Licitación ID: 1057500-86-LP25
S. DE EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO INTEGRAL TEA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 21
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Productos o servicios
1
Servicios de consulta médica 355 Unidad
Cod: 85101503
EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INTEGRAL, SEGÚN BASES APROBADAS POR RES. EXENTA N°2418/2025.  

2
Servicios de consulta médica 157 Unidad
Cod: 85101503
TRATAMIENTO INTEGRAL, SEGÚN BASES APROBADAS POR RES. EXENTA N°2418/2025.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
S. DE EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO INTEGRAL TEA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA Y TRATAMIENTO INTEGRAL PARA POBLACIÓN INFANTO-ADOLESCENTE CON TEA, SEGÚN BASES DE LICITACIÓN APROBADAS POR RES. EXENTA N°2418/2025.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.500-K
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-12-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 09-12-2025 12:45:27
Fecha inicio de preguntas: 09-12-2025 13:01:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-12-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-12-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 07-01-2026 8:30:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 16-02-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1-A
2.- ANEXO 1-B
3.- ANEXO 1-C
4.- ANEXO 2-A
5.- ANEXO 2-B
6.- ANEXO 2-C
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 4 ESPECIALIZACIÓN/EXPERIENCIA PROFESIONALES
 
2.- ANEXO 5 EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR
 
3.- ANEXO 6 GEORREFERENCIACIÓN
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 3 ECONÓMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES VER ART. 17° DE LAS BASES. 5%
2 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL VER ART. 17° DE LAS BASES. 5%
3 EXPERIENCIA DE PROFESIONALES VER ART. 17° DE LAS BASES. 30%
4 EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR VER ART. 17° DE LAS BASES. 20%
5 PROFESIONALES CON ESPECIALIZACIÓN TEA VER ART. 17° DE LAS BASES. 20%
6 GEORREFERENCIACIÓN VER ART. 17° DE LAS BASES. 10%
7 ECONÓMICO VER ART. 17° DE LAS BASES. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SSMSO
Monto Total Estimado: 144705000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jonathan Levicán Reyes
e-mail de responsable de pago: jonathan.levican@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Bernardita Mancilla Fernández
e-mail de responsable de contrato: bernardita.mancilla@ssmso.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762545-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
VER ART. 28 DE LAS BASES.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE
Fecha de vencimiento: 16-05-2027
Monto: 5 %
Descripción: VER ART. 21° DE LAS BASES.
Glosa: “En garantía de fiel cumplimiento del contrato de Servicio de Evaluación Diagnostica y 19 Tratamiento Integral para población infanto-adolescente con TEA, ID 1057500-86-LP25 (Depto. Compras.), y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes pagadera a su sola presentación, irrevocable y sin ningún condicionamiento.”
Forma y oportunidad de restitución: VER ART. 21° DE LAS BASES.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
I.- BASES ADMINISTRATIVAS

1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.

Artículo 1°

El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, en adelante también el “SERVICIO o S.S.M.S.O.” requiere efectuar la contratación del “Servicio de Evaluación Diagnostica y Tratamiento Integral para población infanto-adolescente con TEA”, conforme a las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en las presentes Bases.

El presente llamado y proceso de licitación se enmarca dentro de lo señalado por la Ley 19.886, su reglamento, y las instrucciones y condiciones de operación del sitio www.mercadopublico.cl .

Artículo 2°: Bases. -

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

I.- Bases Administrativas

II.- Bases Técnicas

III.- Anexos:

Anexo Nº1-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”

Anexo Nº1-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”

Anexo N°1-C: “Identificación del Oferente bajo Unión Temporal de Proveedores”

Anexo Nº2-A: Declaración Jurada Simple.

Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.

Anexo N°2-C: Declaración Jurada Programa de Integridad.

Anexo Nº3: Formato de “Oferta Económica”.

Anexo Nº4: Experiencia Profesionales/ Especialización Profesionales (RRHH).

Anexo Nº5: Experiencia Proveedor.

Anexo Nº6: Georreferenciación.

Artículo 3°: Normativa y Orden de Precedencia de los documentos.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

a)    Bases Administrativas.

b)    Bases Técnicas.

c)    Anexos

d)    Respuesta a las preguntas de los oferentes.

e)    La Oferta con todos los documentos Anexos, y aclaraciones a las mismas que hayan sido solicitadas por el servicio. Primarán los documentos acompañados por el oferente por sobre el formulario del portal.

f)     Contrato.

g)    Orden de Compra.

Artículo 4°: Definiciones.

Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:

Servicio o SSMSO: El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Concha y Toro 3459, Puente Alto. (Metro línea 4, estación Hospital Dr. Sótero del Río), RUT 61.608.500-K.

Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el SERVICIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio http://www.mercadopublico.cl.

Registro de Proveedores: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile Proveedores), a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. 

Bases: Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que regulan los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el SERVICIO, describen los servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.

Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que regula, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismo de adjudicación, cláusulas y/o condiciones del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.

Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar.

Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.

Bienes o Servicios: Los especificados en las Bases Técnicas.

Propuesta: La propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:

a)     La Oferta Administrativa: constituida por los antecedentes del Oferente establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.

b)     La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.

c)     La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.

Forman parte de la respectiva propuesta los siguientes documentos:

  1. La oferta misma.
  2. La documentación detallada en el artículo 13º de las presentes Bases.
  3. Las garantías requeridas.
  4. Las presentes Bases.
  5. Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.

Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo.

Contrato: Contrato de prestación de servicios prestaciones de Salud que celebra el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente y el proponente cuya propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.

Ejecutor o Proveedor: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae las obligaciones derivadas de la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el SERVICIO.

Referente Técnico: funcionario del SERVICIO, encargados de coordinar el proceso de licitación, actuar como interlocutor de los licitantes y del Proveedor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y el contrato que regula la relación entre las partes.

Administrador de Contrato: funcionario Profesional o especialista, designado por el SERVICIO, encargado de coordinar todos los asuntos administrativos relativos a la ejecución de la contratación.

Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el SERVICIO, en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los servicios contratados.

Autoridad Competente: Funcionario del SSMSO, con facultad o delegación de firma, para poder emitir los respectivos actos administrativos relativos al presente proceso de contratación.

Establecimiento Derivador: al Hospital al cual pertenece el paciente beneficiario, el cual actúa también como contraparte técnica del contrato.

Comunas Red Sur Oriente: La Red Sur Oriente está compuesta por siete comunas, dos rurales y cinco urbanas:

  • Urbanas: San Ramón, La Granja, La Pintana, La Florida, Puente Alto
  • Rurales: Pirqué y San José de Maipo.

Acta de Inicio de Servicios: Documento emitido por el Referente Técnico, y firmado por éste y el Encargado Técnico, que da fe de la fecha efectiva de inicio a las prestaciones de los Servicios objeto de la presente licitación, fecha que no puede ser anterior a la fecha de firma del respectivo contrato.

Programa de Integridad y Ética Empresarial: Cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir – y si resulta necesario, identificar y sancionar – las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

Artículo 5°: Datos de la licitación.

DATOS DE LA LICITACIÓN

Rubro de la Licitación

“Servicios Profesionales”

Tiempo máximo de duración del contrato

12 meses

Modalidad de Pago del contrato

Facturación Mensual, con pago máximo 30 días, recepción conforme de los servicios y entrega de factura correspondiente.

Tipo de Licitación

LP: Igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM

Presupuesto Disponible

$144.705.000.- Impuestos Incluidos

Artículo 6°: Plazos. -

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública sitio web http://www.mercadopublico.cl.

Etapa

Plazo

Fecha de Publicación:

Día 1

Fecha inicio de preguntas:

Día 1

Fecha final de preguntas:

Día 7

Fecha de publicación de respuestas:

Día 11

Fecha de acto de apertura ofertas:

Día 21 15:01 horas.

Fecha de cierre de recepción de la oferta:

Día 21 15:02 horas.

Fecha de Adjudicación:

Día 50 plazo máximo de adjudicación.

Suscripción del Contrato

15 días hábiles a partir de la fecha de notificación Adjudicación.

Para los efectos de esta licitación, todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.

En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, según lo preceptuado en el artículo Nº46, inciso octavo del Decreto. Nº661/2024 del Ministerio de Hacienda.

En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración los plazos contemplados en el cuadro anterior no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115º del Decreto Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

En el caso que la Entidad Licitante deba modificar alguno de los plazos definidos en el presente artículo, automáticamente, se ajustaran los siguientes plazos del cronograma, en la misma cantidad de días, de manera proporcional.

Las consultas y/o aclaraciones de los proponentes deberán ser realizadas a través del Foro electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Artículo 7°: Notificaciones, Domicilio y Jurisdicción. -

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el SERVICIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de La Granja o Puente Alto y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

Artículo 8°: Gastos

Todos los gastos y los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de la licitación o del Contrato, corresponden a los OFERENTES o al ADJUDICATARIO, respectivamente, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del SERVICIO, cualquiera que sea su resultado.

2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación.

Artículo 9°: Llamado a licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación.-.

El llamado a ofertar se publicará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).   

Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información dentro de un plazo prudencial, a contar de la total tramitación administrativa de la resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación.

Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases y con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.

Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.  

Artículo 10°: Requisitos de los participantes.

Podrán participar en esta oferta pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá que estas otorguen mandato con poder suficiente, a una persona natural o jurídica chilena, o que constituyan una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° inc. 4º de la Ley Nº19.886, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución del mismo:

a)    Por aplicación de lo establecido en el artículo 4°, inciso 1°, de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación, quienes, al momento de presentación de la propuesta hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores, o por delitos concursales establecidos en el código penal.

b)    Que, infrinja las inhabilidades previstas en el artículo 35 quárter de la Ley N°19.886, agregado por la Ley N°21.634, circunstancia que, además, deberá ser acreditada tanto el momento de la presentación de las respectivas ofertas como al suscribir la correspondiente convención (aplica el criterio contenido en los dictámenes N°E145.242, de 2021 y N°E439.075, de 2024).

Además,

c)    Quedan inhabilitados para contratar con el Estado, quienes han sido condenados por delitos económicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo N°33 de la Ley N°21.595/2023, Ley de Delitos Económicos.

d)    Si algunos de los miembros de este oferente, o de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, según se trate, hayan sido condenados a pena de inhabilitación para contratar con el Estado de conformidad con la Ley N°20.393, en los casos que aplique.

e)    Si algunos de los miembros de este Oferente, o de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, según se trate, hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N°211 del año 1973.

Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48° del Reglamento de la Ley N°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.

Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -

Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 6° de las presentes Bases.

No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El SSMSO realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

El SERVICIO podrá aclarar las Bases, las veces que sean necesarias, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas, y subsanar o corregir errores ortográficos, numéricos, o de referencias detectadas, las que se considerarán parte integrante de las Bases, y será informado ello en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el SERVICIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.

Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial adicional contabilizado desde la fecha original de cierre de recepción de ofertas, para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).

3.- Presentación y Contenido de las Propuestas-

Artículo 12°:   Presentación de las Propuestas. -

Los proponentes podrán presentar más de una propuesta, la cual puede ser por una o más líneas de requerimientos de los servicios licitados.

La entrega de las propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto en el cronograma de licitación contenido en el artículo 6° de las presentes Bases.

Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara, y completa todos los antecedentes exigidos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.

El SSMSO tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. La detección de antecedentes falsos o erróneos, podrá dar lugar a la desestimación de la oferta, invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda.

Las únicas ofertas válidas serán presentadas a través del Sistema de Información, portal http://www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo 115°, numeral 3°, del D.S N°661/2024. Para este último caso, si el ingreso de las ofertas por indisponibilidad del sistema, es en soporte papel, este debe ser en Sobre Cerrado identificando el proceso al que postula adjuntando el respectivo certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente ubicada en Calle Concha y Toro N°3459, Puente Alto. Si no, puede ingresar la oferta de forma electrónica, por indisponibilidad del Sistema debidamente acreditada, vía formulario establecido en el Sistema de Información en el siguiente enlace https://ayuda.mercadopublico.cl/.

Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -

Los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada de requisitos para ofertar, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl,  en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisible en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

El contenido de la propuesta será el siguiente:

A) OFERTA ADMINISTRATIVA

a.1)   Proponente Persona Natural debe acompañar:

Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-A.

Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el proponente.

N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.

Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.

a.2)    Proponente Persona Jurídica debe acompañar:

Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-B.

Nº2.- Declaración Jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante legal del proponente.

N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.

Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible y/o servicios objeto de la presente licitación.

a.3)   Proponente Unión Temporal de Proveedores

N°1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo N°1-C. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible.

Nº2.- Declaración Jurada Simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2, debidamente firmado por el representante legal de cada miembro de la Unión. Cada miembro de la UTP, debe encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores en Estado Hábil, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Además, debe adjuntar documento que da cuenta del acuerdo de participar como UTP, y demás documentación en los términos prescritos en el artículo 181° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.

N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.

a.4)   Programas de Integridad y Ética Empresarial (Compliance):

N°1.- Declaración Jurada de Programa de Integridad, contenido en el Anexo N°2-C.

 

Existe una serie de normativas en materias de compras públicas, referidas a quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro. Bajo dicho contexto y en cumplimiento del dictamen de la Contraloría General de la República                             NºE370752/2023, referido a disminuir los posibles riesgos de corrupción en materias de Compras Públicas, se solicita a los oferentes completar y adjuntar la declaración jurada contenida en Anexo N°2-C, que informa los programas de integridad con que cuenten y cómo ellos fueron informados a su personal (debe adjuntar documento que contenga el programa de integridad declarado). Este aspecto será evaluado en el respectivo criterio, en conformidad al art. 17° del D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda.

Toda la documentación mencionada en la letra a) anterior, deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso deAnexos Administrativos”.

b). - OFERTA TÉCNICA.

La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado II de las presentes Bases, y conteniendo la siguiente información:

Nº1 Experiencia de Profesionales (Anexo N°4): En el ámbito de la atención para personas de 0 a 18 años con la condición de TEA en diferentes modalidades.

Medio de verificación:

  • Certificados y/o Cartas con Referencias Positivas que acrediten años de experiencia, en formato libre de los empleadores, presentados por profesionales de manera particular.

N°2 Experiencia Proveedor (Anexo N°5): En el ámbito de la atención para personas de 0 a 18 años con la condición de TEA en diferentes modalidades.

 

Medio de verificación:

  • Presentación de Contratos y/o Certificados, por prestaciones en servicios asociados a la Atención Integral de población Infanto-adolescente con TEA.

Registrar la experiencia en servicios ejecutados asociados al rubro de la presente licitación. Se debe acreditar la información a través de la presentación de Contratos y/o Certificados, validados por la Comisión Evaluadora.

Se podrá presentar un máximo de 5 CONTRATOS Y/O CERTIFICADOS, según sea el caso, para objeto de evaluación. De ser mayor a esa cantidad, solo se evaluarán los primeros 5 primeros.

Se contabilizará sólo aquellos servicios objeto de la presente licitación, que se hayan ejecutado en los últimos 5 años, contados a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Todo aquel documento que haga referencia a trabajos anteriores a la fecha indicada, no será considerado en la evaluación.

Estos antecedentes deber ser verificables ajustados a la realidad, ya que serán revisados y corroborados por la Comisión Evaluadora.

En caso que el Oferente no cuente con experiencia a demostrar, debe indicar dicha situación en el apartado correspondiente del Anexo N°5.

Finalmente, en caso de no adjuntar el Anexo N°5, la oferta será declarada inadmisible.

N°3 Especialización Profesionales (Anexo N°4):

Medio de verificación:

  • Certificados o Diplomas de formación y especialización en abordaje de TEA.
  • Certificados de acreditación en Superintendencia de Salud, en los casos que sea aplicable

Nota: Los certificados deben indicar las horas realizadas por cada profesional para efectos de acreditar la especialización.

N°4 Georreferenciación del oferente en relación al territorio de la red Sur Oriente (Anexo N°6):

Medio de verificación:

  • Georreferenciación del oferente en relación al territorio de la red Sur Oriente
  • Disponibilidad de sede única para otorgar las prestaciones detalladas en requerimiento técnico.

Nº5 Adjuntar, Además, los siguientes documentos de carácter obligatorio:

  1. Cartera de prestaciones y actividades ofrecidas por el proveedor de servicios, incluyendo infraestructura, equipamientos e insumos pertinentes, que permita realizar trabajo individual, atención de familiares y realización de actividades grupales por parte del equipo multidisciplinario.
  2. Curriculum de todos y cada uno de los integrantes del equipo profesional.
  3. Certificado de Título de cada uno/una de los/las profesionales
  4. Certificados de acreditación en Superintendencia de Salud, en los casos que sea aplicable.
  5. Certificados o Diplomas de formación y especialización en abordaje de TEA.
  6. Autorización Sanitaria Establecimiento.

Sin perjuicio a lo anterior, durante el proceso de evaluación de ofertas, el SSMSO, podrá solicitar información adicional. Lo anterior será aplicado a todos los proponentes que participen en esta propuesta, y será considerado como antecedente técnico complementario de la evaluación técnica del servicio licitado.

Las ofertas que no cumplan con el Equipo de profesionales detallado en el Art. 36° de las Bases, quedaran inadmisibles de ser evaluadas.

La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Técnicos

c). - OFERTA ECONÓMICA.

La oferta económica se deberá presentar de acuerdo a lo establecido en el apartado económico de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo Nº3 de estas Bases.

La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso deAnexos Económicos”.

4.- Apertura Electrónica.

Artículo 14°: Apertura Electrónica.

La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información será en una etapa, y se realizará en la fecha prevista en el cronograma de plazos establecido en el artículo 6° de las presentes bases. La comisión verificará la admisibilidad de acuerdo a lo siguiente:

  • Admisibilidad Administrativa: En esta instancia se verificará que la oferta cumpla con la entrega en tiempo y forma de todos los documentos y Anexos solicitados en el presente acápite, firmado por la persona Natural y/o Representante Legal. Estos son los siguientes:

a)    Anexo N°1 (A-B-C) “Identificación del Oferente” (según corresponda).

b)    Anexo N°2-A: “Declaración Jurada Simple”, como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl.

c)    Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.

d)    Encontrase firmado el documento del Sistema de Información denominado “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar

e)    Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil” y con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.

  • Admisibilidad Técnica: La validación técnica por su parte implica que el oferente haya adjuntado los Anexos técnicos solicitados en el punto b) del Art. 13, cumpliendo con todo lo señalado en los formularios, y con todo lo indicado como “obligatorio”. Se declarará inadmisible la oferta que no cumpla con alguna de las especificaciones señaladas como obligatorias.

  • Admisibilidad Económica: Implica verificar que la oferta no supere el presupuesto disponible, incluyendo todos los costos e impuestos en que deba incurrir el proveedor, que la moneda utilizada corresponda a la indicada en el portal mercado público.

Las propuestas que no cumplan estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley Nº19.886.

Asimismo, se declarará inadmisible la propuesta que modifique Anexos y/o formatos.

5.- Validez de las Propuestas.

Artículo 15°: Validez de las Propuestas. -

Las ofertas tendrán una validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SERVICIO podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes

no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.

6.- Evaluación y calificación de las Ofertas.

Artículo 16°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -

El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación y estará integrada por los siguientes funcionarios:

Titulares

Suplentes

Miguel Ángel Figueroa Moreno, Referente Técnico Programa Personas Mayores y Dependencia Severa, Unidad Curso de Vida

Karla Cisternas Oñate, Jefa (S) Unidad de Curso de Vida

Arnaldo Gaona Trujillo; Coordinador Red Intersectorial, Unidad de Salud Mental

Paula Ramírez Moreira, Jefa Unidad de Salud Mental

Gabriel Rojas Rodríguez; Referente Técnico Red de Rehabilitación, Unidad de Redes Transversales

Esteban Vergara Ponce; Jefe Unidad de Redes Transversales

La evaluación se efectuará considerando el análisis de todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Los proponentes deberán completar todos los anexos que sean incluidos en estas Bases de Licitación.

La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.

La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas corridas, (el plazo anterior considera las 24 horas de notificación establecido en el artículo 9° del reglamento de compras Públicas), luego de hecha la solicitud al oferente a través del foro inverso.

Artículo 17°: Puntajes y Criterios de Evaluación. -

Solo podrán ser adjudicadas las propuestas evaluadas con un puntaje igual o superior a 60 puntos del puntaje final ponderado, dentro de una escala de 0 a 100 puntos, en donde 0 puntos es el nimo puntaje a obtener y 100 puntos es el máximo puntaje a obtener. Para cada criterio a evaluar el puntaje se obtiene de la ponderación obtenida del criterio evaluado.

En relación al resultado del puntaje ponderado, se considerará hasta 2 decimales para los efectos.  Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Tabla N°1: Criterios de Evaluación

Criterios de Evaluación

Puntaje

Ponderación

1)    Experiencia de profesionales en el ámbito de la atención para personas de 0 a 18 años con la condición de TEA en diferentes modalidades

0 - 100

30%

2)    Experiencia del proveedor en el ámbito de la atención para personas de 0 a 18 años con la condición de TEA en diferentes modalidades.

0 - 100

20%

3)    Profesionales con especialización en abordaje de TEA

0 - 100

20%

4)    Georreferenciación del oferente en relación al territorio de la red Sur Oriente.

0 - 100

10%

5)    Económico/ Precio

0 - 100

10%

6)    Cumplimiento de Requisitos Formales

0 - 100

5%

7)    Programas de Integridad y Ética Empresarial

0 - 100

5%

Promedio Aritmético Final Criterios de Evaluación (Puntaje Final)

0 - 100

100%

 

1) EXPERIENCIA DE PROFESIONALES (30%): EN EL ÁMBITO DE LA ATENCIÓN PARA PERSONAS DE 0 A 18 AÑOS CON LA CONDICIÓN DE TEA EN DIFERENTES MODALIDADES

Se evaluará la experiencia de Profesionales por medio de la presentación de Certificados y/o Cartas con Referencias Positivas que acrediten años de experiencia, en formato libre de los empleadores, presentados por profesionales de manera particular, en los casos que sea aplicable, de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b), numeral 1° de las Bases, considerando la siguiente tabla:

 

Detalle de Evaluación

Puntaje

Profesionales presentan 3 a 5 Certificados y/o Cartas con Referencias Positivas que acrediten años de experiencia, en formato libre de los empleadores, presentados por profesionales de manera particular.  

100

Profesionales presentan 1 a 2 Certificados y/o Cartas con Referencias Positivas que acrediten años de experiencia, en formato libre de los empleadores, presentados por profesionales de manera particular. 

50

Profesionales no presentan documentos.

0

 

Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula: 

PEPROF = (PUNTAJE) * 0.3

Donde:

PEPROF = Puntaje de Experiencia de Profesionales de la oferta en evaluación.  

PUNTAJE= Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.

 

2) EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR (20%): EN EL ÁMBITO DE LA ATENCIÓN PARA PERSONAS DE 0 A 18 AÑOS CON LA CONDICIÓN DE TEA EN DIFERENTES MODALIDADES

La Experiencia se evaluará de acuerdo a lo establecido en el art. 13°, letra b), numeral 2° y a lo ingresado en el Anexo N°5. Esto es, ya sea con organismos públicos o empresas privadas, por número de contratos y/o certificados, documentos que deben ser comprobables/verificables, con los antecedentes contenidos en ellos, en los últimos 5 años contados desde la apertura de ofertas. La información que no esté contenida en dicho Anexo, no será evaluada. De no contar con experiencia a demostrar, debe señalarse en el apartado correspondiente del citado Anexo N°5. Para efectos de evaluación, se considerará la siguiente tabla

Detalle de Evaluación

Puntaje

Presenta 3 a 5 Contratos y/o Certificados (comprobables y firmados) por el mismo servicio licitado.

100

Presenta entre 1 y 2 Contratos y/o Certificados (comprobables y firmados) por el mismo servicio licitado.

50

No presenta documentación / No cuenta con experiencia según lo informado en el Anexo N°5 / Documentación presentada no se condice con la señalada en el Anexo N°5 o no logra ser validada o comprobable por la Comisión.

0

 

Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula: 

PEPROV = (PUNTAJE) * 0.2

Donde:

PEPROV = Puntaje de Experiencia del Proveedor de la oferta en evaluación.  

PUNTAJE= Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.

 

 

3) PROFESIONALES CON ESPECIALIZACIÓN EN ABORDAJE DE TEA (20%)

La evaluación se efectuará según la documentación que haya adjuntado cada oferente de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b), numeral 3 de las Bases, considerando la siguiente tabla:

Detalle de Evaluación

Puntaje

Profesionales acreditan especialización en abordaje de TEA, con formación igual o mayor a 200 horas.

100

Profesionales acreditan especialización en abordaje de TEA, con formación inferior a 200 horas e igual o mayor a 80 horas.

50

Profesionales acreditan especialización en abordaje de TEA, con formación inferior a 80 horas.

0

Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula: 

PPCE = (PUNTAJE) * 0.2

Donde:

PPCE = Puntaje de Profesionales con especialización en abordaje de TEA de la oferta en evaluación.

PUNTAJE= Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior

4) GEORREFERENCIACIÓN (10%)

Se evaluará la Georreferenciación del oferente en relación al territorio de la red Sur Oriente. La evaluación se efectuará según la documentación que haya adjuntado cada oferente de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b), numeral 4° de las Bases, considerando la siguiente tabla:

Detalle de Evaluación

Puntaje

El oferente debe tener una única sede, que se encuentre ubicada en comuna perteneciente a la Red Sur Oriente.

100

El oferente debe tener una única sede, que se encuentre ubicada en comuna colindante a la Red Sur Oriente.

50

El oferente no se encuentra ubicado en comuna perteneciente a la red Sur Oriente, ni colindante a ésta.

0

Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula: 

PG = (PUNTAJE) * 0.1

Donde:

PG = Puntaje Georreferenciación de la oferta en evaluación.

PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.

5) ECONÓMICO/PRECIO (10%)

La oferta económica consiste en la expresión monetaria que hace el oferente del precio total neto, en pesos, que conllevará la adquisición del servicio. La evaluación de las ofertas económicas se realizará según lo solicitado en el artículo 13°, letra c) de las Bases, considerando la siguiente formula:

Donde:

POE = Puntaje de la oferta económica en evaluación. El mayor puntaje equivale a la calificación de 100 puntos. Los demás puntajes resultarán de la aplicación de la fórmula antes indicada y su calificación será proporcional en una escala descendente.

OEB = Oferta Económica más baja. Se entenderá por aquella oferta de menor valor, sin impuestos.

OEE = Oferta Económica en Evaluación, sin impuestos.

PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación utilizando la tabla anterior.

6) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%)

Según lo establecido en artículo 56, del DS N°661/2024 de Hacienda. Errores u omisiones detectados durante la etapa de evaluación. Se asignará la siguiente calificación:

Detalle de Evaluación

Puntaje

Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.

100

Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el art 16 precedente, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado

50

Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en el art 16 precedente.

0

Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula: 

PCRF = (PUNTAJE) * 0.05

Donde:

PCRF = Puntaje cumplimiento requisitos formales.

PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.

7) PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (5%)

El cumplimento de programas de integridad se evaluará de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, letra a.4) de las Bases. Se asignará la siguiente calificación:

Detalle de Evaluación

Puntaje

Presenta programas de Integridad y Ética Empresarial, que sean conocidos por sus trabajadores, por medio de Declaración Jurada (Anexo N°2-C) presentada.

100

No Presenta programas de Integridad y Ética Empresarial y/o no son conocidos por sus trabajadores, no acreditando por medio de Declaración Jurada. (Anexo n°2-C)

0

Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:

PPI = (PUNTAJE) * 0.05

Donde:

PPI = Puntaje Cumplimiento Programas de Integridad y Ética Empresarial de la oferta en evaluación.

PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.

Desempate

En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje:

  1. Mayor puntaje en Experiencia de Profesionales.
  2. Mayor puntaje en Experiencia de Proveedor”,
  3. Mayor puntaje en “Profesionales con Especialización”.
  4. Mayor puntaje en “Georreferenciación.”
  5. Mayor puntaje en “Precio
  6. Mayor puntaje en “Presentación Requisitos Formales
  7. Mayor puntaje en “Programas de Integridad y Ética Empresarial”

Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl

Artículo 18°: Informe de Evaluación. -

La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

  1. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

  1. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.

  1. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la   asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

  1. La proposición de adjudicación o deserción, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

7.- Adjudicación de la Licitación.

 Artículo 19°: Adjudicación. -

La presente licitación será adjudicada sólo a un proveedor para todas las líneas de requerimientos, quien será, el que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.

Cuando se presente ofertas que tengan características de riesgosas o temerarias, en los términos descritos en el art. 61° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, y en caso de ser adjudicables, se solicitará al adjudicatario el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en un 5% del valor neto resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio del oferente por el que le siga en su calificación económica.

El SSMSO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo 6°. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de las presentes Bases.

Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.

Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.

De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.

El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso de detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.

Las consultas sobre adjudicación/deserción deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://ayuda.mercadopublico.cl/.

Cabe señalar que el SSMSO dispondrá de 10 días hábiles desde la publicación de la adjudicación/deserción en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.

 

Facultad de Re adjudicar

El Servicio podrá Re adjudicar la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original, a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:

 

a)    Si el contrato no se firmase en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario.

b)    Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.

c)    Si el adjudicatario no cumple con los requisitos descritos en el artículo 10° de las presentes bases.

d)    Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato.

e)    Si el adjudicatario no presenta los documentos de carácter obligatorios para contratar, solicitados en las presentes bases de licitación.

f)     Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en estado Hábil en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.

g)    Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.

En el caso que a un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación se detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, la Entidad Licitante, podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso quinto del artículo Nº58 del DS Nº661/2004 del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.

En el caso que la Entidad Licitante aplique Readjudicación/Retrotraer el proceso licitatorio, automáticamente, se ajustaran los plazos del cronograma establecidos en el artículo 6° de las presentes Bases.

8.- Del Contrato.

Artículo 20°: Contrato. -

Los derechos y obligaciones entre el SSMSO y el oferente adjudicado se formalizarán mediante la suscripción del contrato respectivo, el cual tiene como objetivo estipular la individualización de bienes objeto de esta licitación, plazos de entrega de estos, montos y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso.

El contrato deberá suscribirse entre las partes en un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación por medio del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Nº119, del Decreto Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda.

En caso de materializarse la suscripción del contrato por medios electrónicos, éste deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma.

Previo a la firma del contrato el Proveedor adjudicatario deberá:

a)    En los casos que aplique, presentar las Personerías, y copia de la Cédula de Identidad de los representantes del adjudicatario, salvo que dicha información se encuentre en el registro Chile Proveedores. Asimismo, el Proveedor debe encontrarse HÁBIL, al momento de suscripción del contrato.

b)    Entregar una Garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases.

c)    Entregar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación.

d)    En caso que el adjudicatario sea UTP, y la adjudicación sea inferior a las 1.000 UTM, éste deberá entregar el acuerdo en que conste la unión, el que podrá materializarse por instrumento público o privado, en los términos prescritos en el artículo 180° del D.S. 661/2024 de Hacienda. En caso que la adjudicación sea mayor a las 1.000 UTM, éste deberá entregar escritura pública que contenga el acuerdo en que conste la unión, en los términos prescritos en el artículo 180° del D.S. 661/2024 de Hacienda.

Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior o si no presenta los documentos solicitados como obligatorios para contratar, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SERVICIO procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta en los casos en que ello sea procedente y/o esta haya sido solicitada, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) oferta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de Evaluación, en conformidad al Acta de Evaluación respectiva, en el plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo anterior dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

Posterior a la suscripción del contrato, el SSMSO emitirá la respectiva orden de compra, por el monto total bruto del contrato, la cual debe ser aceptada por el proveedor adjudicado, en el plazo máximo de 48 horas hábiles desde su emisión.

Artículo 21°: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. -

Para garantizar el óptimo cumplimiento de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá entregar, antes de la firma del contrato, una garantía, la cual podrá entregarse mediante uno o varios instrumentos de la misma naturaleza como Boleta de Garantía Bancaria o Certificado de Fianza a la vista, o documento electrónico de garantía, u otro documento de garantía que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, por un monto en pesos moneda de curso legal que, en su conjunto, representen el equivalente al 5% del monto total neto del contrato, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, con una vigencia que exceda en sesenta días hábiles al plazo de duración del contrato.

La garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica. En caso en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma, y remitirse a la dirección de correo electrónico del contacto de la licitación, indicado en la ficha electrónica de ésta. En caso de entrega de manera física, la garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente en horario hábil. La garantía podrá ser tomada por el propio oferente o por un tercero a favor del oferente (debe quedar consignado a través de documento público o privado en caso de garantías tomadas por un tercero a favor del oferente, en donde se explicite dicha acción).

La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, y consignar la siguiente frase: En garantía de fiel cumplimiento del contrato de Servicio de Evaluación Diagnostica y Tratamiento Integral para población infanto-adolescente con TEA, ID 1057500-XX-LP25 (Depto. Compras.), y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes pagadera a su sola presentación, irrevocable y sin ningún condicionamiento.”

Para el caso de Vale Vista, la glosa debe quedar consignada al reverso de dicho documento

La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual el Referente Técnico del SSMSO emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.

La garantía será devuelta al Proveedor 10 días después de su vencimiento, para lo cual debe solicitarla mediante correo electrónico al Administrador del Contrato del SSMSO, quien efectuará las gestiones correspondientes para su devolución. 

En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el SERVICIO queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle al SERVICIO.

Artículo 22°: Modalidad de Pago y Reajuste. -

El contrato a que dará origen la presente licitación será un Contrato de Suministro entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir prestaciones continuas o periódicas de provisión al SSMSO de los servicios en el precio, tiempo, cantidad, calidad, oportunidad en tiempo y lugares acordados según los requerimientos del SSMSO.

Dejase establecido que los requerimientos de suministro de los servicios serán de flujo variable, no comprometiéndose el SSMSO a requerir y adquirir una determinada cantidad de los mismos de manera periódica durante la vigencia del contrato.

Los servicios se facturarán mensualmente con pago máximo a 30 días, los valores ofertados no sufrirán variaciones ni reajuste durante la vigencia del contrato.

Las facturas emitidas por el proveedor mensualmente, deberán hacer referencia a la orden de compra emitida por el SSMSO, indicada en el art. 20° de las presentes Bases de licitación, rebajándose los pagos efectuados de dicha orden de compra.

El pago de los servicios será en pesos chilenos. Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

Artículo 23°: Vigencia y Prórroga del Contrato e inicio de la Prestación de Servicios. -

El contrato comenzará a regir a contar de la fecha en que se notifique al proveedor adjudicado la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.  El oferente adjudicado se entenderá notificado a partir de la adjudicación efectuada en el Portal de Mercado Público. Sin embargo, por razones de buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen Nº14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad.

Al momento de comenzar la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, deberá dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio de estos, en la respectiva Acta de Inicio de Servicios, emitida y firmada por el Referente Técnico del SSMSO y el Encargado Técnico del adjudicatario, que da fe de la fecha efectiva de inicio de los servicios, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del contrato respectivo.

La vigencia del contrato se extenderá por el período de 12 meses, contada desde de la fecha en que se notifique al proveedor adjudicado la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Prórroga del Contrato

 

El SSMSO podrá prorrogar el contrato suscrito con el proveedor adjudicado, mediante el correspondiente acuerdo bilateral de voluntades, aprobado por medio del acto administrativo totalmente tramitado, solo por el tiempo en que se proceda a efectuar una nueva contratación con el fin de adquirir los servicios objeto del presente proceso licitatorio, ya sea que ésta, sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de adquisición que resulte pertinente de acuerdo a la Ley N°19.886.

Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder 03 meses contados desde el vencimiento original del periodo de suministro. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.

Asimismo, la prórroga antes señalada, no puede implicar un aumento de más allá de un 30% del monto originalmente pactado, ni tampoco deberá igualar o superar las 5000 UTM.

Arculo 24°: Ampliación o Disminución de los Servicios Contratados. -

Durante el periodo de vigencia del contrato, el SERVICIO podrá ampliar el servicio contratado en un tope máximo de un 30% del monto total adjudicado, siempre y cuando exista una aprobación administrativa y totalmente tramitada de dicha ampliación por la AUTORIDAD COMPETENTE y exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos. El PROVEEDOR deberá considerar en su oferta dicha ampliación y/o reducción de contrato sin efectuar variación en los precios acordados en este instrumento. No habrá tope para disminuir el contrato.

Las razones por las cuales se podrá aplicar la ampliación o reducción de los servicios contratados se acotarán a las que se enumeran a continuación:

a) Aumento o Disminución de demanda de prestaciones referidas a los Servicios de Evaluación Diagnostica y Tratamiento Integral para población infanto-adolescente con TEA.

En todo caso, la ejecución del contrato y sus ampliaciones no podrán igualar o superar las 5000 UTM.

Para todos los efectos, será el Administrador de Contrato que formalizará estos requerimientos con la emisión de las respectivas Órdenes de Compra y el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de respaldo para ello.

Artículo 25°: Domicilio y Jurisdicción. -

Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna de Puente Alto de la ciudad de Santiago.

Artículo 26°: Ejecución. -

El Proveedor designará un “Encargado Técnico o Jefe del Proyecto” con dedicación permanente que lo representará ante el SERVICIO para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Proveedor.

Artículo 27°: Cesión del Contrato. -

El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al SERVICIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 30º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Artículo 28°: Subcontrataciones. -

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.

El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del contrato. En caso que aplique deberá ser parcial, no más del 30%, en los términos descritos en el artículo 128°, del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.

Los oferentes deberán indicar en sus propuestas o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del aquel acuerdo que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores, en caso que se acojan a dicha modalidad.

Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que el SSMSO lo requiera, el proponente deberá acreditar al momento de remitir las facturas por el Servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html . En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº4, inciso segundo de la Ley N°19.886.

El incumplimiento del Ejecutor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores serán estimado como incumplimiento grave y facultará al SSMSO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº20.123.

9.- Multas y su procedimiento de aplicación.

Artículo 29°: Multas y su procedimiento de aplicación.

El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente define los servicios licitados para tales efectos como importantes para el cumplimiento de los objetivos de la Red Metropolitana Sur Oriente de Salud, y la prestación deficiente del mismo afecta directamente al cumplimiento de las metas comprometidas en esta materia. Por esto se disponen de sanciones con multas valorizadas en UTM (Unidades Tributarias Mensuales, no se considera impuestos incluidos), según sea la importancia de la falta incurrida por el Proveedor.

Para el Contrato de los Servicios de Evaluación Diagnostica y Tratamiento Integral para población infanto-adolescente con TEA, el SSMSO multará al adjudicatario en los siguientes casos:

TIPO DE FALTA

DESCRIPCIÓN

MONTO DE MULTA (UTM)

Falta Gravísima: Importa incumplimiento grave del contrato, en los casos que aplique, sin perjuicio de la acciones legales y cobro de indemnizaciones a que diese.

a) Maltrato a usuario/a

Se aplicará una multa igual a

 5 UTM, por cada evento.

Se establecerá un tope de 3 Multas por esa causa.

b) Egreso administrativo de usuario/a, sin justificación o fundamento.

Se aplicará una multa igual a

5 UTM, por cada evento.

Se establecerá un tope de 3 Multas por esa causa.

c) Rechazar la atención a un usuario/a, sin justificación clínica para ello.

Se aplicará una multa igual a

 5 UTM, por cada evento.

d) Término abrupto de plan de intervención, sin justificación para ello.

Se aplicará una multa igual a

 5 UTM, por cada evento.

Falta Grave: Será aquella con la cual se afecte directamente a las personas, Establecimiento o límite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea posible de ser corregida.

a) No informar de manera oportuna el cambio o ausencia de profesionales.

Se aplicará una multa igual a

2 UTM, por cada evento.

b) Incumplimiento del plan de intervención (frecuencia, plazos, actividades programadas).

Se aplicará una multa igual a

2 UTM, por cada evento.

c) No entrega a tiempo los informes requeridos.

Se aplicará una multa igual a

2 UTM, por cada evento.

d) Informes que sean entregados de manera incompleta y/o no incluyendo las observaciones/recomendaciones solicitadas. 

Se aplicará una multa igual a

2 UTM, por cada evento.

Falta Leve: Corresponde a situaciones de incumplimiento del contrato que no origina riesgos al paciente. 

a) Reclamos de usuarios.

Se aplicará una multa igual a

 1 UTM, por cada evento.

b) Suspensión de horas de atención, sin justificación.

Se aplicará una multa igual a

 1 UTM, por cada evento.

Falta por incumplimiento al procedimiento de Subcontratación.

a) Cuando el Proveedor no comunique al Referente Técnico sobre cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios.

Se aplicará una multa igual a 1 UTM, por cada evento.

1.- Procedimiento para aplicar una Multa y/o Término Anticipado al Contrato.

El Referente Técnico, al detectar un incumplimiento, individualizado en las presentes bases y futuro contrato, debe emitir dicho incumplimiento, generando para tal efecto un respectivo Informe Técnico, el cual se derivará al Administrador de Contrato del SSMSO, siendo este último, quien deberá notificar al proveedor. Esta notificación se realizará al encargado que designe el Oferente, en materia de Multas e Incumplimientos contractuales, a través del correo electrónico registrado para estos fines, en el Anexo N°1 (A-B-C), según sea el caso, de las presentes bases de licitación.

Se establecerá un plazo de 5 días hábiles desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, el Referente Técnico, emitirá un Informe Final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa y/o término anticipado a aplicar en caso que a su juicio ameriten.

Posterior a ello, el Administrador de Contrato, derivará dicho Informe Final a la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta y/o término anticipado de contrato en cuestión. En caso de aplicar la multa y/o término anticipado de contrato, esta acción se formalizará por medio de Resolución Fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.

Sin perjuicio a lo anterior, EL PROVEEDOR en contra de dicho acto administrativo podrá ejercer todos los recursos contemplados en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, dentro de los plazos establecidos en dicho cuerpo legal.

Las multas aprobadas por el SSMSO, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.

Los montos asociados a los casos de multa señalados en el presente artículo, serán acumulados para ser cobrados, los cuales deberán ser pagados por el Proveedor según el siguiente orden:

  • Primera instancia vía transferencia electrónica.

  • Segunda instancia por medio de Vale Vista, dentro de los 10 días hábiles de dicha notificación.

  • Tercera instancia por medio del cobro del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento (en el caso que aplique).

En caso de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, el Proveedor deberá reponer la garantía por la totalidad del monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato en caso en que no se produzca la restitución de la garantía. En caso de existir saldos a favor del proveedor, después del cobro de la garantía, el SERVICIO devolverá el remanente en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha en que el proveedor haya restituido la garantía, previa solicitud, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato del SSMSO quien efectuará las gestiones correspondientes para la devolución.

Con todo, las multas que se cobren, no podrán sobrepasar el 30% del valor total bruto, impuestos incluidos, del contrato a suscribir.

2.- Normas Especiales

En todo caso el Proveedor será solidariamente responsable frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente destinatario de los servicios solicitados en esta licitación, cuando estas tengan su fundamento en la prestación deficiente de los servicios a licitar.

La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del SERVICIO de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.

Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos.

10.- Terminación Anticipada del Contrato.

Artículo 30°: Terminación Anticipada del Contrato. -

Mediante Resolución fundada el SERVICIO podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a)    El Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

b)    En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al SERVICIO, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

c)    Si la calidad de los servicios ejecutados no satisface las exigencias mínimas para los objetivos

señalados en los artículos 35° y 36° de las Bases Técnicas.

d)    Si el Proveedor supera el Tope de Multas, correspondientes a) y b) de las “Faltas Gravísimas”, señaladas en el artículo 29° de las presentes Bases.

e)    Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, entre otras: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del contrato a suscribir; si el Proveedor no iniciase sus labores en el plazo acordado; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 27º, o de la limitación establecida en el artículo 28º, de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan el monto señalado el artículo 29º de estas Bases.

f)     El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores.  Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley Nº20.123.

g)    En caso de que no se cumplan, tanto los procedimientos de subcontratación indicados en el artículo 28° de las Bases, o no informar al Referente Técnico de cambios en los subcontratos durante la ejecución del contrato a suscribir, cuando ello sea detectado, y el Proveedor no haya subsanado ello en un plazo de 10 días hábiles o exista reiteración mayor a 3 eventos relacionado con el incumplimiento al procedimiento de subcontratación regulado en las presentes bases.

h)    Por transgredir el artículo 37° de las presentes Bases, previo informe del Administrador de Contrato.

i)     Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional o la fuerza mayor.

j)     Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones, conforme lo exigen los artículos 13º bis de la Ley Nº19.886 y 130º de su Reglamento.

k)    En caso de superar el monto autorizado para la presente licitación, indicado en el artículo 5° de las presentes Bases.

l)     En el caso que el adjudicatario fuese Unión Temporal de proveedores (UTP) y esta concurra una disolución de la UTP durante la ejecución del contrato.

m)  Inhabilidad sobreviviente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos adjudicados.

n)    La comprobación de falsedad, o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efectos de ser contratados.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras i) j) y k), el SERVICIO podrá cobrar y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al SERVICIO en contra del contratante

11. Solución de controversias.

Artículo 31°: Solución de Controversias. -

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración de la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO o quien él designe o subrogue, previo informe en derecho emitido por el abogado del SERVICIO o Informe Técnico emitido por el Referente Técnico del SERVICIO según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los Tribunales Ordinarios de Justicia y las facultades de la Contraloría General de la Republica.

12. Condiciones Económicas.

Artículo 32°: Oferta Económica

La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor total neto del servicio. Este valor se expresará en moneda nacional (CLP) y deberá incluir todos los costos necesarios para dar una solución integral a los requerimientos del SSMSO, con excepción de los impuestos en los que incida en el mismo. Este valor quedará registrado en el comprobante de ingreso de ofertas del proponente.

Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el Oferente deberá, además, presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3 de estas Bases.

Ante discordancia entre el valor ingresado en el Sistema de Información de Compras Públicas (el cual queda registrado en el comprobante de ingreso de oferta que genera el sistema de información de compras públicas), y el valor indicado en el Anexo N°3 u otro documento que el proveedor haya adjuntado, siempre prevalecerá el valor ingresado en el Anexo N°3.

Sin perjuicio a lo anterior, la comisión de evaluación se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que sean pertinentes, o determinar el mecanismo apropiado para dirimir dichas circunstancias, garantizando los principios de igualdad y transparencia del proceso ante los demás proponentes, siempre que no se modifique la oferta presentada.

El monto máximo a pagar por “Evaluación Diagnóstica” es de $85.000.- CLP impuestos incluidos, (prestaciones consideradas en evaluación, desglosadas en Bases Técnicas, no se pagan por sesión, sino por proceso completo.)

El monto máximo a pagar por “Tratamiento Integral” es de $729.000.- CLP impuestos incluidos, ($8.100 por sesión de profesional individual o grupal, máximo de sesiones por profesional desglosadas en Bases Técnicas)

El SSMSO pagará hasta un monto total estimado de $144.705.000.- CLP Impuestos Incluidos, contra factura mensual según información validada.

Artículo 33°: Facturación y Condiciones de Pago. -

Los pagos se realizarán de forma mensual, contra factura y con el detalle de prestaciones realizadas.

El Proveedor deberá presentar los siguientes documentos mensualmente para la validación de los servicios realizados en el mes recién transcurrido, los cuales serán validados por el Referente Técnico, a saber:

“Documentos para validar los servicios”:

  • Listado de usuarios/as atendidos/as durante el período a pagar, detallando actividad realizada, plazos y profesional a cargo.

  • Informes correspondientes según el proceso indicado:

-  Certificado de primera atención por Neurólogo/a.

-  Informe Diagnóstico de evaluación y recomendaciones para la intervención.

-  Informe de Prórroga para ampliación de plazos de intervención.

-  Informe de Egreso con recomendaciones de continuidad de cuidados.

Asimismo, el Proveedor adjudicado deberá facturar mensualmente los Servicios validados por el Referente Técnico del SSMSO, los cuales serán pagados en el plazo máximo de 30 días a contar de la fecha de recepción de la factura, de acuerdo al siguiente procedimiento:

Procedimiento de facturación:

  • Enviar al Referente Técnico del SSMSO: “Documentos para validar los servicios”.

  • Validados los servicios, facturar haciendo referencia a la OC emitida indicada en el art. 20° de las presentes Bases.

  • en formato XML en un plazo no mayor a 72 horas, a la casilla ACEPTA: ssmsorecepcion@custodium.com o dipresrecepcion@custodium.com, con copia al Referente Técnico del SSMSO.

  • Junto a la factura deberán adjuntar: copia de la orden de compra, copia del acta de recepción que avale la recepción de los servicios, y certificado de antecedentes laborales y previsionales, en los casos que aplique, según las condiciones descritas en el artículo 28° de las presentes Bases.

La facturación deberá ser a nombre de:

  • Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT 61.608.500-K.

Para efectos de los pagos deberá encontrarse firmado el contrato y autorizado por el acto administrativo correspondiente, entregadas las garantías de fiel cumplimiento, en los casos que aplique, entregados y recepcionados los servicios objeto de la presente licitación, en caso contrario no se gestionarán los respectivos pagos, hasta que se cumpla con lo solicitado.

Los pagos serán con transferencia electrónica, por lo que es imprescindible que junto a la factura señale además los datos de transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente, vista u otra al cual se realizará el depósito.



BASES TÉCNICAS
II.- BASES TÉCNICAS

13.- Antecedentes y Objetivos.

Artículo 34º: Objetivo

Objetivos de la adquisición

        Fortalecer la detección oportuna, atención integral y continuidad de los cuidados con enfoque de equidad, en la atención de niños, niñas y adolescentes con pesquisa de TEA

        Diagnosticar oportunamente los Trastornos del Espectro Autista en población de 0 a 18 años.

        Abordar oportunamente los TEA diagnosticados en niños y niñas menores de 18 años, en los ámbitos médico y de rehabilitación integral.

Justificaciones para la realización de la adquisición:

        Escasa oferta especializada en la red de atención de salud pública para dar respuesta a los requerimientos de diagnóstico y tratamiento a población Infanto-adolescente con TEA, baja pesquisa de sospecha diagnóstica, limitada continuidad de cuidados a lo largo del curso de vida, escaso apoyo a la transición a la vida adulta y escasa orientación y acompañamiento a las familias.

14.- Requerimiento

 Artículo 35°:

Línea de requerimiento N°1: Evaluación Diagnóstica Integral

a)     Consideraciones:

  • equipo conformado por:

  1. Médico neurólogo y/o psiquiatra,
  2. Psicólogo/a.
  3. Fonoaudiólogo/a.
  4. Terapeuta ocupacional.
  5. Trabajador/a Social

En caso de no contar con equipo profesional detallado, la oferta quedará inadmisible de ser evaluada.

  • Los profesionales deben estar acreditados/as en Superintendencia de Salud, exceptuando profesional Trabajador/a Social.

  • Los profesionales deben contar con especialización en abordaje de TEA

  • no será admisible.

b)     Servicios a requerir:

Servicio a requerir:

Comprende:

Descripción de la Prestación

Evaluación Diagnóstica Integral

      Evaluación de médico especialista: Neurólogo/a - Psiquiatra

      Evaluación integral Terap. Ocupacional

      Consulta Psicólogo/a clínico/a

      Evaluación del lenguaje

      Aplicación instrumento diagnóstico

      Evaluación social

Consiste en la evaluación clínica y de antecedentes que se realiza al niño, niña o adolescente tras la sospecha de TEA, incluyendo al menos los siguientes aspectos: Historia clínica, evaluación sintomatología, evaluación del nivel de desarrollo y de sus habilidades comunicativas expresivas, comprensivas y físicas/sensoriales, valoración de dificultades emocionales o de comportamiento, información sobre factores socioambientales y recomendaciones para la intervención.

Además de la evaluación individual directa, incluye también la información entregada por padres o cuidadores y de las demás personas que desempeñan una función significativa en la vida de la persona, como educadores y otros profesionales que lo/la hayan atendido, o de otros lugares frecuentados, si corresponde.

Incluye la aplicación de instrumentos diagnósticos acorde a las necesidades del niño, niña o adolescente.

Informe de evaluación y recomendaciones para la intervención.

Período máximo de intervención: 1 mes

c)     Requerimiento de Equipos y Equipamiento que deba entregar/tener el proveedor de servicios:

     Establecimiento debe contar con autorización sanitaria para su funcionamiento.

     Contar con un espacio idóneo, sede única, con los equipamientos e insumos pertinentes, acordes al nivel de gravedad y grupo etario (población de 0 a 18 años), que permita realizar trabajo uno a uno, como también para la atención de familiares y realización de actividades grupales por parte del equipo multidisciplinario. El equipamiento debe ser de material durable, lavable, no tóxico y los insumos deben reponerse periódicamente por el uso y desgaste, como, por ejemplo, material fungible.

     Contar con ficha clínica o registro individual de las prestaciones realizadas.

     Dentro del equipamiento se consideran elementos como escritorio, sillas para el niño/a y familiar, mesa de trabajo, muebles organizadores, espejo, computador. También mobiliario infantil (sillas y mesas para niños/as, muebles para guardar los juguetes).

     Se requieren insumos para atención fonoaudiológica, terapia ocupacional y psicológica, tales como, colchonetas, cubos y prismas, juegos de motricidad, equipo colgante (hamaca, columpio de flexión, escalera colgante), materiales de trabajo fungibles, escritura, pintura, masas, juegos cognitivos (cuentos, puzles, secuencias, disfraces, muñecos), juegos para AVD y juego simbólico (juego de té, juego de ollas, cocina, frutas y verduras u otros alimentos.

Línea de requerimiento N°2: Tratamiento Integral

a)     Consideraciones:

  • El Proveedor debe contar con staff de profesionales mínimo, equipo conformado por:

  1. Médico neurólogo y/o psiquiatra,
  2. Psicólogo/a,
  3. Fonoaudiólogo/a y
  4. Terapeuta ocupacional.
  5. Trabajador/a Social.

En caso de no contar con equipo profesional detallado, la oferta quedará inadmisible de ser evaluada.

  • Profesionales deben estar acreditados/as en Superintendencia de Salud, exceptuando profesional Trabajador/a Social.

 

  • Profesionales deben contar con especialización en abordaje de TEA

  • El no cumplimiento de todas las especificaciones técnicas detalladas, será considerado para la admisibilidad de la postulación. En caso de no contar con canasta de prestaciones detalladas, la postulación no será admisible.

b)  Servicios a requerir:

Servicio a requerir:

Comprende:

Descripción de la Prestación

Atención integral de Fonoaudiología

     Rehabilitación del habla y/o del lenguaje

     Máximo 30 sesiones

Atención Profesional Integral, tanto individual como grupal.

El objetivo central de la intervención es abordar, de manera multidisciplinaria, los desafíos sociales, comunicativo y, conductuales específicas del niño/a en el espectro autista, a través de estrategias de intervención terapéuticas flexibles, que apunten  a la mejora y desarrollo de las habilidades para alcanzar un nivel funcional acorde a las características de cada niños/a para su desempeño en distintos contextos cotidianos, así como también para favorecer su calidad de vida y la de su familia.

Plan de Intervención Integral que incluya al menos la definición de objetivos en diferentes dimensiones, planteando actividades con su frecuencia, plazos y profesionales a cargo, además de la evaluación mensual de avances.

Coordinación con establecimiento educacional, quedando establecido por medio de un informe que incorpore los avances de los objetivos de acuerdo al plan de intervención.

Informe de Egreso que incluya acciones realizadas, avances y recomendaciones de continuidad.

Informe de Prórroga para solicitud de ampliar plazo de intervención, en los casos de mayor complejidad.

Período máximo de plan de intervención: 6 meses desde ingreso.  

Atención integral de Terapeuta Ocupacional

     Atención integral

     Intervención de terapia ocupacional en ayudas técnicas y tecnología asistida

     Máximo 30 sesiones

Consulta Psicólogo/a clínico/a

     Consulta individual

     45´ mínimo por sesión

     Máximo 10 sesiones

Consulta y atención social

     Evaluación social

     30’ a 45’ por sesión, según complejidad de caso

     Mínimo 1 sesión mensual con familia de niño/niña en tratamiento.

     Coordinación intersectorial y gestión de casos complejos

Consulta y seguimiento neurológico

     Control de seguimiento

     Máximo 3 controles, según necesidades del niño/a en tratamiento.

     Elaboración de informe o certificado para ser presentados en establecimiento educacional, u otros dispositivos, según necesidad o requerimiento de la familia. Proceso incorporado en controles de seguimiento.

     Valor de la consulta neurológica, asimilado a componente de evaluación.

Intervención psicosocial grupal

     4 a 8 pacientes, familiares o cuidadores

     2 sesiones mensuales

     Mínimo 8 sesiones grupales

     Máximo 10 sesiones grupales

c)  Requerimiento de Equipos y Equipamiento que deba entregar/tener el proveedor de servicios:

     Establecimiento debe contar con autorización sanitaria para su funcionamiento.

     Contar con un espacio idóneo, sede única, con los equipamientos e insumos pertinentes, acordes al nivel de gravedad y grupo etario (población de 0 a 18 años), que permita realizar trabajo uno a uno, como también para la atención de familiares y realización de actividades grupales por parte del equipo multidisciplinario. El equipamiento debe ser de material durable, lavable, no tóxico y los insumos deben reponerse periódicamente por el uso y desgaste, como, por ejemplo, material fungible.

     Contar con ficha clínica o registro individual de las prestaciones realizadas.

     Dentro del equipamiento se consideran elementos como:

       Escritorio

       Sillas para el niño/a y familiar

       Mesa de trabajo

       Muebles organizadores

       Espejo, computador.

       También mobiliario infantil (sillas y mesas para niños/as, muebles para guardar los juguetes).

      Se requieren insumos para atención fonoaudiológica, terapia ocupacional y psicológica, tales como:

       Colchonetas

       Cubos y prismas

       Juegos de motricidad

       Equipo colgante (hamaca, columpio de flexión, escalera colgante)

       Materiales de trabajo fungibles, escritura, pintura, masas

       Juegos cognitivos (cuentos, puzles, secuencias, disfraces, muñecos)

       Juegos para AVD

       Juego simbólico (juego de té, juego de ollas, cocina, frutas y verduras u otros alimentos.



Artículo 36°: RECURSO HUMANO

Para abordar esta temática es necesario que los equipos sean liderados por un profesional de la salud, con una jornada laboral que le permita entregar al equipo una mirada integral del problema.

El equipo tratante debe ser multidisciplinario, y estar conformad por profesionales:

  1. Médico neurólogo y/o psiquiatra,
  2. Psicólogo/a.
  3. Fonoaudiólogo/a.
  4. Terapeuta Ocupacional.
  5. Trabador/a Social.

Además, estos profesionales deben ser:

  • Profesionales acreditados/as en Superintendencia de Salud, excepto el Trabajador/a social.
  • Profesionales especializados en abordaje de TEA.

En caso de no contar con equipo profesional detallado, la oferta quedará inadmisible de ser evaluada.

15.- Otras Condiciones para la prestación de los servicios

Artículo 37º: Prohibiciones y Obligaciones especiales

Sin perjuicio de las demás limitaciones y prohibiciones establecidas en las presentes Bases se establecen como prohibiciones especiales para el Proveedor en atención a la naturaleza clínica de la entidad para la cual se prestarán los servicios licitados, las siguientes:

  1. En la prestación de los servicios el Proveedor estará especialmente obligado a adoptar todas las medidas preventivas de seguridad requeridas con la finalidad de evitar accidentes que afecten la integridad física de los trabajadores y/o terceras personas.
  2. Adecuar el funcionamiento del servicio a las condiciones sanitarias existentes, si así se requiriera.
  3. Obligación de reserva y uso de información: El Adjudicatario y su personal quedan obligados a:
  • Mantener reserva de la información relativa al SSMSO de la cual tengan conocimiento en el ejercicio de los servicios que emanen de la presente licitación. En especial, mantendrán reserva de la información referida a los usuarios del SERVICIO.
  • No difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del SERVICIO, de la cual hayan tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el artículo 30° de las presentes Bases.

Artículo 38º: Responsabilidad en el desarrollo de los servicios

Se deja claramente establecido, que desde que el paciente beneficiario de la Red Sur Oriente, ingresa a las dependencias del Adjudicatario hasta su egreso será jurídicamente responsable de su manejo y protección. Por consiguiente, su tratamiento y protección es de su exclusiva responsabilidad y riesgo, estando obligado a adoptar todas y cada una de las medidas que sean necesarias para resguardar su salud.

Respecto de los accidentes del personal del Proveedor durante o con motivo de la ejecución de los servicios, el procedimiento a seguir posterior al accidente, así como los costos que de ello se derive será de exclusiva responsabilidad del Proveedor.

16.- Control de los servicios

 Artículo 39º: Del Control

El adjudicatario deberá proporcionar al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, toda la información que éste le requiera, estando expresamente facultado para efectuar visitas de inspección, revisar fichas clínicas, y recabar todo otro antecedente que se estime pertinente, debiendo dársele todas las facilidades del caso.

Por otra parte, el adjudicatario deberá cumplir con las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan la Modalidad de Atención Institucional. De presentarse incumplimientos reiterados por el adjudicatario el SSMSO podrá cobrar el o los documentos de garantía de fiel cumplimiento y dar término anticipado al Convenio.

17.- Contraparte Técnica del SERVICIO.

Artículo 40°: Referente Técnico del SERVICIO y Administrador del Contrato

El Referente Técnico del SERVICIO, será la Referente de Infancia – Chile Crece Contigo, Unidad de Curso de Vida, perteneciente a Departamento de Ciclo Vital y Redes Transversales, Subdirección de Gestión Asistencial, o quien designe en su reemplazo la Autoridad Competente del SSMSO.

Para fines de supervisión del servicio contratado, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá al Referente Técnico:

  1. Efectuar la recepción conforme de los servicios licitados.
  2. Proporcionar al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera para la entrega del servicio licitado.
  3. Enviar de manera mensual la recepción conforme del servicio entregado, incluyendo la documentación de respaldo vía memo al Depto. de Convenios para que esta pueda enviar a pago las facturas.
  4. Emitir informes de incumplimientos e informar al Administrador de Contrato de éstos, para que éste pueda gestionar los procedimientos de aplicación de multas o de término anticipado de contrato, en los casos que aplique.
  5. Informar a la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO, respecto de cualquier incumplimiento del Proveedor.

El Administrador del Contrato será D. Bernardita Mancilla, Jefa del Departamento de Convenios del SSMSO, o quien designe en su reemplazo el

Para fines de supervisión del Servicio contratado, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá al Administrador del Contrato:

  1. Visar y Gestionar las facturas para su pago con el Departamento de Finanzas del SSMSO.
  2. Gestionar el convenio es sus aspectos administrativos, según las directrices indicadas en las Bases Administrativas y el Contrato que se originará de ellas.
  1. Velar por el Fiel Cumplimiento del Contrato.
  2. Efectuar las gestiones para solicitar el cobro de las garantías en los casos que aplique.
  3. Efectuar los procedimientos administrativos relativos a las notificaciones y tramitación de multas o término anticipado del contrato.
  4. Efectuar los procedimientos administrativos relativos a la devolución de las Garantías de Fiel Cumplimiento, en los casos que aplique.
  5. Emitir Órdenes de compra, con sus respectivos Certificados de Disponibilidad Presupuestaria, en los casos que corresponda con la debida validación del Referente Técnico relativo a las materias reguladas en el artículo 24° de las presentes Bases.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.