OBJETO |
En atención a lo dispuesto en el Artículo 14° del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y dado que los productos que se detallan en la presente licitación, no se encuentran en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, las presentes Bases Administrativas establecen las disposiciones que regirán la licitación, posterior Contrato y procedimiento que se celebre en el contrato para la compra de bienes para las dependencias del Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río (CASR) ubicado en Avenida Concha y Toro Nº 3459, comuna de Puente Alto en relación a sus bienes físicos, económicos y humanos. El contrato se requerirá para la compra ropa de uso hospitalaria que requiera el Establecimiento Hospitalario.
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MANDANTE DE LA LICITACIÓN |
El mandante Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, en adelante el CASR, domiciliado en Avenida Concha y Toro N°3459, Comuna Puente Alto, representado legalmente por su Director Gonzalo Menchaca Olivares, cuya personería jurídica está contenida en Resolución TRA N°0449/15/2019 del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente; Resolución Exenta N°0002 de fecha 03.01.2020 que aprueba presupuesto de Compras del año 2020 del CASR
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DEFINICIÓN DE TERMINOS |
Forman parte integrante de las presentes Bases: Administrativas, técnicas y Anexos, la ley 19886 y su reglamento según los términos y definiciones establecidas en el Decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 y modificaciones con el Decreto Supremo Nº 1763 del 06/10/2009 y el Decreto Supremo Nº 1410 del 09/09/2014, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, más el que a continuación se indica: El Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río o CASR, ubicado en Av. Concha y Toro Nº 3459, Puente Alto. (Metro línea 4, estación Hospital Dr. Sotero del Río)
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BASES |
Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
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MODIFICACION DE LAS BASES |
En caso de modificación de las Bases, estas deberán ser sometidas al trámite administrativo correspondiente. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y el punto Aclaraciones y Comunicaciones.
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DISPOSICIONES GENERALES |
Comunicaciones. Las comunicaciones se realizarán en forma exclusiva a través del foro en el portal www.mercadopublico.cl. Las consultas a esta licitación por otro medio que no sea el antes mencionado no obtendrán respuesta.
Consultas a los antecedentes de la licitación. Los proponentes podrán realizar consultas a través del foro de la licitación en www.mercadopublico.cl, desde la fecha de publicación a la “ID” el día indicado en Etapas y Plazos de la licitación. Las consultas que se reciban pasada esa fecha o por otra vía, no obtendrán respuesta
Entrega de respuestas y aclaraciones. Las aclaraciones a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl, según lo establece el Art. N°27 del reglamento ley N°19.886. Esta respuesta se realizará en un solo documento, de forma tal de entregar la aclaración a todos los oferentes que participen en esta licitación, el día indicado en Etapas y Plazos de la licitación.
Cierre. La fecha de cierre de recepción de ofertas en www.mercadopublico.cl, será el día indicado en Etapas y Plazos de la licitación,. En el caso de ser un día feriado o un fin de semana, el cierre se realizará el primer día hábil a continuación del día feriado o fin de semana a las 15:00 hras.
En caso de que alguna de las fechas coincida con algún día sábado, feriado o festivo, la actividad en cuestión se realizará el día hábil siguiente.
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INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIONES DE OFERTAS |
Del ingreso de las ofertas. Cada oferta debe ser válidamente ingresada en el portal Mercado público, donde corresponda el ingreso de las ofertas, ya sea, administrativa, técnica y económica, según el detalle de lo que se solicita para cada una. Se insiste en no subir antecedentes no solicitados, debido a que documentos extras no implican un mayor puntaje, solo entorpecen la evaluación de la oferta.
Entrega de antecedentes físicos. Sólo se recibirá el documento de seriedad de la oferta indicado en las bases de la licitación, cualquier otro documento debe ser ingresado al sistema de información. Cualquier excepción se deberá ajustar a lo establecido según el Art. 62 del reglamento. Es importante señalar que tanto las cauciones de seriedad de la oferta y fiel cumplimiento del contrato, pueden ser presentadas electrónicamente al correo documentosdegarantia@ssmso.cl de acuerdo a los artículos 31, inciso cuarto, y 68, inciso sexto, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, modificado por el decreto N°1.410, de 2014, de la misma Secretaría de Estado. La garantía de seriedad de la oferta podrá tomarse por un tercero, sin embargo, el documento garante debe cumplir con todo el pliego de requerimientos y condiciones de dicha garantía.
De las ofertas económicas. Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal Mercado Público. No se aceptarán ofertas enviadas por otras vías, salvo lo indicado en el Art. 62 del reglamento. El oferente deberá ingresar por cada línea de producto el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios y sin decimales para cada producto. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente.
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CRITERIOS DE INADMISIBILIDAD |
Serán motivos de inadmisibilidad de la oferta:
- La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta.
- Las ofertas con precios que contengan decimales. Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.
- Cualquier oferta del proveedor que por cualquier motivo tenga bloqueados los despachos de productos de adjudicaciones anteriores.
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DEL INGRESO DE LAS OFERTAS |
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal Mercado público, conforme al siguiente detalle:
- Antecedentes administrativos: Esta oferta solo debe contener lo siguiente:
- Anexo N° 1 Identificación del Oferente persona natural o Jurdica
- Anexo N° 2 declaración jurada Aceptación de las bases.
- Anexo N° 3 Formulario Declaración jurada conocimiento y aceptación de entrega de factura..
- Anexo N° 4 Imagen Garantia de seriedad de la oferta.
- Anexo N° 6 Declaración Jurada simple 1.
- Anexo N° 7 Declaración Jurada simple 2.
- Anexo N° 9 Plazo de entrega
- Oferta técnica
- Anexo N° 8 Pauta de evaluación
-Anexo N° 5 Formulario Consumo promedios mensuales (es solo informativo para estimación de la cantidad promedio mensual)
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ANEXOS |
Todos los documentos que el proveedor adjunte deberán encontrarse firmados y timbrados por el Representante Legal
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MODALIDAD DE LA PROPUESTA |
Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas por otras vías salvo lo indicado en el Art. 62 del reglamento. El oferente deberá ingresar en cada línea de producto el valor Unitario Neto en pesos (sin IVA), sin decimales. El valor ingresado en cada línea será de exclusiva responsabilidad del oferente y deberán incluir todos los costos, remuneraciones, utilidades, fletes, gastos generales, capacitaciones e impuestos, de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para el fiel y oportuno cumplimiento del convenio.
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DEL PRECIO |
El contrato se celebrará en pesos, los precios deben ser acorde al mercado y se tomará como referencia el último precio pagado por el complejo el mes anterior al cierre de la licitación. El valor de los productos no se podrá reajustar, manteniendo su precio fijo por el periodo de vigencia de este convenio (24 meses).
Se indican los consumos promedios mensuales en el Anexo N°5, para que el oferente pueda hacer la estimación de la cantidad requerida por el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río.
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DURACION DEL CONTRATO |
El Contrato que se celebre tendrá vigencia de 24 meses o hasta cumplir las 4999 UTM (lo que se cumpla primero), esto a partir de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
La oferta tendrá validez por 90 días, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazado. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el Complejo podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías hasta en 30 días corridos. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Complejo. Se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
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COMISION EVALUADORA |
Se
designará una Comisión de evaluación nombrada a través de resolución afecta que
aprueba las presentes bases de licitación. Dicha Comisión evaluadora estará
integrada por los siguientes funcionarios del CASR:
• Sr. Patricio Sarabia, Subdirector Administrativo
• Sr. Ramón Varas, Jefe Finanzas
• Srta. Carolina Quinteros, Jefa Abastecimiento
• Srta. Estrella Tapia Bustos, Jefa de Ropería
• Sra. Elisabeth Carlson, Jefa de Central de
Esterilización y Ropería
• Sr. Cristian Lazo, Encargado de compras de Bienes y
Servicios.
• Sra. Malvina Cofré Labrín, Supervisora Compras de Área
Logística
O la persona designada en cada caso.
La comisión evaluará y propondrá la adjudicación por línea
de productos sobre las ofertas presentadas por empresas o personas naturales,
que, de acuerdo a los criterios de evaluación, resulten ser los más
convenientes y ventajosos para los intereses del CASR.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Se evaluarán las ofertas conforme a los siguientes criterios
A- CRITERIO EVALUACION: PRECIO: 60%
B- CRITERIO EVALUACIÓN: CALIDAD TÉCNICA 25%
C- CRITERIO EVALUACIÓN: PLAZO DE ENTREGA: 15%
PUNTAJE TOTAL = A+B+C
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METODOLOGIA DE EVALUACION |
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican en la tabla de criterios, los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación:
Se evaluaran las ofertas según los criterios indicados en la tabla siguiente:
CRITERIO
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PORCENTAJE PONDERACION
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DETALLE
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A. Precio ofertado
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60%
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= (Menor precio ofertado / Precio oferta * 0.60) *100
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B Calidad Técnica
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25%
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Se calculara la calidad técnica conforme a la siguiente tabla
TRAMO
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PUNTOS
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Cuenta con pauta de evaluación aprobada de prendas o telas solicitadas por Referente Técnico de Central de Ropa
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90 Ptos
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Envía muestra solicitada de prenda
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10 Ptos
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C. Plazo de entrega
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15%
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La evaluación del plazo de entrega se realizara aplicando los siguiente sub factores:
PLAZO ENTREGA DESPACHO = 15%
TRAMO
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PUNTOS
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Entrega entre 1 a 5 días corridos
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100 Ptos
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Entrega entre 6 a 10 días corridos
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40 Ptos
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Entrega entre 11 a 12 días corridos
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20 Ptos
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Sobre 13 días o no indica
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0 Ptos
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PUNTAJE TOTAL= Precio ofertado + Calidad Técnica + Plazo de entrega
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EVALUACION DE LA CALIDAD TECNICA DE PRODUCTOS Y SELECCION DE ELLOS |
Los productos se evaluaran en función de las características técnicas, para lo cual se solicita entregar muestra de los artículos en la Unidad Central de Ropa, con Srta. Estrella Tapia, la que será evaluada en cuanto a la calidad y confección de ropa. Además se enviará a pruebas de resistencia a lavados frecuentes realizada por empresa externa.
La calidad de los productos deberá estar aprobada por la Unidad Central de Ropa, quien es el referente técnico del CASR mediante pautas de evaluación. El oferente debera subir junto a su oferta la pauta de evaluacion de los productos, firmada por jefe de Central de Ropa, el oferente que no presente las muestras solicitadas o que estas no sean aprobadas por referente técnico obtendrá 0% en el criterio calidad técnica.
Todos los oferentes deben enviar muestras de los productos que se indique “TRAER MUESTRA PARA SU EVALUACIÓN”, items N° 4-6-11-19-27 y 28, también se solicita enviar muestra del tipo de tela de la confección de la ropa, adjuntando ficha técnica e identificando claramente el proveedor que entrega la muestra (razón social y Rut).
El plazo máximo para la entraga de muestras será el decimo quinto dia corrido desde la fecha de publicacion de la licitacion.
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METODOLOGIA RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, en primera instancia la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios Precio. En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem de criterios calidad técnica. Si aun así subsiste la situación de empate se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem de criterios plazo de entrega. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero al portal, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal <http://www.mercadopublico.cl/.
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DE LA ADJUDICACION Y READJUDICACION |
El CASR evaluará y adjudicará mediante resolución fundada de la autoridad competente, la presente licitación por línea de producto.
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha de adjudicación en el portal, informando las razones del retraso.
Se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados, en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada para tal efecto.
La Empresa adjudicada se obliga a cumplir con el suministro de los productos cotizados, de acuerdo a las Bases Administrativas, Contrato de suministro y Políticas de Canje y demás documentos que forman parte de la licitación. En el caso de que el proveedor no cuente con stock, será motivo de cobro de multa respectiva, indicada en las bases de licitación, El incumplimiento por parte del adjudicatario, facultará al CASR al cobro de multa y garantía de Fiel cumplimiento de contrato.
Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así hasta el 3er mayor puntaje. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta respectiva, salvo en caso de error en la adjudicación imputable al servicio.
Las causales de readjudicación, son las que se expresan a continuación:
- Error en la evaluación.
-Si la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo Asistencial.
- Negativa por parte del adjudicatario a suscribir el contrato dentro del plazo fijado en las bases.
- No entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo estipulado en las bases.
- Despacho de productos fuera de los plazos ofertados
- Envío de productos distintos a los ofertados.
- Sí el oferente desiste de su oferta.
- Sea inhábil para contratar con la Institución, de acuerdo a lo establecido a los términos de la Ley y su Reglamento.
-Falta de stock
No obstante a lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar el documento de garantía de fiel cumplimiento.
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DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente. Las órdenes de compra se emitirán una vez realizada la total tramitación del contrato.
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DE LA FUERZA MAYOR |
Si durante el desarrollo del proceso, se presentaren eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia al Complejo, dentro 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como este ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo
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PROHIBICION DE CESION |
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, Artículo N°74 del Reglamento”.
Se prohíbe la subcontratación a menos que se trate de servicios de traslado de los productos
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DESERCION DE LA LICITACION |
El Complejo declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumpliesen los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta la licitación sino se presentaran ofertas, o bien, si ninguna de las ofertas evaluadas se ajusta al presupuesto que disponga la institución para la contratación. La licitación podrá ser declarada desierta por no resultar convenientes a los intereses del Complejo Asistencial, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 19.886.
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PLAZO PARA CELEBRAR EL CONTRATO |
El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, una vez enviado por el CASR, dentro de los plazos que este establezca, La comunicación de la adjudicación se realizará a través de www.mercadopublico.cl, mediante la adjudicación en el sistema. No obstante lo anterior y si el Complejo lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al correo electrónico indicado por el oferente en el Anexo Nº 1.
El plazo máximo para entregar la documentación Contrato y Garantía de fiel cumplimiento será de 10 días corridos, desde el último envío del contrato sin modificaciones para la firma de la empresa”. Si esto no se cumple el CASR hará cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
El contrato se firmará en dos copias del mismo tenor, quedando una en poder de la entidad adjudicada y una para el CASR. Debe ser presentado junto al documento de Garantia de fiel cumplimiento del contrato en la Oficina de Abastecimiento. El no cumplimiento de lo señalado, dará lugar a la Institución a hacer efectivas las penalizaciones tipificadas al respecto en las presentes bases de licitación, sin que el afectado tenga derecho alguno a efectuar apelación de ningún tipo.
Será requisito obligatorio para la suscripción del contrato, la inscripción y habilidad en Chileproveedores. En el caso que este no se encuentre inscrito, contará con 10 días hábiles de plazo contados desde la adjudicación respectiva para su inscripción. Si el oferente adjudicado, no diera cumplimiento a lo señalado en el presente párrafo, será motivo suficiente para que el CARS haga efectivo el cobro de la garantía por seriedad de la oferta y proceder a la readjudicación de la propuesta o “dejar sin efecto” el proceso de adquisición, mediante la debida resolución fundada si ninguna de la(s) oferta(s) restantes resultaren convenientes a los intereses de la Institución.
Todos los costos que irrogue el proceso de materialización del contrato serán de responsabilidad de la entidad adjudicada
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PERIODO DE RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION |
Se considera como plazo para la reclamación de errores detectados en la adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Las consultas acerca de la adjudicación deben hacerse a mcofrel@ssmso.cl
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El complejo notificará el acto administrativo por correo electrónico al proveedor de su decisión de terminar el contrato en forma anticipada en todo o parte, como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato sí:
a) El proveedor no entrega uno o más de los productos en el plazo fijado, por cada línea de producto. Se pondrá término en esa línea del contrato y se aplicaran las multas respectivas, según lo indicado en la cláusula “multas”
b) El proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en notoria insolvencia.
c) Si en el transcurso del contrato el contratista disminuyera la calidad de los productos y/o servicios
d) Si los representantes o el personal dependiente del contratista cometan actos de conductas inapropiadas a los intereses institucionales como fraude, corrupción, soborno, extorsión, colusión, maltrato físico o verbal a funcionarios del Complejo. e) Si por motivo del servicio y/o productos estos causaran algún perjuicio a los pacientes del Complejo.
f) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación.
g) Y en el caso que exceda el plazo establecido para justificar una causal de fuerza mayor.
Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el artículo N° 77 del Reglamento. Una vez terminado el contrato anticipadamente por causas señaladas anteriormente, se hará efectivo el cobro del documento de fiel cumplimiento.
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VARIACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA |
“El Complejo podrá modificar el contrato aumentando o disminuyendo la cantidad de productos objeto de este contrato, cuyo detalle se encuentra contenido en el anexo N° 5 de las presentes bases de licitación, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.
Se podrá aumentar la adjudicación a necesidad del Complejo Asistencial de conformidad con el articulo Nº 77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado”. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.
El complejo adquirirá los productos licitados siempre y cuando no sean despachados de la Central de Abastecimiento o no se encuentren en catalogo Chilecompra express
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DE LAS MULTAS |
Se aplicará una multa de un 10% del valor total del producto no despachado durante el día calendarizado, y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 2 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.
También procederá dicha multa en caso de envío de productos de distinta calidad y gramaje al solicitado en orden de compra, sin perjuicio del reemplazo de los mismos dentro del plazo del mismo día en que es requerido.
Si el proveedor no reemplazara dentro del período 2 horas del mismo día una vez que le sea solicitado por parte del Complejo Asistencial, los productos con calidad o con gramaje distinto a lo requerido y que hayan sido recibidos en la Institución. se le aplicara una multa equivalente al monto de 1 UTM.
Las multas que eventualmente pudieran cursarse no podrán superar el 30% del total del contrato. De ser superado el margen dado para la aplicación de multas, esto será causal de término anticipado del contrato.
En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario debe adquirir los productos ofertados a otra empresa para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser traspasado al Complejo.
- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA MULTA:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el Director de la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico al coordinador del convenio. Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto administrativo.
- COBRO DE LA MULTA:
Tramitada la resolución que establece la multa, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que le será enviada vía correo electrónico. El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del Complejo, presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Técnica encargada del contrato. De no realizarse este pago, se descontará el monto correspondiente a la multa en el pago más próximo. El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento.
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DE LOS DOCUMENTOS DE GARANTIA |
Las cauciones a presentar deberán ser pagaderas a la vista y de carácter irrevocable, por tanto, el Complejo Asistencial aceptará aquellas garantías que asegure el pago de dicha caución de manera inmediata y efectiva, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo N° 68 del Reglamento de Ley N° 19.886.
Estos documentos deber ser extendidos a nombre del Complejo Asistencial, expresada en pesos chilenos, identificado en la glosa correspondiente a que proceso corresponde cada garantía.
La recepción de las cauciones será en la Oficina de Abastecimiento, siendo esta una exigencia a fin de que la caución sea recibida en tiempo y forma, de acuerdo a lo que a continuación se señala:
GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA
Seriedad de la Oferta: presentar documento garante, el que debe contener los datos descritos en bases de licitación relativas a esta materia, y será recibida hasta el mismo día y hora fijada antes del cierre de la recepción de ofertas.
El documento de recepción de esta caución en la Oficina de Abastecimiento debe ser subido dentro de los anexos a presentar por el oferente.
La garantía de seriedad de la Oferta se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de la siguientes causales
1. Que el oferente desista de su oferta, dentro del plazo de vigencia de la misma y encontrándose en proceso de licitación.
2. La no suscripción del contrato dentro del plazo fijado para este evento.
3. La no entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y las copias de este último debidamente firmadas por el representante legal en tiempo y forma.
4. Retira su oferta dentro del plazo de la misma y encontrándose en proceso de licitación.
5. Y en los otros casos establecidos en las presentes bases de licitación
La garantía de seriedad de la oferta es obligatoria, por tanto, la no entrega de este documento garante implicará la exclusión de la propuesta afectada.
GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO
Fiel Cumplimiento del Contrato: debe ser presentada junto con las 4 copias del contrato, firmadas por el representante legal de la entidad adjudicada, en el plazo establecido para este fin en las presentes bases de licitación.
Además, esta garantía asegurará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante
La Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de la adquisición, deberá ser por valor equivalente al 5 % del monto total contrato neto adjudicado.
Será obligación del adjudicado mantener vigente la caución de fiel cumplimiento del contrato, debiendo renovarla en caso de ser procedente, antes de la expiración de la garantía primitiva, en los mismos términos y condiciones requeridas por el CASR.
En el evento que se haga efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato debido a los incumplimientos del proveedor, será responsabilidad de este último la restitución de esta caución en un plazo de 10 días hábiles antes de que se concrete el cobro de la garantía primitiva, en las mismas condiciones inicialmente establecidas por el período restante del contrato.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva sin notificación ni forma de juicio, cuando se constituya alguna de las causales descritas en las presentes bases de licitación.
Se deja expresa constancia que el hecho de realizar el cobro de dicha garantía, no conlleva por parte del Complejo Asistencial a renunciar o limitar su facultad de hacer efectiva y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren.
La Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato será devuelta al adjudicatario, una vez terminado el plazo de vigencia del contrato y previa solicitud del interesado al correo electrónico: mcofrel@ssmso.cl
Previo a lo anterior, se verificará por parte del CASR que se haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones contraídas por el adjudicado en el contrato.
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ENTREGA DE FACTURA |
Con el objeto de dar cumplimiento a la ley 20.727, las facturas deben ser enviadas a la Casilla de Intercambio en SII en dipresrecepcion@custodium.com, el DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio en SII” será Reclamado de forma automática transcurridos 2 días (48 hrs) desde la recepción en SII.
El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago de los bienes entregados.
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GESTIÓN DE PAGO Y COBRANZA |
El Complejo se compromete a realizar pagos mensuales una vez aceptada y recepcionada completamente las órdenes de compra mensual y recibidos conformes los bienes y la factura correspondiente. El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de los despachos.
La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del Complejo Asistencial al menos en forma mensual, para hacer la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores
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ESTIMACION DE LAS CANTIDADES MENSUALES A COMPRAR |
Las cantidades informadas en Anexo Nº 5 son carácter de informativo y tiene por objeto dar a conocer la cantidad promedio mensual de consumo de los productos licitados, las que podrán ser modificadas conforme a requerimiento mensual de Central de Ropa o Usuarios del CASR, por tanto, el Complejo Asistencial, no estará obligado a adquirir las cantidades de productos aquí detalladas, así como el proveedor no podrá exigir una cantidad mínima para orden de compra y/o para despacho
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LUGAR DE ENTREGA Y RECEPCION DE PRODUCTOS |
Los productos debe ser despachada al Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río Rut : 61.608.502-6, ubicado en Avenida Melchor Concha y Toro N° 3459 Comuna de Puente Alto, en Bodega de Ropa del Complejo Asistencial u otro lugar que el mismo establecimiento designe, antes deben
Los productos despachados por el proveedor deben cumplir con los siguientes requisitos al momento del despacho.
- Todas las prendas adjudicadas que se requiera con logo deberán ser despachadas con el logo de la institución.
-Si se constata al momento de la recepción que el producto no viene marcado con el logo institucional, el Complejo Asistencial estará facultado para rechazar el producto en forma inmediata.
- Si al momento del despacho no se cumple con las condiciones de confección, trama de la tela y color solicitado, el Complejo se reserva el derecho a devolver cualquier producto que no las cumpla.
- Cualquier modificación en la confección, trama de tela, color u otras de los productos deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento a la Sra. Malvina Cofre Supervisor de área logística y Srta. Estrella Tapia, Jefe de Central de Ropa del Complejo, quienes deberán dar la autorización al cambio solicitado previo al despacho.
El horario de atención de las bodegas del CASR para recibir y recepcionar productos es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 hrs., y viernes hasta las 15:00 hrs. Coordinar el despacho con Supervisor de bodega Srta. Carla Orellana correo carla.orellana@ssmso.cl . Además se informa que bodega solo recibirá con guía de despacho o copia de la factura original, pedidos completos
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