OBJETO |
En atención a lo dispuesto en el Artículo 14° del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y dado que los productos que se detallan en la presente licitación, no se encuentran en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, las presentes Bases Administrativas establecen las disposiciones que regirán la licitación, posterior Contrato y procedimiento que se celebre en el contrato para la compra de bienes para las dependencias del Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río (CASR) ubicado en Avenida Concha y Toro Nº 3459, comuna de Puente Alto en relación a sus bienes físicos, económicos y humanos. El contrato se requerirá para la compra ropa de uso hospitalaria que requiera el Establecimiento Hospitalario.
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MANDANTE DE LA LICITACIÓN |
El mandante Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, en adelante el CASR, domiciliado en Avenida Concha y Toro N°3459, Comuna Puente Alto, representado legalmente por su Director Gonzalo Menchaca Olivares, cuya personería jurídica está contenida en Resolución TRA N°0449/15/2019 del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente; Resolución Exenta N°0002 de fecha 03.01.2020 que aprueba presupuesto de Compras del año 2020 del CASR
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BASES |
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
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MODIFICACION DE LAS BASES |
En caso de modificación de las Bases, estas deberán ser sometidas al trámite administrativo correspondiente. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y el punto Aclaraciones y Comunicaciones.
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DISPOSICIONES GENERALES |
Comunicaciones. Las comunicaciones se realizarán en forma exclusiva a través del foro en el portal www.mercadopublico.cl. Las consultas a esta licitación por otro medio que no sea el antes mencionado no obtendrán respuesta.
Consultas a los antecedentes de la licitación. Los proponentes podrán realizar consultas a través del foro de la licitación en www.mercadopublico.cl, desde la fecha de publicación a la “ID” el día indicado en Etapas y Plazos de la licitación. Las consultas que se reciban pasada esa fecha o por otra vía, no obtendrán respuesta
Entrega de respuestas y aclaraciones. Las aclaraciones a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl, según lo establece el Art. N°27 del reglamento ley N°19.886. Esta respuesta se realizará en un solo documento, de forma tal de entregar la aclaración a todos los oferentes que participen en esta licitación, el día indicado en Etapas y Plazos de la licitación.
Cierre. La fecha de cierre de recepción de ofertas en www.mercadopublico.cl, será el día indicado en Etapas y Plazos de la licitación,. En el caso de ser un día feriado o un fin de semana, el cierre se realizará el primer día hábil a continuación del día feriado o fin de semana a las 15:00 hras.
En caso de que alguna de las fechas coincida con algún día sábado, feriado o festivo, la actividad en cuestión se realizará el día hábil siguiente.
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CRITERIOS DE INADMISIBILIDAD |
Serán motivos de inadmisibilidad de la oferta:
- Las ofertas con precios que contengan decimales. Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.
- Cualquier oferta del proveedor que por cualquier motivo tenga bloqueados los despachos de productos de adjudicaciones anteriores.
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ANEXOS |
Todos los documentos que el proveedor adjunte deberán encontrarse firmados y timbrados por el Representante Legal
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MODALIDAD DE LA PROPUESTA |
Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas por otras vías salvo lo indicado en el Art. 62 del reglamento. El oferente deberá ingresar en cada línea de producto el valor Unitario Neto en pesos (sin IVA), sin decimales. El valor ingresado en cada línea será de exclusiva responsabilidad del oferente y deberán incluir todos los costos, remuneraciones, utilidades, fletes, gastos generales, capacitaciones e impuestos, de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para el fiel y oportuno cumplimiento del convenio.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
La oferta tendrá validez por 90 días, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazado. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el Complejo podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías hasta en 30 días corridos. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Complejo. Se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
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COMISION EVALUADORA |
Se
designará una Comisión de evaluación nombrada a través de resolución afecta que
aprueba las presentes bases de licitación. Dicha Comisión evaluadora estará
integrada por los siguientes funcionarios del CASR:
• Srta. Carolina Quinteros, Jefa Abastecimiento
• Sr. Osvaldo Quiroga, Jefe Departamento de Operaciones
• Sr. Cristian Lazo, Encargado de compras de Bienes y Servicios
O la persona designada en cada caso.
La comisión evaluará y propondrá la adjudicación por línea
de productos sobre las ofertas presentadas por empresas o personas naturales,
que, de acuerdo a los criterios de evaluación, resulten ser los más
convenientes y ventajosos para los intereses del CASR.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Se evaluarán las ofertas conforme a los siguientes criterios
A- CRITERIO EVALUACION: PRECIO: 60%
B- CRITERIO EVALUACIÓN: CALIDAD TÉCNICA 25%
C- CRITERIO EVALUACIÓN: PLAZO DE ENTREGA: 15%
PUNTAJE TOTAL = A+B+C
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METODOLOGIA DE EVALUACION |
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican en la tabla de criterios, los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación:
Se evaluarán las ofertas según los criterios indicados en la tabla siguiente:
CRITERIO
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PORCENTAJE PONDERACION
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DETALLE
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A. Precio ofertado
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60%
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= (Menor precio ofertado / Precio oferta * 0.60) *100
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B Calidad Técnica
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25%
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Se calculará la calidad técnica conforme a la ficha técnica de cada artículo e imagen que deben subir los oferentes junto a su propuesta, de acuerdo a la siguiente tabla
TRAMO
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PUNTOS
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Sube especificación técnica e imagen del articulo
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100 Ptos
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Np sube la especificación técnica e imagen
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0 Ptos
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C. Plazo de entrega
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15%
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La evaluación del plazo de entrega se realizará aplicando los siguiente tabla, para lo cual cada oferente debe indicar el plazo de entrega de las prendas y/o zapatillas. :En el caso que lo indique se le asignará 0 puntos en este criterio.
PLAZO ENTREGA DESPACHO = 15%
TRAMO
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PUNTOS
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Entrega entre 1 a 7 días corridos
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100 Ptos
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Entrega entre 8 a 10 días corridos
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40 Ptos
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Entrega entre 11 a 12 días corridos
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20 Ptos
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Sobre 13 días o no indica
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0 Ptos
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PUNTAJE TOTAL= Precio ofertado + Calidad Técnica + Plazo de entrega
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EVALUACION DE LA CALIDAD TECNICA DE PRODUCTOS Y SELECCION DE ELLOS |
Los productos se evaluaran en función de las características técnicas, para lo cual se solicita subir imagen y ficha técnica ((composición de tela y confección de cada prenda).
Quien no suba los antecedentes tendrá o puntos en este criterio.
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METODOLOGIA RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, en primera instancia la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios Precio. En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem de criterios calidad técnica. Si aun así subsiste la situación de empate se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem de criterios plazo de entrega. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero al portal, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal <http://www.mercadopublico.cl/.
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DE LA ADJUDICACION Y READJUDICACION |
El CASR evaluará y adjudicará mediante resolución fundada de la autoridad competente, la presente licitación por línea de producto.
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha de adjudicación en el portal, informando las razones del retraso.
Se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados, en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada para tal efecto.
La Empresa adjudicada se obliga a cumplir con el suministro de los productos cotizados, de acuerdo a las Bases Administrativas y Políticas de Canje y demás documentos que forman parte de la licitación. En el caso de que el proveedor no cuente con stock, será motivo de cobro de multa respectiva, indicada en las bases de licitación, El incumplimiento por parte del adjudicatario, facultará al CASR al cobro de multa..
Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así hasta el 3er mayor puntaje. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación. .
Las causales de readjudicación, son las que se expresan a continuación:
- Error en la evaluación.
-Si la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo Asistencial.
- Despacho de productos fuera de los plazos ofertados
- Envío de productos distintos a los ofertados.
- Sí el oferente desiste de su oferta.
- Sea inhábil para contratar con la Institución, de acuerdo a lo establecido a los términos de la Ley y su Reglamento.
-Falta de stock
No obstante a lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar el documento de garantía de fiel cumplimiento.
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DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente.
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DE LA FUERZA MAYOR |
Si durante el desarrollo del proceso, se presentaren eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia al Complejo, dentro 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como este ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo
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PROHIBICION DE CESION |
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, Artículo N°74 del Reglamento”.
Se prohíbe la subcontratación a menos que se trate de servicios de traslado de los productos
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DESERCION DE LA LICITACION |
El Complejo declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumpliesen los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta la licitación sino se presentaran ofertas, o bien, si ninguna de las ofertas evaluadas se ajusta al presupuesto que disponga la institución para la contratación. La licitación podrá ser declarada desierta por no resultar convenientes a los intereses del Complejo Asistencial, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 19.886.
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PERIODO DE RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION |
Se considera como plazo para la reclamación de errores detectados en la adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Las consultas acerca de la adjudicación deben hacerse a mcofrel@ssmso.cl
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VARIACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA |
“El Complejo podrá modificar la compra aumentando o disminuyendo la cantidad de productos objeto de este contrato, formalizado mediante el envío de Orden de Compra, cuyo detalle se encuentra contenido en las presentes bases de licitación, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.
Se podrá aumentar la adjudicación a necesidad del Complejo Asistencial de conformidad con el articulo Nº 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado”. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.
El complejo adquirirá los productos licitados siempre y cuando no sean despachados de la Central de Abastecimiento o no se encuentren en catalogo Chilecompra express
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DE LAS MULTAS |
Se aplicará una multa de un 10% del valor total del producto no despachado durante el día calendarizado, y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 2 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.
También procederá dicha multa en caso de envío de productos de distinta calidad al solicitado en orden de compra.
Las multas que eventualmente pudieran cursarse no podrán superar el 30% del total del contrato (El cual se formaliza con la orden de compra).
En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario debe adquirir los productos ofertados a otra empresa para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser traspasado al Complejo.
- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA MULTA:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el Director de la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico del supervisor de compra. Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto administrativo.
- COBRO DE LA MULTA:
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que le será enviada vía correo electrónico. El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del Complejo, presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Técnica encargada del contrato. De no realizarse este pago, se descontará el monto correspondiente a la multa en el pago más próximo.
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ENTREGA DE FACTURA |
Con el objeto de dar cumplimiento a la ley 20.727, las facturas deben ser enviadas a la Casilla de Intercambio en SII en dipresrecepcion@custodium.com, el DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio en SII” será Reclamado de forma automática transcurridos 2 días (48 hrs) desde la recepción en SII.
El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago de los bienes entregados.
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GESTIÓN DE PAGO Y COBRANZA |
El Complejo se compromete a realizar pagos mensuales una vez aceptada y recepcionada completamente las órdenes de compra mensual y recibidos conformes los bienes y la factura correspondiente. El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de los despachos.
La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del Complejo Asistencial al menos en forma mensual, para hacer la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores
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LUGAR DE ENTREGA Y RECEPCION DE PRODUCTOS |
Los productos debe ser despachada al Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut : 61.608.502-6, ubicado en Avenida Melchor Concha y Toro N° 3459 Comuna de Puente Alto, en Bodega de Central del Complejo Asistencial.
Los productos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del despacho.
- Todas las prendas adjudicadas según talla- color e indicación de lo solicitado en las bases.
-Si se constata al momento de la recepción que el producto no viene con huincha reflectante las prendas solicitadas, el Complejo Asistencial estará facultado para rechazar el producto en forma inmediata.
- Si al momento del despacho no se cumple con las condiciones de confección, trama de la tela y color solicitado, el Complejo se reserva el derecho a devolver cualquier producto que no las cumpla.
- Cualquier modificación en la confección, trama de tela, color u otras de los productos deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento a la Sra. Malvina Cofre Supervisor de área logística, quien deberá dar la autorización al cambio solicitado previo al despacho.
El horario de atención de las bodegas del CASR para recibir y recepcionar productos es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 hrs., y viernes hasta las 15:00 hrs. Coordinar el despacho con Supervisor de bodega Sr. Carlos Amaro correo carlos.amaro@ssmso.cl . Además se informa que bodega solo recibirá con guía de despacho o copia de la factura original, pedidos completos
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CONTRATO |
Este contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, por tratarse de un bien estándar de simple y objetiva especificación
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REDUCCIÓN PLAZO DE PUBLICACIÓN |
Se requiere reducir a 6 días el plazo de cierre de la licitación, debido a la necesidad de contar lo antes posible con la ropa de seguridad publicada para el personal de Movilización. **La licitación se encontrara publicada 6 días en el portal mercadopublico.cl**
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