PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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BASES DE LICITACIÓN |
Los interesados deberán ajustar su propuesta a lo establecido a las bases de licitación adjuntas, las que forman parte integrante del presente proceso de adquisición.
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ANEXOS |
Los interesados deberán considerar y dar cumplimiento a lo requerido en anexos adjuntos, los que forman parte integrante del presente proceso de adquisición.
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DE LAS GARANTIAS |
1. GARANTIAS
21.1 GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:
Garantía de Seriedad de la oferta ID 1057501-184-LQ23 CONVENIO OXIGENOTERAPIA PARA EL CASR. La seriedad de la oferta, se caucionará mediante la presentación de un documento de garantía, por la cantidad de $2.000.000.- pagadero a la vista y de carácter irrevocable, el cual debe extenderse indicando beneficiario(nombre y Rut) y glosa correspondiente. El documento de garantía de seriedad de la oferta, será recepcionado en la Unidad de Abastecimiento del CASR, hasta el día del cierre de la licitación (15:00), donde se emitirá un comprobante de recepción conforme. La caución será posteriormente resguardada en la unidad de Finanzas del CASR. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad de la entidad emisora.
Forma y oportunidad de restitución
La devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta se realizará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación de la oferta según corresponda, salvo a los oferentes seleccionados en el 1er y 2do lugar, a quienes se les devolverá la caución, una vez firmado el Contrato con el proponente adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°43 del reglamento de compras públicas, mediante solicitud del oferente al correo electrónico documentosdegarantia@ssmso.cl. La garantía de seriedad de la Oferta se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las siguientes causales:
- Que el oferente desista de su oferta, dentro del plazo de vigencia de la misma y encontrándose en proceso de licitación.
- La no suscripción del contrato dentro del plazo fijado para este evento.
- La no entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y las copias de este último debidamente firmadas por el representante legal en tiempo y forma.
- Retira su oferta dentro del plazo de la misma y encontrándose en proceso de licitación. El proveedor deberá enviar el documento de garantía a Abastecimiento con un plazo máximo el día de cierre de la licitación. Por cada oferta que ingrese, deberá enviar un documento de seriedad de la oferta. La garantía de seriedad de la oferta es obligatoria, por tanto, la no entrega de este documento garante implicará la exclusión de la propuesta afectada.
21.2 GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Al momento de la suscripción del Contrato, el adjudicatario deberá estar hábil en el portal www.chileproveedores.cl y entregará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo: Boleta Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguro o Depósito a plazo, etc. La caución o garantía deberá ser pagadera a la Vista y tener el carácter de Irrevocable, a nombre de Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut N° 61.608.502-6 por un monto equivalente al 10% del valor total del Contrato, en pesos chilenos, que deberá tener una vigencia al menos de 120 (ciento veinte) días corridos posteriores a la fecha de término del contrato, con la finalidad de Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato que se genere de esta Licitación Pública, la que quedará en poder del CASR mientras dure el periodo de vigencia. Será devuelta por el CASR con posterioridad al término del Contrato y una vez vencida su vigencia. Dicha caución será entregada en el área de Gestión de Contratos de Abastecimiento, indicando el número de ID y nombre de licitación o bien de manera electrónica al correo documentosdegarantia@ssmso.cl. Es obligatoria la presentación de caución solicitada acompañada de certificado de autenticidad, emitido por la misma entidad que genere documento garante.
En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:
“Para Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato de la Oferta de la Licitación Pública ID: 1057501-184-LQ23 “CONVENIO OXIGENOTERAPIA PARA EL CASR”.
Esta garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento del proveedor de cualquier obligación emanada del contrato.
Esta garantía, asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes. Asimismo, con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En este evento, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, en los mismos términos y condiciones que los señalados en estas Bases Administrativas, dentro del término de 10 días hábiles contados desde que se hizo efectiva la anterior garantía.
Luego de recibida la garantía será enviada previo chequeo a custodia a Unidad de Tesorería del CASR, mientras dure el periodo de vigencia. Podrá ser devuelta por la mencionada Unidad, a contar del primer día de termino de vigencia de garantía, previa solicitud directa del proveedor.
El CASR podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:
- En caso de incurrir el adjudicatario en incumplimiento a las obligaciones derivadas del Contrato.
- El cambio de las condiciones materia de la Oferta, durante la vigencia del Contrato, sin la aceptación previa por parte del CASR.
- La quiebra o el estado de notoria insolvencia del proveedor.
- Si el contratista o alguno de los socios del contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
- El oferente no cumpla con los requerimientos técnicos solicitados en las presentes bases de licitación o según lo indicado en su oferta técnica.
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MULTAS Y OTROS RELATIVOS |
A continuación, se describen las multas que podrá aplicar el CASR, cuando se constituya alguna de las siguientes causales, sin perjuicio de las causas que puedan presentarse en lo relativo a despacho de insumo requerido, que se expresan en Bases Técnicas, el tope de estas multas será hasta un 30% del monto total del contrato.
Ítem
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Monto Multa
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Causal
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Plazos para subsanar incumplimientos
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a
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5%
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Cada vez que se despachen productos de menor calidad a la ofrecida, evidenciada por reclamos u observaciones desde servicio clínico.
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El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 2 días corridos. Se aplicará multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.
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Cada vez que no se realice el reemplazo de los productos que posean una vigencia menor a 12 meses y que hayan sido recibidos en CASR.
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El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 3 días corridos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.
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b
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5%
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Cada vez que se registre atraso en la entrega de los productos.
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La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 24 horas para despachar los productos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se considerará el plazo de entrega de 24 adicional según lo informado por la empresa en su oferta. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo
establecido en el punto 39.
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Cada vez que se realicen despacho de menor cantidad de productos.
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La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 3 días corridos para completar la entrega total de los productos. Se aplicará la multa de 5% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.
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c
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10%
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Cada vez que se registre la falta de despacho por falta de stock.
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La empresa adjudicada se obliga a entregar al CASR los insumos adjudicados, adquiriéndolos a otras instituciones y/o empresas según sea necesario. La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 2 días corridos para entregar los productos, desde el reclamo de la OC por parte del CASR. Se aplicará la multa de 10% del valor total del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de5 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en el punto 39.
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En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que no podrá ser
trasladado bajo ninguna circunstancia al CASR.
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*Como aclaración las multas y sus porcentajes serán emitidas según su naturaleza pudiendo sumarse entre sí, esto en relación a cada Orden de Compra (OC) emitida por el CASR y no al total de la Licitación.
23.1. PROCEDIMIENTO APLICACIÓN MULTAS.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, a través del encargado del área de Gestión de Contratos, se le informará al adjudicatario indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al mail: gestiondemultasCASR@ssmso.cl
Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado.
Se informará al adjudicado, particularmente al correo electrónico indicado en anexo N° 1. Se entenderá que el proveedor ha sido notificado a contar de tres días hábiles posteriores al envío de comunicación enviad por CASR, fijando esa fecha como el día de inicio de la notificación y el plazo correspondiente.
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.
“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (DIPRES/Sistema acepta)”.
El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).
En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último restituir esta caución en un plazo de 10 días hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente establecidas y por el período restante del contrato.
Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de dicha garantía no importa por parte del CASR renuncia o limitación de su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren. No obstante, al cobro y posterior pago de la multa, el proveedor está obligado a subsanar la causal que originó la penalización.
Es importante señalar que, el proveedor podrá recurrir a cualquiera de los recursos contemplados en la Ley 19.880, para efectos del cobro de la multa.
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FORMA DE PAGO |
El CASR se compromete a realizar pagos mensuales (30 días corridos) una vez aceptada y recepcionada completa la o las órdenes de compra mensuales y recibidos conformes los productos y la factura correspondiente, en el caso de no existir multas.
El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de la entrega de servicios/productos. La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del CASR al menos en forma mensual, a fin de que las partes estén contestes de la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores.
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VIGENCIA DEL CONTRATO. |
El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe y tendrá una vigencia de 36 meses, o hasta agotar el monto contratado, lo que ocurra primero.
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin perjuicio de ello, y por razones de buen servicio, la ejecución de las prestaciones que nacen del contrato comenzará antes de dicho evento y a partir de la fecha Adjudicación de los servicios. El oferente adjudicado se entenderá notificado a partir de la adjudicación efectuada mediante el Portal de www.mercadopublico.cl. Sin embargo, por razones de buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato a partir de la notificación de la adjudicación según resolución fundada, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato, emisión de OC, factura, recepción de insumos, los que deberán generarse posteriormente a la celebración de convenio.
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VARIACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA |
En la eventualidad de que sea necesario, se podrá efectuar aumento del total adjudicado. De conformidad con el articulo N° 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. De ser aplicado el aumento, se solicitará una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento, en los términos descritos en el punto 20.2. de las presentes bases, y por el mismo 10% del contrato inicial.
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