Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas y Sanciones |
El sistema de sanciones tiene como objetivo estimular la eficiencia del proveedor en la entrega del servicio. Se sancionará con una multa toda falta especificada en las bases y el contrato de acuerdo a informe de la Unidad Técnica administradora del contrato designado por el Director del Complejo Asistencial. Se levantará un Acta de Notificación al proveedor de todas las situaciones anómalas que se presentaren. a) Falta menos Grave: Causales: 1. Reclamos de los beneficiarios atendidos por el adjudicatario referidos a la calidad del servicio u atenciones otorgadas, tales como trato digno y respetuoso a los beneficiarios respetando la confidencialidad, derecho a la información, atención profesional adecuada, siempre y cuando se haya determinado después de escuchar los descargos o defensas del inculpado. 2. Utilización de personal perteneciente al Complejo Asistencial o adscrito a algún convenio de prestación de servicio que, en el momento de la entrega de la prestación, se encuentre en turno o asignado a turno por otro convenio vigente con el Complejo Asistencial. Se aplicará la multa a cada evento. 3. Daño al equipamiento de Pabellones del Complejo Asistencial, a causa de un mal uso por parte del oferente y/o sus dependientes. Se aplicará la multa a cada evento, independiente del costo de la reparación del mismo. Monto de la multa: Importa una sanción de multa de 5 UTM, la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia en los casos expuestos. b) Falta Moderada: Causales: 1. Incurrir en reiteración de faltas menores en un plazo no superior a seis meses, contados desde la comisión de la primera. En tal caso, la comisión de la segunda falta menos grave, habilitará la aplicación de la multa establecida para la falta moderada. 2. Incumplimiento de la cantidad mensual de tratamientos comprometidos, por responsabilidad demostrada del adjudicatario. 3. Incumplimiento de procedimientos y protocolos de calidad y atención, definidos por el Servicio de Oftalmología. Se aplicará la multa a cada evento. 4. Al comprobarse un hecho de hurto o daños cometidos por el personal del oferente en la Institución. Se aplicará la multa a cada evento, independiente del costo de la reposición del mismo. 5. No cumplir con las actividades administrativas de registro y/o documentación exigida por Unidad GES y formativa de Calidad, cuando corresponda Se aplicará la multa a cada evento. Aplica: Importa una sanción de multa de 10 UTM, la cual se aplicará por el incumplimiento o falta de diligencia en los casos expuestos
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Del término anticipado del contrato |
El Convenio podrá terminarse anticipadamente por el Complejo Asistencial sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución, la ejecución parcial o la ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor se obligó. c) Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. d) Si los representantes o el personal dependiente de los proveedores adjudicados sean condenados por actos de fraude, corrupción, soborno y o extorsión, en contra de los intereses de la Institución. e) Si el proveedor es una Persona Jurídica y se encuentre inhabilitado por las prohibiciones de la Ley 20.393. f) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. g) Y las demás que contemple el Art. 77 del Reglamento de Compras Públicas. Para poner término anticipado al contrato, el Complejo Asistencial notificará por escrito a través de carta certificada al adjudicatario, con un aviso previo de 15 (quince) días corridos. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.
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