READJUDICACION |
En el caso que el proveedor adjudicado se rehúse a enviar los productos adjudicados en el plazo ofertado, envíe un producto diferente o desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a los términos de la ley y reglamento, se adjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente
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GESTION DE COBRANZAS |
La empresa deberá designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del complejo para hacer la gestión de los pagos de la orden de compra.
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BASES |
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
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CRITERIOS DE EVALUACION |
Cuando no indique alguno de los criterios o especificaciones requeridas, la oferta será evaluada con 0% en ese criterio.
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ANEXOS |
Todos los documentos que el proveedor adjunte deberán encontrarse firmados y timbrados por el Representante Legal
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FECHA DE ADJUDICACION |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso.
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ENTREGA DE FACTURA |
Con el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.
El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado.
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DESERCION DE LA LICITACION |
El Complejo declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarara desierta la licitación sino se presentarán ofertas, o bien, si ninguna de las ofertas evaluadas se ajusta al presupuesto que disponga la Institución para la contratación. La licitación podrá ser declarada desierta por no resultar conveniente a los intereses del Complejo Asistencial, de conformidad a lo establecido en el art, 9 de la ley N° 19886.
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FUERZA MAYOR |
Si durante el desarrollo del proceso, se presentasen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia al Complejo, dentro 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como éste ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días al que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
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PERIODO RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION |
Se considera como plazo para la reclamación de errores detectados en la adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.
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PROHIBICION DE CESION |
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derecho y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, artículos Nº 74 del reglamento
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PRECIO DEL PRODUCTO |
Los precios no admiten reajuste de ninguna especie e incluye todos los costos, honorarios, utilidades, fletes, gastos generales e impuestos, de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para el fiel y oportuno cumplimiento del compra.
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JURISDICCION |
Las partes fijan su domicilio en Puente Alto, Chile y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.
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EVALUACION |
La calidad de los productos ofertados debe estar aprobada por el Complejo Asistencial, para lo cual los oferentes que no tengan evaluados sus productos en el Complejo Asistencial deberán entregar muestra del producto ofertado, las que serán evaluadas por referente Técnico a cargo de la Evaluación Sra. Estrella Tapia, jefe de Central de Ropa o Quien Subroga.
Los oferentes deberán subir la pauta de evaluación junto con su oferta a la licitación
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MULTAS |
Se aplicará una multa de un 10% del valor total del producto no despachado, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato. También procederá dicha multa en caso de envío de productos de distinta calidad a la ofrecida, sin perjuicio del reemplazo de los mismos dentro del plazo de cinco días, dichas multas no podrán superar el 30% del total del contrato
En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser trasladado al Complejo.
Ante la eventualidad de que el adjudicatario no asegure el cumplimiento del stock convenido, se considerará un incumplimiento del contrato que será sancionado con una multa del 30% del total de la OC no despachada.
En la eventualidad que esta falta sea reiterada, a la tercera vez deberá ser considerada esta situación como causal de término anticipado del contrato..
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA MULTA: |
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el Director de la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico al coordinador del convenio.
Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto administrativo.
COBRO DE LA MULTA
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrara obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.
“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado( DIPRES/Sistema acepta)”.
El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).
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De las Muestras |
La calidad de los productos ofertados debe estar aprobada por el Complejo Asistencial, para lo cual los oferentes que no tengan evaluados sus productos en el Complejo Asistencial deberán entregar muestra del producto ofertado, las que serán evaluadas por referente Técnico a cargo de la Evaluación Sra. Estrella Tapia, jefe de Central de Ropa del Complejo Asistencial, o Sra. Tamara Sepúlveda de la misma Unidad. .
Se adjunta pauta de evaluación para que el oferente interesado pueda entregarla junto con las muestras para la evaluación. Las evaluaciones deben realizarse antes de la fecha de cierre de licitación, para que el proveedor pueda contar con la pauta de evaluación la cual debe subirse junto con la oferta. por lo que las muestras deben entregarse hasta las 12:00 horas del dia anterior a la fecha de cierre de licitación.
El proveedor que no tenga su producto aprobado con pauta de evaluación, deberá presentar muestras a lo menos 20 uds para la evaluación , si no presenta la muestra antes del cierre de la licitación no podrá ser evaluado.
Se aceptaran pautas de evaluación de hasta 6 meses desde la publicación en el caso de que el producto ya haya sido evaluado.
Producto que no cuente con pauta de evolución quedar fuera de evaluación, ya que es indispensable saber la calidad del producto para poder generar la compra
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PRECIO OFERTADO |
EL PRECIO OFERTADO
Los oferentes deberán realizar sus ofertas sin decimales, de otro modo su propuesta se declarará inadmisible
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Despacho de Productos |
El proveedor debe despachar la orden de compra en su totalidad.
El envío deberá ser coordinado en conjunto con el Supervisor de Bodega Sr. Carlos Amaro Jara, correo carlos.amaro@ssmso.cl fono: 22 5764938
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DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS |
Solo se aceptaran las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal Mercadopublico.cl.
Los oferentes deberán realizar sus ofertas sin decimales, de otro modo su propuesta se declarará inadmisible.
Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.
Cada oferta debe ser válidamente ingresada en el portal Mercado público y de acuerdo a las disposiciones establecidas para cada criterio, esto es, carácter administrativo, técnico y económico; por tanto, cada propuesta para ser considerada en las evaluaciones respectivas, deberá justarse íntegramente a lo solicitado por el Complejo Asistencial.
No se aceptarán ofertas económicas por otras vías ya sean en soporte papel u otro medio que no sea el portal mercado público salvo las indicadas en el Artículo N° 62 del reglamento.
El oferente ingresara en cada línea el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente.
El no cumplimiento de lo anterior, afectará directamente la oferta presentada en el proceso de evaluación de las propuestas, ya que pese a que pueda contar con los antecedentes requeridos, estos no fueron presentados por el oferente en su forma, lo que contravendría con las disposiciones establecidas en las bases de licitación
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CRITERIOS DE EVALUACION |
Se evaluarán las ofertas según los criterios indicados en la tabla siguiente:
Criterio Evaluación
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%
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Método de Evaluación y Subcriterios
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Calidad Técnica de los Bienes o Servicios
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30
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REVISAR ANEXO N° 8 CUMPLIMIENTO DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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Plazo de Entrega
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10
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REVISAR ANEXO N° 9 CRITERIO DE EVALUACIÓN PLAZO DE ENTREGA
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Precio
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60
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FORMULA = (PRECIO MENOR / PRECIO OFERTA PROVEEDOR X100) *0,60%
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METODOLOGIA DE EVALUACION:
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CRITERIO PLAZO DE ENTREGA 10%
TRAMO
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PORCENTAJE
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INDICAR EN QUE TRAMO CUMPLE CON UNA X
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Igual o menor a 24 hrs.
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100 ptos
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Mayor a 24 hrs. y menor a 48 hrs.
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60 ptos
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Mayor a 48 hrs. y menor a 72 hrs.
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50 ptos
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Después de las 72 hrs.
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30 ptos
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No informa
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0 ptos
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Proveedor debe indicar en su oferta el tiempo de demora en el despacho el cual deberá respetar para no exponerse a multas, que le serán aplicadas por día de atraso en el despacho.
CRITERIO CALIDAD TÉCNICA 30%
TRAMO
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PORCENTAJE
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INDICAR EN QUE TRAMO CUMPLE CON UNA X
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Adjunta Anexo N°10, Pauta de Evaluación, Aprobada y Firmada por el Evaluador que corresponde, indicado en esta licitación (Pauta debe ser de una vigencia no menor a 6 meses)
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70 ptos
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Adjunta Ficha Técnica e imagen del producto
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30 ptos
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Para acreditar la calidad el proveedor deberá entregar muestra del producto para que esta sea evaluada por usuario de Central de Ropería, las muestras se recibirán en la Unidad de Abastecimiento hasta el séptimo día desde la publicación de la licitación.
CRITERIO PRECIO 60%
PUNTAJE PRECIO (OFERENTE X) =PRECIO (MENOR/PRECIO OFERTA PROVEEDOR) X 0,60
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Se evaluará criterios de evaluación plazo de entrega y calidad técnica, conforme a lo informado en los Anexos N°8 y N°9
Cuando no indique alguno de los criterios o especificaciones requeridas, la oferta será evaluada con 0% en ese criterio.
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RESOLUCION DE EMPATES |
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, se adjudicará a quien presente la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios "CALIDAD". En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem "PRECIO". Si aun así subsiste la situación de empate de adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la dirección de compras y contrataciones públicas en el portal. http://www.mercadopublico.cl/
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VARIACIÓN DE CANTIDAD ADJUDICADA |
En la eventualidad de que sea necesario, se podrá efectuar aumento del total adjudicado. De conformidad con el articulo N° 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.
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ORDEN DE COMPRA |
Esta compra se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y aceptación de está por parte del proveedor por tratarse de un bien de simple y objetiva especificación
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