Licitación ID: 1057501-250-LQ23
CONVENIO MANTENCION EQUIPOS CRITICOS DE VENTILADORES MECANICOS
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 406
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 12 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 Mantención Preventiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera, Marca Puritan Bennet, Modelo 840  

2
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 12 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 Mantencion Correctiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera, Marca Puritan Bennet, Modelo 840  

3
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 5 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 Mantención Preventiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera, Marca Puritan Bennet, Modelo 980  

4
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 5 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 Mantencion Correctiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera, Marca Puritan Bennet, Modelo 980  

5
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 2 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 Mantención Preventiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera Marca IMTMEDICAL, Modelo Bellavista 1000  

6
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 2 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 Mantencion Correctiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera Marca IMTMEDICAL, Modelo Bellavista 1000  

7
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 5 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 Mantención Preventiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera marca MAQUET, modelo Servo-U  

8
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 5 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 Mantencion Correctiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera Marca MAQUET, modelo Servo-U  

9
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 7 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 Mantención Preventiva, Equipo Ventilador Mecanico de cabecera, Marca Nihon Kohden, Modelo NKV-550  

10
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 7 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 Mantención Correctiva, Equipo Ventilador Mecanico de cabecera, Marca Nihon Kohden, Modelo NKV-550  

11
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 4 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-433-00 Mantención Preventiva, Equipo Ventilador Mecánico de Cabecera, marca MEK, Modelo MTV1000  

12
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 4 Unidad
Cod: 73152101
77-002-001-059-00 Mantención Correctiva, Equipo Ventilador Mecanico de cabecera, Marca MEK, Modelo MTV1000  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MANTENCION EQUIPOS CRITICOS DE VENTILADORES MECANICOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada por el CADSR, para la mantención preventiva y correctiva de los equipos criticos ventiladores mecanicos individualizados en la presente ficha y en los adjuntos. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas, formularios y sus anexos; todo ello debidamente publicado en el portal Mercado Público. Las características o especificaciones técnicas se evaluarán en base a la oferta que cumpla con los requisitos señalados en las bases y la idoneidad y calidad técnica del oferente, con el objeto de asegurar que el adjudicatario se ajuste a los requisitos que el CADSR ha especificado para la ejecución del servicio licitado.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-07-2023 15:08:00
Fecha de Publicación: 14-06-2023 14:49:32
Fecha inicio de preguntas: 14-06-2023 21:22:00
Fecha final de preguntas: 20-06-2023 21:22:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-06-2023 21:22:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-07-2023 15:09:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-07-2023 15:09:00
Fecha de Adjudicación: 21-09-2023 13:54:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnicos
 
2.- Visita a Terreno
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Según Formula indicada en bases de licitación 35%
2 Precio (Economico) Según Formula indicada en bases de licitación 50%
3 Experiencia Oferente Según Formula indicada en bases de licitación 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ramon Varas
e-mail de responsable de pago: ravaras@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Luis Mella
e-mail de responsable de contrato: lmella@sotero.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26122897-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación, solo se acepta en el traslado de los productos
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502- 6.
Fecha de vencimiento: 05-10-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La seriedad de la oferta se caucionará mediante la presentación de un documento de garantía, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, el cual debe extenderse indicando beneficiario (nombre y Rut) y glosa correspondiente. El documento de garantía de seriedad de la oferta, será recepcionado en la Unidad de Abastecimiento del CASR hasta el día del cierre de la licitación (15:00), donde se le emitirá un comprobante de recepción conforme. La caución será posteriormente resguardada en la unidad de Finanzas del CASR. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad de la entidad emisora
Glosa: “Garantía de Seriedad de la oferta CONVENIO MANTENCION DE VENTILADORES MECANICOS del CASR por 36 meses, ID: 1057501-250-LQ23”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta se realizará dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación de la oferta según corresponda, salvo a los oferentes seleccionados en el 1er y 2do lugar, a quienes se les devolverá la caución, una vez firmado el Contrato con el proponente adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°43 del reglamento de compras públicas, mediante solicitud del oferente al correo electrónico gustavo.medina@ssmso.cl. La garantía de seriedad de la Oferta se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las siguientes causales: • Que el oferente desista de su oferta, dentro del plazo de vigencia de la misma y encontrándose en proceso de licitación. • La no suscripción del contrato dentro del plazo fijado para este evento. • La no entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y las copias de este último debidamente firmadas por el representante legal en tiempo y forma. • Retira su oferta dentro del plazo de la misma y encontrándose en proceso de licitación. • El proveedor deberá enviar el documento de garantía a Abastecimiento con un plazo máximo el día de cierre de la licitación. Por cada oferta que ingrese, deberá enviar un documento de seriedad de la oferta. La garantía de seriedad de la oferta es obligatoria, por tanto, la no entrega de este documento garante implicará la exclusión de la propuesta afectada.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502- 6.
Fecha de vencimiento: 05-10-2026
Monto: 10 %
Descripción: El documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de garantizar el acatamiento del contrato, garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La entrega del documento de garantía será en la Unidad de Abastecimiento del CASR, en conjunto con los 4 ejemplares del contrato. Este documento será resguardado en Finanzas del CASR. Todo documento deberá ser acompañado para su recepción conforme, de un certificado de autenticidad de la entidad emisora.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento CONVENIO MANTENCION DE VENTILADORES MECANICOS MARCA del CASR por 36 meses, ID: 1057501-250-LQ23”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de este documento se realizará al sexto mes una vez finalizado el contrato, previa solicitud del oferente al correo electrónico gustavo.medina@ssmso.cl. Será obligación del adjudicado mantener vigente la caución de fiel cumplimiento del contrato, debiendo renovarla en caso de ser procedente, antes de la expiración de la garantía primitiva, en los mismos términos y condiciones requeridas por el CASR La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las causales descritas en las presentes bases de licitación. Para el cobro de toda boleta a la vista bastará tan sólo el mandato simple autorizado por un notario para cobrarla, sin exigir que el recibo de pago o el finiquito sean también autorizados por un notario.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Paco de Integridad
Pacto de integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
6. DE LOS INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS.
Métodos de control y sanciones Como método de control y aseguramiento de la calidad, dos tipos de sanciones; la amonestación y la multa. La amonestación corresponde a un registro escrito y firmado que deja en manifiesto cualquier falta menor cometida por la Empresa, no afecta a sanción directa, en atención a su importancia. La acumulación de 3 (tres) amonestaciones de cualquier índole ameritará una multa leve. La multa directa corresponde a la sanción de cualquier falta, de gravedad leve, moderada o grave, en que incurra la empresa, evaluada por el encargado del convenio. El Administrador del contrato por parte del CADSR, al detectar o ser informado por profesionales y funcionarios del CASR, pacientes o fiscalizadores externos, de una irregularidad, determinará en primera instancia, el tipo de sanción que amerita la situación denunciada. AMONESTACIÓN: En el caso de aplicar una amonestación, se informará a la Empresa por escrito con el objetivo que ésta tome las medidas necesarias, siendo estas las siguientes: • Incumplimiento de cualquier normativa laboral que sea detectada in situ. • No contestar por los canales definidos por ambas partes. • Que el personal se encuentre realizando mantención en áreas que no corresponda. • La falta de medidas de seguridad hacia trabajadores, pacientes y/o instalaciones del CADSR. • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal auxiliar o profesional, hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. La suma de tres (3) amonestaciones en un periodo de 6 meses dará paso a una multa leve. MULTA LEVE: Será considerada LEVE aquella situación, que no origine riesgos a personas ni daños a la Institución y a su imagen. La multa LEVE será valorizada en 3 U.T.M., siendo estas las siguientes: • No cumplir con los tiempos en los llamados de emergencia para mantenciones correctivas, desde el llamado se estima un máximo de 8 horas hábiles para respuesta, considerando un máximo de 60 minutos para respuesta telefónica y un tiempo de resolución in situ de 24 horas. • No poseer todas las herramientas y elementos de protección personal. • No cumplir con los protocolos internos de las mantenciones preventivas. • No presentarse en la unidad de Equipos médicos antes de iniciar las funciones de mantención o revisión de los equipos adjudicados. • No emitir los presupuestos correspondientes que se deriven de una mantención correctiva • Que la empresa tenga tres amonestaciones en un periodo de 6 meses. • No guardar reserva absoluta respecto de la información y/o hechos relativos al CADSR, de que tomare conocimiento en virtud de sus funciones y deberes. MULTA MODERADA: Será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo, directa o indirectamente a personas o la Institución y a su imagen, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será valorizada en 5 U.T.M., siendo esta las siguientes: • Que la empresa no realice la mantención preventiva según calendario fijado anualmente. • La utilización de accesorios y/o repuestos usados y no nuevos de acuerdo a contrato. • No Informar cambios en el personal técnico o profesional que desarrollaran funciones dentro de las instalaciones del Complejo ya sea por desvinculación o por feriados legales de la contra parte técnica. • No informar de cambios del administrador de contrato • La suma de dos multas moderadas en un periodo de un mes, dará paso a una multa grave. • La no presentación de las certificaciones anuales de los equipos de calibración e instrumental. MULTA GRAVE: Será considerada GRAVE aquella situación originada por una falta, que atente, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes o funcionarios o a la institución o su imagen. La multa GRAVE será valorizada en 10 U.T.M., siendo esta las siguientes: • Que la Empresa no realice la mantención correctiva dentro del plazo establecido en las bases técnicas de licitación. • Divulgar información clasificadas o de carácter reservado del Complejo. • Realizar falsas acusaciones contra el hospital o sus funcionarios. • Realizar mantenciones con personal no Capacitado o no informado al administrador del contrato • Afectar la calidad de vida de los pacientes del Hospital debido a mala mantención de los equipos. • Que la empresa tenga 2 multas moderadas en un periodo de un mes. Sin perjuicio de lo anterior, el cobro acumulativo de multas no podrá sobrepasar el 10% del valor del monto total del contrato. Frente a una multa grave, el administrador del contrato deberá informar a la Subdirección Administrativa la situación y adjuntar la documentación que acredita el incumplimiento. Con esta información, el CADSR evaluará la posibilidad de terminar el contrato, o si tal término resulta inconveniente desde una perspectiva técnica, económica u otras que se estimen pertinentes, el CADSR quedará en libertad de contratar el mismo servicio a otro proveedor, sin que el adjudicatario pueda oponerse a tal circunstancia, ya que la institución no puede por falta imputable al proveedor, caer en falta de servicio. Todo lo anterior es sin perjuicio del cobro de la garantía, pero sólo en la proporción que tal incumplimiento amerita, debiendo el proveedor renovar la garantía en este caso. Procedimientos para aplicar una sanción Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, a través del encargado de la administración del contrato se informará a la unidad de Gestión de Contratos, quien a su vez le informará al adjudicatario de acuerdo a la información individualizada en el Anexo N°2, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al mail mjacome@ssmso.cl Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la El Complejo tendrá un plazo de (20) veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al adjudicatario afectado. Mecanismo de notificación relativa a aplicación de Multa. Se informará al adjudicado, particularmente por correo electrónico o domicilio fijado en Anexo N°2 de las presentes bases. Las comunicaciones serán enviadas a través Correos de Chile. Se entenderá que el proveedor ha sido notificado a contar de tres días hábiles posterior a la recepción del carta certificada en empresa de correos, fijando esa fecha como el día de inicio de la notificación y el plazo correspondiente. Cobro de la Multa. Tramitada la resolución fundada que establece la multa y comunicada al afectado, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que le será publicada dentro de antecedentes de la licitación. El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR, presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Técnica encargada del contrato. De no realizarse este pago, se descontará el monto correspondiente a la multa en el estado de pago más próximo. El no pago de la multa dentro del plazo dado, obliga al CASR a descontar el monto del estado de pago más próximo o a cobrar la Garantía por Fiel Cumplimiento si no existiera deuda impaga. En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último restituir esta caución en un plazo de 10 días hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente establecidas y por el período restante del contrato. Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de dicha garantía no importa por parte del CASR renuncia o limitación de su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren. No obstante, al cobro y posterior pago de la multa, el proveedor está obligado a subsanar la causal que originó la penalización. Es importante señalar que, el proveedor podrá recurrir a cualquiera de los recursos contemplados en la Ley 19.880, para efectos del cobro de la multa.