DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS |
Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán otras salvo lo indicado en el Art. 62 del reglamento. El oferente deberá ingresar en cada línea de producto el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente. Valores deben ser sin decimales de lo contrario oferta se considerara inadmisible
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Se evaluaran las ofertas según los criterios indicados en la tabla siguiente:
Ítem |
Observaciones |
Ponderación |
1
EXPERIENCIA OFERENTE
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SEGUN CLAUSULA EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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15%
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2
Precio
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SEGUN FORMULA: (Precio mínimo ofertado/ precio oferente *0.60)*100
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60%
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3
OFERTA TECNICA
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SEGÚN CLAUSULA CUMPLIMIENTO DE OFERTA TÉCNICA
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25% |
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para dimitir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios "OFERTA TECNICA". En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem "PRECIO". Si aun así subsiste la situación de empate de adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la dirección de compras y contrataciones públicas en el portal .
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DE LA FUERZA MAYOR: |
Si durante el desarrollo del proceso, se presentasen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia el Complejo, dentro de 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como éste ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días al que se hace referencia, no se aceptara reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: "se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir". De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA MULTA |
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, este le informara al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañado todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el Director de la Entidad dictara la respectiva resolución, aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara, mediante acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico al coordinador del convenio.
Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto administrativo.
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COBRO DE LA MULTA |
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrara obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.
El monto de las multas será ingresado directamente en Tesoreria del complejo, presentando la "Resolución de Multa". Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Técnica encargada del contrato. De no realizarse el pago, se descontara el monto correspondiente a la multa en el pago más próximo.
El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).
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DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
Transcurrido el plazo de 24 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por el, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente. Las órdenes de compra se emitirán una vez realizada la tramitación del contrato.
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BASES |
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
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DESERCIÓN DE LICITACIÓN |
El Complejo declarará inadmisible
las ofertas cuando éstas no cumpliesen los requisitos establecidos en las
bases. Declarará desierta la licitación sino se presentaran ofertas, o bien,
cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Complejo, declarando
mediante resolución fundada de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de
la ley Nº 19.886.
*Se declarará
inadmisible cualquier oferta del proveedor que por cualquier motivo tenga
bloqueados los despachos de productos de adjudicaciones anteriores*
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Las consultas acerca de la adjudicación deben hacerse a ptobar@ssmso.cl
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PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
En el caso que sea necesario presentar antecedentes administrativos omitidos por los oferentes, podrá enviarlos hasta 24 hrs. posterior a la apertura de las ofertas según criterio de evaluación a través de la aclaración de las ofertas.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Cuando no indique alguno de los criterios o especificaciones requeridas, la oferta será evaluada con 0% en ese criterio.
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PERIODO RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION |
Se considerará como plazo para la reclamación de errores detectados en la adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.
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GESTION DE PAGO Y COBRANZA |
El Complejo se
compromete a realizar pagos mensuales una vez aceptada y recepcionada completa
las órdenes de compra mensual y recibidos conformes los productos y la factura
correspondiente. Para entrega y pago de facturas los Proveedores
deberán enviar las facturas electrónicas, boletas, notas de créditos,
débito y etc. al mail facturas@ssmso.cl, el plazo para ingresar
los documentos mencionados, será de 2 días corridos, de emitidos.
El pago de las facturas se realizara previa revisión y
cumplimiento de los despachos. La empresa será responsable de designar a un
representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la
persona encargada en finanzas del Complejo al menos en forma mensual, para hacer
la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus
estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores
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ENTREGA DE FACTURA |
Con
el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54,
las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser
ingresadas al correo electrónico facturas@ssmso.cl
El mecanismo antes señalado, será el
único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta
disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las
gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga
lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación
requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá
considerar dentro del presupuesto los montos pendientes de las facturas
no ingresadas al correo electrónico señalado. Además se debe firmar el
anexo 4 "CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE ENTREGA DE FACTURA ELECTRÓNICA"
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PRECIO DEL PRODUCTO |
Los precios no admiten reajuste de ninguna especie e incluye todos los costos, remuneraciones, utilidades, fletes, gastos generales e impuestos, de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para fiel y oportuno cumplimiento del convenio.
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DEL ENVÍO DE ÓRDENES DE COMPRA |
La cantidad publicada y posteriormente adjudicada es referencial, ya que se enviaran órdenes de compra con las cantidades dependiendo de los requerimientos de los servicios y que variaran de acuerdo a esto, en forma mensual y por el tiempo que dure la licitación.
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De la Adjudicación y Readjudicación |
El complejo evaluará y adjudicará la presente licitación por línea de productos En caso de no cumplir con la fecha de adjudicación indicada en las presentes Bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del retraso.
Se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados, en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada para tal efecto.
Se re adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, en los siguientes casos:
• Por error en evaluación
• Si la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo Asistencial.
• No entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo estipulado en las bases.
• Proveedor adjudicado se rehúse a firmar el contrato, desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a los términos de la Ley y el Reglamento.
• Proveedor adjudicado no cuente con el stock requerido y/o no despache en el tiempo establecido en esta licitación.
• Producto adjudicado sea rechazado por el servicio por no cumplir con la calidad técnica requerida.
• Proveedor entregue producto no correspondiente a lo ofertado en la licitación.
• Por error en la designación al ingresar al mercado público al proveedor adjudicado.
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Pago mediante transferencia electrónica |
PAGO MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRONICA Razón social Banco Cuenta corriente , cuenta rut, de ahorro, etc Rut
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DE LAS MULTAS |
Se aplicara una multa de un 3% del valor total del servicio no realizado, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato. También procederá dicha multa en caso de envío de productos de distinta calidad a la ofrecida, sin prejuicio del reemplazo de los mismos dentro del plazo de cinco días, dichas multas no podrán superar el 30% del total del contrato. En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, este será responsable del posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser trasladado al Complejo. Ante la eventualidad de que el adjudicatario no asegure el cumplimiento del stock convenido, se considerará un incumplimiento del contrato, este será sancionado con una multa del 30 % del total de la OC no despachada. En la eventualidad que esta falta sea reiterada, a la tercera vez deberá ser considerada esta situación como causal de término anticipado del contrato
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Sobre la entrega y recepción de los documentos de garantía |
Todo documento de garantía se recepcionará en conformidad en la oficina de Abastecimiento previa revisión de lo requerido por bases de licitación, esto es: beneficiario, rut, glosa, y fecha de vencimiento. No se recepcionarán aquellos documentos que no puedan revisarse previa recepción. De lo anterior se desprende que, el hecho de recibir físicamente el documento por cualquier medio no implica per se la aceptación en conformidad del mismo, por lo que si un documento de garantía es entregado por una Empresa externa al oferente/adjudicado que no permite la revisión del documento, éste no se recepcionará en conformidad, y la propuesta se declarará inadmisible.
“Los documentos de garantía presentados en la presente licitación deben venir acompañados de un certificado de autenticidad de la entidad emisora. En el caso de las pólizas verificar con el código de verificación que viene en el mismo documento. En el caso de no tener el certificado solicitado documento garantía no será recepcionada en conformidad y la propuesta se declarara inadmisible.”
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De las garantías |
Las cauciones a presentar deberán ser pagaderas a la vista y de carácter irrevocable , por tanto, el Complejo Asistencial aceptará aquellas garantías que asegure el pago de dicha caución de manera inmediata y efectiva, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo N° 68 del Reglamento de Ley N° 19.886. Estos documentos deber ser extendidos a nombre del Complejo Asistencial, expresada en pesos chilenos, identificado en la glosa correspondiente a que proceso corresponde cada garantía. La recepción de las cauciones será en la Oficina de Abastecimiento, siendo esta una exigencia a fin de que la caución sea recibida en tiempo y forma, de acuerdo a lo que a continuación se señala: Seriedad de la Oferta: presentar documento garante, el que debe contener los datos descritos en bases de licitación relativas a esta materia, hasta el mismo día del cierre de la recepción de ofertas. El documento de recepción de esta caución en la Oficina de Abastecimiento debe ser subido dentro de los anexos a presentar por el oferente. Fiel Cumplimiento del Contrato: debe ser presentada junto con las 4 copias del contrato, firmadas por el representante legal de la entidad adjudicada, en el plazo establecido para este fin en las presentes bases de licitación. La no presentación de esta caución dará lugar al Complejo Asistencial a hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta, sin que la entidad adjudicada tenga derecho a alegaciones, sumado a esto si esta Garantía no se hubiera constituido dentro del plazo establecido, el Complejo Asistencial queda expresamente facultado para adjudicar al proveedor que haya obtenido el segundo lugar, sin notificación ni derecho a reclamo alguno del afectado. Además esta garantía asegurara el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del los trabajadores del contratante La Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de la adquisición, deberá ser por valor equivalente al 5 % del monto total contrato neto adjudicado. Se deja expresa constancia que el hecho de hacer efectiva dicha garantía, no conlleva por parte del Complejo Asistencial a renunciar o limitar su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren
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