Licitación ID: 1057476-49-LE23
RETIRO TRASLADO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS CLÍNICOS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Eliminación de residuos médicos 1 kilogramo
Cod: 76121901
SERVICIO DE RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS, SEGÚN BASES ADJUNTAS APROBADA POR RES. EXENTA N°2036/2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
RETIRO TRASLADO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS CLÍNICOS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR SERVICIO DE RETIRO,TRASLADO,DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS Y PROVISIÓN DE CAJAS DE REPOSICIÓN DE RESIDUOS CORTO PUNZANTES PARA SALA REAS DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO "DR JOSÉ HORWITZ BARAK"
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.003-2
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-12-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 05-12-2023 16:09:41
Fecha inicio de preguntas: 05-12-2023 16:31:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-12-2023 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-12-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-12-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 11-01-2024 17:17:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO "OBLIGATORIA" 11-12-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1-A: Identificación del oferente persona natural
2.- Anexo N° 1-B: Identificación del oferente persona jurídica
3.- Anexo N° 2-A: Declaración jurada simple responsabilidad proponente persona natural
4.- Anexo N° 2-B: Declaración jurada simple responsabilidad proponente persona jurídica
5.- Bases de Licitación aprobadas por Resolución Exenta N° 2036/2023.
6.- Anexo N° 6 UTP
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 5: Documentación Técnica
 
2.- Anexo 4: Experiencia de la Empresa
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3: Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cursos de capacitación incluido Ver artículo 16.3 de las Bases 5%
2 Calidad Técnica del servicio Ver artículo 16.3 de las Bases 10%
3 Correcta presentación de antecedentes Ver artículo 16.3 de las Bases 5%
4 Precio (Precio ofertado/monto oferta evaluada) x 60% = Ponderación total a asignar a ofertas 60%
5 Experiencia Ver artículo 16.3 de las Bases 10%
6 Plazo de respuesta ante solicitud Ver artículo 16.3 de las Bases 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: VER ART. 22.1
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARITZA GOMEZ
e-mail de responsable de pago: MARITZA.GOMEZ@REDSALUD.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: MARIA PAZ LIRA
e-mail de responsable de contrato: MARIAPAZ.LIRA@REDSALUD.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-259148-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
REVISAR ARTÍCULO 24: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO PSIQUIÁTRICO "DR. JOSÉ HORWITZ BARAK"
Fecha de vencimiento: 14-04-2026
Monto: 10 %
Descripción: VER ARTÍCULO 21.1.
Glosa: GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO POR LICITACIÓN PÚBLICA ID 1057476-32-LE23: SERVICIO DE RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”.
Forma y oportunidad de restitución: DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO: 1. Si el contrato ha terminado de manera anticipada, por causas no imputables al contratista. 2. Encontrándose esta vencida, una vez que se haya verificado la correcta ejecución de los términos y condiciones del contrato celebrado por las partes. 3. En caso de aplicación de multas que no pongan término del contrato y que no puedan ser descontadas de los ESTADOS de pago pendientes, el Instituto procederá a cobrar de la o las garantías de fiel cumplimiento comprometidas el monto adeudado, procediendo a devolver el saldo restante. Antes de la devolución indicada el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía por lo que resta del contrato, aumentado en los días correspondientes. Se considera conductas no imputables al contratista las establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 29 de las presentes Bases, o en caso de muerte de un proveedor persona natural. Las garantías serán devueltas previa solicitud del proveedor. Sin perjuicio de la existencia de la caución en comento, el Instituto se reserva el derecho a ejercer cualquier otra acción legal, que pueda aplicar de acuerdo con el caso en particular.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
I. Bases Administrativas

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN

SERVICIO DE RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS

ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA PROPUESTA

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, establecimiento de autogestión en red, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, en adelante también “el Instituto”, realiza el llamado a Licitación Pública, proceso concursal cuyo objetivo es contratar el servicio de RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS de la Institución, según el siguiente detalle:

1.1. SERVICIO REQUERIDO:

SERVICIO REQUERIDO

VIGENCIA

DETALLE

RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS

24 meses

El detalle está contenido en las Bases Técnicas del presente documento, para lo cual deben remitirse a ellas (página 28)

ARTÍCULO 2: DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes Bases de Licitación establecen las disposiciones que regirán esta Licitación Pública, los requisitos, condiciones y especificaciones que establece el Instituto, describe los servicios a contratar y regula el proceso de licitación y el contrato definitivo.

El llamado a presentar ofertas se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la plataforma Mercado Público. En adelante, el “Sistema de Información”.

Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

  I. Las presentes Bases de Licitación (Administrativa y Técnica).

II. Anexos:

- Anexo N° 1-A: Ficha identificación del oferente, persona natural.

- Anexo N° 1-B: Ficha identificación del oferente, persona jurídica.

- Anexo N° 2-A: Ficha declaración jurada simple, persona natural.

- Anexo N° 2-B: Declaración jurada simple, persona jurídica.

- Anexo N° 3: Oferta económica.

- Anexo N° 4: Experiencia de la empresa.

- Anexo N° 5: Documentación técnica.

- Anexo N° 6: Formulario UTP

En cumplimiento de lo establecido en el Dictamen N° 045041 del año 2017, emitido por la Contraloría General de la República, en correlación al principio de “NO FORMALIZACIÓN”, establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.880, cada uno de los anexos indicados en este artículo tendrá solo un carácter referencial, respecto de la forma del documento, no pudiendo excluir oferta alguna bajo este razonamiento, por lo que formatos diferentes serán de igual forma considerados.

 

No obstante, el documento debe contener los elementos de fondo indicados por los anexos establecidos en el presente documento, que permita evaluar la oferta del proveedor; los que a su vez deben estar debidamente suscritos por quien corresponda, en cumplimento de lo establecido en el inciso séptimo del artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, el que indica que no podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente”.

2.1 MODIFICACIÓN Y/ ACLARACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Hasta el vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas, el Instituto podrá efectuar las aclaraciones y/o modificaciones de las Bases de Licitación, si lo considera pertinente, ya sea de oficio o como resultado de alguna consulta realizada por algún proveedor en el Sistema de Información.

Cada caso se analizará particularmente. De considerarse necesario se establecerá un nuevo plazo prudencial para que dicha aclaración y/ o modificación pueda ser conocida e incorporada a las ofertas de los postulantes. Cuando se trate de una modificación a las bases será aprobada mediante resolución exenta. En caso de ser solamente una aclaración, bastará con un documento simple que será subido al Sistema de Información asociado al ID del proceso.

ARTÍCULO 3: NORMATIVA APLICABLE

La presente Licitación se regirá por la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones. También por la normativa vigente que aplique al caso en particular que se está licitando. Y asimismo por cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases de Licitación, ofertas técnicas y económicas, anexos, consultas y respuestas planteadas por los oferentes, como aquellas aclaraciones y/o complementos solicitados a ellos. Cada uno de los elementos indicados se entenderá incorporado a la respectiva contratación en el caso de proceder, la que se celebrará entre el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” y quien resulte adjudicado.

ARTÍCULO 4: TIPO DE LICITACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS

El valor máximo para esta adquisición será el correspondiente a una Licitación Pública Tipo LE, la cual va en el rango estimado para la licitación desde las 100 a las 999,9 UTM, inclusive. Los precios de las ofertas serán fijados por los oferentes y deberán expresarse en valores netos en el portal y sin intereses ni reajustes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en el ARTÍCULO 23 de las presentes bases.

Para efectos del cálculo del monto de adjudicación se considerará los valores impuestos incluidos, monto que se utilizará para calcular otros límites económicos vinculados a la contratación. 

La oferta económica debe ser ingresada a través del Sistema de Información, siendo el único medio valido para su recepción, el proveedor debe tener la precaución de que su oferta ingresada en el formulario electrónico de la plataforma, como el Anexo, posean la misma información, en caso de existir disconformidad en el contenido de ambos, se considerará la información registrada en el Anexo correspondiente, debidamente escaneado y subido a la plataforma. Adicionalmente, se entenderá que la información no se encuentra presentada de manera oportuna y en forma, por lo que se deberá hacer el respectivo descuento en el criterio de evaluación correspondiente.

4.1 REAJUSTE.

Se contempla que transcurridos doce meses del contrato se realizará un reajuste en el valor del precio ofertado. Dicho reajuste se hará según la variación positiva del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado de los últimos 12 meses, lo que modificará el valor final contratado, debiendo incorporarse dicha variación mediante la resolución exenta respectiva.

 

En el caso de que se proceda a la renovación del contrato, en cumplimiento de los lineamientos establecidos en Bases de Licitación, se deberá reajustar el contrato bajo los mismos términos señalados en el párrafo anterior. No se admitirán reajustes por parcialidades menores a la señalada.

ARTÍCULO 5: PLAZOS DE LA LICITACIÓN

Todos los plazos establecidos en las presentes bases y en los instrumentos que le complementan serán entendidos como días hábiles (inhábiles: sábados, domingos y festivos), salvo que expresamente se indique que serán días corridos. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo corrido se produzca un sábado, domingo o festivo, se entenderá que dicho plazo vence al día siguiente hábil.

En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en un día inhábil, ni tampoco en lunes o en el día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas, como establece el artículo 25 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda. A su vez, al considerarse los bienes de simple y objetiva especificación, el tiempo de oferta se verá reducido hasta el sexto día corrido desde su publicación en el Sistema de Información.

ARTÍCULO 6: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN

ETAPA

DETALLE

1

Publicación

Bases de Licitación

Las bases que rigen la presente Licitación Pública se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información. Se considera como 1° (primer) día del proceso el día siguiente al de su publicación.

2

Visita terreno obligatoria

La visita a terreno se realizará a contar de las 10:00 horas del 3° (tercer) día corrido del proceso de licitación.

*En el caso de que la fecha corresponda a un sábado, domingo o festivo, la visita se realizará el siguiente día hábil posterior.

3

Pregunta a las bases

Las consultas o aclaraciones a las bases deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, hasta las 16:00 horas del 4° (cuarto) día corrido del proceso de licitación.

4

     Respuesta a preguntas

Las respuestas a las aclaraciones a las bases se encontrarán a disposición de los interesados, a través del Sistema de Información, a contar de las 16:30 horas del 5° (quinto) día corrido del proceso de licitación.

5

Presentación de ofertas

Se recepcionarán las ofertas hasta el día 7° (séptimo) día corrido del proceso, y hasta las 15:01 horas.

En caso de que el plazo venciera en un día inhábil, lunes o un día siguiente a un día inhábil, el plazo se entiende vencer a las 15:01.

6

Apertura de ofertas

Se realizará la apertura electrónica de las ofertas a las 15:02 horas del 7° (séptimo) día corrido del proceso.

La Unidad de Abastecimiento, tendrá un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles para realizar la descarga de las ofertas y entregárselas a la comisión evaluadora.

7

Evaluación ofertas

Se podrá realizar el Informe de Evaluación de ofertas hasta el 5° (quinto) día hábil inclusive, desde la recepción de las ofertas por parte de la comisión.

8.

Adjudicación del proceso

La adjudicación de la propuesta se hará por Resolución del director del Instituto, dentro de 5° (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la entrega del Informe de Evaluación de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.

Se podrá modificar la fecha de adjudicación, en un plazo no superior a 30 días corridos, contado desde el término del plazo establecido previamente en este calendario. Para estos efectos, se deberá realizar el respectivo cambio en la plataforma Mercado Público, debiendo plasmar, posteriormente, las razones de dicha modificación en la resolución de adjudicación.

9.

Entrega Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento

El proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la “Garantía” requerida, según las formalidades estipuladas en el artículo 21.1 de estas Bases, esto antes de la formalización de la contratación, en caso de corresponder según lo señalado en las Bases de Licitación.

10.

Formalización de la contratación

La formalización de la contratación se realizará mediante la aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes desde generada la Orden de Compra en Mercado Público.

ARTÍCULO 7: NOTIFICACIONES

Las notificaciones que se efectúen con ocasión del presente proceso concursal se entenderán realizadas una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del documento, acto o resolución objeto de la notificación en el Sistema de Información, a menos que por hechos ciertos y verificables el proveedor oferente o adjudicado demuestre conocer de la situación que se notifica.

En el periodo de ejecución del contrato, además de la notificación a través del portal, se deberá comunicar al adjudicado a través del correo electrónico señalado en la individualización del oferente u otro que hubiese informado. En caso de cambio de correo electrónico se debe informar al Administrador de Contrato, a fin de que tome conocimiento y actualice su base de datos, so pena de entenderse notificado por el solo envió de la información a la dirección previamente establecida.

ARTÍCULO 8: PARTICIPANTES 

Podrán participar en la presente propuesta personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y asociaciones de personas (Unión Temporal de Proveedores) hábiles para contratar con la Administración del estado y sus entidades, de acuerdo con la legislación vigente.

8.1 PERSONA NATURAL

Requisitos para ofertar

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del   trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, según lo señalado en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.

Requisitos para ser contratado

  • El oferente No debe estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”
  • Encontrarse Inscritos y Hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso de que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Registro de Proveedores de Mercado Público, estarán obligados a inscribirse  o regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
  • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la administración del Estado prevista en la letra D del art. 26 del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211 de 1973.

Documentos persona natural

a)    Fotocopia de Cédula de Identidad

b)    Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 8 de la ley 19.886.

c)    Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.

En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas.

8.2 PERSONA JURÍDICA

Requisitos para ofertar

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del   trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, según lo señalado en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • Las personas jurídicas distintas de sociedades deberán acompañar a sus propuestas los documentos legales que conforme a su naturaleza sean los equivalentes a los requeridos en el mencionado artículo 8.

Requisitos para ser contratado

  • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”
  • Encontrarse Inscritos y Hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso de que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Registro de Proveedores de Mercado Público, estarán obligados a inscribirse o regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. 
  • No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
  • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la administración del Estado prevista en la letra D del art. 26 del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211 de 1973.

Documentos persona jurídica

a)   Fotocopia de Rut de la Empresa

b)   Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 8° de la ley 19.886.

c)    Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.

d)   Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.

e)   Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.

f)    Certificado de Vigencia de Poder.

g)   Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.

En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas.

  • Las personas jurídicas constituidas a través del procedimiento simplificado que contempla la ley 20.659 y su reglamento contenido en el decreto 45 de 2013 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar, al momento de contratar, los certificados digitales señalados en el artículo 29 del reglamento de la Ley 20.659.

8.3 PARTICIPANTES UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES UTP.

En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos en el Artículo 8, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica.

Documentos UTP al momento de ofertar:

a)   Completar Anexo N° 6.

b)   Demás antecedentes exigidos en el artículo 8 de las presentes bases, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.

c)    En relación a los formularios y documentos solicitados en el punto de las presentes bases que corresponda a documentos para ofertar, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos antecedentes, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.

Documentos UTP al momento de contratar:

a)   Escritura Pública en donde conste la unión, solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado en común con poderes suficientes.

b)   Demás antecedentes señalados en el artículo 67 bis del reglamento de compras públicas.

c)    Demás antecedentes exigidos en el artículo 8 de las presentes bases, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.

d)   Cada integrante de la UTP debe encontrarse inscrito y hábil en el registro de chile proveedores. En caso de que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse o regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.

Adicionalmente, tantas personas naturales, jurídicas y/o miembros de UTP no deberán mantener vigentes medidas de inhabilitación para contratar con el Estado, impuestas por los tribunales de justicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos.

Asimismo, los oferentes personas jurídicas, sean estas, sociedades, fundaciones o corporaciones, no podrán tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración a personas naturales que hubieren sido condenadas por los tribunales de justicia a la inhabilitación para contratar con e Estado conforme lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595.

Para efectos de acreditar el cumplimiento de lo señalado en los dos párrafos anteriores, el oferente, ya sea que se trate de una persona natural, jurídica o de una Unión Temporal de Proveedores, deberá suscribir el Anexo N°2.A – 2.B, “Declaración jurada sobre inhabilitación para contratar con el Estado”. Dicho anexo deberá ser firmado por el representante legal del oferente o por su apoderado con facultades suficientes para esta actuación, si correspondiere, o por sí mismo, en el caso que el oferente sea una persona natural. En el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.

ARTÍCULO 9: REQUERIMIENTOS DE ADMISIBILIDAD DEL PROCESO

Para el proceso en cuestión, los siguientes antecedentes y requisitos se consideran de admisibilidad. Su no presentación al momento de ofertar conllevará la exclusión de la propuesta. Es decir, no será posible solicitar antecedentes o sanear la oferta en la etapa de aclaración contemplada en artículo 16.2 de las bases de licitación. La oferta, por lo tanto, será considerada inadmisible.

 

9.1. VISITA A TERRENO

La visita a terreno se realizará de acuerdo con las fechas y en los horarios establecidos en el calendario de licitación contenido en el artículo 6° de las presentes bases.

Los oferentes se deberán presentar en el Hall Principal, ubicado en el 1º piso del edificio de la Dirección, ubicado en avenida La Paz #841, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago.

           

La visita a terreno tendrá el carácter de obligatoria, por lo que la inasistencia a ésta significará el rechazo de la propuesta en el Sistema de Información.

La visita a terreno estará a cargo del referente técnico, quien deberá levantar un ACTA que debe contener:

  • Individualización del o los Referentes Técnicos a cargo de la actividad.
  • Señalar fecha, hora de inicio y término de la actividad.
  • Individualización de la empresa u oferente que asistente. Se debe señalar nombre y RUT de este.
  • Individualización de la persona que asiste en representación del oferente.

Las empresas que asistan deben presentar sus ofertas con la misma razón social con la cual participaron en la visita a terreno. La incongruencia de estos antecedentes generará el rechazo de la oferta en el portal.

La visita de terreno indicada tiene por objetivo:

  • Entregar una visión general de los espacios que se intervendrán.
  • Que los oferentes puedan chequear que los datos entregados en las especificaciones técnicas se corresponden con la realidad.
  • Permite evaluar en terreno los servicios requeridos en la presente licitación.
  • Facilitar que los oferentes durante la visita o con posterioridad a ella y a través del Sistema de Información, puedan efectuar las preguntas necesarias para aclarar dudas e incluso enmendar posibles errores involuntarios de las Bases, que serán publicadas en el Sistema de Información.
  • Obtener la firma de todos los asistentes.

9.2. ANEXO N°3: OFERTA ECONÓMICA

9.3. ANEXO N°4: EXPERIENCIA DE LA EMPRESA

9.4. ANEXO N° 5: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.

9.5. CERTIFICACIÓN DE LA AUTORIDAD SANITARIA: En virtud de la naturaleza de los servicios a contratar y la normativa vigente, se requiere que los oferentes posean autorización de la autoridad sanitaria correspondiente para transportar cargas peligrosas por calles y caminos públicos. Esta información debe ser respaldada ingresando la certificación respectiva a la plataforma Mercado Público.

9.6. CARTA GANTT.

ARTÍCULO 10: CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS DE LOS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo establecido en el ARTÍCULO 6.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El Instituto realizará aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo señalado en el ARTÍCULO 6 (sin indicación del autor de la o las consultas).

Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, incluso por aquellos que no las solicitaron; por lo cual los proponentes no podrán alegar desconocimiento de éstas.

Se invita a los oferentes a realizar todas las consultas y/o aclaraciones que consideren pertinentes a estas Bases de Licitación y a lo concerniente al proceso. El Instituto busca fomentar y favorecer la participación de todos quienes cumplan los requisitos para contratar con el Estado y deseen ofertar.

ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.

Ponderado el riesgo involucrado en la presente licitación y conociéndose el comportamiento de los proveedores del rubro, no se requerirá la presentación de Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo con lo permitido por el artículo 31 del Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 12: PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTA.

El proveedor deberá adjuntar a su oferta publicada en el Sistema de Información los siguientes antecedentes, sin los cuales su oferta podría ser declarará inadmisible. No obstante, antes de desestimarla y siempre que se trate de antecedentes formales, podrán solicitarse aclaraciones o antecedentes, de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2 de las presentes bases, en cuanto a los posibles errores u omisiones detectados durante la evaluación de las ofertas.

Se solicita presentar las propuestas en carpetas electrónicas separadas, caratuladas Oferta administrativa”, “Oferta técnica”, “Ficha técnica del servicio” y “Oferta económica”, de acuerdo con el siguiente detalle:

La omisión de cualquiera de los requisitos y documentos detallados en este acápite y que no sean esenciales para el proceso, se podrán solicitar cumpliendo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2, realizando la respectiva rebaja de puntaje en el subcriterio de cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta.

 

La oferta debe contener y especificar los siguientes documentos, a excepción de que estos se encuentren vigentes en el Registro de Proveedores (deben a lo menos cumplir con lo establecido en las Bases de Licitación), situación que deberá señalarse por el proveedor:

a)        Antecedentes administrativos

a.1) Proponente persona natural debe acompañar:

Acompaña

a.1.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo N°1-A.

 

a.1.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo N° 2-A, debidamente suscrita por el oferente.

 

a.1.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del proponente, por ambos lados.

 

a.1.4) Certificado al día, de Adhesión a Organismo Administrador de Seguro de Accidentes del Trabajo, según Ley 16.744.

 

a.1.5) Documento donde se indique el procedimiento de Trabajo Seguro, por parte de sus trabajadores.

 

a.2) Proponente persona jurídica debe acompañar:

Acompaña

a.2.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo        N° 1-B.

a.2.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo N° 2-B, debidamente suscrita por el (los) representante(s) legales de la entidad proponente.

a.2.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (los) representante(s) legal(es) de la entidad proponente, por ambos lados.

a.2.4) Certificado al día, de Adhesión a Organismo Administrador de Seguro de Accidentes del Trabajo, según Ley 16.744.

a.2.5) Documento donde se indique el procedimiento de Trabajo Seguro, por parte de sus trabajadores.

a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores

El oferente Unión Temporal de Proveedores debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que corresponde a este tipo de asociación al momento de realizar la oferta electrónica e ingresar la identificación de cada persona que la integra. Se deberá adjuntar el documento público o privado donde consta la formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además en dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la unión.

El documento público que formalizó el acuerdo de UTP se solicitará al momento de suscribir el contrato.

Este es un requisito esencial al momento de ofertar. De no marcar el campo o de omitirse alguno de los integrantes, no se podrá adjudicar a dicho oferente, ni se aceptarán antecedentes de una persona no individualizada.

a.3) Unión Temporal de Proveedores debe acompañar:

Acompaña

a.3.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo N° 1-A, por cada integrante de la oferta.

 

a.3.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo N° 2-A, suscrita por cada uno de los oferentes.

 

a.3.3) Anexo N° 6 Formulario UTP

 

a.3.4) Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados, de cada uno de los oferentes. (En caso de que uno de los oferentes sea persona jurídica, se deberá acompañar Cédula de Identidad del representante.)

 

a.3.5) Certificado al día, de Adhesión a Organismo Administrador de Seguro de Accidentes del Trabajo, según Ley 16.744. (Si uno de los miembros es persona jurídica)

 

a.3.6) Documento donde se indique el procedimiento de Trabajo Seguro, por parte de sus trabajadores.

 

b) Oferta ECONóMICA

Para considerar la oferta económica se debe presentar el Anexo Nº 3: Oferta económica.

c) Oferta Técnica

La oferta técnica debe ser presentada de acuerdo con las especificaciones de las Bases Técnicas y se deberá acompañar los siguientes documentos:

La oferta técnica debe acompañar los siguientes documentos:

Acompaña

c.1) Flujograma operativo de los servicios. (carta Gantt, formato pdf)

 

c.2) Protocolo de trabajo seguro.

 

c.3) Respaldo de entrega de ODI a los trabajadores de la empresa.

 

c.4) Certificado de afiliación a Organismo Administrador del Seguro Ley N° 16.744.

 

c.5) Copias de contrato de los trabajadores que desarrollarán las labores.

 

c.6) Copia de la capacitación de manejo de residuos peligrosos a sus empleados.

 

c.7) Respaldo de la entrega de elementos de protección personal (EPP).

 

c.8) Certificado de la autoridad sanitaria que autoriza a la empresa a realizar retiro de residuos clínicos, Farmacológicos y Peligrosos.

 

c.9) Listado de dotación de elementos y su valor unitario.

 

c.10) Dos cursos anuales sobre el correcto manejo de residuos clínicos para funcionarios del Instituto. Cada curso debe completar 20 horas pedagógicas y luego se debe otorgar un certificado a cada participante con el número de horas realizadas, la fecha, nota de aprobación y la firma del representante. Pueden ser tanto en modalidad presencial como virtual.

 

c.11) Resolución de Autoridad Sanitaria de Sala de Acopio y Lavado de Contenedores de residuos Cortopunzantes Reutilizable.

 

c.12) Resolución de Autoridad Sanitaria de vehículos utilizados para el transporte de residuos peligrosos, biológicos, y otros, requeridos para poder transitar por la vía pública.

 

c.13) Listado de conductores con licencia profesional vigente, para poder operar los vehículos de transporte de residuos.

 

c.14) Formulario de medición de emisión de gases, en cumplimiento DS 29 (ex 45).

 

c.15) Anexo N°4 (admisibilidad) registra la experiencia en RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS. Se debe acreditar la información a través de la siguiente documentación, que debe contener a lo menos:

(Se debe señalar que sólo se aceptará experiencia que se haya ejecutado dentro de los últimos 5 años, contados desde la fecha de recepción de las ofertas, de la presente licitación.

Experiencia con el estado:

  • Orden de compra en estado de recepción conforme; o,
  • contrato autorizado por resolución; o.
  • resolución que autorice la contratación; o,
  • certificado, constancia o acta de recepción conforme final del servicio.

Experiencia con privados:

  • Contrato firmado por escritura pública o privada protocolizada; o,
  • certificado, constancia o acta de recepción conforme final del servicio.
  • En caso de presentar un certificado o constancia esta debe contener:
  • Detalle de los trabajos, lugar de realización.
  • Debe estar debidamente suscrito por el funcionario que corresponda.
  • Los certificados deben ser verificables, acompañándose todos los elementos que permitan determinar la naturaleza, amplitud de los trabajos, resultados conformes de ellos, así como el mandante de estos; siempre se podrá subsanar omisiones de carácter formal, que tendrán descuento por incumplimiento correspondiente.

Ejemplo:

Logo de la institución o empresa que emite el certificado

                                            CERTIFICADO

La Dirección del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, certifica que la Empresa XXXXX, RUT Nº XXXXX, representada legalmente por el Sr. XXX XXX, prestó el servicio consistente en “XXXXXXX”, para ….., durante los años 201X -201X, con total conformidad.

            Nombre, cargo y firma del mandante.

           Timbre de la Institución que representa.

                                                                                      Fecha de emisión.

*Sólo se evaluará lo indicado en el anexo, cualquier documento que haga referencia a una experiencia no incluida en el documento, generará que esta no sea evaluada.

** Se podrá presentar un máximo de 10 Certificados y/o Órdenes de Compra a evaluar, según corresponda, para objeto de la evaluación. De ser mayor a esa cantidad solo se evaluarán los 10 primeros.

Se contabilizará sólo aquellos servicios que se hayan finalizado o estén en ejecución, en los últimos 5 años, contados a partir de la fecha de cierre de la recepción de ofertas. Todo aquel documento que haga referencia a obras anteriores, a la fecha indicada, no será considerado en la evaluación.

*** Estos antecedentes deben ser verificables y ajustados a realidad, ya que serán revisados y corroborados por la Comisión Evaluadora.

Aquellas propuestas que obtengan un puntaje del 0% en el criterio de experiencia (es decir, que no presenten documentación o que no logren acreditar ni validar ningún certificado presentado), SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.

 

 

ARTÍCULO 13: RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS

La recepción de las ofertas se efectuará en la fecha y hora establecida en el Sistema de Información, de acuerdo con lo establecido en el calendario de la licitación de las presentes bases. No obstante, en caso de que exista discordancia, se estará a lo señalado en el portal de mercado público.

El Instituto podrá rechazar las propuestas que no contengan todos los antecedentes y requerimientos técnicos solicitados, o aquellas que contengan condiciones que alteren la claridad de la propuesta o generen confusiones insalvables, a menos que se hayan podido salvar dichos errores u omisiones tal como lo prescribe el ARTÍCULO 16.2 de estas bases, situación que será evaluada por los miembros de la Comisión Evaluadora.

En caso de que a la propuesta le falten antecedentes de admisibilidad, el Instituto podrá rechazar la oferta inmediatamente, en caso de detectarse en el acto de apertura.

ARTÍCULO 14: VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se pudiera efectuar la adjudicación, el Instituto podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de dichas propuestas. Si alguno de los participantes no accediera a lo requerido, su oferta no será considerada en la licitación.

En el caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el inciso anterior, el Instituto comunicará a los oferentes, a través del Sistema de Información, las razones que fundamentan la ampliación de dicho plazo, previo acto administrativo totalmente tramitado, hasta por un nuevo término de 30 (treinta) días corridos para realizar la adjudicación a la oferta más ventajosa.

ARTÍCULO 15: COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS

El Instituto, designa a la Comisión de Evaluación de la presente licitación, de conformidad al artículo 37 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por tres funcionarios del Instituto, domiciliados, para éstos efectos en avenida La Paz #841, en la comuna de Recoleta, de la ciudad de Santiago y cuyo teléfono es el de la Mesa Central, siendo el (56 2) 22575 88 50.

Los miembros titulares de la Comisión son los siguientes:

TITULARES

CARGO

GLORIA SANGUEZA CHAMORRO

JEFE UNIDAD DE ASEO

MARÍA PAZ LIRA DÍAZ

ENCARGADA DE GESTIÓN AMBIENTAL

ALONSO IÑIGO VALDERRAMA

JEFE UNIDAD PREVENCIÓN DE RIESGOS

Es importante señalar que de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.1.8 de la Directiva N° 14 de la Dirección de Compras, relativa a la Conformación y funcionamiento de la Comisión Evaluadora, “deberá existir una clara distinción en la asignación de roles y responsabilidades durante el curso del proceso de compra”, por lo que los miembros de la comisión no deberán participar en otras etapas del proceso de adquisición. No obstante, y de acuerdo a lo indicado en el Dictamen N°0305 del año 2016, emitido por la Contraloría General de la República, las directivas emanadas de la entidad antes indicada, no tienen carácter imperativo o interpretativo, “por lo que establece la delimitación de funciones como una recomendación al disponer que “las entidades procurarán promover medidas tendientes”, por lo que corresponde a cada jefe de servicio, considerando su propia realidad institucional, velar por el cumplimiento de la normativa antes citada”, razón por la cual no se genera ningún impedimento para que las personas indicadas como miembros de Comisión de Evaluación no puedan participar, ya que son los profesionales con que cuenta la Institución de acuerdo a su realidad, para gestionar procesos de éste tipo.

Los oferentes no pueden contactar a los miembros de la Comisión (Sujeto de Lobby) durante el periodo de análisis de las ofertas, que comprende el lapso que media entre el cierre de recepción de ofertas y la publicación de la resolución de adjudicación. Cualquier comunicación debe hacerse en los tiempos y las formas establecidas y a través del Sistema de Información.

En el caso de que un oferente mantenga un contrato vigente con el Instituto, anterior al presente proceso de licitación, y sea necesario conversar temas relacionados con este, siendo el Administrador de Contrato parte de la comisión, se podrá excepcionalmente comunicar con este último para tocar temas atingentes al contrato en ejecución.

En caso de que alguno de los oferentes trasgreda lo indicado en el párrafo anterior, su oferta será desestimada, sin poder continuar en el proceso de análisis.

De verse alguno de los funcionarios señalados imposibilitado de realizar las funciones de integrante de esta comisión y contando con una causa fundada para ello, deberá ser sustituido por alguno de los funcionarios establecidos en la lista de remplazo indicada en las presentes bases, quien tomaría el cargo ipso facto; siendo los siguientes:

SUBROGANTES

CARGO

SERGIO CARRILLO CARRERA

JEFE UNIDAD DE MANTENCIÓN

CLAUDIO SALAZAR MENA

JEFE CR. LOGÍSTICA Y OPERACIONES

Del impedimento de formar parte de la Comisión se deberá informar por correo electrónico a la Unidad de Abastecimiento (a los profesionales de dicha unidad), en el plazo de 5 días hábiles desde notificada la presente resolución (papel o correo electrónico) o desde que se conoce el impedimento.  Con la información de procederá a informar al remplazante. Esta situación debe quedar plasmada en el informe de la Comisión y en la resolución que aprueba la adjudicación del proceso.

Corresponderá a la Comisión:

  1.  Verificar la admisibilidad de las propuestas, de conformidad a lo previsto en estas bases.
  2.  Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
  3.  Elaborar el Informe de Evaluación de las ofertas.
  4.  Informar si existe un cambio en los integrantes de la comisión y de las razones de este cambio.
  5.  En caso de retraso en la entrega del informe, se debe señalar el motivo.
  6.  Las demás funciones que impone la normativa a las comisiones evaluadoras.

Funciones de la Comisión:

a)   Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.

b)   Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.

c)    Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.

d)   De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. 

e)   Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Instituto.

f)    En el caso de presentarse la situación regulada en el 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

g)   Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.

El informe final de la comisión evaluadora, deberá referirse a las siguientes materias:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.

4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

h)   En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al abogado de la Unidad de Abastecimiento del Instituto, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico a la Unidad de Abastecimiento.

 

i)     Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.

ARTÍCULO 16: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

16.1 ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS

Corresponderá a la Comisión Evaluadora verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes bases.

La comisión deberá observar y evaluar que se cumplan los diversos requerimientos solicitados, en la forma y plazos establecidos en las presentes bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

  1. El proponente no cumple con alguna de las exigencias o requisitos establecidos en las presentes bases.
  2. La propuesta no es entregada conforme a lo exigido en las presentes bases y a la legislación vigente y esta no se haya podido subsanar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2.
  3. La propuesta no cumple con algún requisito exigido como de (admisibilidad) para participar del proceso.
  4. El oferente no contesta o no sube algún antecedente solicitado en el periodo de aclaración de ofertas y es considerado esencial para el análisis del proceso o para la ejecución del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o incorporen documentos faltantes, según el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 16.2 de estas Bases de Licitación.

16.2 SOLICITUD DE ACLARACIONES, CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE EVALUACIÓN

El Instituto se reserva el derecho de solicitar a los proponentes, a partir del acto de apertura de las propuestas y hasta la decisión de adjudicación, aclaraciones sobre dichos antecedentes con el objetivo de mejorar la comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la propuesta pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.

El Instituto permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello se otorgará un plazo que se informará a través del portal.

Todo lo solicitado será informado a través del Sistema de Información. El oferente que deba de salvar errores u omisiones formales tendrá un plazo de 48 horas, contado desde efectuado el requerimiento.

16.3. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se establecen los siguientes Criterios de Evaluación y selección de propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Factor técnico

  1. PLAZO DE RESPUESTA ANTE SOLICITUD DEL INSTITUTO

De acuerdo con lo informado en Anexo N° 3, que corresponde al tiempo de respuesta desde que el Administrador de Contrato contacta a la empresa para que ésta preste los servicios requeridos. Si el tiempo de respuesta informado por el oferente es mayor a diez (10) días hábiles su oferta será desestimada de inmediato.

 

Respuesta igual o menor a tres (3) días hábiles.

10%

10%

 

Respuesta entre cuatro (4) y siete (7) días hábiles, inclusive.

5%

 

Respuesta igual o mayor a (8) días hábiles.

2%

 

  1. CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO

De acuerdo con la documentación técnica presentada por el oferente, según lo solicitado en las Bases de Licitación.

 

Empresa cumple con todas las condiciones técnicas solicitadas en las Bases.

10%

10%

 

Empresa cumple parcialmente con las condiciones técnicas.

5%

 

Empresa no cumple con las condiciones solicitadas.

0%

 

  1. CURSOS DE CAPACITACIÓN INCLUIDOS EN OFERTA

De acuerdo con lo indicado en Anexo N°5 por cada oferente y conforme lo exigido en las Bases de Licitación.

 

El oferente incorpora a su oferta la realización de dos cursos de capacitación en manejo de residuos clínicos para funcionarios de la institución.

5%

5%

 

El oferente no incorpora a su oferta la realización de dos cursos de capacitación en manejo de residuos clínicos para funcionarios de la institución.

0%

 

  1. EXPERIENCIA EN SERVICIOS DE RETIRO RESIDUOS HOSPITALARIOS (REAS)

Según la información incluida en Anexo N° 4, ya sean prestaciones a instituciones públicas como a empresas privadas, experiencia verificable con certificados u órdenes de compra en estado de recepción conforme, según sea el caso,  realizados en los ÚLTIMOS CINCO AÑOS (plazo contado desde el cierre de recepción de ofertas).

 

El oferente presenta diez documentos válidos para acreditar experiencia.

10%

10%

 

El oferente presenta entre cinco (5) y menos de diez (10) documentos válidos para acreditar experiencia.

7%

 

El oferente presenta menos de cinco (5) documentos válidos para acreditar experiencia.

4%

 

El oferente no presenta documentos para acreditar experiencia.

0%

 

Factor administrativo

  1. CORRECTA PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES

El oferente sube todos los anexos, adjunta fichas y especificaciones técnicas requeridas en el tiempo y forma.

5%

5%

Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas y aclaradas a través del Foro Inverso de www.mercadopublico.cl /Oferta no es presentado con el orden requerido en bases de licitación (carpetas electrónicas, artículo 12, inciso 2°)

2,5%

Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas. No siendo aclaradas a través del Foro Inverso de Mercado Público. El oferente que no subsana la deficiencia o se niega a hacerlo (se entiende que el proveedor se niega si no presenta respuesta alguna).  

0%

Factor económico

VALORACIÓN ECONÓMICA PRESENTADA POR EL OFERENTE (escala de asignación de puntaje por objetivo), según Anexo N°3

1. Precio.

Se aplicará el análisis del mínimo precio, considerándose la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente formula:

PTJE PRECIO OFERTA= OM*100*0,60

                                  OE

Dónde: OM= Oferta de Menor Precio

            OE= Oferta Evaluada.

60%

La calificación total será equivalente al 100% y estará compuesta por la suma de todos los factores descritos. En caso de empate, se aplicarán las reglas establecidas en ARTÍCULO 18.1 de las presentes Bases.

ARTÍCULO 17. INFORME DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación, en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Individualización del proceso licitatorio, integrantes de la comisión y modificaciones de ésta.
  2. Individualización de los oferentes, indicando a lo menos el nombre, RUT, dirección e identidad del representante legal (nombre y RUT), si lo hay.
  3. Verificación de la admisibilidad de las ofertas: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión, deberá dejarse constancia de ello.
  4. Solicitud de antecedentes a los oferentes, según lo contemplado en el ARTÍCULO 16.2, en el sentido de aclarar las ofertas o de acompañar algún documento formal requerido, dejando constancia de la respuesta obtenida.
  5. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  6. Cuadro de todas las propuestas participantes, estableciendo su puntaje obtenido y la propuesta seleccionada.
  7. Asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  8. Información y causas de retraso en el proceso de evaluación en caso de existir.
  9. Propuesta de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o las que hubiera no cumplan con los requerimientos solicitados; o bien, cuando la comisión evaluadora desestime la(s) oferta(s) por juzgar que aquellas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.

10. Propuesta de adjudicación en caso de haberla, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

11. Toda la información relevante que tenga relación con el proceso de evaluación y las conclusiones de la comisión, sin ser estos numerales taxativos.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Director del Instituto a más tardar en el plazo establecido en el calendario de la licitación contenido en las presentes bases; de no ocurrir esto, la comisión debe informar a la Unidad de Abastecimiento las razones de la tardanza, a fin de que ésta última proceda a  ampliar el plazo en el Sistema de Información, situación que deberá quedar registrada en la resolución de adjudicación.

 

ARTÍCULO 18: ADJUDICACIÓN

El Instituto se reserva el derecho a adjudicar la presente licitación totalmente, desestimar y/o declarar desierta la licitación.

De las propuestas seleccionadas, el Instituto adjudicará la propuesta que obtenga el mayor puntaje y, para el caso en que este oferente se desistiera de celebrar el contrato respectivo, se podrá readjudicar la propuesta a aquella oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente.

Cuando el precio de la oferta presentada por un proponente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte del Instituto que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Instituto podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar dicha oferta, solicitando una garantía de acuerdo con lo establecido en ARTÍCULO 21.2 de estas bases.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Director del Instituto.

Los participantes serán notificados de la adjudicación de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 7 de las presentes bases.

El Instituto rechazará, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes, o en el caso que todos los proponentes participantes no cumplan con una o más disposiciones de estas bases consideras importantes para el proceso, se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El Instituto se reserva el derecho de rechazar las ofertas que, pese a cumplir con lo exigido en las presentes bases, no resulten ser convenientes para sus intereses. En este caso se procederá a desestimar dichas propuestas.

18.1 Empate:

En caso de empate en el total general de la evaluación, se seguirá el siguiente orden de prelación para definir al ganador:

  1. Criterio económico.
  2. Plazo de respuesta ante solicitud.
  3. Experiencia.
  4. Curso de Capacitación.
  5. Cumplimiento en documentación técnica.
  6. El que primero haya presentado la oferta en el portal de Mercado público.

18.2 Inclusiones en la contratación:

El Instituto al momento de adjudicar podrá aumentar o disminuir el monto o ítems de adjudicación, siempre que estas modificaciones no superen el 30% del valor máximo estimado originalmente en las bases, debiendo indicar las razones que fundamentan dicha decisión, debiendo el aumento o disminución tener relación con el bien o servicio a contratar.  El proponente adjudicado deberá respetar los precios comprometidos en la oferta.

18.3. READJUDICACIÓN

El Instituto podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:

  1. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de solicitarse.
  3. El proveedor no cumple con los requisitos para contratar con el Estado establecidos en las presentes bases o sea inhábil para contratar.
  4. Si el adjudicatario se desiste.
  5. Si el adjudicado, a pesar de haber aceptado la contratación, incumple gravemente el contrato, no permitiendo continuar con éste, siempre que se encuentre dentro del plazo establecido para tal efecto.

El Instituto, en esta eventualidad, podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente que sigue en puntaje.

El plazo máximo para readjudicar será de 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación oficial.

ARTÍCULO 19: FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.

De acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 4 de las presentes bases, el monto máximo estimado a adjudicar para el proceso corresponde a un máximo de 999,9 UTM, dado que el servicio se considera por el Instituto como de simple y objetiva especificación y de acuerdo con la experiencia que tiene el Instituto en la adquisición de este tipo de bienes, la contratación que derive de este proceso concursal se formalizará solo con la aceptación de la orden de Compra por parte del adjudicado.

Las órdenes se podrán generar al inicio del contrato o por parcialidades dependiendo el requerimiento del Instituto, situación que será definido en la oportunidad correspondiente en virtud de las necesidades de éste.

    

El proponente adjudicado deberá aceptar la orden de compra dentro del plazo indicado en el calendario de licitación, esto es, dentro de los 3 días siguientes hábiles a la emisión y correspondiente envío de la Orden de Compra a través del portal de mercado público.

Previo a la emisión de la Orden de compra, la empresa que resulte adjudicada deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores: el proveedor adjudicado tendrá 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. En caso de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), cada uno de los integrantes debe inscribirse en el Registro de Proveedores.
  2. En el caso de ser persona jurídica: deberá acompañar una copia de la escritura de constitución y sus modificaciones; el certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a 6 meses. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyen mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante.
  3. Ratificar la declaración jurada de no contar con inhabilidades para contratar con la Administración Pública.
  4. Acreditar el estado del pago de remuneraciones y cotizaciones con sus trabajadores actuales y hasta los dos últimos años (artículo 4, Ley Nº 19.886), a través del respectivo certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, el Formulario F30.

Si transcurrido el plazo señalado el adjudicatario no cumple con estos requisitos, el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” podrá readjudicar, según lo establecido en el ARTÍCULO 18.3 de las presentes bases. El proponente adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra, según corresponda, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación.

En el caso de que los antecedentes y documentos solicitados se encuentren subidos a la plataforma de Chile Proveedores con la vigencia solicitada, el proveedor estará eximido de presentar dichos documentos.

Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo, se entenderá sin más trámite que no acepta la adjudicación. En tal evento, el Instituto procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario incumplidor.

A la contratación, quedarán incorporadas las condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, condiciones económicas, consultas y aclaraciones, y por supuesto la oferta realizada por el proveedor y aceptada por esta institución.

Será responsabilidad del adjudicatario contratante, mantener la debida reserva de la información y de los procedimientos de carácter confidencial que en su desempeño pueda llegar a conocer y que corresponden al Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

ARTÍCULO 20: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN

La contratación se regirá por lo señalado en las presentes Bases de Licitación, con lo establecido en la ficha electrónica de Mercado Público y, en general, por todos los reglamentos y normas que rigen y tengan relación con el desarrollo del servicio o entrega del bien, los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte de los oferentes o adjudicatarios, según corresponda.

ARTÍCULO 21: OBLIGACIONES DEL CONTRATADO

21.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios prestados a la institución, de modo que cualquier error que signifique un perjuicio para el Instituto será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la sociedad adjudicataria, las personas que actuaron como representantes legales de la misma, asumirán la(s) responsabilidad(es) que se puedan generar y los perjuicios asociados a dicha responsabilidad.

El adjudicatario deberá, entre el tiempo que medie entre la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público y el envío de la Orden de Compra, acompañar una caución, la que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales y previsionales que se desprendan de él.

El o los documentos que se presenten, deben cumplir con las siguientes características:

a)  Deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), esta deberá ser tomada por quien figure como representante o administrador de ésta, en razón de lo establecido en el acuerdo que formaliza la UTP o por cualquiera de los participantes de ésta, en la medida que estén facultados para ello.

b)  Debe ser irrevocable y pagadera a la vista.

c)  El monto a caucionar corresponde al 10% del contrato.

d)  El documento tendrá una vigencia que al menos cubra el período de duración del contrato más 90 (noventa) días corridos.

e)  Debe ser expresada en pesos chilenos, UF o UTM.

f)   Deben ser tomadas a la orden del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, RUT 61.608.003-2.

En el caso de que el instrumento lo permita, deberá señalar los siguientes antecedentes:

g)  Indicar nombre y RUT del tomador;    

h)  En el caso que el documento pueda contemplar glosa (como boletas, certificados de fianza y pólizas), deberá señalar la siguiente:

GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO POR LICITACIÓN PÚBLICA ID 1057476-XX-LE23: SERVICIO DE RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”.

En caso de que el instrumento no admita incluir los antecedentes adicionalmente solicitados, se pide al oferente que acompañe documento anexo, con firma del proponente, donde se incluya la información solicitada, la que deberá ser anexada y presentada junto a la caución en comento.

En el caso que la garantía se establezca en UF se deberá considerar la conversión al día de la emisión del documento, al ser en UTM, se considerara el valor del mes de adjudicación.

           

Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con estos requisitos, serán devueltas para su cambio.

La caución o garantía deberá ser entregada físicamente en la Oficina de Partes del Instituto, ubicado en avenida La Paz #841, comuna de Recoleta, en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto, antes de la firma de la formalización de la contratación.

De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento. Sin embargo, para su aceptación, se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros de que éstos sean “pagaderos a la vista” y no sólo “de ejecución inmediata”, caso último en que quedan fuera de las exigencias impuestas para estas garantías por la legislación vigente respectiva, debiendo ser rechazados por esta Institución, pudiendo reemplazarlo, el adjudicatario, en el plazo establecido para acompañar esta garantía. No obstante, se aceptará cualquier seguro que cumpla con el requisito indispensable de ser “pagadero a la vista” y los demás ya descritos.

La garantía puede otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza (ej. varias boletas de garantía) que en conjunto representen el monto a caucionar; esto es, el 10% del valor total del contrato adjudicado, y que cubra el plazo restante aumentada siempre en 90 días corridos.

La no entrega de la caución o garantía dentro del plazo señalado, facultará al Instituto para continuar con el procedimiento de readjudicación, en su caso, o el que corresponda a las condiciones particulares.

La garantía puede ser de aquellas que se emiten de manera física o electrónica, para los casos de garantías electrónicas, estas podrán ser enviadas al e-mail institucional que se informe en la oportunidad correspondiente, y ajustarse a lo que señale la Ley N°19.799.

Los gastos que irrogue la obtención de las garantías serán de cargo exclusivo del proponente adjudicatario.

Durante la ejecución del contrato se podrá solicitar el cambio de la garantía o por otro documento que cumpla con la misma finalidad, el que debe cumplir con los requerimientos solicitados para la garantía primitiva, debiendo este cubrir a lo menos el periodo comprendido entre la fecha de emisión del documento y el periodo que quedase por prestar, aumentado en 90 días corridos. En relación al monto de la nueva caución esta debe cubrir el 5% del saldo del contrato.

La garantía será devuelta con posterioridad al término del plazo de vigencia de ésta.

La garantía de fiel y oportuno cumplimiento PODRÁ SER EJECUTADA en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento total o parcial del convenio o de cualquier obligación emanada del mismo, principalmente cuando versen sobre multas aplicadas.
  2. Si se genera algún perjuicio al Instituto, de carácter pecuniario y que sea responsable el proveedor ya sea por culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
  3. Incumplimiento de las reglas de cesión y subcontratación establecidas en las presentes bases de licitación.
  4. En caso de término anticipado del contrato.

Si la garantía es ejecutada parcialmente por el Instituto, pero se continúa con la ejecución del contrato, el Instituto deberá realizar devolución del saldo restante. Previamente a esto, el proveedor deberá ingresar un nuevo documento que caucione el saldo del contrato, el que deberá cumplir los requisitos previamente establecidos para este tipo de documentos y con cobertura para el saldo de plazo de contrato, aumentado en 90 días corridos.

 

DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO:

 

  1. Si el contrato ha terminado de manera anticipada, por causas no imputables al contratista.
  2. Encontrándose esta vencida, una vez que se haya verificado la correcta ejecución de los términos y condiciones del contrato celebrado por las partes.
  3. En caso de aplicación de multas que no pongan término del contrato y que no puedan ser descontadas de los ESTADOS de pago pendientes, el Instituto procederá a cobrar de la o las garantías de fiel cumplimiento comprometidas el monto adeudado, procediendo a devolver el saldo restante. Antes de la devolución indicada el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía por lo que resta del contrato, aumentado en los días correspondientes.

Se considera conductas no imputables al contratista las establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 29 de las presentes Bases, o en caso de muerte de un proveedor persona natural.

Las garantías serán devueltas previa solicitud del proveedor.

Sin perjuicio de la existencia de la caución en comento, el Instituto se reserva el derecho a ejercer cualquier otra acción legal, que pueda aplicar de acuerdo con el caso en particular.

21.2 AUMENTO DE GARANTÍA/CREACIÓN DE GARANTÍA

Según el artículo N°42 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas D.S. N° 250/2004 del Ministerio de hacienda y sus modificaciones: “Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio ofertado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la entidad Licitante podrá a través de resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantía de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue”.

Se entenderá que los costos son inconsistentes, cuando no sean coherentes con los precios de mercado para la ejecución del servicio.

El aumento de la garantía será determinado al momento de tomar la decisión de adjudicar, dependiendo el riesgo que implique la contratación, no pudiendo superar el límite establecido en el artículo previamente citado, lo que será indicado en la resolución de adjudicación.

En caso de que no se haya determinado para el proceso, la constitución de Garantía de Fiel Cumplimiento se establecerá en el caso que se produzca la situación indicada, una garantía equivalente al 10% del servicio, bien o servicio que genere la diferencia, no pudiendo superar el valor límite establecido en el artículo N° 42.

ARTÍCULO 22: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato tendrá una vigencia igual a 24 meses o hasta e tiempo menor en que se disponga de la recepción de la totalidad de los servicios adjudicados. Se emitirán órdenes de compra de acuerdo con los retiros estimados para cada año calendario (2023, 2024 y 2025).

Se contará la vigencia desde la aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor adjudicado.

22.1. RENOVACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO

Una vez acaecido el término del contrato, ya sea por el cumplimiento del plazo de vigencia del contrato o porque se hubiese entregado el servicio correspondiente, se podrá renovar el contrato, por igual periodo y por una sola vez. Esto en atención principalmente de las siguientes circunstancias:

  1. No existencia de reparos respecto de la calidad del servicio.
  2. Correcto cumplimiento del contrato por parte del proveedor, en cuanto a tiempos de despacho.
  3. Necesidad de la institución de contar con un proveedor que pueda prestar el servicio en caso de necesidad.

La renovación de cada contratación se hará en los mismos términos, mediante Resolución Fundada, teniendo como tope el monto de la adjudicación original por línea. Y como límite general, el valor máximo estimado para la licitación, valor que corresponde a 999,9 UTM; esto es, considerando la adjudicación original más la renovación.

Adicionalmente, dada la necesidad por parte del Instituto, el contrato podrá ser prorrogado de acuerdo con el procedimiento establecido para ello, cumpliéndose con los requisitos y limitaciones que impone el Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 23: FORMA DE PAGO.

El pago por los servicios se efectuará dentro de los primeros 30 (treinta) días corridos, según autorización expresa a los Servicios de Salud establecida en la Ley Nº21.516, de Presupuestos del Sector Público para el año 2023, plazo contado a partir de la fecha de recepción de la factura por parte del Servicio de Impuestos Internos, en concordancia con lo establecido en la Circular N° 4/2019 emitida por dicha institución.

Cada factura debe ser enviada de manera diferenciada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com (en formato XML), dentro de las 48 horas desde emitida, lo que permitirá su enlace con la plataforma interoperable que maneja la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES) y que administra la Unidad de Contabilidad del Instituto.

La factura se entenderá irrevocablemente aceptada por el Instituto, si no se reclamará en contra de su contenido o de la falta total o parcial de los bienes, dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción o por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 3° de la Ley N°19.983.

En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, solo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes.

Los pagos se realizarán acorde a los servicios efectivamente prestados y recepcionados por el Instituto.

Para iniciar el proceso de pago, se debe contar con los siguientes documentos de respaldo, los que deberán ser entregados al Instituto.

  1. Orden de Compra en estado de aceptada.
  2. Certificación de Cumplimiento de Prestación de Servicios por HITOS DE EJECUCIÓN, firmada por el Administrador de Contrato.
  3. Certificado de Antecedentes laborales y previsionales, que comprenda el periodo de prestación de servicios, emitido por la Dirección del Trabajo (ex F-30).
  4. Factura original o documento tributario correspondiente.

Las facturas deben indicar en la referencia solo el ID de la Orden de Compra a la que se asocia, sin ningún dato adicional. Por ejemplo:

Orden de Compra 1057476-00-SE23

                             Folio referencia (801): 1057476-00-SE23

(Omitir palabra Orden de Compra o cualquier otro texto)

En caso de no cumplir con la referencia del documento, la factura será rechazada automáticamente por el sistema informático de la institución, debiendo presentarse nuevamente de manera correcta.

Los Estados de Pago previos (o prefacturación), deberán ser presentados por la empresa adjudicada cumpliendo con la siguiente formalidad: acreditar el monto total del estado de pago. Con esta información previa, verificada por Administrador de contrato, se emitirá el Certificado de Cumplimiento de Prestación de Servicios.

Los documentos tributarios, no podrán ser emitidos por el proveedor antes de la generación del Certificado de Cumplimiento de Prestación de Servicios (CPS), documento que debe estar debidamente visado por a lo menos el Administrador de Contrato. En caso de contravención a esta obligación, o sea emisión de documentos tributarios con fecha anterior a la señalada en el CPS, el documento será rechazado por el Instituto. 

ARTÍCULO 24: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

El contratista no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Instituto para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 29 de las presentes bases y se hará(n) efectiva(s) la(s) totalidad de la Garantía (s) de Fiel Cumplimiento del Contrato en beneficio del Instituto, en el caso de existir.

Durante la ejecución del contrato la empresa contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones la empresa deberá solicitar, por escrito, autorización al Instituto. Corresponderá a la Dirección de esta institución calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular.

El personal que contrate el proveedor con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el Instituto, sino que exclusivamente con la empresa contratista. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Instituto.

Sin perjuicio de todo lo anterior y cada vez que el Instituto así lo requiera, el contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto de sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.

El incumplimiento del contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 29 de estas Bases.

La Dirección del Instituto dispone que el Administrador del Contrato, representante del Instituto, evalúe el cumplimiento del convenio por parte del contratista, realizando evaluaciones e informando en caso de presentarse algún incumplimiento de contrato que sea susceptible de alguna de las sanciones contempladas en las presentes bases, informe que dará inicio al proceso respectivo por parte del Administrador del Contrato.

ARTÍCULO 25: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El contrato será administrado por la Encargada de Gestión Ambiental de la Institución o quien le subrogue. Está dentro de sus funciones, entre otras, el requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda y solicitar asimismo el término anticipado de la contratación según lo estipulado en los ARTÍCULOS 26 y 29 de las bases, respectivamente.

En casos fundados podrá el instituto designar a una persona diferente que administre el contrato, lo que deberá ser establecido por Resolución Exenta.

Serán funciones del Administrador del Contrato:

1.  Supervisar la ejecución del contrato luego de la adjudicación y mientras dure este, en cumplimiento de lo establecido en estas Bases de Licitación.

2.  Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la institución durante la ejecución del contrato, llevando registro de cualquier eventualidad que se produzca.

3.  Realizar envío de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de esta situación.

4.  Informar a la Unidad de Abastecimiento en caso de que el proveedor realice alguna solicitud o presentación, como modificaciones de plazo de ejecución o de condiciones del contrato, o si posee alguna discrepancia en la interpretación de las Bases, las que deberán ser archivadas en el registro que poseerá dicha unidad.

5.  Informar a la Unidad de Abastecimiento respecto de la presentación de descargos, enmarcados dentro de algún proceso infraccional establecido en el presente documento. 

6.  Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.

7.  Realizar los informes que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o del término de los trabajos encomendados o documento equivalentes.

8.  Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en estas bases y que sean de su responsabilidad.

ARTÍCULO 26: MULTAS Y SANCIONES

El contratado deberá cumplir, mientras dure la ejecución del contrato, con las distintas obligaciones que se desprenden de las presentes bases, además de mantener siempre un clima de respeto en la institución. Estas obligaciones son extensivas a cada uno de los trabajadores que actúen en su representación. El no cumplimiento de lo antes señalado podría generar un proceso infraccional y posibles sanciones. 

CONDUCTA

SANCIÓN

Utilización negligente de elementos de protección personal por parte de empleados de la empresa.

1 UF

Comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente de personal de la empresa hacia usuarios o funcionarios del establecimiento. Se multarán con una 1 UF los tres primeros eventos de este tipo. A la cuarta ocasión y siguientes la multa ascenderá a 2 UF por evento.

1 UF

La empresa no realiza la labor acordada, porque los empleados no esperan 15 minutos luego de presentarse en Instituto (conforme con artículo 3.3. de las Bases Técnicas).

1 UF

No realización, por parte de la empresa, del servicio mensual programado, luego de haber existido coordinación con el Administrador de Contrato y transcurrido el plazo acordado.

2 UF

Los insumos requeridos en las Bases presentan fallas técnicas o no se ajustan a la calidad solicitada y la situación se repite tres veces dentro de tres meses.

2 UF

Los insumos no son entregados o enviados en el plazo acordado y transcurren tres días hábiles sin que la empresa entregue solución.

2 UF

Las labores se realizan en tres ocasiones fuera del horario indicado en las bases, dentro del lapso de seis meses, por negligencia o responsabilidad de la empresa.

3 UF

La empresa envía a la institución, para la realización de las labores, a personal no calificado.

5 UF

Realización de acciones que pongan en riesgo de emergencias o catástrofes a la institución y sus funcionarios.

7 UF

La aplicación reiterada de multas facultará al Instituto a poner TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO.

26.1 ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.

Si durante la entrega de los servicios se produjeran atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá presentar al Administrador de Contrato su justificación antes de trascurridos 3 (tres) días corridos desde su ocurrencia, quien calificará los motivos de los atrasos para los efectos de la prórroga del plazo o para su rechazo. Pasados los tres días no se aceptará justificación alguna.

La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Administrador de Contrato. De ser aceptada, se deberá dejar registro en el historial de la contratación.

En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de cumplimiento del contrato. La ampliación del plazo en estas circunstancias no dará derecho a pago adicional.

ARTÍCULO 27: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES.

En caso de verificarse alguna conducta considerada como incumplimiento de contrato deberá seguirse el siguiente procedimiento:

  1. Para efectos de iniciar el proceso, el Administrador de Contrato deberá evacuar un informe, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde observada la conducta, documento que deberá ser enviado a la Unidad de Abastecimiento, a fin de elaborar la resolución que sanciona el incumplimiento.
  2. El informe deberá contener los siguientes antecedentes:
    1. Individualización del contrato a que hace referencia el informe, ID de licitación, Órdenes de Compra y datos del proveedor y representante legal.
    2. Indicación de la conducta observada, la que debe estar establecida en Bases de Licitación.
    3. Hechos que fundamentan la solicitud, los que deben ser actuales, objetivos y claros, se podrá agregar como prueba de ellos fotografías u otros documentos que den fe de las situaciones imputadas.
    4. Sanción asociada a la conducta imputada.
    5. Debe estar suscrito por el o los administradores de contrato, según corresponda.

Se considerará los elementos indicados como requisitos de admisibilidad necesarios para continuar con el proceso, pudiendo ser devuelto el documento para su corrección, el que deberá ser reingresado en el plazo máximo de 2 días hábiles.

  1. Una vez recibido el Informe por la Unidad de Abastecimiento, procederá a subir a la plataforma de Mercado Público en el aplicativo de Gestión de Contratos, el documento entregado por el Administrador de Contrato, debiendo ingresar la información en el apartado de Gestión de Sanciones.
  2. A través de correo electrónico la Dirección de ChileCompra notificará al proveedor del inicio de un procedimiento sancionatorio por incumplimiento de obligaciones contractuales, entregando un plazo de 5 días hábiles para realizar los descargos, gestión que deberá realizarse a través del menú de contratos del escritorio del proveedor de la plataforma de Mercado Público.
  3. Una vez recibida la notificación el proveedor podrá ingresar los descargos en el plazo entregado o aceptar la aplicación de la sanción.
  4. Transcurrido el plazo el Instituto procederá aceptar, aceptar parcialmente o rechazar los descargos entregados por el proveedor, debiendo dictar el acto administrativo que formalice la decisión por la autoridad competente. Información que deberá ser subida al aplicativo de Gestión de Sanciones en el portal de Mercado Público.
  5. En contra del acto administrativo que finalice el proceso se podrá interponer recurso de reposición o jerárquico en los plazos y según las reglas establecidas en la Ley 19.880. Los recursos en cuestión deberán entregarse directamente en oficina de partes del Instituto o por carta certificada dirigida al Director del Instituto.
  6. El resultado de los recursos impetrados deberá contar en una resolución exenta la que deberá ser subida al portal de Mercado Público en el aplicativo de Gestión de Contrato.

Tanto la comunicación escrita de la falta, así como el procedimiento infraccional, no suspenderá en ningún caso la ejecución del contrato.

En el caso de que procediese la aplicación de una o más multas, estas en su conjunto no podrán superar el 25% del valor total del contrato. Llegando a este porcentaje y/o manteniéndose el incumplimiento por parte del proveedor de manera injustificada, la institución estará facultada a poner término del contrato sin más trámite, por incumplimiento del contrato, buscando un nuevo proveedor que cumpla con los servicios requeridos. Excepcionalmente, la Dirección de este Instituto podrá, a través de resolución fundada, no aplicar el término anticipado de contrato, por no resultar conveniente para los intereses del Instituto o por el estado de avance del contrato.

Las multas serán descontadas de estados de pago, para lo cual el proveedor deberá emitir la factura completa por los bienes o servicios recepcionados. Realizándose el descuento al momento del pago, a través de la retención del monto por parte del Instituto, el que debe corresponder al valor de la multa.

En caso de incurrir en una nueva infracción, se aplicará el mismo procedimiento antes señalado, el que podría acarrear una nueva sanción.

Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.

Con todo, la aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas bases, o que, mediante resolución fundada, estime que, dado el estado de avance del contrato, esta medida resulta perjudicial para los intereses de la institución.

En el tiempo en que medie la implementación del sistema informático por Mercado Público, las notificaciones que se realicen a causa de este procedimiento deberán realizarse al proveedor mediante el correo electrónico definido para los efectos.  Una vez que la Dirección de Chile Compra complete el proceso y dicte la instrucción al respecto, se aplicará totalmente el proceso indicado en el presente artículo.

ARTÍCULO 28: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato solo podrá ser modificado durante su ejecución por voluntad del Instituto o por el consentimiento de ambas partes. Las variaciones solo podrán corresponder a materias relacionadas con el servicio o bien contratado originalmente.

En caso de que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de estos deberá ser menor o igual a los del contrato primitivo y teniendo como límite general las 999,9 UTM, no pudiendo superar el 30% del valor total de la contratación.

En caso de que las variaciones representen un aumento de los servicios, el costo de estos deberá ser igual al costo del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato.

Cualquier modificación del monto de adjudicación, que signifique un aumento de ellos o un aumento de plazo, por razones fundadas, será objeto de una nueva resolución del Instituto, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.

ARTÍCULO 29: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

Al contrato derivado de esta licitación se podrá poner término anticipado o se le podrán realizar modificaciones por las siguientes causales:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, si la facultad de resciliar está conferida únicamente al apoderado, igualmente se deberá notificar a cada miembro del término).
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  4. Si el contratista es declarado en quiebra por procesos anteriores a la entrada en vigor de la Ley Nº 20.720 o se encuentra dentro de un procedimiento concursal de liquidación o en estado de notoria insolvencia, a menos que mejore las cauciones entregadas.
  5. En caso de término de giro, liquidación, disolución de la sociedad contratista o muerte del contratista, si es persona natural. En tales eventos la empresa o quien haga las veces de su heredero, tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Instituto dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde el suceso respectivo.
  6. Si la calidad de los bienes entregados no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas y el proveedor se niega a cambiarlos o se produce en varias oportunidades.
  7. Si se verificara cualquier otro incumplimiento considerado como falta grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se consideraran como conductas graves, el incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio convenido conforme con lo estipulado en las especificaciones técnicas de las presentes Bases; inobservancia o vulneración de normativas e instructivos referidos a calidad; inobservancia o vulneración de lo establecido en las presentes bases en lo referente a la prohibición de cesión y subcontratación; la aplicación de multas que excedan el 25% del precio total del contrato; causales establecidas específicamente en el ARTÍCULO 26.
  8. El Instituto podrá poner, unilateralmente, término anticipado al contrato, por escrito y con aviso previo de 30 (treinta) días corridos, todo esto a través de resolución fundada, previo informe técnico y administrativo que justifique la decisión, en el caso que el servicio o bien adquirido no cumpla efectivamente con la necesidad por el que fue adquirido.
  9. Faltar o incumplir, total o parcialmente al pacto de integridad del ARTICULO 30 previo informe de administrador de contrato.

10.  Encontrarse inhabilitado dentro del proceso licitatorio y su ejecución a las inhabilidades establecidas de la Ley N° 21.595, artículo 33, sobre DELITOS ECONÓMICOS

Serán aplicables en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), las siguientes causales, las que se adicionan a las indicadas en los numerales anteriores:

  1. Si se constata que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia (en cuyo caso, además se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica).
  2. Si uno de los integrantes se retira y este reunía una o más características objeto de la evaluación de las ofertas; a menos que pueda continuarse con el contrato en las mismas condiciones que si esa persona continuara en la UTP, en atención a la magnitud de esta contratación y a las necesidades del Servicio.
  3. Si en el transcurso del contrato se verifica que ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Alguna Inhabilidad sobreviniente de uno (o varios) de sus integrantes, siempre la que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el Nº 1, 2 o en caso de muerte, si se trata de persona natural, y no se pueda continuar con el contrato, el Instituto podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato (en el caso de requerirse), sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder al Instituto en contra del contratante.

En los casos en que se ponga término anticipado al contrato sin cobro de la garantía de fiel cumplimiento, ésta será devuelta al contratista dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que pone término al contrato y una vez que el Instituto haya verificado que no existen obligaciones pendientes de tipo laboral o de seguridad social del contratista con sus trabajadores y previa solicitud del adjudicado.

Producida alguna de las causales establecidas, se utilizará el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 27 de las bases de licitación, en todo lo que sea aplicable, especialmente en lo que respecta a notificaciones y plazos.

ARTÍCULO 30: PACTO DE INTEGRIDAD:

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

ARTÍCULO 31: OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD

El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Instituto y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el artículo 29 de las presentes bases.

ARTÍCULO 32: ACEPTACIÓN DE CONDICIONES

El oferente por el solo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

  1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.

  1. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.

ARTÍCULO 33: GASTOS POR PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO

La participación en la presente licitación no considera ninguna remuneración para los proponentes de parte del Instituto, ni indemnizaciones de ninguna especie para los proponentes que no resulten favorecidos.

ARTÍCULO 34: INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO

En caso de discrepancias que se produjeren entre el Instituto y el proveedor, se canalizarán a través del Administrador del Contrato, a su superior jerárquico, quien informará a la Dirección de esta institución, quien solicitará un informe respecto al punto a la Abogada de Compras Públicas del Instituto. Con esto, la Dirección se pronunciará. Si posterior a esto persisten las discrepancias, éstas serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

ARTÍCULO 35: DISCREPANCIAS ENTRE BASES Y SISTEMA DE INFORMACIÓN

De existir discrepancias entre la información contenida en las presentes bases aprobadas por resolución exenta y el texto transcrito en el Sistema de Información, se estará a lo que indica la Resolución Exenta respectiva que aprueba las Bases, subida al sistema ya referido, escaneada, en formato digital.

En caso de que exista discrepancia entre la oferta económica subida por el proveedor a través del formulario, acompañado en el anexo respectivo, y la información ingresada al portal Mercado Público por el proveedor, se ceñirá a lo señalado en el documento escaneado. En caso de no presentarse el anexo económico o de ser subido en blanco, se entenderá que el proveedor no generó oferta económica.

ARTÍCULO 36: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

 

 

 

 



II. Bases Técnicas

 

 

BASES TÉCNICAS

SERVICIO DE RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLÍNICOS

DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO “DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”

 

 

 

ARTÍCULO 1. OBJETIVO GENERAL DE LA CONTRATACIÓN

La presente contratación tiene por finalidad conseguir el servicio de RETIRO, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS CLINICOS, de acuerdo con las características técnicas indicadas por la Encargada de Gestión Ambiental de la Unidad de Prevención de Riesgos, con una cobertura de 24 meses, contada desde el primer retiro durante el mes de SEPTIEMBRE DE 2023. La finalidad del servicio es prevenir y controlar los riesgos provenientes de los residuos que se generan al interior del Instituto, para el cuidado tanto de los pacientes y funcionarios, como de quienes manejan dichos residuos y de la población en general.

ARTÍCULO 2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

El adjudicatario deberá retirar los siguientes residuos desde dependencias de la institución:

Categoría 1

Categoría 2

RESIDUOS ESPECIALES

RESIDUOS PELIGROSOS

Cortopunzantes

Sangre y productos derivados

Patológicos

Residuos corrosivos

Residuos inflamables

Residuos tóxicos

1. Agujas.

2. Mariposas clínicas.

3. Ampollas de vidrio.

4. Bisturí.

5. Hojas de afeitar.

6. Suturas.

7. Placas de cultivo.

8. Insumos laboratorio (cristalería).

1. Apósitos impregnados en sangre.

2. Algodón impregnado en sangre o exudado.

3. Cultivos de toma de muestra.

4. Tubos con muestras con sangre.

1. Tejido.

2. Abortos espontáneos.

1. Pilas.

2. Baterías.

3. Envases con residuos químicos.

4. Sustancias peligrosas vencidas.

5. EPP Contaminado.

1. Desechos de procesos de laboratorio.

2. Envases de químicos a presión (spray).

3. Sustancias peligrosas vencidas.

4. EPP Contaminado.

1. Tubos fluorescentes.

2. Mercurio.

3. Medicamentos de baja.

4. Residuos de tinción.

5. Sustancias peligrosas vencidas.

6. EPP Contaminado.

ARTÍCULO 3: REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO

3.1. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO:

La oferta debe cumplir tanto las exigencias reguladas en el Decreto Supremo N° 6/2009 del MINSAL (Reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud, REAS), como el Decreto Supremo N° 148/2003 del MINSAL (Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos).

La empresa adjudicataria deberá implementar en el Instituto un servicio que incluya el uso de contenedores de corto punzantes reutilizables.

A fin de evaluar de evaluar su propuesta técnicamente el proveedor deberá presentar (subir en oferta técnica):

a)   Documento formal en el cual el oferente detalle su FLUJOGRAMA OPERATIVO DE LOS SERVICIOS, indicando el traspaso y transferencia de responsabilidad con respecto al manejo de residuos clínicos, desde su punto de acopio terciario hasta su disposición final.

b)   Capacidad LOGÍSTICA de la empresa: debe presentar un documento formal donde se señale y explique el proceso de solicitud de insumos o retiro por parte del Instituto, señalando tiempos de respuesta, reposición de insumos propios del servicio de manejo de residuos hospitalarios, en situaciones normales y de contingencia.

c)    La empresa deberá subir a la plataforma a lo menos dos propuestas distintas de CURSOS DE MANIPULACIÓN DE RESIDUOS CLÍNICOS, ESPECIALES Y PELIGROSOS. Los cursos deben ser (2) dos al año y con duración de cada curso de 20 horas pedagógicas (modalidad online y/o presencial).

d)   Resolución de Autoridad Sanitaria de Planta de Tratamiento de residuos Especiales.

e)   Resolución de Autoridad Sanitaria de Planta de Tratamiento de residuos Farmacológicos.

f)    Resolución de Autoridad Sanitaria de Bodegas de Almacenamiento de residuos Peligrosos.

g)   Resolución de Autoridad Sanitaria de Sala de Acopio y Lavado de Contenedores de residuos Cortopunzantes Reutilizable.

h)   Formulario de medición de emisión de gases, en cumplimiento DS 29 (ex 45).

i)     Resolución de Autoridad Sanitaria de vehículos utilizados para el transporte de residuos peligrosos, biológicos, y otros, requeridos para poder transitar por la vía pública.

j)     Listado de conductores con licencia profesional vigente, para poder operar los vehículos de transporte de residuos.

** LOS OFERENTES DEBERÁN PRESENTAR OBLIGATORIAMENTE TODOS LOS DOCUMENTOS ANTES DESCRITOS, COMO COPIA SIMPLE, VIGENTES Y ADJUNTOS A SU PROPUESTA TÉCNICA. LA OMISIÓN DE UNO O VARIOS DE LOS DOCUMENTOS ANTES DESCRITOS Y DOCUMENTOS QUE NO SE ENCUENTREN VIGENTES, SERÁN CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA**

3.2   DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO:

La coordinación de la fecha de entrega de elementos y del retiro de residuos deberá realizarse entre la Encargada de Gestión Ambiental quien es la Administradora del Contrato de la institución y el encargado de la empresa adjudicada, de lo cual deberán dejar constancia a través de correo electrónico o cualquier otro medio escrito.

La empresa deberá dejar una guía de retiro cada vez que realicen sus servicios, con letra clara y sin borrones, en la cual se debe dejar el detalle de:

a)   Hora del retiro.

b)   Fecha del retiro.

c)    N° de guía.

d)   Nombre del conductor y firma.

e)   Registro del residuo (tipo, cantidad y peso de los residuos clínicos entregados para su disposición final).

f)    Observaciones.

g)   Recepción (firma y nombre del transportista y del encargo de entrega de residuos).

h)   Numero de SIDREP.

En caso de guías con letra ilegible y/o con borrones deberán ser corregidas en un plazo inferior a 72 horas desde el aviso vía correo por el encargado(a) del contrato.

3.3    DE LOS RETIROS:

a)   DE LOS RETIROS DE RESIDUOS ESPECIALES: Los retiros de este tipo se realizarán dos (2) a tres (3) veces a la semana, en horario de 09:00 a 11:00 horas y de 13:00 a 16:00 horas. Y por el requerimiento vía correo electrónico del encargado(a) del contrato.

Fines Semana: en horario de 09 a 11:00 horas y de 13:00 a 16:00 horas.

La entrega de residuos especiales será realizada por personal de Unidad de Aseo capacitado y que porte credencial institucional. Los residuos serán acompañados de SIDREP (sin el documento, no se deberá realizar la entrega y retiro de los residuos del recinto).

b)   El tiempo de espera para efectuar la entrega de residuos especiales a los transportistas será de 15 minutos, desde la llegada a instalaciones del Instituto. Pasado ese tiempo, los transportistas están habilitados para retirarse del lugar, en caso de no llegar personal institucional para la entrega. Lo anterior deberá ser informado en un plazo de 24 horas vía correo electrónico del encargado(a) del contrato.

c)    DE LOS RETIROS DE RESIDUOS PELIGROSOS Y FARMACOS DE BAJA: Los retiros de este tipo se realizarán una (1) vez a la semana (exceptuando los fines de semana) en horario de 09:00 a 11:00 horas. Y por el requerimiento vía correo electrónico del encargado(a) del contrato. La entrega de residuos peligrosos y fármacos será realizada por personal de Unidad de Aseo capacitado y que porte credencial institucional. Los residuos serán acompañados de SIDREP y Hoja de Seguridad (sin los documentos, no se deberá realizar la entrega y retiro de los residuos del recinto).

d)   El tiempo de espera para efectuar la entrega de residuos peligrosos y/o fármacos de baja a  los transportistas será de 15 minutos desde su llegada a las instalaciones del Instituto. Pasado ese tiempo, los transportistas están habilitados para retirarse del lugar, en caso de que el personal institucional no concurra a la entrega. Lo anterior deberá ser informado en un plazo de 24 horas vía correo electrónico del encargado(a) del contrato.

e)   En caso de no efectuarse una entrega de residuos especiales, peligroso y/o fármacos, se deberá reprogramar dentro de 7 días hábiles desde el envió de solicitud vía correo electrónico del encargado(a) del contrato.

f)    En caso de dificultades para realizar los retiros de residuos especiales, peligrosos y/o fármacos por problemas en ruta u otros motivos de fuerza mayor, se deberán comunicar vía telefónica con él o la encargada del contrato o enviar un correo en un plazo no mayor a 24 horas.

La empresa adjudicada deberá entregar una dotación de elementos para el periodo de ejecución de 24 meses de contrato para el manejo de residuos clínicos, ya sean bolsas, cajas de almacenaje de tubos fluorescentes y basureros para la sala de residuos terciaria (carros y cajas cortopunzantes). Estos elementos deben cumplir con la normativa vigente en cuanto a sus características y material, en particular con el Decreto Supremo N° 6/2009, que establece el Reglamento sobre manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS).

El detalle de los elementos es el siguiente:

ELEMENTOS

VOLUMEN Y/O TAMAÑO

MENSUAL

CANTIDAD POR

12 MESES

CANTIDAD POR

24 MESES

UBICACIÓN DE ENTREGA DE ELEMENTOS

1

Bolsas Amarillas residuos especiales, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

60 x 60 cm aprox.

80 micras.

100 unidades

1.200 unidades como mínimo.

2.400 unidades como mínimo

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

2

Bolsas Amarillas residuos especiales, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

65 x 90 cm aprox.

80 micras.

200 unidades

2.400 unidades como mínimo

4.800 unidades como mínimo

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

3

Bolsas Amarillas residuos especiales, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

100 x 130 cm aprox.

80 micras.

80 unidades

960 unidades como mínimo

1.920 unidades como mínimo

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

4

Bolsas Rojas residuos peligrosos, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

60 x 90 cm aprox.

80 micras

20 unidades

240 unidades como mínimo

480 unidades como mínimo

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

5

Bolsas Rojas fármacos, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

60 x 90 cm aprox.

80 micras

20 unidades

240 unidades como mínimo

480 unidades como mínimo

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

6

Cajas tubos fluorescentes, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009). Considera etiqueta autoadhesiva por caja, con Rombo según residuo.

120 x 40 x 40 cm

4 unidades

48 unidades

96 unidades

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

7

Contenedor amarillo residuos especiales con pedal, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

De 20 a 50 litros

10 unidades

120 unidades

240 unidades

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

8

Contenedor rojo residuos peligroso con pedal, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

De 20 a 50 litros

10 unidades

120  unidades

240  unidades

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

9

Bidón transparente, resistente a químicos corrosivos, con tapa rosca y asa. Considera etiqueta autoadhesiva por bidón, con Rombo.

De 5 litros

15 unidades

180 unidades como mínimo

360 unidades como mínimo

U. Laboratorio (Tercer Piso).

Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

10

Contenedor plástico resistente a cortopunzante, de color amarillo con tapa de seguridad, con etiquetado (según normativa DS N°6/2009).

De 1 a 10 litros

10 unidades

120 unidades como mínimo

240 unidades como mínimo

U. Bodega Central. Horario: Lunes a viernes. 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 15:30.

11

Contenedor Amarillo Reutilizable para residuos Cortopunzantes. Considerar accesorios para fijar insumo (soportes).

De 2 a 3 litros

100 unidades

 1.200unidades como mínimo.

2.440 unidades como mínimo.

Sala REAS (Ingreso por Calle Santos Dumont, estacionamiento)

-Contenedores deben ser entregados armados y listos para su uso. En caso de contenedores defectuosos, se pedirá vía correo el cambio de contenedor.

-Cualquier solicitud de cambio de tamaño, cantidades y frecuencias de suministro de elementos, deberán ser coordinado previa autorización del Administrador de contrato, por parte del Instituto.

-Durante el periodo de vigencia del servicio el Instituto podrá presentar un aumento o disminución en las cantidades y peso de los residuos generados. Lo anterior deberá ser considerado por el proveedor adjudicado, para no afectar la frecuencia de retiro y normal funcionamiento del servicio.

3.4. OBLIGACIONES TÉCNICAS:

1. El oferente deberá adjuntar toda la documentación técnica solicitada, las que se detallan a continuación:

a)   Flujograma operativo de los servicios.

b)   Comprometer los tiempos de respuesta y reposición de insumos propios del servicio.

c)    Protocolo de trabajo seguro.

d)   Respaldo de entrega de ODI a los trabajadores de la empresa.

e)   Certificado de afiliación a Organismo Administrador del Seguro Ley N° 16.744.

f)    Copias de contrato de los trabajadores.

g)   Copia de la capacitación de manejo de residuos peligrosos a sus empleados.

h)   Respaldo de la entrega de elementos de protección personal (EPP).

i)     Anexo de experiencia.

j)     Certificado que autoriza a la empresa a realizar retiro de residuos clínicos.

k)   Listado de dotación de elementos y su valor unitario.

l)     Incluir dos cursos anuales sobre el correcto manejo de residuos clínicos para funcionarios del Instituto. Cada curso debe completar 20 horas pedagógicas y luego se debe otorgar un certificado a cada participante con el número de horas realizadas, la fecha, nota de aprobación y la firma del representante. Pueden ser tanto en modalidad presencial como virtual.

2. El oferente será responsable de la provisión de herramientas a sus trabajadores, del cuidado de ellas y su correcta utilización. Además de la seguridad y de instruir al personal en relación a estas temáticas para la correcta ejecución y maniobra a realizar.

3. El Instituto Psiquiátrico es una entidad hospitalaria con enfoque en psiquiatría y atención de pacientes, tanto en régimen hospitalizado como ambulatorio. Es por es que se solicita a la empresa adjudicada que instruya a sus trabajadores en lo siguiente:

Los trabajadores que permanezcan en dependencias de la Institución deberán, durante todo momento, mantener y tener respeto hacia los usuarios, personal, y familiares de este recinto. No se permitirá conductas inadecuadas, gritos, vocabulario de grueso calibre u palabras ofensivas de ningún tipo, malos modales y actos de falta a la moral.

4. La empresa adjudicada deberá, al momento de iniciar sus servicios, hacer entrega oficial al Administrador de Contrato de una nómina de todos los trabajadores que hagan ingreso a la institución. En ella deberá señalarse los nombres, apellidos y cédula de identidad de cada trabajador.

El ingreso a las instalaciones será informado a la Unidad de Portería, quienes tendrán una copia de dicha nómina, así ellos podrán revisar y registrar el efectivo ingreso de las personas autorizadas. Cuando existan modificaciones en la lista del personal (cambio, ingreso o cese de funcionario), deberá la empresa adjudicada informar inmediatamente de manera formal al Administrador del Contrato, quien comunicará los cambios a la unidad correspondiente. Cada una de las personas que ingrese a la Institución debe portar con una credencial identificadora.

5. El proveedor deberá implementar en su servicio el uso de contenedores de cortopunzantes reutilizables para el manejo de Residuos Especiales (según decreto N°6) al interior del Instituto, para lo cual se requiere lo siguiente:

a)   Provisión de contenedores reutilizables para el servicio de manejo y disposición de corto punzantes contaminados con residuos especiales.

b)   Provisión e Instalación de contenedores con sus respectivos soportes en 31 puntos o 19 Unidades Generadoras de Corto punzantes.

c)    El proveedor del servicio deberá entregar al inicio del servicio un stock de seguridad de contenedores plásticos correspondiente a un 20% del total de puntos instalados.

d)   El proveedor del servicio deberá entregar al inicio del servicio dos carros para el transporte y almacenamiento de contenedores reutilizables de corto punzantes. La cantidad de carros podría aumentar a cuatro según la generación y almacenamiento de contenedores. Los carros deben ser entregados en buenas condiciones.

e)   La frecuencia del retiro de contenedores y su reposición será una vez por semana y por necesidad del Instituto podrá ser hasta tres veces por semana dependiendo de la generación de residuos.

f)    Cada vez que el proveedor del servicio retire contenedores de corto punzantes reutilizables, deberá dejar la misma cantidad de contenedores de corto punzantes reutilizables limpios y en buenas condiciones.

g)   El oferente deberá incluir en su propuesta un documento que detalle el procedimiento utilizado para el proceso de lavado y desinfección de los contenedores, la ficha técnica de e lo los productos utilizados en el proceso de limpieza de los contenedores y la resolución de la SEREMI que autorice el proceso.

h)   El proveedor debe considerar a su cargo el mantenimiento de los carros, soportes y provisión de nuevos contenedores de corto punzantes una vez que cumplan su vida útil.

i)     El cobro del manejo y disposición de corto punzantes, será solo por el contenido restado el peso del contenedor.

Responsabilidad del proveedor del Servicio.

a)   Presentar toda autorización sanitaria que le permita operar tanto en sus procesos de tratamiento, disposición transitoria, disposición final y transporte.

b)   Asesorar al Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak en la correcta aplicación de la normativa vigente, sobre el manejo responsable de los residuos, en la actualización y modificación del plan de manejo del Instituto y asesoría sobre el uso e información de la Ventanilla Única, según lo exigido por la Seremi de Salud.

c)    Mantener el servicio contratado sin interrupciones.

d)   Retirar, transportar y generar los procedimientos para la el tratamiento y disposición final de los residuos de acuerdo a la reglamentación vigente D.S.N° 148 "Aprueba Reglamento Sanitarios sobre manejo de Residuos Peligrosos" y D.S.N°6 “Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud" en estricto cumplimiento con la ley.

e)   Entregar las bolsas y contendores requeridos por el Instituto, en la cantidad y oportunidad que asegure el óptimo manejo de los residuos generados por el Instituto.

f)    Utilizar vehículos especialmente acondicionados para la carga y el transporte seguro de residuos especiales y peligros.

g)   Entregará a su personal todo implemento de seguridad para poder realizar de forma segura el retiro de los residuos del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak.

h)   La empresa adjudicataria debe brindar el servicio de capacitaciones semestral (2 capacitaciones en el año), dirigidas a todo el personal del Instituto y en consideración de toda las unidades clínicas y no clínicas generadoras de residuos y a los funcionarios que el Instituto estime conveniente.

i)     Las capacitaciones deberán ser orientadas al adecuado manejo de residuos (de acuerdo a la normativa vigente), desde su generación, traslado, acopio en sala de REAS y posterior disposición final.

j)     Toda capacitación deberá quedar registrada con el nombre y apellido de los funcionarios, sección o unidad a la que pertenece y la firma y fecha de cada participante. Posteriormente se deberá generar un Certificado de Participación con la información de los participantes y ser enviado vía correo electrónico a Encargado(a) de Gestión Ambiental del Instituto.

k)   El proveedor del servicio deberá presentar mensualmente un reporte de la Huella de Carbono del Instituto, en la cual deberá considerar los aspectos relacionados a la reutilización de los contenedores de cortopunzantes.

l)     El proveedor del servicio deberá proporcionar pendones publicitarios con información relevante al medio ambiente que fomenten distintas iniciativas medioambientales, efemérides o celebraciones de interés de la misma. También puede implementar dípticos, trípticos o información audio visual. La información se deberá ir renovando durante la vigencia del contrato y previa coordinación con el Encargado(a) de Gestión Ambiental del Instituto.

m)  El proveedor del servicio deberá realizar una actividad presencial anual para difusión de información respecto al servicio de retiro de residuos y los aportes al medio ambiente sobre el adecuado manejo de REAS. La actividad podrá ser desarrollada en un STAND, con material informativo elaborado y entregado por personal de la empresa adjudicada.

3.5. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

Serán obligaciones del adjudicatario:

a. Someterse a la fiscalización e instrucciones que disponga el Administrador de Contrato, a fin de comprobar el desarrollo de los trabajos y su eficiente ejecución.

b. Mantener de manera permanentemente un responsable -  Encargado(a), quien será el nexo entre el adjudicatario y el Administrador del Contrato (Encargada de Gestión Ambiental), sin perjuicio de la responsabilidad personal que le compete en la dirección técnica.

En general, cumplir con todas las obligaciones que establezcan las leyes, reglamentos y normas vigentes que sean aplicables a la presente mantención.

3.6. ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL DENTRO DEL RECINTO HOSPITALARIO.

Será obligación del Contratista tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar riesgos de daños a terceros, asegurando durante el período de ejecución de los trabajos la integridad física de los pacientes y funcionarios del Instituto que circulen o trabajen próximos al lugar en que se realizan las labores. Por lo anterior será de exclusiva responsabilidad y cargo al contratista, los costos que impliquen cualquier pago o indemnización que se deba cancelar, como consecuencia de accidentes o cualquier tipo de evento que se produzca en la ejecución de los trabajos. 

ARTÍCULO 4. INTERVINIENTES DEL CONTRATO.

1.1         ADMINISTRADOR DE CONTRATO

El contrato será administrado por la ENCARGADA DE GESTIÓN AMBIENTAL o, en su lugar, por el JEFE DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS. Está dentro de sus funciones, entre otras, el requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda y solicitar asimismo el término anticipado de la contratación según lo estipulado en los ARTÍCULOS 26 y 29 de las bases, respectivamente.

En casos fundados podrá el instituto designar a una persona diferente que administre el contrato, lo que deberá ser establecido por Resolución Exenta.

Serán funciones del Administrador del Contrato:

  1. Supervisar la ejecución del contrato luego de la adjudicación y mientras dure este, en cumplimiento de lo establecido en estas Bases de Licitación.
  2. Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la institución durante la ejecución del contrato, llevando registro de cualquier eventualidad que se produzca.
  3. Realizar envío de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de esta situación.
  4. Informar a la Unidad de Abastecimiento en caso de que el proveedor realice alguna solicitud o presentación, como modificaciones de plazo de ejecución o de condiciones del contrato, o si posee alguna discrepancia en la interpretación de las Bases, las que deberán ser archivadas en el registro que poseerá dicha unidad.
  5. Informar a la Unidad de Abastecimiento respecto de la presentación de descargos, enmarcados dentro de algún proceso infraccional establecido en el presente documento. 
  6. Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
  7. Realizar los informes que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o del término de los trabajos encomendados o documento equivalentes.
  8. Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en estas bases y que sean de su responsabilidad.

1.2         CONTRAPARTE TÉCNICA

Se solicita a la empresa que resulte adjudicada, que señale a una persona que coordine el cumplimiento del contrato, siendo éste el principal contacto de la empresa con el Administrador de Contrato del Instituto. Se debe individualizar a quien corresponda en el Anexo 1-A o 1-B de las presentes bases.

En caso de que el proveedor cambie a la contraparte técnica durante la ejecución del contrato, se deberá informar oportunamente al Administrador de Contrato.

1.3         PERSONAL DE ASEO DEL INSTITUTO

A pesar de no ser parte, propiamente tal de la contratación, se deberá coordinar con ellos la ejecución de muchas de las tareas a realizar por la empresa y que tenga relación con la manipulación con residuos especiales y/o peligrosos, por lo que serán sujetos de capacitación por parte del oferente adjudicatario, así como de seguir las instrucciones que ellos les den respecto de esta materia.