Licitación ID: 1057476-6-LE21
INSUMOS DE LABORATORIO
Responsable de esta licitación: INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Refrigerante de motor 180 Bidón
Cod: 25174004
AGUA DESMINERALIZADA, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

2
Sistemas de agua ultra pura 35 Frasco
Cod: 41104206
AGUA PARA CROMATOGRAFIA FRASCO 2,5 LT., SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

3
Portaobjetos 15000 Unidad
Cod: 41122601
CUBRE OBJETO 24 X 24 MM, CJ 100, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

4
Agujas de jeringa de cromatografía 4 Unidad
Cod: 41122002
JERINGA HAMILTON PARA HPLC 50 UL, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

5
Agujas de jeringa de cromatografía 100 Unidad
Cod: 41122002
JERINGA HEPARINIZADA CON LITIO PULVERIZADO 3 ML, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

6
Servicios de producción de etileno o metanol o derivados 10 Frasco
Cod: 73101607
METANOL CALIDAD HPLC FRASCO 4 LTS., SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

7
Pipetas de émbolo de un canal manuales de repetición 1 Unidad
Cod: 41121506
MICROPIPETA MONOCANAL 2 A 20 UL, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

8
Pipetas de émbolo de un canal manuales de repetición 10000 Unidad
Cod: 41121506
PIPETAS PLASTICAS PASTEUR, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

9
Portaobjetos 15000 Unidad
Cod: 41122601
PORTA OBJETO BORDE Y FRANJA ESMERILADA, CJ 50, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

10
Puntas de pipeta universales 6000 Unidad
Cod: 41121607
PUNTAS MICROPIPETA ESTERIL 100 - 1000 UL (250), SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

11
Sodio Na 1 Unidad
Cod: 12141806
SODIO AZIDA 100 GRAMOS  

12
Analizadores de glucosa 100 Frasco
Cod: 41115830
SOLUCIÓN DE GLUCOSA 75 G/ FC, FCO 296 ML, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

13
Enzimas 2 Frasco
Cod: 12352204
TRIETILAMINA PARA ANÁLISIS FRASCO 1 LT, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

14
Tubos o contenedores de almacenamiento de sangre en vacío 800 Unidad
Cod: 41104107
TUBO EXTRACC SANGRE C/ EDTA 6 ML (LILA), SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

15
Tubos o contenedores de almacenamiento de sangre en vacío 19000 Unidad
Cod: 41104107
TUBO EXTRACCION SANGRE TAPA LILA DE 2 ML EDTA K3, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

16
Tubos o contenedores de almacenamiento de sangre en vacío 1200 Frasco
Cod: 41104107
TUBO EXTRACCIÓN SANGRE C CITRATO, 2 ML (CELESTE), SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

17
Tubos o contenedores de almacenamiento de sangre en vacío 6500 Unidad
Cod: 41104107
TUBO EXTRACCIÓN SANGRE C FLUORURO, 2 ML (GRIS), SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

18
Tubo de vidrio 3000 Unidad
Cod: 40142122
TUBO KHAN VIDRIO 12 MM DIAMETRO, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

19
Cinta para empaquetar 90 Rollo
Cod: 31201517
ETIQUETA ADHESIVA 30 X 50 MM (1 ROLLO 2000 UD), SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

20
Enzimas 4 Frasco
Cod: 12352204
HEXANO P. ANALISIS FCO 1 LT, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

21
Palanganas médicas para fines múltiples 5 Unidad
Cod: 42141606
RIÑON ACERO INOXIDABLE, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

22
Pinzas quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 42291609
PINZA IRIS PUNTA FINA RECTA 200 MM, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

23
Puntas de pipeta con filtro 8 Unidad
Cod: 41121601
RACK DE PUNTAS DE 1.000 UL DE MICROPIPETAS, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

24
Puntas de pipeta con filtro 8 Unidad
Cod: 41121601
RACK DE PUNTAS DE 200 UL DE MICROPIPETAS, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

25
Reactivos de analizadores químicos 6 Frasco
Cod: 41116004
ACETONITRILO SOLVENTE CALIDAD HPLC FRASCO 2,5 LITROS, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

26
Bolsas de drenaje o depósitos para el drenaje médico de incisión 100 Unidad
Cod: 42311902
LIGADURA ELASTICA CON CIERRE CLIP, SEGÚN ART. 1 BASES TÉCNICAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INSUMOS DE LABORATORIO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE ADQUIRIR INSUMOS DE LABORATORIO, SEGÚN BASES ADJUNTAS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.003-2
Dirección:
dipresrecepcion@custodium.com
Comuna:
Recoleta
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-03-2021 15:01:00
Fecha de Publicación: 09-03-2021 16:53:19
Fecha inicio de preguntas: 09-03-2021 18:05:00
Fecha final de preguntas: 12-03-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-03-2021 16:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-03-2021 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-03-2021 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 14-04-2021 7:45:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
ENTREGA DE MUESTRAS 17-03-2021 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1-A: Formato identificación del oferente (persona natural)
2.- Anexo N° 1-B: Formato de identificación del oferente (persona jurídica)
3.- Anexo N° 2-A: Declaración jurada de habilidad (persona natural)
4.- Anexo N° 2-B: Declaración jurada de habilidad (persona jurídica)
5.- Anexo N° 4 Garantia de reposición productos defectuosos
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 5: Antecedentes Técnicos
 
2.- Res. 258 del 08.03.2021 Aprueba Bases adquisicion Insumos de laboratorio
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3: Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de entrega del equipo, instalación y puesta Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 15%
2 Garantía de reposición de productos defectuosos Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 5%
3 N° de reclamos registrados en ChileProveedores Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 15%
4 Correcta presentación de los antecedentes Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 5%
5 Valoración económica de la oferta Ver artículo 16.3 de las Bases de Licitación 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Artículo 22.1 de las Bases de Licitación
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Pago a 45 días, de acuerdo a la Ley N° 21.289 de Presupuestos del Sector Público del año 2021, según partida Ministerio de Salud, subtítulo 22, glosa 02, letra e.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Pilar Urbina
e-mail de responsable de pago: pilar.urbina@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: María de Los Angeles Herrera
e-mail de responsable de contrato: maria.herrerap@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25759009-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Artículo 24 de las Bases de Licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES TÉCNICAS

II. BASES TÉCNICAS

ADQUISICIÓN DE MÁQUINA REENVASADORA DE MEDICAMENTOS (DOSIS UNITARIA), CONTRATO DE MANTENCIÓN Y SUMINISTRO DE INSUMOS.

ARTÍCULO 1: OBJETIVO GENERAL DE LA CONTRATACIÓN

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, requiere la adquisición de una ADQUISICIÓN DE MÁQUINA REENVASADORA DE MEDICAMENTOS, a fin de remplazar el equipo existente el que cumplió con su ciclo de vida útil en la institución. Además, vinculado con la adquisición de dicho equipo se requiere contratar los SERVICIOS DE MANTENCIÓN de éste, además de un contrato de SUMINISTRO DE INSUMOS utilizarse en el proceso de reenvasado de medicamentos.

ARTÍCULO 2: ASPECTOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN.

La propuesta debe considerar todos los bienes y servicios que permitan cumplir con el objetivo de la licitación, debiendo incluir todos aquellos elementos y gestiones que permitan un adecuado traslado del equipo, instalación, puesta en marcha y proceso de funcionamiento de la máquina.

Se debe incluir en la propuesta todos los costos asociados al proceso de postulación y ejecución del contrato, los que se detallaran en los próximos apartados.

El Equipo será ubicado en dependencias de la Unidad de la Unidad de Farmacia Hospitalizados del Instituto, ubicado en La Paz N° 841, comuna de Recoleta, Región Metropolitana.

Cada uno de los accesorios ofertados, deben ser compatibles con el equipo médico propuesto, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de este. En los casos que se indique en las especificaciones técnicas, las conexiones de los equipos al software general que operará en el sistema informático del Instituto deben ser compatibles con este y serán de costo, cargo y responsabilidad del adjudicatario. Cualquier elemento, dispositivo y/o accesorio que sea requerido para el funcionamiento de los equipos solicitados, que no se indique en las bases, deberá estar incluido en la oferta.

Los insumos deberán ser compatibles en un 100% con los equipos asociados a su uso. Cabe hacer presente que los equipos entregados deben ser nuevos y sin uso. De manera adicional el proveedor deberá entregar un listado y ficha técnica de todos los accesorios/insumos que requiere para su correcto funcionamiento.

El servicio de mantención iniciara de manera desfasada al resto de los servicios, siendo esto, una vez terminado el periodo de garantía, correspondiente a un año contado desde la recepción conforme de la puesta en marcha del equipo.

2.1.- CERTIFICADO DE ORIGEN Y REPUESTOS

El proveedor debe incluir en su oferta, un certificado emitido por el fabricante del equipo o por el representante legal del oferente en Chile, con una antigüedad no superior a 12 meses contados desde la fecha de cierre de licitación, a través del cual se garantice la disponibilidad de repuestos e insumos para la utilización efectiva de los equipos. El documento debe incorporarse a la oferta técnica subida a Mercado Público y debe referir al menos a lo siguiente:

a)   Disponibilidad de insumos:

El proponente se debe compromete a mantener en plaza todos los insumos del producto adjudicado, de forma de garantizar el normal funcionamiento del equipo al menos por el periodo que dure el contrato, no obstante, el ideal es que la disponibilidad dure para toda la vida útil del equipo, que no debiese ser menor a 10 años, contados desde la fecha de recepción conforme definitiva del aparato.

En caso de renovación de contrato esta disponibilidad debe asegurase para todo el periodo renovado.

b)   Disponibilidad de repuestos:

La disponibilidad de repuestos debe asegurarse al menos por el tiempo de vigencia del contrato, siendo deseable que esto pudiese asegurarse por toda la vida útil del producto, contado desde la fecha de recepción conforme definitiva del producto.

Si el adjudicatario tuviese la representación del producto adjudicado y en el transcurso perdiese dicha representación, será su obligación informar de ello al Instituto psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

En caso de renovación de contrato esta disponibilidad debe asegurase para todo el periodo renovado.

En caso que los repuestos, piezas y partes requeridos para una reparación no estén disponible y se incumpla con ello con algún plazo establecido, el proveedor deberá informar de ello al Instituto, para que este tome las medidas paliativas correspondientes.

Los certificados que acrediten la disponibilidad de repuestos e insumos debe incorporarse a la oferta a presentar, pudiendo salvarse su presentación luego del cierre de recepción de ofertas. El Instituto solicitará la inclusión del documento en la oportunidad correspondiente. Si el oferente tampoco presenta la documentación solicitada en esta segunda instancia, la oferta será desestimada.

El documento para que tenga validez debe ser firmado por el fabricante o dueño de la marca; en caso que el documento sea suscrito por el representante en Chile de la marca, se deberá adicionalmente entregar algún documento que de fe que la representación fue entregada por el fabricante o dueño de la marca al proveedor que se atribuye dicha condición.

ARTÍCULO 3: LÍNEAS DE REQUERIMIENTO DE LA LICITACIÓN.

1.1   ADQUISICIÓN DE MÁQUINA REENVASADORA DE MEDICAMENTOS (DOSIS UNITARIA)

El Instituto requiere adquirir una MAQUINA REENVASADORA DE MEDICAMENTOS también llamada de Dosis Unitaria, a fin de procesar aproximadamente 128.000 unidosis de fármacos al mes, productos que son entregados a los usuarios del Instituto Psiquiatrico “Dr. José Horwitz Barak”.

El detalle técnico y las características del equipo requerido se encuentran contenidas en el Anexo N° 4, las cuales son condiciones necesarias y obligatorias que debe poseer la máquina por lo que deben estar contenida en la propuesta presentada por  los oferentes.

Adicionalmente, al equipo propiamente tal, existe una serie de accesorios y servicios vinculados que son requeridos por el Instituto, a fin de implementar la instalación y funcionamiento óptimo del equipo principal y cuyos costos deben ser incluidos en las ofertas de los proponentes, no pudiendo pagarse montos adicionales por elementos no contemplados por el oferente, siendo responsabilidad de este los errores en los cálculos en que pueda incurrir, considerando que el Instituto exigirá todos los elementos requeridos en las presentes bases.

El plazo de entrega comenzará a partir del día siguiente que se suba a la plataforma de Mercado Público la Resolución Exenta que adjudica la licitación.

Para estos efectos se deben considerar los siguientes elementos al momento de presentar las ofertas: 

1.1.1  CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO

Estar a lo indicado en el anexo N° 4, “Especificaciones Técnicas”.

1.1.2  CONDICIONES AMBIENTALES DE OPERACIÓN

En caso de que el Equipo requiera de condiciones ambientales diferentes a las disponibles en el Instituto Psiquiatrico “Dr. José Horwitz Barak”, el oferente deberá proporcionar y garantizar las condiciones ambientales óptimas para el normal funcionamiento de los equipos, en cuyo caso el costo asociado a ello será de exclusiva responsabilidad del oferente adjudicado.

1.1.3  ENERGIA

Los equipos deben ser compatibles con la fuente de alimentación energéticas que se dispone en El Instituto Psiquiatrico “Dr. José Horwitz Barak”, las cuales corresponden a las convencionales, si por alguna razón el equipo consume una mayor cantidad de energía y producto de ello se deban realizar trabajos de ajustes a la configuración eléctrica para su óptimo funcionamiento, el costo será de exclusiva responsabilidad del oferente adjudicado, así como cualquier accesorio que deba ser modificado en el equipo.

1.1.4  CATÁLOGOS, MANUALES, FOLLETOS Y/O FICHA TÉCNICA

De acuerdo a la tecnología de cada producto licitado, el proveedor deberá entregar a los menos 2 (dos) manuales del equipo impresos en español y 2 (dos) manuales en versión digital, uno en español y un inglés (Original fabricante).

En caso que los manuales se encuentran en otro idioma con respecto al solicitado, el proveedor deberá proporcionar dichos manuales traducidos al español. Estos manuales serán requisito para la recepción conforme definitiva del producto (RCD)

Los manuales técnicos del equipo deben incluir como mínimo:

  1. Teoría de operación.
  2. Descripción de diagramas en bloque (eléctrico, electrónico, mecánico y/o neumático).
  3. Descripción del funcionamiento de cada bloque.
  4. Ubicación física de las partes.
  5. Listado completo de partes y su descripción.
  6. Plan de mantención preventiva incluyendo calibración, ajuste, rutinas de inspección entre otros.
  7. Verificación de funcionamiento.
  8. Llaves electrónicas, contraseña y cualquier otro tipo de clave que se use en la configuración y/o para la mantención del producto licitado. Para ambos casos, indicar el procedimiento de operación respectivo.
  9. En caso de contar con un centro de llamadas de soporte técnico, indicar información de contacto (fono/web).
  10. Todo lo anterior debe estar incluido en la oferta técnica de cada oferente.

1.1.5  GARANTÍA DE LA MÁQUINA.

Una vez instalada y puesta en funcionamiento la máquina adquirida, esta entrara en periodo de garantía por el lampo de 12 meses contados desde el momento en que se realiza la recepción conforme del equipo.

Dentro del periodo de garantía, la empresa deberá responder ante cualquier tipo de desperfecto, falla o problema que se genere por el uso del equipo. Así como será parte de la garantía calibraciones o ajustes que se deban ejecutar para el correcto funcionamiento del equipo.

En razón de lo expuesto la empresa deberá entregar soporte telemático al Instituto para todo este periodo, así como concurrir cuando se produzca alguna situación que no pueda ser solucionada por la vía antes indicada y/o no permita el correcto funcionamiento de la máquina, dificultando el proceso de fabricación de unidosis por parte del Instituto.

1.1.6  CAPACITACION

El proveedor debe detallar, en la oferta técnica, el programa de capacitación ofertado y las especificaciones de capacitación de nivel usuario y técnico de mantenimiento según lo indicado en bases técnicas.

El adjudicatario deberá cumplir con el programa de capacitación ofertada, el cual se impartirá al personal definido por el Jefe de Farmacia Hospitalizados y/o de Mantención de Equipos Médicos quienes operarán el producto adjudicado, según procedimientos y plazos acordados entre las partes en la operación del producto.

Las capacitaciones serán sin costo para el Instituto, he incluirán todos los costos asociados a la ejecución de dichas actividades, principalmente en lo que respecta a personal idóneo o entrega de material (apuntes) necesario.

Las capacitaciones se realizaran en dependencias del Instituto, previa coordinación con el Administrador de Contrato, debiendo respetar reglas de aforos o protocolos COVID-19.

Considerando la cantidad de personas de la Unidad de Farmacia Hospitalizados y que para realizar esta actividad no se puede paralizar la producción de la unidad, la primera capacitación deberá contar con más de un grupo de trabajo, elemento que se determinará en la oportunidad que corresponda.

Al iniciar el contrato se debe entregar una capacitación a todo el personal designado por el Administrador de Contrato, además de una capacitación especializada al Profesional o Técnico encargado de Equipos Médicos, siendo esta última una capacitación de carácter técnico.

Durante la vigencia del contrato el Instituto podrá solicitar alguna otra capacitación, la que se deberá coordinar con la contra parte técnica de la empresa, la que tendrá por finalidad principalmente capacitar a nuevo personal o actualizar el conocimiento de los funcionarios existentes. En esta última instancia la cantidad mínima de participantes para solicitar una nueva capacitación será de 5 personas, la que no tendrá ningún costo asociado para el Instituto. 

1.1.6.1Capacitación Nivel Usuario.

El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:

a)  Debe contener todos los elementos necesarios para el proceso de capacitación y estos se encontrarán organizados de manera lógica.

b)  Debe asegurar el cumplimiento de los objetivos, conteniendo las actividades suficientes y necesarias.

c)   Debe facilitar que las y los participantes apliquen en su práctica cotidiana los contenidos aprendidos.

d)  Los plazos establecidos en el plan de trabajo y los recursos asociados deben permitir efectivamente el desarrollo de las actividades propuestas.

e)  Debe permitir objetivar, tanto al Instituto como al proponente, los aprendizajes logrados en el curso por parte de las y los participantes.

f)   Las horas profesionales destinadas a la capacitación, por parte del equipo capacitador, deben otorgar garantía respecto del cumplimiento de los objetivos y resultados esperados.

El adjudicado deberá hacer entregar al término de la actividad un certificado que individualice a los participantes, indique la persona que realizó la capacitación, cantidad de horas pedagógicas que se realizaron, así como el día de realización.

1.1.6.2Capacitación Nivel Técnico.

El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:

a)  Descripción del Programa de Mantenimiento, que permita un control y seguimiento.

b)  Descripción de la estructura y componentes del producto, identificación del listado de piezas y accesorios.

c)   Labores de mantención básicas que puedan ser asumidas por el establecimiento asistencial (limpieza, cuidados mínimos).

d)  Casuística de los potenciales problemas que podría tener la máquina y la forma de resolverlos.

e)  Todas las especificaciones técnicas detalladas anteriormente deberán estar estipuladas y adjuntadas en la oferta técnica.

El nivel técnico debe poseer las mismas características pedagógicas de la capacitación solicitada al nivel usuario, no obstante, esta debe ser orientada en su contenido al perfil requerido.

Esta capacitación puede ser entregada en dependencias de la Institución o fuera de ésta, lo que deberá indicarse en la oferta presentada, debiendo entregarse un Certificado Individual al participante, en que se indique la persona o entidad que realiza la capacitación, cantidad de horas pedagógicas que se realizaron, día de realización, debiendo indicar si este está aprobado o no (deseable 20 horas pedagógicas).

1.2   CONTRATO DE MANTENCIÓN.

La Institución requiere contratar un contrato de Mantención, con una vigencia de 24 meses, contados desde que se termine el periodo de garantía del equipo (12 meses), considerándose aquel día como la fecha de inicio de los 24 meses.  

El contrato poseerá dos dimensiones, una de carácter preventivo y otra correctiva, mantenciones que se deberán realizar durante la vigencia del contrato a fin de asegurar el correcto funcionamiento del equipo, lo que se deberán realizar con la siguiente periodicidad.

Tipo de Mantención

Periodicidad

Preventiva

De 2 a 4 mantenciones al año, de acuerdo con la recomendación del fabricante. Siendo 2 el mínimo requerido.

Correctivas

Cada vez que se requiera por la Institución.

Para efecto de configurar el alcance del contrato de Mantención el proponente deberá agregar como parte de su oferta técnica, un documento que establezca en detalle el plan de mantenimiento que ofrece al Instituto, precisando cada uno de los detalles involucrados en el, indicando aquellas piezas que deban ser cambiadas y su periodicidad, además de señalar los tiempos de respuesta ante contingencias.

Durante los primeros 12 meses de contrato la empresa garantizará a su costo cualquier cambio de pieza o repuesto a todo evento. Este plazo se contará desde que se certifique que la máquina se encuentre totalmente operativa en dependencias del instituto. Gastos que se imputaran al periodo de garantía del equipo.

1.2.1  Mantención preventiva: Implica la realizar periódicamente de actividades tales como Inspección del equipo, efectuar ajustes y calibraciones, limpieza, cambio de piezas que se desgasten por el uso natural del equipo, etc. Este tipo de mantenciones debe ser efectuada siempre en horario hábil (lunes a jueves 8:00 a 17:00 y viernes 8:00 a 16:00).

Todo cambio de piezas o repuestos que se produzcan en el marco de una mantención preventiva y que sean atribuidas al uso natural y propio del equipo serán de costo de la empresa contratista.

1.2.2  Mantención correctiva: El oferente debe disponer de asistencia técnica en horario hábil para las mantenciones correctivas, generadas por falla, desperfecto o mal funcionamiento del equipo, debiendo coordinarse dicha gestión con el administrador de contrato.

En caso de generarse algún problema de funcionamiento que no permitiese continuar con el proceso de producción o que implique que la máquina no funcione correctamente, el Instituto procederá a comunicarse con la empresa contratista, en una primera instancia vía telefónica con el servicio técnico a fin de buscar una pronta solución.

De no obtener resultados positivos, se agendará una hora para que asista un técnico de la empresa que deberá revisar el equipo y dar solución a la problemática, debiendo entregar al término de ésta, algún documento que indique que el equipo queda en condiciones óptimas para seguir funcionando, el que a su vez, en el acto debe ser visado por el operador del equipo, o el referente técnico de la institución, quien certificara la operatividad del mismo.

El servicio de reparación en caso de ser necesario será de cargo del contratista, siendo parte del contrato de mantención.

1.2.3  Equipo en Back UP: Si el técnico no puede reparar el equipo en un plazo máximo de 48 horas, la empresa deberá colocar a disposición del Instituto un equipo en BACK UP, con iguales características o superiores al equipo original, el cual deberá ser trasladado, instalado y dejado en operaciones en el plazo máximo de 24 horas posteriores al término del plazo primitivo para reparar el equipo; los insumos del equipo en Back UP deben ser compatibles con los adquiridos por el Instituto a través del Contrato de Suministro; el servicio de Back UP, no generará costos adicionales para la Institución, siendo parte del servicio contratado.

1.2.4  Repuestos extras: Posterior a los primeros 12 meses de adquirida la máquina, los repuestos o piezas que se requieran para alguna mantención son de costo del Instituto, los que deberán ser suministrados por la empresa adjudicada. La aprobación de la compra de dichos elementos deberá ser entregada por el Administrador de Contrato previa visación del técnico o profesional encargado de equipos médicos del Instituto.

Para proceder con esta figura el contratista deberá realizar una cotización la que debe estar adecuada a las condiciones de mercado existentes a la fecha, en caso de no ser así, la cotización podrá ser rechazada por el Instituto, debiendo el proveedor recalcular el costo o justificar con hecho fehacientes que el precio es el adecuado, a fin de que pueda ser visada por el Administrador de Contrato.

El costo de estos repuestos será imputada como modificación de contrato debiendo respetarse las reglas establecidas para ésta figura, debiendo emitirse una orden de compra especial para su adquisición asociada a la licitación.

El contratista no podrá cobrar ningún tipo de adicional por la instalación de la pieza adquirida adicionalmente, siendo parte del contrato de mantención.

1.2.5  Informe Técnico de realización de Mantención: Cada vez el contratista concurra a la Institución para realizar alguna Mantención Preventiva o Correctiva deberá elaborar un Informe Técnico, el que certifique el estado operacional en que queda el equipo, luego de efectuada la mantención preventiva, correctiva y/o reparaciones pertinentes en cumplimiento con las normas de seguridad, calidad y otras que regulen el funcionamiento del equipo; así como indicar todas las acciones realizadas y piezas o repuestos cambiados para los efectos.

El Informe en comento será entregado electrónicamente por e-mail al administrador de contrato en el plazo máximo de 5 días hábiles, el que deberá ser firmado a lo menos por el técnico que concurrió a la visita en la Institución, quien actuará en representación de la empresa.

Todo lo anteriormente expuesto deberá estar reflejado en la oferta técnica que emitirá cada oferente.

1.3   CONTRATO DE SUMINISTRO

Para la dispensación de medicamentos a través de la técnica de reenvasado el Instituto utiliza tres colores diferentes en papel celofán, siendo estos rojo, ámbar y verde por lo que la propuesta debe coincidir con los colores. Además en la parte trasera del sachet de unidosis se incorpora aluminio a fin de proteger el producto.

El material que se utilice debe asegurar la protección a la luz y humedad de los medicamentos, pero que a la vez permita visualizar el contenido de los sobres de unidosis.

El material que se utilice para el proceso debe cumplir con los estándares de calidad de la FARMACOPEA de los Estados Unidos, conocida como USP, herramienta fundamental para garantizar la calidad de los medicamentos.

El material que se ofrezca debe ser totalmente compatible con la máquina de dosis unitaria que se está adquiriendo, razón por la cual la estimación de la cantidad exacta de material a utilizar para el envasado dependerá de las características del equipo en particular que se ofrezca.

El tamaño estándar de los sachet de dosis unitaria fabricados corresponde a 5 cm x 5 cm.

Considerando, que el tipo de material y las cantidades a utilizar pueden variar de un equipo a otro, el Instituto entrega para efectos del cálculo de la producción de unidosis, la cantidad de unidades fabricadas en un mes normal de funcionamiento del equipo, de acuerdo con la información estadística que maneja el Hospital. Debiendo los proveedores al momento de generar su oferta precisar las cantidades de material a utilizar para cubrir  con la demanda, lo que deberá ser parte de la oferta presentada.

Consumo mensual estimado de producción.

Color de la Unidosis

Cantidad producida (sachet)

ROJO

36.000.-

AMBAR

70.000.-

VERDE

22.000.-

TOTAL

128.000

Es importante destacar que se debe considerar para efectos de la producción la cantidad de papel aluminio requerido para completar la fabricación del sachet, material que va en la parte trasera de éste, cantidad que se equipara a la cantidad total de producción de 128.000 unidades mensuales.

Para efectos del cálculo total del contrato de suministro se debe considerara la estimación mensual que realice el oferente multiplicada por 24 meses.

A su vez se debe incluir en el costo del insumo a lo menos 1% de material por concepto de fallas o errores en la producción.

Se debe indicar en la oferta la dimensión de los rollos en que viene empacado el material, esto es largo y ancho, características que varían dependiendo de la marca de los productos ofrecidos, vencimiento de los productos, además de las condiciones de almacenamiento de estos 

1.3.1  Despacho de productos

Los productos deberán ser entregados por la empresa adjudicada en el plazo máximo de 2 días hábiles siguientes al requerimiento, el que será realizado por el Administrador de Contrato u otra persona destinada para estos efectos por dicha persona.

El requerimiento se realizará al correo electrónico de la contraparte técnica de la empresa; en caso de que el adjudicado establezca otro correo electrónico distinto para los efectos, deberá informar esta situación con anticipación de a lo menos 10 días hábiles al administrador de contrato.

La entrega y recepción efectiva de estos los insumos y materiales, se llevara a cabo en dependencias de Bodega de Medicamentos e Insumos Clínicos, ubicada en La Paz N°841, comuna de Recoleta, Santiago, en los siguientes horarios:

  • Lunes a jueves de 8:30 a 13:00 horas y de 14:00 a 15:30 horas.
  • Viernes de 8:30 a 13:00 horas y de 14:00 a 15:00 horas.

Los productos despachados deben venir en óptimas condiciones, por lo que cualquier productos que venga en malas condiciones, podrá ser devuelto por los funcionarios de Bodega.

En términos generales se realizará un despacho al mes, no obstante, por razones de buen servicio y necesidad de la Institución se podría requerir más de un servicio en el mes o bajo otra lógica de dispensación, información que será entregada por el Administrador de contrata a través de correo electrónico.   

ARTÍCULO 4: DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO

Dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario se citan las siguientes:

a)    Asistir al instituto en las situaciones estipuladas en la presente licitación.

b)    Cumplir con las normas y procedimientos internos establecidos por la institución (registros, protocolos, procedimientos  y protocolos IAAS[1] emitidos por MINSAL, entre otros).

c)    Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura del instituto. En caso de daño, perdida, mal uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral a los recursos del adjudicatario y/o a sus pagos.

d)    Mantener un ambiente de respeto profesional y personal entre funcionarios de la empresa y del Instituto, así como con pacientes o familiares de estos.

e)    Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Instituto, a través del Administrador del contrato o quien lo subrogue.

f)     Queda prohibido tomar fotografías en las dependencias del IPS, a excepción que se trate de fotografías relacionadas con los trabajos que se están ejecutando.

g)    Credencial identificadora del personal.

h)    Toda persona que concurra a la Institución debe cumplir con los Protocolos de seguridad Covid-19, así como utilizar los elementos de seguridad (COVID), entre los que se consideran: Mascarillas N95 o similar, Protector Facial, Guantes procedimiento, Alcohol Gel y Delantal desechable, los que deberán ser suministrados por la empresa contratista.



[1] IASS: Infecciones asociadas a la Atención en Salud.

BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN

INSUMOS DE LABORATORIO CLÍNICO

ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA PROPUESTA

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, establecimiento de autogestión en red, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, en adelante también “el Instituto”, realiza el llamado a Licitación Pública, proceso concursal orientado a la adquisición de Insumos de Laboratorio Clínico para pacientes de la institución de acuerdo con solicitud del Jefe de Farmacia Hospitalizados, según el siguiente detalle:

1.1. PRODUCTOS REQUERIDOS:

LÍNEAS DE REQUERIMIENTO

TIEMPO

DETALLE

26 LÍNEAS DE ADQUISICIÓN DE FÁRMACOS

Adquisición con entregas según programación (página 21)

El detalle está contenido en las Bases Técnicas del presente documento, para lo cual deben remitirse a ellas (páginas 19-20)

La presente licitación es por línea, considerándose cada insumo como una de ellas.

Esta licitación, a su vez, es de adjudicación múltiple. Esto significa que permite adjudicar más de una oferta por cada línea de producto requerido, con la condición de que la cantidad total solicitada coincida con la cantidad total adjudicada. Además, un proveedor se podrá adjudicar más de una línea.  El proveedor debe estar dispuesto a despachar pequeñas cantidades mensuales, si es que fuera necesario, de acuerdo con las necesidades del Instituto.

ARTÍCULO 2: DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes Bases de Licitación establecen las disposiciones que regirán esta Licitación Pública, los requisitos, condiciones y especificaciones que establece el Instituto, describe los productos a adquirir y regula el proceso de licitación y el contrato definitivo.

El llamado a presentar ofertas se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la plataforma Mercado Público. En adelante, el “Sistema de Información”.

Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

  I. Las presentes Bases de Licitación (Administrativa y Técnica).

 II. Anexos:

III.

- Anexo 1-A: Ficha identificación del oferente, persona natural.

- Anexo 1-B: Ficha identificación del oferente, persona jurídica.

- Anexo 2-A: Ficha declaración jurada simple, persona natural.

- Anexo 2-B: Declaración jurada simple, persona jurídica.

- Anexo 3: Oferta económica.

- Anexo 4: Garantía de reposición de productos defectuosos, caducados y/o vencidos.

- Anexo 5: Antecedentes técnicos.

En cumplimiento de lo establecido en el Dictamen N° 045041 del año 2017, emitido por la Contraloría General de la República, en correlación al principio de “no formalización”, establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.880, cada uno de los anexos indicados en este artículo tendrá solo un carácter referencial, respecto de la forma del documento, no pudiendo excluir oferta alguna bajo este razonamiento, por lo que formatos diferentes serán de igual forma considerados. No obstante, el documento debe contener los elementos de fondo indicados por los anexos establecidos en el presente documento, que permita evaluar la oferta del proveedor; los que a su vez deben estar debidamente suscritos por quien corresponda, en cumplimento de lo establecido en el inciso séptimo del artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, el que indica que no podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente”.

2.1 MODIFICACIÓN Y/ ACLARACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Hasta el vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas, el Instituto podrá efectuar las aclaraciones y/o modificaciones de las Bases de Licitación, si lo considera pertinente, ya sea de oficio o como resultado de alguna consulta realizada por algún proveedor en el Sistema de Información.

Cada caso se analizará particularmente. De considerarse necesario se establecerá un nuevo plazo prudencial para que dicha aclaración y/ o modificación pueda ser conocida e incorporada a las ofertas de los postulantes. Cuando se trate de una modificación a las bases será aprobada mediante resolución exenta. En caso de ser solamente una aclaración, bastará con un documento simple que será subido al Sistema de Información asociado al ID del proceso.

ARTÍCULO 3: NORMATIVA APLICABLE

La presente Licitación se regirá por la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones. También por la normativa vigente que aplique al caso en particular que se está licitando. Y asimismo por cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases de Licitación, ofertas técnicas y económicas, anexos, consultas y respuestas planteadas por los oferentes, como aquellas aclaraciones y/o complementos solicitados a ellos. Cada uno de los elementos indicados se entenderá incorporado a la respectiva contratación en el caso de proceder, la que se celebrará entre el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” y quien resulte adjudicado.

ARTÍCULO 4: TIPO DE LICITACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS

El valor máximo para esta adquisición será el correspondiente a una Licitación Pública Tipo LE, la cual va en el rango estimado para la licitación desde las 100 a las 999,9 UTM, inclusive. Los precios de las ofertas serán fijados por los oferentes y deberán expresarse en valores netos en el portal y sin intereses ni reajustes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en el ARTÍCULO 23 de las presentes bases.

ARTÍCULO 5: PLAZOS DE LA LICITACIÓN

Todos los plazos establecidos en las presentes bases y en los instrumentos que le complementan serán entendidos como días hábiles (inhábiles: sábados, domingos y festivos), salvo que expresamente se indique que serán días corridos. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo corrido se produzca un sábado, domingo o festivo, se entenderá que dicho plazo vence al día siguiente hábil.

En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en un día inhábil, ni tampoco en lunes o en el día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas, como establece el artículo 25 del Decreto Supremo N°250/2004 del Ministerio de Hacienda. A su vez, al considerarse los bienes de simple y objetiva especificación, el tiempo de oferta se verá reducido hasta el sexto día corrido desde su publicación en el Sistema de Información.

ARTÍCULO 6: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN

ETAPA

DETALLE

1. Publicación de las Bases de Licitación

Las Bases de Licitación que rigen esta contratación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información. Se considerará, para estos efectos, el día siguiente al de la publicación como el 1° (primer) día corrido del proceso licitatorio.

2. Consulta a las bases

Las consultas o aclaraciones a las bases deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, hasta las 16:00 horas del 3º (tercer) día corrido del proceso licitatorio.

3. Respuesta a las consultas

Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones a las bases, se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a contar de las 16:01 horas del 4° (cuarto) día corrido del proceso.

4. Presentación de las muestras   

Estas se recepcionarán, hasta el 6º (Asexto) día corrido, desde la publicación del llamado a licitación hasta las 12:00 horas. En la Unidad de Abastecimiento de ésta Institución.

En caso de que el plazo venciera en un día inhábil, el plazo se extiende hasta el día hábil próximo en el mismo horario y lugar de recepción.

5. Presentación de ofertas

Se recibirán ofertas hasta las 15:01 horas del 6° (sexto) día corrido del proceso.

Si el plazo vence en un día inhábil, lunes o el día siguiente a un día inhábil, se entenderá que vence a las 15:01 horas.

6. Apertura de las ofertas

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará a las 15:02 horas del 6° (sexto) día corrido de la Licitación.

La Unidad de Abastecimiento tendrá un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles para descargar las ofertas y ponerlas a disposición de la Comisión Evaluadora.

7. Evaluación de ofertas

Se podrá realizar el Informe de Evaluación de ofertas hasta el 5° (quinto) día hábil, inclusive, siguiente al de la entrega de las ofertas por parte de la Unidad de Abastecimiento.

8. Adjudicación del proceso

La adjudicación de la propuesta se hará por Resolución del director del Instituto, dentro de 5° (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la entrega del Informe de Evaluación de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.

Se podrá modificar la fecha de adjudicación, en un plazo no superior a 30 días corridos, contado desde el término del plazo establecido previamente en este calendario. Para estos efectos, se deberá realizar el respectivo cambio en la plataforma Mercado Público, debiendo plasmar, posteriormente, las razones de dicha modificación en la resolución de adjudicación.

9. Formalización de la contratación

La formalización de la contratación se realizará mediante la aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes desde generada la Orden de Compra en Mercado Público.

ARTÍCULO 7: NOTIFICACIONES

Las notificaciones que se efectúen con ocasión del presente proceso concursal se entenderán realizadas una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del documento, acto o resolución objeto de la notificación en el Sistema de Información, a menos que por hechos ciertos y verificables el proveedor oferente o adjudicado demuestre conocer de la situación que se notifica.

En el periodo de ejecución del contrato, además de la notificación a través del portal, se deberá comunicar al adjudicado a través del correo electrónico señalado en la individualización del oferente u otro que hubiese informado. En caso de cambio de correo electrónico se debe informar al Administrador de Contrato, a fin de que tome conocimiento y actualice su base de datos, so pena de entenderse notificado por el solo envió de la información a la dirección previamente establecida.

ARTÍCULO 8: PARTICIPANTES 

Podrán participar en la presente propuesta personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y asociaciones de personas (Unión Temporal de Proveedores) hábiles para contratar con la Administración del estado y sus entidades, de acuerdo con la legislación vigente.

En caso de una Unión temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por un único apoderado, al que será denominado para estos efectos como “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de ésta y será responsable directo de la propuesta durante el periodo de presentación de ofertas.

Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación:

  1. Aquellos oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la Ley N°19.886 -modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la Ley N°20.720-
  2. Los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
  3. Funcionarios directivos, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.
  4. Personas jurídicas que hayan sido condenadas a la prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 20.393, que establece la personalidad penal de las personas jurídicas, en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que se indican en dicha norma. 
  5. Personas naturales o jurídicas que hayan cometido “hechos, actos o convenciones que impidan, restringen o entorpecen la libre competencia” y que hayan sido condenados por el Tribunal de la Libre Competencia por Sentencia Ejecutoriada a la “Prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresa o servicios del Estado”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N°211, de 1973, esto es dentro del plazo de 5 años anteriores a la formulación de la propuesta.

Con la finalidad acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades antes señaladas, los proponentes deberán suscribir y acompañar a sus ofertas las declaraciones juradas simples que se adjuntan al presente documento.

8.1 PARTICIPANTES UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

Los oferentes podrán asociarse entre sí para participar en el proceso de compra, formando un consorcio de hecho, con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas. Todos los integrantes que conformen la UTP deben encontrarse habilitados para contratar con la Administración del Estado en los términos indicados en el artículo 4º de la Ley 19.886.

Atendido al monto estimado de la presente contratación, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá materializarse por escritura pública, sin necesidad de constituir una sociedad, la cual se deberá acompañar en forma previa a la suscripción del contrato, con los siguientes requerimientos:

-          Individualización de cada una de las personas que la componen, indicando expresamente que actúan de la forma señalada.

-          Nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes para actuar a nombre de la unión temporal y todos sus integrantes ante el Instituto (se sugiere que la escritura indique las tareas básicas que tendrá el apoderado, ej. presentar las ofertas, subsanar solicitudes de aclaración, actuar como supervisor de contrato, facturar, entregar informes, renovar o modificar garantías, etc.)

-          Declaración de responsabilidad solidaria e indivisible de todos sus miembros respecto de todas las obligaciones que se generen con el Instituto. A consecuencia de esto, el Instituto podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por el Instituto a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha, sin perjuicio de la representación que los miembros del consorcio establezcan pare los efectos del proceso de licitación.

-          Determinación de su vigencia, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que se adjudique, incluida su eventual renovación. Por lo tanto, si en razón de una renovación o prórroga, la vigencia del contrato superare a la de la UTP, esta última deberá ser modificada, prorrogándose su vigencia hasta alcanzar el plazo total de vigencia del contrato correspondiente (cabe advertir que la renovación o prórroga de la UTP debe materializarse con anterioridad a la fecha de término del plazo original de su vigencia).

ARTÍCULO 9: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD PARA EL PROCESO

9.1 ENTREGA DE MUESTRAS.  

En las bases técnicas, se señala en negrita productos que requieren la entrega de muestras previas (detalle por línea), las que se recepcionarán en la Unidad de Abastecimiento, hasta el 10º (décimo) día corrido, desde la publicación del llamado a licitación hasta las 16:00 horas. En caso de que el plazo venciera en un día inhábil, el plazo se extiende hasta el día hábil próximo en el mismo horario y lugar de recepción.

No entregar dichas muestras según corresponda, será causal de exclusión de la oferta, considerándose por tanto un elemento esencial de la propuesta.

9.2 ANEXO N°4: ANEXO ECONÓMICO.

9.3 FICHA TÉCNICA RESUMIDA DEL PRODUCTO A OFERTAR (ANEXO 5). Esta deberá contener los siguientes contenidos:

-Características de fabricación. En este punto debe hacer un breve resumen, señalando claramente el lugar de origen, peso o medidas.

-Calidad certificada. (Imagen o documento que así lo avale)

-Características de envase. (Agregar foto de presentación)

-Rotulación. (Agregar foto de presentación)

-Canje. Informar número telefónico y encargado del área, al interior de la empresa, que se debe contactar en caso de canje.

ARTÍCULO 10: CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS DE LOS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo establecido en el ARTÍCULO 6.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El Instituto realizará aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo señalado en el ARTÍCULO 6 (sin indicación del autor de la o las consultas).

Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, incluso por aquellos que no las solicitaron; por lo cual los proponentes no podrán alegar desconocimiento de éstas.

Se invita a los oferentes a realizar todas las consultas y/o aclaraciones que consideren pertinentes a estas Bases de Licitación y a lo concerniente al proceso. El Instituto busca fomentar y favorecer la participación de todos quienes cumplan los requisitos para contratar con el Estado y deseen ofertar.

ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Ponderado el riesgo involucrado en la presente licitación y conociéndose el comportamiento de los proveedores del rubro, no se requerirá la presentación de Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo con lo permitido por el artículo 31 del Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 12: PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTA.

El proveedor deberá adjuntar a su oferta publicada en el Sistema de Información los siguientes antecedentes, sin los cuales su oferta podría ser declarará inadmisible. No obstante, antes de desestimarla y siempre que se trate de antecedentes formales, podrán solicitarse aclaraciones o antecedentes, de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2 de las presentes bases, en cuanto a los posibles errores u omisiones detectados durante la evaluación de las ofertas.

Se solicita presentar las propuestas en carpetas electrónicas separadas, caratuladas “Oferta administrativa”, “Oferta técnica”, “Ficha técnica del producto” y “Oferta económica”, de acuerdo con el siguiente detalle:

La omisión de cualquiera de los requisitos y documentos detallados en este acápite y que no sean esenciales para el proceso, se podrán solicitar cumpliendo con lo establecido en el ARTÍCULO 16.2, realizando la respectiva rebaja de puntaje en el subcriterio de cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta.

La oferta debe contener y especificar los siguientes documentos, a excepción de que estos se encuentren vigentes en el Registro de Proveedores (deben a lo menos cumplir con lo establecido en las Bases de Licitación), situación que deberá señalarse por el proveedor:

a)        Antecedentes administrativos

a.1) Proponente persona natural debe acompañar:

Acompaña

a.1.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo Nº 1-A.

 

a.1.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo Nº 2-A, debidamente suscrita por el oferente.

 

a.1.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del proponente, por ambos lados.

 

 

a.2) Proponente persona jurídica debe acompañar:

Acompaña

a.2.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo Nº 1-B.

a.2.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo Nº 2-B, debidamente suscrita por el (los) representante(s) legales de la entidad proponente.

a.2.3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (los) representante(s) legal(es) de la entidad proponente, por ambos lados.

a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores

El oferente Unión Temporal de Proveedores debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que corresponde a este tipo de asociación al momento de realizar la oferta electrónica e ingresar la identificación de cada persona que la integra. Se deberá adjuntar el documento público o privado donde consta la formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además en dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la unión.

El documento público que formalizó el acuerdo de UTP se solicitará al momento de suscribir el contrato.

Este es un requisito esencial al momento de ofertar. De no marcar el campo o de omitirse alguno de los integrantes, no se podrá adjudicar a dicho oferente, ni se aceptarán antecedentes de una persona no individualizada.

a.3) Unión Temporal de Proveedores debe acompañar:

Acompaña

a.3.1) Formato completo de identificación del oferente, contenido en Anexo Nº 1-A, por cada integrante de la oferta.

 

a.3.2) Declaración jurada simple, contenida en el Anexo Nº 2-A, suscrita por cada uno de los oferentes.

 

a.3.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados, de cada uno de los oferentes. (En caso de que uno de los oferentes sea persona jurídica, se deberá acompañar cédula de identidad del representante.)

 

b) Oferta ECONóMICA

Para considerar la oferta económica se debe presentar el Anexo Nº 3: Oferta económica.

c) Oferta Técnica

Anexo 4: Garantía de reposición.

Anexo 5: Antecedentes técnicos.

 

La oferta técnica debe contener la siguiente información: Copia de la Resolución del Instituto de Salud Pública (ISP) que otorga la respectiva Certificación de Calidad de los respectivos medicamentos; indicar el periodo de eficacia, especificando el tiempo en meses, vencimiento, factibilidad de canje de medicamentos con vigencia inferior a 1 año, procedencia del producto (laboratorio y fabricante) y unidades por envase, información en relación al uso y conservación, folletos de información profesional.

Observación: En propuesta técnica debe estar el Certificado de Bioequivalencia o de producto innovador. O en su defecto, copia de la Ficha de Medicamentos del Sistema de Consulta en Línea de Productos Registrados del ISP, en donde se indique la equivalencia terapéutica. En el caso de las soluciones inyectables y jarabes, certificado que extiende el ISP de Biodisponibilidad Absoluta.

ARTÍCULO 13: RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS

La recepción de las ofertas se efectuará en la fecha y hora establecida en el Sistema de Información, de acuerdo con lo establecido en el calendario de la licitación de las presentes bases. No obstante, en caso de que exista discordancia, se estará a lo señalado en el portal de mercado público.

El Instituto podrá rechazar las propuestas que no contengan todos los antecedentes y requerimientos técnicos solicitados, o aquellas que contengan condiciones que alteren la claridad de la propuesta o generen confusiones insalvables, a menos que se hayan podido salvar dichos errores u omisiones tal como lo prescribe el ARTÍCULO 16.2 de estas bases, situación que será evaluada por los miembros de la Comisión Evaluadora.

En caso de que a la propuesta le falten antecedentes de admisibilidad, el Instituto podrá rechazar la oferta inmediatamente, en caso de detectarse en el acto de apertura.

ARTÍCULO 14: VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se pudiera efectuar la adjudicación, el Instituto podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de dichas propuestas. Si alguno de los participantes no accediera a lo requerido, su oferta no será considerada en la licitación.

En el caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el inciso anterior, el Instituto comunicará a los oferentes, a través del Sistema de Información, las razones que fundamentan la ampliación de dicho plazo, previo acto administrativo totalmente tramitado, hasta por un nuevo término de 30 (treinta) días corridos para realizar la adjudicación a la oferta más ventajosa.

ARTÍCULO 15: COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS

El Instituto, designa a la Comisión de Evaluación de la presente licitación, de conformidad al artículo 37 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por tres funcionarios del Instituto, domiciliados, para éstos efectos en avenida La Paz #841, en la comuna de Recoleta, de la ciudad de Santiago y cuyo teléfono es el de la Mesa Central, siendo el (56 2) 22575 88 50.

Los miembros titulares de la Comisión son los siguientes:

TITULARES

CARGO

CORREO

Q.F. María de Los Ángeles Herrera Pizarro

Jefa Laboratorio Clínico

María.herrerap@redsalud.gov.cl

Ximena Villena Méndez

Tecnólogo Medico Sección Hematología

ximena.villena@redsalud.gov.cl

Claudia Covarrubias   Navarrete     

Tecnólogo Medico Sección Química Clínica

claudia.covarrubias@redsalud.gov.cl

Es importante señalar que de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.1.8 de la Directiva N° 14 de la Dirección de Compras, relativa a la Conformación y funcionamiento de la Comisión Evaluadora, “deberá existir una clara distinción en la asignación de roles y responsabilidades durante el curso del proceso de compra”, por lo que los miembros de la comisión no deberán participar en otras etapas del proceso de adquisición. No obstante, y de acuerdo a lo indicado en el Dictamen N°0305 del año 2016, emitido por la Contraloría General de la República, las directivas emanadas de la entidad antes indicada, no tienen carácter imperativo o interpretativo, “por lo que establece la delimitación de funciones como una recomendación al disponer que “las entidades procurarán promover medidas tendientes”, por lo que corresponde a cada jefe de servicio, considerando su propia realidad institucional, velar por el cumplimiento de la normativa antes citada”, razón por la cual no se genera ningún impedimento para que las personas indicadas como miembros de Comisión de Evaluación no puedan participar, ya que son los profesionales con que cuenta la Institución de acuerdo a su realidad, para gestionar procesos de éste tipo.

Los oferentes no pueden contactar a los miembros de la Comisión (Sujeto de Lobby) durante el periodo de análisis de las ofertas, que comprende el lapso que media entre el cierre de recepción de ofertas y la publicación de la resolución de adjudicación. Cualquier comunicación debe hacerse en los tiempos y las formas establecidas y a través del Sistema de Información.

En el caso de que un oferente mantenga un contrato vigente con el Instituto, anterior al presente proceso de licitación, y sea necesario conversar temas relacionados con este, siendo el Administrador de Contrato parte de la comisión, se podrá excepcionalmente comunicar con este último para tocar temas atingentes al contrato en ejecución.

En caso de que alguno de los oferentes trasgreda lo indicado en el párrafo anterior, su oferta será desestimada, sin poder continuar en el proceso de análisis.

De verse alguno de los funcionarios señalados imposibilitado de realizar las funciones de integrante de esta comisión y contando con una causa fundada para ello, deberá ser sustituido por alguno de los funcionarios establecidos en la lista de remplazo indicada en las presentes bases, quien tomaría el cargo ipso facto; siendo los siguientes:

SUBROGANTES

CARGO

Q.F. María de Los Ángeles Herrera Pizarro

Jefa Laboratorio Clínico

Q.F. Marco González Almerco

Jefe de Farmacia Hospitalizados

Q.F. Patricio Gálvez Ibacache

Jefe C.R. S. Apoyo Diagnóstico y Terapéutico

Del impedimento de formar parte de la Comisión se deberá informar por correo electrónico a la Unidad de Abastecimiento (a los profesionales de dicha unidad), en el plazo de 5 días hábiles desde notificada la presente resolución (papel o correo electrónico) o desde que se conoce el impedimento.  Con la información de procederá a informar al remplazante. Esta situación debe quedar plasmada en el informe de la Comisión y en la resolución que aprueba la adjudicación del proceso.

Corresponderá a la Comisión:

1. Verificar la admisibilidad de las propuestas, de conformidad a lo previsto en estas bases.

2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.

3. Elaborar el Informe de Evaluación de las ofertas.

4. Informar si existe un cambio en los integrantes de la comisión y de las razones de este cambio.

5. En caso de retraso en la entrega del informe, se debe señalar el motivo.

6. Las demás funciones que impone la normativa a las comisiones evaluadoras.

ARTÍCULO 16: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

16.1 ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS

Corresponderá a la Comisión Evaluadora verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes bases.

La comisión deberá observar y evaluar que se cumplan los diversos requerimientos solicitados, en la forma y plazos establecidos en las presentes bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

  1. El proponente no cumple con alguna de las exigencias o requisitos establecidos en las presentes bases.
  2. La propuesta no es entregada conforme a lo exigido en las presentes bases y a la legislación vigente y esta no se haya podido subsanar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2.
  3. La propuesta no cumple con algún requisito exigido como de (admisibilidad) para participar del proceso.
  4. El oferente no contesta o no sube algún antecedente solicitado en el periodo de aclaración de ofertas y es considerado esencial para el análisis del proceso o para la ejecución del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o incorporen documentos faltantes, según el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 16.2 de estas Bases de Licitación.

16.2 SOLICITUD DE ACLARACIONES, CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE EVALUACIÓN

El Instituto se reserva el derecho de solicitar a los proponentes, a partir del acto de apertura de las propuestas y hasta la decisión de adjudicación, aclaraciones sobre dichos antecedentes con el objetivo de mejorar la comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la propuesta pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.

El Instituto permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello se otorgará un plazo que se informará a través del portal.

Todo lo solicitado será informado a través del Sistema de Información. El oferente que deba de salvar errores u omisiones formales tendrá un plazo de 48 horas, contado desde efectuado el requerimiento.

16.3. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se establecen los siguientes Criterios de Evaluación y selección de propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

  1. Plazos de entrega, según calendario de despachos programados, desde realizado el requerimiento por el Administrador de Contrato.

 

Del 1º al 3º día inclusive (hábil).

15%

15%

 

Del 4º al 5º día inclusive (hábil).

7%

 

Posterior al 5º día hábil del mes o no informa.

0%

 

Se verificará este criterio de acuerdo con la información entregada en el Anexo N°5.

 

  1.    Nº de Reclamos enviados por compradores, según registro de Chile Proveedores. En el último año, contado desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, según registro de la plataforma Mercado Público.

 

No presenta reclamos.

15%

15%

 

Presenta entre 1 y 3 reclamos.

7%

 

Presenta más de 4 reclamos.

0%

 

(**) Se revisará la plataforma Mercado Público, en cuanto a los reclamos que presentaran por otros organismos públicos, en Chile proveedores.

 

  1. Garantía de reposición de Productos Defectuosos, Caducados, o Vencidos (según Anexo Nº4)

 

Reposición de 1 a 3 días inclusive (corrido), desde informado el problema.

5%

5%

 

Reposición de 4 a 5 días inclusive (corrido), desde informado el problema.

2,5%

 

Reposición superior a 5 días (corrido), desde informado el problema. / No informa.

0%

 

Factor administrativo

  1. Correcta presentación de los antecedentes.

El oferente sube todos los anexos, adjunta fichas y especificaciones técnicas requeridas en el tiempo y forma.

5%

5%

Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas y aclaradas a través del Foro Inverso de www.mercadopublico.cl /Oferta no es presentado con el orden requerido en bases de licitación (carpetas electrónicas, artículo 12, inciso 2°)

2,5%

Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas. No siendo aclaradas a través del Foro Inverso de Mercado Público. El oferente que no subsana la deficiencia o se niega a hacerlo (se entiende que el proveedor se niega si no presenta respuesta alguna).  

0%

Factor económico

Valoración económica presentada por el oferente (escala de asignación de puntaje por objetivo), según Anexo N°3

1. Precio.

Se evaluará según formula.

Precio mínimo ofertado / monto oferta evaluada * 60%

= Ponderación total a asignar a ofertas.

60%

La calificación total será equivalente al 100% y estará compuesta por la suma de todos los factores descritos. En caso de empate, se aplicarán las reglas establecidas en ARTÍCULO 18.1 de las presentes Bases.

ARTÍCULO 17. INFORME DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación, en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Individualización del proceso licitatorio, integrantes de la comisión y modificaciones de ésta.
  2. Individualización de los oferentes, indicando a lo menos el nombre, RUT, dirección e identidad del representante legal (nombre y RUT), si lo hay.
  3. Verificación de la admisibilidad de las ofertas: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión, deberá dejarse constancia de ello.
  4. Solicitud de antecedentes a los oferentes, según lo contemplado en el ARTÍCULO 16.2, en el sentido de aclarar las ofertas o de acompañar algún documento formal requerido, dejando constancia de la respuesta obtenida.
  5. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  6. Cuadro de todas las propuestas participantes, estableciendo su puntaje obtenido y la propuesta seleccionada.
  7. Asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  8. Información y causas de retraso en el proceso de evaluación en caso de existir.
  9. Propuesta de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o las que hubiera no cumplan con los requerimientos solicitados; o bien, cuando la comisión evaluadora desestime la(s) oferta(s) por juzgar que aquellas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.

10. Propuesta de adjudicación en caso de haberla, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

11. Toda la información relevante que tenga relación con el proceso de evaluación y las conclusiones de la comisión, sin ser estos numerales taxativos.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Director del Instituto a más tardar en el plazo establecido en el calendario de la licitación contenido en las presentes bases; de no ocurrir esto, la comisión debe informar a la Unidad de Abastecimiento las razones de la tardanza, a fin de que ésta última proceda a  ampliar el plazo en el Sistema de Información, situación que deberá quedar registrada en la resolución de adjudicación.

 

ARTÍCULO 18: ADJUDICACIÓN

El Instituto se reserva el derecho a adjudicar la presente licitación totalmente, desestimar y/o declarar desierta la licitación.

De las propuestas seleccionadas, el Instituto adjudicará la propuesta que obtenga el mayor puntaje y, para el caso en que este oferente se desistiera de celebrar el contrato respectivo, se podrá readjudicar la propuesta a aquella oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente.

Cuando el precio de la oferta presentada por un proponente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte del Instituto que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Instituto podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar dicha oferta, solicitando una garantía de acuerdo con lo establecido en ARTÍCULO 21.2 de estas bases.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Director del Instituto.

Los participantes serán notificados de la adjudicación de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 7 de las presentes bases.

El Instituto rechazará, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes, o en el caso que todos los proponentes participantes no cumplan con una o más disposiciones de estas bases consideras importantes para el proceso, se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El Instituto se reserva el derecho de rechazar las ofertas que, pese a cumplir con lo exigido en las presentes bases, no resulten ser convenientes para sus intereses. En este caso se procederá a desestimar dichas propuestas.

18.1 Empate:

En caso de empate en el total general de la evaluación, se seguirá el siguiente orden de prelación para definir al ganador:

  1. Criterio económico.
  2. Tiempo de entrega de los productos.
  3. Reclamos enviados por compradores.
  4. Garantía de reposición de productos defectuosos, caducados o vencidos.
  5. Correcta presentación de los antecedentes.
  6. El que primero haya presentado la oferta en el portal de Mercado público.

18.2 Inclusiones en la contratación:

El Instituto al momento de adjudicar podrá aumentar o disminuir el monto o ítems de adjudicación, siempre que estas modificaciones no superen el 30% del valor máximo estimado originalmente en las bases, debiendo indicar las razones que fundamentan dicha decisión, debiendo el aumento o disminución tener relación con el bien o servicio a contratar.  El proponente adjudicado deberá respetar los precios comprometidos en la oferta.

18.3. READJUDICACIÓN

El Instituto podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:

  1. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de solicitarse.
  3. El proveedor no cumple con los requisitos para contratar con el Estado establecidos en las presentes bases o sea inhábil para contratar.
  4. Si el adjudicatario se desiste.
  5. Si el adjudicado, a pesar de haber aceptado la contratación, incumple gravemente el contrato, no permitiendo continuar con éste, siempre que se encuentre dentro del plazo establecido para tal efecto.

El Instituto, en esta eventualidad, podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente que sigue en puntaje.

El plazo máximo para readjudicar será de 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación oficial.

ARTÍCULO 19: FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

De acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 4 de las presentes bases, el monto máximo estimado a adjudicar para el proceso corresponde a un máximo de 999,9 UTM.

Los bienes adquiridos se consideran por el Instituto como de simple y objetiva especificación y de acuerdo a la experiencia que tiene el Instituto en la adquisición de este tipo de bienes, las contrataciones que deriven de este proceso concursal se formalizarán solo con la aceptación de la orden de Compra por parte del adjudicado.

Las órdenes se podrán generar al inicio del contrato o por parcialidades dependiendo el requerimiento del Instituto, situación que será definido en la oportunidad correspondiente en virtud de las necesidades de éste.

    

El proponente adjudicado, deberá aceptar la orden de compra dentro del plazo indicado en el calendario de licitación, esto es, dentro de los 3 días siguientes hábiles a la emisión y correspondiente envío de la Orden de Compra a través del portal de mercado público.

Previo a la emisión de la Orden de compra, la empresa que resulte adjudicada deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores: el proveedor adjudicado tendrá 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. En caso de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), cada uno de los integrantes debe inscribirse en el Registro de Proveedores.
  2. En el caso de ser persona jurídica: deberá acompañar una copia de la escritura de constitución y sus modificaciones; el certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a 6 meses. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyen mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante.
  3. Ratificar la declaración jurada de no contar con inhabilidades para contratar con la Administración Pública.
  4. Acreditar el estado del pago de remuneraciones y cotizaciones con sus trabajadores actuales y hasta los dos últimos años (artículo 4, Ley Nº 19.886), a través del respectivo certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, el Formulario F30.

Si transcurrido el plazo señalado el adjudicatario no cumple con estos requisitos, el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” podrá readjudicar, según lo establecido en el ARTÍCULO 18.3 de las presentes bases. El proponente adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra, según corresponda, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación.

En el caso de que los antecedentes y documentos solicitados se encuentren subidos a la plataforma de Chile Proveedores con la vigencia solicitada, el proveedor estará eximido de presentar dichos documentos.

Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el presente artículo, se entenderá sin más trámite que no acepta la adjudicación. En tal evento, el Instituto procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario incumplidor.

A la contratación, quedarán incorporadas las condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, condiciones económicas, consultas y aclaraciones, y por supuesto la oferta realizada por el proveedor y aceptada por esta institución.

Será responsabilidad del adjudicatario contratante, mantener la debida reserva de la información y de los procedimientos de carácter confidencial que en su desempeño pueda llegar a conocer y que corresponden al Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

ARTÍCULO 20: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN

La contratación se regirá por lo señalado en las presentes Bases de Licitación, con lo establecido en la ficha electrónica de Mercado Público y, en general, por todos los reglamentos y normas que rigen y tengan relación con el desarrollo del servicio o entrega del bien, los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte de los oferentes o adjudicatarios, según corresponda.

ARTÍCULO 21: OBLIGACIONES DEL CONTRATADO

21.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

En atención al artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas contenido en el Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, y en virtud del monto estimado de la contratación, la institución ha decidido no solicitar a los proveedores que resulten adjudicados una Garantía de Fiel Cumplimiento, bastando solo con el sistema de multas establecido en estas bases

 

21.2 AUMENTO DE GARANTÍA/CREACIÓN DE GARANTÍA

Según el artículo N°42 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas D.S. N° 250/2004 del Ministerio de hacienda y sus modificaciones: “Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio ofertado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la entidad Licitante podrá a través de resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantía de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue”.

Se entenderá que los costos son inconsistentes, cuando no sean coherentes con los precios de mercado para la dispensación del producto, fabricación de éste o ejecución del servicio.

El aumento de la garantía será determinado al momento de tomar la decisión de adjudicar, dependiendo el riesgo que implique la contratación, no pudiendo superar el límite establecido en el artículo previamente citado, lo que será indicado en la resolución de adjudicación.

En caso de que no se haya determinado para el proceso, la constitución de Garantía de Fiel Cumplimiento se establecerá en el caso que se produzca la situación indicada, una garantía equivalente al 10% del producto, bien o servicio que genere la diferencia, no pudiendo superar el valor límite establecido en el artículo N° 42.

ARTÍCULO 22: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO

Dada la cantidad de líneas de requerimiento en este proceso, los contratos que nacerán a raíz de este proceso tendrán vigencia hasta diciembre del 2021. Esto principalmente por los despachos programados y establecidos para el año 2021, emitiéndose órdenes de compra de acuerdo con las necesidades de la institución.

En cuanto al despacho y recepción de los medicamentos requeridos, prevalecerá la necesidad de la institución, debiendo ser el Administrador del Contrato quien solicite las entregas de mercadería. 

Se contará la vigencia desde la aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor adjudicado.

22.1. RENOVACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO

Una vez acaecido el término del contrato, ya sea por el cumplimiento del plazo de vigencia del contrato o porque se hubiesen entregado todas las dosis correspondientes, se podrá renovar el contrato, por igual periodo y por una sola vez. Esto en atención principalmente de las siguientes circunstancias:

  1. No existencia de reparos respecto de la calidad de los productos.
  2. Correcto cumplimiento del contrato por parte del proveedor, en cuanto a tiempos de despacho.
  3. Necesidad de la institución de contar con un proveedor que pueda despachar productos en caso de necesidad.

La renovación de cada contratación se hará en los mismos términos, mediante Resolución Fundada, teniendo como tope el monto de la adjudicación original por línea. Y como límite general, el valor máximo estimado para la licitación, valor que corresponde a 999,9 UTM; esto es, considerando la adjudicación original más la renovación.

Adicionalmente, dada la necesidad por parte del Instituto, el contrato podrá ser prorrogado de acuerdo con el procedimiento establecido para ello, cumpliéndose con los requisitos y limitaciones que impone el Decreto Supremo Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 23: FORMA DE PAGO

El pago por los servicios contratados se efectuará dentro de los primeros 45 (cuarenta y cinco) días corridos, según autorización expresa a los Servicios de Salud establecida en la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021, plazo contado a partir de la fecha de recepción de la factura por parte del Servicio de Impuestos Internos, en concordancia con lo establecido en la Circular N°4/2019 emitida por dicha institución.

Cada factura debe ser enviada de manera diferenciada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com (en formato XML), dentro de las 48 horas desde emitida, lo que permitirá su enlace con la plataforma interoperable que maneja la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES) y que administra la Unidad de Contabilidad del Instituto.

La factura se entenderá irrevocablemente aceptada por el Instituto, si no se reclamará en contra de su contenido o de la falta total o parcial de los bienes, dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción o por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 3° de la Ley N°19.983.

En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, solo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes.

Los pagos se realizarán acorde a las mercaderías efectivamente recibidas por el Instituto.

Para iniciar el proceso de pago, se debe contar con los siguientes documentos de respaldo, los que deberán ser entregados al Instituto.

  1. Orden de Compra en estado de aceptada.
  2. Recepción conforme de los productos despachados.
  3. Factura original o documento tributario correspondiente.

Las facturas deben indicar en la referencia solo el ID de la Orden de Compra a la que se asocia, sin ningún dato adicional. Por ejemplo:

Orden de Compra 1057476-00-SE21

                             Folio referencia (801): 1057476-00-SE21

(Omitir palabra Orden de Compra o cualquier otro texto)

En caso de no cumplir con la referencia del documento, la factura será rechazada automáticamente por el sistema informático de la institución, debiendo presentarse nuevamente de manera correcta.

ARTÍCULO 24: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.

El contratista no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Instituto para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 29 de las presentes bases y se hará(n) efectiva(s) la(s) totalidad de la  Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato en beneficio del Instituto, en el caso de existir.

Durante la ejecución del contrato la empresa contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones la empresa deberá solicitar, por escrito, autorización al Instituto. Corresponderá a la Dirección de esta institución calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular.

El personal que contrate el proveedor con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el Instituto, sino que exclusivamente con la empresa contratista. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Instituto.

Sin perjuicio de todo lo anterior y cada vez que el Instituto así lo requiera, el contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto de sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.

El incumplimiento del contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 29 de estas Bases.

La Dirección del Instituto dispone que el Administrador del Contrato, representante del Instituto, evalúe el cumplimiento del convenio por parte del contratista, realizando evaluaciones e informando en caso de presentarse algún incumplimiento de contrato que sea susceptible de alguna de las sanciones contempladas en las presentes bases, informe que dará inicio al proceso respectivo por parte del Administrador del Contrato.

ARTÍCULO 25: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El contrato será administrado por el Jefe de Farmacia Hospitalizados o quien lo subrogue. Está dentro de sus funciones, entre otras, el requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda y solicitar asimismo el término anticipado de la contratación según lo estipulado en los ARTÍCULOS 26 y 29 de las bases, respectivamente.

En casos fundados podrá el instituto designar a una persona diferente que administre el contrato, lo que deberá ser establecido por Resolución Exenta.

Serán funciones del Administrador del Contrato:

  1. Supervisar la ejecución del contrato luego de la adjudicación y mientras dure este, en cumplimiento de lo establecido en estas Bases de Licitación.
  2. Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la institución durante la ejecución del contrato, llevando registro de cualquier eventualidad que se produzca.
  3. Realizar envío de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de esta situación.
  4. Informar a la Unidad de Abastecimiento en caso de que el proveedor realice alguna solicitud o presentación, como modificaciones de plazo de ejecución o de condiciones del contrato, o si posee alguna discrepancia en la interpretación de las Bases, las que deberán ser archivadas en el registro que poseerá dicha unidad.
  5. Informar a la Unidad de Abastecimiento respecto de la presentación de descargos, enmarcados dentro de algún proceso infraccional establecido en el presente documento. 
  6. Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
  7. Realizar los informes que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o del término de los trabajos encomendados o documento equivalentes.
  8. Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en estas bases y que sean de su responsabilidad.

ARTÍCULO 26: MULTAS Y SANCIONES

El contratado deberá cumplir, mientras dure la ejecución del contrato, con las distintas obligaciones que se desprenden de las presentes bases, además de mantener siempre un clima de respeto en la institución. Estas obligaciones son extensivas a cada uno de los trabajadores que actúen en su representación. El no cumplimiento de lo antes señalado podría generar un proceso infraccional y posibles sanciones. 

CONDUCTA

SANCIÓN

Incumplimiento en la fecha de entrega programada según calendario,

en a lo menos 1 día (24 horas)

2 UF

Incumplimiento en la fecha de entrega programada, según calendario,

mayor a 3 días

4 UF

Entrega de productos defectuosos, a la hora de realizar la recepción de estos o al momento de su uso por la Institución.

7 UF

26.1 ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA

Si durante la entrega de los productos se produjeran atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá presentar al Administrador de Contrato su justificación antes de trascurridos 3 (tres) días corridos desde su ocurrencia, quien calificará los motivos de los atrasos para los efectos de la prórroga del plazo o para su rechazo. Pasados los tres días no se aceptará justificación alguna.

La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Administrador de Contrato. De ser aceptada, se deberá dejar registro en el historial de la contratación.

En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de cumplimiento del contrato. La ampliación del plazo en estas circunstancias no dará derecho a pago adicional.

ARTÍCULO 27: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES

A la constatación de cualquier incumplimiento de contrato se seguirá el siguiente procedimiento:

1. Se enviará una comunicación escrita al proveedor por parte del Administrador del Contrato, al e-mail registrado por la institución (representante legal) y que consta en los distintos anexos presentados por el oferente, señalándose en dicho correo la comisión de la falta, los hechos en que se funda y las potenciales sanciones a que se arriesga. Desde la fecha de envío del correo por parte de la institución, el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para formular los descargos respecto de la falta que se le imputa. Del envío de la comunicación se deberá notificar a la Unidad de Abastecimiento.

2. El contratado deberá evacuar informe escrito con sus descargos, en el plazo antes señalado, vía correo electrónico, o en su defecto a través de la Oficina de Partes, dirigiéndose a la Unidad de Abastecimiento. En el caso que el proveedor alegase caso fortuito o fuerza mayor, será de su cargo probar la veracidad de estas afirmaciones.

3. Si no se cumpliese con esta obligación y constatado que el incumplimiento se mantiene, el Administrador de Contrato deberá, por medio de un informe, comunicarlo a la Unidad de Abastecimiento, indicando los perjuicios generados por el incumplimiento.

4. La institución, una vez cumplido el término antes señalado en el punto N°1, ponderará los descargos de la contraparte, en caso de que existiesen, además del informe emitido por el Administrador del Contrato del Instituto, y procederá, si es que corresponde, a la aplicación de una multa o sanción. De todo aquello se deberá informar a la Unidad de Abastecimiento, a fin de formalizar dicha sanción a través de Resolución Exenta.

5. Tanto la comunicación escrita de la falta así como el procedimiento infraccional, no suspenderá en ningún caso la ejecución del contrato. En especial respecto de la causal establecida el ARTÍCULO 26.1, ya que en ese caso el monto de la multa se determinará en virtud de la cantidad de días del retraso en las entregas establecidas.

6. En el caso de que procediese la multa, tendrá un tope máximo del 20% del valor total del contrato. Será este a su vez el porcentaje máximo que se podrá aplicar al adjudicado durante la ejecución del contrato. Llegando a este porcentaje y/o manteniéndose el incumplimiento por parte del proveedor, la institución estará facultada a poner término del contrato sin más trámite, por incumplimiento del contrato, buscando un nuevo proveedor o readjudicando a quien le sigue en puntaje, según sea el caso. Excepcionalmente, la Dirección de este Instituto podrá, a través de resolución fundada, no aplicar el término anticipado de contrato, por no resultar conveniente para los intereses del Instituto o por el estado de avance del contrato.

7. Las multas serán descontadas de las facturaciones pendientes de pago, para lo cual el proveedor deberá emitir la factura completa por los bienes o servicios recepcionados. Se realizará el descuento al momento del pago, a través de la retención del monto por parte del Instituto, el que debe corresponder al valor de la multa.

8. En caso de incurrir en una nueva infracción, se aplicará el mismo procedimiento antes señalado, el que podría acarrear una nueva sanción.

9. La resolución que da cuenta de todo este proceso se publicará oportunamente en el Sistema de Información. En contra de esta resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, de conformidad al artículo 79 ter del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

10. Si se debe cursar una multa u otro tipo de sanción, esta sanción podrá traer aparejada la evaluación negativa del proveedor en el Sistema de Información, situación que evaluará el Administrador de Contrato en la oportunidad correspondiente.

Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.

Con todo, la aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas bases, o que, mediante resolución fundada, estime que, dado el estado de avance del contrato, esta medida resulta perjudicial para los intereses de la institución.

ARTÍCULO 28: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato solo podrá ser modificado durante su ejecución por voluntad del Instituto o por el consentimiento de ambas partes. Las variaciones solo podrán corresponder a materias relacionadas con el servicio o bien contratado originalmente.

En caso de que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de estos deberá ser menor o igual a los del contrato primitivo y teniendo como límite general las 999,9 UTM, no pudiendo superar el 30% del valor total de la contratación.

En caso de que las variaciones representen un aumento de los productos (kilos, unidades, etc.), el costo de estos deberá ser igual al costo del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato.

Cualquier modificación del monto de adjudicación, que signifique un aumento de ellos o un aumento de plazo, por razones fundadas, será objeto de una nueva resolución del Instituto, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.

ARTÍCULO 29: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Al contrato derivado de esta licitación se podrá poner término anticipado o se le podrán realizar modificaciones por las siguientes causales:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, si la facultad de resciliar está conferida únicamente al apoderado, igualmente se deberá notificar a cada miembro del término).
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  4. Si el contratista es declarado en quiebra por procesos anteriores a la entrada en vigor de la Ley Nº 20.720 o se encuentra dentro de un procedimiento concursal de liquidación o en estado de notoria insolvencia, a menos que mejore las cauciones entregadas.
  5. En caso de término de giro, liquidación, disolución de la sociedad contratista o muerte del contratista, si es persona natural. En tales eventos la empresa o quien haga las veces de su heredero, tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Instituto dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde el suceso respectivo.
  6. Si la calidad de los bienes entregados no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas y el proveedor se niega a cambiarlos o se produce en varias oportunidades.
  7. Si se verificara cualquier otro incumplimiento considerado como falta grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se consideraran como conductas graves, el incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio convenido conforme con lo estipulado en las especificaciones técnicas de las presentes Bases; inobservancia o vulneración de normativas e instructivos referidos a calidad; inobservancia o vulneración de lo establecido en las presentes bases en lo referente a la prohibición de cesión y subcontratación; la aplicación de multas que excedan el 20% del precio total del contrato; causales establecidas específicamente en el ARTÍCULO 26.
  8. El Instituto podrá poner, unilateralmente, término anticipado al contrato, por escrito y con aviso previo de 30 (treinta) días corridos, todo esto a través de resolución fundada, previo informe técnico y administrativo que justifique la decisión, en el caso que el servicio o bien adquirido no cumpla efectivamente con la necesidad por el que fue adquirido.

 

Serán aplicables en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), las siguientes causales, las que se adicionan a las indicadas en los numerales anteriores:

  1. Si se constata que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia (en cuyo caso, además se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica).
  2. Si uno de los integrantes se retira y este reunía una o más características objeto de la evaluación de las ofertas; a menos que pueda continuarse con el contrato en las mismas condiciones que si esa persona continuara en la UTP, en atención a la magnitud de esta contratación y a las necesidades del Servicio.
  3. Si en el transcurso del contrato se verifica que ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Alguna Inhabilidad sobreviniente de uno (o varios) de sus integrantes, siempre la que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el Nº 1, 2 o en caso de muerte, si se trata de persona natural, y no se pueda continuar con el contrato, el Instituto podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato (en el caso de requerirse), sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder al Instituto en contra del contratante.

En los casos en que se ponga término anticipado al contrato sin cobro de la garantía de fiel cumplimiento, ésta será devuelta al contratista dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que pone término al contrato y una vez que el Instituto haya verificado que no existen obligaciones pendientes de tipo laboral o de seguridad social del contratista con sus trabajadores y previa solicitud del adjudicado.

Producida alguna de las causales establecidas, se utilizará el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 27 de las bases de licitación, en todo lo que sea aplicable, especialmente en lo que respecta a notificaciones y plazos.

ARTÍCULO 30: GASTOS POR PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO

La participación en la presente licitación no considera ninguna remuneración para los proponentes de parte del Instituto, ni indemnizaciones de ninguna especie para los proponentes que no resulten favorecidos.

ARTÍCULO 31: INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO

En caso de discrepancias que se produjeren entre el Instituto y el proveedor, relativas a la interpretación de algún(os) punto(s) del contrato, se canalizarán éstas, a través del Administrador del Contrato, a su superior jerárquico, quien informará a la Dirección de esta Institución, la que solicitará un informe respecto al punto a la Abogada de Compras Públicas del Instituto, con esto, la Dirección se pronunciará; si posterior a esto, persisten las discrepancias, estás podrán ser sometidas al conocimiento de la Contraloría General de la República, en virtud de su potestad dictaminante y/o a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

ARTÍCULO 32: DISCREPANCIAS ENTRE BASES Y SISTEMA DE INFORMACIÓN

De existir discrepancias entre la información contenida en las presentes bases aprobadas por resolución exenta y el texto transcrito en el Sistema de Información, se estará a lo que indica la Resolución Exenta respectiva que aprueba las Bases, subida al sistema ya referido, escaneada, en formato digital.

En caso de que exista discrepancia entre la oferta económica subida por el proveedor a través del formulario, acompañado en el anexo respectivo, y la información ingresada al portal Mercado Público por el proveedor, se ceñirá a lo señalado en el documento escaneado. En caso de no presentarse el anexo económico o de ser subido en blanco, se entenderá que el proveedor no generó oferta económica.

ARTÍCULO 33: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.