Licitación ID: 1057476-26-LR22
SERVICIOS DE DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2
Responsable de esta licitación: INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de asistencia puertas adentro 24 Mes
Cod: 91111904
CONTRATACIÓN DE LOS "SERVICIOS DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 1", PARA PACIENTES DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO "DR. JOSÉ HORWITZ BARAK" SEGÚN BASES ADJUNTAS, PONER VALOR POR DIA POR 5 PACIENTES  

2
Servicios de asistencia puertas adentro 24 Mes
Cod: 91111904
CONTRATACIÓN DE LOS "SERVICIOS DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 2", PARA PACIENTES DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO "DR. JOSÉ HORWITZ BARAK" SEGÚN BASES ADJUNTAS, PONER VALOR POR DIA POR 8 PACIENTES, SEGÚN NUMERO DE HOGARES QUE POSTULA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR LOS SERVICIOS DE DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2, SEGÚN BASES ADJUNTAS APROBADAS POR RES. EXENTA Nº1543/2022
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.003-2
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-12-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 10-11-2022 16:59:57
Fecha inicio de preguntas: 10-11-2022 19:43:00
Fecha final de preguntas: 21-11-2022 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-11-2022 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-12-2022 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-12-2022 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 30-12-2022 16:58:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
ENTREGA GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA 13-12-2022 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1A
2.- Anexo 1B
3.- ANEXO 2A
4.- ANEXO 2B
5.- ANEXO 8 UTP
Documentos Técnicos
1.- Resol. 1543 del 09.11.2011 Contratación Servicios Día Hogar protegido Tipo 1 y Tipo 2
 
2.- Anexo 4A
 
3.- Anexo 4B
 
4.- Anexo 4C
 
5.- Anexo 4D
 
6.- Anexo 5
 
7.- Anexo 6
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Ver. Art. 16.3 Criterios de Evaluación y Ponderación de Bases 30%
2 Criterios Técnicos Ver. Art. 16.3 Criterios de Evaluación y Ponderación de Bases 30%
3 Condiciones de Empleo y Remuneración Ver. Art. 16.3 Criterios de Evaluación y Ponderación de Bases 10%
4 Comportamiento Base, según registro de Chile Prove Ver. Art. 16.3 Criterios de Evaluación y Ponderación de Bases 5%
5 Correcta presentación de los antecedentes Ver. Art. 16.3 Criterios de Evaluación y Ponderación de Bases 5%
6 Experiencia Ver. Art. 16.3 Criterios de Evaluación y Ponderación de Bases 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Maritza Gomez
e-mail de responsable de pago: maritza.gomez@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Dr. Cristian Mena
e-mail de responsable de contrato: cristian.mena@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25758892-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
VER ART. 24 DE LAS BASES
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSE HORWITZ BARAK
Fecha de vencimiento: 16-03-2023
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la proposición, todos los interesados independiente de la cuantía estimada para el proceso de compras, deberán entregar una garantía que cumpla los siguientes requisitos mínimos: a) Deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), esta deberá ser tomada por quien figure como representante o administrador de ésta, en razón de lo establecido en el acuerdo que formaliza la UTP o por cualquiera de los participantes de ésta, en la medida que esté facultados para ello; b) Debe ser irrevocable y pagadera a la vista; c) El monto a caucionar corresponde a $200.000.- (doscientos mil pesos); d) El documento tendrá una vigencia de a lo menos 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha de recepción de las ofertas; e) Debe ser expresada en pesos chilenos; f) Deben ser tomadas a la orden del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, Rut 61.608.003-2. En el caso de que el instrumento lo permita, deberá señalar los siguientes antecedentes: g) Indicar Nombre y Rut del tomador;
Glosa: “Garantiza Seriedad de la Oferta, por la licitación ID: 1057476-26-LR22 denominada: “DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2”.
Forma y oportunidad de restitución: 1) A los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, a solicitud del oferente y una vez transcurridos 30 (treinta) días, contado desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación de la propuesta. 2) Al proveedor adjudicado, una vez que el Instituto acepte a plena conformidad la garantía de fiel cumplimiento de contrato. 3) Encontrándose ésta vencida, o habiéndose declarado desierta o revocada la licitación. Para estos efectos, el Instituto dispondrá de un plazo máximo de 5º (cinco) días hábiles, contados desde que el proveedor solicita la devolución. La Institución, no se responsabilizará por la tenencia de estos documentos con posterioridad al plazo mencionado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSE HORWITZ BARAK
Fecha de vencimiento: 30-04-2025
Monto: 5 %
Descripción: El Adjudicatario, será responsable por todos y cada uno de los servicios que preste a la Institución, de modo que cualquier error que signifique un perjuicio para el Instituto, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la sociedad adjudicataria, las personas que actuaron como representantes legales de la misma, asumirán la(s) responsabilidad(es), que se puedan generar y los perjuicios asociados a dicha responsabilidad. El adjudicatario deberá, entre el tiempo que medie entre la publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl y la fecha de suscripción del contrato, acompañar una caución, la que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales y previsionales que se desprendan de él. El o los documentos que se presenten, deben cumplir con las siguientes características: a) Deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), esta deberá ser tomada por quien figure como representante o administrador de ésta, en razón de lo establecido en el acuerdo que formaliza la UTP o por cualquiera de los participantes de ésta, en la medida que estén facultados para ello; b) Debe ser irrevocable y pagadera a la vista; c) El monto a caucionar corresponde al 5% del contrato; d) El documento tendrá una vigencia de a lo menos 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha en que termine la prestación de los servicios encomendados; e) Debe ser expresada en pesos chilenos; f) Deben ser tomadas a la orden del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, Rut 61.608.003-2. En el caso de que el instrumento lo permita, deberá señalar los siguientes antecedentes: g) Indicar nombre y Rut del tomador; En caso que el instrumento no admita incluir los antecedentes adicionalmente solicitados, se pide al oferente que acompañe documento anexo, con firma del proponente, donde se incluya la información solicitada, la que deberá ser anexada y presentada junto a la caución en comento. Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con los requisitos, será devuelta para su cambio, debiendo el proveedor reintegrarla en el plazo de 72 horas, contados desde que se notifica al proveedor del error a subsanar, esta notificación debe realizarse a través del correo electrónico registrado por el proveedor. La caución deberá ser entregada físicamente en Oficina de Partes del Instituto, ubicado en Av. La Paz N° 841, comuna de Recoleta, antes de la firma del contrato definitivo, en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública Id.__________ y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak”. De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento; sin embargo, para su aceptación se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros de que éstos sean “pagaderos a la vista” y no sólo “de ejecución inmediata”, o sea sin que se requiera un procedimiento de liquidación de siniestros. No obstante, se aceptará cualquier seguro que cumpla con el requisito indispensable de ser “pagadero a la vista” y los demás ya descritos. De acuerdo al tiempo de vigencia del contrato y siempre que este sea superior a 18 meses, el proveedor podrá solicitar el cambio de la garantía de fiel cumplimiento a la mitad del contrato, siempre que se respete con el 5% de los saldos insolutos a la época de la sustitución. Y manteniendo las mismas condiciones y requerimientos bajo las cuales fue otorgada. La garantía puede otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza (ej. varias boletas de garantía) que en conjunto representen el monto a caucionar, esto es que en total cauciones el 5% del contrato, donde el último documento a vencer cubra el plazo restante aumentada siempre en 90 días corridos. La Garantía puede ser de aquellas que se emiten de manera física o electrónica, para los casos de garantías electrónicas, estas deberán ser enviadas al e-mail institucional que se informe en la oportunidad correspondiente, y ajustarse a lo que señale la Ley N°19.799. Los gastos que irrogue la obtención de las garantías, serán de cargo exclusivo del proponente adjudicatario. Si el proveedor se opone a entregar la garantía solicitada, en el marco de la adjudicación del proceso, o no la entrega dentro del plazo máximo establecido para suscribir el contrato, facultará al Instituto para iniciar el procedimiento de readjudicación y hacer efectiva la “Garantía de seriedad de la oferta”. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, podrá ser ejecutada en los siguientes casos: 1. Incumplimiento total o parcial del convenio o de cualquier obligación emanada del mismo, principalmente cuando versen sobre multas aplicadas. 2. Si se genera algún perjuicio al Instituto, de carácter pecuniario y que sea responsable el proveedor ya sea por culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones. 3. Incumplimiento de las reglas de cesión y subcontratación establecidas en las presentes bases de licitación. Si la garantía es ejecutada por el Instituto y continuando el contrato de prestación de servicios, se deberá devolver el documento previo ingreso de un nuevo documento que cumpla los requisitos previamente establecidos, con la salvedad que sólo deberá cubrir el saldo del contrato, pendiente de ejecución más los 90 días corridos adicionales, a la fecha estimada de término.
Glosa: “Garantiza el Fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato de prestación de servicios de HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2, de la licitación ID: 1057476-26-LR22 y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”.
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento: 1. Si el contrato ha terminado de manera anticipada, no existiendo multas pendientes de pago. En el caso de haber multas, al proveedor se le entregará el saldo que corresponda una vez deducidas estas. 2. Encontrándose esta vencida, después de terminado el contrato. Sin perjuicio de la existencia de la caución en comento, el Instituto se reserva el derecho a ejercer cualquier otra acción legal, que pueda aplicar de acuerdo al caso que se generé.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS

 

TÍTULO I. -BASES ADMINISTRATIVAS.

 ARTÍCULO 1. - OBJETO DE LA PROPUESTA            .

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, Establecimiento de Autogestión en Red, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, en adelante también “el Instituto”, llama a Licitación Pública para la contratación de los servicios “DÍA, HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2”, conforme las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases.

Las ofertas deberán  presentarse por dispositivo, los cuales deben tener una capacidad máxima para 8 usuarios por cada uno, los cuales deberán cumplir cada uno de los requerimientos técnicos establecidos en las bases técnicas.

Para el presente proceso se requiere:

Tipo de dispositivo.

N° de dispositivos requeridos.

Capacidad Máxima por dispositivo.

Cobertura

1

1

5 usuarios c/u.

24 meses.

2

5

8 usuarios c/u.

24 meses.

La oferta mínima, para participar en el proceso, es de a lo menos 1 dispositivo, con cobertura para 5 residentes para el hogar tipo 1, y de 8 residentes en el caso de los hogares tipo 2, cuyo valor por dìa cama por usuario equivale a $16.420.- (dieciséis mil cuatrocientos veinte pesos), que corresponde al 100% del arancel FONASA (Ex. PPV) vigente.

La oferta económica se debe plantear, en valor por día para el dispositivo Hogar Tipo 2 completo (por 8 residentes), tomando en consideración que la máxima disponibilidad a pagar por el Instituto es la suma de $131.360.- (ciento treinta y un mil trescientos sesenta pesos), mientras que en el caso del Hogar Tipo 1 (por 5 residentes), será de $82.100.- (ochenta y dos mil cien pesos)  impuestos incluidos, según arancel FONASA (Ex. PPV) vigente para el año 2022. Debiendo destacar que no obstante a la presente apreciación, los servicios serán cancelados durante la ejecución del contrato, por los cupos efectivamente autorizados y ocupados por la Institución.

El llamado a presentar ofertas se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública,  portal web de Chile Compra  http://www.mercadopublico.cl, en adelante “Sistema de Información”, donde se encontrarán las presentes Bases que regirán la contratación y el proceso licitatorio, además de cualquier otro documento que lo integre, a disposición de los interesados, a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

1.1.- SERVICIO REQUERIDO

La presente contratación tiene por objeto adquirir el servicio de “Día Hogar Protegido”,  para personas con enfermedad psiquiátrica, que se encuentren compensados, pero que no pueden vivir de manera independiente, no teniendo la red familiar necesaria para cubrir con esa necesidad.

Los Hogares Protegidos constituyen una alternativa de vivienda y soporte social, para pacientes con enfermedades de origen mental, dados de alta, pero que poseen deficientes o nulas redes de apoyo. El Instituto Psiquiátrico posee diversos Hogares Protegidos que dependen de la Institución, y que operan bajo una mirada cuyo principal objetivo es mantener la continuidad en los cuidados y la estabilidad en el proceso de reinserción comunitaria de personas con una muy escasa o nula red de apoyo.

En la actualidad los hogares protegido se rigen por la Norma General Técnica N°53, vigente Sobre Hogares Protegidos, Resolución Exenta N°2279/2000 del Ministerio de Salud, donde se define HOGAR PROTEGIDO, como:

  “Instancia residencial alternativa,  para albergar personas con discapacidad psíquica que no tienen las habilidades para vivir de manera independiente y no cuentan con el apoyo de sus familias”.

Es por esto, que el objetivo general de los Hogares Protegidos es integrar las necesidades habitacionales con las necesidades de apoyo y seguridad que necesitan las personas con discapacidad psíquica. De esta manera, este tipo de dispositivos contribuyen al proceso de entrenamiento en habilidades de desempeño en el hogar, así como sociales, para una posible vida independiente. Para algunos usuarios, los hogares protegidos llegan a transformarse en una opción permanente de residencia.

El Hogar protegido corresponde a una casa habitación, con espacios adecuados para un buen desplazamiento de los residentes en su interior, que aseguren su protección.

La casa habitación debe contar con las condiciones necesarias para albergar a un  número máximo de 8 residentes, los que dispondrán de dormitorios que resguarden su condición de privacidad e individualidad. Deben poseer además espacios para la recreación y uso del tiempo libre, así como áreas verdes suficientes.

ARTÍCULO 2.- BASES DE LICITACIÓN.

Las bases administrativas y técnicas, en adelante “las bases”, que por éste acto se aprueban  establecen el procedimiento  general de contratación, estableciendo requisitos, condiciones y especificaciones de carácter administrativo, técnico y económico,  para la licitación pública de la contratación de servicios HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2, para pacientes del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

1)            Bases Administrativas;

2)            Bases Técnicas;

3)            Anexos:

Anexo Nº 1-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.

Anexo Nº 1-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.

Anexo N° 2-A: “Declaración Jurada Simple Persona Natural”.

Anexo Nº 2-B: “Declaración Jurada Simple Persona Jurídica”.

Anexo Nº 3: Formato de “Oferta Económica”.

Anexo Nº 4-A: Prestaciones que debe contemplar.

Anexo Nº 4-B: Equipamiento e Infraestructura.

Anexo Nº 4-C: Recurso Humano.

Anexo Nº 4-D: Calidad y Seguridad de los pacientes.

Anexo Nº 5: Declaración Jurada de Compromiso de disposición de personal, infraestructura y

                  equipamiento.

Anexo N°6: Recursos Humanos

Anexo N° 7: Experiencia de la empresa

Anexo N° 8: UTP

En cumplimiento de lo establecido en el Dictamen N°045041 del año 2017, emitido por la Contraloría General de la República, en correlación al principio de No Formalización, establecido en el artículo 13 de la Ley 19.880, cada uno de los anexos indicados en este artículo tendrán un carácter referencial, respecto de la forma del documento, no pudiendo excluir oferta alguna bajo este razonamiento, por lo que formatos diferentes serán de igual forma considerados.

No obstante, el documento debe contener los elementos de fondo indicados por los anexos establecidos en el presente documento, que permitan evaluar la oferta del proveedor; los que a su vez deben estar debidamente suscritos por quien corresponda, en cumplimento de lo establecido en el inciso séptimo del artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, el que indica que No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente”. 

2.1 MODIFICACIÓN  Y/ ACLARACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN.

Hasta el vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas, el Instituto podrá efectuar las aclaraciones y/o modificaciones de las Bases de Licitación, si lo considera pertinente, ya sea de oficio o como resultado de alguna consulta realizada por algún proveedor en el Sistema de Información.

Cada caso se analizará particularmente. De considerarse necesario se establecerá un nuevo plazo prudencial para que dicha aclaración y/ o modificación pueda ser conocida e incorporada a las ofertas de los postulantes. Cuando se trate de una modificación a las bases será aprobada mediante resolución exenta. En caso de ser solamente una aclaración, bastará con un documento simple que será subido al Sistema de Información asociado al ID del proceso.

ARTÍCULO 3.- NORMATIVA APLICABLE.

La presente Licitación se regirá por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N° 250 de 2004 y sus modificaciones, y por cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Anexos, Consultas y Respuestas y Aclaraciones, las que se consideran incorporadas al respectivo contrato, el que se celebrará entre la Directora del Instituto Psiquiátrico y la empresa Adjudicataria.

Por la naturaleza de los servicios cuya contratación se licita, el convenio se regirá, asimismo, por las disposiciones vigentes establecidas en el DFL N° 36 de 1980 del Ministerio de Salud Pública y por las Normas Técnicas, Administrativas y Sanitarias y, en general, por las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar en la materia el Ministerio de Salud, y en subsidio por la normativa legal vigente.

Adicionalmente, en todo lo que respecte a la organización y funcionamiento de las dispositivos residenciales, se regirá por la Norma General  Técnica N°53 sobre Hogares Protegidos, aprobadas por resolución Exenta N° 2.279, de fecha 26.10.2000, emitida por el Ministerio de Salud.

Para efectos del “Procedimiento de evaluación de ingreso de pacientes a Hogares y Residencias protegidas”, Resolución Exenta N°1126, emitida por la Unidad de Calidad y seguridad del Paciente del Instituto, con fecha 06.09.2017.

Los apoyos graduados que deberán entregarse por el proveedor y sus dependientes, a los residentes que hayan sido evaluados por CR. de Rehabilitación como mediana o totalmente impedidos de tomar decisiones autónomas en la administración de sus bienes y en el manejo de dinero y que no tengan representante legal, familiares o terceros que velen y provean sus necesidades económicas, se regirán por los manuales, procedimientos y protocolos financieros y clínicos, aprobados a través de resoluciones exentas de la Dirección del Instituto Psiquiátrico.

Asimismo, la prestación de los servicios se regirá por la Ley Nº21.331 sobre el Reconocimiento y Protección de los derechos de las personas en la atención de Salud Mental y la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, en todos aquellos aspectos en que éstas le fueran aplicables.

ARTÍCULO 4: TIPO DE LICITACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS

Esta propuesta es a suma alzada, o sea, en el precio ofertado deben incluirse todos los costos asociados a la prestación del servicio. Los precios de la ofertas serán fijados por los oferentes, y deberán expresarse en valores netos. El rango de esta licitación es de aquellas clasificadas como LR, es decir aquellas que son mayores o iguales a 5.000 UTM.

El valor de las ofertas se  expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro ítem, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. 

La oferta económica debe ser ingresada a través del Sistema de Información, siendo el único medio valido para su recepción, el proveedor debe tener la precaución de que su oferta ingresada en el formulario electrónico de la plataforma, como el documento escaneado, como anexo, posean la misma información, en caso de existir disconformidad en el contenido de ambos, se considerará la información registrada en el Anexo correspondiente, debidamente escaneado y subido a la plataforma. Adicionalmente, se entenderá que la información no se encuentra presentada de manera oportuna y en forma, por lo que se deberá hacer el respectivo descuento en el criterio de evaluación correspondiente.

Las ofertas adjudicadas, cubrirán un total de 24 meses (720 días) del servicio requerido.

Par efectos de realizar la propuesta económica, se considerará un máximo de disponibilidad presupuestaria a cancelar para el dispositivo Hogar Tipo 2 completo (por 8 residentes), siendo esta  la suma de $131.360.- (ciento treinta y un mil trescientos sesenta pesos), mientras que en el caso del Hogar Tipo 1 (por 5 residentes) será de $82.100.- (ochenta y dos mil cien pesos)  impuestos incluidos, según arancel FONASA (Ex. PPV) vigente para el año 2022, por el número de usuarios , de acuerdo al siguiente cálculo:

Cuadro de texto: MDP = Arancel diario por usuario x Nª usuarios Hogar Tipo 1 $82.100= $16.420 x 5 usuarios Hogar tipo 2= $131.360= $16.420 x 8 usuarios diarios.

El valor corresponde a la máxima disponibilidad diaria que posee el Instituto, para cancelar por dispositivo que preste servicios, con esta información base, el proveedor deberá formular su oferta. Destacando que la Institución, sólo pagará por los cupos efectivamente autorizados y ocupados por usuarios de la Institución.

Se deja como referencia el valor por día para el dispositivo completo), correspondiendo al 100% del arancel FONASA (Ex. PPV), equivalente para el año 2022.

Para efectos del pago de los servicios efectivos, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. El Instituto, sólo cancelará por los servicios efectivamente prestados, entendiéndose para estos efectos, que por día se pagará aquellas plazas efectivamente utilizadas por usuarios actuales, previamente autorizados por el administrador de contrato.
  2. No serán pagadas aquellas plazas que se encuentren sin residente previamente autorizado.
  3. Si se produjese que alguna de las plazas se encontrase utilizada por un usuario, pero éste no se encontrase pernoctando en el dispositivo, en razón de encontrarse “HOSPITALIZADO EN OTRO CENTRO DE SALUD”, el Instituto cancelará por el servicio, el 50%, del valor día cama ofertado, que correspondiese a ese residente, para lo cual  el proveedor debe acreditar, a través del documento correspondiente, emitido por el Centro Asistencial, que el usuario permaneció dicha cantidad de días en el lugar señalado,  además de indicar la patología que sufría y la fecha en que fue dado de alta.
  4. El Instituto pagará el valor máximo por día, establecido en la oferta del proveedor (100% oferta), sólo en aquellos casos que el dispositivo se encuentre utilizado en su máxima capacidad y todos los residentes hayan pernoctado en él.

La o las ofertas seleccionadas se reajustará una vez al año calendario, en la oportunidad que se ajuste el Arancel del Programa de Prestaciones Valoradas (PPV), no auge de atención cerrada, correspondiente al Día Cama Hospitalización Residencia Protegida, aprobado por FONASA  y en la proporción que aumente dicho valor.

El pago se realizará conforme a lo establecido en el ARTÍCULO 23 de las presentes bases.

ARTÍCULO 5.- PLAZOS DE LA LICITACIÓN.

Todos los plazos establecidos en las presentes bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, excepcionalmente los plazos se pueden entender que corresponden a días hábiles, condición que debe encontrarse expresamente señalado en el texto.

No obstante, cuando se trate de un plazo en días corridos y éste tenga vencimiento un día sábado, domingo o festivo, se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente hábil no antes de las 15 horas.

En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración (Portal web http://www.mercadopublico.cl) los plazos contemplados en el “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62 del Decreto Supremo N°250/2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

ARTÍCULO  6.-  CALENDARIO DE LA LICITACIÓN

Etapa:

Detalle:

1. Publicación Bases de Licitación:

Las Bases que, rigen la presente Licitación Pública, se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información. Se considera como 1° día del proceso el día siguiente al de su publicación.

2. Consulta a las Bases:

Las consultas o aclaraciones a las Bases de Licitación, deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información hasta las 14:00 horas del 10º (decimo) día corrido del proceso de licitación.

3. Respuesta a Consultas:

Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones a las Bases de Licitación, se encontrarán a disposición de los interesados, a través del Sistema de Información, a contar de las 16:30 horas del 15º (quinceavo) día de la licitación (día corrido).

4. Presentación Garantía Seriedad de la Oferta.

Estas se recepcionarán, en la Oficina de Partes de la Institución, hasta el 30º (trigésimo) día de la licitación (día corrido), hasta las 12:00 horas.

*En caso de que el plazo vence en un día inhábil, se trasladará al siguiente día hábil, hasta las 12:00 horas.

5. Presentación de Ofertas:

Se recepcionarán las Ofertas hasta el día 30º (trigésimo) día de la licitación (día corrido), hasta las 15:01 horas. En caso de que el plazo vence en un día inhábil, lunes o un día siguiente a un día inhábil, el plazo se entiende vencer a las 15:01.

6. Apertura de Ofertas:

La apertura electrónica de las propuestas presentadas, a través del Sistema de Información, se realizará a lo menos con un minuto de desfase del mismo día del cierre de las ofertas, es decir, día 30º (trigésimo) día de la licitación (día corrido), a las 15:02 horas.

La Unidad de Abastecimiento, tendrá un plazo máximo de 2 días hábiles (segundo), para realizar l descarga de las ofertas y entregárselas a la comisión evaluadora

8. Evaluación Ofertas:

Se podrá realizar el Informe de Evaluación de ofertas hasta el 10° (décimo) día hábil, inclusive, siguiente al de la entrega de las ofertas por parte de la Unidad de Abastecimiento.

9. Adjudicación*:

La adjudicación de la propuesta se hará por Resolución del Director del Instituto, dentro de 5º (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la entrega del Informe de Evaluación de las Ofertas.

*Se podrá modificar la fecha de adjudicación, en un plazo no superior de 10 días corridos, contado desde el término del plazo establecido previamente en éste calendario. Para estos efectos, se deberá realizar el respectivo cambio en la plataforma de www.mercadopublico.cl y debiendo posteriormente, plasmar las razones de dicha modificación en la resolución de adjudicación.

10. Presentación Garantía Fiel Cumplimiento:

El proveedor adjudicado, deberá hacer entrega de la “Garantía” requerida, según las formalidades estipuladas en el artículo Nº21.1, de estas bases, en un plazo no mayor a 10º (décimo) día hábil, contado desde la fecha de adjudicación de este proceso licitatorio en la plataforma de www.mercadopublico.cl, en caso de corresponder según lo señalado en las bases de licitación.

11.- Formalización de la contratación:

Se llevará a cabo a través de la suscripción de un contrato, entre el proveedor adjudicado y la Institución, en un plazo de 30º (trigésimo) día hábil, contados desde publicación de adjudicación en la plataforma de www.mercadopublico.cl y previo a la recepción de la caución requerida para estos efectos. Luego, una vez tramitada la resolución que aprueba la contratación, se procederá a la emisión de la orden de compra, la cual deberá ser aceptada por el proveedor, en un plazo no superior a 2º (dos) días hábiles.

ARTÍCULO 7.- NOTIFICACIONES.

Todas las notificaciones que se efectúen con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas, contadas desde la publicación en el Sistema de Información del documento, acto o resolución objeto de la notificación, o el tiempo anterior a éste en que, desde publicada una resolución, el oferente/proveedor realice hechos positivos que indiquen que se encuentra notificado, según las reglas generales.

Las notificaciones a proveedores en el periodo de ejecución del contrato, se realizarán a través del correo electrónico señalado en el anexo de individualización del oferente, en caso de cambio de éste, se deberá informar al administrador de contrato, a fin de que tome conocimiento.

En el caso, que el adjudicado no comunique del cambio del correo electrónico al Instituto, este se entenderá notificado de lo informado, asumiendo las consecuencias y riesgos que puede implicar su acción.

ARTÍCULO 8.- PARTICIPANTES.

Podrán participar en la presente propuesta personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y asociaciones de personas (Unión Temporal de Proveedores) hábiles para contratar con la Administración del estado y sus entidades, de acuerdo con la legislación vigente.

En caso de una Unión temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por un único apoderado, al que será denominado para estos efectos como “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de ésta y será responsable directo de la propuesta durante el periodo de presentación de ofertas.

8.1 PERSONA NATURAL

Requisitos para ofertar

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del   trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, según lo señalado en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

Requisitos para ser contratado

  • El oferente No debe estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”
  • Encontrarse Inscritos y Hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso de que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Registro de Proveedores de Mercado Público, estarán obligados a inscribirse  o regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
  • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la administración del Estado prevista en la letra D del art. 26 del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211 de 1973.

Documentos persona natural

a)    Fotocopia de Cédula de Identidad

b)    Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 8 de la ley 19.886.

c)    Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.

En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas.

8.2 PERSONA JURÍDICA

Requisitos para ofertar:

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del   trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, según lo señalado en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • Las personas jurídicas distintas de sociedades deberán acompañar a sus propuestas los documentos legales que conforme a su naturaleza sean los equivalentes a los requeridos en el mencionado artículo 8.

Requisitos para ser contratado:

  • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”
  •  Encontrarse Inscritos y Hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso de que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Registro de Proveedores de Mercado Público, estarán obligados a inscribirse o regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. 
  • No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
  • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la administración del Estado prevista en la letra D del art. 26 del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211 de 1973.

Documentos persona jurídica:

a)    Fotocopia de Rut de la Empresa

b)    Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 8° de la ley 19.886.

c)    Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.

d)    Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.

e)    Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.

f)     Certificado de Vigencia de Poder.

g)    Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.

En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas.

  • Las personas jurídicas constituidas a través del procedimiento simplificado que contempla la ley 20.659 y su reglamento contenido en el decreto 45 de 2013 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar, al momento de contratar, los certificados digitales señalados en el artículo 29 del reglamento de la Ley 20.659.

8.3 PARTICIPANTES UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES UTP.

En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos en el  Artículo 8, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica. Entendiendo la UTP como señala el reglamento de la ley de compras públicas en su artículo 2, numeral 37,” Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo.”

Documentos UTP al momento de ofertar:

a)    Demás antecedentes exigidos en el artículo 8 de las presentes bases, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.

b)    En relación a los formularios y documentos solicitados en el punto de las presentes bases que corresponda a documentos para ofertar, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos antecedentes, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.

Documentos UTP al momento de contratar

a)    Escritura Pública en donde conste la unión, solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado en común con poderes suficientes.

b)    Demás antecedentes señalados en el artículo 67 bis del reglamento de compras públicas.

c)    Demás antecedentes exigidos en el artículo 8 de las presentes bases, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.

d)    Cada integrante de la UTP  debe encontrarse inscrito y hábil en el registro de chile proveedores. En caso de que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse o regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.

ARTÍCULO 9.- REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DEL PROCESO. (Admisibilidad)

Si un oferente no presenta, alguno de los documentos señalados en el presente artículo antes del cierre de recepción de la oferta, la propuesta se rechazará por ser inadmisible.

9.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta, en tiempo y forma.

9.2.- ANEXO 3: Económico

9.3.- ANEXO 4 a), 4 b), 4 c) y 4 d).

9.4.- ANEXO 5: Declaración Jurada de Compromiso de disposición de personal, infraestructura y equipamiento.

9.5.- Certificado de Antecedentes, del personal a contratar.

9.6.- En caso de que en la nómina de trabajadores ofrecidos se incluya extranjeros, se debe agregar copia simple de Cédula Nacional de Identidad para extranjeros vigente y visa de trabajo, en caso de proceder.

ARTÍCULO 10.- CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS DE LOS ANTECEDENTES DE LA   LICITACIÓN.

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo establecido en el ARTÍCULO 6.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El Instituto realizará aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo señalado en el ARTÍCULO 6 (sin indicación del autor de la o las consultas).

Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, incluso por aquellos que no las solicitaron; por lo cual los proponentes no podrán alegar desconocimiento de éstas.

Se invita a los oferentes a realizar todas las consultas y/o aclaraciones que consideren pertinentes a estas Bases de Licitación y a lo concerniente al proceso. El Instituto busca fomentar y favorecer la participación de todos quienes cumplan los requisitos para contratar con el Estado y deseen ofertar.

ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.

Para garantizar la seriedad de la proposición, todos los interesados independiente de la cuantía estimada para el proceso de compras, deberán entregar una garantía que cumpla los siguientes requisitos mínimos:

a)  Deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), esta deberá ser tomada por quien figure como representante o administrador de ésta, en razón de lo establecido en el acuerdo que formaliza la UTP o por cualquiera de los participantes de  ésta, en la medida que esté facultados para ello;

b)  Debe ser irrevocable y pagadera a la vista;

c)  El monto a caucionar corresponde a $200.000.- (doscientos mil pesos);

d)  El documento tendrá una vigencia de a lo menos 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha de recepción de las ofertas;

e)  Debe ser expresada en pesos chilenos;

f)   Deben ser tomadas a la orden del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, Rut 61.608.003-2.

En el caso de que el instrumento lo permita, deberá señalar los siguientes antecedentes:

g)  Indicar Nombre y Rut del tomador;              

h)  En el caso que el documento pueda contemplar glosa (como boletas, certificados de fianza y pólizas), deberá señalar la siguiente: “Garantiza Seriedad de la Oferta, por la licitación ID: ____________ denominada: “DÍA HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2”.

En caso que el instrumento no admita incluir los antecedentes adicionalmente solicitados, se pide al oferente que acompañe documento anexo, con firma del proponente, donde se incluya la información solicitada, la que deberá ser anexada a la caución en comento.

             

La caución deberá ser entregada físicamente en Oficina de Partes del Instituto, ubicado en Av. La Paz N° 841, comuna de Recoleta, hasta el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el calendario del proceso (Anexo N°1), en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública Id.__________ y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”. 

Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con los requisitos, podrán ser devueltas para su cambio, la que deberá ser reingresada dentro de las 72 horas siguientes a la solicitud, corregida.

La no entrega de la caución, disconformidad en ella respecto del contenido solicitado sin enmienda, o ingreso extemporáneo del documento en oficina de partes, será causal de inadmisibilidad de la propuesta conforme lo establecido en las presentes bases, siendo ésta un requisito mínimo para postular.

De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento; sin embargo, para su aceptación se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros  de que éstos sean “pagaderos a la vista”  y no sólo “de ejecución inmediata”, o sea sin que se requiera un procedimiento de liquidación de siniestros. Al tratarse de un documento que no cumpla con las exigencias impuestas para estas garantías,  deberá ser rechazado en el análisis de las ofertas, pudiendo reemplazarlo mientras  sea entregado antes de las 72 horas previamente establecidas, esta obligación es carga del oferente.

La garantía de seriedad de la oferta, podrá ser ejecutada en los siguientes casos:

1)  Si el participante retira su oferta durante el periodo de validez establecido en las presentes Bases.

2)  Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.

3)  Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el N°2 precedente, no cumple con lo establecido en el Artículo 19 de las presentes bases, relativo a la formalización de la contratación o, si cumpliendo con lo solicitado, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles contados desde la fecha de publicación de la adjudicación en el  portal de Compras públicas.

La garantía de seriedad de la oferta, será devuelta:

1)  A los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, a solicitud del oferente y una vez transcurridos 30 (treinta) días, contado desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación de la propuesta.

2)  Al proveedor adjudicado, una vez que el Instituto acepte a plena conformidad la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

3)  Encontrándose ésta vencida, o habiéndose declarado desierta o revocada la licitación.

Para estos efectos, el Instituto dispondrá de un  plazo máximo de 5º (cinco) días hábiles, contados desde que el proveedor solicita la devolución. La Institución, no se responsabilizará por la tenencia de estos documentos con posterioridad al plazo mencionado.

11.1 PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL PARA ENTREGA DE GARANTÍAS O CAUCIONES ELECTRÓNICAS.

En virtud de la actual realidad que está viviendo el país en el contexto de Pandemia por COVID-19, y con la finalidad de aminorar al máximo los desplazamientos en la ciudad, se autoriza excepcionalmente la entrega de Garantías de Seriedad de la Oferta, siempre y cuando estas sean de emisión electrónica y cuenten con algún medio de verificación a distancia.

Para efectos del ingreso de estos documentos y posterior validación se deberá seguir los siguientes pasos:

1.         El documento electrónico debe ser enviado a los correos electrónicos diego.marquezg@redsalud.gov.cl y genoveva.lazo@redsalud.gov.cl, dirección de funcionarios de la  Unidad de Abastecimiento de la Institución.

2.         Una vez recibido el correo por la profesional, el documento será ingresado a Oficina de Partes de la Institución, quien procederá a certificar la fecha de ingreso a la Institución.

3.         La copia timbrada por Oficina de Partes será escaneada y enviada al oferente certificando la entrega correcta del documento.

4.         El documento timbrado por oficina de partes debe ser subido por el oferente al sistema de información como documento administrativo de su propuesta (se recomienda subir el correo de respuesta recibido)

El plazo máximo de recepción del documento es la misma que se establece como regla general establecido en el calendario del proceso, por lo que para efectos de certificación de la hora de ingreso, se estará a la hora que registre el correo electrónico de la profesional designada, por lo que se recomienda a los interesados enviar la información con la suficiente antelación, a fin de evitar posibles retrasos asociados a problemas informáticos, no haciéndose responsable el Instituto por arribos extemporáneos.

No se recepcionará por esta vía otro tipo de documentos o cauciones distintos a las descritas en este numeral.

ARTÍCULO  12.- PRESENTACIÓN  Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS.

El proveedor deberá adjuntar a su oferta publicada en el Sistema de Información los siguientes antecedentes, sin los cuales su oferta podría ser declarará inadmisible. No obstante, antes de desestimarla y siempre que se trate de antecedentes formales, podrán solicitarse aclaraciones o antecedentes, de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2 de las presentes bases, en cuanto a los posibles errores u omisiones detectados durante la evaluación de las ofertas.

Se solicita presentar las propuestas en carpetas electrónicas separadas, caratuladas “Oferta administrativa”, “Oferta técnica” y “Oferta económica”, de acuerdo con el siguiente detalle:

La omisión de cualquiera de los requisitos y documentos detallados en este acápite y que no sean esenciales para el proceso, se podrán solicitar cumpliendo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2, realizando la respectiva rebaja de puntaje en el sub-criterio de cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta.

La oferta debe contener y especificar los siguientes documentos, a excepción de que estos se encuentren vigentes en el Registro de Proveedores (deben a lo menos cumplir con lo establecido en las Bases de Licitación), situación que deberá señalarse por el proveedor:

 

a)        Antecedentes administrativos.

a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:

Acompaño

a.1.1) Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en Anexo Nº 1-A de las presentes bases.

 

a.1.2) Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 2-A, debidamente suscrita por el oferente.

 

a.1.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados.

 

a.1.4) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.

 

 

a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:

Acompaño

a.2.1) Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en Anexo Nº 1-B de las Presentes Bases.

 

a.2.2) Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 2-B, debidamente suscrita por el (los) representante(s) legales de la entidad proponente.

 

a.2.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del (los) representante(s) legales de la entidad proponente, por ambos lados.

 

a.2.4) Documento (Instrumento o certificado)  que acredite que el poder de el o los representantes se encuentra vigente, el que debe ser emitido por la autoridad competente, dentro de los 60 días anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas. 

 

a.2.5) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.

 

 

Proponente Unión Temporal de Proveedores.

El oferente Unión Temporal de Proveedores, debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que corresponde a este tipo de asociación al momento de realizar la oferta electrónica e ingresar la identificación de cada persona que la integra. Se deberá adjuntar el documento público o privado donde consta la formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además en dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la unión.

El documento público que formalizó el acuerdo de UTP se solicitará al momento de suscribir el contrato.

Este es un requisito esencial al momento de ofertar. De no marcar el campo o de omitirse alguno de los integrantes, no se podrá adjudicar a dicho oferente, ni se aceptarán antecedentes de una persona no individualizada.

a.3) Unión Temporal de Proveedores debe acompañar:

Acompaño

a.3.1) Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en Anexo Nº 2-A de las presentes bases, por cada integrante de la oferta.

 

a.3.2) Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 2-A, suscrita por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.

 

a.3.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad (por ambos lados) de cada uno de los integrantes de la UTP, en el caso de ser personas naturales. Si los integrantes son personas jurídicas, se deberá acompañar cédula de identidad del o los representantes legales.

 

a.3.4) Completar Anexo Nº 8.

 

               

b) Oferta ECONóMICA.

La oferta económica debe presentarse conforme, a lo establecido en el Anexo N° 3.

c) Oferta Técnica.

La oferta técnica debe presentarse conforme las especificaciones reguladas en el Título II “Bases Técnicas”:

  • Anexos  Técnicos N°4, letras A, B, C Y D
  • Anexo N°5, declaración jurada de compromiso de disposición de personal, infraestructura y equipamiento.
    • Anexo N°6, Recursos humanos.
    • Certificado de Antecedentes de los trabajadores propuestos, con una vigencia no superior a 30 días desde su emisión.
      • Se debe presentar uno o mas videos de buena calidad
      • Anexo N° 7 Experiencia de la empresa

ARTÍCULO 13.- APERTURA ELECTRÓNICA.

La recepción de las ofertas se efectuará en la fecha y hora establecida en el Sistema de Información, de acuerdo con lo establecido en el calendario de la licitación de las presentes bases. No obstante, en caso de que exista discordancia, se estará a lo señalado en el portal de mercado público.

El Instituto podrá rechazar las propuestas que no contengan todos los antecedentes y requerimientos técnicos solicitados, o aquellas que contengan condiciones que alteren la claridad de la propuesta o generen confusiones insalvables, a menos que se hayan podido salvar dichos errores u omisiones tal como lo prescribe el ARTÍCULO 16.2 de estas bases, situación que será evaluada por los miembros de la Comisión Evaluadora.

En caso de que a la propuesta le falten antecedentes de admisibilidad, el Instituto podrá rechazar la oferta inmediatamente, en caso de detectarse en el acto de apertura.

ARTÍCULO 14.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS.

Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Instituto podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, el plazo para contestar a la solicitud de prórroga será de 48 horas, desde hecha la solicitud a través del sistema de Información.

En el caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el inciso anterior, el Instituto informará a los oferentes, a través del Sistema de Información, las razones que justifican la ampliación del plazo, hasta por un nuevo término de 30 (treinta), situación que posteriormente deberá ser expresada en la resolución de adjudicación.

ARTÍCULO 15.- COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS.

El Instituto, designa a la Comisión de Evaluación de la presente licitación, de conformidad al artículo 37 del D.S. N°250/2004 del Ministerio de Hacienda.

El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por tres funcionarios del Instituto, domiciliados, para éstos efectos en Avenida La Paz # Nº 841, en la Comuna de Recoleta, de la Ciudad de Santiago y cuyo teléfono es el de la mesa central, siendo el (56 2) 22575 88 50.

INTEGRANTES COMISIÓN

CARGO

Dra. Verónica Solís Pérez

Subdirectora Médica (S)

Dr. Cristian Mena

Jefe C.R. de Red de Servicios de Rehabilitación Psicosocial.

TO. Wally Schlechter

Jefe Unidad de Rehabilitación Piscosocial

Es de toda necesidad nombrar reemplazantes en el caso que algún miembro de la comisión no pueda participar en el proceso, quienes asumirán en el cargo de manera inmediata desde que toma conocimiento de su nominación:

REEMPLAZANTES INTEGRANTES COMISIÓN

Dr. Rúben Nachar

T.O. Juan Morales

AS. Carmen Jorquera

Es importante señalar que de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.1.8 de la Directiva N° 14 de la Dirección de Compras, relativa a la Conformación y funcionamiento de la Comisión Evaluadora, “deberá existir una clara distinción en la asignación de roles y responsabilidades durante el curso del proceso de compra”, por lo que los miembros de la comisión no deberán participar en otras etapas del proceso de adquisición. No obstante, y de acuerdo a lo indicado en el Dictamen N°0305 del año 2016, emitido por la Contraloría General de la República, las directivas emanadas de la entidad antes indicada, no tienen carácter imperativo o interpretativo, “por lo que establece la delimitación de funciones como una recomendación al disponer que “las entidades procurarán promover medidas tendientes”, por lo que corresponde a cada jefe de servicio, considerando su propia realidad institucional, velar por el cumplimiento de la normativa antes citada”, razón por la cual no se genera ningún impedimento para que las personas indicadas como miembros de Comisión de Evaluación no puedan participar, ya que son los profesionales con que cuenta la Institución de acuerdo a su realidad, para gestionar procesos de éste tipo.

Los oferentes no pueden contactar a los miembros de la Comisión (Sujeto de Lobby)  durante el período de análisis de las ofertas, que comprende el lapso que media entre el cierre de recepción de ofertas y la publicación de la resolución de adjudicación. Cualquier comunicación debe hacerse en los tiempos y las formas establecidas y a través del Sistema de Información.

En el caso de que un oferente mantenga un contrato vigente con el Instituto, anterior al presente proceso de licitación, y sea necesario conversar temas relacionados con este, siendo el Administrador de Contrato parte de la comisión, se podrá excepcionalmente comunicar con este último para tocar temas atingentes al contrato en ejecución.

En caso de que alguno de los oferentes trasgreda lo indicado en el párrafo anterior, su oferta será desestimada, sin poder continuar en el proceso de análisis.

De verse alguno de los funcionarios señalados imposibilitado de realizar las funciones de integrante de esta comisión y contando con una causa fundada para ello, deberá ser sustituido por alguno de los funcionarios establecidos en la lista de remplazo indicada en las presentes bases, quien tomaría el cargo ipso facto.

Del impedimento de formar parte de la Comisión se deberá informar por correo electrónico a la Unidad de Abastecimiento (a los profesionales de dicha unidad), en el plazo de 5 días hábiles desde notificada la presente resolución (papel o correo electrónico) o desde que se conoce el impedimento.  Con la información de procederá a informar al remplazante. Esta situación debe quedar plasmada en el informe de la Comisión y en la resolución que aprueba la adjudicación del proceso.

Corresponderá a la Comisión:

1. Verificar la admisibilidad de las propuestas, de conformidad a lo previsto en estas bases.

2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.

3. Elaborar el Informe de Evaluación de las ofertas.

4. Informar si existe un cambio en los integrantes de la comisión y de las razones de este cambio.

5. En caso de retraso en la entrega del informe, se debe señalar el motivo.

6. Las demás funciones que impone la normativa a las comisiones evaluadoras.

ARTÍCULO 16.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.

16.1 EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.

Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes bases.

Es requisito para participar en la presente licitación y para la aceptación de la propuesta, cumplir con todas las exigencias establecidas, en la forma y plazos señalados en las presentes Bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas por inadmisibilidad, las siguientes:

  1. Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en las presentes bases, para ofertar.
  2. Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en las presentes bases y la legislación vigente.
  3. Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en las presentes bases.
    1. Que la propuesta no cumpla con algún requisito exigido como mínimo (admisibilidad) para participar de la licitación.
    2. En caso que el oferente no conteste o suba, algún antecedente solicitado en el periodo de aclaración de ofertas y este sea considerado esencial para el análisis del proceso o para la ejecución del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, o incorporen documentos faltantes, según el procedimiento y límites establecidos en el ARTÍCULO 16.2, de las presentes Bases de Licitación.

16.2 SOLICITUD DE ACLARACIONES, CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN.

El Instituto, se reserva el derecho de solicitar a los proponentes, a partir del acto de apertura de las propuestas y hasta la decisión de adjudicación, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el proponente, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

El Instituto, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio, respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los Principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.

El Instituto, permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones, no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, se otorgará un plazo que se informará a través del portal.

Todo lo expuesto, será informado a través del Sistema de Información. El oferente que deba de salvar errores u omisiones formales tendrá un plazo de 48 horas, contados desde efectuado el requerimiento.

16.3.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN.

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación conforme lo expresado en las tablas siguientes:

Factor

Ponderación

1

Oferta Económica

30%

2

Oferta Técnica

70%

FACTOR

Ponderación

1.-Criterio Económico

Corresponde al valor ofertado para los SERVICIOS “DÍA DE CAMA HOGAR PROTEGIDO”, expresado en el Anexo N°3 de las presentes Bases.

Para calcular el puntaje correspondiente al precio se utilizará la siguiente fórmula:

 Puntaje =Precio mínimo Ofertado *100*0,30

                    Precio en análisis.

Ponderación 30%

Se debe tomar en consideración que el precio ofertado es por dispositivo.

30%

2.-Criterios Técnicos.

2.1.- Especificaciones. *

La evaluación de la Oferta Técnica se calculará de acuerdo a lo establecido en los Anexos 4-a, b, c y d, cuyos valores ponderados se transfirieran a ésta tabla.

Así el puntaje de evaluación técnica se obtiene del traspaso a la siguiente tabla de los puntajes parciales obtenidos de los anexos antes señalados, siendo cada anexo un subfactor:

Sub Factor

Anexo

Puntaje Máximo

Puntaje Obtenido

1.-Requeremientos Generales

4-a

50

2.-Recursos Humanos

4-b

90

3.- Equipamiento e Infraestructura del hogar.

4-c

110

4.-Seguridad del Hogar

4-d

75

Total

325

Para calcular la ponderación a obtener se debe utilizar la siguiente formula:

Cuadro de texto: = PTJE OBTENIDO EN LA OFERTA X 0,30 3,25  

        Ponderación Total

*Si un proveedor postula con más de una propiedad, se deben llenar los anexos por propiedad.

30%

2. Experiencia de la Empresa: El análisis considerará la cantidad de años que poseá el oferente, en el área de prestación de servicios relacionados con cuidado de pacientes psiquiátricos o con algún grado de  discapaciada. Para lo cual se deberá agregar al listado del anexo N°7, certificados o constancias u otro documento firmado por quien corresponda que acredite dicha situación, donde se deberá expresamente indicar mandante, tipo de usuarios y periodo en que se prestaron los servicios.

20%

Más o igual a 10 años de experiencia

20%

Más o igual de de 5 años y menos de 10 años.

10%

Menos de 5 años / No informa

0%

El anexo N°7, servirá de guía al momento de realizar la revisión del criterio, en relación con la oferta en particular, solo se consideran aquellas experiencias informadas en el anexo señalado y que sean acreditadas.   

2.2.- Condiciones de empleo y remuneraciones.

Sueldo imponible promedio de los cuidadores a jornada completa, es igual o superior a $350.000.-

10%

Sueldo imponible promedio de los cuidadores a jornada completa, es inferior a $350.000.- o no se informa.

0%

En caso de que se presentasen cuidadores de media jornada, el valor de la remuneración, se multípara por dos para efectos de considerarla como una jornada completa.

10%

2.3.- Comportamiento Base, según registro de Chile Proveedores.

 En los últimos 24 meses, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, según registro de la plataforma Mercado Público.

Se revisará la ficha del proveedor en Mercado Público el día del cierre de recepción de ofertas:

Nota 5

5%

Nota entre 4 y 4,99

2,5%

Nota menor a 3,99

0%

5%

2.4.-Correcta presentación de los antecedentes

El oferente que suba todos los anexos y especificaciones técnicas requeridas en el tiempo y forma.

5%

Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas y completándola a través del Foro de Aclaración de Ofertas, en tiempo y forma.

2,5%

Presenta documentación incompleta, pero no cumple con la entrega de los documentos solicitados a través del Foro de Aclaración de Ofertas, en tiempo y forma.

0

A éste puntaje se le aplicará la ponderación del 10 %

Ponderado = Puntaje x 10%

5%

TOTAL

Ponderado Final=Criterio Económico+ Criterios Técnicos.

100%

En caso de empate se estará a lo dispuesto en el artículo 17.1 de las presentes bases.

ARTÍCULO 17.- INFORME DE EVALUACIÓN.

La comisión de evaluación deberá confeccionar un “Informe de Evaluación de las Ofertas”, en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Individualización del proceso licitatorio, integrantes de la comisión y modificaciones de ésta.
  2. Individualización de los oferentes, indicando a lo menos el nombre, RUT, dirección e identidad del representante legal (nombre y RUT), si lo hay.
  3. Verificación de la admisibilidad de las ofertas: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión, deberá dejarse constancia de ello.
  4. Solicitud de antecedentes a los oferentes, según lo contemplado en el ARTÍCULO 16.2, en el sentido de aclarar las ofertas o de acompañar algún documento formal requerido, dejando constancia de la respuesta obtenida.
  5. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  6. Cuadro de todas las propuestas participantes, estableciendo su puntaje obtenido y la propuesta seleccionada.
  7. Asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  8. Información y causas de retraso en el proceso de evaluación en caso de existir.
  9. Propuesta de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o las que hubiera no cumplan con los requerimientos solicitados; o bien, cuando la comisión evaluadora desestime la(s) oferta(s) por juzgar que aquellas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.

10. Propuesta de adjudicación en caso de haberla, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

11. Toda la información relevante que tenga relación con el proceso de evaluación y las conclusiones de la comisión, sin ser estos numerales taxativos.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Director del Instituto a más tardar en el plazo establecido en el calendario de la licitación contenido en las presentes bases; de no ocurrir esto, la comisión debe informar a la Unidad de Abastecimiento las razones de la tardanza, a fin de que ésta última proceda a  ampliar el plazo en el Sistema de Información, situación que deberá quedar registrada en la resolución de adjudicación.

Excepcionalmete y por casos fundados se permitirá que el informe no sea firmado por uno de los miembros de la comisión, no obstante, esta posibilidad no exime a los miembros de ésta de participar en el proceso de evaluación, de todos antecedententes y razones de sustento debe quedar constancia en el Informe de la Comisión de Evaluación.

ARTÍCULO 18.-  ADJUDICACIÓN.

El Instituto, se reserva el derecho a adjudicar la presente licitación totalmente, desestimar y/o declarar desierta la licitación.

De las propuestas seleccionadas, el Instituto adjudicará la propuesta que obtenga el mayor puntaje, y, para el caso en que este oferente se desistiera de celebrar el contrato respectivo, se podrá adjudicar la propuesta a aquella oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente.

Cuando el precio de la oferta presentada por un proponente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Instituto que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Instituto podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar dicha oferta, solicitando una garantía, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, según  ARTÍCULO 21.2 de las Presentes Bases.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Director del Instituto.

Los participantes serán notificados de la adjudicación de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 7° de las presentes Bases.

El Instituto rechazará, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes, o en el caso que todos los proponentes participantes no cumplan con una o más disposiciones de estas bases, se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El Instituto se reserva el derecho de rechazar las ofertas que, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes bases, no resulten ser convenientes para sus intereses. En este caso se procederá declarar desestimadas las propuestas.

18.1 Empate:

En caso de empate en el total general de la evaluación, se seguirá el siguiente orden de prelación para definir al ganador:

  1. Criterior técnico;
  2. criterio económico;
  3. experiencia;
  4. condiciones de empleo;
  5. reclamos enviados por compradores;
  6. correcta presentación de los antecedentes;
  7. el que primero haya presentado la oferta en el portal de Mercado público.

18.2 Inclusiones en la Contratación.

El Instituto, al momento de adjudicar, podrá aumentar o disminuir el monto de adjudicación, siempre que no supere el 30% del valor estimado originalmente en las bases, siempre que exista razones fundadas para ello y que el aumento o disminución tenga relación con el bien o servicio a contratar.  El proponente adjudicado, deberá respetar los precios comprometidos en la oferta. Esto se realizará según las reglas del artículo 11 del D.S. N° 250/2004 de Hacienda.

18.3 Readjudicación.

El Instituto, en el caso de que el proveedor adjudicado:

  • Se rehusé a suscribir el contrato;
  • No entregue garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, si se solicitase;
  • No cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases;
  • Se desista;
  • Sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su reglamento.

Podrá  dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, lo que debe constar en resolución fundada.

El plazo máximo para readjudicar será de 90 días corridos, desde la publicación de la adjudicación oficial.

ARTÍCULO 19.- FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.

Resuelta la adjudicación de la licitación, se celebrará el contrato correspondiente, dentro de las fechas establecidas en calendario de licitación, para estos efectos se debe utilizar el modelo establecido y aprobado previamente por las presentes Bases de Licitación.

El adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos previos:

  1. Encontrarse Inscrito en el Registro de Chile Proveedores, en estado de inscripción hábil, en caso de ser la adjudicada, una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los integrantes de ésta, deberán inscribirse en el Registro de Proveedores citado.
  2. Entregar Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a los requisitos establecidos el ARTÍCULO 21 de las presentes bases.
  3. Declaración Jurada Simple, donde se indique que el proveedor no posee inhabilidades e incompatibilidades para contratar.
  4. Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, vigente, otorgado por la dirección del trabajo, que acredite el pago de deudas previsionales  y/o remuneraciones pendientes, o por alguna de las entidades o instituciones competentes, de conformidad con la normativa actualmente vigente.
  5. Documento donde conste la Iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
  6.  Los siguientes documentos según corresponda:

                      i.        PERSONA NATURAL

a)    Fotocopia de la cédula de identidad, por ambos lados.

                    ii.        PERSONA JURIDICA

a)    Copia simple del instrumento de constitución de la sociedad y de sus modificaciones;

b)    Copia de la inscripción del extracto  de constitución y modificaciones de la sociedad  en el registro de Comercio, emitido por el respectivo conservador si se tratase de sociedades;

c)    Certificado de vigencia de la personería  del representante  emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo;

d)    En caso de personas jurídicas constituidas al amparo de la Ley 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales, Certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

e)    Si las personas adjudicas fuesen Personas Jurídicas sin fines de Lucro, se deberá acompañar, copia simple de los Estatutos o del Instrumento de constitución, además de la publicación de la misma, si las hubiere; Copia Simple del Instrumento donde consten las facultase del representante legal de la entidad, si lo hubiere y Certificado de vigencia del oferente emitido por la autoridad competente, con una fecha no superior a 90 (noventa) días corridos desde su presentación. 

                   iii.        UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.

a)    Escritura pública donde se materialice la constitución, sin necesidad de que se constituya como sociedad en cumplimiento del artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.

b)    Declaración Jurada Simple, por cada integrante, donde se señale que el proveedor no posee inhabilidades e incompatibilidades para contratar.

c)    Cédula de Identidad de cada uno de los Integrantes de la UTP:

En el caso de que los antecedentes y documentos solicitados se encuentren subidos a la plataforma de chile proveedores, con la vigencia solicitada, el proveedor se eximirá de presentar los documentos solicitados.

El contrato deberá suscribirse dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados desde la fecha la fecha de adjudicación, para lo cual es esencial la entrega de los antecedentes señalados por parte del proveedor.

Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo, se entenderá sin más trámite que no acepta la adjudicación. En tal evento, el Instituto procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario incumplidor y hará efectiva en forma inmediata la Garantía de Seriedad de la Oferta de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 11.

Al contrato que se firme, quedarán incorporadas las condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Económicas, consultas y aclaraciones, y por supuesto la oferta realizada por el proveedor y aceptada por esta Institución.

Será responsabilidad del adjudicatario que suscribe el contrato, mantener la debida reserva de la información y de los procedimientos que tengan el carácter de confidencial.

Una vez que se firme el contrato por ambas partes, se podrá emitir por la unidad de abastecimiento la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicado en el plazo establecido en el plazo establecido en el calendario de licitación.

ARTÍCULO 20: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN.

La contratación de estos servicios, se regirá por lo señalado en las presentes Bases de Licitación, por lo establecido en la ficha electrónica de www.mercadopublico.cl, y en general, por todos los reglamentos y normas que rigen y tengan relación con el desarrollo del servicio o entrega del bien, los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte del adjudicado, según corresponda.

ARTÍCULO 21: OBLIGACIONES DEL CONTRATADO.

21.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO.

El Adjudicatario, será responsable por todos y cada uno de los servicios que preste a la Institución, de modo que cualquier error que signifique un perjuicio para el Instituto, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la sociedad adjudicataria, las personas que actuaron como representantes legales de la misma, asumirán la(s) responsabilidad(es), que se puedan generar y los perjuicios asociados a dicha responsabilidad.

El adjudicatario deberá, entre el tiempo que medie entre la publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl y la fecha de suscripción del contrato, acompañar una caución, la que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales y previsionales que se desprendan de él.

El o los documentos que se presenten, deben cumplir con las siguientes características:

a)  Deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), esta deberá ser tomada por quien figure como representante o administrador de ésta, en razón de lo establecido en el acuerdo que formaliza la UTP o por cualquiera de los participantes de  ésta, en la medida que estén facultados para ello;

b)  Debe ser irrevocable y pagadera a la vista;

c)  El monto a caucionar corresponde al 5% del contrato;

d)  El documento tendrá una vigencia de a lo menos 90 (noventa) días corridos, contados desde la  fecha en que termine la prestación de los servicios encomendados;

e)  Debe ser expresada en pesos chilenos, UF o UTM;

f)   Deben ser tomadas a la orden del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, Rut 61.608.003-2.

En el caso de que el instrumento lo permita, deberá señalar los siguientes antecedentes:

g)  Indicar nombre y Rut del tomador;              

h)  En el caso que el documento pueda contemplar glosa (como boletas, certificados de fianza y pólizas), deberá señalar la siguiente: “Garantiza el Fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato de prestación de servicios de HOGAR PROTEGIDO TIPO 1 Y TIPO 2, de la licitación ID: ____________y  las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”.

En caso que el instrumento no admita incluir los antecedentes adicionalmente solicitados, se pide al oferente que acompañe documento anexo, con firma del proponente, donde se incluya la información solicitada, la que deberá ser anexada y presentada junto a la caución en comento.

Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con los requisitos, será devuelta para su cambio, debiendo el proveedor reintegrarla en el plazo de 72 horas, contados desde que se notifica al proveedor del error a subsanar, esta notificación debe realizarse a través del correo electrónico registrado por el proveedor.

La caución deberá ser entregada físicamente en Oficina de Partes del Instituto, ubicado en Av. La Paz N° 841, comuna de Recoleta, antes de la firma del contrato definitivo, en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública Id.__________ y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak”. 

De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento; sin embargo, para su aceptación se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros  de que éstos sean “pagaderos a la vista”  y no sólo “de ejecución inmediata”, o sea sin que se requiera un procedimiento de liquidación de siniestros. No obstante, se aceptará cualquier seguro que cumpla con el requisito indispensable de ser “pagadero a la vista e irrevocables” y los demás ya descritos.

De acuerdo al tiempo de vigencia del contrato y siempre que este sea superior a 18 meses, el proveedor podrá solicitar el cambio de la garantía de fiel cumplimiento a la mitad del contrato, siempre que se respete con el 5% de los saldos insolutos a la época de la sustitución. Y manteniendo las mismas condiciones  y requerimientos bajo las cuales fue otorgada.

 

La garantía puede otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza (ej. varias boletas de garantía) que en conjunto representen el monto a caucionar, esto es que en total caucione el 5% del contrato,  donde el último documento a vencer  cubra el plazo restante aumentada siempre en 90 días corridos.

La Garantía puede ser de aquellas que se emiten de manera física o electrónica, para los casos de garantías electrónicas, estas deberán ser enviadas al e-mail institucional que se informe en la oportunidad correspondiente, y ajustarse a lo que señale la  Ley N°19.799.

Los gastos que irrogue la obtención de las garantías, serán de cargo exclusivo del proponente adjudicatario.

La garantía será devuelta con posterioridad al término del plazo de vigencia de ésta.

La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, podrá ser ejecutada en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento total o parcial del convenio o de cualquier obligación emanada del mismo, principalmente cuando versen sobre multas aplicadas.
  2. Si se genera algún perjuicio al Instituto, de carácter pecuniario y que sea responsable el proveedor ya sea por culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
  3. Incumplimiento de las reglas de cesión y subcontratación establecidas en las presentes bases de licitación.

Si la garantía es ejecutada parcialmente por el Instituto, pero se continua con la ejecución del contrato, el Instituto deberá realizar devolución del saldo restante; previamente a esto, el proveedor deberá ingresar un nuevo documento que caucione el saldo del contrato, el que deberá cumplir los requisitos previamente establecidos para este tipo de documentos y con cobertura para el saldo de plazo de contrato, aumentado en 90 días corridos.

Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento:

  1. Si el contrato ha terminado de manera anticipada, no existiendo multas pendientes de pago. En el caso de haber multas, al proveedor se le entregará el saldo que corresponda una vez deducidas estas.
  2. Encontrándose esta vencida, después de terminado el contrato.

Sin perjuicio de la existencia de la caución en comento, el Instituto se reserva el derecho a ejercer cualquier otra acción legal, que pueda aplicar de acuerdo al caso que se generé.

21.2 AUMENTO DE GARANTÍA/CREACIÓN DE GARANTÍA.

En virtud del Artículo 42 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, D.S. N° 250/2004, se solicitará la ampliación de la garantía de fiel cumplimiento, hasta la diferencia del precio con la oferte que le sigue, en caso que la oferta a adjudicar, sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue y se verifique por parte de la Institución que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Situación que debe quedar establecida en la respectiva resolución fundada.

ARTÍCULO 22: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO.

La contratación resultante de esta Licitación, comenzará a regir en la fecha de formalización de la misma, esto es, desde la aprobación del respectivo contrato a través de resolución exenta, poseyendo una vigencia de 24 meses.

Por razones de  buen servicio, éste puede iniciar antes que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba el contrato, no obstante el Instituto no puede realizar pago alguno mientras no se verifique la finalización del proceso mencionado.

22.1 RENOVACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO.

Una vez acaecido el término de éste, por el cumplimiento del plazo de vigencia, se podrá renovar el contrato inmediatamente, por igual periodo y por una sola vez, esto en atención principalmente de las siguientes circunstancias:

¾      No existencia de reparos respecto a la ejecución y calidad de los servicios contratados;

¾      Correcto cumplimiento del contrato en cuanto a tiempos de ejecución de los servicios, por parte del proveedor.

¾      Necesidad de la institución de contar con un proveedor que pueda realizar el servicio en cuestión y mantener la continuidad del servicio.

La renovación de esta contratación, se hará en los mismos términos, mediante resolución fundada afecta, teniendo como tope el monto de la adjudicación original y como límite general de toda la licitación, el límite establecido para el Tipo de Licitación, considerando la contratación original más la renovación.

Adicionalmente, dada la necesidad por parte del Instituto, el contrato podrá ser prorrogado de acuerdo al procedimiento establecido para ello, cumpliéndose con los requisitos y limitaciones, de acuerdo al D.S. N°250 de 2004, de Hacienda.

ARTÍCULO 23.- FORMA DE PAGO.

El pago por los servicios contratados se efectuará dentro de los primeros 30 (treinta) días corridos, según la Ley Nº 21.395, de Presupuestos del Sector Público para el año 2022, plazo contado a partir de la fecha de recepción de la factura por parte del Servicio de Impuestos Internos, en concordancia con lo establecido en la Circular N°4/2019 emitida por dicha institución.

Cada factura debe ser enviada de manera diferenciada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com (en formato XML), dentro de las 72 horas desde emitida, lo que permitirá su enlace con la plataforma interoperable que maneja la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES) y que administra la Unidad de Contabilidad del Instituto.

La factura se entenderá irrevocablemente aceptada por el Instituto, si no se reclamará en contra de su contenido o de la falta total o parcial de los bienes, dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción o por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 3° de la Ley N°19.983.

En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, solo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes.

Las facturas deben indicar en la referencia solo el ID de la Orden de Compra a la que se asocia, sin ningún dato adicional. Por ejemplo:

Cuadro de texto: Orden de compra 1057476-00-SE21 Referencia: 1057476-00-SE22 (Omitir palabra orden de compra o cualquier otro texto o espacio innecesario)

En caso de no cumplir con la referencia del documento, la factura será rechazada automáticamente por el sistema informático de la institución, debiendo presentarse nuevamente de manera correcta.

En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, sólo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión, emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes.

Para iniciar el proceso de pago, se debe contar con los siguientes documentos de respaldo, los que deberán ser entregados al Instituto.

  • Orden de Compra en estado de aceptada.
  • Certificado de Cumplimiento de Prestación de Servicios, emitida por la contraparte técnica y firmada por la Sub Dirección respectiva.
  • Certificado de Antecedentes laborales y previsionales, que comprenda el periodo de prestación de servicios, emitido por la Dirección del Trabajo. (ex F-30)
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales generado por la dirección del trabajo, para el presente establecimiento de salud. (ex F30-1) 
  •             Factura original o documento tributario correspondiente.

Las órdenes de compra se emitirán en la oportunidad correspondiente durante la ejecución del contrato, documentos que deben encontrarse  ser aceptados por el contratista antes de la emisión del documento tributario correspondiente.

Los documentos tributarios, no podrán ser emitidos por el proveedor antes de la generación de la Certificación de Cumplimiento de Prestaciones de Servicios. En caso de contravención de ésta obligación, o sea, de la emisión de documentos tributarios con fecha anterior a la señalada en el certificado, el documento será rechazado por el Instituto.

Para efectos del pago, el contrato debe estar en estado de Recepción Conforme (por HITOS), en la Plataforma de Mercado Público. 

ARTÍCULO 24.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIONES.

El contratista no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Instituto para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 29 de las presentes bases y se hará(n) efectiva(s) la(s) totalidad de la  Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato en beneficio del Instituto, en el caso de existir.

Durante la ejecución del contrato la empresa contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones la Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Instituto. Corresponderá a la Dirección de esta Institución, calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular.  

El personal que contrate el Contratista, con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el Instituto, sino que exclusivamente con la Contratista. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Instituto.

Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Instituto así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante un Certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.

El incumplimiento del Contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 29 de estas Bases.

La Dirección del Instituto podrá disponer que el Administrador del Contrato, en  representación del Instituto, evalúe  el cumplimiento del convenio por parte del contratista, realizando inspecciones, e informando de los resultados, donde se deberá señalar la existencia de algún incumplimiento de contrato que sea susceptible de alguna de las sanciones contempladas en las presentes bases, o que afecten la relación entre la empresa contratista e Instituto, en el presente o futuro.

ARTÍCULO 25.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO EN SU ETAPA DE EJECUCIÓN POR PARTE DEL PROVEEDOR.

El contrato será administrado por el Jefe del C.R. de Rehabilitación de la Institución o quien determine la dirección del Instituto.

A su vez el Administrador de contrato podrá delegar sus funciones, el personal dependiente del C.R. de Rehabilitación, quienes una vez designados, tendrán responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las funciones. Debiendo el administrador de contrato vigilar el trabajo de estos.

Serán funciones del administrador del contrato:

  • Supervisar y verificar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases de Licitación;
  • Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la Institución, durante la ejecución de éste, llevando registro escrito de cualquier situación que se produzca durante su vigencia, constituyenose en su contraparte técnica;
  • Coordinar y dirigir al equipo multidisciplinario que se encarga de seleccionar a los residentes.  Velando por que los cupos sean cubiertos al 100% dependiendo de la capacidad de cada Hogar.
  • Enviar comunicación escrita al proveedor, en caso de que exista alguna situación que perfeccionar, así como cuando exista incumplimiento de contrato;
  • Comunicar al abogado de Compras Públicas en el caso de que sea procedente alguna sanción por incumplimiento de contrato, a fin de que formalice la situación a través de un acto administrativo;
  • Informar a la Unidad de Abastecimiento, en el caso de que el proveedor solicite  una modificación de contrato, o presentación de descargos enmarcado en un proceso infraccional;
  • Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la adecuada interpretación de las Bases;
  • Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente;
  • Realizar los informes  que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su funcionamiento;
  • Emitir Certificado de Cumplimiento de Prestación de servicios, en razón a lo establecido en las bases de licitación;
  • Llevar la bitácora, registro y/o seguimiento del contrato.
  • Solicitar el cambio o salida de alguna persona que preste servicios para el adjudicado, que no cumpla cabalmente con sus obligaciones, situación que debe ser fundada.
  • Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.

ARTÍCULO 26.- MULTAS Y SANCIONES

Todo incumplimiento del  proveedor al contrato facultará al Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, para aplicar una o más sanciones de las que se indican, sin perjuicio de los otros  derechos que corresponden, en especial, el de hacer efectiva(s) la(s) garantía(s) que tenga constituida(s) el oferente adjudicado.

TIPO DE CONDUCTAS

SANCIÓN

a) Falencias en la mantención y reparaciones que deban hacer los proveedores a las residencias, para mantenerlos en condiciones óptimas.

Se podrá aplicar la recomendación técnica si es la primera vez que se observa los hechos en un periodo de 6 meses, de caso de no subsanar con el inconveniente se pasara a la sanción establecida en la letra f), de caso de reiterarse la conducta dentro del periodo de 6 meses de ocurrida la primera situación no se podrá aplicar recomendación técnica.

Recomendación técnica, la que deberá ser subsanada en un plazo máximo de 10 días hábiles.

b) Situaciones reprochables respecto del aseo de las dependencias. A modo de ejemplo: malos olores, hongos en paredes y baños, cocina con grasa, artefactos higiénicos con sarro y/o sucios; vajilla y ollas con restos de comida o grasa.

Se podrá aplicar una recomendación técnica, si es que es la primera y única vez que se pesquisa la situación, durante la ejecución del contrato.

2 UTM

c) Situaciones reprochables respecto de la alimentación de los pacientes. A modo de ejemplo: No entregar una dieta equilibrada en calidad y cantidad a los pacientes, falta de higiene en la elaboración, sin minuta a la vista, productos vencidos o en mal estado, etc.

d) No tener adecuadamente limpia la ropa de vestir y de cama de los pacientes.

e) No proporcionar las facilidades, informes, rendiciones de cuentas y datos que les sean requeridos para el ejercicio de las  fiscalizaciones, y especialmente,  negarse a entregar registros e información de los residentes, estado contractual del personal, boletas de servicios básicos, informe sanitario vigente, y a mostrar  el recinto para su inspección.

3 UTM

f) Incumplimiento de requisitos de infraestructura o condiciones generales  contemplados en las bases técnicas y que no son solucionados después de un primer requerimiento por parte del Instituto.

g) No estar al día en los controles médicos y de rehabilitación que necesitasen los usuarios de estos dispositivos, en el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” y/o en la red de salud.

                 7 UTM

h) En caso de constatar que el adjudicado, en el marco de una hospitalización de alguno de sus usuarios, lo deja más días de los indicados por los profesionales tratantes, en el centro de salud.

i) Utilización de las instalaciones y/o planta física para fines no convenidos.

(Por ejemplo: Día cama privada, talleres de rehabilitación externos, eventos privados y otros no relacionados con los usuarios).

j) No contar con los fármacos suficientes y vigentes para cumplir con los tratamientos indicados. 

k) Maltrato o abuso de los residentes (física: utilización de contenciones, golpes de puño u otros, baños agua fría, ropas no adecuadas a la estación, etc.   y/o verbal: uso de apelativos que los sitúe en una posición de inferioridad o sea una conducta infantilizadora, etc.).

No entregar a los residentes los apoyos graduados necesarios para el efectivo ejercicio de la capacidad jurídica y autonomía en los distintos aspectos de la vida diaria. Ejemplos: realizar compras, manejo de dinero, entre otros.

Además se podrá solicitar que la persona que comete la conducta, sea separa de sus funciones.

15 UTM

Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.

 La aplicación de 3 multas en un periodo de 5 meses continuos o discontinuos, por estas infracciones, dará origen a duplicar el valor de las multas y será considerada como una falta grave.

A su vez la causal establecidas en la letra k), se considera una causal grave, por sí sola, pudiendo considerarse como causal de término anticipado del contrato, de acuerdo al mérito de los antecedentes, lo que deberá ser fundamentado por el administrador de contrato,  sin derecho a indemnización alguna al proveedor.

ARTÍCULO 27.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES.

En caso de verificarse alguna conducta considerada como incumplimiento de contrato deberá seguirse el siguiente procedimiento:

  1. Para efectos de iniciar el proceso, el Administrador de Contrato deberá evacuar un informe, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde observada la conducta, documento que deberá ser enviado a la Unidad de Abastecimiento, a fin de notificar al proveedor del incumplimiento.
  2. El informe deberá contener los siguientes antecedentes:
    1. Individualización del contrato a que hace referencia el informe, ID de licitación, Órdenes de Compra y datos del proveedor y representante legal.
    2. Indicación de la conducta observada, la que debe estar establecida en Bases de Licitación.
    3. Hechos que fundamentan la solicitud, los que deben ser actuales, objetivos y claros, se podrá agregar como prueba de ellos fotografías u otros documentos que den fe de las situaciones imputadas.
    4. Sanción asociada a la conducta imputada.
    5. Debe estar suscrito por el o los administradores de contrato, según corresponda.

Se considerará los elementos indicados como requisitos de admisibilidad necesarios para continuar con el proceso, pudiendo ser devuelto el documento para su corrección (las oportunidades necesarias), el que deberá ser reingresado en el plazo máximo de 2 días hábiles.

  1. Una vez recibido el Informe por la Unidad de Abastecimiento, procederá a subir a la plataforma de Mercado Público en el aplicativo de Gestión de Contratos, el documento entregado por el Administrador de Contrato, debiendo ingresar la información en el apartado de Gestión de Sanciones.
  2. A través de correo electrónico la Dirección de ChileCompra notificará al proveedor del inicio de un procedimiento sancionatorio por incumplimiento de obligaciones contractuales, entregando un plazo de 5 días hábiles para realizar los descargos, gestión que deberá realizarse a través del menú de contratos del escritorio del proveedor de la plataforma de Mercado Público.
  3. Una vez recibida la notificación el proveedor podrá ingresar los descargos en el plazo entregado o aceptar la aplicación de la sanción.
  4. Transcurrido el plazo el Instituto procederá aceptar parcialmente o rechazar los descargos entregados por el proveedor, debiendo dictar el acto administrativo que formalice la decisión por la autoridad competente. Información que deberá ser subida al aplicativo de Gestión de Sanciones en el portal de Mercado Público.
  5. En contra del acto administrativo que finalice el proceso se podrá interponer recurso de reposición o jerárquico en los plazos y según las reglas establecidas en la Ley 19.880. Los recursos en cuestión deberán entregarse directamente en oficina de partes del Instituto o por carta certificada dirigida al Director del Instituto.
  6. El resultado de los recursos impetrados deberá contar en una resolución exenta la que deberá ser subida al portal de Mercado Público en el aplicativo de Gestión de Contrato.

Tanto la comunicación escrita de la falta, así como el procedimiento infraccional, no suspenderá en ningún caso la ejecución del contrato.

La Institución podrá rebajar prudencialmente las multas aplicables, en caso que se acoja parcialmente los argumentos planteados por el proveedor, o dejarla sin efecto si existe causa justificada comprobada. Así mismo el proveedor no podrá alegar desconocimiento a los procedimientos preestablecidos en las presentes bases.

En el caso de que procediese la aplicación de una o más multas, estas en su conjunto no podrán superar el 20% del valor total del contrato. Llegando a este porcentaje y/o manteniéndose el incumplimiento por parte del proveedor de manera injustificada, la institución estará facultada a poner término del contrato sin más trámite, por incumplimiento del contrato, buscando un nuevo proveedor que cumpla con los servicios requeridos. Excepcionalmente, la Dirección de este Instituto podrá, a través de resolución fundada, no aplicar el término anticipado de contrato, por no resultar conveniente para los intereses del Instituto o por el estado de avance del contrato.

Las multas serán descontadas de estados de pago, para lo cual el proveedor deberá emitir la factura completa por los bienes o servicios recepcionados. Realizándose el descuento al momento del pago, a través de la retención del monto por parte del Instituto, el que debe corresponder al valor de la multa.

En caso de que no exista posibilidad de descontar el monto de la multa desde la o las facturas emitidas, el proveedor deberá consignar antes de que se ejecute el último pago asociado a la contratación, en la cuenta de la tesorería del Instituto que se entregará en la oportunidad correspondiente. Siendo la última forma de pago el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

En caso de incurrir en una nueva infracción, se aplicará el mismo procedimiento antes señalado, el que podría acarrear una nueva sanción.

Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.

Con todo, la aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas bases, o que, mediante resolución fundada, estime que, dado el estado de avance del contrato, esta medida resulta perjudicial para los intereses de la institución.

En el tiempo en que medie la implementación del sistema informático por Mercado Público, las notificaciones que se realicen a causa de este procedimiento deberán realizarse al proveedor mediante el correo electrónico definido para los efectos.  Una vez que la Dirección de Chile Compra complete el proceso y dicte la instrucción al respecto, se aplicará totalmente el proceso indicado en el presente artículo y en correlación con lo indicado por la Dirección de Chile Compra.

ARTÍCULO 28.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato sólo podrá ser modificado durante su ejecución por el Instituto o por el consentimiento de ambas partes. Las variaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el servicio contratado,  dentro de la misma especialidad de éste y que versen sobre aumento de demanda en la cantidad de cupos requeridos por el Instituto, debiendo pagar éste, al proveedor, el mismo porcentaje o monto  establecido para el servicio original. Y solo en situaciones absolutamente excepcionales, fundadas y bajo la responsabilidad del Administrador de contrato.

En caso que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de éstos deberá ser menor o igual a los del contrato primitivo y teniendo como límite general el del tipo de licitación establecida.

Cualquier modificación del monto de los servicios que signifique un aumento o disminución de ellos será objeto de una nueva resolución del Instituto, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.

La suma o disminución total de estas modificaciones, no podrá exceder al 30% del valor total de la contratación.              

ARTÍCULO 29.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

Al contrato, derivado de esta licitación, se podrá poner término anticipado o realizar modificaciones por las siguientes causales:

1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, si la facultad de resciliar está conferida únicamente al apoderado, igualmente se deberá notificar a cada uno de los miembros).

2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

4. Si el contratista es declarado en quiebra por procesos anteriores a la entrada en vigencia de la Ley N°20.720; se encuentra dentro de un procedimiento concursal de liquidación; o en estado de notoria insolvencia a menos que mejore las cauciones entregadas.

5. En caso de término de giro, liquidación, disolución de la sociedad contratista o muerte del contratista si es persona natural. En tales eventos el contratista o quien haga las veces de su heredero, tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Instituto dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde el suceso respectivo.

6. Si la calidad de los servicios prestados, no satisface las exigencias mínimas  y objetivos señalados en las Bases Técnicas.

7. Si se verificara cualquier otro incumplimiento considerado como falta grave de las obligaciones contraídas por el contratista, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 26; inobservancia o vulneración de lo establecido en las presentes bases en lo referente a la prohibición de cesión y subcontratación; la aplicación de multas que excedan el 30% del precio total del contrato.

8. El Instituto podrá poner, unilateralmente, término anticipado al contrato, por escrito y con aviso previo de 30 (treinta) días corridos, todo esto a través de resolución fundada, previo informe técnico y administrativo que justifique la decisión. En el caso que el servicio contratado no cumpla efectivamente con la necesidad por el que fue adquirido, también se podrá aplicar esta causal.

9. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP):

a)    Si se constata que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia (en cuyo caso, además se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica).

b)    Si uno de los integrantes se retira, y éste reunía una o más características objeto de la evaluación de las ofertas, a menos que pueda continuarse con el contrato en las mismas condiciones que si esa persona continuara en la UTP, en atención a la magnitud de esta contratación y a las necesidades del Servicio.

c)    Si, en el transcurso del Contrato, se verifica que ha ocultado información relevante y necesaria para ejecutar el contrato, independiente del miembro de la UTP, en la que recaiga la omisión

d)    Alguna Inhabilidad sobreviniente de uno (o varios) de sus integrantes, siempre la que la UTP no pueda continuar ejecutando el Contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el Nº 1 y 2, o en caso de muerte si se trata de persona natural y no se pueda continuar con el contrato, el Instituto podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato,  sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder al Instituto en contra del contratante.

En los casos en que se ponga término anticipado al contrato sin cobro de la garantía de fiel cumplimiento, ésta será devuelta al contratista dentro de los  10 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que pone término al contrato y una vez que el Instituto haya verificado que no existen obligaciones pendientes de tipo laboral o de seguridad social del contratista con sus trabajadores.

ARTÍCULO 30.- GASTOS POR PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO.

Cada uno de los gastos asociados al proceso de postulación en el proceso, en los que deban incurrir los participantes, es de cargo de éstos. No considerando, por tanto, ningún tipo de remuneración, compensación, ni indemnizaciones de cualquier especie a los oferentes, siendo de su cuenta y riesgo.

ARTÍCULO 31.- DISCREPANCIAS ENTRE BASES DE LICITACIÓN Y SISTEMA DE INFORMACIÓN.

De existir discrepancias entre la información contenida en las presentes bases aprobadas por resolución y el texto transcrito en el Sistema de Información, se estará a lo que indica la acto administrativo respectivo que aprueba las Bases, subida al Sistema en formato digital (Pdf).

En caso de que en la propuesta de un oferente, existiese discrepancia entre la oferta económica ingresada a la plataforma de Chile Compra y el anexo económico subido en formato digital (archivo), el Instituto estará a lo subido en el anexo económico en formato digital (archivo), en cumplimiento de lo señalado en el artículo 18 en la Ley N° 19.886.

ARTÍCULO 32.- INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO.

En caso de discrepancias que se produjeren entre el Instituto y el proveedor, relativas a la interpretación de algún(os) punto(s) del contrato, se canalizarán éstas, a través del administrador del contrato, a su superior Jerárquico, quien informará a la Dirección de esta Institución, la que solicitará un informe respecto al punto a la Abogada de Compras Públicas del Instituto, con esto, la Dirección se pronunciará; si posterior a esto, persisten las discrepancias, estás podrán ser sometidas al conocimiento de la Contraloría General de la República, en virtud de su potestad dictaminante y/o a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

ARTÍCULO 33.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

ARTÍCULO 34.- CONSULTAS SOBRE ADJUDICACIÓN

Una vez adjudicado el proceso, se podrán hacer consultas relativas a éste, al correo electrónico gissela.salvo@redsalud.gov.cl

ARTÍCULO 35.- DE LA PROPIEDAD DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas técnicas presentadas y adjudicadas, así como los informes y documentación que se generen a partir de la ejecución de los contratos de prestación de servicios del Hogar protegido, serán de propiedad del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


BASES TÉCNICAS

TÍTULO II. BASES TÉCNICAS.

 

ARTÍCULO 1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, requiere regular la contratación de Hogares Protegidos, en el marco del modelo de “Salud integral con enfoque familiar y comunitario”, que posee actualmente el MINSAL.[1]

Los Hogares Protegidos constituyen una alternativa de vivienda y soporte social, para pacientes con enfermedades de origen mental, dados de alta, pero que poseen deficientes o nulas redes de apoyo. El Instituto Psiquiátrico posee diversos Hogares Protegidos que dependen de la Institución, y que operan bajo una mirada cuyo principal objetivo es mantener la continuidad en los cuidados y la estabilidad en el proceso de reinserción  comunitaria de personas con una muy escasa o nula red de apoyo.

En la actualidad los hogares protegido se rigen por la Norma General Técnica N°53, vigente Sobre Hogares Protegidos, Resolución Exenta N°2279/2000 del Ministerio de Salud, donde se define HOGAR PROTEGIDO, como:

“Instancia residencial alternativa,  para albergar personas con discapacidad psíquica que no tienen las habilidades para vivir de manera independiente y no cuentan con el apoyo de sus familias”.

Es por esto, que el objetivo general de los Hogares Protegidos es integrar las necesidades habitacionales con las necesidades de apoyo y seguridad que necesitan las personas con discapacidad psíquica. De esta manera, este tipo de dispositivos contribuyen al proceso de entrenamiento en habilidades de desempeño en el hogar, así como sociales, para una posible vida independiente. Para algunos usuarios, los hogares protegidos llegan a transformarse en una opción permanente de residencia.

Este Hogar debe garantizar una dinámica de funcionamiento que tienda a asemejarse lo más posible a las relaciones de cualquier grupo humano de adultos que habitan una casa común, es decir, fomentar la participación (promoviendo la expresión de afectos, ideas y opiniones), el respeto, la tolerancia y las relaciones afectivas.

Es importante señalar, que las necesidades de algunos usuarios difieren bastante de las que puedan tener otros, especialmente tomando en consideración la independencia que estos poseen, es por eso que la norma técnica describe distintos niveles de apoyo, a pesar de no clasificar taxativamente estos, ahora con la finalidad de poder organizar y distribuir los hogares el Instituto clasifica los hogares, en el Protocolo de Ingreso establecido para el efecto, aprobado a través de resolución exenta N°1126, de fecha 06.09.2017, correspondiente a:

Hogar Tipo 1:

Aquellos donde viven usuarios con mayor autonomía, y por tanto  necesitan apoyo, sólo en algunas de sus actividades.

Hogar Tipo 2:

Aquellos donde los usuarios deben tener apoyo moderado,  o sea todos los días en algún momento del día.

Asimismo, la prestación de los servicios se regirá por la Ley Nº21.331 sobre el Reconocimiento y Protección de los derechos de las personas en la atención de Salud Mental y la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, en todos aquellos aspectos en que éstas le fueran aplicables.

ARTÍCULO 2.- SERVICIO SOLICITADO.

La presente contratación tiene por objeto la Contratación de Servicios de Día Hogar Protegido Tipo 1 y 2, para pacientes dependientes del Instituto, divididos en grupos de 5 y 8 residentes máximos por dispositivo, pagando el Instituto por los servicios efectivamente prestados.  

Tipo

N° de dispositivos requeridos.

Capacidad Máxima por dispositivo.

Cobertura

1

1

5 usuarios c/u.

24 meses.

2

5

8 usuarios c/u.

24 meses.

La oferta mínima, para participar en el proceso, es de a lo menos 1 dispositivo, con cobertura para 8 residentes.

Para postular a la licitación se debe poseer de algún lugar que cumpla con las características solicitadas, siendo este lugar el que se evaluará, se deberá demostrar la factibilidad de contar con este lugar a través de una promesa de arriendo, arriendo o título de dominio, según corresponda.

La oferta económica se debe plantear, en valor por día para el dispositivo Hogar Tipo 2 completo (por 8 residentes), tomando en consideración que la máxima disponibilidad a pagar por el Instituto es la suma de $131.360.- (ciento treinta y un mil trescientos sesenta pesos), mientras que en el caso del Hogar tipo 1 (por 5 residentes), será de $82.100.- (ochenta y dos mil cien pesos)  impuestos incluidos, según arancel FONASA (Ex. PPV) vigente para el año 2022. Debiendo destacar que no obstante a la presente apreciación, los servicios serán cancelados durante la ejecución del contrato, por los cupos efectivamente autorizados y ocupados por la Institución.

El monto a ofertar por cada proponente será convertido al porcentaje equivalente del arancel FONASA 2022 para efectos de la evaluación, monto que será actualizado para efecto del pago al momento que se cuente con la información del valor reajustado.

Los servicios se pagaran por aquellos efectivamente consumidos por el Instituto, o sea mientras se encuentre ocupado el cupo en cuestión. Liberándose un cupo en el dispositivo, el Administrador de Contrato deberá cubrir el cupo en el tiempo más breve posible.

Los residentes podrán egresar, por voluntad propia en caso de alcanzar condiciones de autonomía que le permitan independizarse, también en los casos de verificarse conductas disruptivas para el entorno familiar o alguna otra conducta,  que lo haga perder la calidad de beneficiario del hogar, por ejemplo consumo de alcohol o drogas. Para ser efectivas cada una de los egresos, se deberá contar con la aprobación y evaluación de la Comisión de Ingreso del Instituto.

En virtud, de lo señalado en el párrafo anterior, en caso de que un residente no pernocte en el dispositivo, por encontrarse hospitalizado en algún centro de salud, el Instituto pagará al contratado, el 50% del valor establecido por día cama, bajo la condición de que el proveedor acredite, a través del documento correspondiente emitido por el Centro de Salud, que el usuario permaneció dicha cantidad de días en el lugar, señalando además la patología que sufría y la fecha del alta.

En caso de generarse esta situación, el proveedor deberá en el plazo máximo de 24 horas informar de ésta situación al Administrador de Contrato, o quien determine éste, a fin de que se monitoree durante el intermedio la evolución del usuario, y las fechas en que debe ser dado de alto.

Si algún proveedor, dejase más tiempo del que indica el profesional de la salud, hospitalizado al usuario y eso es constatado por el Instituto, al proveedor no se le hará pago del porcentaje señalado, además, de la aplicación de la sanción correspondiente.

Condiciones bajo las cuales debe ser prestado el servicio:

  1. Los residentes en tanto sean beneficiarios de FONASA son parte de la población adscrita a la atención primaria y por tanto a lo que respecta a su salud general debe estar bajo control en sus respectivos centros de atención primaria en salud (APS) para: control de salud, programa adulto mayor (si lo amerita), hipertensión, diabetes, dental u otro tipo de problemas de salud, de acuerdo a sus requerimientos y programas específicos, como campaña de invierno u otras.

  1. Los residentes deben tener acceso a programas de tratamiento, rehabilitación psicosocial y seguimiento en los dispositivos de salud de la red o en la residencia, y ser atendidos de acuerdo a la frecuencia  indicada por el equipo tratante.

  1. Para situaciones de emergencia de salud general o psiquiátrica, debe disponer de procedimientos previos, definidos por escrito, para el acceso y  la atención oportuna de los residentes, lo que deberá comunicarse a la brevedad, al establecimiento de salud que corresponda.

  1. Los residentes deben disponer de los fármacos prescritos por el/los equipos tratantes y su administración debe quedar registrada en un sistema de control especialmente definido para ello, el cual será objeto de supervisión y auditoría por parte del Servicio de Salud respectivo.

  1. Los apoyos graduados que deberán entregarse por el proveedor y sus dependientes, a los residentes que hayan sido evaluados por CR. de Rehabilitación como mediana o totalmente impedidos de tomar decisiones autónomas en la administración de sus bienes y en el manejo de dinero y que no tengan representante legal, familiares o terceros que velen y provean sus necesidades económicas, se regirán por los manuales, procedimientos y protocolos financieros y clínicos, aprobados a través de resoluciones exentas de la Dirección del Instituto Psiquiátrico.

ARTÍCULO 3.- ESTE SERVICIO DEBERÁ SER PRESTADO BAJO LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

Los Hogares Protegidos, de acuerdo a la Norma técnica vigente, deben poseer una serie de características y condiciones para funcionar, y que por tanto cualquier proveedor que se proponga participar en el proceso debe tener en consideración, ya que de ser adjudicado deberá cumplir con los estándares establecido.

Cabe destacar que existirán estándares generales y que aplican a cualquier tipo de Hogar, independiente del nivel de autonomía de los usuarios, a diferencia de estándares especiales que versan principalmente respecto de la cantidad de personal que se requiere para ejecutar el servicio y que son el elemento que distingue entre un tipo de hogar y otro.

1.1 CARACTERISTICAS GENERALES:

  1. Lugar y casa habitación:

i.  Ubicación:

-La casa habitación deberá estar ubicada dentro de la Región  Metropolitana.

-El lugar de ubicación debe permitir acceder a locomoción colectiva, centros de salud, comercio y servicios públicos, permitiendo la integración de los usuarios.

ii.  Elementos de discriminación:

 -La casa habitación no presenta elementos discriminatorios y estigmatizantes internos ni externos que expliciten su calidad de hogar protegido (letreros, carteles, placas, uniformes, dependencias clínicas, talleres.

iii.  Estado de conservación y mantención:

-La casa debe mantenerse en buen estado de conservación, evitando por tanto la existencia de muros, pisos y cielos con grietas ni roturas, techos en mal estado, goteras, instalaciones eléctricas en mal estado, ventanas y puertas que no cierren y todas aquellas que sean necesarias para mantener las condiciones de la vivienda. 

  1. Infraestructura y distribución:

  i.   Espacios habituales de hogar: La casa habitación debe disponer de los espacios habituales de un hogar (sala de estar, cocina, dormitorios, baños, comedor y espacios para recreación/tiempo libre.)

 ii.   Instalaciones domésticas básicas: La casa habitación debe contar con instalaciones de energía eléctrica, agua potable, sistema de alcantarillado y teléfono.

  1. Número de dormitorios: El hogar cuenta con el número de dormitorios suficientes para albergar a un número máximo de 8 residentes.
  2. Distribución en dormitorios: Los residentes están distribuidos en tazón de un dormitorio por cada 2 residentes.

 v.   Los dormitorios deben poseer las siguientes características:

- Sus dimensiones permiten el uso y desplazamiento fluido de los residentes.

- Dispone de ventilación natural. (Ventanas de fácil apertura o cierre; celosías opcionales en las puertas).

- La iluminación es adecuada, proveniente principalmente de luz natural en el Día (a través de ventana, traga luz, etc.)

- Se debe procurar, especialmente en invierno que las habitaciones se encuentren temperadas.

- Las ventanas de la habitación, deben de disponer de cortinas adecuadamente instaladas y de fácil manipulación (pliegue y despliegue).

- Los dormitorios deben poseer como mobiliario por cada residente: 1 cama completa (catre, colchón, sabanas, frazadas, cubrecamas y almohada); 1 velador y lámparas para ellos en el caso que se requiera y un mueble para guardar ropa, artículos de aseo personal y de cosmética y objetos personales en general. 

  1. Condiciones de privacidad/seguridad: Las condiciones de los dormitorios y los baños deben resguardar la privacidad e individualidad necesaria de cada usuario, sin poner en riesgo la seguridad personal de los residentes.
  2. Disposición de salas de baño: El hogar dispondrá de una sala de baño completa, por cada 4 residentes. (Se entiende que esta se encuentra completa, cuando posee a lo menos WC, lavamanos y duchas)
  3. Disposición agua caliente en ducha: La ducha diaria de los residentes, debe contar con agua caliente. El calefón debe estar en el exterior del baño.
  4. El baño debe contar con;

- Ventilación natural o con extracción adecuada del aire.

- Iluminación suficiente, ya sea natural o artificial.

- Elementos antideslizantes en el piso.

- Muros y pisos lavables.

- WC (tasa) con descarga de agua funcionando, sin roturas ni trizaduras, sin sarro adherido, sin malos olores y con tapa.

- Ducha o tina.

- Espejo de tamaño que permita a lo menos reflejar medio cuerpo.

- Cortina de baño de fácil pliegue y despliegue.

 x.   La cocina debe poseer las siguientes características:

- Sus dimensiones permiten la permanencia de 3 personas a la vez, con uso y desplazamiento fluido de los residentes.

- Muros y piso lavables.

- Almacenamiento diferenciado, entre los alimentos y artículos de aseo de la casa.

- Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre)

- Campana y/o extractor de aire, opcional celosías en las puertas.

- Que cuente también con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces.

- Cocina a gas, de cuatro platos, con horno.

- Refrigerador con freezer separado. (O sea de 2 puertas).

- Muebles diferenciados para almacenar alimentos, vajilla y artículos de aseo, en buenas condiciones de funcionamiento.

- Aparatos electrodomésticos en buenas condiciones de funcionamiento.

- Vajilla en cantidad suficiente para todos los residentes y cuidadores.

  1. El living-Comedor debe poseer las siguientes características:

- Sus dimensiones deben permitir el uso y un desplazamiento fluido de los residentes.

- Debe poseer ventilación natural (ventanas de fácil apertura y cierre)

- Iluminación a través de luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces.

- Debe poseer sillones, sitiales y/o sofá que permita sentarse a lo menos a la mitad de los residentes en forma simultánea. Todos los muebles deben estar en buenas condiciones de funcionamiento.

- Televisor funcionando (a lo menos 21”), con su respectivo mueble o mesa.

- Equipo de música funcionando, con su respectivo mueble o mesa.

- Comedor con mesa y sillas suficientes para que se sienten a la mesa todos los residentes.

  1. En la casa debe existir otras dependencias tales como:

- Lugar adecuado para el lavado, secado y planchado de la ropa, la que debe disponer de equipamiento suficiente para ejercer estas actividades, esto es lavadora de ropa, plancha y tendederos suficientes para el número de residentes.

- Lugar seguro donde se guarden los medicamentos.

  1. Elementos de Seguridad:

  i.   Vías de evacuación: La casa habitación cuenta con a lo menos 1 vías de evacuación adecuadas y debidamente despejadas.

 ii.   Disposición de extintores: La casa habitación cuenta con al menos dos extintores con vida útil vigente.

  1. Detectores de humo: La casa habitación cuenta con al menos un detector de humo con vida útil vigente.
  2. Si se cuenta con segundo piso deberán contar con antideslizantes los peldaños de esta.

  1. Registros:

i. Registro  de residentes, detallando información relevante. Se puede utilizar para estos efectos un libro de novedades por cada hogar.

ii. Registro de reparaciones y/o mantenciones realizadas al inmueble.

iii. Registro de capacitaciones realizados por personal del Hogar, relacionadas con: primeros auxilios, manejo de cuidados de enfermería, administración de medicamentos, cuidado de personas con discapacidad de causa psíquica y estimulación para las actividades de la vida diaria. A lo menos 1 al año.

El Instituto se reserva el derecho, de realizar alguna visita, en caso de ser necesario, de acuerdo al criterio de la comisión de evaluación. Para estos efectos, la revisión del estado de las casas y los requerimientos antes mencionados, serán respaldados por uno o mas videos de buena calidad con el objeto de dar cuenta del estado de las dependencias de los hogares, los cuales deben formar parte de la propuesta técnica.

Una vez que esté en ejecución el contrato, el Instituto deberá realizar visitas inspectivas a las instalaciones de los hogares, a fin de corroborar que las condiciones se mantengan, la cual debe ser a lo menos 1 al año o parcialidad.

De las visitas realizadas se pueden generar recomendaciones técnicas o aplicación de sanciones de considerarlo procedente.

3.2 INTEGRACIÓN DE LOS HOGARES:

  1. Las personas que integran  los hogares, sólo podrán ser derivados luego de la evaluación y autorización de la comisión de Hogares Protegidos del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

b.  El número máximo de residentes por hogar no puede superar las 8 personas.

  1. Deberán contar con la evaluación de un Comité de Selección, el cual es dirigido por el Administrador de Contrato, donde a su vez pueden participar, integrantes del equipo técnico, los familiares y propios residentes en caso de ser necesario, la determinación final de las personas que participaran dependerá exclusivamente del Administrador de Contrato. En el caso en particular del Instituto, esto se encuentra regulado, a través de la resolución exenta N°1126, emitida por la Unidad de Calidad y seguridad del Paciente, con fecha 06.09.2017.

d.  Entre los criterios de evaluación debe considerarse que los postulantes:

  • Patología psiquiátrica crónica de alta complejidad, de curso defectual.
  • No tengan las habilidades necesarias para vivir en forma independiente;
  • No cuenten con el apoyo de sus familias para vivir con ellas;
  • Estén compensados psicopatológicamente;
  • No presten problemas asociados al consumo actual de alcohol u otra droga.
  1. El comité de selección, será el encargado de ponderar la aplicación de cada uno de los criterios señalados o establecer alguno adicional, los que en términos generales se deben utilizar de manera proporcional y prudencial.

ARTICULO 4: ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y RECURSOS HUMANOS REQUERIDOS.


El contrato que se celebre entre el Instituto Psiquiátrico “Dr. Jose Horwitz Barak”  y el proveedor adjudicado, se enmarca en lo establecido en Norma Técnica Vigente y los lineamientos que ha ido entregando el Ministerio de Salud, para los hogares protegidos.

Se debe velar adicionalmente, por la protección y/o cuidado de personas con discapacidad, con respeto a los derechos humanos y a la normativa laboral que protege a los trabajadores.

4.1.- INSTITUTO PSIQUIÁTRICO.

4.1.1 ADMINISTRADOR DE CONTRATO.

El contrato será administrado por el Jefe del C.R. de Servicios de Rehabilitación Psicosocial de la Institución o quien determine la dirección del Instituto.

A su vez el Administrador de contrato podrá delegar sus funciones, el personal dependiente del C.R. de Rehabilitación, quienes una vez designados, tendrán responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las funciones. Debiendo el administrador de contrato vigilar el trabajo de estos.

Serán funciones del administrador del contrato:

  • Supervisar y verificar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases de Licitación;
  • Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la Institución, durante la ejecución de éste, llevando registro de cualquier situación que se produzca en relación a los hogares protegidos, siendo su contraparte técnica;
  • Coordinar y dirigir al equipo multidisciplinario que se encarga de seleccionar a los residentes.  Velando por que los cupos sean cubiertos al 100%  de acuerdo a la capacidad de cada Hogar.
  • Enviar comunicación escrita al proveedor, en caso de que exista alguna situación que perfeccionar, así como cuando exista incumplimiento de contrato;
  • Comunicar al abogado de Compras Públicas en el caso de que sea procedente alguna sanción por incumplimiento de contrato, a fin de que formalice la situación a través de un acto administrativo;
  • Informar a la Unidad de Abastecimiento, en el caso de que el proveedor solicite  una modificación de contrato, o presentación de descargos enmarcado en un proceso infraccional;
  • Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la adecuada interpretación de las Bases;
  • Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente;
  • Realizar los informes  que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su funcionamiento;
  • Levantar el acta de recepción conforme, por la prestación de los servicios, en razón a lo establecido en las bases de licitación.
  • Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.

4.1.2 EQUIPO TÉCNICO INTERNO.

Corresponderá al equipo multidisciplinario, que dependa del Instituto, ya sea proveniente de la Unidad de rehabilitación u otra relacionada con el servicio contratado, dentro de sus funciones esta: apoyar y supervisar la gestión administrativa, ayudando en la fiscalización de los Hogares Protegidos, cuando se le solicité por el Administrador de Contrato.

Además, las personas seleccionadas por el Administrador de Contrato y que pertenezcan al “Equipo técnico Interno” podrán participar en el comité interdisciplinario que evalué y autorice los ingresos a los diversos hogares existentes, dependiendo del perfil del usuario.  

Actualmente, para los efectos de la derivación de pacientes, procedimientos de evaluación e ingreso de estos Hogares, se siguen las directrices contenidas en la Resolución Exenta N°1126, de fecha 06/09/2017, acto administrativo que a su vez establece la figura de la “Comisión de Ingreso”, que será la encargada de gestionar el proceso. No obstante, para efectos de las presentes Bases Técnicas, se tomara como protocolo oficial de Evaluación e Ingreso a Dispositivos Residenciales, la actualización del contenido estipulado en la última Resolución antes mencionada, el que se traducirá en un nuevo acto administrativo, que tendrá vigencia desde el año 2022 en adelante.   

4.2.- HOGAR PROTEGIDO.

4.2.1 PROVEEDOR ADJUDICADO.

Puede ser una Persona Natural, Persona Jurídica o una Unión Temporal de proveedores, según sea el caso, constituirá el representante y responsable del Hogar Protegido.

Dentro de sus obligaciones se encuentran:

  • Asistir a las reuniones de coordinación técnica.
  • Recepcionar los pagos de acuerdo a las condiciones del contrato.
    • Procurar del lugar de residencia, equipamiento de vivienda y condiciones del lugar de habitación.
    • Mantener en condiciones óptimas la propiedad.
      • Contratación de las cuidadoras, responsabilizándose tanto de su idoneidad  como de los aspectos contractuales y legales.
      • Procurar la supervisión y capacitación de los cuidadores.
        • Informar al Instituto de cualquier cambio que se produzca en el personal contratado para el hogar.

El proveedor adjudicado deberá tener en consideración, en  relación a sus trabajadores, lo siguiente:

  • Situación contractual de los trabajadores: La oferta contractual deberá estar regida por las normas legales vigentes, que les permita acceder a los beneficios previsionales y descansos legales que correspondan.
  • Evaluación de competencias: Sistema  de medición  de desempeño periódico de las diversas personas que interactúen con el Hogar Protegido.
  • Formación: El proveedor adjudicado, facilitará el acceso y participación de cuidadores a instancias de capacitación al menos una vez al año.

En caso que el proveedor adjudicado sea persona natural, deberá nombrar al momento de ser adjudicado una persona que lo subrogue en su función en caso de fuerza mayor, caso fortuito, enfermedad o indisponibilidad para ejercer las obligaciones del contrato.

4.2.2 ENCARGADO O COORDINADOR TÉCNICO.

Será aquel profesional responsable de definir lineamientos del funcionamiento del hogar, así como las labores de los cuidadores, controlar situaciones críticas e intervenir en problemas de relaciones interpersonales de los residentes.

Supervisar directamente a los cuidadores y coordinar la atención de los usuarios en Centros Comunitarios de Salud Mental y/o del Instituto, según corresponda.

Planificar actividades extra programáticas que puedan realizar los residentes.

Mantener al día los diversos registros que se deban llevar en el Hogar Protegido.

En el caso de que el proveedor sea una persona natural, esta podrá ejercer la labor de encargado o coordinador técnico, siempre que cumpla con los requerimientos establecidos.

En caso de existir indicaciones otorgadas por los equipos tratantes: Se deberá dar las indicaciones a los cuidadores a fin de que se cumplan lo señalado por los  equipos tratantes (Atención Primaria en Salud, salud mental, etc.), en el marco de los objetivos terapéuticos individuales (como parte o no de un Plan Integral de Rehabilitación). El ámbito de las indicaciones es muy amplio y van desde indicaciones farmacológicas,  dietas, toma de exámenes, manejo ambiental, relaciones interpersonales, ocupación entre otros.

El encargado o coordinador, debe ser de preferencia un profesional o técnico ligado al área de la Salud, quien cumplirá principalmente funciones de carácter logístico y de administración.

Dependiendo, de la clasificación propia del Instituto Psiquiátrico respecto de los Hogares Protegidos, se requerirá que el encargado o coordinador técnico, cumpla con una cantidad de horas de servicio:

Tipo de Hogar Protegido.

Cantidad de horas contratadas a la semana.

Visitas presenciales a la semana.

Tipo 1

5 horas cronológicas.

A lo menos 1 visita presencial al hogar.

Tipo 2

10 horas cronológicas.

A lo menos 2 visitas presenciales al hogar.

Se debe señalar que las cantidades de horas señaladas y visitas son las mínimas que se deben realizar, por lo que será el proveedor adjudicado el que deberá definir la periodicidad en el ejercicio de las funciones de sus trabajadores. Las visitas deberán quedar adecuadamente registradas en el libro de novedades de cada hogar.

1.3.       CUIDADORES/AS

Corresponderá a aquellas personas que apoyen y supervisen a los usuarios en las diversas tareas que deban realizar tales como:

Se definen las siguientes funciones para cuidadores/as de un hogar protegido:

1.         Seguir instrucciones entregadas por encargado/a del respectivo hogar.

2.         Informar de manera oportuna al encargado de hogar de cualquier suceso en el hogar. Ante situaciones de mayor complejidad o inhabituales, el cuidador debe consultar siempre con encargado/a para definir conducta seguir.

3.         Debe solicitar y asegurar asistencia a los controles médicos de los y las residentes, en Instituto Psiquiátrico, Hospital San José, centro de atención de salud primaria respectiva, y otros centros de salud (ej. laboratorios clínicos, entre otros).

4.         Deberá acompañar a dispositivos de salud de urgencia si algún residente lo requiriera.

5.         Retirar medicamentos prescritos en los diferentes dispositivos de salud.

6.         Mantener actualizada carpeta de registro de horas médicas-psiquiátricas, exámenes, retiro de medicamentos de cada uno de los residentes.

7.         Favorecer e incentivar el respeto en las relaciones interpersonales entre residentes y cuidadores.

8.         Contener a los residentes, si fuese necesario, ofreciendo su apoyo como sostén de sus ansiedades, inhibiciones e iniciativas de acuerdo a instrucciones de encargado de hogar

9.         Fomentar la comunicación entre los residentes.

10.       Intervenir directamente en eventuales conflictos de convivencia de acuerdo a instrucciones de encargado/a de hogar.

11.       Activar y fomentar tareas del entorno favoreciendo la creación de roles de los residentes en el hogar.

12.       Favorecer el número de contactos entre los residentes y el medio socio comunitario.

13.       Promover a través de la exploración la capacidad de disfrutar del tiempo libre de los residentes en la medida de lo posible utilizando los recursos normalizados de la comunidad.

14.       Facilitar que los residentes alcancen el mayor grado de autonomía en las diferentes áreas de acción.

15.       Debe preparar y/o supervisar la elaboración de los alimentos, de acuerdo con minuta entregada, la que recogerá los requerimientos nutricionales de los residentes. (Desayuno, almuerzo, once y comida).

16.       Supervisar, asesorar y asegurar la adecuada ingesta de alimentos.

17.       Instruir en locomoción y desplazamiento dentro y fuera del sector a los residentes.

18.       Instruir a residentes en el orden y cuidado de sus pertenencias.

19.       Supervisar, asesorar y asegurar el adecuado aseo (higiene y presentación personal) de cada uno de los residentes, de manera flexible y asegurando el respecto permanente de los deseos de el/la residente en este ámbito.

20.       Lavar ropa personal y de cama de los residentes de acuerdo con rutina establecida.

21.       Mantener actualizadas indicaciones farmacológicas prescritas por médicos tratantes (Instituto, Consultorio u otro dispositivo de salud) de cada residente.

22.       Supervisar, asesorar y asegurar la correcta administración e ingesta de medicamentos de acuerdo con indicaciones en tarjeta individual y registro de dicho procedimiento.

23.       Colaborar en la compra de ropa personalizada de los residentes, ropa, útiles de aseo, etc.

24.       Facilitar y acoger visitas de familiares de los residentes, registrar visita (día y hora), entregar información de estado de salud a familiar.

25.       Mantener actualizado registro de teléfonos de familiares.

26.       Llevar registro de novedades en libro destinado para ese fin y referir al encargado de hogar del hogar, las necesidades que vayan surgiendo respecto de los residentes y del hogar.

27.       Asegurar asistencia de los residentes a diferentes dispositivos comunitarios (Banco, ISL, municipalidad, etc.), para trámites varios, las veces que se requiera.

28.       Velar por la seguridad de los residentes durante la jornada.

29.       Velar por la infraestructura, bienes e insumos que se encuentren en el dispositivo.

30.       Mantener el hogar en condiciones óptimas de aseo general.

31.       Supervisar y controlar a los residentes en el buen uso de agua, luz y gas.

32.       En el caso en que se le entregue alguna cantidad de dinero, esta debe ser rendida al encargado/a del hogar. En todo momento, se debe velar por la probidad en estas rendiciones.

33.       En caso de mudanza del hogar, apoyar en el embalaje y desembalaje de los enseres del hogar

Se requiere para ser cuidador, ser mayor de 18 años, hablar español fluido y contar con enseñanza media completa. Es deseable algún curso de primeros auxilios, cuidados de enfermos u otro curso relacionado y que se pueda asimilar, relacionado con el cuidado de personas. Además debe ser flexible, empático, con manejo de grupo.

Dependiendo, de la clasificación propia del Instituto Psiquiátrico respecto de los Hogares Protegidos, se requerirá la siguiente cobertura de cuidadores:

Tipo de Hogar Protegido.

Cobertura.

Tipo 1

1 cuidador diurno que éste a lo menos media jornada, esto es entre 22,5 y 30 horas cronológicas a la semana.

Tipo 2

-1 cuidador diurno por día, de acuerdo a requerimiento de los usuarios.

-1 cuidador nocturno de a lo menos 12 horas diarias continúas.

La distribución de los horarios y como se cubrirán los requerimientos, será de responsabilidad de cada uno de los adjudicados y deberá ser consiste con lo indicado en las presentes bases, la propuesta deberá establecerse en la oferta de la licitación.

Un Hogar que comience con apoyo las 24 horas del día podrá transformarse en Hogar de cuidado parcial en la medida que los residentes vayan adquiriendo mayor autonomía.

Los cuidadores diurnos en cantidad de 2 por cada hogar (hasta 8 residentes), con asistencia variable, pudiendo aumentar  si las necesidades del Hogar lo requieren.

 

ARTÍCULO 5.-  MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL.

Para estos efectos, la Dirección del Instituto solicitará al Jefe C.R. de Rehabilitación, la evaluación periódica sobre el cumplimiento del convenio por parte del contratista, el que podrá delegar funciones en la comisión de ingreso y fiscalización en el servicio de rehabilitación, o en algún funcionario en particular, que le deberá reportar a éste respecto del cumplimiento de lo establecido en el contrato y la norma técnica vigente.

  1. Para fiscalizar el correcto cumplimiento del convenio, el prestador deberá proporcionar al Instituto, toda la información que éste requiera, estando expresamente facultado para efectuar visitas de inspección, revisar y recabar todo otro antecedente que se estime pertinente,  debiendo  dar todas las facilidades del caso.
  2. Se deja claramente establecido, que desde que el usuario ingresa a las dependencias del prestador en convenio, su tratamiento y protección es de exclusiva responsabilidad y riesgo del adjudicatario, estando obligado a adoptar todas y cada una de las medidas que sean necesarias para resguardar la salud del usuario derivado, y otorgar las prestaciones en condiciones de seguridad y respeto  óptimas.
  3. Los proponentes y posterior adjudicatario, deberán conocer  cabalmente las Normas Técnicas dictadas por el Ministerio de Salud sobre esta materia, las cuales serán utilizadas por los funcionarios encargados de la supervisión del contrato, para evaluar las condiciones y calidad del servicio convenido.
  4. Las supervisiones se efectuaran al menos 2 veces en el año por funcionarios encomendados  para dicha función.

Asimismo, el contratista   estará  obligado   a  proporcionar  las  facilidades, informes y datos que les sean requeridos para el ejercicio de estas fiscalizaciones.

Los apoyos graduados que deberán entregarse por el proveedor y sus dependientes, a los residentes que hayan sido evaluados por el C.R. de Servicios de Rehabilitación Psicosocial como mediana o totalmente impedidos de tomar decisiones autónomas en la administración de sus bienes y en el manejo de dinero y que no tengan representante legal, familiares o terceros que velen y provean sus necesidades económicas, se regirán por los manuales, procedimientos y protocolos del CR. de Finanzas, aprobados a través de resoluciones exentas de la Dirección del Instituto Psiquiátrico.

ARTÍCULO 6.- EXCLUSIONES AL SERVICIO SOLICITADO.

De conformidad con lo establecido en el artículo octavo inciso tercero del  DFL Nº 36 de 1980 del Ministerio de Salud, se hace presente que las acciones que, por su naturaleza deben ser ejercidas por las autoridades del Instituto Psiquiátrico, tales como las potestades de control y de sanción; quedan excluidas del presente convenio.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del  DFL Nº 36 de 1980 del Ministerio de Salud, se deja expresa mención de que mediante el presente convenio, el Instituto Psiquiátrico no traspasa medicamentos, insumos ni otros bienes fungibles de propiedad del servicio para ser utilizados en el diagnóstico y tratamientos de sus beneficiarios. Lo anterior es sin perjuicio de las atenciones y medicamentos que los pacientes obtengan de la red asistencial, en la que el Instituto se entiende comprendido, y que les corresponde según su lugar de residencia o tratamiento.

Finalmente en relación a lo previsto en el artículo 10 del  DFL Nº 36 de 1980 del Ministerio de Salud, se deja expresa mención de que mediante el presente convenio, a excepción del precio convenido como contraprestación por los servicios contratados, el Instituto no proveerá  recurso alguno para la ejecución del convenio mediante traspasos de fondos presupuestarios ni de bienes de ninguna especie a la contraparte.



[1] MINSAL, Modelo de Gestión “Red temática de salud mental en la red general de salud”, 2018.