Licitación ID: 1057501-264-LE22
Convenio cintas glicemia y cetonas con quipo en comodato
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 406
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Analizadores de glucosa 1 Caja
Cod: 41115830
20-241-300-125-00 CINTAS GLICEMIA  

2
Analizadores de glucosa 1 Frasco
Cod: 41115830
20-241-300-119-00 CINTAS DE CETONAS EN SANGRE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio cintas glicemia y cetonas con quipo en comodato
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contar con cintas para medición de glicemia y cetonas y con equipo que posea ambas funciones para pacientes del CASR
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
Avenida Melchor Concha y Toro 3459, Puente Alto
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-08-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 01-08-2022 18:09:00
Fecha inicio de preguntas: 01-08-2022 18:30:00
Fecha final de preguntas: 05-08-2022 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-08-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-08-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-08-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-09-2022 14:27:55
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- completar anexo y adjuntar
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Según ANEXO 3 "PLAZO DE ENTREGA". El cual debe ser completado y publicado con la oferta. 10%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios CUMPLIR Y ADJUNTAR ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, SEGÚN ANEXO 5 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 42 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ramon Varas
e-mail de responsable de pago: ravaras@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Daniela Correa L.
e-mail de responsable de contrato: dcorrea@ssmso.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762438-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
excepto en transporte
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
Fecha de vencimiento: 09-12-2022
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: La seriedad de la oferta se caucionará mediante la presentación de un documento de garantía, pagadero a la vista y de carácter irrevocable, el cual debe extenderse indicando beneficiario y glosa. En el caso del Vale Vista, dicho documento podrá incorporar un documento anexo que establezca claramente la obligación que cauciona. El documento debe ser entregado en conjunto con certificado de autenticidad del documento.
Glosa: El documento debe señalar: “Garantía de seriedad de Convenio cintas glicemia y cetonas con quipo en comodato, ID: 1058095-264-LE22”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta se realizará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación de la oferta según corresponda, salvo a los oferentes seleccionados en el 1er y 2do lugar, a quienes se les devolverá la caución, una vez firmado el Contrato con el proponente adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°43 del reglamento de compras públicas, mediante solicitud del oferente al correo electrónico documentosdegarantia@ssmso.cl
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
Fecha de vencimiento: 11-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: El documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de garantizar el acatamiento del contrato, garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La entrega del documento de garantía será en la Unidad de Abastecimiento del CASR, en conjunto con los 4 ejemplares del contrato. Este documento será resguardado en Finanzas del CASR.
Glosa: “para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de Convenio cintas glicemia y cetonas con quipo en comodato, ID: 1057501-264-LR22.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de este documento se realizará al sexto mes una vez finalizado el contrato, previa solicitud del oferente al correo electrónico documentosdegarantia@ssmso.cl
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS

Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal Mercadopublico.cl. 

Cada oferta debe ser válidamente ingresada en el portal Mercado público y de acuerdo a las disposiciones establecidas para cada criterio, esto es, carácter administrativo, técnico y económico; por tanto, cada propuesta para ser considerada en las evaluaciones respectivas, deberá justarse íntegramente a lo solicitado por el Complejo Asistencial. 

No se aceptarán ofertas económicas por otras vías ya sean en soporte papel u otro medio que no sea el portal mercado público salvo las indicadas en el Artículo N° 62 del reglamento.

Para mayor ilustración, los anexos administrativos, técnicos y económico, que el interesado presente debe ser subido y concordante con lo requerido en las presentes bases y plenamente identificados. Si se solicita “Certificación de ISP” dentro de anexos técnicos, el oferente debe subir el anexo técnico con el nombre respectivo.

El no cumplimiento de lo anterior, afectará directamente la oferta presentada en el proceso de evaluación de las propuestas, debido a que, pese a que pueda contar con los antecedentes requeridos, estos no fueron presentados por el oferente en su forma, lo que contravendría con las disposiciones establecidas en las bases de licitación.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se evaluarán las ofertas según los criterios indicados en la tabla siguiente:


Criterio

Porcentaje de ponderación

Detalle



Precio

60%

Precio mínimo ofertado * 100 / precio oferta x



Calidad

30%

CUMPLIR Y ADJUNTAR ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, SEGÚN ANEXO 5 .



Plazo de entrega

10%

Según ANEXO N°3 "PLAZO DE ENTREGA". El cual debe ser completado y publicado con la oferta. 




Cuando no indique alguno de los criterios o especificaciones requeridas, la oferta será evaluada con 0% en ese criterio.
RESOLUCIÓN DE EMPATES

En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, se adjudicará a quien presente la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios "CALIDAD". En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem "PRECIO". Si aun así subsiste la situación de empate de adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la dirección de compras y contrataciones públicas en el portal. http://www.mercadopublico.cl/

DE LA FUERZA MAYOR:

Si durante el desarrollo del proceso, se presentasen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia al Complejo, dentro 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como éste ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días al que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.

Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

DE LAS MULTAS

Será constitutivo de sancionar a la empresa adjudicada cuando esta incurra en alguna de las siguientes causales:

Ítem

Monto Multa

Causal

Plazos para subsanar incumplimientos

a

2 UTM

Cada vez que se despachen productos de menor calidad a la ofrecida, evidenciada por reclamos u observaciones desde farmacia.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 2 días corridos. Se aplicará multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en la cláusula Responsabilidad del adjudicatario

Cada vez que no se realice el reemplazo de los productos que posean una vigencia menor a 6 meses y que hayan sido recibidos en CASR.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 3 días corridos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en la cláusula Responsabilidad del adjudicatario

b

2 UTM

Cada vez que el producto sea despachado sin análisis químico por lote.

El envío del análisis químico por lote, debe ser realizado dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde el despacho de los insumos en el CASR. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en la cláusula Responsabilidad del adjudicatario

c

2 UTM

Cada vez que se registre atraso en la entrega de los productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 24 o 48 h para despachar los productos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se considerará el plazo de entrega de 24 o 48h, según lo informado por cada empresa en el momento de realizar su oferta. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en la cláusula Responsabilidad del adjudicatario

Cada vez que se realicen despacho de menor cantidad de productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 3 días corridos para completar la entrega total de los productos. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en la cláusula Responsabilidad del adjudicatario

d

2 UTM

Cada vez que se registre la falta de despacho por falta de stock.

               

La empresa adjudicada se obliga a entregar al CASR el insumo adjudicado adquiriéndolo de otras instituciones y/o empresas según sea necesario. La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 2 días corridos para entregar los productos, desde el reclamo de la OC por parte del CASR. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato y/o aplicar lo establecido en la cláusula Responsabilidad del adjudicatario En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que no podrá ser trasladado bajo ninguna circunstancia al CASR.

e

30% del monto total adjudicado al proveedor.

Si se comprobara falsedad en los antecedentes entregados en el Anexo N°5, durante todo el periodo de que el contrato.

La empresa que oferta se obliga a entregar información fidedigna, especialmente en lo referente al Anexo N°5. Si es detectada alguna falsedad en los antecedentes, se procederá con el cobro de la multa señalada, descuento del estado de pago, sin perjuicio del término anticipado al contrato.

Las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato, sin perjuicio del término de contrato de mantera anticipada.

PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA MULTA

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor designado para esta función, se le informara al adjudicatario a través del encargado de Gestión Documental, mediante correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañado todos los antecedentes que estime pertinentes al correo electrónico gestiondemultasCASR@ssmso.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el Director de la Entidad dictara la respectiva resolución, aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara, mediante acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado. 

COBRO DE LA MULTA

Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que será enviada vía correo electrónico.

El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del complejo, presentando la "Resolución de Multa". Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Técnica encargada del contrato. Esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (Dipres/ Sistema acepta).

MODIFICACIÓN DE CANTIDADES

El CASR podrá modificar el contrato aumentando o disminuyendo la cantidad de productos objeto de este contrato, cuyo detalle se encuentra contenido en las Bases Técnicas de las presentes bases de licitación, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. De conformidad con el artículo N°77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado.

BASES
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
DESERCIÓN DE LICITACIÓN

El Complejo declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumpliesen los requisitos establecidos en las bases. Declarara desierta la licitación sino se presentarán ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a los intereses del Complejo, declarando mediante resolución fundada de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la ley N°19.886.

MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

Las consultas acerca de la adjudicación deben realizar al correo dcorrea@ssmso.cl

PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES

En el caso que sea necesario presentar antecedentes administrativos omitidos por los oferentes, podrá enviarlos posterior a la apertura de las ofertas según criterio de evaluación a través de la aclaración de las ofertas, siempre que sean solicitados por el Complejo.

PERIODO RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION

Se considerará como plazo para la reclamación de errores detectados en la adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.

ADJUDICACION PARCIAL

Se realizará adjudicación parcial de los productos licitados en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar la cantidad y/o la Línea de productos comprometida inicialmente.

CAMBIO Y/O CANJE DE PRODUCTOS

Los productos defectuosos o dañados o que no cumplan con las especificaciones dadas en la licitación deberán ser canjeados por el proveedor. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los productos si despacha:

- Productos con fecha de vencimiento inferior a doce meses.

- Productos con empaques dañados y defectuosos.

-  Productos adulterados o mal rotulados.

- Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada.

- Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material).

Para llevar a cabo el canje o cambio de producto la persona encargada de bodega de insumos se comunicará con la persona encargada del proveedor o el representante para solicitar el cambio o canje. Este procedimiento no deberá demorar más de 5 días hábiles desde que se notifica al Proveedor que debe realizar el cambio sino se harán efectivas multas por retraso en la entrega del producto.

Los productos deben ser retirados en las dependencias de CASR y ser reemplazados por insumos que cumplan con los requisitos solicitados.

**El cargo por retiro y reposición deberá ser costeado completamente por el proveedor**

CARTA DE CANJE

Los productos deben tener una fecha de vencimiento mayor a 12 meses a partir de la fecha de recepción de los productos en bodega o en su defecto deberá enviar una Carta de compromiso de Canje, no se aceptarán productos que no cumplen o contemplen.

GESTION DE PAGO Y COBRANZA

El Complejo se compromete a realizar pagos mensuales una vez aceptada la OC. El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de los despachos. La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en Finanzas del Complejo al menos en forma mensual, para hacer la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores".

ENTREGA DE FACTURA

Con el objetivo de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, art. 54, las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser ingresadas en Casilla de Intercambio en SII en dipresrecepcion@custodium.com, el DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio en SII” será Reclamado de forma automática transcurridos 48 h desde la recepción en SII”.

El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepcion de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la documentación requerida para la tramitación administrativa de los pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos pendientes los montos pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado.

PRECIO DEL PRODUCTO

Los oferentes deberán realizar sus ofertas sin decimales, de otro modo su propuesta se declarará inadmisible.

Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.

El oferente ingresara en cada línea el valor en pesos neto (sin IVA). Los precios no admiten reajuste de ninguna especie e incluye todos los costos, remuneraciones, utilidades, fletes, gastos generales e impuestos, de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para fiel y oportuno cumplimiento del convenio. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente.

DEL ENVÍO DE ÓRDENES DE COMPRA

La cantidad publicada y posteriormente adjudicada es referencial, ya que se enviarán órdenes de compra con las cantidades dependiendo de los requerimientos mensuales de los servicios y que variarán de acuerdo a esto, en forma mensual y por el tiempo que dure la licitación.

De la Adjudicación y Readjudicación

El Complejo evaluará y adjudicará la presente licitación por línea de producto. En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del retraso.

Se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados, en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada para tal efecto.

El Complejo Asistencial podrá proceder a la re adjudicación de la presente licitación, cuando se constituya alguna de las siguientes causales:

- Error en la evaluación.
- Si la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo Asistencial.
- Despacho de productos fuera de los plazos ofertados.
- Envío de productos distintos a los ofertados.
- Sí el oferente desiste de su oferta.
- Sea inhábil para contratar con la Institución, de acuerdo a lo establecido a los términos de la Ley y su Reglamento.
-Falta de stock

En el caso que el proveedor adjudicado, desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a los términos de la ley y el reglamento, se re adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente.

No serán adjudicados productos que hayan presentado o presenten quiebre de stock durante el periodo licitatorio.

DESPACHOS

Los despachos se solicitarán según requerimiento de abastecimiento.

Convenio Marco

En caso de que los productos se encuentren activos en convenio marco, se procederá a comprar por dicho medio. Esto no afectará el saldo de este convenio.

HORARIO DE ATENCION

Horario de atención de Bodega es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 h y viernes hasta las 15:00 h, para recibir y recepcionar productos.

Responsabilidad del adjudicatario

Será de entera responsabilidad del proveedor adjudicado, dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases de licitación, teniendo especial énfasis en lo relativo al cumplimiento del suministro de los productos adjudicados, esto es, será obligación de la empresa adjudicada despachar en tiempo y forma los productos que le sean adjudicados. Si la empresa se encontrara en un estado de quiebre de stock o algún otro motivo que no le permita contar con el insumo requerido por el Complejo Asistencial y la empresa deba adquirirlo a un tercero, por ejemplo, a fin de dar continuidad al suministro, los gastos que esta situación genere deberán ser completamente asumidos por el adjudicado, toda vez que el Complejo Asistencial no tendrá ningún tipo de relación en el aprovisionamiento en el que deba incurrir el adjudicado. De lo anterior, el proveedor no podrá argumentar motivos de fuerza mayor, por tanto, quedará sujeto si se presentara este escenario, al término anticipado del contrato y a las acciones legales a las que el Complejo Asistencial tenga lugar, a fin de subsanar los perjuicios que el incumplimiento del adjudicado le puedan generar a la Institución.

CONTRATO

Este convenio requerirá firma de contrato y presentación de la garantía señalada en las presentes bases.

DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA

Las órdenes deben encontrarse en estado aceptadas en el portal para que sean recepcionadas en bodega. Se emitirán órdenes de compra con despacho parcializado, según las necesidades de stock del CASR.

DURACION DEL CONVENIO

El Convenio tendrá vigencia de 42 meses o hasta cumplir las 999 UTM (lo que se cumpla primero), esto a partir de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el convenio.

AMPLIACIÓN DEL CONVENIO

Este convenio podrá ampliarse por un monto no mayor a 1000 UTM, de acuerdo a lo indicado en el artículo N°12 del Reglamento y solo en caso de que ambas partes estén de acuerdo a través de acto jurídico fundado totalmente tramitado.

En la eventualidad de que sea necesario, se podrá efectuar aumento del total adjudicado. De conformidad con el artículo N°77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. De ser aplicado el aumento, se solicitará una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento, en los términos descritos en el punto 8 de las presentes bases y por e mismo % del contrato inicial.



CRITERIO DE ADMISIBILIDAD

Para que las ofertas de los productos señalados en el anexo N°7 sean evaluadas, es de carácter obligatorio la presentación de la pauta de evaluación, incorporada en el Anexo N°5. Su no presentación en tiempo y forma o a través del foro inverso hará inadmisible la oferta. Para esto, cada proveedor deberá hacer entrega, de muestras del producto en el Servicio del hospital señalado en el Anexo N°7, junto con una copia de la pauta de evaluación para que sea completada por el funcionario designado.

La pauta que se adjunte a la oferta, debe ser firmada y timbrada por el funcionario señalado, o por quien lo subrogue por resolución. No se aceptarán formados distintos al incluido en el Anexo N°5 (Anexo N°5.1), ni pautas que no incluyan la fecha de la evaluación. Si en alguna de las pruebas detalladas, se presentara algún tipo de falla técnica, la oferta será declarada inadmisible.

Las muestras deben ser entregadas los días lunes, martes o viernes de 8:30 a 12:30. Coordinar entrega por correo electrónico del funcionario señalado en el Anexo N°7.



COMODATO

El equipo en comodato deberá permitir la medición de glicemia y cetonas. Se adjudicará solo a un proveedor que permita ambas mediciones.

El equipo en comodato, deberá ser evaluado, junto con las cintas y dispositivos de punción. El equipo debe ser entregado con pilas para su evaluación. La información de cantidades se entrega en el Anexo N°7.

Todas las ofertas deberán ser acompañadas de catálogos ilustrativos de los equipos ofrecidos, en idioma español o traducido. Los catálogos deben incluir la siguiente información:

- Identificación de la Empresa fabricante.

- Modelo y/o código de identificación del equipo ofrecido y de todos los accesorios (obligatorios y opcionales) incorporados en la oferta.

-Especificaciones técnicas y características de operación del equipo y sus accesorios. Esta información deberá permitir verificar el cumplimiento de las especificaciones de funcionalidad y diseño incorporadas en las presentes bases. En caso de discrepancia entre lo señalado en las especificaciones técnicas del formato a llenar en cada equipo “Especificaciones Técnicas” y lo expresado en el catálogo, el CASR podrá solicitar aclaración, reservándose en todo caso, el derecho de validar alguna de las dos opciones. Conforme a la tecnología de cada equipo, el proveedor deberá entregar, al momento de la instalación y puesta en marcha, la siguiente documentación técnica, en idioma español o traducido:

- Manual de Operación original del fabricante, si no es en idioma español, adjuntar copia traducida;

- Manuales técnicos del equipo originales del fabricante.

Se debe incluir la cantidad de equipos según requerimiento del CASR (consumo referencial 1 mensual) más bonificación de lancetas similares (y aprobadas) a las utilizadas actualmente Accu-Chek Safe-T-ProUno, penetración 1,5 mm (consumo referencial anual de 3 cajas conteniendo 200 unidades cada una, equivale a 600 al año) y pilas (consumo referencial de 80 pilas al año).