antes indicada. La ponderación porcentual de los ítems se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % =((Puntaje x 60)/100) El medio de verificación de la oferta será el Formulario N°4 de las presentes Bases. Experiencia del oferente en contratos de similares características (35%) El Oferente deberá acreditar experiencia en contratos de similares características en Instituciones Públicas o Privadas de acuerdo con el siguiente cuadro: Experiencia del oferente en contratos de similares características. PUNTOS MEDIO DE VERIFICACIÓN La empresa acredita haber ejecutado cinco (5) o más contratos de similares características a empresas o instituciones públicas y/o privadas. 100 Mediante Formulario N° 5 “Cantidad de contratos de similares características” La empresa acredita haber ejecutado entre dos (2) y cuatro (4) contratos de similares características a empresa o instituciones públicas y/o privadas. 60 La empresa no acredita o acredita haber ejecutado un (1) contrato de similares características a empresa o instituciones pública y/o privada. 0 Los contratos declarados deberán corresponder a la contratación de servicio de Incineración de Decomiso desde el 2017 a la fecha de publicación de esta licitación, a empresas o instituciones pública o privada. El oferente DEBE ADJUNTAR copia de certificados de prestación de servicios, de contratos u órdenes de compra de Mercado Público en estado “Aceptada” o “Recepción Conforme”, los que serán el medio de verificación de la información enviada y deberán coincidir con lo declarado en el Formulario N°5 En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°5, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7 de las presentes bases de licitación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá 1 (una) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un documento. Ponderación % =((Puntaje x 35)/100) TOTAL PUNTAJE DE EVALUACIÓN: puntaje a) +puntaje b) +puntaje c) El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguale o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
10°. -GARANTÍAS
Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberán ser extendidas en forma nominativa a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, a la vista e irrevocables. 10.1 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA No se estima necesario. 10.2 GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El oferente deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, R.U.T. 61.608.000-8, por un monto del 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Norte, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato licitación ID 1057474-40-LE22. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato”: “Licitación Pública ID 1057474-40-LE22”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar al Subdepartamento de Abastecimiento que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico. Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad correspondiente, si procediere. 10.2.1 Aumento de garantía Cuando el precio de la oferta sea inferior a 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio y se verifique que los costos de dicha son inconsistentes económicamente, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
11°.- DE LA ADJUDICACIÓN
La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, por Ítems, mediante resolución fundada del Director del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en Anexo N°1. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio dentro del plazo señalado en el Anexo Nº1 de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Anexo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886. Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá registrarse en un plazo de 10 días hábiles desde que el SSMN notifique la adjudicación de su oferta, De este modo para proceder con la formalización del contrato o emisión de la orden de compra. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes de la formalización referida. Adjudicada la propuesta y firmado el contrato o aceptada la orden de compra, por el oferente adjudicado, se procederá a hacer devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta según lo dispuesto en estas bases, en caso que corresponda. Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación, los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, única y exclusivamente a través de comunicación dirigida a correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. 11.1.-Facultad de Re adjudicar El Servicio podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en general, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario no acepta la respectiva orden de compra, conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 63 de la Ley N°19.886, dentro del plazo de 48 horas desde su emisión c) Si el adjudicatario no firma el contrato dentro de plazo, si correspondiere. d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición. Si no han sido entregados los antecedentes para formalizar el contrato de acuerdo a lo prevenido en las presentes bases, dentro de décimo día hábil contado desde la publicación de la Resolución de Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl.
12°.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento de plazo de entrega de antecedentes para formalizar la contratación. El oferente adjudicado deberá en forma previa a la suscripción del contrato, entregar dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de adjudicación, los siguientes documentos: 12.1. Documentos para Persona Natural: a) Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados. 12.2. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): a) En caso de sociedades: a.1 Copia simple de escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio. a.2 Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. a.3 Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. a.4 Copia simple de la cedula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados. a.5 Las Sociedades que se acojan a la Ley N°20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo. a.6 Certificado de antecedentes laborales y previsionales, con una antigüedad no mayor a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de presentación de la oferta. a.7 En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada. b) En caso de Fundaciones o Corporaciones: b.1 Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. b.2 Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica. b.3 Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica. b.4 Copia simple del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial. b.5 Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. 12.3. Documentos para Persona Jurídica Extranjera: a) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. b) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. c) Deberá designar domicilio en Chile. d) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. 12.4. Documentos para UTP a) En las contrataciones superiores a 1.000 UTM, deberá presentar escritura pública en que conste la unión temporal, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si el monto de la contratación es inferior, basta con un instrumento privado. b) Además, cada uno de los proveedores deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda. El contrato, tendrá las siguientes estipulaciones: a) Individualización del proveedor; b) Individualización de los servicios materia del contrato. c) Precio; d) Plazo de duración; e) Garantías; f) Causales de término anticipado; g) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios; h) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución; i) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor; j) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. k) Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen; l) Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio; m) Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos. n) Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario. o) Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases. p) Declaración que el Servicio se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. q) Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos. Si el adjudicatario no hace entrega de los antecedentes, no se encuentra inscrito y/o habilitado en el registro de proveedores o no suscribe el contrato dentro de los plazos ya indicados, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable al Servicio. De esta forma, el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numeral 11.1 de las presentes Bases Administrativas, readjudicación. PRECIO El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable. VIGENCIA El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, esto es trascurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo aprobatorio en el portal www.mercadopublico.cl., y se extenderá por 26 meses contados desde esa fecha. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, a la solicitud del SSMN, el servicio podrá prestarse a contar de la fecha de suscripción del contrato, debiendo dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio en la respectiva Acta de Inicio de Servicios suscrita entre el Servicio de Salud Metropolitano Norte y el adjudicatario. En este caso, los plazos para la ejecución del servicio se contabilizarán desde dicha fecha, pero no procederá pago alguno mientras no se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que lo aprueba. DURACIÓN DE LOS SERVICIOS El plazo de ejecución de los servicios será de 24 meses contados desde la fecha en que estos se comiencen a prestar, el cual no podrá superar el plazo de vigencia del contrato, salvo que exista alguna modificación de contrato. FORMA DE PAGO El Servicio procederá a efectuar el pago por los servicios efectivamente ejecutados previa recepción conforme de los servicios, emitida por el Referente técnico. La fecha de emisión de la factura y/o boleta debe ser posterior a la de la Orden de Compra, y deberá ser emitida toda vez que los servicios fueron entregados en conformidad por el proveedor y serán pagadas en un plazo máximo de (45) días corridos desde la recepción de la factura. Asimismo, al momento de la facturación, el proveedor de igual manera deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, mediante formulario F30, pudiendo en caso contrario el Servicio ejercer las facultades previstas en la Ley N° 19.886. En caso de emitirse factura y/o boleta de honorarios el proveedor deberá emitirla con la siguiente información: • Nombre: Servicio de Salud Metropolitano Norte • Rut: 61.608.000-8 • Dirección: Maruri N°272 • Comuna: Independencia • Ciudad: Santiago El proveedor solo podrá facturar una vez que el (la) Referente Técnico del SSMN, autorice la facturación, para ello el oferente deberá realizar una pre-facturación que indique el servicio prestado. El (La) Referente Técnico validará la pre-factura utilizando la orden de trabajo como referencia, emitida por el mismo proveedor una vez finalizado el servicio. Posteriormente el proveedor podrá realizar la facturación correspondiente. El organismo comprador rechazará todas las facturas que no hayan cumplido con este trámite y no tengan la autorización expresa de facturar. La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl. Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com Debe emitir DTE a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado. La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago centralizado a través de Tesorería General de la Republica. Las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”.
13°.- DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO:
El adjudicatario deberá prestar los servicios convenidos, de acuerdo a las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y contrato u orden de compra, junto a una orden de trabajo, cuya copia quedará en manos del proveedor. La orden de trabajo deberá ser firmada y timbrada por El (La) Referente Técnico o su subrogancia según corresponda, dando conformidad al servicio prestado. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo de ejecución de los servicios, por escrito y con a lo menos 10 días hábiles de anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la que podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada mediante Ordinario dirigido al domicilio informado por el proveedor adjudicado, quien contará con quinto día hábil para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N°19.880. Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico. 13.1.- Calidad de los servicios ofrecidos La Contraparte Técnica del Servicio pondrá especial énfasis en el control de calidad de los servicios para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas, en caso de no ser así, dará origen al rechazo de los mismos y se tendrán por no recepcionados. Para dicho propósito, deberá informar por email a la contraparte técnica del proveedor y podrá ser motivo de multas y/o término del contrato.
14°.- REFERENTE TÉCNICO
Actuará como referente técnico: Doña Carla Angel Obregón, Químico Farmacéutico, Encargada de Unidad Decomiso SSMN, o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que estará encargada de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades: 1. Dar recepción conforme de los servicios entregados, y respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, requerir su entrega respectiva. 2. Instruir al proveedor adjudicado las fechas en las que se ejecutará los servicios. 3. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de solicitud de prórroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato. 4. Informar oportunamente a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Norte y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las bases. 5. Requerir a las unidades receptoras de los servicios, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. 6. Verificar el correcto cumplimiento del contrato, cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado.
15°.- PRESUPUESTO:
Para la presente contratación, el Servicio de Salud Metropolitano Norte cuenta con un presupuesto disponible de 600 UF (seiscientas Unidades de Fomento), impuestos incluidos.
16°.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES.
El adjudicatario no podrá ceder el contrato. Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
17°.- CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD:
El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato.
18°.- CONFIDENCIALIDAD:
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Norte que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
19°.- OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO:
Serán obligaciones del Oferente Adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, las siguientes: 1. Entregar los servicios adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Referente técnico. 2. Observar las indicaciones del Referente Técnico en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los servicios según corresponda. 3. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 4. Observar la prohibición de cesión de contrato. 5. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, conforme a lo prevenido en las bases. 6. Observar que los servicios cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 7. Acreditar haber pagado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de previred, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento 8. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de extensión de contrato prevista en las presentes bases. 9. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la ley N°19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. 10. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal.
20°.- MULTAS
Se considerarán infracciones sujetas a multa: FALTA DESCRIPCIÓN Si los servicios no se entregan en la forma, calidad, cantidad y/o lugar acordado mediante contratación, entre proveedor y SSMN. 2 UTM del valor total de contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 30% del valor total de contrato. Suspensión del servicio sin previa notificación por correo electrónico al referente técnico del SSMN, con 48 hrs de anticipación como mínimo, a la fecha de prestación del servicio. 2 UTM del valor total de contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 30% del valor total de contrato. Incumplimiento a las obligaciones del oferente, calificado como grave por el Referente técnico. Se entenderá como grave la no ejecución de las obligaciones por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, y que dicho incumplimiento le genere al SSMN perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Los que son: - Si el proveedor se niega a otorgar una fecha para destrucción de sustancias, dentro de aquellas propuestas por el SSMN y/o si la fecha otorgada por el proveedor excede los márgenes expuestos en el Art. 41 de la ley 20.000 de drogas sin justificante escrito (certificado). 5 UTM del valor total de contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 30% del valor total de contrato. Con todo, la suma de las multas no podrá superar el 30% del monto total del contrato IVA incluido. Para aplicar cualquier multa establecida el contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud y se indique el monto de la sanción, en virtud del cual se remitirá un Ordinario dirigido al domicilio del proveedor, indicado en el Formulario N°1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerida la aplicación de multas. b) Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Director del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. c) De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas, o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, la sanción por el valor total o parcial informado por el Referente Técnico, o la determinación de no aplicarla, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que se remitirá mediante carta certificada al domicilio informado. d) La Resolución que aplique la multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. e) El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de quinto día desde notificada la Resolución que la aplicare, el cual deberá hacerse efectivo en Tesorería de este origen, adjuntando copia del acto administrativo respectivo, en caso de no hacerse efectivo el pago en el plazo antes indicado, se hará efectivo mediante descuento de la garantía de fiel cumplimiento. f) La empresa sancionada deberá pagar la multa en Cuenta Corriente N°9399356 del banco Estado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte Rut: 61.608.000-8, enviando comprobante de pago a claudia.chavezburgos@redsalud.gob.cl, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha en que se notifique la presente resolución. En caso de no efectuarse el pago de la multa dentro del plazo señalado precedentemente, el Servicio de Salud Metropolitano Norte iniciará las acciones correspondientes para el cobro de la misma g) Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
21°.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Caso fortuito o fuerza mayor. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6) Por haber alcanzado el tope de multas según se indica en las presentes bases. 7) Por no acreditar, previo informe de Referente Técnico y Ordinario dirigido al domicilio de adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes: 1. Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. 2. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. 3. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. 4. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. 5. Si se disuelve y procede a su liquidación 6. Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión dispuesto en estas bases. 7. Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. 8. Si los servicios no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse. 9. Si los servicios no corresponden a las Especificaciones Técnicas y no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse producto de instrucción del referente técnico. 10. Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio Para declarar el término del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud de término, en virtud del cual se remitirá un Ordinario dirigido al domicilio del proveedor, indicado en el Formulario N°1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerido el término del contrato. b) Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Director del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. c) De no formularse reparos a la decisión de declarar el término del contrato o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que se remitirá mediante carta certificada al domicilio informado. d) La Resolución que declare el término del contrato podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. e) En caso de declararse el término anticipado del contrato, el Servicio podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases, incluida la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causare.
22°.- CONSTANCIA
Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
22°.- CONSTANCIA
Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
23°.- MODIFICACIONES CONTRACTUALES
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo. En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases, equivalente al 5% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles, el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo. En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos.
24°.- DOMICILIO
En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Norte serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre las partes.