Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LAS MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE COBRO |
MULTAS Y OTROS RELATIVOS
A continuación, se describen las multas que podrá aplicar el CASR, cuando se constituya alguna de las siguientes
causales, sin perjuicio de las causas que puedan presentarse en lo relativo a despacho de insumo requerido, que
se expresan en Bases Técnicas, el tope de estas multas será hasta un 30% del monto total del contrato.
Ítem Monto
Multa Causal Plazos para subsanar incumplimientos
a 5%
Cada vez que se despachen
productos de menor calidad a la
ofrecida, evidenciada por reclamos u
observaciones desde servicio clínico.
El reemplazo de los productos debe ser realizado
dentro del plazo de 2 días corridos. Se aplicará multa
de 5% del valor total del producto, por cada día de
atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del
producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual,
se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo
establecido en el punto 39.
Cada vez que no se realice el
reemplazo de los productos que
posean una vigencia menor a 12
meses y que hayan sido recibidos en
CASR.
El reemplazo de los productos debe ser realizado
dentro del plazo de 3 días corridos, contados desde la
notificación por parte del CASR. Se aplicará la multa de
5% del valor total del producto, por cada día de atraso
y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta
por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner
término al contrato y/o aplicar lo establecido en el
punto 39.
b 5%
Cada vez que se registre atraso en la
entrega de los productos.
La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 24
horas para despachar los productos, contados desde la
notificación por parte del CASR. Se considerará el plazo
de entrega de 24 adicionales a lo informado por la
empresa en su oferta. Se aplicará la multa de 5% del
valor total del producto, por cada día de atraso y hasta
la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un
lapso de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner
término al contrato y/o aplicar lo establecido en el
punto 39.
Cada vez que se realicen despacho
de menor cantidad de productos.
La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 3 días
corridos para completar la entrega total de los
productos. Se aplicará la multa de 5% del valor total
del producto, por cada día de atraso y hasta la fecha
efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso
de 3 días corridos, pasado el cual, se podrá poner
término al contrato y/o aplicar lo establecido en el
punto 39.
c 5%
Cada vez que se registre atraso en la
reposición de los productos
defectuosos.
La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 48
horas para dar respuesta a Dr. Balarezzo desde que él
notifica la falla, luego tendrán un plazo máximo de 8
días para restituir el material defectuoso en iguales
condiciones como se estipula en las bases.
d 10%
Cada vez que se registre la falta de
despacho por falta de stock.
La empresa adjudicada se obliga a entregar al CASR los
insumos adjudicados, adquiriéndolos a otras
instituciones y/o empresas según sea necesario. La
empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 2 días
corridos para entregar los productos, desde el reclamo
de la OC por parte del CASR. Se aplicará la multa de
10% del valor total del producto, por cada día de atraso
y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta
por un lapso de 5 días, pasado el cual, se podrá poner
término al contrato y/o aplicar lo establecido en el
punto 39.
En la eventualidad que, por cualquier causa, el
adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a
otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será
responsable del posible sobrepago originado, costo
que no podrá ser trasladado bajo ninguna
circunstancia al CASR.
*Como aclaración las multas y sus porcentajes serán emitidas según su naturaleza pudiendo sumarse entre sí,
esto en relación a cada Orden de Compra (OC) emitida por el CASR y no al total de la Licitación.
23.1. PROCEDIMIENTO APLICACIÓN MULTAS.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, a través del encargado del área de Gestión de
Contratos, se le informará al adjudicatario indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el
monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de
cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al
mail: gestiondemultasCASR@ssmso.cl
Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva
resolución, de aplicación de multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la
Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o
acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El
resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado.
Se informará al adjudicado, particularmente al correo electrónico indicado en anexo N° 1. Se entenderá que el
proveedor ha sido notificado a contar de tres días hábiles posteriores al envío de comunicación enviad por CASR,
fijando esa fecha como el día de inicio de la notificación y el plazo correspondiente.
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de
15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.
“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de
Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad
Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado
(DIPRES/Sistema acepta)”.
El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel
Cumplimiento (si correspondiera la solicitud de esta garantía).
En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los
incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último restituir esta caución en un plazo de 10 días
hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente
establecidas y por el período restante del contrato.
Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de dicha garantía no importa por parte del CASR
renuncia o limitación de su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas
contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación
íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren. No obstante, al cobro y posterior pago de la multa, el
proveedor está obligado a subsanar la causal que originó la penalización.
Es importante señalar que, el proveedor podrá recurrir a cualquiera de los recursos contemplados en la Ley
19.880, para efectos del cobro de la multa.
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SOBRE LA RECEPCION DE PRODUCTOS |
SOBRE LA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS/PRODUCTOS.
Previo a la entrega de los servicios/productos, deberá encontrarse emitida y aceptada la respectiva Orden de
Compra.
Los servicios/productos deberán entregarse en Bodega General dependiente del Departamento de
Abastecimiento, ubicado en Avenida Concha y Toro 3459, Puente Alto, ciudad de Santiago.
El adjudicado deberá entregar los servicios/productos en el plazo máximo informado en su oferta (Anexo N° 6)
contados desde la solicitud realizada, de acuerdo a las necesidades del CASR.
26. HORARIO DE ATENCIÓN PARA RECEPCIÓN EN BODEGA
El horario de atención de las bodegas del CASR para recibir y recepcionar este tipo de productos es de lunes a
viernes de 08:30 a 11:00 hrs.
DESPACHO Y RECEPCIÓN
Los productos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del
despacho:
• Deben contar con una fecha de vencimiento igual o superior a 12 meses. De no cumplir con lo anterior,
el proveedor deberá enviar una carta de compromiso de canje para así poder efectuar el cambio del
producto si es que la fecha de vencimiento fuera menor al mínimo exigido en estas bases, aun así, si el
producto tiene fecha de vencimiento menor a seis meses solo se recepcionará con el visto bueno
Supervisor de bodega o quien los reemplace.
• Si se constata al momento de la recepción que el producto no ha mantenido su integridad ya sea por
perdida de cadena de frio (en caso de necesitarlo) en el transporte u otro, el CASR deberá rechazar el
producto.
• Si al momento del despacho no se cumple con alguna de las condiciones mencionadas, el Complejo se
reserva el derecho a devolver cualquier producto que no las cumpla.
• Cualquier modificación en la fabricación de los productos deberá ser informada a la Unidad de
Abastecimiento del CASR previo al despacho.
• Material debe ser despachado al CASR antes de las 11AM, dejando cedible en Bodega Central y luego
entregar directamente en Unidad de Medicina Física y Rehabilitación ubicada en pasillo 6 CDT, con VB
del receptor recuperar cedible en Bodega Central.
• De no cumplirse el punto anterior bodega del CASR está en toda facultad de rechazar despacho fuera de
horario
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FORMA DE PAGO |
FORMA DE PAGO
El CASR se compromete a realizar pagos mensuales (30 días corridos) una vez aceptada y recepcionada completa
la o las órdenes de compra mensuales y recibidos conformes los productos y la factura correspondiente, en el
caso de no existir multas.
El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de la entrega de servicios/productos. La
empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto
directo con la persona encargada en finanzas del CASR al menos en forma mensual, a fin de que las partes estén
contestes de la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago
deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores.
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INGRESO DE FACTURA |
INGRESO DE FACTURA
Con el objeto de dar cumplimiento a la ley 20.727, las facturas originales deben ser ingresadas a casilla de
intercambio en SII dipresrecepcion@custodium.com , el DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de
“Intercambio en SII” será Reclamado de forma automática transcurridos 48 h desde la recepción en SII.
El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta
disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago de
las prestaciones realizadas.
El plazo para ingresar los documentos mencionados, será de 5 días corridos de emitidos.
La factura debe mencionar la orden de compra a la cual pertenece, si no cuenta con esta información se ven
afectadas y retrasadas las gestiones administrativas conducentes a pagos.
En caso de que el adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con
sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros pagos resultantes
del contrato, serán destinados al pago de dichas obligaciones en los términos del artículo 4° inciso segundo de la
ley N°19.886. Durante la vigencia del contrato, el CASR podrá solicitar documentación otorgada por la Inspección
del Trabajo y conforme lo dispone la normativa vigente, donde conste que no registra deudas previsionales y de
salud o reclamos pendientes por incumplimiento de obligaciones laborales.
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
VIGENCIA DEL CONTRATO.
El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe y tendrá una
vigencia de 24 meses, o hasta agotar el monto contratado, lo que ocurra primero.
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin perjuicio
de ello, y por razones de buen servicio, la ejecución de las prestaciones que nacen del contrato comenzará antes
de dicho evento y a partir de la fecha Adjudicación de los servicios. El oferente adjudicado se entenderá
notificado a partir de la adjudicación efectuada mediante el Portal de www.mercadopublico.cl. Sin embargo, por
razones de buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación
del acto administrativo que apruebe el contrato a partir de la notificación de la adjudicación según resolución
fundada, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato,
emisión de OC, factura, recepción de insumos, los que deberán generarse posteriormente a la celebración de
convenio.
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VARIACION DE LA CANTIDAD ADJUDICADA |
VARIACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA
En la eventualidad de que sea necesario, se podrá efectuar aumento del total adjudicado. De conformidad con
el articulo N° 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto
originalmente pactado. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. De
ser aplicado el aumento, se solicitará una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento, en los términos descritos en el
punto 21.2. de las presentes bases, y por el mismo 10% del contrato inicial.
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DE LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA |
DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor
adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ésta es aceptada, en todas sus
partes, obligándose a su cumplimiento íntegro. Las órdenes de compra se emitirán una vez realizada la total
tramitación del contrato y según necesidad del CASR. No obstante, el adjudicatario se obliga a la aceptación de
la orden de compra.
Las órdenes de compras se emitirán una vez realizada la tramitación del contrato, el no cumplimiento facultará
al CASR a tomar todas las medidas administrativas y legales a las que tenga lugar a fin de aprovisionar del(los)
insumos(s) no despachados y de subsanar todos los prejuicios que esta falta produzca en el CASR.
La orden de compra deberá encontrarse en estado aceptada en www.mercadopublico.cl para la recepción de
los productos. Cualquier OC que no se encuentre en estado “aceptada”, sus productos no podrán ser
recepcionados por el CASR.
Por razones de buen servicio, antes de que la resolución que aprueba contrato se encuentre totalmente
tramitada, se podrá contar con el suministro de insumos, el cuál debe ser entregado en el CASR con guía de
despacho. La factura deberá ser emitida con fecha posterior a la resolución que aprueba el contrato. El pago del
suministro de insumos se realizará hasta la total de la tramitación administrativa que apruebe el convenio
celebrado.
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CRITERIO DE EVALUACION |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
•
Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los porcentajes establecidos, donde se considerará:
- En lo Económico: aplicación de fórmula descrita en el siguiente recuadro.
- En lo Técnico: medición del cumplimiento de lo requerido en anexo N° 7 y N° 8, de acuerdo a cláusula
precedente.
- Plazo de entrega de los Bienes: evaluación en virtud de lo declarado por cada interesado en su propuesta
Anexo N°6.
- Garantías del Equipamiento: evaluación de garantía con mayor plazo.
Las ofertas que logren mayores ponderaciones (primer y segundo lugar), serán propuestos para adjudicación.
Se evaluarán las ofertas, de acuerdo a los criterios indicados en la tabla siguiente:
Criterio
de evaluación
Porcentaje de
Ponderación Mecanismo de Evaluación
Precio 45% (Precio mínimo ofertado/precio ofertado *0.45) *100
Calidad Técnica de
los Bienes 30%
La evaluación de este requerimiento se hará de acuerdo a lo
declarado por cada interesado en el anexo N° 7; equivalente al
30% del porcentaje de ponderación del presente ítem, de
acuerdo al puntaje que se obtenga en el referido documento.
(Puntaje Obtenido * 0.3)
Plazo de entrega de
los Bienes 10% (Plazo mínimo ofertado/Plazo ofertado *0.1) *100
Garantías del
Equipamiento 15%
(Tiempo de Garantía Ofertado/ Tiempo de Garantía mayor
ofertado*0.15) *100
17.1 Precio
Se evaluará el precio ofertado por cada oferente contra el precio mínimo, resultado ponderando
porcentualmente de acuerdo a la siguiente formula:
(
Precio Mínimo Ofertado * 0.45 )
* 100
Precio Ofertado
17.2 Calidad Técnica de los Bienes
Se evaluará según lo informado en Anexo N°7
(Puntaje Obtenido * 0.3)
17.3 Plazo de entrega de los Bienes
Se evaluará el plazo de entrega del requerimiento solicitado, los días serán considerados en días corridos, una
vez emitida la OC.
(
Plazo Mínimo Ofertado * 0.1
)
* 100
Plazo Ofertado
17.4 Garantías del Equipamiento
La garantía de cada producto deberá ser presentada en meses, (en caso de no indicar tiempo de garantía
obtendrá 0 puntos) la formula a aplicar será:
(
Tiempo de Garantía Ofertado * 0.15 )
* 100
Tiempo de Garantía Mayor Ofertado
Durante el periodo de cobertura de la garantía, cualquier falla o desperfecto que ocurra en uso de forma normal,
que sean imputables a su fabricación, será de exclusiva responsabilidad y cargo de la empresa adjudicataria
procediendo a reemplazar productos defectuosos por nuevos en las mismas características citadas en las bases.
En este caso el plazo de reposición no podrá superar los 8 días corridos desde la notificación de su reemplazo.
La notificación de reemplazar un producto se realizará por parte del Dr. Ivan Balarezzo, al cual se le deberá
responder en un plazo no mayor a 48 Hrs., cada oferente deberá informar contacto interno (correo y Teléfono
de contacto) del responsable en recepcionar y responder los requerimientos que informe el Dr.
Solo se aceptarán las ofertas técnicas que sean ingresadas válidamente en portal www.mercadopublico.cl, no se
admitirán propuestas técnicas por otras vías, ya sean, en soporte papel u otro medio, con excepción de lo que
se indica en el artículo N°2 del Reglamento.
18. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para
dirimir tal situación, en primera instancia la calificación más alta obtenida en el ítem de criterio calidad técnica
de los bienes. Si aun así subsiste la situación de igualdad se adjudicará la oferta que obtenga mejor puntaje en
“plazo de entrega” según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y
Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
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GARANTIAS |
GARANTIAS
1. DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar los documentos de garantía extendidos en pesos chilenos, esta caución o
garantía deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocable. El CASR no aceptará cheques, pagarés
ni letras de cambio ya que estos documentos no aseguran el cobro de manera rápida y segura como lo establece
el Artículo N°31 del reglamento de compras públicas. Es obligatoria su entrega en compañía del certificado de
autenticidad respectivo formulado por la misma entidad que genere la caución, independientemente de la vía
por la que se presente (física o electrónicamente).
Los documentos deben ser emitidos a nombre de Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut N° 61.608.502-6
por un total de $2.000.000.- (dos millones de pesos chilenos) con una validez no inferior a 120 días corridos a
contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas por el portal www.mercadopublico.cl. Dicha caución será
entregada en la Oficina de Gestión de Contratos del CASR, ubicada en Avenida Concha y Toro 3459, Puente Alto,
hasta las 15:00 horas del día de cierre de recepción de ofertas en dicho portal, indicando el número de ID y
nombre de licitación.
Las cauciones de seriedad de la oferta y fiel cumplimiento del contrato, pueden ser presentadas
electrónicamente al correo: documentosdegarantia@ssmso.cl de acuerdo a los artículos 31, inciso cuarto, y 68,
inciso sexto, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, modificado por el decreto N°1.410, de
2014, de la misma Secretaría de Estado.
La garantía de seriedad de la oferta podrá tomarse por un tercero, sin embargo, el documento garante debe
cumplir con todo el pliego de requerimientos y condiciones de dicha garantía. Luego de recibidas, las garantías
serán enviadas a Finanzas, el cual previo chequeo las remitirá a custodia a Unidad de Tesorería del CASR.
En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:
“Para Garantizar la Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública ID: 1057501-25-LQ23 “CONVENIO AYUDAS
TÉCNICAS PROGRAMA GES”.
Esta garantía no devengará intereses ni reajustes. La Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelta a los
oferentes que no resulten adjudicados dentro del plazo de 10 días siguiente a la notificación de adjudicación,
previa solicitud al correo documentosdegarantia@ssmso.cl indicando:
• Nombre de Licitación.
• N° de Garantía.
• Valor.
• Nombre y Rut de Oferente.
• ID (N° de la licitación).
Solo para el caso de vale vista y/o depósitos a la vista, se deberá complementar y adjuntar en el portal el Anexo
N° 4. No se aceptará que la garantía limite el cobro a una sucursal determinada del banco emisor o que señale
no ser depositable.
Respecto del oferente que obtenga el segundo mayor puntaje en la evaluación, se extenderá el plazo de restitución
de la garantía de seriedad de la oferta la cual será restablecida al momento de la suscripción del contrato o bien en
caso de ser readjudicada la licitación al momento en que el proponente readjudicado suscriba el contrato.
El área de Gestión de Contratos, solicitará devolución de Garantía de Seriedad de Oferta a interesado, debiendo
este último retirarla Tesorería del CASR, dentro de 10 días corridos posteriores al envío de solicitud vía correo de
devolución y debe presentar Poder Simple y Fotocopia de su Cédula de Identidad por ambos lados, para la
persona que retira.
La Garantía de Seriedad de Oferta, se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta.
• Si el oferente adjudicado no entrega en el plazo, forma y condiciones que establecen las presentes bases,
la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
• Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de suscripción del contrato, en el plazo, forma y
condiciones indicados en las presentes bases.
21.2. GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Al momento de la suscripción del Contrato, el adjudicatario deberá estar hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y entregará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva, como, por ejemplo: Boleta Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguro o
Depósito a plazo, etc. La caución o garantía deberá ser pagadera a la Vista y tener el carácter de Irrevocable, a
nombre de Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut N° 61.608.502-6 por un monto equivalente al 10% del
valor total del Contrato, en pesos chilenos, que deberá tener una vigencia al menos de 120 (ciento veinte) días
corridos posteriores a la fecha de término del contrato, con la finalidad de Garantizar el Fiel y oportuno
Cumplimiento del Contrato que se genere de esta Licitación Pública, la que quedará en poder del CASR mientras
dure el periodo de vigencia. Será devuelta por el CASR con posterioridad al término del Contrato y una vez
vencida su vigencia. Dicha caución será entregada en el área de Gestión de Contratos de Abastecimiento,
indicando el número de ID y nombre de licitación o bien de manera electrónica al correo
documentosdegarantia@ssmso.cl. Es obligatoria la presentación de caución solicitada acompañada de
certificado de autenticidad, emitido por la misma entidad que genere documento garante.
En la garantía debe quedar establecida claramente la siguiente glosa:
“Para Garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato de la Oferta de la Licitación Pública ID: 1057501-
25-LQ23 “CONVENIO AYUDAS TÉCNICAS PROGRAMA GES”.
Esta garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en
caso de incumplimiento del proveedor de cualquier obligación emanada del contrato.
Esta garantía, asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los
contratantes. Asimismo, con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que
afecten a los contratistas. En este evento, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, en los mismos
términos y condiciones que los señalados en estas Bases Administrativas, dentro del término de 10 días hábiles
contados desde que se hizo efectiva la anterior garantía.
Luego de recibida la garantía será enviada previo chequeo a custodia a Unidad de Tesorería del CASR, mientras
dure el periodo de vigencia. Podrá ser devuelta por la mencionada Unidad, a contar del primer día de termino
de vigencia de garantía, previa solicitud directa del proveedor.
El CASR podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:
• En caso de incurrir el adjudicatario en incumplimiento a las obligaciones derivadas del Contrato.
• El cambio de las condiciones materia de la Oferta, durante la vigencia del Contrato, sin la aceptación previa
por parte del CASR.
• La quiebra o el estado de notoria insolvencia del proveedor.
• Si el contratista o alguno de los socios del contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva,
o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
• El oferente no cumpla con los requerimientos técnicos solicitados en las presentes bases de licitación o según
lo indicado en su oferta técnica.
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