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Resolución de Empates |
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Desempate
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje:
- Mayor puntaje en “Experiencia de Proveedor”.
- Mayor puntaje en “Experiencia de Profesionales”,
- Mayor puntaje en “Profesionales con Especialización”.
- Mayor puntaje en “Georreferenciación.”
- Mayor puntaje en “Precio”
- Mayor puntaje en “Presentación Requisitos Formales”
- Mayor puntaje en “Condiciones de Empleo y Remuneración”
- Mayor puntaje en “Oferta de Convenios Colectivos”
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La presente licitación será adjudicada sólo a un proveedor para todas las líneas de requerimientos, quien será, el que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.
El SERVICIO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo Nº 6 de las presentes bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
El SERVICIO rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.
Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.
De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
Facultad de Re adjudicar
El Servicio podrá Re adjudicar la licitación a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firmase en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
d) Si el adjudicatario no entrega la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.
f) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso que a un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación se detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, el SSMSO podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso quinto del artículo Nº 41 del DS Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.
El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del personal, en los casos que esta subcontratación se encuentre relacionada con el giro de su rubro.
Sin perjuicio de lo anterior, el proponente deberá acreditar al momento de remitir la factura por el Servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº 4, inciso segundo de la Ley 19.886.
El incumplimiento del Ejecutora sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al SERVICIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 31° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
En caso que el proveedor por razones de buen servicio requiera subcontratar el servicio principal objeto de esta licitación, deberá contar con anterioridad con autorización del SSMSO y del Ministerio de Salud, en conformidad al DFL Nº36/80 del Ministerio de Salud Pública.
En caso de cambio de profesionales, se deberá informar a la Unidad de Curso de Vida, perteneciente a Departamento de Ciclo Vital y Redes Transversales, Subdirección de Gestión Asistencial del SSMSO, durante el mismo mes en que se produce la modificación, adjuntando la acreditación del (los) profesional(es) reemplazante(s), las cuales deben ser las mismas solicitadas en las especificaciones técnicas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
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Desempate
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje:
- Mayor puntaje en “Experiencia de Proveedor”.
- Mayor puntaje en “Experiencia de Profesionales”,
- Mayor puntaje en “Profesionales con Especialización”.
- Mayor puntaje en “Georreferenciación.”
- Mayor puntaje en “Precio”
- Mayor puntaje en “Presentación Requisitos Formales”
- Mayor puntaje en “Condiciones de Empleo y Remuneración”
- Mayor puntaje en “Oferta de Convenios Colectivos”
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La presente licitación será adjudicada sólo a un proveedor para todas las líneas de requerimientos, quien será, el que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.
El SERVICIO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo Nº 6 de las presentes bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
El SERVICIO rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.
Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.
De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
Facultad de Re adjudicar
El Servicio podrá Re adjudicar la licitación a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firmase en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
d) Si el adjudicatario no entrega la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.
f) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso que a un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación se detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, el SSMSO podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso quinto del artículo Nº 41 del DS Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.
El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del personal, en los casos que esta subcontratación se encuentre relacionada con el giro de su rubro.
Sin perjuicio de lo anterior, el proponente deberá acreditar al momento de remitir la factura por el Servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº 4, inciso segundo de la Ley 19.886.
El incumplimiento del Ejecutora sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al SERVICIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 31° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
En caso que el proveedor por razones de buen servicio requiera subcontratar el servicio principal objeto de esta licitación, deberá contar con anterioridad con autorización del SSMSO y del Ministerio de Salud, en conformidad al DFL Nº36/80 del Ministerio de Salud Pública.
En caso de cambio de profesionales, se deberá informar a la Unidad de Curso de Vida, perteneciente a Departamento de Ciclo Vital y Redes Transversales, Subdirección de Gestión Asistencial del SSMSO, durante el mismo mes en que se produce la modificación, adjuntando la acreditación del (los) profesional(es) reemplazante(s), las cuales deben ser las mismas solicitadas en las especificaciones técnicas.
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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