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BASES |
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Las bases que rigen en esta licitación podrán ser modificadas por el complejo según sea necesario.
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DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS |
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Solo
se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en
el portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán otras salvo lo indicado
en el Art. 62 del reglamento. El oferente deberá ingresar en cada línea
de producto el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios.
El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente.
“Los oferentes deberán realizar sus ofertas sin decimales, de otro modo su propuesta se declarará inadmisible.”.
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PRECIO DEL PRODUCTO |
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Los precios no admiten reajuste de ninguna especie e incluye todos los costos, remuneraciones, utilidades, fletes, gastos generales e impuestos de cualquier naturaleza en que debe incurrir el proveedor para el fiel y oportuno cumplimiento.
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PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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En el caso que sea necesario presentar antecedentes administrativos omitidos por los oferentes, podrá enviarlos hasta 24 hrs. Posterior a la apertura de las ofertas según criterio de evaluación a través de la aclaración de las ofertas.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Cuando no indique alguno de los criterios o especificaciones requeridas, la oferta será evaluada con 0% en ese criterio.
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ANEXOS |
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Todos los documentos que el proveedor adjunte deberán encontrarse firmados y timbrados por el Representante Legal. Se deben completar los anexos administrativos y especificaciones técnicas adjuntos, si no se envían estos con la documentación de respaldo respectiva, se evaluará con 0%.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En
el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más
oferentes, la comisión considerará para dimitir tal situación, la
calificación más alta obtenida en el ítem de criterios "CALIDAD". En el
evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya
señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del
ítem "PRECIO". Si aun así subsiste la situación de empate de adjudicará
la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso
de oferta emitido por la dirección de compras y contrataciones públicas
en el portal .
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DESERCIÓN DE LA LICITACIÓN |
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El
Complejo declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumpliesen
los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta la
licitación sino se presentaran ofertas, o bien, cuando éstas no resulten
convenientes a los intereses del Complejo, declarando mediante
resolución fundada de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la
ley Nº 19.886. *Se declarará inadmisible cualquier oferta del proveedor
que por cualquier motivo tenga bloqueados los despachos de productos de
adjudicaciones anteriores*
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DE LA ADJUDICACION y READJUDICACION |
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El
complejo evaluará y adjudicará la presente licitación por línea de
productos En caso de no cumplir con la fecha de adjudicación indicada en
las presentes Bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el
portal, informando las razones del retraso. Se realizará la adjudicación
parcial de los productos licitados, en el caso que por razones
presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos
comprometidas inicialmente, lo que deberá constar en resolución fundada
para tal efecto. Se re adjudicará la licitación al oferente que le siga
en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así
sucesivamente, en los siguientes casos: • Por error en evaluación • Si
la adjudicación no fuese conveniente a los intereses del Complejo
Asistencial. • No entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato
dentro del plazo estipulado en las bases. • Proveedor adjudicado se
rehúse a firmar el contrato, desista de su oferta o sea inhábil para
contratar de acuerdo a los términos de la Ley y el Reglamento. •
Proveedor adjudicado no cuente con el stock requerido y/o no despache en
el tiempo establecido en esta licitación. • Producto adjudicado sea
rechazado por el servicio por no cumplir con la calidad técnica
requerida. • Proveedor entregue producto no correspondiente a lo
ofertado en la licitación. • Por error en la designación al ingresar al
mercado público al proveedor adjudicado.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas acerca de la adjudicación deben hacerse a ptobar@ssmso.cl
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PERIODO RECLAMACION DESDE LA ADJUDICACION |
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Se
considerará como plazo para la reclamación de errores detectados en la
adjudicación, que permitan la readjudicación un plazo máximo de 5 días
hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.
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DE LA FUERZA MAYOR |
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Si durante el desarrollo del proceso, se presentaren eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar esa circunstancia al Complejo, dentro 01 días corridos siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y como este ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El complejo resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación del proveedor. Transcurrido el plazo de 01 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
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CAMBIO Y/O CANJE DE PRODUCTOS |
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Los
productos defectuosos o dañados o que no cumplan con las
especificaciones dadas en la licitación deberán ser canjeados por el
proveedor. El proveedor adjudicado deberá cambiar o canjear los
productos si despacha: • Productos con fecha de vencimiento inferior a
doce meses. • Productos con empaques dañados y defectuosos. • Productos
adulterados o mal rotulados. Producto de distinta procedencia y/o marca a
la adjudicada. • Producto con problemas de calidad (cambio de
fabricación, tipo de material). Para llevar a cabo el canje o cambio de
producto la persona encargada de bodega de insumos se comunicará con la
persona encargada del proveedor o el representante para solicitar el
cambio o canje. Este procedimiento no deberá demorar más de 5 días
hábiles desde que se notifica al Proveedor que debe realizar el cambio
sino se harán efectivas multas por retraso en la entrega del producto.
Los productos deben ser retirados en las dependencias de CASR y ser
reemplazados por insumos que cumplan con los requisitos solicitados.
**El cargo por retiro y reposición deberá ser costeado completamente por
el proveedor**, en ningún caso el CASR realizará envíos de productos.
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GESTION DE PAGO Y COBRANZA |
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El
Complejo se compromete a realizar pagos mensuales una vez aceptada y
recepcionada completa las órdenes de compra mensual y recibidos
conformes los productos y la factura correspondiente. Para entrega y
pago de facturas los Proveedores deberán enviar las facturas
electrónicas, boletas, notas de créditos, débito y etc. al mail
facturas@ssmso.cl, el plazo para ingresar los documentos mencionados,
será de 2 días corridos, de emitidos. El pago de las facturas se
realizara previa revisión y cumplimiento de los despachos. La empresa
será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su
responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en
finanzas del Complejo al menos en forma mensual, para hacer la gestión
de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus
estados de pago deberá ingresar a
www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores
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ENTREGA DE FACTURA |
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Con
el objeto de colaborar en el cumplimiento a la ley 20.727, artículo 54,
las facturas originales (cedibles y en formato PDF) deben ser
ingresadas al correo electrónico facturas@ssmso.cl El mecanismo antes
señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no
cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará
directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago a las que
la empresa tenga lugar, toda vez que el no contar con la totalidad de la
documentación requerida para la tramitación administrativa de los
pagos, no permitirá considerar dentro del presupuesto los montos
pendientes de las facturas no ingresadas al correo electrónico señalado.
Además se debe firmar el anexo 4 "CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE ENTREGA
DE FACTURA ELECTRÓNICA"
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HORARIO DE ATENCION |
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El horario de atención de las bodegas del CASR para recibir y recepcionar productos es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 hrs., y viernes hasta las 15:00 hrs.
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JURISDICCIÓN |
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Las partes fijan su domicilio en Puente Alto, Chile y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.
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DE LAS MULTAS |
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Se
aplicara una multa de un 3% del valor total del producto no despachado,
por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del
producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner
término al contrato. También procederá dicha multa en caso de envío de
productos de distinta calidad a la ofrecida, sin prejuicio del reemplazo
de los mismos dentro del plazo de cinco días, dichas multas no podrán
superar el 30% del total del contrato. En la eventualidad que, por
cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a
otra empresa, para cumplir con el contrato, este será responsable del
posible sobrepago originado, costo que jamás podrá ser trasladado al
Complejo. Ante la eventualidad de que el adjudicatario no asegure el
cumplimiento del stock convenido, se considerará un incumplimiento del
contrato, este será sancionado con una multa del 30 % del total de la OC
no despachada. En la eventualidad que esta falta sea reiterada, a la
tercera vez deberá ser considerada esta situación como causal de término
anticipado del contrato
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MODIFICACIÓN DE CANTIDADES |
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"El
complejo podrá modificar la adjudicación aumentando o disminuyendo la
cantidad de productos de las presentes bases de licitación, de acuerdo a
los requerimientos de los usuarios clínicos. Dicha modificación debe
ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. De
conformidad con el articulo N°77 del Reglamento de Compras Públicas, el
aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado". El
complejo adquirirá los productos licitados siempre y cuando no sean
despachados de la Central de Abastecimiento o no se encuentren en el
catalogo Chilecompra Express.
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ADJUDICACIÓN PARCIAL |
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Se realizará adjudicación parcial de los productos licitados en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar la cantidad y/o línea de productos comprometida inicialmente.
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EVALUACIÓN DE PRODUCTOS |
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Los proveedores realizar una evaluación técnica de los productos a ofertar. Debe incluir en la oferta el documento de Evaluación Adjunto "Pauta de Evaluación" (Anexo 3), con firma y timbre de la Unidad Clínica. o quien subrogue
PABELLON INFANTIL EU EVELYN OJEDA, solicitar reunion al correo eojeda@ssmso.cl
PABELLON INFANTIL EU CAROLA MESIAS JEFA UNIDAD, solicitar reunion al correo cmesias@ssmso.cl
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GARANTÍA |
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Los delantales y cuellos cervicales deben tener una garantía mínima de 24meses. Deben adjuntar certificado.
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Certificado |
Los oferentes DEBEN adjuntar el Certificado de Calibración a Energía de 80-100 kV incidentes, con criterio de paso.
Si no poseen certificado DE CALIBRACIÓN, su oferta no se evalúa.
Certificado de ISP es deseable.
Certificado IEC es deseable.
Ver en EETT.
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Sobre la entrega y recepción de los documentos de garantía |
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Todo
documento de garantía se recepcionará en conformidad en la oficina de
Abastecimiento previa revisión de lo requerido por bases de licitación,
esto es: beneficiario, rut, glosa, y fecha de vencimiento. No se
recepcionarán aquellos documentos que no puedan revisarse previa
recepción. De lo anterior se desprende que, el hecho de recibir
físicamente el documento por cualquier medio no implica per se la
aceptación en conformidad del mismo, por lo que si un documento de
garantía es entregado por una Empresa externa al oferente/adjudicado que
no permite la revisión del documento, éste no se recepcionará en
conformidad, y la propuesta se declarará inadmisible. Los documentos de
garantía presentados en la presente licitación deben venir acompañados
de un certificado de autenticidad de la entidad emisora. En el caso de
las pólizas verificar con el código de verificación que viene en el
mismo documento. En el caso de no tener el certificado solicitado
documento garantía no será recepcionada en conformidad y la propuesta se
declarara inadmisible
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GARANTÍA DE FIEL DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES |
El Oferente adjudicado entregará al momento de suscribir el contrato un documento de garantía. Este documento de garantía se entregara en la oficina de Abastecimiento del Complejo junto con 4 copias del contrato firmado por el representante legal de la empresa.
a) Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
b) Monto: El monto del documento de garantía a la vista es el equivalente al 5% del total adjudicado IVA incluido.
c) Vencimiento: Tres meses posteriores al Término del contrato.
d) Glosa del documento: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, ID: 1057501-34-LE20, Pagar a COMPLEJO ASISTENCIAL DR SÓTERO DEL RÍO RUT: 61.608.52-6“.
e) Descripción: El documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de garantizar el cumplimiento del contrato, garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La entrega del documento de garantía tal como boleta de garantía, Certificado de Fianza a la vista póliza de seguro o Vale Vista de fiel cumplimiento de contrato será en la oficina de Abastecimiento del Complejo, en conjunto con los 4 ejemplares del contrato. Este documento será resguardado en Finanzas del Complejo.
f) Forma y oportunidad de restitución: el documento de garantía por fiel cumplimiento de contrato será resguardado en finanzas del complejo, la devolución de este documento se realizará al tercer mes una vez finalizado el contrato, mediante solicitud del oferente al correo electrónico ptobar@ssmso.cl
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Tallas delantales |
Se solicitan delantales talla S - M - L - XL y XXL
segun requerimiento del servicio
Cuellos M o L, según requerimiento del servicio
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Comisión de evaluación |
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Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por los siguientes funcionarios de la entidad licitante:
Sr. Patricio Sarabia SDA CASR
Srta. Carolina Quinteros, Jefe Abastecimiento
Srta. Paola Tobar, Supervisora Insumos Clinicos
TM Felipe Albornoz, Imagenología
Sr. Cristian Lazo, Supervisor Compra de Bienes y Servicios
O quien subrogue en cada caso. La comisión evaluará y propondrá la adjudicación por línea de productos sobre las ofertas presentadas por empresas o personas naturales, que de acuerdo a los criterios de evaluación, resulten ser las más convenientes y ventajosos para los intereses del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río.
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DURACION DEL CONVENIO |
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El Convenio tendrá vigencia de 12 meses o hasta cumplir las 999 UTM ( lo que se cumpla primero), esto a partir de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el convenio (ENVIO DE PRIMERA ORDEN DE COMPRA)
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