ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA PROPUESTA
El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” (en adelante, el Instituto Psiquiátrico), establecimiento de autogestión en red, acreditado en calidad en los procesos de atención en salud tipo 2, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, llama a Licitación Pública para la adquisición de ARTÍCULOS DE COCINA E INSUMOS VARIOS PARA UNIDAD DE ALIMENTACIÓN de la Institución.
1.1.- PRODUCTOS REQUERIDOS:
N°
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Línea de Requerimiento
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Cantidad
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Detalle
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1
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CUCHARA PLÁSTICA MOTERA
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10.000
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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2
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PALLET PLÁSTICO
MODELO MULTIPALL
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4
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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3
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BANDEJA PLÁSTICA UNIVERSAL
46 LITROS VENTILADA
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40
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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4
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BANDEJA PLÁSTICA UNIVERSAL
46 LITROS CERRADA
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40
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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5
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CAJA PLÁSTICA CON BISAGRA,
50 LITROS COLOR AMARILLO
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3
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6
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CALIPER DE ROSS O CALIPER ALTURA RODILLA-TALÓN
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1
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7
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BATIDOR MANUAL
ACERO INOXIDABLE
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1
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8
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LAVADERO ACERO INOXIDABLE DOBLE CUBA CON ATRIL SOLDADO
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1
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9
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LOCKER GUARDA MOPAS
ACERO INOXIDABLE
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2
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10
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MESA DE ACERO INOXIDABLE
CON 4 RUEDAS
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2
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11
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ESTANTE DE ACERO INOXIDABLE
4 REPISAS A
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3
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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12
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ESTANTE ACERO INOXIDABLE
4 REPISAS B
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3
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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13
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PLATAFORMA DE ACERO INOXIDABLE CON REPISA
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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14
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MESÓN DE TRABAJO MURAL CON SUBCUBIERTA
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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15
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MESÓN DE TRABAJO MURAL CERRADO
2 PUERTAS CORREDERA
ACERO INOXIDABLE
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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16
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MESÓN DE TRABAJO MURAL CERRADO,
2 PUERTAS CORREDERA
ACERO INOXIDABLE
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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17
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LICUADORA INDUSTRIAL
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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18
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BALANZAS DIGITALES
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2
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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19
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BALANZA DIGITAL MOD BST
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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20
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FONDO DE ALUMINIO DE 50 LITROS
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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21
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FONDO DE ALUMINIO DE 15 LITROS
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16
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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22
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CORTINA DE LAMAS
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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23
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BALDES DE PLÁSTICO CON CAPACIDAD DE 20 A 25 LITROS
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6
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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24
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JARROS GRADUADOS
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15
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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25
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ENVASES PLÁSTICOS REDONDOS 1.000 CC
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18
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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26
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ROCIADORES
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5
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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27
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JARROS DE 3 LITROS CON TAPA
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16
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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28
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STICKERS ROTULADORES
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500
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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29
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ABRELATAS INDUSTRIAL
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1
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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30
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TABLAS PARA PICAR
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3
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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31
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TERMÓMETRO PARA ALIMENTOS CON FORMA DE T
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4
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El detalle está contenido en las bases técnicas del presente documento.
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La presente licitación es por línea, considerándose a cada producto como una de ellas.
Esta licitación, a su vez, es de adjudicación múltiple, esto es: permite adjudicar más de una oferta por cada línea de producto o servicio licitado, con la condición de que la cantidad total solicitada, debe coincidir con la cantidad total adjudicada. Además, se podrá adjudicar a un proveedor más de una línea requerida.
ARTÍCULO 2: DE LAS BASES DE LICITACIÓN
Las presentes Bases establecen las disposiciones que regirán esta Licitación Pública, los requisitos, condiciones y especificaciones establecidos por el Instituto, describe los servicios a contratar y regulan el proceso de Licitación y el contrato definitivo.
El llamado a presentar ofertas se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, el portal web Mercado Público (en adelante, Sistema de Información).
Asimismo, las Bases que rigen la presente Licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a Licitación.
Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
- Bases de Licitación Administrativas.
- Bases de Licitación Técnicas.
- Anexos:
- Anexo 1-A: Ficha identificación del oferente, persona natural.
- Anexo 1-B: Ficha identificación del oferente, persona jurídica.
- Anexo 2-A: Ficha Declaración jurada simple de responsabilidad, persona natural.
- Anexo 2-B: Declaración jurada simple de responsabilidad persona jurídica.
- Anexo 3: Oferta económica.
- Anexo 4: Anexo técnico.
- Anexo 5: Ejemplo de Ficha técnica de los productos.
2.1 MODIFICACIÓN Y/ ACLARACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
Hasta el vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas, el Instituto podrá efectuar las aclaraciones y/o modificaciones a las bases que estime pertinente, de oficio o como resultado de alguna requiere realizada por algún proveedor en la plataforma de compras públicas. Dado el caso y sólo de considerarse como necesario, se establecerá un nuevo plazo para que dicha aclaración y/ o modificación pueda ser incorporada a las ofertas. Cuando se trate de una modificación de las bases, esta debe ser aprobada por resolución exenta.
ARTÍCULO 3: NORMATIVA APLICABLE
La presente Licitación, sin perjuicio de la Normativa legal vigente, se regirá por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N° 250 de 2004 y sus modificaciones; Asimismo por cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases de Licitación, ofertas técnicas y económicas, anexos, requieres y respuestas, como así mismo las modificaciones, aclaraciones y/o complementos solicitados a los oferentes, todos los que se consideran incorporados al respectivo contrato en el caso de proceder, el que se celebrará entre el Director del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” y el adjudicatario.
ARTÍCULO 4: TIPO DE LICITACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS
Esta propuesta es a suma alzada. Los precios de las ofertas serán fijados por los oferentes y deberán estar expresados en valores netos, sin reajustes ni intereses. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en el artículo 23 de las presentes Bases. El monto máximo de esta licitación debe ser de 100 hasta 999,9 UTM inclusive, estimándose para los efectos del Sistema de Información como una Licitación de tipo LE.
ARTÍCULO 5: PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Todos los plazos establecidos en las presentes Bases, como en los instrumentos que la complementan, serán entendidos como días de corridos. Salvo que expresamente se indique que serán días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo, se entenderá que dicho plazo vence al día siguiente hábil, corriéndose todos los plazos posteriores.
ARTÍCULO 6: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN
1
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Publicación de las Bases de Licitación
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Las Bases que rigen la presente Licitación Pública se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información. Se considera como 1° día del proceso al día siguiente al de su publicación.
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2
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Visita a terreno
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Se solicita visita a terreno en relación a la Línea de Requerimiento N° 22, CORTINA DE LAMAS, la cual es deseable y de carácter opcional y no excluirá a la hora de ofertar.
La visita a terreno se realizará a contar de las 10:00 horas del 3° (tercer) día corrido del proceso (exceptuando si cae día inhábil o festivo)
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3
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Consulta a las Bases
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Las consultas o aclaraciones a las Bases de Licitación deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información hasta las 16:00 horas del 3º (tercer) día de la Licitación (corrido).
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4
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Respuesta a consultas
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Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones a las Bases de Licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a contar de las 16:01 horas del 4º (cuarto) día de la licitación (corrido).
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5
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Presentación de ofertas
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Se recepcionarán las ofertas hasta las 15.01 horas del 6º (sexto) día de la licitación (corrido).
* En caso de que el plazo vence en un día inhábil, lunes o un día siguiente a un día inhábil, el plazo se entiende vencer a las 15:01.
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6
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Apertura de ofertas
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La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará a las 15.02 horas del 6º (sexto) día de la licitación (corrido).
La Unidad de Abastecimiento tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles para entregar las ofertas a la Comisión Evaluadora.
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7
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Evaluación de ofertas
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Se podrá realizar el Informe de Evaluación de ofertas hasta el 5° (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la fecha de entrega de las ofertas a la Comisión Evaluadora.
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8
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Adjudicación
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La adjudicación de la propuesta se hará por Resolución del Director del Instituto hasta el 5º (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la entrega del Informe de Evaluación de las Ofertas.
*Se podrá modificar la fecha de adjudicación, en un plazo no superior de 10 días corridos, contados desde el término del plazo establecido previamente en este calendario. Para estos efectos, se deberá realizar el respectivo cambio en la plataforma Mercado Público y, posteriormente, plasmar las razones de dicha modificación en la Resolución de Adjudicación.
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9
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Formalización de la contratación
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La formalización de la contratación se realizará mediante la aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor, dentro del plazo de 3º (tercer) día hábil desde generada la Orden de Compra a través de la plataforma Mercado Público.
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Que, en atención a que se consideran este servicio como de simple y objetiva especificación, en virtud de que todos los planos, especificaciones y requerimientos son realizados por la Institución, por lo que conlleva un esfuerzo menor en la preparación de las ofertas; y según lo permite el artículo 25 del Decreto Supremo N° 250/2004 de Hacienda, se hace necesario acortar el tiempo de oferta en el Sistema de Información, hasta el 6º día corrido, desde su publicación en el sistema de Información.
ARTÍCULO 6.1: VISITA A TERRENO
El Nutricionista Jefe de la Unidad de Alimentación, a fin de asegurar la correcta participación de los oferentes interesados en la Línea de Requerimiento N° 22, Cortina de lamas, ha solicitado visita a terreno, la cual es deseable y opcional, y no constituirá requisito de exclusión para ofertar. No obstante es recomendable a fin de poder realizar los cálculos de manera óptima para la propuesta. La visita a terreno se realizará durante el tercer día hábil desde publicado el proceso, a las 10:00 horas. Los proveedores interesados deberán presentarse en dependencias de la Unidad de Alimentación de la institución, ubicada en avenida La Paz #841, Recoleta.
ARTÍCULO 7: NOTIFICACIONES
Las notificaciones que se efectúen con ocasión del presente proceso de licitación, se entenderán hechas luego de transcurridas 24 horas desde que el Instituto publique en el sistema de información el documento, acto o resolución objeto de la notificación, a menos que por hechos ciertos, el Oferente/Proveedor demuestre encontrarse notificado, según las reglas generales.
Las notificaciones a proveedores en el periodo de ejecución del contrato, deberán realizarse a través del correo electrónico señalado en la individualización del oferente, en caso de cambio de éste se debe informar al administrador de contrato, a fin de que tome conocimiento, si no lo realiza será de completa responsabilidad del proveedor.
ARTÍCULO 8: PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente propuesta personas naturales o jurídicas, y asociaciones de Personas (Unión Temporal de Proveedores) hábiles para contratar con la Administración del estado y sus entidades, de acuerdo a la legislación vigente.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años a la fecha de presentación de la oferta.
No podrán participar los funcionarios directivos del Instituto Psiquiátrico, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que represente el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Con la finalidad acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades antes señaladas, los proponentes deberán suscribir y acompañar a sus ofertas las declaraciones juradas simples que se adjuntan al presente documento.
ARTÍCULO 9: REQUERIMIENTOS MÍNIMOS* (DE ADMISIBILIDAD) DEL PROCESO.
Para el proceso en cuestión, los siguientes antecedentes y requisitos se consideran mínimos, por lo que la no presentación al momento de ofertar, excluirá la propuesta, no pudiendo, ser solicitada o saneada en la etapa de aclaración de ofertas contemplado en ARTÍCULO 16.2 de las bases de licitación. Considerándose por tanto inadmisible la oferta.
- 9.1. ANEXO N°3: ANEXO ECONÓMICO.
- 9.2. ANEXO N°4: ANEXO TÉCNICO.
- 9.3. FICHA TÉCNICA DEL PRODUCTO.
*Los requisitos esenciales del proceso se diferencian de los mínimos, en razón de que los primeros a pesar de que son necesarios para el análisis y/o ejecución de las obras encomendadas, su no presentación o presentación incompleta podrá ser subsanada a través del procedimiento establecido en el artículo 16.2, no obstante si es que no se presentan en esta última etapa, los antecedentes solicitados, la oferta será rechazada, al contrario los requisitos contemplados como mínimos no podrán ser solicitados a través del mecanismo mencionado, sino que la oferta debe ser rechazada sin más trámite al constatar la situación.
Los proponentes podrán formular consultas o aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, el portal de Chile Compra Mercado Público, dentro del plazo establecido en el artículo 6 del presente documento.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El Instituto realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo señalado en el ARTÍCULO 6° de estas bases (sin indicación del autor de la o las consultas).
Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado. Por ende, los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Se invita a los oferentes a realizar todas las consultas y/o aclaraciones que consideren pertinentes a estas Bases. El Instituto favorece la participación de todos quienes quieran ofertar.
ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
No se exigirá Garantía de Seriedad de la Oferta para este proceso licitatorio, de conformidad al artículo 31 del Decreto Supremo N°250/2004 del Ministerio de Hacienda, ya que se han ponderado los riesgos involucrados en la presente Licitación y se ha determinado que no se requiere dicha garantía.
ARTÍCULO 12: PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA
El proveedor deberá adjuntar a su oferta publicada en www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes, sin los cuales su oferta se declarara inadmisible, no obstante previo a desestimarla, y siempre que se trate de antecedentes formales, podrán solicitarse aclaraciones o antecedentes, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 16.2, de las presentes bases, en cuanto a los posibles errores u omisiones detectados durante la evaluación de las ofertas.
Se solicita presentar las propuestas en carpetas electrónicas separadas, caratuladas Oferta Administrativa, Oferta Técnica y Oferta Económica, de acuerdo al siguiente detalle:
Si se solicitase antecedentes o documentos en virtud del artículo 16.2, se realizará la respectiva rebaja de puntaje en el sub criterio de cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta.
La oferta debe contener y especificar los siguientes documentos, a excepción de que estos se encuentren vigentes en el Registro de Proveedores (deben a lo menos cumplir con lo establecido en las Bases de Licitación), situación que deberá señalarse por el proveedor:
a.1) Proponente persona natural debe acompañar:
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Acompaña
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a.1.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo Nº 1-A de las presentes Bases.
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a.1.2) Declaración jurada simple contenida en el Anexo Nº 2-A, debidamente suscrita por el oferente.
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a.1.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del proponente, por ambos lados.
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a.2) Proponente persona jurídica debe acompañar:
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Acompaño
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a.2.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo Nº 1-B de las presentes Bases.
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a.2.2) Declaración jurada simple contenida en el Anexo Nº 2-B, debidamente suscrita por el (los) representante(s) legales de la entidad proponente.
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a.2.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (los) representante(s) legal(es) de la entidad proponente, por ambos lados.
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a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores:
El Oferente Unión Temporal de Proveedores, debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que es este tipo se asociación, al momento de realizar la Oferta Electrónica e ingresar la Identificación de cada persona que la integra. Se deberá adjuntar el documento público o privado donde consta la formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además en dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la unidad.
Este es un requisito de la esencia al momento de ofertar, de no marcar el campo, o de omitirse alguno de los integrantes no se podrá adjudicar a dicho oferente, ni se aceptarán antecedentes de una persona no individualizada.
a.3) Unión Temporal de Proveedores debe acompañar:
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Acompaña
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a.3.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo Nº 1-A de las presentes Bases, por cada integrante de la oferta.
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a.3.2) Declaración jurada simple contenida en el Anexo Nº 2-A, suscrita por cada uno de los oferentes.
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a.3.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del proponente, por ambos lados, de cada uno de los oferentes.
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b) Oferta ECONóMICA.
Para considerar la oferta económica se debe presentar el Anexo N° 3: Oferta económica.
c) Oferta Técnica.
La oferta técnica debe presentarse conforme las especificaciones reguladas en el Título II. “Bases Técnicas”, acompañando además el Anexo N°4.
En el Anexo N°5, se incluye un ejemplo de ficha técnica, la que tiene carácter referencial, por lo que es el oferente quien puede decir usar esta u otro modelo que el posea.
ARTÍCULO 13: RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La recepción de las ofertas se efectuará en la fecha y hora establecida en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con el calendario de la licitación. El Instituto podrá rechazar las Propuestas Técnicas que no contengan todos los antecedentes solicitados, o que contengan condiciones que alteren la claridad de la propuesta, a menos que se hayan podido salvar dichos errores u omisiones tal como lo prescribe el ARTÍCULO 16.2 de estas bases, todo esto a juicio de la Comisión Evaluadora.
ARTÍCULO 14: VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Instituto podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, el plazo para contestar a la solicitud de prórroga será de 48 horas, desde hecha la solicitud a través del sistema de Información.
En el caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el inciso anterior, el Instituto informará a los oferentes, a través del Sistema de Información, las razones que justifican la ampliación del plazo, hasta por un nuevo término de 30 (treinta) días corridos, para realizar la adjudicación a la oferta más ventajosa.
ARTÍCULO 15: COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS
El Instituto, designa a la Comisión de Evaluación de la presente licitación, de conformidad al artículo 37 del D.S. N°250/2004 del Ministerio de Hacienda.
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por tres funcionarios del Instituto, domiciliados, para éstos efectos en Avenida La Paz # Nº 841, en la Comuna de Recoleta, de la Ciudad de Santiago y cuyo teléfono es el de la mesa central, siendo el (56 2) 22575 88 50.
INTEGRANTES
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CARGO
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RUT
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CORREO
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Magdalena Rotger Guarda
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Nutricionista Unidad de Alimentación
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18.120.422-2
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alimentacion.psiquiatrico@
redsalud.gov.cl
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Daniel Letelier Cruz
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Nutricionista Unidad de Alimentación
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15.958.935-8
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daniel.letelier@redsalud.gov.cl
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Marcelo Meza Reyes
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Jefe Unidad de Alimentación
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13.059.682-7
|
alimentacion.psiquiatrico@
redsalud.gov.cl
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*Se recuerda a los oferentes que, no pueden contactar a los miembros de la Comisión durante el período de análisis de las ofertas. Cualquier comunicación, debe hacerse en los tiempos y formas establecidos y mediante el Sistema de Información.
De verse alguno de los funcionarios, imposibilitado a realizar las funciones como integrante de esta comisión, será sustituido por el funcionario de la institución que designe cada titular, lo que debe informarse a través de documento formal, con causa fundada y con la visación de su Jefatura superior que valide los antecedentes, esto deberá ser enviado al Jefe (a) de la Unidad de Abastecimiento. Además, debe señalarse en el respectivo Informe de Análisis, la situación en comento.
Corresponderá a la Comisión:
- Verificar la admisibilidad de las propuestas, de conformidad a lo previsto en estas bases.
- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas.
- Informar si existe un cambio en los integrantes de la Comisión y cuáles fueron las razones de este cambio.
- En caso de retraso en la fecha establecida para la entrega del informe, se debe señalar ésta en el informe.
- Las demás funciones que impone la normativa a las comisiones evaluadoras.
ARTÍCULO 16: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
16.1 EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes bases.
Es requisito para participar en la presente licitación y para la aceptación de la propuesta cumplir con todas las exigencias establecidas, en la forma y plazos señalados en las presentes bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:
- Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en las presentes bases, para ofertar.
- Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en las presentes bases y la legislación vigente.
- Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en las presentes bases.
- Que la propuesta no cumpla con algún requisito exigido como mínimo para participar de la licitación.
- En caso que el oferente no conteste o suba, algún antecedente solicitado en el periodo de aclaración de ofertas y este sea considerado esencial para el análisis del proceso o para la ejecución del contrato.
El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, o incorporen documentos faltantes, según el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 16.2, de las presentes Bases de Licitación.
16.2 SOLICITUD DE ACLARACIONES, CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
El Instituto se reserva el derecho de solicitar a los proponentes, a partir del acto de apertura de las propuestas y hasta la decisión de adjudicación, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.
El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.
El Instituto permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello se otorgará un plazo que se informará a través del portal.
Todo lo expuesto será informado a través del Sistema de Información. El oferente que deba de salvar errores u omisiones formales tendrá un plazo de 48 horas, contados desde efectuado el requerimiento.
En caso que un oferente no presente algún documento solicitado en esta etapa por la administración, pero considerado como esencial para la evaluación o para la ejecución del contrato, su oferta deberá de ser rechazada.
16.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación.
OFERTA TÉCNICA
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PONDERACIÓN TOTAL A ASIGNAR
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1. CALIDAD TÉCNICA DE LOS PRODUCTOS.
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Se medirá en base a las especificaciones técnicas señalas en el artículo 2 de las presentes Bases Técnicas, considerando como un 100%, la oferta que cumpla con todas las características, y calculando los porcentajes inferiores en razón de la cantidad de características que cumpla el producto en cuestión.
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- Se ajusta a lo requerido técnicamente en las especificaciones técnicas, cumple con a lo menos un 90% o porcentaje mayor.
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20%
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20%
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-Se ajusta medianamente a lo requerido en las especificaciones técnicas, cumple con más de un 65% y menos de 90%.
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10%
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-No se ajusta a lo requerido en las especificaciones técnicas cumple con menos o igual a 64% del requerimiento, y más o igual a 55%.
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2%
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El proveedor que no cumpla con a lo menos un 55% de lo requerido en las especificaciones técnicas no podrá seguir siendo evaluado y su oferta será rechazada.
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2. GARANTÍA (Anexo 4).
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Se medirá la capacidad de respuesta de los proveedores ante cambios de productos, por ejemplo en caso de los productos se encuentren en malas condiciones o que presenten desperfectos en el trascurso de su uso, atribuibles a fallas de fabricación o defectos en los materiales, que no tengan relación con daños por mal uso de los productos. Esto estará reflejado en el Anexo 4.
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En un rango mayor a 12 meses.
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10%
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10%
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En un rango mayor e igual a 6 meses y menor o igual a 12 meses.
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5%
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En un rango menor a 6 meses y mayor que 3 meses
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0%
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3. CORRECTA PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES.
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El oferente sube todos los anexos, adjunta fichas y especificaciones técnicas requeridas en tiempo y forma.
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3%
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3%
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Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas y aclaradas a través del Foro Inverso de Mercado Público.
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1%
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Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas. No es aclarada a través del Foro Inverso de Mercado Público ni tampoco el oferente subsana la deficiencia, o se niega a hacerlo.
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0%
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4. N° DE RECLAMOS REGISTRADOS EN CHILE PROVEEDORES, enviados por compradores. Contados en el último año desde la fecha de recepción de las ofertas, según registro de la plataforma Mercado Público.
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El oferente no presenta reclamos.
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3%
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3%
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Presenta entre 1 y 5 reclamos.
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1%
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Presenta más de 5 reclamos.
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0%
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Se revisará la plataforma Mercado Público, en cuanto a los reclamos que presentasen otros organismos públicos.
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5. PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DESDE ENVIADA LA ORDEN DE COMPRA
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Menos de 10 días hábiles
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4%
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4%
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Más de 10 días hábiles
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0%
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5. OFERTA ECONÓMICA (PRECIO POR LÍNEA).
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Se evaluará según la siguiente fórmula:
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60%
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ARTÍCULO 17: INFORME DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
- Individualización del proceso licitatorio y los integrantes de la comisión.
- Individualización de profesionales externos y/o expertos que asesoren a la comisión de evaluación.
- Individualización de los oferentes, indicando nombre, RUT, dirección, y representante legal (nombre y RUT), si lo hay.
- Verificación de la admisibilidad de las ofertas: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión deberá dejarse constancia de ello.
- Si es necesario solicitar antecedentes –según lo contemplado en el ARTÍCULO 16.2, siguiente- a los oferentes en el sentido de aclarar las ofertas o de acompañar algún documento formal requerido, no considerado esencial, deberá solicitarse, y dejarse constancia de ello.
- Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
- Asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- Proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora desestime la(s) oferta(s) por juzgar que aquellas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.
10. Proposición de adjudicación, en caso de haberla, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
11. Toda la información relevante que tenga relación con el proceso de evaluación y las conclusiones de la comisión, sin ser estos numerales taxativos.
El Informe de Evaluación elaborado por la comisión, deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Director del Instituto, a más tardar en el plazo establecido en el calendario de la licitación contenido en las presentes bases; de no ocurrir esto, la comisión debe informar a la Unidad de Abastecimiento, del Instituto, de las razones de la tardanza, para que ésta, con la justificación dada, proceda a ampliar el plazo en el Sistema de Información, previo Acto Administrativo que lo apruebe. Vigilando la vigencia de las ofertas, y solicitando, antes del vencimiento de éstas, la prórroga de la vigencia de las mismas, a través del sistema de información, para lo que se establecerá un plazo de 48 horas desde publicada la solicitud.
ARTÍCULO 18: ADJUDICACIÓN
El Instituto se reserva el derecho a adjudicar la presente licitación totalmente, desestimar y/o declarar desierta la licitación.
De las propuestas seleccionadas, el Instituto adjudicará la propuesta que obtenga el mayor puntaje, y, para el caso en que este oferente se desistiera de celebrar el contrato respectivo, se podrá adjudicar la propuesta a aquella oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente.
Cuando el precio de la oferta presentada por un proponente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Instituto que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Instituto podrá a través de una resolución fundada, adjudicar dicha oferta, solicitando una garantía, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, según ARTÍCULO 21.2 de las Presentes Bases.
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Director del Instituto.
Los participantes serán notificados de la adjudicación de conformidad con lo establecido en el ARTICULO N° 7 de las presentes Bases.
El Instituto rechazará, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
En el evento de no presentarse proponentes, o en el caso que todos los proponentes participantes no cumplan con una o más disposiciones de estas bases, se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.
El Instituto se reserva el derecho de rechazar las ofertas que, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes bases, no resulten ser convenientes para sus intereses. En este caso se procederá declarar desestimadas las propuestas.
18.1 Empate:
En caso de empate en el total general de la evaluación, se seguirá el siguiente orden de prelación para definir al ganador:
- Criterio económico;
- Calidad técnica;
- garantía;
- plazo de entrega;
- correcta presentación de los antecedentes;
- reclamos enviados por compradores;
- el que primero haya presentado la oferta en el portal de Mercado público.
18.2 Inclusiones en la contratación:
El Instituto al momento de adjudicar podrá aumentar o disminuir la adjudicación, siempre que no supere el 30% del valor estimado originalmente en las bases, debiendo tener relación con el bien o servicio a contratar.
Cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% del monto estimado, las entidades deberán explicar en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 del D.S. N° 250 de 2004 de Hacienda.
18.3 Readjudicación:
El Instituto, en el caso de que el proveedor adjudicado:
- Se rehusé a suscribir el contrato;
- No entregue garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, si se solicitase;
- No cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases;
- Se desista;
- Se produzca un incumplimiento grave del contrato, que no permita continuar con éste, encontrándose dentro del plazo establecido para readjudicar;
- Sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su reglamento.
Podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente.
La solicitud máxima de readjudicación y los fundamentos para esta deberán ser entregados en el plazo máximo de 90 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación oficial.
ARTÍCULO 19: FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Dado el monto de esta Licitación, contenida en el “ARTÍCULO 4” de las presentes bases, además de la normativa contenida en el D.S. Nº250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, Artículo 22 Nº8, en relación al Artículo 63 del mismo cuerpo normativo, se considera todos estos bienes, dentro de su rubro, como productos de estándar de simple y objetiva especificación, ya que no requieren mayor formulación que el cumplimiento de los establecido en la parte técnica del presente documento. Por lo que la formalización de esta contratación se realizará a través de la ACEPTACIÓN DE LA RESPECTIVA ORDEN DE COMPRA por parte del Proveedor Adjudicado, teniéndose ésta por suficiente contrato, rigiéndose dicha contratación para todos los efectos por las presentes bases y sus documentos integrantes.
El proponente adjudicado, deberá aceptar la orden de compra (OC) dentro del plazo indicado en el calendario de licitación, no se podrá generar la OC, antes del cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo siguiente.
Previo a la emisión de la orden de compra, la empresa que resulte adjudicada deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El proveedor adjudicado tendrá 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con éste requisito. En caso de uniones temporales de proveedores (UTP), cada uno de los integrantes, debe inscribirse en el Registro de Proveedores.
- Ratificar la declaración jurada de no contar con inhabilidades para contratar con la Administración Pública.
- Acreditar el estado del pago de remuneraciones y cotizaciones con sus trabajadores actuales y hasta los dos últimos años (art. 4 Ley N° 19.886), a través del respectivo certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Formulario (F30-1)
En el caso de que los antecedentes y documentos solicitados se encuentren subidos a la plataforma de chile proveedores, con la vigencia solicitada, el proveedor se eximirá de presentar los documentos solicitados.
Si transcurrido el plazo señalado, el adjudicatario no cumple con estos requisitos, el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” podrá readjudicar, según lo establecido en el ARTÍCULO 18.3 de las presentes bases. El proponente adjudicado, deberá formalizar la contratación, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación.
ARTÍCULO 20: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN
La contratación de estos servicios se regirá por lo señalado en las presentes Bases de Licitación, con lo establecido en la ficha electrónica de Mercado Público y, en general, por todos los reglamentos y normas que rigen y tengan relación con el desarrollo del servicio o entrega del bien, los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte de la empresa, según corresponda.
ARTÍCULO 21: OBLIGACIONES DEL CONTRATADO
21.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
En atención al artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas contenido en el Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda y en virtud del monto estimado de la contratación, la institución decide no solicitar al proveedor adjudicado una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, bastándose solamente con el sistema de multas establecido en las presentes Bases de Licitación.
21.2 AUMENTO DE GARANTÍA/CREACIÓN DE GARANTÍA
Según artículo 42 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, Decreto Supremo N° 250/2004, se solicitará la constitución de una garantía por el 30% del total contrato, en caso de no existir, o se aumentará ésta cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.
El Instituto podrá, a través de una Resolución Fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole la ampliación de la Garantía de Fiel Cumplimiento, señalada en el inciso anterior, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
ARTÍCULO 22: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una vigencia igual a 30 días o hasta el tiempo anterior a esto en que se cuente con la recepción conforme de los productos por el Instituto, de acuerdo a cada Línea de Adjudicación.
En cuanto al despacho y recepción de los productos requeridos, prevalecerá la necesidad de la institución, debiendo ser el Administrador del Contrato quien determine la fecha de entrega definitiva, según el interés del Hospital.
Se contará la vigencia desde la aceptación de la primera Orden de Compra emitida por la institución. Esto es, por parte del proveedor adjudicado, a excepción que en la Resolución de Adjudicación se señale algo distinto.
El Instituto, al momento de adjudicar, podrá aumentar o disminuir la cantidad de insumos a ser adjudicados al contrato, siempre que existan razones fundadas. El proponente adjudicado deberá respetar los precios comprometidos en la oferta. Esto se realizará según las reglas del artículo 11 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO 23: FORMA DE PAGO
El pago por los bienes contratados se hará dentro de los primeros 45 (cuarenta y cinco) días corridos, según autorización expresa a los servicios de salud, establecida en la Ley Nº 21.125 de Presupuestos para el año 2019, y norma que la remplace y que mantenga dicha excepción, plazo contado a partir de la fecha de recepción de la factura por parte del servicio, en concordancia con lo establecido en la Circular N°4/2019, emitida por Servicio de Impuestos Internos.
La factura debe ser enviada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, el documento tributario correspondiente, lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administra la Unidad de Contabilidad del Instituto.
La factura se entenderá irrevocablemente aceptada por el Instituto, si no se reclamará en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la prestación de los servicios, dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción o por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 3° de la Ley N°19.983.
En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, sólo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión, emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes.
La factura debe indicar en la referencia sólo, el número de Orden de Compra a la que se asocia, sin ningún dato adicional, ejemplo:
ARTÍCULO 24: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El contratista no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.
La infracción de esta prohibición dará derecho al Instituto para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 29 de las presentes bases y se hará(n) efectiva(s) la(s) totalidad de la Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato en beneficio del Instituto, en el caso de existir.
Durante la ejecución del contrato, la empresa contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones la Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Instituto. Corresponderá a la Dirección de esta Institución, calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular.
El personal que contrate el Contratista, con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el Instituto, sino que exclusivamente con la Contratista. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Instituto.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Instituto así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante un Certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.
El incumplimiento del Contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 29 de estas Bases.
La Dirección del Instituto dispone que el Administrador del Contrato representante del Instituto, evalúe el cumplimiento del convenio por parte del contratista, realizando inspecciones, e informando en caso de presentarse algún incumplimiento de contrato que sea susceptible de alguna de las sanciones contempladas en las presentes bases, como así mismo en el futuro contrato, que regule las relaciones entre la empresa contratista y el Instituto, informe que dará inicio al proceso respectivo por parte del Administrador del Contrato.
ARTÍCULO 25: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El contrato será administrado por el Jefe de la Unidad de Alimentación o quien lo subrogue.
Serán funciones del Administrador del Contrato:
- Supervisar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
- Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la institución, durante su ejecución, llevando registro de cualquier situación que se produzca.
- Realizar envío de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de esta situación.
- Informar a la Unidad de Abastecimiento, en el caso de que el proveedor realice alguna solicitud o petición, que tenga relación con solicitudes de aumento de plazo de ejecución, modificación de contrato; o presentación de descargos enmarcados dentro de un proceso infraccional, en conformidad a lo establecido en el presente documento.
- Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la adecuada interpretación de las bases.
- Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
- Realizar los informes que se le solicité, y que tengan relación con la contratación y su ejecución, además de levantar actas de recepción conforme, de la entrega de bienes, prestación de servicios y término de los trabajos encomendados.
- Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.
ARTÍCULO 26: MULTAS Y SANCIONES
El contratado deberá cumplir mientras dure la ejecución del contrato, con las distintas obligaciones que se desprenden de las presentes Bases, además de mantener siempre un clima de respeto en la institución. Estas obligaciones son extensivas a cada uno de los trabajadores que estén en su representación. El no cumplimiento de lo antes dicho podría generar un proceso infraccional y posibles sanciones.
TIPO DE MULTAS:
26.1 MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES
En caso de atraso en la entrega de los productos, en el plazo establecido por el oferente y no habiéndose concedido ampliación de plazo de acuerdo a lo regulado en las presentes bases o no habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45 del Código Civil, se aplicará una multa por día de atraso en la entrega de los bienes. Se multará con 1 UF el incumplimiento, por cada día de retraso, en caso de atraso de más de 10 días sin justificación aceptada se procederá a anular la Orden de compra y se evaluará negativamente al proveedor, procediendo a readjudicar la licitación, todo esto a través de resolución fundada, en caso de encontrarse dentro del plazo establecido para dicha gestión.
26.2 ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA
Si durante la entrega de los productos se produjesen atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito (Código Civil), el proveedor deberá presentar al administrador del contrato su justificación antes de transcurridos tres (3) días corridos desde su ocurrencia, quien calificará los motivos de los atrasos como plausible o los rechazará. Cumplido ese plazo no se aceptará justificación alguna. El documento entregado por el proveedor servirá de antecedente en el caso de que se iniciase un procedimiento infraccional.
La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el administrador del contrato. Situación que se deberá registrar en el libro de novedades o registro correspondiente que lleve el administrador de contrato.
En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de cumplimiento del contrato. La ampliación del plazo en estas circunstancias no dará derecho a pago adicional.
ARTÍCULO 27: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES
A la constatación de cualquier incumplimiento de contrato, se seguirá el siguiente procedimiento:
1. Se enviará una comunicación escrita al proveedor, por el Administrador del Contrato, al e-mail registrado por la institución (representante legal) y que consta en los distintos anexos presentados por el oferente, señalándose en dicho correo la comisión de la falta, los hechos en que se funda y las potenciales sanciones a que se arriesga. Desde la fecha de envío del correo por parte de la Institución, el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para formular los descargos respecto de la falta que se le imputa. Del envío de la comunicación se deberá notificar a la Unidad de Abastecimiento.
2. El contratado deberá evacuar informe escrito con sus descargos, en el plazo antes señalado, vía correo electrónico, o en su defecto a través de la Oficina de Partes, dirigiéndose a la Unidad de Abastecimiento. En el caso que el proveedor alegase caso fortuito o fuerza mayor, será de su cargo probar la veracidad de estas afirmaciones.
3. Si no se cumpliese con esta obligación y constatado que el incumplimiento se mantiene, el Administrador de Contrato deberá, mediante informe, comunicarlo a la Unidad de Abastecimiento, indicando los perjuicios generados por el incumplimiento.
4. La institución, una vez cumplido el término antes señalado en el punto N°1, ponderará los descargos de la contraparte, en el caso que existiesen, además del informe emitido por el Administrador del Contrato del Instituto y procederá, si es que corresponde, a la aplicación de la multa. Dicha decisión será formalizada a través de Resolución Fundada, con el carácter de Exenta.
5. Tanto la comunicación escrita de la falta, así como el procedimiento infraccional, no suspenderá en ningún caso la ejecución del contrato. En especial respecto de la causal establecida el ARTÍCULO 26.1, ya que en ese caso el monto de la multa se determinará en virtud de la cantidad de días del retraso en las entregas establecidas.
6. En el caso de que procediese la multa, tendrá un tope máximo del 20% del valor total del contrato. Llegándose a este porcentaje (por una o más sanciones) y/o manteniéndose el incumplimiento por parte del proveedor, la Institución estará facultada a poner término del contrato sin más trámite, por incumplimiento del contrato y aplicar las reglas de la readjudicación. Excepcionalmente este tope no se aplicará si la Dirección de este Instituto estima, por Resolución Fundada, que no resulta conveniente para los intereses de éste poner término al contrato.
7. Las multas serán descontadas de las facturaciones pendientes de pago, para lo cual se solicitará al proveedor que emita dicha factura con el monto correspondiente incluyendo los descuentos señalados por la institución. En el caso que el monto de lo facturado no coincida con lo estimado a pagar, incluyendo el descuento por multas, el proveedor deberá proceder a anular la factura existente y presentar una nueva con el monto correcto.
8. En caso de incurrir en una nueva infracción se aplicará el mismo procedimiento antes señalado, el que podría acarrear una nueva sanción.
9. La resolución se publicará oportunamente en el Sistema de Información. En contra de esta resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, de conformidad al Artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886.
10. Si se debe cursar una multa u otro tipo de sanción, esta sanción podrá traer aparejada la evaluación negativa del proveedor en el Sistema de Información, situación que evaluará el Administrador de Contrato en la oportunidad correspondiente.
Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.
Con todo, la aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas bases, mediante Resolución Fundada, estime que, dado el estado de avance del contrato, resulta esta medida perjudicial a los intereses de la Institución.
ARTÍCULO 28: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato solo podrá ser modificado durante su ejecución por el Instituto o por el consentimiento de ambas partes. Las variaciones únicamente podrán corresponder a materias relacionadas con el servicio contratado, dentro de la misma especialidad de este y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.
En caso que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de estos deberá ser menor o igual a los del contrato primitivo y teniendo como límite general las 999,9 UTM.
Cualquier modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva Resolución del Instituto, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.
La suma total de estas modificaciones, no podrá exceder al 30% del valor total de la contratación.
ARTÍCULO 29: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Al contrato, derivado de esta Licitación, se podrá poner término anticipado o realizar modificaciones por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, si la facultad de resciliar está conferida únicamente al apoderado, igualmente se deberá notificar a cada miembro).
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Si el contratista es declarado en quiebra por procesos anteriores a la entrada en vigencia de la Ley N°20.720, si se encuentra dentro de un procedimiento concursal de liquidación, o se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que mejore las cauciones entregadas.
- En caso de término de giro, liquidación, disolución de la sociedad contratista o muerte del contratista, si es persona natural. En tales eventos el proveedor o quien haga las veces de su heredero, tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Instituto dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde el suceso respectivo.
- Si la calidad de los bienes entregados no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas.
- Si se verificara cualquier otro incumplimiento considerado como falta gravísima de las obligaciones contraídas por el contratista. Se consideran como conductas graves, el incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio convenido conforme con lo estipulado en las especificaciones técnicas de las presentes Bases; inobservancia o vulneración de protocolos, guías clínicas e instructivos referidos a calidad; inobservancia o vulneración de lo establecido en las presentes bases en lo referente a la prohibición de cesión y subcontratación; la aplicación de multas que excedan el 20% del precio total del contrato.
- El Instituto podrá poner, unilateralmente, término anticipado al contrato, por escrito y con aviso previo de 60 (sesenta) días corridos, todo esto a través de Resolución Fundada, previo informe técnico y administrativo que justifique la decisión, en el caso que el servicio contratado no cumpla efectivamente con la necesidad por el que fue adquirido.
- En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP):
a) Si se constata que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia (en cuyo caso, además se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica).
b) Si uno de los integrantes se retira y éste reunía una o más características objeto de la evaluación de las ofertas. A menos que pueda continuarse con el contrato en las mismas condiciones que si esa persona continuara en la UTP, en atención a la magnitud de esta contratación y a las necesidades del Servicio.
c) Si en el transcurso del contrato se verifica que ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Alguna inhabilidad sobreviniente de uno (o varios) de sus integrantes, siempre la que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el Nº 1 o en caso de muerte, si se trata de persona natural, y no se pueda continuar con el contrato, el Instituto podrá cobrar y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimento de contrato, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder al Instituto en contra del contratante.
En los casos en que se ponga término anticipado al contrato sin cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento, ésta será devuelta al contratista dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que pone término al contrato y una vez que el Instituto haya verificado que no existen obligaciones pendientes de tipo laboral o de seguridad social del contratista con sus trabajadores.
ARTÍCULO 30: GASTOS POR PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO
ARTÍCULO 31: INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO
En caso de discrepancias que se produjeren entre el Instituto y el proveedor, se canalizarán a través del Administrador del Contrato, a su superior jerárquico, quien informará a la Dirección de esta Institución, quien solicitará un informe respecto al punto a la Abogada de Compras Públicas del Instituto. Con esto, la Dirección se pronunciará; si posterior a esto persisten las discrepancias, éstas serán sometidas a la resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
ARTÍCULO 32: DISCREPANCIAS ENTRE BASES Y SISTEMA DE INFORMACIÓN
De existir discrepancias entre la información contenida en las presentes bases aprobadas por resolución exenta y el texto transcrito en el Sistema de Información, se estará a lo que indica la Resolución Exenta respectiva que aprueba las Bases, subida al Sistema, ya referido, escaneada, en formato digital.
En caso de que exista discrepancia entre la oferta económica subida por el proveedor a través del formulario, acompañado en el anexo respectivo, y la información ingresada al portal Mercado Público por el proveedor, se ceñirá a lo señalado en el documento escaneado. En caso de no presentarse el Anexo Económico o de ser subido en blanco, se entenderá que el proveedor no generó oferta económica.
ARTÍCULO 33: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.