Se podrá, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando, las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes, una situación de privilegio frente a sus competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Foro de Aclaraciones de Mercado Público.
Tanto la solicitud de aclaraciones a las ofertas, como las respuestas de los oferentes se realizará a través del portal Mercado Público, mediante la opción de foro dispuesta para el efecto.
La Comisión podrá aceptar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
La Comisión podrá aceptar la presentación fuera de plazo de antecedentes omitidos en la oferta, cuando éstos correspondan a “Requisitos de Admisibilidad” (Art. 11 de las Bases Administrativas), excepto la oferta económica (Formulario N°5 “Oferta Económica”), la propuesta técnica Formulario N°7 y la ficha técnica del mobiliario.
En cambio, si los antecedentes omitidos en la oferta son “Antecedentes Sujetos a Evaluación y Asignación de Puntajes” (Art. 12 de las Bases Administrativas), si bien, la Comisión podrá solicitarlos fuera de plazo, éstos no serán considerados para efectos de evaluación.
La presentación de los documentos faltantes en la oferta se deberá realizar en un plazo de 2 días corridos de efectuada la solicitud de aclaraciones a las ofertas, a través del portal mercado público. Si el mandante lo estima necesario podrá solicitar aclaraciones a las repuestas efectuadas por los oferentes.
Transcurrido el plazo sin que el participante subsane errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta si estos están sujetos a admisibilidad o de relevancia técnica.
Una vez transcurrido el plazo para salvar errores u omisiones formales, se iniciará el proceso de análisis y evaluación de las ofertas aceptadas.
La oferta será evaluada siempre y cuando se disponga de todos los antecedentes solicitados como “Requisitos de Admisibilidad” (Art. 11 de las Bases Administrativas)
La NO presentación de algún antecedente solicitado como “Antecedente Sujeto a Evaluación y Asignación de Puntaje” (Art. 12 de las Bases Administrativas), implicará la asignación de 0 puntos en el criterio evaluado.