Licitación ID: 1057476-31-LP21
ARRIENDO DE IMPRESORAS Y INSUMOS PARA 36 MESES
Responsable de esta licitación: INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Impresoras multifunción o multifuncionales 36 Mes
Cod: 43212110
SERVICIOS DE ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES, SEGÚN BASES APROBADAS, POR RES. EXENTA N° 1499/2021.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE IMPRESORAS Y INSUMOS PARA 36 MESES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR LOS SERVICIOS DE ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES, SEGÚN BASES APROBADAS, POR RES. EXENTA N° 1499/2021.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.003-2
Dirección:
dipresrecepcion@custodium.com
Comuna:
Recoleta
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-11-2021 15:01:00
Fecha de Publicación: 16-11-2021 10:27:47
Fecha inicio de preguntas: 16-11-2021 13:25:00
Fecha final de preguntas: 22-11-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-11-2021 16:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-11-2021 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-11-2021 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 20-12-2021 14:16:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1-A: Formato identificación del oferente (persona natural)
2.- Anexo N° 1-B: Formato de identificación del oferente (persona jurídica)
3.- Anexo N° 2-A: Declaración jurada de habilidad (persona natural)
4.- Anexo N° 2-B: Declaración jurada de habilidad (persona jurídica)
5.- Anexo 5 Servicio Técnico Autorizado
Documentos Técnicos
1.- Res. 1499 del 15.11.2021 Aprueba Bases Arriendo Impresoras
 
2.- Anexo 4 Propuesta Técnica
 
3.- Anexo 6 Plazo entrega del servicio
 
4.- Anexo 7 Experiencia de la empresa
 
5.- Anexo 8 Declaracion jurada
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3: Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del ofertentes Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 10%
2 Evaluacion de la propuesta Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 12%
3 Inlcusión Enfoque de Genero Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 5%
4 Correcta presentación de los antecedentes Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 3%
5 Valoración económica de la oferta Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 60%
6 Comportamiento Base registrados en ChileProveedore Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 5%
7 Plazo de entrega Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Artículo 22.1 de las Bases de Licitación
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Maritza Gomez
e-mail de responsable de pago: maritza.gomez@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Masiel Balboa
e-mail de responsable de contrato: masiel.balboa@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25759160-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Artículo 24 de las Bases de Licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO PSIQUIATRICO DR. JOSÉ HORWITZ BARAK
Fecha de vencimiento: 28-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: En caso de que el instrumento no admita incluir los antecedentes adicionalmente solicitados, se pide al oferente que acompañe documento anexo, con firma del proponente, donde se incluya la información solicitada, la que deberá ser anexada y presentada junto a la caución en comento. En el caso que la garantía se establezca en UF se deberá considerar la conversión al día de la emisión del documento, al ser en UTM, se considerara el valor del mes de adjudicación. Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con estos requisitos, serán devueltas para su cambio. La caución o garantía deberá ser entregada físicamente en la Oficina de Partes del Instituto, ubicado en avenida La Paz #841, comuna de Recoleta, en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto, antes de la firma de la formalización de la contratación. De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento. Sin embargo, para su aceptación, se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros de que éstos sean “pagaderos a la vista” y no sólo “de ejecución inmediata”, caso último en que quedan fuera de las exigencias impuestas para estas garantías por la legislación vigente respectiva, debiendo ser rechazados por esta Institución, pudiendo reemplazarlo, el adjudicatario, en el plazo establecido para acompañar esta garantía. No obstante, se aceptará cualquier seguro que cumpla con el requisito indispensable de ser “pagadero a la vista” y los demás ya descritos. La garantía puede otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza (ej. varias boletas de garantía) que en conjunto representen el monto a caucionar; esto es, el 5% del valor total del contrato adjudicado, y que cubra el plazo restante aumentada siempre en 60 días corridos. La no entrega de la caución o garantía dentro del plazo señalado, facultará al Instituto para continuar con el procedimiento de readjudicación, en su caso, o el que corresponda a las condiciones particulares. La garantía puede ser de aquellas que se emiten de manera física o electrónica, para los casos de garantías electrónicas, estas podrán ser enviadas al e-mail institucional que se informe en la oportunidad correspondiente, y ajustarse a lo que señale la Ley N°19.799. Los gastos que irrogue la obtención de las garantías serán de cargo exclusivo del proponente adjudicatario. Durante la ejecución del contrato se podrá solicitar el cambio de la garantía o por otro documento que cumpla con la misma finalidad, el que debe cumplir con los requerimientos solicitados para la garantía primitiva, debiendo este cubrir a lo menos el periodo comprendido entre la fecha de emisión del documento y el periodo que quedase por prestar, aumentado en 90 días corridos. En relación al monto de la nueva caución esta debe cubrir el 5% del saldo del contrato. La garantía será devuelta con posterioridad al término del plazo de vigencia de ésta. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá ser ejecutada en los siguientes casos: 1. Incumplimiento total o parcial del convenio o de cualquier obligación emanada del mismo, principalmente cuando versen sobre multas aplicadas. 2. Si se genera algún perjuicio al Instituto, de carácter pecuniario y que sea responsable el proveedor ya sea por culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones. 3. Incumplimiento de las reglas de cesión y subcontratación establecidas en las presentes bases de licitación. 4. En caso de término anticipado del contrato. Si la garantía es ejecutada parcialmente por el Instituto, pero se continúa con la ejecución del contrato, el Instituto deberá realizar devolución del saldo restante. Previamente a esto, el proveedor deberá ingresar un nuevo documento que caucione el saldo del contrato, el que deberá cumplir los requisitos previamente establecidos para este tipo de documentos y con cobertura para el saldo de plazo de contrato, aumentado en 60 días corridos.
Glosa: “GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO POR LICITACIÓN PÚBLICA ID 1057476-XX-LP21: SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES PARA EL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”.
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento: 1. Si el contrato ha terminado de manera anticipada, por causas no imputables al contratista. 2. Encontrándose esta vencida, una vez que se haya verificado la correcta ejecución de los términos y condiciones del contrato celebrado por las partes. 3. En caso de aplicación de multas que no pongan término del contrato y que no puedan ser descontadas de los ESTADOS de pago pendientes, el Instituto procederá a cobrar de la o las garantías de fiel cumplimiento comprometidas el monto adeudado, procediendo a devolver el saldo restante. Antes de la devolución indicada el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía por lo que resta del contrato, aumentado en los días correspondientes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES TÉCNICAS

 

 

BASES TÉCNICAS

ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES

 

 

ARTÍCULO 1. OBJETIVO GENERAL DE LA CONTRATACIÓN

La presente contratación tiene por finalidad contratar el ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES para dependencias de la institución, de acuerdo con la solicitud de la Unidad de Informática de la Institución. Equipos que  serán distribuidos en diferentes dependencias de la Institución.

ARTÍCULO 2. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y ESPECÍFICACIONES DEL PRODUCTO

El servicio por contratar debe incluir lo siguiente:

  1. Servicio de Arriendo de impresoras nuevas o usadas bajo la modalidad de costo fijo (arriendo de las impresoras) + Variable (hojas impresas según modelo de impresora)

En caso de ofertas equipos usados, estos deben cumplir con: un contador inicial no mayor a 45.000 y que a la maquina le queden como mínimo 3 años de vida útil.

  1. Proveer equipos de impresión deben realizar impresión, fotocopiado y digitalización (escaneo) según las características mínimas detalladas en el punto 2.1.

  1. Las impresoras serán distribuidas e instaladas por el oferente en las dependencias del Instituto Psiquiatrico, las cuales se detallan en el punto 4.

  1. El servicio debe incluir software de gestión detallado en el punto 2.2.

  1. El servicio debe incluir impresión segura a través de liberación por funcionalidad follow me.

  1. Provisión de insumos (excluye papel), y repuestos nuevos y originales para todos los equipos instalados, incluyendo la logística de entrega en las distintas dependencias del Instituto Psiquiatrico.

  1. El oferente debe declarar que los equipos ofertados tienen un uso igual o inferior a 24meses y el estado del kit de mantención de cada equipo al menos de un 50%.

2.1      Características mínimas del equipamiento:

El equipamiento solicitado deberá poseer las siguientes características:

  1. Todos los Equipos con Interfaz de usuario mediante pantalla táctil capacitiva con características de navegación tipo tablet.
  2. Equipos habilitados para cartuchos de alto rendimiento.
  3. Eficiencia energética Energy Star.
  4. El 50% de los equipos con cable de poder magic.
  5. Características de seguridad incluidas, verificación de certificados de firmware al inicio oal activarse por usuarios autorizados, que envíe alertas de seguridad si el sistema detecta algún cambio perjudicial para la impresora.
  6. Las propuestas del proveedor deberán considerar tres modelos de impresoras de la misma marca, que cumplan con las características y cantidad total mínima solicitada (31 equipos).
  7. El proveedor deberá adjuntar la ficha técnica de cada modelo de impresoras solicitadas.

La propuesta técnica debe cumplir con los 8 requisitos copulativos mínimos del equipamiento antes descrito.

1.2         Características mínimas del software de gestión

El servicio de impresión debe incorporar un sistema de administración centralizado, que permita al Instituto Psiquiatrico mantener un control detallado de la utilización de los equipos de la institución y examinarlos volúmenes y costos de impresión y copiado a través de información disponible en línea, en tiempo real, que deberá permitir, al menos los siguientes puntos:

  1. Software licenciado por la empresa (certificado), con capacidad de cobertura para la totalidad de los equipos y usuarios.
  2. Administración y gestión de los equipos ofertados.
  3. Registrar y contabilizar todas las impresiones y fotocopiados realizadas por cada usuario y máquina.
  4. Administrar y gestionar cantidades límites de impresión y copiado por usuario.
  5. Contar con la capacidad de definir y administrar reglas de impresión, tales como, reprogramar trabajos o re-direccionar automáticamente trabajos entre equipos, asignar prioridades de impresión por usuario. Esto debe ser acompañado con un servicio de mensajes que indiquen las acciones tomadas.
  6. Facturación mensual detallada, con “Informe de Consumo” que permitan verificar los consumos de impresión y fotocopiado adjuntando el siguiente reporte valorizado:

a)       Reporte por equipo de impresión

  1. Registrar datos del estado de los equipos en cuanto a fallas y alertas (falla del equipo, falta de papel, consumo de suministros, etc.), que permitan  llevar estadísticas.
  2. Permitir la administración vía web.
  3. Que incorpore la funcionalidad FollowMe (autentificación de usuarios para impresión segura y liberación desde cualquier dispositivo).
  4. Ser compatible con plataforma servidor Windows 2012 R2 / o superior.

 

La propuesta técnica debe cumplir con los 10 requisitos copulativos mínimos del software antes descrito.

1.3      Características del servicio

Capacitación

Los requerimientos de Capacitación se detallan a continuación:

  1. Capacitaciones a los usuarios finales que permitan la correcta utilización de los equipos (presencial /virtual/capsula).
  2. Capacitaciones de nivel técnico a quienes operen el software de administración (presencial /virtual).
  3. Estas actividades de capacitación deberán ser presentadas como parte del plan de implementación a desplegar por el proveedor, e incluida/informada en la carta Gantt de Proyecto, que tiene carácter de obligatorio de entregarse al momento de ofertar.
  4. La información relativa a controladores, software de apoyo, configuraciones para envío de email & digitalización de documentación, debe ser incluida como parte del proceso de inducción al equipo técnico de la Subdirección de TI.

1.4      Soporte Técnico

El servicio debe proveer Soporte Técnico al equipamiento, consistente en:

  1. Programa de mantención preventiva indicando fechas tentativas de ejecución de la mantención de todos los equipos que se instalaran y carta Gantt de Proyecto.
  2. Soporte correctivo al equipamiento en terreno de acuerdo a los niveles de servicio solicitados.
  3. Los servicios de Mantención Correctiva y/o Preventiva, consideran la restauración a su normal estado de operación, incluida conexión a la red, de todo equipo que presente alguna falla generada por su uso normal e incluirá todas las horas técnicas que se requieran, desplazamientos, inspecciones, limpieza de partes y piezas internas, consumibles, lubricaciones, ajustes y todos los repuestos necesarios para el funcionamiento normal del equipo, sin costo adicional asociado.
  4. Equipamiento 100% asegurado por el proveedor del servicio. El Instituto Psiquiatrico se desliga de toda responsabilidad por cualquier daño producido a todo o parte de los equipos por razones de fuerza mayor, como catástrofes naturales, incendios, inundaciones u otras similares. El proveedor seleccionado se obliga mediante esta cláusula a la reparación o remplazo de todos los equipos eventualmente dañados.
  5. Certificación por parte del fabricante del servicio técnico autorizado por éste para los equipos ofertados por proveedor.
  6. Declaración Jurada que indique que los repuestos e insumos que se proveen son nuevos y originales.
  7. El proveedor debe considerar equipos de backup  para  cubrir  la  continuidad operativa cuando la solución en terreno sea superior a 24 horas. El equipo en backup debe tener las mismas prestaciones del equipo a reemplazar.
  8. En el proceso de implementación, el proveedor adjudicado será el responsable de la instalación y configuración del 100% de los equipos.
  9. Todas las mantenciones, instalaciones y configuraciones señaladas se realizarán en presenciade un profesional de la Unidad de Tecnologías de Información y/o Encargados Informáticos del Instituto Psiquiatrico, quien supervisará los trabajos y prestará apoyo logístico para su ejecución.

10.  Proveer Servicio Técnico Autorizado para el período de vigencia del contrato, en donde se desarrollará el servicio. (Este convenio permite subcontratación para este ítem).

Considerando que el proveedor debe ofertar y asegurar la correcta entrega del Servicio de Impresión a nivel nacional, todos los costos que incurran en el Soporte Técnico deben ser de costos del proveedor adjudicado.

1.5         Niveles De Servicio:

Los niveles de servicio post venta requerido son los siguientes:

Tiempo de Respuesta Primer Nivel (horas.)

Tiempo de Respuesta Terreno (horas)

Tiempo de Solución Terreno (horas)

Tiempo entrega Insumos (horas.)

Retiro de Insumos Usados (horas)

2 horas

4 horas

8 horas

8 horas

Mensual

La propuesta técnica debe cumplir con lo descrito en las letras a), b) y c) del apartado “Características del Servicio.

ARTÍCULO 3: REQUISITOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN/INSTALACIÓN SERVICIO REQUERIDO

La Instalación y puesta en marchade las impresoras en cada ubicación solicitada debe efectuarse en un plazo no mayor a 30 días corridos desde la firma del contrato.

Proveedor deberá entregar Carta Gantt del Proyecto, indicando:

a)       Plazos de Instalación y configuración de equipos.

b)      Programa de capacitación.

c)       Planificación de mantenciones preventivas de los equipos.

Una vez instalados todos los equipos se entenderá que inicia el periodo de ejecución del contrato (36 meses), entendiéndose que la puesta en marcha es prerrequisito para el inicio del contrato.

1.1      UBICACIÓN DEL SERVICIO

El servicio a contratar se prestará en las siguientes unidades del Instituto Psiquiatrico. El proveedor debe considerar en su oferta el costo que involucra el respective despacho dirección.

UNIDAD

UNIDAD

1

ABOGADOS

17

SECRETARIA PSICOTERAPIA

2

ARCHIVO

18

SECTOR 1

3

BODEGA CENTRAL

19

SECTOR 2

4

CAE OF. 6

20

SECTOR 3

5

CONTABILIDAD

21

SECTOR 4

6

DIRECCION

22

SECTOR 5

7

ESTADISTICAS

23

SECTOR 6

8

FARMACIA HOSPITALIZADO

24

SECTOR 7

9

JARDIN INFANTIL

25

SECTOR 8

10

LABORATORIO

26

SETA

11

LARGA ESTADIA DAMAS

27

SOBRESEIDOS

12

LARGA-ESTADIA-VARONES

28

SUDIA

13

OFICINA-DAC

29

SUELDOS

14

REHABILITACION

30

UDAC - IMP. MENORES

15

SECRETARIA DE URGENCIA

31

BACKUP

16

SECRETARIA FARMACIA

Las ubicaciones indicadas son las actuales, sin embargo, podría variarla ubicación por decisión interna del Instituto Psiquiatrico, el proveedor deberá considerar esto dentro de su propuesta de instalación.

1.2     DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA PRESENTAR.

El oferente que desee participar de esta licitación deberá presentaren su propuesta técnica todos los requisitos solicitados en los puntos 2 y 3 de las bases técnicas, los anexos obligatorios de admisibilidad, junto con entregar la Carta Gantt solicitada en Punto 3.

El incumplimiento de alguno de los requisitos indicados en este documento será sancionado según se establece en el artículo 10 “Evaluación de ofertas” y 11 “Inadmisibilidad de las ofertas”.

ARTÍCULO 4. INTERVINIENTES DEL CONTRATO

1.1   ADMINISTRADOR DE CONTRATO

El contrato será administrado por la Jefa de la Unidad de Informática o por quien la subrogue.

Está dentro de sus funciones, entre otras, el requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda y solicitar asimismo el término anticipado de la contratación según lo estipulado en los ARTÍCULOS 26 y 29 de las bases, respectivamente.

En casos fundados podrá el instituto designar a una persona diferente que administre el contrato, lo que deberá ser establecido por Resolución Exenta.

Serán funciones del Administrador del Contrato:

  1. Supervisar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes bases de licitación.
  2. Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la Institución, durante la ejecución de éste, llevando registro de cualquier situación que se produzca.
  3. Realizar envió de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de esta situación.
  4. Informar a la Unidad de Abastecimiento en el caso de que el proveedor realicé alguna solicitud que tenga relación con modificación de contrato, o presentación de descargos enmarcados dentro del proceso infraccional establecido en el presente documento. 
  5. Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la adecuada interpretación de las bases.
  6. Requerir la aplicación de multas, en caso de ser procedentes.
  7. Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
  8. Realizar los informes que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o término de los trabajos encomendados.
  9. Autorizar modificaciones de contrato, ya sea que estén asociadas al aumento o disminución de obras, obras extraordinarias; o aumentos o disminuciones de plazo.

Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.

4.2.        CONTRAPARTE TÉCNICA

Se solicita a la(s) empresa(s) adjudicada(s), que señale a una persona que coordine el cumplimiento del contrato, siendo éste el principal contacto de la empresa con el administrador de contrato del Instituto se debe individualizar a quien corresponda en el anexo 1-A o 1-B de las presentes bases.

En caso de que el proveedor cambie a la contraparte técnica durante la ejecución del contrato, se deberá informar al administrador de contrato.




BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN

ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES

ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA PROPUESTA

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, establecimiento de autogestión en red, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, en adelante también “el Instituto”, realiza el llamado a Licitación Pública, proceso concursal orientado a la contratación de servicio de ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES, requeridos para las dependencias de la institución, según el siguiente detalle:

1.1. PRODUCTOS REQUERIDOS:

LÍNEAS DE REQUERIMIENTO

VIGENCIA

DETALLE

ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS

36 meses

El detalle está contenido en las Bases Técnicas del presente documento, para lo cual deben remitirse a ellas (página 21)

ARTÍCULO 2: DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes Bases de Licitación establecen las disposiciones que regirán esta Licitación Pública, los requisitos, condiciones y especificaciones que establece el Instituto, describe los productos a adquirir y regula el proceso de licitación y el contrato definitivo.

El llamado a presentar ofertas se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la plataforma Mercado Público. En adelante, el “Sistema de Información”.

Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

  I. Las presentes Bases de Licitación (Administrativa y Técnica).

 II. Anexos:

- Anexo N° 1-A: Ficha identificación del oferente, persona natural.

- Anexo N° 1-B: Ficha identificación del oferente, persona jurídica.

- Anexo N° 2-A: Ficha declaración jurada simple, persona natural.

- Anexo N° 2-B: Declaración jurada simple, persona jurídica.

- Anexo N° 3: Oferta económica.

- Anexo N° 4: Propuesta Técnica

- Anexo N° 5: Servicio Técnico Autorizado.

- Anexo N° 6: Plazo Entrega del Servicio

- Anexo N° 7: Experiencia de la Empresa

- Anexo N° 8: Declaración Jurada que indique que los repuestos e insumos que se proveen son nuevos y originales.

En cumplimiento de lo establecido en el Dictamen N° 045041 del año 2017, emitido por la Contraloría General de la República, en correlación al principio de “no formalización”, establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.880, cada uno de los anexos indicados en este artículo tendrá solo un carácter referencial, respecto de la forma del documento, no pudiendo excluir oferta alguna bajo este razonamiento, por lo que formatos diferentes serán de igual forma considerados. No obstante, el documento debe contener los elementos de fondo indicados por los anexos establecidos en el presente documento, que permita evaluar la oferta del proveedor; los que a su vez deben estar debidamente suscritos por quien corresponda, en cumplimento de lo establecido en el inciso séptimo del artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, el que indica que no podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente”.

2.1 MODIFICACIÓN Y/ ACLARACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Hasta el vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas, el Instituto podrá efectuar las aclaraciones y/o modificaciones de las Bases de Licitación, si lo considera pertinente, ya sea de oficio o como resultado de alguna consulta realizada por algún proveedor en el Sistema de Información.

Cada caso se analizará particularmente. De considerarse necesario se establecerá un nuevo plazo prudencial para que dicha aclaración y/ o modificación pueda ser conocida e incorporada a las ofertas de los postulantes. Cuando se trate de una modificación a las bases será aprobada mediante resolución exenta. En caso de ser solamente una aclaración, bastará con un documento simple que será subido al Sistema de Información asociado al ID del proceso.

ARTÍCULO 3: NORMATIVA APLICABLE

La presente Licitación se regirá por la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones. También por la normativa vigente que aplique al caso en particular que se está licitando. Y asimismo por cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases de Licitación, ofertas técnicas y económicas, anexos, consultas y respuestas planteadas por los oferentes, como aquellas aclaraciones y/o complementos solicitados a ellos. Cada uno de los elementos indicados se entenderá incorporado a la respectiva contratación en el caso de proceder, la que se celebrará entre el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” y quien resulte adjudicado.

ARTÍCULO 4: TIPO DE LICITACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS

El valor máximo para esta adquisición será el correspondiente a una Licitación Pública Tipo LP, la cual va en el rango estimado para la licitación desde las 1.000 a las 1.999,9 UTM, inclusive. Los precios de las ofertas serán fijados por los oferentes y deberán expresarse en valores netos en el portal y sin intereses ni reajustes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en el ARTÍCULO 23 de las presentes bases.

4.1 REAJUSTE.

Una vez cumplido 12 meses de contrato el contrato éste se reajustará, misma situación se aplicará si el contrato es renovado y haya trascurrido a lo menos 12 meses desde el último reajuste. El Instituto reajustará el valor adjudicado en la licitación, para lo que reste del contrato, todo esto según la variación positiva del IPC acumulado de los últimos 12 meses de contrato. No se admitirán reajustes por parcialidades menores de contrato.

 

El reajuste deberá ser solicitado por el proveedor adjudicado, de manera formal a través de una carta formal enviada al Administrador de Contrato, quien elevará la solicitud final a la Unidad de Abastecimiento, a fin de que se emita el acto administrativo que formaliza dicha situación.

Para el pago del reajuste, no se requerirá la emisión de la certificación de cumplimiento de servicios, bastando para los efectos el tener de la resolución exenta que lo autoriza.

ARTÍCULO 5: PLAZOS DE LA LICITACIÓN

Todos los plazos establecidos en las presentes bases y en los instrumentos que le complementan serán entendidos como días hábiles (inhábiles: sábados, domingos y festivos), salvo que expresamente se indique que serán días corridos. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo corrido se produzca un sábado, domingo o festivo, se entenderá que dicho plazo vence al día siguiente hábil.

En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en un día inhábil, ni tampoco en lunes o en el día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas, como establece el artículo 25 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda. A su vez, al considerarse los bienes de simple y objetiva especificación, el tiempo de oferta se verá reducido hasta el sexto día corrido desde su publicación en el Sistema de Información.

ARTÍCULO 6: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN

ETAPA

DETALLE

1. Publicación de las Bases de Licitación

Las Bases de Licitación que rigen esta contratación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información. Se considerará, para estos efectos, el día siguiente al de la publicación como el 1° (primer) día corrido del proceso licitatorio.

2. Consulta a las bases

Las consultas o aclaraciones a las bases deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, hasta las 16:00 horas del 5° (quinto) día corrido del proceso licitatorio.

3. Respuesta a las consultas

Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones a las bases, se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a contar de las 16:01 horas del 7° (séptimo) día corrido del proceso.

4. Presentación de ofertas

Se recibirán ofertas hasta las 15:01 horas del 12° (décimo segundo) día corrido del proceso.

Si el plazo vence en un día inhábil, lunes o el día siguiente a un día inhábil, se entenderá que vence a las 15:01 horas.

5. Apertura de las ofertas

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará a las 15:02 horas del 12° (décimo segundo) día corrido de la Licitación.

La Unidad de Abastecimiento tendrá un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles para descargar las ofertas y ponerlas a disposición de la Comisión Evaluadora.

6. Evaluación de ofertas

Se podrá realizar el Informe de Evaluación de ofertas hasta el 5° (quinto) día hábil, inclusive, siguiente al de la entrega de las ofertas por parte de la Unidad de Abastecimiento.

7. Adjudicación del proceso

La adjudicación de la propuesta se hará por Resolución del director del Instituto, dentro de 5° (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la entrega del Informe de Evaluación de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.

Se podrá modificar la fecha de adjudicación, en un plazo no superior a 30 días corridos, contado desde el término del plazo establecido previamente en este calendario. Para estos efectos, se deberá realizar el respectivo cambio en la plataforma Mercado Público, debiendo plasmar, posteriormente, las razones de dicha modificación en la resolución de adjudicación.

8. Presentación de Garantía

de Fiel Cumplimiento

La Garantía de Fiel Cumplimiento deberá ser entregada antes o el mismo día de la firma del contrato por las partes, de acuerdo con las reglas establecidas en las presentes bases.

8. Formalización de la contratación

La formalización de la contratación se realizará mediante la celebración de contrato, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación.

Posteriormente a la suscripción del contrato se emitirá y enviará la respectiva Orden de Compra al proveedor, a fin de que este la acepte dentro del plazo máximo de 3 (tres) días hábiles desde su envío.

ARTÍCULO 7: NOTIFICACIONES

Las notificaciones que se efectúen con ocasión del presente proceso concursal se entenderán realizadas una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del documento, acto o resolución objeto de la notificación en el Sistema de Información, a menos que por hechos ciertos y verificables el proveedor oferente o adjudicado demuestre conocer de la situación que se notifica.

En el periodo de ejecución del contrato, además de la notificación a través del portal, se deberá comunicar al adjudicado a través del correo electrónico señalado en la individualización del oferente u otro que hubiese informado. En caso de cambio de correo electrónico se debe informar al Administrador de Contrato, a fin de que tome conocimiento y actualice su base de datos, so pena de entenderse notificado por el solo envió de la información a la dirección previamente establecida.

ARTÍCULO 8: PARTICIPANTES 

Podrán participar en la presente propuesta personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y asociaciones de personas (Unión Temporal de Proveedores) hábiles para contratar con la Administración del estado y sus entidades, de acuerdo con la legislación vigente.

En caso de una Unión temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por un único apoderado, al que será denominado para estos efectos como “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de ésta y será responsable directo de la propuesta durante el periodo de presentación de ofertas.

Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación:

  1. Aquellos oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la Ley N°19.886 -modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la Ley N°20.720-
  2. Los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
  3. Funcionarios directivos, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.
  4. Personas jurídicas que hayan sido condenadas a la prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 20.393, que establece la personalidad penal de las personas jurídicas, en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que se indican en dicha norma. 
  5. Personas naturales o jurídicas que hayan cometido “hechos, actos o convenciones que impidan, restringen o entorpecen la libre competencia” y que hayan sido condenados por el Tribunal de la Libre Competencia por Sentencia Ejecutoriada a la “Prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresa o servicios del Estado”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973, esto es dentro del plazo de 5 años anteriores a la formulación de la propuesta.

Con la finalidad acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades antes señaladas, los proponentes deberán suscribir y acompañar a sus ofertas las declaraciones juradas simples que se adjuntan al presente documento.

8.1 PARTICIPANTES UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

Los oferentes podrán asociarse entre sí para participar en el proceso de compra, formando un consorcio de hecho, con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas. Todos los integrantes que conformen la UTP deben encontrarse habilitados para contratar con la Administración del Estado en los términos indicados en el artículo 4º de la Ley 19.886.

Atendido al monto estimado de la presente contratación, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá materializarse por escritura pública, sin necesidad de constituir una sociedad, la cual se deberá acompañar en forma previa a la suscripción del contrato, con los siguientes requerimientos:

-          Individualización de cada una de las personas que la componen, indicando expresamente que actúan de la forma señalada.

-          Nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes para actuar a nombre de la unión temporal y todos sus integrantes ante el Instituto (se sugiere que la escritura indique las tareas básicas que tendrá el apoderado, ej. presentar las ofertas, subsanar solicitudes de aclaración, actuar como supervisor de contrato, facturar, entregar informes, renovar o modificar garantías, etc.)

-          Declaración de responsabilidad solidaria e indivisible de todos sus miembros respecto de todas las obligaciones que se generen con el Instituto. A consecuencia de esto, el Instituto podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por el Instituto a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha, sin perjuicio de la representación que los miembros del consorcio establezcan pare los efectos del proceso de licitación.

-          Determinación de su vigencia, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que se adjudique, incluida su eventual renovación. Por lo tanto, si en razón de una renovación o prórroga, la vigencia del contrato superare a la de la UTP, esta última deberá ser modificada, prorrogándose su vigencia hasta alcanzar el plazo total de vigencia del contrato correspondiente (cabe advertir que la renovación o prórroga de la UTP debe materializarse con anterioridad a la fecha de término del plazo original de su vigencia).

ARTÍCULO 9: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD PARA EL PROCESO

9.1 ANEXO N° 3: ANEXO ECONÓMICO.

9.2 ANEXO N° 4: Propuesta Técnica acompañado de un documento en formato libre en donde desarrolle las temáticas del anexo. (Ambos son requisitos de admisibilidad).

9.3 ANEXO Nº 5: Servicio Técnico Autorizado. (admisibilidad)

9.4 ANEXO Nº 6: Plazo Entrega del Servicio. (admisibilidad)

9.5) ANEXO Nº 8 Declaración Jurada que indique que los repuestos e insumos que se proveen son nuevos y originales. (admisibilidad).

ARTÍCULO 10: CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS DE LOS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo establecido en el ARTÍCULO 6.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El Instituto realizará aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo señalado en el ARTÍCULO 6 (sin indicación del autor de la o las consultas).

Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, incluso por aquellos que no las solicitaron; por lo cual los proponentes no podrán alegar desconocimiento de éstas.

Se invita a los oferentes a realizar todas las consultas y/o aclaraciones que consideren pertinentes a estas Bases de Licitación y a lo concerniente al proceso. El Instituto busca fomentar y favorecer la participación de todos quienes cumplan los requisitos para contratar con el Estado y deseen ofertar.

ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Ponderado el riesgo involucrado en la presente licitación y conociéndose el comportamiento de los proveedores del rubro, no se requerirá la presentación de Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo con lo permitido por el artículo 31 del Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 12: PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTA

El proveedor deberá adjuntar a su oferta publicada en el Sistema de Información los siguientes antecedentes, sin los cuales su oferta podría ser declarará inadmisible. No obstante, antes de desestimarla y siempre que se trate de antecedentes formales, podrán solicitarse aclaraciones o antecedentes, de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2 de las presentes bases, en cuanto a los posibles errores u omisiones detectados durante la evaluación de las ofertas.

Se solicita presentar las propuestas en carpetas electrónicas separadas, caratuladas “Oferta administrativa”, “Oferta técnica”, “Ficha técnica del producto” y “Oferta económica”, de acuerdo con el siguiente detalle:

La omisión de cualquiera de los requisitos y documentos detallados en este acápite y que no sean esenciales para el proceso, se podrán solicitar cumpliendo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2, realizando la respectiva rebaja de puntaje en el subcriterio de cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta.

La oferta debe contener y especificar los siguientes documentos, a excepción de que estos se encuentren vigentes en el Registro de Proveedores (deben a lo menos cumplir con lo establecido en las Bases de Licitación), situación que deberá señalarse por el proveedor:

a)        Antecedentes administrativos

a.1) Proponente persona natural debe acompañar:

Acompaña

a.1.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo N°1-A.

 

a.1.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo N° 2-A, debidamente suscrita por el oferente.

 

a.1.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del proponente, por ambos lados.

 

 

a.2) Proponente persona jurídica debe acompañar:

Acompaña

a.2.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo N° 1-B.

a.2.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo N° 2-B, debidamente suscrita por el (los) representante(s) legales de la entidad proponente.

a.2.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (los) representante(s) legal(es) de la entidad proponente, por ambos lados.

a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores

El oferente Unión Temporal de Proveedores debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que corresponde a este tipo de asociación al momento de realizar la oferta electrónica e ingresar la identificación de cada persona que la integra. Se deberá adjuntar el documento público o privado donde consta la formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además en dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la unión.

El documento público que formalizó el acuerdo de UTP se solicitará al momento de suscribir el contrato.

Este es un requisito esencial al momento de ofertar. De no marcar el campo o de omitirse alguno de los integrantes, no se podrá adjudicar a dicho oferente, ni se aceptarán antecedentes de una persona no individualizada.

a.3) Unión Temporal de Proveedores debe acompañar:

Acompaña

a.3.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo N° 1-A, por cada integrante de la oferta.

 

a.3.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo N° 2-A, suscrita por cada uno de los oferentes.

 

a.3.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados, de cada uno de los oferentes. (En caso de que uno de los oferentes sea persona jurídica, se deberá acompañar Cédula de Identidad del representante.)

 

b) Oferta ECONóMICA

Se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 4 de las Bases de Licitación y en el formato correspondiente al Anexo N° 3 de estas bases, señalando el plazo de entrega en días hábiles. La presentación del contenido de este anexo se considera requisito de admisibilidad.

c) Oferta Técnica

c.1) La oferta técnica deberá acompañar los siguientes documentos:

Acompaña

c.1.1) Anexo Nº 4: Propuesta Técnica acompañado de un documento en formato libre en donde desarrolle las temáticas del anexo. (Ambos son requisitos de admisibilidad).

 

c.1.2) Anexo Nº 5: Servicio Técnico Autorizado. (admisibilidad)

 

c.1.3) Anexo Nº 6: Plazo Entrega del Servicio. (admisibilidad)

 

c.1.4) Anexo Nº 7: Experiencia de la Empresa Oferente acompañara el respaldo solicitado.

Completar la información solicitada en el Anexo, adjuntando además la copia de los contratos, o de Orden de compra, que acrediten experiencia similar al proceso licitatorio.

 

c.1.5) Anexo Nº 8 Declaración Jurada que indique que los repuestos e insumos que se proveen son nuevos y originales. (admisibilidad)

 

 

ARTÍCULO 13: RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS

La recepción de las ofertas se efectuará en la fecha y hora establecida en el Sistema de Información, de acuerdo con lo establecido en el calendario de la licitación de las presentes bases. No obstante, en caso de que exista discordancia, se estará a lo señalado en el portal de mercado público.

El Instituto podrá rechazar las propuestas que no contengan todos los antecedentes y requerimientos técnicos solicitados, o aquellas que contengan condiciones que alteren la claridad de la propuesta o generen confusiones insalvables, a menos que se hayan podido salvar dichos errores u omisiones tal como lo prescribe el ARTÍCULO 16.2 de estas bases, situación que será evaluada por los miembros de la Comisión Evaluadora.

En caso de que a la propuesta le falten antecedentes de admisibilidad, el Instituto podrá rechazar la oferta inmediatamente, en caso de detectarse en el acto de apertura.

ARTÍCULO 14: VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se pudiera efectuar la adjudicación, el Instituto podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de dichas propuestas. Si alguno de los participantes no accediera a lo requerido, su oferta no será considerada en la licitación.

En el caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el inciso anterior, el Instituto comunicará a los oferentes, a través del Sistema de Información, las razones que fundamentan la ampliación de dicho plazo, previo acto administrativo totalmente tramitado, hasta por un nuevo término de 30 (treinta) días corridos para realizar la adjudicación a la oferta más ventajosa.

ARTÍCULO 15: COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS

El Instituto, designa a la Comisión de Evaluación de la presente licitación, de conformidad al artículo 37 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por tres funcionarios del Instituto, domiciliados, para éstos efectos en avenida La Paz #841, en la comuna de Recoleta, de la ciudad de Santiago y cuyo teléfono es el de la Mesa Central, siendo el (56 2) 22575 88 50.

Los miembros titulares de la Comisión son los siguientes:

TITULARES

CARGO

Masiel Balboa

Jefa Unidad de Informática

Dra. Carolina Alarcón

Jefa Sector 3

Dorys Diaz Rojas

Jefa C.R. de Finanzas

Es importante señalar que de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.1.8 de la Directiva N° 14 de la Dirección de Compras, relativa a la Conformación y funcionamiento de la Comisión Evaluadora, “deberá existir una clara distinción en la asignación de roles y responsabilidades durante el curso del proceso de compra”, por lo que los miembros de la comisión no deberán participar en otras etapas del proceso de adquisición. No obstante, y de acuerdo a lo indicado en el Dictamen N°0305 del año 2016, emitido por la Contraloría General de la República, las directivas emanadas de la entidad antes indicada, no tienen carácter imperativo o interpretativo, “por lo que establece la delimitación de funciones como una recomendación al disponer que “las entidades procurarán promover medidas tendientes”, por lo que corresponde a cada jefe de servicio, considerando su propia realidad institucional, velar por el cumplimiento de la normativa antes citada”, razón por la cual no se genera ningún impedimento para que las personas indicadas como miembros de Comisión de Evaluación no puedan participar, ya que son los profesionales con que cuenta la Institución de acuerdo a su realidad, para gestionar procesos de éste tipo.

Los oferentes no pueden contactar a los miembros de la Comisión (Sujeto de Lobby) durante el periodo de análisis de las ofertas, que comprende el lapso que media entre el cierre de recepción de ofertas y la publicación de la resolución de adjudicación. Cualquier comunicación debe hacerse en los tiempos y las formas establecidas y a través del Sistema de Información.

En el caso de que un oferente mantenga un contrato vigente con el Instituto, anterior al presente proceso de licitación, y sea necesario conversar temas relacionados con este, siendo el Administrador de Contrato parte de la comisión, se podrá excepcionalmente comunicar con este último para tocar temas atingentes al contrato en ejecución.

En caso de que alguno de los oferentes trasgreda lo indicado en el párrafo anterior, su oferta será desestimada, sin poder continuar en el proceso de análisis.

De verse alguno de los funcionarios señalados imposibilitado de realizar las funciones de integrante de esta comisión y contando con una causa fundada para ello, deberá ser sustituido por alguno de los funcionarios establecidos en la lista de remplazo indicada en las presentes bases, quien tomaría el cargo ipso facto; siendo los siguientes:

SUBROGANTES

CARGO

David Dinamarca Lagos

Técnico en Redes

Alvaro Del Pino Riquelme

Coordinador de Sistemas

Del impedimento de formar parte de la Comisión se deberá informar por correo electrónico a la Unidad de Abastecimiento (a los profesionales de dicha unidad), en el plazo de 5 días hábiles desde notificada la presente resolución (papel o correo electrónico) o desde que se conoce el impedimento.  Con la información de procederá a informar al remplazante. Esta situación debe quedar plasmada en el informe de la Comisión y en la resolución que aprueba la adjudicación del proceso.

Corresponderá a la Comisión:

1. Verificar la admisibilidad de las propuestas, de conformidad a lo previsto en estas bases.

2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.

3. Elaborar el Informe de Evaluación de las ofertas.

4. Informar si existe un cambio en los integrantes de la comisión y de las razones de este cambio.

5. En caso de retraso en la entrega del informe, se debe señalar el motivo.

6. Las demás funciones que impone la normativa a las comisiones evaluadoras.

ARTÍCULO 16: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

16.1 ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS

Corresponderá a la Comisión Evaluadora verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes bases.

La comisión deberá observar y evaluar que se cumplan los diversos requerimientos solicitados, en la forma y plazos establecidos en las presentes bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

  1. El proponente no cumple con alguna de las exigencias o requisitos establecidos en las presentes bases.
  2. La propuesta no es entregada conforme a lo exigido en las presentes bases y a la legislación vigente y esta no se haya podido subsanar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2.
  3. La propuesta no cumple con algún requisito exigido como de (admisibilidad) para participar del proceso.
  4. El oferente no contesta o no sube algún antecedente solicitado en el periodo de aclaración de ofertas y es considerado esencial para el análisis del proceso o para la ejecución del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o incorporen documentos faltantes, según el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 16.2 de estas Bases de Licitación.

16.2 ACLARACIONES, CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE EVALUACIÓN

El Instituto se reserva el derecho de solicitar a los proponentes, a partir del acto de apertura de las propuestas y hasta la decisión de adjudicación, aclaraciones sobre dichos antecedentes con el objetivo de mejorar la comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la propuesta pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.

El Instituto permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello se otorgará un plazo que se informará a través del portal.

Todo lo solicitado será informado a través del Sistema de Información. El oferente que deba de salvar errores u omisiones formales tendrá un plazo de 48 horas, contado desde efectuado el requerimiento.

16.3. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se establecen los siguientes Criterios de Evaluación y selección de propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Factor técnico

1. EXPERIENCIA DEL OFERENTE

 

Plazo de cambio según lo informado en Anexo N° 7. Los días informados se considerarán en días corridos. Si se informa en otra modalidad (días corridos u horas) se asignará el menor puntaje para este factor.

 

6 o 7 experiencias positivas en proyectos similares en los últimos 36 meses, todas debidamente acreditados por el mandante, además de calificar la experiencia.

10%

10%

 

4 a 5 experiencias positivas en proyectos similares en los últimos 36 meses, todas debidamente acreditados por el mandante, además de calificar la experiencia.

7%

 

2 a 3 experiencias positivas en los últimos 24 meses, todas debidamente acreditados por el mandante, además de calificar la experiencia.

5%

 

1 experiencia positiva, en los últimos 36 meses, debidamente acreditada por el mandante, además de calificar la experiencia.

3%

 

No acredita experiencias o no presenta el anexo respectivo

0%

 

2. PLAZO DE ENTREGA, de acuerdo con lo indicado en Anexo N° 6 por el oferente. La Instalación y puesta en marcha de las impresoras en cada ubicación solicitada, debe efectuarse en un plazo no mayor a 30 días corridos desde la firma del contrato. Proveedor debe ofertar dentro de este margen.

 

El puntaje de las ofertas, en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula:

 

5%

 

(Menor Tiempo ofertado/Tiempo de la oferta en análisis) *5

 

3. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA

Se evaluara la propuesta que entregue cada oferente (formato libre), en consideración al cumplimiento de los diversos requerimientos técnico y administrativos que se solicitan en las presentes bases.

 

EVALUACIÓN DE PROPUESTA

INADECUADA

ADECUADA CON REPAROS

ADECUADA

Coherencia

0%

1,5 %

3 %

Completitud

0%

1,5 %

3 %

Viabilidad

0%

1,5 %

3 %

Claridad

0%

1,5 %

3 %

Porcentaje Máximo a obtener 12%

Ofertas con menos de 7,5% serán descartadas.

12%

 

Definición de los criterios:

Coherencia

Existe una relación lógica entre la propuesta, el requerimiento y la normativa, sin producirse contradicción u oposición de los términos.

Completitud

La propuesta es completa de acuerdo a lo indicado por el requerimiento técnico de la Institución

Viabilidad

La propuesta se puede ejecutar en la práctica, sin incumplir la normativa vigente y los derechos de los trabajadores.

Claridad

La propuesta es clara y de simple lectura en su formulación.

Para que sea considerada adecuada la característica debe cumplir a cabalidad con esta. Se entera que es adecuada con reparos en los casos en que se pueda aplicar, ya sea complementando la información a través de la regla establecida en el artículo 16.2 de las Bases Administrativas  o por la aplicación subsidiaria de las reglas establecidas en Bases Técnicas.  

 

3. COMPORTAMIENTO BASE, SEGÚN REGISTRO DE CHILEPROVEEDORES

En los últimos 24 meses, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, según registro de la plataforma Mercado Público.

 

Nota 5

5%

5%

 

Nota entre 4 y 4,99

2%

 

Nota menor a 3,99

0%

 

Factor administrativo

Se revisará la ficha del proveedor en Mercado Público el día del cierre de recepción de ofertas:

 

4. INCLUSIÓN ENFOQUE DE GÉNERO

Para acreditar la inclusión de enfoque de género el oferente acreditará la existencia del sello mujer:

 5%

  1. CORRECTA PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES.

Se evalúa la correcta presentación de la documentación requerida por parte de los oferentes al proceso licitatorio.

El oferente sube oportunamente toda la documentación requerida para participar en el proceso licitatorio. Es decir, dentro del plazo de presentación de ofertas.

 

3%

 

El oferente sube documentación incompleta o con errores durante el plazo de presentación de ofertas y responde oportunamente a las aclaraciones solicitadas a través del Foro Inverso de Mercado Público.

1,5%

3%

 

El oferente sube documentación incompleta o con errores durante el plazo de presentación de ofertas y no responde las aclaraciones solicitadas a través del Foro Inverso de Mercado Público.

0%

 

 

Factor económico

Valoración económica presentada por el oferente, según Anexo N°3

1. Precio (Impuestos incluidos).
Se evaluará según formula.
Precio mínimo ofertado / monto oferta evaluada * 60%= Ponderación total a asignar a ofertas.

60%

 

La calificación total será equivalente al 100% y estará compuesta por la suma de todos los factores descritos. En caso de empate, se aplicarán las reglas establecidas en ARTÍCULO 18.1 de las presentes Bases.

ARTÍCULO 17. INFORME DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación, en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Individualización del proceso licitatorio, integrantes de la comisión y modificaciones de ésta.
  2. Individualización de los oferentes, indicando a lo menos el nombre, RUT, dirección e identidad del representante legal (nombre y RUT), si lo hay.
  3. Verificación de la admisibilidad de las ofertas: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión, deberá dejarse constancia de ello.
  4. Solicitud de antecedentes a los oferentes, según lo contemplado en el ARTÍCULO 16.2, en el sentido de aclarar las ofertas o de acompañar algún documento formal requerido, dejando constancia de la respuesta obtenida.
  5. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  6. Cuadro de todas las propuestas participantes, estableciendo su puntaje obtenido y la propuesta seleccionada.
  7. Asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  8. Información y causas de retraso en el proceso de evaluación en caso de existir.
  9. Propuesta de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o las que hubiera no cumplan con los requerimientos solicitados; o bien, cuando la comisión evaluadora desestime la(s) oferta(s) por juzgar que aquellas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.

10. Propuesta de adjudicación en caso de haberla, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

11. Toda la información relevante que tenga relación con el proceso de evaluación y las conclusiones de la comisión, sin ser estos numerales taxativos.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Director del Instituto a más tardar en el plazo establecido en el calendario de la licitación contenido en las presentes bases; de no ocurrir esto, la comisión debe informar a la Unidad de Abastecimiento las razones de la tardanza, a fin de que ésta última proceda a  ampliar el plazo en el Sistema de Información, situación que deberá quedar registrada en la resolución de adjudicación.

 

ARTÍCULO 18: ADJUDICACIÓN

El Instituto se reserva el derecho a adjudicar la presente licitación totalmente, desestimar y/o declarar desierta la licitación.

De las propuestas seleccionadas, el Instituto adjudicará la propuesta que obtenga el mayor puntaje y, para el caso en que este oferente se desistiera de celebrar el contrato respectivo, se podrá readjudicar la propuesta a aquella oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente.

Cuando el precio de la oferta presentada por un proponente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte del Instituto que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Instituto podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar dicha oferta, solicitando una garantía de acuerdo con lo establecido en ARTÍCULO 21.2 de estas bases.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Director del Instituto.

Los participantes serán notificados de la adjudicación de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 7 de las presentes bases.

El Instituto rechazará, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes, o en el caso que todos los proponentes participantes no cumplan con una o más disposiciones de estas bases consideras importantes para el proceso, se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El Instituto se reserva el derecho de rechazar las ofertas que, pese a cumplir con lo exigido en las presentes bases, no resulten ser convenientes para sus intereses. En este caso se procederá a desestimar dichas propuestas.

18.1 Empate:

En caso de empate en el total general de la evaluación, se seguirá el siguiente orden de prelación para definir al ganador:

  1. Criterio económico.
  2. Experiencia.
  3. Enfoque de género.
  4. Comportamiento contractual.
  5. Correcta presentación de los antecedentes.
  6. El que primero haya presentado la oferta en el portal de Mercado público.

18.2 Inclusiones en la contratación:

El Instituto al momento de adjudicar podrá aumentar o disminuir el monto o ítems de adjudicación, siempre que estas modificaciones no superen el 30% del valor máximo estimado originalmente en las bases, debiendo indicar las razones que fundamentan dicha decisión, debiendo el aumento o disminución tener relación con el bien o servicio a contratar.  El proponente adjudicado deberá respetar los precios comprometidos en la oferta.

18.3. Readjudicación

El Instituto podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:

  1. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de solicitarse.
  3. El proveedor no cumple con los requisitos para contratar con el Estado establecidos en las presentes bases o sea inhábil para contratar.
  4. Si el adjudicatario se desiste.
  5. Si el adjudicado, a pesar de haber aceptado la contratación, incumple gravemente el contrato, no permitiendo continuar con éste, siempre que se encuentre dentro del plazo establecido para tal efecto.

El Instituto, en esta eventualidad, podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente que sigue en puntaje.

El plazo máximo para readjudicar será de 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación oficial.

ARTÍCULO 19: FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Resuelta la adjudicación de la licitación, se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos previos:

Previo a la emisión de la Orden de compra, la empresa que resulte adjudicada deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El proveedor adjudicado tendrá 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con éste requisito. En caso de uniones temporales de proveedores (UTP), cada uno de los integrantes, debe inscribirse en el Registro de Proveedores.
  2. En el caso de ser Persona Jurídica deberá acompañar una copia de la escritura de constitución y sus modificaciones; certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a 6 meses. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyen mediante escritura pública inscrita en el registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante.
  3. Ratificar la declaración jurada de no contar con inhabilidades para contratar con la Administración Pública.
  4. Certificado de antecedentes laborales y previsionales (Ex. F30), emitido por la Dirección del Trabajo.
  5. Acreditar el estado del pago de remuneraciones y cotizaciones con sus trabajadores actuales y hasta los dos últimos años (art. 4 Ley N° 19.886), a través del respectivo certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Formulario (F30-1)

Se podrá exceptuar el primer requisito temporalmente, en caso que el proveedores encuentre inhabilitado del Registro de Chile Proveedores, por la causal establecida en el numeral 3° del artículo 92 del Reglamento de compra Públicas, esto es “Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente”, considerando que esta inhabilidad se mantiene mientras se mantenga la causal.

En este caso la temporalidad de la excepción no podrá ser mayor a 6 meses contados desde la firma del contrato.

 

Si transcurrido el plazo señalado, el adjudicatario no cumple con estos requisitos, el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” podrá readjudicar, según lo establecido en el ARTÍCULO 18.3 de las presentes bases. El proponente adjudicado, deberá suscribir el contrato respectivo o aceptar la Orden de Compra, según corresponda, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación.

En el caso de que los antecedentes y documentos solicitados se encuentren subidos a la plataforma de Chile Proveedores, con la vigencia solicitada, el proveedor se eximirá de presentar los documentos solicitados.

Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo, se entenderá sin más trámite que no acepta la adjudicación. En tal evento, el Instituto procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario incumplidor.

Al contrato que se firme, quedarán incorporadas las condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Económicas, consultas y aclaraciones, y por supuesto la oferta realizada por el proveedor y aceptada por esta Institución.

Será responsabilidad del adjudicatario que suscribe el contrato, mantener la debida reserva de la información y de los procedimientos de carácter confidencial que en su desempeño pueda llegar a conocer y que corresponden al Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

Una vez que se firme el contrato por ambas partes, se podrá emitir por la Unidad de Abastecimiento la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicado en el plazo establecido en el calendario de licitación.

ARTÍCULO 20: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN

La contratación se regirá por lo señalado en las presentes Bases de Licitación, con lo establecido en la ficha electrónica de Mercado Público y, en general, por todos los reglamentos y normas que rigen y tengan relación con el desarrollo del servicio o entrega del bien, los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte de los oferentes o adjudicatarios, según corresponda.

ARTÍCULO 21: OBLIGACIONES DEL CONTRATADO

21.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los productos que entregue a la institución, de modo que cualquier error que signifique un perjuicio para el Instituto será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la sociedad adjudicataria, las personas que actuaron como representantes legales de la misma, asumirán la(s) responsabilidad(es) que se puedan generar y los perjuicios asociados a dicha responsabilidad.

El adjudicatario deberá, entre el tiempo que medie entre la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público y la fecha de suscripción del contrato, acompañar una caución, la que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales y previsionales que se desprendan de él.

El o los documentos que se presenten, deben cumplir con las siguientes características:

a)  Deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), esta deberá ser tomada por quien figure como representante o administrador de ésta, en razón de lo establecido en el acuerdo que formaliza la UTP o por cualquiera de los participantes de ésta, en la medida que estén facultados para ello.

b)  Debe ser irrevocable y pagadera a la vista.

c)  El monto a caucionar corresponde al 5% del contrato.

d)  El documento tendrá una vigencia que al menos cubra el período de duración del contrato más 60 (sesenta) días corridos.

e)  Debe ser expresada en pesos chilenos, UF o UTM.

f)   Deben ser tomadas a la orden del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, RUT 61.608.003-2.

En el caso de que el instrumento lo permita, deberá señalar los siguientes antecedentes:

g)  Indicar nombre y RUT del tomador;    

h)  En el caso que el documento pueda contemplar glosa (como boletas, certificados de fianza y pólizas), deberá señalar la siguiente:

“GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO POR LICITACIÓN PÚBLICA ID 1057476-XX-LP21: SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS Y SUS INSUMOS PARA 36 MESES PARA EL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”.

Para éste proceso en particular el porcentaje a caucionar corresponde al 5% del contrato, en cumplimiento de la regla establecida en el artículo 3° del Decreto N°1218, de fecha 14.10.2021, que modifica el Reglamento de Compras Públicas, para éste tipo de instrumentos durante el periodo dl 01.07.2021 al 31.12.2021.  

En caso de que el instrumento no admita incluir los antecedentes adicionalmente solicitados, se pide al oferente que acompañe documento anexo, con firma del proponente, donde se incluya la información solicitada, la que deberá ser anexada y presentada junto a la caución en comento.

En el caso que la garantía se establezca en UF se deberá considerar la conversión al día de la emisión del documento, al ser en UTM, se considerara el valor del mes de adjudicación.

           

Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con estos requisitos, serán devueltas para su cambio.

La caución o garantía deberá ser entregada físicamente en la Oficina de Partes del Instituto, ubicado en avenida La Paz #841, comuna de Recoleta, en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto, antes de la firma de la formalización de la contratación.

De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento. Sin embargo, para su aceptación, se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros de que éstos sean “pagaderos a la vista” y no sólo “de ejecución inmediata”, caso último en que quedan fuera de las exigencias impuestas para estas garantías por la legislación vigente respectiva, debiendo ser rechazados por esta Institución, pudiendo reemplazarlo, el adjudicatario, en el plazo establecido para acompañar esta garantía. No obstante, se aceptará cualquier seguro que cumpla con el requisito indispensable de ser “pagadero a la vista” y los demás ya descritos.

La garantía puede otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza (ej. varias boletas de garantía) que en conjunto representen el monto a caucionar; esto es, el 5% del valor total del contrato adjudicado, y que cubra el plazo restante aumentada siempre en 60 días corridos.

La no entrega de la caución o garantía dentro del plazo señalado, facultará al Instituto para continuar con el procedimiento de readjudicación, en su caso, o el que corresponda a las condiciones particulares.

La garantía puede ser de aquellas que se emiten de manera física o electrónica, para los casos de garantías electrónicas, estas podrán ser enviadas al e-mail institucional que se informe en la oportunidad correspondiente, y ajustarse a lo que señale la Ley N°19.799.

Los gastos que irrogue la obtención de las garantías serán de cargo exclusivo del proponente adjudicatario.

Durante la ejecución del contrato se podrá solicitar el cambio de la garantía o por otro documento que cumpla con la misma finalidad, el que debe cumplir con los requerimientos solicitados para la garantía primitiva, debiendo este cubrir a lo menos el periodo comprendido entre la fecha de emisión del documento y el periodo que quedase por prestar, aumentado en 90 días corridos. En relación al monto de la nueva caución esta debe cubrir el 5% del saldo del contrato.

La garantía será devuelta con posterioridad al término del plazo de vigencia de ésta.

La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá ser ejecutada en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento total o parcial del convenio o de cualquier obligación emanada del mismo, principalmente cuando versen sobre multas aplicadas.
  2. Si se genera algún perjuicio al Instituto, de carácter pecuniario y que sea responsable el proveedor ya sea por culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
  3. Incumplimiento de las reglas de cesión y subcontratación establecidas en las presentes bases de licitación.
  4. En caso de término anticipado del contrato.

Si la garantía es ejecutada parcialmente por el Instituto, pero se continúa con la ejecución del contrato, el Instituto deberá realizar devolución del saldo restante. Previamente a esto, el proveedor deberá ingresar un nuevo documento que caucione el saldo del contrato, el que deberá cumplir los requisitos previamente establecidos para este tipo de documentos y con cobertura para el saldo de plazo de contrato, aumentado en 60 días corridos.

Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento:

  1. Si el contrato ha terminado de manera anticipada, por causas no imputables al contratista.
  2. Encontrándose esta vencida, una vez que se haya verificado la correcta ejecución de los términos y condiciones del contrato celebrado por las partes.
  3. En caso de aplicación de multas que no pongan término del contrato y que no puedan ser descontadas de los ESTADOS de pago pendientes, el Instituto procederá a cobrar de la o las garantías de fiel cumplimiento comprometidas el monto adeudado, procediendo a devolver el saldo restante. Antes de la devolución indicada el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía por lo que resta del contrato, aumentado en los días correspondientes.

Se considera conductas no imputables al contratista las establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 29 de las presentes Bases, o en caso de muerte de un proveedor persona natural, no siendo posible continuar con el contrato.

Las garantías serán devueltas previa solicitud del proveedor.

Sin perjuicio de la existencia de la caución en comento, el Instituto se reserva el derecho a ejercer cualquier otra acción legal, que pueda aplicar de acuerdo con el caso en particular.

21.2 AUMENTO DE GARANTÍA/CREACIÓN DE GARANTÍA

Según el artículo N°42 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas D.S. N° 250/2004 del Ministerio de hacienda y sus modificaciones: “Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio ofertado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la entidad Licitante podrá a través de resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantía de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue”.

Se entenderá que los costos son inconsistentes, cuando no sean coherentes con los precios de mercado para la dispensación del producto, fabricación de éste o ejecución del servicio.

El aumento de la garantía será determinado al momento de tomar la decisión de adjudicar, dependiendo el riesgo que implique la contratación, no pudiendo superar el límite establecido en el artículo previamente citado, lo que será indicado en la resolución de adjudicación.

En caso de que no se haya determinado para el proceso, la constitución de Garantía de Fiel Cumplimiento se establecerá en el caso que se produzca la situación indicada, una garantía equivalente al 10% del producto, bien o servicio que genere la diferencia, no pudiendo superar el valor límite establecido en el artículo N°42.

ARTÍCULO 22: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO

Por regla general la vigencia del contrato se inicia desde que se encuentre resuelto el acto administrativo que aprueba el contrato, por un plazo de 36 meses. No obstante el inicio de la prestación de los servicios podrá iniciarse con posterioridad a la fecha de aprobación del acto administrativo, si así lo acuerdan las partes o por razones de buen servicio al momento de la celebración del contrato, razón por la cual la vigencia se supeditará y adaptará a la fecha efectiva en que se inicia la prestación, la que no podrá superar los 36 meses indicados.

22.1. RENOVACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO

Una vez acaecido el término del contrato, ya sea por el cumplimiento del plazo de vigencia del contrato o porque se hubiesen entregado todas las dosis correspondientes, se podrá renovar el contrato, por igual periodo y por una sola vez. Esto en atención principalmente de las siguientes circunstancias:

  1. Inexistencia de reparos respecto de la calidad de los productos.
  2. Correcto cumplimiento del contrato por parte del proveedor, en cuanto a tiempos de despacho de los productos, repuesto e insumos, así como cumplimiento de los servicios conexos de mantención, reparación y visita que se hayan generado durante la ejecución.
  3. Necesidad de la institución de contar con un proveedor que pueda suministrar el servicio.

La renovación de esta contratación, se hará en los mismos términos, mediante resolución fundada afecta, teniendo como tope el monto de la adjudicación original y como límite general de toda la licitación, el límite establecido para el Tipo de Licitación, considerando la contratación original más la renovación.

Adicionalmente, dada la necesidad por parte del Instituto, el contrato podrá ser prorrogado de acuerdo al procedimiento establecido para ello, cumpliéndose con los requisitos y limitaciones, de acuerdo al D.S. N°250 de 2004 y sus modificaciones, emitido por el Ministerio de Hacienda.

La renovación no puede superar el monto establecido como límite para el proceso de licitación (según tipo), por lo que en el caso de que el diferencial para llegar a ese límite no permita la renovación por los 36 meses, se podrá disminuir el periodo de prestación de los servicios a los meses que alcance a cubrir.

ARTÍCULO 23: FORMA DE PAGO

El pago por los servicios contratados se efectuará dentro de los primeros 45 (cuarenta y cinco) días corridos, según autorización expresa a los Servicios de Salud establecida en la Ley Nº 21.289, o norma que la remplace, del Presupuesto del Sector Público para el año 2021, plazo contado a partir de la fecha de recepción de la factura por parte del Servicio de Impuestos Internos, en concordancia con lo establecido en la Circular N°4/2019 emitida por dicha institución.

Cada factura debe ser enviada de manera diferenciada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com (en formato XML), lo que permitirá su enlace con la plataforma interoperable que maneja la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES) y que administra la Unidad de Contabilidad del Instituto.

La factura se entenderá irrevocablemente aceptada por el Instituto, si no se reclamará en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la prestación de servicios, dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción o por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 3° de la Ley N°19.983.

En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, solo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes.

Los pagos se realizarán acorde a los servicios efectivamente prestados y recepcionados por el Instituto.

Para iniciar el proceso de pago, se debe contar con los siguientes documentos de respaldo, los que deberán ser entregados al Instituto.

  1. Orden de Compra en estado de aceptada.
  2. Recepción conforme de los servicios prestados.
  3. Factura original o documento tributario correspondiente.

Las facturas deben indicar en la referencia solo el ID de la Orden de Compra a la que se asocia, sin ningún dato adicional. Por ejemplo:

Cuadro de texto: Orden de Compra 1057476-00-SE21 Folio referencia (801): 1057476-00-SE21 (Omitir palabra Orden de Compra o cualquier otro texto)

En caso de no cumplir con la referencia del documento, la factura será rechazada automáticamente por el sistema informático de la institución, debiendo presentarse nuevamente de manera correcta.

Las facturas o documentos tributarios correspondientes deben ser emitidos el mismo día o con posterioridad a la emisión del Certificado de Cumplimiento de Servicios (CPS) que genere el Administrador de Contrato por los servicios efectivamente prestados.

Para efectos de la cuadratura de los cupos utilizados, el Administrador de Contrato deberá tener a la vista alguna minuta, detalle o documento que de fe de las personas que permanecieron en el dispositivo.

La emisión del CPS, deben seguirse las reglas establecidas por la Institución para los efectos, las que serán comunicadas en la oportunidad correspondiente.

ARTÍCULO 24: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.

El contratista no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Instituto para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 29 de las presentes bases y se hará(n) efectiva(s) la(s) totalidad de la Garantía (s) de Fiel Cumplimiento del Contrato en beneficio del Instituto, en el caso de existir.

Durante la ejecución del contrato la empresa contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones la empresa deberá solicitar, por escrito, autorización al Instituto. Corresponderá a la Dirección de esta institución calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular.

El personal que contrate el proveedor con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el Instituto, sino que exclusivamente con la empresa contratista. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Instituto.

Sin perjuicio de todo lo anterior y cada vez que el Instituto así lo requiera, el contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto de sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.

El incumplimiento del contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 29 de estas Bases.

La Dirección del Instituto dispone que el Administrador del Contrato, representante del Instituto, evalúe el cumplimiento del convenio por parte del contratista, realizando evaluaciones e informando en caso de presentarse algún incumplimiento de contrato que sea susceptible de alguna de las sanciones contempladas en las presentes bases, informe que dará inicio al proceso respectivo por parte del Administrador del Contrato.

ARTÍCULO 25: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El contrato será administrado por la Jefa de la Unidad de Informática o por quien la subrogue.

Está dentro de sus funciones, entre otras, el requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda y solicitar asimismo el término anticipado de la contratación según lo estipulado en los ARTÍCULOS 26 y 29 de las bases, respectivamente.

En casos fundados podrá el instituto designar a una persona diferente que administre el contrato, lo que deberá ser establecido por Resolución Exenta.

Serán funciones del Administrador del Contrato:

  1. Supervisar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes bases de licitación.
  2. Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la Institución, durante la ejecución de éste, llevando registro de cualquier situación que se produzca.
  3. Realizar envió de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de esta situación.
  4. Informar a la Unidad de Abastecimiento en el caso de que el proveedor realicé alguna solicitud que tenga relación con modificación de contrato, o presentación de descargos enmarcados dentro del proceso infraccional establecido en el presente documento. 
  5. Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la adecuada interpretación de las bases.
  6. Requerir la aplicación de multas, en caso de ser procedentes.
  7. Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
  8. Realizar los informes que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o término de los trabajos encomendados.
  9. Autorizar modificaciones de contrato, ya sea que estén asociadas al aumento o disminución de obras, obras extraordinarias; o aumentos o disminuciones de plazo.

Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.

ARTÍCULO 26: MULTAS Y SANCIONES

El contratado deberá cumplir, mientras dure la ejecución del contrato, con las distintas obligaciones que se desprenden de las presentes bases, además de mantener siempre un clima de respeto en la institución. Estas obligaciones son extensivas a cada uno de los trabajadores que actúen en su representación. El no cumplimiento de lo antes señalado podría generar un proceso infraccional y posibles sanciones. 

CONDUCTA

SANCIÓN

1

Interrupción del servicio por más de 24 horas.

1 UF

2

No entrega de insumos en los tiempos acordados. (48 hrs)

1 UF

3

Falta de respuesta ante falla o desperfecto en los tiempos indicados

según caso de emergencia (Según se oferte en Anexo Nº 5: Tiempo de respuesta en caso de emergencia)

1 UF

26.1 ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA

Si durante la entrega de los productos se produjeran atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá presentar al Administrador de Contrato su justificación antes de trascurridos 3 (tres) días corridos desde su ocurrencia, quien calificará los motivos de los atrasos para los efectos de la prórroga del plazo o para su rechazo. Pasados los tres días no se aceptará justificación alguna.

La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Administrador de Contrato. De ser aceptada, se deberá dejar registro en el historial de la contratación.

En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de cumplimiento del contrato. La ampliación del plazo en estas circunstancias no dará derecho a pago adicional.

ARTÍCULO 27: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES

En caso de verificarse alguna conducta considerada como incumplimiento de contrato deberá seguirse el siguiente procedimiento:

  1. Para efectos de iniciar el proceso, el Administrador de Contrato deberá evacuar un informe, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde observada la conducta, documento que deberá ser enviado a la Unidad de Abastecimiento, a fin de notificar al proveedor del incumplimiento.
  2. El informe deberá contener los siguientes antecedentes:
    1. Individualización del contrato a que hace referencia el informe, ID de licitación, Órdenes de Compra y datos del proveedor y representante legal.
    2. Indicación de la conducta observada, la que debe estar establecida en Bases de Licitación.
    3. Hechos que fundamentan la solicitud, los que deben ser actuales, objetivos y claros, se podrá agregar como prueba de ellos fotografías u otros documentos que den fe de las situaciones imputadas.
    4. Sanción asociada a la conducta imputada.
    5. Debe estar suscrito por el o los administradores de contrato, según corresponda.

Se considerará los elementos indicados como requisitos de admisibilidad necesarios para continuar con el proceso, pudiendo ser devuelto el documento para su corrección (las oportunidades necesarias), el que deberá ser reingresado en el plazo máximo de 2 días hábiles.

  1. Una vez recibido el Informe por la Unidad de Abastecimiento, procederá a subir a la plataforma de Mercado Público en el aplicativo de Gestión de Contratos, el documento entregado por el Administrador de Contrato, debiendo ingresar la información en el apartado de Gestión de Sanciones.
  2. A través de correo electrónico la Dirección de ChileCompra notificará al proveedor del inicio de un procedimiento sancionatorio por incumplimiento de obligaciones contractuales, entregando un plazo de 5 días hábiles para realizar los descargos, gestión que deberá realizarse a través del menú de contratos del escritorio del proveedor de la plataforma de Mercado Público.
  3. Una vez recibida la notificación el proveedor podrá ingresar los descargos en el plazo entregado o aceptar la aplicación de la sanción.
  4. Transcurrido el plazo el Instituto procederá aceptar parcialmente o rechazar los descargos entregados por el proveedor, debiendo dictar el acto administrativo que formalice la decisión por la autoridad competente. Información que deberá ser subida al aplicativo de Gestión de Sanciones en el portal de Mercado Público.
  5. En contra del acto administrativo que finalice el proceso se podrá interponer recurso de reposición o jerárquico en los plazos y según las reglas establecidas en la Ley 19.880. Los recursos en cuestión deberán entregarse directamente en oficina de partes del Instituto o por carta certificada dirigida al Director del Instituto.
  6. El resultado de los recursos impetrados deberá contar en una resolución exenta la que deberá ser subida al portal de Mercado Público en el aplicativo de Gestión de Contrato.

Tanto la comunicación escrita de la falta, así como el procedimiento infraccional, no suspenderá en ningún caso la ejecución del contrato.

La Institución podrá rebajar prudencialmente las multas aplicables, en caso que se acoja parcialmente los argumentos planteados por el proveedor.

En el caso de que procediese la aplicación de una o más multas, estas en su conjunto no podrán superar el 20% del valor total del contrato. Llegando a este porcentaje y/o manteniéndose el incumplimiento por parte del proveedor de manera injustificada, la institución estará facultada a poner término del contrato sin más trámite, por incumplimiento del contrato, buscando un nuevo proveedor que cumpla con los servicios requeridos. Excepcionalmente, la Dirección de este Instituto podrá, a través de resolución fundada, no aplicar el término anticipado de contrato, por no resultar conveniente para los intereses del Instituto o por el estado de avance del contrato.

Las multas serán descontadas de estados de pago, para lo cual el proveedor deberá emitir la factura completa por los bienes o servicios recepcionados. Realizándose el descuento al momento del pago, a través de la retención del monto por parte del Instituto, el que debe corresponder al valor de la multa.

En caso de incurrir en una nueva infracción, se aplicará el mismo procedimiento antes señalado, el que podría acarrear una nueva sanción.

Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.

Con todo, la aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas bases, o que, mediante resolución fundada, estime que, dado el estado de avance del contrato, esta medida resulta perjudicial para los intereses de la institución.

En el tiempo en que medie la implementación del sistema informático por Mercado Público, las notificaciones que se realicen a causa de este procedimiento deberán realizarse al proveedor mediante el correo electrónico definido para los efectos.  Una vez que la Dirección de Chile Compra complete el proceso y dicte la instrucción al respecto, se aplicará totalmente el proceso indicado en el presente artículo y en correlación con lo indicado por la Dirección de Chile Compra.

ARTÍCULO 28: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

El contrato solo podrá ser modificado durante su ejecución por voluntad del Instituto o por el consentimiento de ambas partes. Las variaciones solo podrán corresponder a materias relacionadas con el servicio o bien contratado originalmente.

En caso de que las variaciones representen un aumento de los productos, el monto de estos deberá ser menor o igual a los del contrato primitivo y teniendo como límite general las 1.999,9 UTM, no pudiendo superar el 30% del valor total de la contratación.

En caso de que las variaciones representen un aumento de los productos (kilos, unidades, etc.), el costo de estos deberá ser igual al costo del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato.

Cualquier modificación del monto de adjudicación, que signifique un aumento de ellos o un aumento de plazo, por razones fundadas, será objeto de una nueva resolución del Instituto, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original, debiendo poseer previamente la visación de la Unidad de Finanzas de la Institución para efectos de determinar la existencia de disponibilidad presupuestaria necesaria.

ARTÍCULO 29: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Al contrato derivado de esta licitación se podrá poner término anticipado o se le podrán realizar modificaciones por las siguientes causales:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, si la facultad de resciliar está conferida únicamente al apoderado, igualmente se deberá notificar a cada miembro del término).
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  4. Si el contratista es declarado en quiebra por procesos anteriores a la entrada en vigor de la Ley Nº 20.720 o se encuentra dentro de un procedimiento concursal de liquidación o en estado de notoria insolvencia, a menos que mejore las cauciones entregadas.
  5. En caso de término de giro, liquidación, disolución de la sociedad contratista o muerte del contratista, si es persona natural. En tales eventos la empresa o quien haga las veces de su heredero, tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Instituto dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde el suceso respectivo.
  6. Si la calidad de los bienes entregados no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas y el proveedor se niega a cambiarlos o se produce en varias oportunidades.
  7. Si se verificara cualquier otro incumplimiento considerado como falta grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se consideraran como conductas graves, el incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio convenido conforme con lo estipulado en las especificaciones técnicas de las presentes Bases; inobservancia o vulneración de normativas e instructivos referidos a calidad; inobservancia o vulneración de lo establecido en las presentes bases en lo referente a la prohibición de cesión y subcontratación; la aplicación de multas que excedan el 20% del precio total del contrato; causales establecidas específicamente en el ARTÍCULO 26.
  8. El Instituto podrá poner, unilateralmente, término anticipado al contrato, por escrito y con aviso previo de 30 (treinta) días corridos, todo esto a través de resolución fundada, previo informe técnico y administrativo que justifique la decisión, en el caso que el servicio o bien adquirido no cumpla efectivamente con la necesidad por el que fue adquirido.

 

Serán aplicables en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), las siguientes causales, las que se adicionan a las indicadas en los numerales anteriores:

  1. Si se constata que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia (en cuyo caso, además se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica).
  2. Si uno de los integrantes se retira y este reunía una o más características objeto de la evaluación de las ofertas; a menos que pueda continuarse con el contrato en las mismas condiciones que si esa persona continuara en la UTP, en atención a la magnitud de esta contratación y a las necesidades del Servicio.
  3. Si en el transcurso del contrato se verifica que ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Alguna Inhabilidad sobreviniente de uno (o varios) de sus integrantes, siempre la que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el Nº 1, 2 o en caso de muerte, si se trata de persona natural, y no se pueda continuar con el contrato, el Instituto podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato (en el caso de requerirse), sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder al Instituto en contra del contratante.

En los casos en que se ponga término anticipado al contrato sin cobro de la garantía de fiel cumplimiento, ésta será devuelta al contratista dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que pone término al contrato y una vez que el Instituto haya verificado que no existen obligaciones pendientes de tipo laboral o de seguridad social del contratista con sus trabajadores y previa solicitud del adjudicado.

Producida alguna de las causales establecidas, se utilizará el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 27 de las bases de licitación, en todo lo que sea aplicable, especialmente en lo que respecta a notificaciones y plazos.

ARTÍCULO 30: GASTOS POR PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO

La participación en la presente licitación no considera ninguna remuneración para los proponentes de parte del Instituto, ni indemnizaciones de ninguna especie para los proponentes que no resulten favorecidos.

ARTÍCULO 31: INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO

En caso de discrepancias que se produjeren entre el Instituto y el proveedor, relativas a la interpretación de algún(os) punto(s) del contrato, se canalizarán éstas, a través del Administrador del Contrato, a su superior jerárquico, quien informará a la Dirección de esta Institución, la que solicitará un informe respecto al punto a la Abogada de Compras Públicas del Instituto, con esto, la Dirección se pronunciará. Si posterior a esto, persisten las discrepancias, estás podrán ser sometidas al conocimiento de la Contraloría General de la República, en virtud de su potestad dictaminante y/o a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

ARTÍCULO 32: DISCREPANCIAS ENTRE BASES Y SISTEMA DE INFORMACIÓN

De existir discrepancias entre la información contenida en las presentes bases aprobadas por resolución exenta y el texto transcrito en el Sistema de Información, se estará a lo que indica la Resolución Exenta respectiva que aprueba las Bases, subida al sistema ya referido, escaneada, en formato digital.

En caso de que exista discrepancia entre la oferta económica subida por el proveedor a través del formulario, acompañado en el anexo respectivo, y la información ingresada al portal Mercado Público por el proveedor, se ceñirá a lo señalado en el documento escaneado. En caso de no presentarse el anexo económico o de ser subido en blanco, se entenderá que el proveedor no generó oferta económica.

ARTÍCULO 33: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.